Condición Cláusulas de Ejemplo

Condición. El presente Contrato se encuentra sujeto a la condición resolutoria de disolverse anticipadamente el Fondo.
Condición. Al revisar el contrato 073 de 2015 el cual tiene por objeto: “contratar los servicios para la elaboración e implementación de un programa municipal para el manejo integral de aceite vegetal usado en el marco de la “estrategia basura cero”… en el municipio xx Xxxxxxx”. Presenta las siguientes situaciones: Los estudios previos presentados no contienen fecha. La apropiación presupuestal en el rubro asignado difiere con el reportado en la minuta del contrato que aparece el rubro 2312 programa de manejo integral de residuos sólidos. (Errores frecuentes de transcripción). La póliza de garantía, no cumple con lo estipulado en el literal (f) de los estudios previos, parágrafo tres; ni con la cláusula séptima del contrato (garantía calidad y cumplimiento); en cuanto a la póliza de calidad del servicio por el 10%, equivalente a ($7.864.266). Incumpliendo con lo estipulado en el numeral 15.1 del Artículo 15 del Capítulo II del Decreto 4828 de 2008 “. Nuevamente se evidencia en este contrato el incumplimiento de la norma de los principios generales que rigen la función archivística, específicamente en los soportes de pagos de salud y parafiscales que deberían estar soportando las actas de pago. Incumple con el literal (b) de la cláusula décima tercera. Certificado de interventor designado en el que conste que el objeto del contrato se recibió a entera satisfacción. En la cláusula vigésima quinta del contrato se encuentra repetido el numeral (8) dos veces. No se aportó el certificado xx xxx y salvo de parafiscales certificado por un contador público, que deberá hacer parte de los documentos soportes para la firma del contrato según cláusula vigésima quinta, numeral (15) del contrato. Incumplimiento Manual de supervisión Empresa de Aseo xx Xxxxxxx 1.5.2 Protocolo para recepción de pago de cuentas,: “El supervisor o Interventor está en la obligación de colaborar con las áreas financiera y contable de la empresa y para el efecto tendrá en cuenta los siguientes parámetros en el momento de recibir una factura, cuenta de cobro o informe de actividades e item Facturas o cuentas de cobro: “Para el trámite de las cuentas el supervisor o interventor deberá verificar que el contratista se encuentre al día en el pago de aportes al sistema de seguridad social integral (salud, riesgos, pensión) y Parafiscales cuando aplica. Numeral 15.1 del Artículo 15 del Capítulo II del Decreto 4828 de 2008 5.1 Amparos; el objeto de cada uno de los amparos deberá corresponder a aquel definido en e...
Condición. En la revisión de la carpeta del contrato No. 101 de 2015, el cual tiene por objeto: “prestar los servicios de apoyo para la realización de actividades de poda de especies arbóreas corte de césped y su mantenimiento ornamental en las zonas verdes del Municipio xx Xxxxxxx”. Se presentan las siguientes observaciones: La apropiación presupuestal en el rubro asignado difiere con el reportado en la minuta del contrato que aparece el rubro 2312 programa de manejo integral de residuos sólidos. En los estudios previos y en el CDP está con el rubro 221. El aporte de parafiscales en la planilla figura en cero y no se observa en la carpeta del contrato, certificación del contador o del representante legal donde se manifieste sobre los parafiscales. En el material fotográfico no se evidencia la valla informativa indicando No. de contrato, objeto, nombre del contratista y número telefónico del contratista. Incumplimiento de la Ley 87 de 1993, Artículo 2º.- Objetivos del sistema de Control Interno, literales d) Garantizar la correcta evaluación y seguimiento de la gestión organizacional y e) Asegurar la oportunidad y confiabilidad de la información y de sus registros. Ley 100 de 1993 y decretos reglamentarios, que establece que los trabajadores que se empleen en cada contrato, deben estar afiliados al sistema de seguridad social y el contratista debe cumplir con el pago de aportes. Incumplimiento Manual de supervisión Empresa de Aseo xx Xxxxxxx numeral 1.5.2. Protocolo para recepción y pago de cuenta. Facturas o cuentas de cobro: “Para el trámite de las cuentas el supervisor o interventor deberá verificar que el contratista se encuentre al día en el pago de aportes al sistema de seguridad social integral (salud, riesgos, pensión) y parafiscales cuando aplique.
Condición. Es condición para que esta cobertura opere que el Asegurado mantenga un estricto control de entradas y salidas de los automóviles y el taller se encuentre debidamente bardeado.
Condición. Esta cobertura opera en exceso de los límites de responsabilidad contratados en Pólizas primarias del seguro de Autos; o en exceso de la cantidad que se indica en la especificación de esta Póliza; lo que resulte mayor.
Condición. 2.1.2.1 Sobre la documentación generada según el procedimiento para la ejecución de proyectos de TI para el SFE (TI-PO-02):
Condición. Como parte del estudio realizado, se dio seguimiento a recomendaciones (seleccionadas según el alcance de la auditoría) de los informes AI-SFE-SA-INF-003-2013, AI-SFE-SA-INF-006-2015, AI-SFE-SA-INF-002-2016 y AI-SFE-SA-INF-005-2017. Producto de la revisión de la documentación proporcionada y de las reuniones con las áreas usuarias del SFE responsables de la implementación de las recomendaciones emitidas, se determinó que no se han cumplido con los plazos establecidos. A continuación, se indican las recomendaciones que aún no se han atendido.
Condición. El Sistema de Registro de Importadores (SIREIM) es un sistema que fue desarrollado por la Unidad de Tecnologías de Información (UTI), el cual entró en producción en marzo del año 2018. Se desarrolló con el objetivo de contar con un registro web de importadores, el cual se encuentra basado en el decreto ejecutivo 36999-MAG. Además, será tomado como base para la creación de la nota técnica 35, que será implementada en el VUCE 2.0, que es administrado por PROCOMER. Este sistema actualmente no está siendo utilizado por el Departamento de Control Fitosanitario. Se procedió a indagar el motivo y se determinó que el sistema no se está utilizando dado que en un inicio había dos personas asignadas de cargar información en el mismo, sin embargo, una de ellas fue trasladada, por lo tanto, quedó una sola persona a cargo de esta labor. Dada esta razón, se dificulta iniciar con la carga de información en SIREIM. El encargado de Ventanilla Única del SFE brindó la idea de migrar la información del sistema SICA al SIREIM, por tal motivo se realizó una reunión con la UTI para identificar la factibilidad de realizar dicha migración al sistema, esto con el fin de que el proceso de carga de información sea más ágil. Ante esta situación, se obtuvo una respuesta de la UTI indicando que se podría migrar la información del importador y de representantes desde SICA al SIREIM. Ya se está trabajando en la migración y transformación de los datos. Con respecto a la información de productos, la UTI sugirió cargarla directamente en el sistema (proceso manual). Pese a que se han estado realizando gestiones para poder utilizar el sistema, no se ha definido un plan de trabajo en el cual se establezcan tiempos definidos para terminar con la carga de información y ajustes que sean necesarios en el SIREIM, por lo tanto, no se podría determinar cuándo estará listo el sistema para poder ser utilizado.
Condición. El artículo 2 del Reglamento de la Comisión de Tecnología de Información del SFE, indica que “La CTI-SFE ejercerá sus funciones en los bienes, proyectos, programas y procedimientos de tecnologías de información que utilicen Unidades, Departamentos y la Dirección del Servicio Fitosanitario del Estado y que sean catalogados como proyectos estratégicos” y una de las funciones de dicha Comisión es “Conocer los avances de los proyectos catalogados como estratégicos y brindar las recomendaciones que sean necesarias a las diferentes instancias durante su etapa de desarrollo”. Los proyectos estratégicos “Son todos aquellos que son definidos por la Dirección del SFE en coordinación o apoyo del área de Proyectos de la Unidad de PCCI”, esto según el artículo 3 del reglamento. El 6 xx xxxx del presente año (2019) la CTI-SFE envió el oficio CTI-0001-2019 a la Dirección Ejecutiva del SFE para que les indicara cuáles son los proyectos estratégicos y así, realizar un seguimiento al avance de estos, sin embargo, en el momento de la consulta (en julio de este año) no se había recibido respuesta a dicho oficio. Por lo tanto, la Comisión de TI es quien ha definido los proyectos a los cuales le debe dar seguimiento, de acuerdo con criterios propios. Se consultó, cuáles son los criterios que utiliza la CTI-SFE para clasificar un proyecto como estratégico, debido a que solo a este tipo de proyectos se le brinda un seguimiento; se indicó que en la mayoría de los casos se le da seguimiento a los proyectos que son externos, poseen algún tipo de problema (por ejemplo, que tenga atrasos) o conlleve mucho presupuesto. Esto demuestra que no se cuenta con un criterio definido formalmente el cual indique cómo realizar la clasificación de dichos proyectos.
Condición. El licitante ganador acepta que no se aceptara los servicios cuando se compruebe que existan vicios ocultos, o no se ajusten a su propuesta presentada.