Definición de Contratista Independiente

Contratista Independiente. Se deja expresa constancia que el contrato no generó, genera ni generará ningún nexo laboral entre ALMAVIVA y EL CLIENTE, ni entre EL CLIENTE y las personas que contrate ALMAVIVA para la ejecución del presente contrato, sus relaciones se regirán solamente por las normas civiles y comerciales. PARÁGRAFO 1. ALMAVIVA obra y obrará en todo momento por sus propios medios, bajo su exclusiva responsabilidad y autonomía, siendo claramente entendido que las instrucciones, sugerencias, o recomendaciones que ALMAVIVA o el personal a su cargo reciban de EL CLIENTE en relación con el presente contrato, en ningún momento constituyen subordinación o dependencia sino colaboración necesaria para desarrollar su objeto. ALMAVIVA empleará en la ejecución del servicio aquí contratado sus propios trabajadores o subcontratistas, razón por la cual EL CLIENTE deja expresa constancia de que los servicios contratados son extraños a su objeto, labores y negocios ordinarios propios de su actividad y en consecuencia no asume ninguna responsabilidad directa, o indirecta por los salarios, prestaciones sociales, compensaciones o indemnizaciones que ALMAVIVA deba o quede debiendo a sus trabajadores. ALMAVIVA afiliará a todo su personal a las entidades autorizadas para la prestación de los servicios de salud, administración de riesgos laborales, de pensiones y cesantías y caja de compensación familiar y será responsable también del pago de los aportes parafiscales del ICBF, y xxx XXXX. En cualquier caso, ALMAVIVA responderá por cualquier reclamo que llegaren a intentar sus empleados o subcontratistas en contra de EL CLIENTE.
Contratista Independiente. El presente contrato no genera ni generará vínculo laboral ninguno entre EL CLIENTE y ALMAVIVA GLOBAL CARGO, o entre EL CLIENTE y los empleados de ALMAVIVA GLOBAL CARGO, o entre EL CLIENTE y los subcontratistas de ALMAVIVA GLOBAL CARGO. ALMAVIVA GLOBAL CARGO obra y obrará en todo momento por sus propios medios, bajo su plena responsabilidad y autonomía. En todo caso, ALMAVIVA GLOBAL CARGO tiene y tendrá la calidad de contratista independiente, claramente definido por el artículo 3 del Decreto 2351 de 1965, y las normas que lo complementen, modifiquen o sustituyan. ALMAVIVA GLOBAL CARGO responderá por cualquier reclamo laboral que llegaren a intentar sus empleados o subcontratistas en contra de EL CLIENTE. ALMAVIVA GLOBAL CARGO será responsable única y exclusiva del cumplimiento de todas las normas legales relacionadas con la contratación de su personal, como por ejemplo: pago oportuno de salarios y prestaciones sociales; afiliación a cajas de compensación, EPS, ARP, fondo de pensiones, etc. ALMAVIVA GLOBAL CARGO se obliga a salir en defensa de EL CLIENTE en caso de que un empleado de la primera reclame a la segunda el cumplimiento de una o más de estas obligaciones. Así mismo, ALMAVIVA GLOBAL CARGO se obliga a restituir a EL CLIENTE toda suma de dinero que este se vea obligado a pagar por reclamos de personal de ALMAVIVA GLOBAL CARGO.
Contratista Independiente. Es intención de las partes que la relación que se constituye en base al presente sea la de un contratista independiente. Ninguna disposición del Contrato constituye o contempla ninguna asociación, joint venture, agencia, relación laboral, relación de representación, relación fiduciaria ni ninguna otra relación similar entre las partes o entre cualquiera de sus respectivos empleados. El PROVEEDOR no tendrá facultades, ni pretenderá que las tiene, para: actuar por el COMPRADOR o en su nombre; formular cualquier declaración o garantía por el COMPRADOR o en su nombre; vincular al COMPRADOR a cualquier contrato o a cualquier otro asunto; asumir cualquier obligación o incurrir en cualquier endeudamiento por el COMPRADOR o en su nombre; ni para conceder crédito en nombre del COMPRADOR. El PROVEEDOR será responsable del pago de todos los impuestos federales, estatales y locales que se deriven de sus actividades. El PROVEEDOR deberá: (i) pagar los salarios y cualquier otra compensación a su personal; (ii) efectuar todas las retenciones y pagos tributarios, de la seguridad social, de Medicare y de otra clase; y (iii) efectuar todas las contribuciones para el desempleo pertinentes. El PROVEEDOR entiende y acepta que ninguno de los pagos o compensaciones que realice el COMPRADOR a sus empleados, incluyendo, entre otros, el salario, las bonificaciones, el pago de vacaciones y de días festivos, los seguros médicos, de vida o de incapacidad, las contribuciones para el desempleo y compensaciones laborales, los planes de participación en beneficios o conceptos similares (de forma colectiva, los "Beneficios"), estará a disposición del PROVEEDOR ni de su personal. El PROVEEDOR por el presente renuncia en su nombre y en el de dicho personal a todas y cualquier acción de reclamación de Beneficios de cualquier clase al que pudiera o pudieran tener derecho si fuesen empleados del COMPRADOR.

Examples of Contratista Independiente in a sentence

  • De conformidad con la Cláusula Primera, es claro para LAS PARTES del presente CONTRATO que EL INTERMEDIADOR obra en su calidad de Contratista Independiente y no como un agente, representante o empleado de EL OPERADOR, en consecuencia, desarrollará el objeto de este asumiendo todos los riesgos y con libertad y autonomía técnica, financiera y administrativa.

  • El presente Contrato no genera entre las Partes ningún tipo de relación laboral, ni entre el CONTRATANTE y el personal del CONTRATISTA, quien ejecutará sus obligaciones en calidad de Contratista Independiente y, en consecuencia, desarrollará todos los trabajos del alcance del presente Contrato asumiendo todos los riesgos y con libertad y autonomía técnica, financiera y administrativa.

  • La Entidad demandada interpuso recurso de apelación, con la sustentación visible de folios 250 a 260 del expediente, con la siguiente argumentación: El demandante estuvo vinculado con el Hospital como Contratista Independiente, desarrollando sus labores con autonomía, sin que se generara relación laboral y menos, prestaciones sociales, ya que por contratar con el Estado no se adquiere la calidad de empleado público o trabajador oficial, cuya normatividad es totalmente diferente.


More Definitions of Contratista Independiente

Contratista Independiente. El Vendedor prestará los servicios solicitados en virtud del presente Acuerdo como un contratista independiente y tendrá el control exclusivo y la dirección de las personas Zardoya Otis – Términos y Condiciones Generales - 110 - de Compra ABRIL 2020 contratadas por el Vendedor para prestar dichos servicios, inclusive sin limitación, empleados del Vendedor que trabajan en las instalaciones del Comprador. El Vendedor asume toda la responsabilidad por los actos y omisiones de dichas personas. El Vendedor tendrá la exclusiva responsabilidad de pagar y cumplir el reglamento relativo aportaciones o impuestos sobre la nómina de organismos locales, estatales, federales o entidades gubernamentales, así como impuestos por prestaciones de desempleo, compensación de trabajadores, seguridad social y/o protecciones similares o relacionadas para dichas personas, según requiera la ley aplicable. El Vendedor no tendrá ningún poder para vincular legalmente ni para actuar en nombre del Comprador y no se ofrecerá como agente del Comprador.
Contratista Independiente. Rock Solid por el presente representa que tiene un negocio independiente y llevará a cabo sus obligaciones bajo este Contrato como contratista independiente, no como empleado o agente del CLIENTE; que las personas que realizan servicios bajo el presente no son empleados o agentes del CLIENTE; que Rock Solid tiene y por el presente retiene el derecho a ejercitar completo control y supervisión del desempeño de sus obligaciones bajo el presente Contrato y completo control del empleo, dirección, compensación y el despido de sus empleados o agentes que estén asistiendo en el desempeño de las obligaciones bajo este Contrato; que Rock Solid será el único responsable con respecto a todos los asuntos relacionados con el pago de dichos empleados o agentes, incluidos el cumplimiento con la compensación de empleados, el desempleo, seguro de discapacidad, seguro social, retención y toda otra xxx, xxxxx o reglamento federal, estatal o local que rija dichos asuntos; y que Rock Solid será responsable de los actos de Rock Solid y de sus empleados y agentes durante el desempeño de las obligaciones de Rock Solid bajo el presente.
Contratista Independiente. La persona natural o jurídica que, en virtud de un contrato comercial celebrado con Cenit, se obliga a ejecutar una o varias obras o la prestación de servicios, por un precio determinado, asumiendo todos los riesgos por cuenta propia, para realizarlos con sus propios medios, recursos y personal, con libertad y autonomía técnica y directiva. Homologación de cargos: Procedimiento a través del cual Cenit define el nivel de un cargo operativo no relacionado en la Tabla de referentes laborales mínimos para actividades contratadas por Cenit, ya sea que se trate de una Actividad Propia o No Propia de la Industria del Petróleo; esto con el fin de dar correcta aplicación a los mínimos establecidos en el presente documento.
Contratista Independiente. La relación entre el Proveedor Participante y Auxilio Salud Plus es exclusivamente la de contratistas independientes. En ningún momento, las partes tienen la intención, directa o indirecta, de crear una relación de empleo o de agencia, por lo que nada en este Contrato se debe considerar o interpretar como que existe o se crea una relación de esta naturaleza.
Contratista Independiente. El Vendedor prestará los servicios solicitados en virtud del presente Acuerdo como un contratista independiente y tendrá el control exclusivo y la dirección de las personas contratadas por el Vendedor para prestar dichos servicios, inclusive sin limitación, empleados del Vendedor que trabajan en las instalaciones del Comprador. El Vendedor asume toda la responsabilidad por los actos y omisiones de dichas personas. El Vendedor tendrá la exclusiva responsabilidad de pagar y cumplir el reglamento relativo aportaciones o impuestos sobre la nómina de organismos locales, estatales, federales o entidades gubernamentales, así como impuestos por prestaciones de desempleo, compensación de trabajadores, seguridad social y/o protecciones similares o relacionadas para dichas personas, según requiera la ley aplicable. El Vendedor no tendrá ningún poder para vincular legalmente ni para actuar en nombre del Comprador y no se ofrecerá como agente del Comprador. 21.2.Supervivencia: Todas las obligaciones y deberes en virtud de cualquiera de las disposiciones, que por su naturaleza se extiendan más allá del vencimiento o rescisión del presente Acuerdo, incluyendo pero no limitándose a garantías, indemnizaciones, derechos sobre propiedad intelectual (inclusive protección de información confidencial) sobrevivirán al vencimiento o rescisión del presente Acuerdo del que forman parte estas disposiciones.
Contratista Independiente. El Proveedor es una contratista independiente y no un empleado o Agente del Comprador. El Comprador renuncia a cualquier derecho de control sobre el modo de actuación del Proveedor y no controlará su modo de actuación. El Proveedor no tiene autoridad para dirigir o controlar la actuación de ningún empleado del Comprador. La función del Proveedor será la de asesor y no la de superior jerárquico de los empleados del Comprador. El Proveedor no podrá actuar en nombre o con funciones del Comprador ni ser elegido por el beneficio que represente para la persona contratante o sus subordinados.
Contratista Independiente. El Vendedor, sus agentes y demás proveedores serán en todo momento contratistas independientes, y el Cliente no hará ninguna representación expresa o implícita de lo contrario.