Ámbito territorial, funcional y personal Cláusulas de Ejemplo

Ámbito territorial, funcional y personal. El presente Convenio Colectivo obliga a las Empresas y Trabajadores del Sector Metal de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx. Su ámbito Funcional es la Industria, la Tecnología y los Servicios del Sector del Metal comprende a todas las empresas y trabajadores que realizan su actividad, tanto en procesos de fabricación, elaboración o transformación, como en los de montaje, reparación, conservación, mantenimiento, almacenaje o puesta en funcionamiento de equipos e instalaciones industriales, que se relacionen con el Sector del Metal. De este modo, quedan integradas en el campo de aplicación de este Convenio las siguientes actividades y productos: metalurgia, siderurgia; automoción y sus componentes; construcción naval y su industria auxiliar; industria aeroespacial y sus componentes, así como material ferroviario, componentes de energías renovables; robótica, domótica, automatismos y su programación, ordenadores y sus periféricos o dispositivos auxiliares; circuitos impresos e integrados y artículos similares; infraestructuras tecnológicas; equipos y tecnologías de telecomunicaciones y de la información; y todo tipo de equipos, productos y aparatos mecánicos, eléctricos o electrónicos. Forman parte también de dicho ámbito las empresas dedicadas a la ingeniería, servicios técnicos de ingeniería, análisis, inspección y ensayos, fabricación, montaje y/o mantenimiento, que se lleven a cabo en la industria y en las plantas de generación de energía eléctrica, petróleo, gas y tratamiento de aguas; así como, las empresas dedicadas a tendidos de líneas de conducción de energía, de cables y redes de telefonía, informática, satelitales, señalización y electrificación de ferrocarriles, instalaciones eléctricas y de instrumentación, de aire acondicionado y frío industrial, fontanería, calefacción y otras actividades auxiliares y complementarias del Sector, tanto para la industria, como para la construcción. Asimismo, se incluyen las actividades de soldadura y tecnologías de unión, calorifugado, grúas-torre, placas solares, y las de joyería, relojería o bisutería; juguetes; cubertería y menaje; cerrajería; armas; aparatos médicos; industria óptica y mecánica de precisión; lámparas y aparatos eléctricos; conservación, corte y reposición de contadores; recuperación y reciclaje de materias primas secundarias metálicas, así como aquellas otras actividades específicas y/o complementarias del Sector. Se incluye la actividad de lectura de contadores de agua, gas y electr...
Ámbito territorial, funcional y personal. Artículo 3.
Ámbito territorial, funcional y personal. A. Ámbito territorial. El presente Convenio es de aplicación en todo el Estado español.
Ámbito territorial, funcional y personal. 1. El presente Convenio regula las relaciones laborales de todas las empresas, personas físi- cas o jurídicas cuya actividad (exclusiva o principal) sea desarrollada profesionalmente con ánimo de lucro; utilizando o no, un establecimiento mercantil abierto; que consista en ofertar la venta de cualquier clase de artículos de alimentación, bien sea al destinatario final (venta al detalle) o para su posterior venta (comercio al por mayor); tanto en nombre propio o de terceros; y que no estén afectadas por un ciclo de producción, aunque el producto pueda sufrir un acondicionamiento previo; siempre que estuvieran dentro del campo de aplicación de la extinta Ordenanza Laboral del Comercio. 2. Quedan expresamente excluidas del ámbito del presente CONVENIO: Las empresas y trabaja- dores/as de las actividades comerciales recogidas en los distintos Convenios y Acuerdos Marco, tanto estatales como regionales, al contar con una expresa regulación sectorial diferenciada en materia de estructura.
Ámbito territorial, funcional y personal. En sus aspectos territorial, funcional y personal el Convenio Colectivo afectará a todos los trabajadores de la empresa Xxxxxx Xxxxxx.
Ámbito territorial, funcional y personal. El presente convenio colectivo de trabajo regulará, a partir de su entrada en vigor, las relaciones laborales entre los propietarios de las fincas urbanas, sean personas natu- rales o jurídicas (Comunidades de Propietarios, Cooperati- vas, etc.), y los empleados de las mismas. Se entiende por empleados de fincas urbanas los traba- jadores o trabajadoras que bajo la directa dependencia de los propietarios de fincas urbanas o representantes legales de los mismos (presidentes o administradores de las mis- mas), tienen encomendada la vigilancia, cuidado, manteni- miento y limpieza de ellas y de los servicios instalados en las mismas. Artículo 2.-Vigencia y efectos económicos. El presente convenio entrará en vigor el día de su firma, sin perjuicio de la fecha inmediata de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Se pacta un período de duración comprendido entre el 1º de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2015. A efectos económicos y de jornada tiene vigencia desde el 1º de enero de 2013. Artículo 3.-.Denuncia, revisión o prórroga. El presente convenio se considerará automáticamente denunciado una vez terminada la vigencia prevista en el artículo anterior, sin necesidad de preaviso alguno. De acuerdo con lo establecido en el art 85.3 y 89.2 del E. T. el plazo máximo para el inicio de la negociación del nuevo convenio, será de un mes a partir de la finalización de la vigencia, procediéndose a constituir la comisión negocia- xxxx en la que ambas partes establecerán un calendario o plan de negociación, debiéndose iniciar éste en un plazo máximo de treinta días a contar desde la constitución de la comisión negociadora. Se establece por las partes que el presente convenio tiene vigencia en todo su articulado hasta que no sea publi- cado en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante un nuevo convenio que sustituya al presente. No obstante, mientras no se formalice un nuevo conve- nio, la prórroga del mismo será por periodos sucesivos de un año, llevando consigo un incremento salarial del 1,00%. En el caso de que el aumento que se realice en el nuevo convenio fuera inferior no se efectuará detracción alguna a los trabajadores afectados.
Ámbito territorial, funcional y personal. 1. - Territorial; afectará a todas las empresas de la provincia de Pontevedra. 2. - Funcional; El convenio es de aplicación a todas las empresas del sector de Carpintería xx Xxxxxx incluidas en el Anexo I, Ámbito Funcional del Convenio Estatal del Sector de la Madera. 3. - Personal; afectará a la totalidad del personal que preste sus servicios en las empresas afectadas.
Ámbito territorial, funcional y personal. Este Convenio es de aplicación a Cáritas Diocesana xx Xxxxxxxx‑Tudela ubicada en la Co‑ munidad Xxxxx xx Xxxxxxx. Y a todas las personas empleadas, que tengan contrato de trabajo por cuenta ajena, de Cáritas Diocesana xx Xxxxxxxx‑Tudela.
Ámbito territorial, funcional y personal. La normativa contenida en el mismo afectará y obligará a la titular concesionaria del Servicio de limpieza, actualmente Clece S. A., del complejo Hospitalario La Xxxxxxxxxx.
Ámbito territorial, funcional y personal. El presente Convenio Colectivo, será de aplicación a todo el personal que presta sus servicios en la fábrica de El Xxxx (Valencia) desde la fecha de firma del Convenio, quedando fuera de dicho ámbito las personas cuyas actividades estén excluidas de relación laboral ordinaria y las que, por acuerdo mutuo expreso, decidan estar fuera de Convenio, con comunicación al comité de empresa en todo momento.