CLÁUSULA DE ERROR ADMINISTRATIVO Cláusulas de Ejemplo

CLÁUSULA DE ERROR ADMINISTRATIVO. Esta cláusula permitirá solventar los errores de comunicación que pueden producirse en la gestión, errores en la comunicación del número de asegurados, etc….
CLÁUSULA DE ERROR ADMINISTRATIVO. La Diputación de Almería se compromete a comunicar anualmente las modificaciones que se produzcan en el grupo asegurado. No obstante, en el caso de que una persona, cuya alta no hubiese sido notificada, sufriese siniestro, la compañía asumirá la liquidación del mismo, siempre y cuando reúna las siguientes condiciones: • Que las consecuencias del siniestro provengan de un riesgo amparado por la póliza y sufrido con posterioridad al alta en Seguridad Social. • Que el Tomador acredite que existe el error administrativo mediante la aportación del documento de alta en la Seguridad Social, cumplimentado con anterioridad a la ocurrencia del siniestro. • Que no concurran ninguna de las exclusiones o limitaciones que figuran descritas en el presente documento, así como en la Ley de contrato de seguro y reglamentos de desarrollo.
CLÁUSULA DE ERROR ADMINISTRATIVO. Si en caso de error u olvido no malintencionado del Tomador, las entidades aseguradas o de las partes implicadas en la gestión y administración del contrato, incluyendo la correduría de seguros, no se hubiera incluido en póliza a determinados asegurados cuando la cobertura se extienda a la totalidad de la plantilla de la entidad asegurada, o bien, en el supuesto de que se hubiera notificado, se hubiera realizado erróneamente, y aquel/aquellos resultaran siniestrados, la indemnización se prestará como si no se hubiera producido el error. Igualmente la indemnización se prestará conforme a los capitales y garantías vigentes en cada momento según la legislación o convenios y acuerdos del tomador con su personal aún cuanto el siniestro se produjera previamente a la comunicación de la modificación de estos capitales y garantáis y sin perjuicio de la justificación fehaciente. Todo ello sin perjuicio del cobro de la prima correspondiente en el plazo acordado en el sistema de administración de la póliza.
CLÁUSULA DE ERROR ADMINISTRATIVO. Si en caso de error u olvido no malintencionado del Tomador o de las partes implicadas en la gestión y administración del contrato, incluyendo la correduría de seguros, no se hubiera incluido en póliza a uno o varios trabajadores, o bien, no se hubiera notificado la modificación de garantías o capitales a cubrir, o bien, en el supuesto de que se hubiera notificado, se hubiera realizado erróneamente, y aquel/aquellos resultaran siniestrados, se suplirá ese error o falta de comunicación con los TC2 o el nuevo Convenio publicado, o el Acta de modificación del mismo, o un documento acreditativo expedido por la Junta Municipal xx Xxxxxx, con el objeto de proceder a la indemnización que corresponda de acuerdo con el compromiso que el Tomador mantenga con ese/esos trabajadores. Todo ello sin perjuicio del cobro de la prima correspondiente en el plazo acordado en el sistema de administración de la póliza.
CLÁUSULA DE ERROR ADMINISTRATIVO. El Tomador estará obligado a comunicar al Asegurador de forma anual las altas, bajas y modificaciones que se produzcan en cada colectivo asegurado. o obstante, ante posibles errores y / u omisiones de comunicación, el asegurador dará cobertura en caso de siniestro, durante al menos un periodo de dos años desde el momento en que se produjeron, siempre y cuando: • se acredite la existencia de error administrativo aportando documento que acredite la condición de asegurado y la fecha de incorporación al colectivo • las consecuencias del siniestro provengan de un riesgo cubierto en póliza y sufrido posteriormente a la incorporación del afectado al colectivo asegurado. Para la consideración, a efectos de la póliza, de una persona como miembro del grupo asegurado será prueba suficiente una certificación de tal extremo expedida por el Tomador.
CLÁUSULA DE ERROR ADMINISTRATIVO. Si en caso de error u olvido no malintencionado del Tomador no se hubiera incluido en póliza a uno o varios trabajadores afectos al Compromiso por pensiones o uno o varios trabajadores que hubieran notificado su deseo de contratar la póliza, o bien no se hubiera notificado la modificación de garantías o capitales a cubrir o bien, en el supuesto de que se hubiera notificado, se hubiera realizado erróneamente, y aquel/aquellos resultaran siniestrados, se suplirá ese error o falta de comunicación con un certificado expedido por el EVE que acredite la solicitud del alta o modificación de garantías o límites en fecha anterior al siniestro, con el objeto de proceder a la indemnización que corresponda.
CLÁUSULA DE ERROR ADMINISTRATIVO. El Tomador está obligado a comunicar las modificaciones que se produzcan en el grupo asegurado. En el caso de que una persona, cuya alta no hubiese sido notificada, sufriese siniestro, la Compañía asumirá la liquidación del mismo, siempre y cuando reúna las siguientes condiciones: • Que las consecuencias del siniestro provengan de un riesgo amparado por la póliza y sufrido con posterioridad al alta en Seguridad Social • Que el Tomador acredite que existe el error administrativo mediante la aportación del documento de alta en la Seguridad Social, cumplimentado con anterioridad a la ocurrencia del siniestro • Que no concurran ninguna de las exclusiones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, así como en la Ley del Contrato de Seguro y reglamentos de desarrollo
CLÁUSULA DE ERROR ADMINISTRATIVO. Si en caso de error u olvido no malintencionado del Tomador, las entidades aseguradas o de las partes implicadas en la gestión y administración del contrato, incluyendo la correduría de seguros, no se hubiera incluido en póliza a determinados asegurados cuando la cobertura se extienda a la totalidad de la plantilla de la entidad asegurada, o bien, en el supuesto de que se hubiera notificado, se hubiera realizado erróneamente, y aquel/aquellos resultaran siniestrados, la indemnización se prestará como si no se hubiera producido el error. Igualmente la indemnización se prestará conforme a los capitales y garantías vigentes en cada momento según la legislación o convenios y acuerdos del tomador con su personal aún cuanto el siniestro se produjera previamente a la comunicación de la modificación de estos capitales y garantáis y sin perjuicio de la justificación fehaciente. Todo ello sin perjuicio del cobro de la prima correspondiente en el plazo acordado en el sistema de administración de la póliza. , con domicilio en , calle -o plaza, etc...- y C.I.F/D.N.I. nº. ---------------------------), ACEPTA, de acuerdo a lo previsto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, que las notificaciones que tengan lugar en el presente proceso de contratación sean realizadas al siguiente número de fax: ------------------------------, cuyo titular es -------------------------------------------------, o en la dirección de correo electrónico De la correspondiente comunicación se acusará inmediato recibo mediante devolución por el mismo medio del documento convenientemente fechado y firmado. (A INCLUIR EN SOBRE Nº 1 DE DOCUMENTACIÓN ACREDITADTIVA DE LA CAPACIDAD Y SOLVENCIA DEL LICITADOR) ....., en representación de la empresa , NIF , al objeto de cumplir con lo solicitado en el artículo 11 de las condiciones esenciales que rigen esta licitación, presenta la siguiente DECLARACIÓN RESPONSABLE: a. En cuanto a su capacidad de obrar, tiene acreditada su personalidad jurídica y otorgada su representación. b. Hayarse al corriente de lo establecido en los apartados b), c), d), e), f), h), i) y j) de la cláusula 11.1 xxx Xxxxxx de Condiciones Administrativas. En ........................a .............. de de 20_ Oferta económica desglosada conforme al siguiente modelo: "Don/Doña ………………………………………………………………. con domicilio en .... ....................................... y DNI nº ...................... en nombre propio, o, en representación de ........................................

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