CONFIDENCIALIDAD DE DATOS PERSONALES Cláusulas de Ejemplo

CONFIDENCIALIDAD DE DATOS PERSONALES. De conformidad con lo establecido en el artículo 140 del TRLCSP, el contratista deberá respetar el carácter de confidencia de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se hubiera dado tal carácter, o que por su propia naturaleza deba de ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante el plazo mínimo de cinco años desde el conocimiento de la información. En todo caso será de aplicación lo dispuesto en la Disposición adicional trigésimo primera de esta Ley. Si durante la ejecución de este contrato se produjera efectivamente la puesta a disposición del adjudicatario de datos de carácter confidencial, se suscribirá un contrato entre ambas partes regulador de las obligaciones de cada uno. Fuenlabrada, a 4 de julio de 2012. Expte.: C.10.C.12 A) CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SUMINISTRO, FORMACION Y SOPORTE Y ACTUALIZACIÓN DE LA PLATAFORMA DE GESTIÓN DE COPIAS DE RESPALDO PARA EL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA. CONTRATO MIXTO, ADJUDICADO MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITACIÓN ORDINARIA.
CONFIDENCIALIDAD DE DATOS PERSONALES. 23.7.1. Debido a que para la ejecución del Contrato, el Proveedor y ENEL accederán a datos personales incluidos en bancos de datos de su respectiva titularidad, deberán cumplir lo dispuesto en la Ley N° 29733 - Ley de Protección de Datos Personales y en su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo 003-2013-JUS en lo respecta al deber xx xxxxxxx y confidencialidad. Por tal razón, el Proveedor y ENEL debe limitarse a utilizar dichos datos, única y exclusivamente, para los fines que se deriven de la prestación de servicios objeto de este Contrato. 23.7.2. El Proveedor y ENEL deberán mantener el deber xx xxxxxxx y confidencialidad, sobre los datos personales que haya podido conocer durante la ejecución del contrato, incluso una vez terminada la relación contractual y de manera indefinida; con excepción de aquellos supuestos en que la ley exige la revelación de los mismos.
CONFIDENCIALIDAD DE DATOS PERSONALES. De conformidad con lo establecido en el artículo 140 del TRLCSP, el contratista deberá respetar el carácter de confidencia de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se hubiera dado tal carácter, o que por su propia naturaleza deba de ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante el plazo mínimo de cinco años desde el conocimiento de la información. En todo caso será de aplicación lo dispuesto en la Disposición adicional vigésimo sexta del RDL 3/2011. Si durante la ejecución de este contrato se produjera efectivamente la puesta a disposición del adjudicatario de datos de carácter confidencial, se suscribirá un contrato entre ambas partes regulador de las obligaciones de cada uno. Fuenlabrada, a 09 de octubre de 2017. Expte.: G.10.C.17. PA A) CONTRATO PATRIMONIAL DE CONCESIÓN DEMANIAL DEL USO PRIVATIVO DE BIENES DE DOMINIO PÚBLICO, CONSISTENTE EN LA EXPLOTACIÓN XX XXXXXX PUBLICITARIAS, SEÑALETICA, RELOJES TERMÓMETRO Y ASEOS PÚBLICOS EN FUENLABRADA, ADJUDICADO MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, FORMA DE UTILIZACIÓN DE VARIOS CRITERIOS DE VALORACIÓN Y TRAMITACIÓN ORDINARIA. El responsable del contrato a efectos de su supervisión será D. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Director Técnico de Parques, Jardines y Zonas Verdes.
CONFIDENCIALIDAD DE DATOS PERSONALES. De conformidad con lo establecido en el artículo 124 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público, el contratista deberá respetar el carácter de confidencia de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se hubiera dado tal carácter, o que por su propia naturaleza deba de ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante el plazo mínimo de cinco años desde el conocimiento de la información. En todo caso será de aplicación lo dispuesto en la Disposición adicional trigésimo primera de esta Ley. Si durante la ejecución de este contrato se produjera efectivamente la puesta a disposición del adjudicatario de datos de carácter confidencial, se suscribirá un contrato entre ambas partes regulador de las obligaciones de cada uno. Fuenlabrada, a 29 marzo de 2.011
CONFIDENCIALIDAD DE DATOS PERSONALES. De conformidad con lo establecido en el artículo 140 del TRLCSP, el contratista deberá respetar el carácter de confidencia de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se hubiera dado tal carácter, o que por su propia naturaleza deba de ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante el plazo mínimo de cinco años desde el conocimiento de la información. Expte.: C.5.C.14 Reg. Arm. En todo caso será de aplicación lo dispuesto en la Disposición adicional trigésimo primera de esta Ley. Si durante la ejecución de este contrato se produjera efectivamente la puesta a disposición del adjudicatario de datos de carácter confidencial, se suscribirá un contrato entre ambas partes regulador de las obligaciones de cada uno.
CONFIDENCIALIDAD DE DATOS PERSONALES. La entidad adjudicataria, en cuanto al tratamiento de datos de carácter personal o relativos a los usuarios del servicio, deberá respetar en todo caso las prescripciones de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de Diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxxxxxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 28880IDOC205A5E2894F4338488D Especialmente deberá cumplir las siguientes obligaciones, conforme a lo dispuesto en los artículos 9 y 12 de la citada norma: FECHA DE FIRMA: HASH DEL CERTIFICADO: 26/05/2020 E0E0EC5A30CB58C54CE51B820369AC049C0B9060 1.- La entidad adjudicataria no aplicará tales datos ni los utilizará para fines distintos a la prestación del servicio que constituye el objeto del presente contrato. 2.- No comunicará tales datos, ni siquiera para su conservación a otras personas, físicas o jurídicas, salvo en los casos previstos en la legislación vigente. 3.- Se compromete a adoptar las medidas de índole técnica y organizativa necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida o tratamiento o acceso no autorizado.
CONFIDENCIALIDAD DE DATOS PERSONALES. 8.7.1. Para los fines del presente contrato, se entenderá por Información Confidencial, en adelante La Informacion, a todo documento, data, datos personales, informes, sea cualquiera el medio de soporte utilizado que directa o indirectamente haya sido entregada con anterioridad a la fecha de la firma del presente contrato o durante la vigencia del mismo, suministrada por alguna de las Partes y que esté relacionada con la presente relación contractual. 8.7.2. Las partes se obligan a mantener en absoluta reserva y confidencialidad la Informacion, pudiendo ser solo utilizada por la otra Parte para los fines del presente contrato. A este fin, cada una de las Partes deberá adoptar las medidas que fueran necesarias para mantener la Informacion de manera reservada y confidencial, extendiéndose dicho compromiso a sus accionistas, directores, gerentes, trabajadores, asesores y subcontratistas, de corresponder, por lo que las Partes declaran que a la firma del presente contrato han puesto en conocimiento de las referidas personas los alcances de esta cláusula requiriéndoles su cabal cumplimiento; reservándose ENEL las acciones legales pertinentes en defensa de sus intereses con relación al quebranto de la confidencialidad. 8.7.3. Debido a que para la ejecución del Contrato, el Proveedor y ENEL accederán a datos personales incluidos en bancos de datos de su respectiva titularidad, deberán cumplir lo dispuesto en la Ley N° 29733 - Ley de Protección de Datos Personales y en su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo 003- 2013-JUS en lo respecta al deber xx xxxxxxx y confidencialidad, así cómo las medidas de seguridad establecidas en la normativa vigente. Por tal razón, el Proveedor y ENEL debe limitarse a utilizar dichos datos, única y exclusivamente, para los fines que se deriven de la prestación de servicios objeto de este Contrato. 8.7.4. El Proveedor y ENEL deberán mantener el deber xx xxxxxxx y confidencialidad, sobre los datos personales y de la Información en general que haya podido conocer durante la ejecución del contrato, incluso una vez terminada la relación contractual y de manera indefinida; con excepción de aquellos supuestos en que la ley exige la revelación de los mismos. Queda entendido que, en cualquier caso, la parte a la que le es requerida La Información solo deberá revelar la parte de ésta que resulte indispensable para absolver el requerimiento judicial o administrativo. El incumplimiento de lo establecido en el presente numeral no constituye ...

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  • CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES LAS PARTES" acuerdan que la información que se intercambie de conformidad con las disposiciones del presente instrumento, se tratarán de manera confidencial, siendo de uso exclusivo para la consecución del objeto del presente contrato y no podrá difundirse a terceros de conformidad con lo establecido en las Leyes General y Federal, respectivamente, de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley General de Protección de Datos Personales en posesión de Sujetos Obligados, y demás legislación aplicable.

  • CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS El contratista y el personal encargado de la realización de los trabajos guardarán secreto profesional sobre toda la información que recaben y documentos que generen, así como de los asuntos a los que tengan acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato, estando obligados a no hacer públicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo contractual. El deber se mantendrá durante un plazo de cinco años. Asimismo el contratista quedará obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en concreto a lo referente al cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas y al deber xx xxxxxxx profesional, asumiendo las responsabilidades que por su incumplimiento le incumban.

  • CONFIDENCIALIDAD Debido a la prestación materia del presente contrato, las partes convienen en calificar como confidencial a toda la información obtenida, así como los informes y toda clase de documentos que produzca o tenga a su alcance EL CONTRATISTA para la ejecución del presente contrato, no pudiendo divulgarlos sin autorización expresa de LA SUPERINTENDENCIA. Esta obligación subsistirá para EL CONTRATISTA aún después de concluida la vigencia del presente contrato. En este sentido, por medio del presente EL CONTRATISTA se obliga a cumplir con el deber de reserva, respecto a toda información a la que pueda acceder, conocer o tener a su alcance, en cumplimiento de sus obligaciones mientras se encuentre prestando sus servicios para LA SUPERINTENDENCIA, y aún después de la conclusión del presente contrato, bajo responsabilidad. Se entenderá por “Información Confidencial” a toda información de tipo económica, financiera, legal, contable, técnica, comercial, estratégica o de otro tipo, que sea revelada por LA SUPERINTENDENCIA a EL CONTRATISTA, en forma oral, escrita, o por cualquier otro medio o soporte para la realización del trabajo encargado; así como cualquier análisis, recopilación, estudio, resumen, extracto o documentación de todo tipo que elabore o formule EL CONTRATISTA a partir de la Información Confidencial o documentación revelada por LA SUPERINTENDENCIA. La Información Confidencial no será revelada en ningún caso y bajo ningún motivo por EL CONTRATISTA, sin el consentimiento previo y por escrito de LA SUPERINTENDENCIA. En este sentido, EL CONTRATISTA se compromete a limitar el acceso a la Información Confidencial de forma tal que sólo sea accesible a aquellas personas que necesariamente deban involucrarse en las conversaciones, tratativas y/o acuerdos mantenidos con LA SUPERINTENDENCIA. Asimismo, EL CONTRATISTA se obliga a adoptar todas las medidas necesarias para que sus empleados, subordinados, dependientes, asesores y/o colaboradores u otros, que se vean involucrados en la ejecución de la prestación materia del presente contrato, observen la reserva y confidencialidad a que se refiere este acuerdo respecto de la Información Confidencial, siendo EL CONTRATISTA el único responsable por ello. El incumplimiento de este deber de confidencialidad por parte de EL CONTRATISTA, constituye causal de resolución del presente contrato, y asimismo, dará lugar a la indemnización por daños y perjuicios que le corresponda a LA SUPERINTENDENCIA conforme x xxx. Por tanto, EL CONTRATISTA se compromete a no divulgar, ni transferir a terceros, la información a la que pudiera tener acceso él o su personal; de ser el caso, EL CONTRATISTA responderá legalmente por los daños y perjuicios causados, para este efecto, se suscribe el acuerdo de confidencialidad anexo al presente.

  • Confidencialidad del Proceso Las informaciones relativas al análisis, aclaración, evaluación y comparación de las Ofertas y las recomendaciones para la Adjudicación del Contrato no podrán ser reveladas a los Licitantes ni a otra persona que no participe oficialmente en dicho proceso hasta que se haya anunciado el nombre del Adjudicatario, a excepción de que se trate del informe de evaluación del propio Licitante. Todo intento de un Oferente para influir en el procesamiento de las Ofertas o decisión de la Adjudicación por parte del Contratante podrá dar lugar al rechazo de la Oferta de ese Oferente.

  • Tratamiento de datos personales De conformidad con lo establecido en la Ley de Protección de Datos Personales y su Reglamento, el Asegurado queda informado y da su consentimiento libre, previo, expreso, inequívoco e informado, para el tratamiento y transferencia, nacional e internacional, de sus datos personales al banco de datos de titularidad de La Positiva, ubicado en su domicilio indicado en la presente póliza. La Positiva utilizará estos datos, conjuntamente con otros que se pongan a disposición durante la relación comercial, y con aquellos obtenidos en fuentes accesibles al público, con la finalidad de analizar y manejar los riesgos materia del aseguramiento, gestionar la contratación y seguimiento de pólizas de seguros y evaluar la calidad del servicio. Asimismo, La Positiva utilizará los datos personales con fines publicitarios y comerciales a fin de remitir al Asegurado información sobre productos y servicios en el mercado financiero y de seguros que considere de su interés. El Asegurado reconoce y acepta que La Positiva podrá encargar el tratamiento de los datos personales a un tercero, y que se podrá realizar un procesamiento automatizado o no con dichos terceros por temas técnicos o comerciales. Los datos proporcionados serán incorporados, con las mismas finalidades a las bases de datos de empresas subsidiarias, filiales, asociadas, afiliadas o miembros del Grupo Económico al cual pertenece y/o terceros con los que éstas mantengan una relación contractual. Los datos suministrados por el Asegurado son esenciales para las finalidades indicadas. Las bases de datos donde se almacena la información cuentan con estrictas medidas de seguridad. En caso el Asegurado decida no proporcionarlos, no será posible la prestación de servicios por parte La Positiva. Conforme x xxx, el Asegurado está facultado a ejercer los derechos de información, acceso, rectificación, supresión o cancelación y oposición que se detallan en xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx, mediante el procedimiento que se indica en dicha dirección electrónica.

  • PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Con fundamento en lo establecido en el numeral 7 del ACUERDO por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, mi representada otorga su consentimiento para el caso de que terceras personas accedan a los datos personales que ésta entregue a la convocante con motivo de la participación en este procedimiento de contratación, en el entendido de que se la convocante adoptará las medidas necesarias para su protección. En caso de que el licitante no desee que terceras personas accedan a sus datos personales, deberá manifestarlo en este documento. NOTA: Tratándose de licitantes personas físicas, deberá ajustarse el modelo de esta carta en lo referente a su carácter y singularidad de la declaración. Ciudad de México, _____ de ___________ de 2016. ________________________ (nombre del licitante o de su representante o apoderado legal), para efectos de acreditar la existencia legal y personalidad jurídica de mi representada, para efectos de la suscripción de las proposiciones y, en su caso, firma del contrato, en términos de la fracción VII del artículo 29 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, manifiesto bajo protesta de decir verdad, de acuerdo con lo requerido en la convocatoria de la Licitación Pública Nacional Mixta número 06820002-007-2016, relativa a la Contratación de un Seguro de Responsabilidad Civil y Asistencia Legal a favor de Sociedad Hipotecaria Federal, S.N.C. y la de sus Servidores Públicos para el ejercicio 2016-2017; declaro bajo protesta de decir verdad que, que los datos aquí asentados son ciertos, que cuento con facultades suficientes para comprometerme por mí o por mi representada. Escritura pública en la que consta su acta constitutiva: Objeto social: Nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx Público ante el cual se protocolizó, así como el número de folio de inscripción en el Registro Público correspondiente: Escritura pública en la que consten sus modificaciones: Registro Federal de Contribuyentes; Domicilio fiscal: Escritura pública número: Fecha: Número de Folio de inscripción en el Registro Público correspondiente: Lugar y fecha de registro: Nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx Público ante el cual se protocolizó: De igual forma, en caso de resultar adjudicada mi proposición, nos comprometemos a presentar original y copia fotostática de la documentación que ampara la información contenida en este documento. Nota: En términos del artículo 48 fracción VII del Reglamento, no será motivo de desechamiento la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue las proposiciones, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto de presentación y apertura de proposiciones técnicas y económicas con el carácter de oyente. Nota: En caso de resultar adjudicado, deberá presentar original y copia simple de la documentación a que hace referencia el citado anexo “C” y el punto 4.4 de esta convocatoria. Nota: En caso de que el licitante sea persona física, deberá ajustarse al modelo de esta carta en lo referente a su carácter y singularidad de la declaración. Ciudad de México, _____ de ___________ de 2016. (nombre del licitante o de su representante o apoderado legal), en mi carácter de (por mi propio derecho, representante o apoderado legal) de la empresa denominada _____________, manifiesto bajo protesta de decir verdad, el interés de mi representada en participar en la junta de aclaraciones de la Licitación Pública Nacional Mixta número 06820002-007-2016, relativa a la Contratación de un Seguro de Responsabilidad Civil y Asistencia Legal a favor de Sociedad Hipotecaria Federal, S.N.C. y la de sus Servidores Públicos para el ejercicio 2016-2017; declaro bajo protesta de decir verdad que, y que los datos aquí asentados son ciertos: De la persona moral. Nombre denominación o razón social: Registro Federal de Contribuyentes: Domicilio: Calle y número: Colonia: Delegación o Municipio: Código Postal: Entidad federativa: Teléfonos: Fax: Correo Electrónico: Descripción del Objeto Social de la empresa: No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: Fecha de otorgamiento: No. de Folio de inscripción en el Registro Público correspondiente: Lugar y fecha de registro: Nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx Público ante el cual se protocolizó: No. de la escritura pública en la que consta sus modificaciones: Fecha de otorgamiento: No. de Folio de inscripción en el Registro Público correspondiente: Lugar y fecha de registro: Nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx Público ante el cual se protocolizó: Relación de socios o asociados.

  • CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN La información que sea suministrada en virtud de la suscripción de la presente póliza queda tutelada por el derecho a la intimidad y confidencialidad, salvo manifestación por escrito del Asegurado en que se indique lo contrario o por requerimiento de la autoridad judicial competente.

  • MEDIOS PERSONALES En la realización de los trabajos previstos dentro del mantenimiento integral objeto del contrato, se contará con profesionales de cada uno de los sectores comprendidos en el mismo, que a su vez estarán apoyados técnica y profesionalmente por la estructura de la empresa adjudicataria a la cual pertenecen. El personal mínimo en plantilla deberá ser complementado con los oficios especializados que sean necesarios para la correcta ejecución de los trabajos. En cualquier caso, la Empresa Adjudicataria no podrá alegar como causa del retraso o imperfección en la ejecución de los trabajos la insuficiencia de su plantilla. La empresa a djudicataria está obligada al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Prevención de Riesgos Laborales. Lanbide quedará eximido de toda relación laboral, económica o jurídica con el personal del Adjudicatario, así como con las Empresas que pudieran establecer subcontratas con aquél. La adjudicataria únicamente podrá subcontratar empresas especializadas en los gremios comunicados en sobre A de la presente licitación. En el mantenimiento técnico de las instalaciones, el personal cualificado que preste sus servicios será polivalente en los sectores siguientes: : • Electricidad • Cerrajería • Carpintería • Fontanería • Persianas • Cristalería • Albañilería • Desatascos • Pequeñas reparaciones de mobiliario • Pintura. • Responsable del Servicio. La empresa adjudicataria, durante el período de vigencia del contrato, designará una persona como Responsable máximo de la empresa y tres coordinadores/as, una por territorio histórico, que serán personal interlocutor oficial válido ante el Servicio de Organización y RRGG en la forma que el servicio de Lanbide establezca. Dichos Responsables ejercerán todas las funciones de control, supervisión y gestión técnica de los recursos propios y los que se establezcan como apoyo a los Servicios Generales de los edificios objeto del contrato (control de consumos energéticos, subcontratos de empresas externas, etc.). Esta persona representante encargada de coordinar los trabajos e interlocutor/a válido con el Servicio de Organización y RRGG de Lanbide, tendrá como mínimo titulación Técnico de Grado Medio, con experiencia probada, en seguimiento y control de trabajos de mantenimiento de edificios e instalaciones. Dicha experiencia será probada mediante currículum vitae que será presentado en sobre A del presente Xxxxxx. E s t a p e r s o n a responsable prestará este servicio de coordinación e interlocución con Lanbide diariamente en horario de 8:00 a 17:30 y se reunirá mensualmente con los responsables de la gestión de este contrato para la supervisión del servicio. El personal responsable o persona que le sustituya, podrá ser contactada en cualquier momento las veinticuatro horas del día, los 365 días del año, por Lanbide, pudiendo requerirse su presencia en el edificio en cualquier momento. Lanbide se reserva el derecho de exigir un cambio en el/a interlocutor/a designado por la empresa, sin necesidad de justificación previa. • Personal responsable de la prestación del servicio. La empresa contratista deberá disponer de un vehículo dotado con las herramientas y equipos necesarios para atender las tareas de mantenimiento preventivo y correctivo a realizar en las oficinas. Todo el personal necesario para la prestación de este servicio contará con telefonía móvil, por cuenta de la empresa adjudicataria, debiendo comunicarse a Lanbide cualquier variación en el número de estos teléfonos, que pueda producirse. El contratista deberá proveer a su personal de los uniformes de trabajo necesarios para el desempeño de las tareas inherentes al servicio, así como de los equipos de seguridad. El personal mínimo en plantilla deberá ser complementado con los oficios especializados que sean necesarios para la correcta ejecución de los trabajos. En cualquier caso, la empresa adjudicataria no podrá alegar como causa del retraso o imperfección de los trabajos la insuficiencia de la plantilla mínima a que este Pliego obliga. La empresa adjudicataria estará obligada a informar a Lanbide sobre la variación de la plantilla ofertada, altas y bajas, que experimente, a fin de que se retire o entregue la documentación personal que se indica en este Pliego. Lanbide podrá exigir la identificación del personal que se presente en las sedes y el personal de vigilancia recogerá los datos del personal que acuda a realizar el trabajo. A solicitud de la Lanbide, el adjudicatario procederá a la sustitución en el plazo máximo de tres días, de una persona por otra de igual categoría de la propia empresa, en caso de disconformidad con la actitud, comportamiento y/o forma de realización del servicio, el incumplimiento de esta prescripción supondrá incumplimiento del contrato. En caso de ausencias por enfermedad, permisos o vacaciones del personal, el adjudicatario dispondrá de las oportunas sustituciones, para poder desarrollar, con plenas garantías, las funciones que venía desempeñando el personal asignado, sin que en ningún momento el edificio pueda quedar desatendido. El contratista comunicará de forma previa las sustituciones de trabajadores que hayan de producirse para garantizar la ejecución del contrato, indicando en este supuesto, la identidad del sustituido y del sustituto, así mismo previamente justificará que se cumplen las condiciones de categoría, formación y experiencia de éste último, según las exigencias establecidas en el presente pliego. Todo cambio de personal que pretenda hacer el adjudicatario deberá motivarse y ponerse inmediatamente en conocimiento del responsable del contrato para que de su conformidad con dicho cambio sin la cual no podrá realizarse. Lanbide tendrá un coordinador del proyecto adscrito al Servicio de Organización y RRGG.

  • CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD 17.1 La información, datos o especificaciones facilitadas por el Tribunal Constitucional al contratista y al personal a su servicio, a los que hayan tenido acceso en ejecución del contrato, deberán ser consideradas por éstos como confidenciales, no pudiendo ser objeto, total o parcialmente, de publicación, copia, utilización, cesión o préstamo a terceros, en los términos del artículo 140 del TRLCSP. La empresa velará por el más estricto cumplimiento del personal a su servicio de la normativa reguladora de la protección de datos de carácter personal. 17.2 El contratista y el personal a su servicio adquieren la obligación de custodiar fiel y cuidadosamente la información, documentación, o datos que se les entreguen para la prestación del servicio y, con ello, el compromiso de que los mismos no llegue en ningún caso a poder de terceras personas distintas de las que les sean indicadas expresamente por el Tribunal Constitucional. 17.3 El contratista y el personal a su servicio no podrán acceder a aquella información, datos o especificaciones que no se deriven estrictamente de la ejecución del presente contrato. En el supuesto de que se produzca el acceso a los datos de carácter personal de forma accidental, el personal de la empresa deberá guardar confidencialidad, absteniéndose de cualquier forma de difusión de los datos de carácter personal a los que haya podido acceder y poniendo esta circunstancia en conocimiento de los servicios técnicos del Tribunal Constitucional. 17.4 En todo caso, el contratista será responsable de los daños y perjuicios que del incumplimiento de las obligaciones enumeradas anteriormente pudieran derivarse para el Tribunal Constitucional o para terceras personas.

  • Deber de confidencialidad El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Los órganos de contratación no podrán divulgar la información facilitada por los empresarios que estos hayan designado como confidencial. A estos efectos, los licitadores deberán incorporar en cada uno de los sobres una relación con la documentación a la que hayan dado ese carácter.