PROGRAMAS DE TRABAJO Cláusulas de Ejemplo

PROGRAMAS DE TRABAJO. El Contratista deberá presentar a la CNH para su aprobación Programas de Trabajo anuales para cada una de las Actividades Petroleras, incluyendo el Abandono. La CNH resolverá sobre la propuesta de los Programas de Trabajo en un plazo que no excederá los treinta (30) Días a partir de que reciba la información necesaria. Los Programas de Trabajo deben contener una lista detallada de las actividades individuales que planea realizar y el tiempo estimado para cada una de esas actividades. Durante el Período de Exploración, los Programas de Trabajo deberán cumplir con el Programa Mínimo de Trabajo, el Incremento en el Programa Mínimo y el Plan de Exploración, mientras que durante cualquier Período de Desarrollo, los Programas de Trabajo deberán cumplir con el Plan de Desarrollo respectivo. Todos los Programas de Trabajo deberán cumplir con las Mejores Prácticas de la Industria, la Normatividad Aplicable, el Sistema de Administración y los demás términos y condiciones previstos en el presente Contrato. En el caso del primer Programa de Trabajo del Período de Exploración o Período de Desarrollo, su aprobación se otorgará de manera simultánea con la aprobación del Plan de Exploración o Plan de Desarrollo, según corresponda, de conformidad con lo establecido en las Cláusulas 4.1 y 6.2. La CNH podrá negar la aprobación del Programa de Trabajo en el caso que el Contratista: (i) no cumpla con el Programa Mínimo de Trabajo, el Incremento en el Programa Mínimo, o los compromisos adicionales que se adquirieron para el Primer Período Adicional de Exploración o el Segundo Período Adicional de Exploración, según sea el caso; (ii) los Programas de Trabajo presentados en el Período de Desarrollo modifiquen el Plan de Desarrollo o el Plan de Exploración aprobados, o (iii) el Programa de Trabajo no se ajuste a las Mejores Prácticas de la Industria.
PROGRAMAS DE TRABAJO. CAPITULO 1
PROGRAMAS DE TRABAJO. El proveedor del servicio deberá elaborar un programa de trabajo de acuerdo a las necesidades del proyecto, a partir del día siguiente a la notificación del fallo. El administrador del instrumento jurídico contractual deberá autorizar dicho programa, así como el tiempo que se determine para los servicios de mantenimiento preventivo de cada uno de los tres inmuebles. El proveedor del servicio deberá entregar dicho programa al administrador del contrato dentro de los 15 días naturales posteriores a la notificación del fallo.
PROGRAMAS DE TRABAJO a) Las Partes elaborarán conjuntamente programas de trabajo para la aplicación del presente Memorando de Entendimiento.
PROGRAMAS DE TRABAJO. Dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la Fecha Efectiva, EL EVALUADOR presentará a la ANH el Programa de Trabajo, en el cual describa la forma como dará cumplimiento a sus obligaciones, en el entendido que dicho Programa de Trabajo deberá ser consistente con el Programa de Evaluación Técnica, así como también con las Buenas Prácticas en la Industria del Petróleo. EL EVALUADOR enviará a la ANH cualquier modificación en el Programa de Trabajo inicialmente presentado, derivada de circunstancias aceptadas como constitutivas de Fuerza Mayor o Hechos de Terceros o actividades adicionales a las señaladas en el Programa de Evaluación Técnica.
PROGRAMAS DE TRABAJO. 10.1. Programas de Trabajo
PROGRAMAS DE TRABAJO. 10.1. Programas de Trabajo. El Contratista deberá presentar a PEP, para su aprobación, Programas de Trabajo para los Servicios (incluyendo Abandono). Durante el Periodo Inicial, el Programa de Trabajo deberá cumplir con el Programa Mínimo Inicial, mientras que durante el Periodo de Desarrollo, los Programas de Trabajo deberán cumplir con el Plan de Desarrollo y con la Obligación Mínima de Trabajo. Todos los Programas de Trabajo deberán cumplir con los Procedimientos de Registro Financiero, la Experiencia y Prácticas Prudentes de la Industria, las Leyes Aplicables y los demás términos y condiciones previstos en el Contrato, incluyendo compromisos de unificación e infraestructura conjunta. Salvo por el programa del Periodo Inicial conforme a la Cláusula 10.2, el Contratista deberá presentar el Programa de Trabajo de cada año a más tardar el 31 de octubre del año anterior; no obstante, para efectos de planeación de PEP, el Contratista presentará una versión preliminar a más tardar el 30 xx xxxxx del año anterior. En caso de que el Contratista entregue a PEP la Comunicación de Continuación, también deberá entregar un programa de actividades a realizar los primeros ciento veinte (120) días del Periodo de Desarrollo.
PROGRAMAS DE TRABAJO. Ambas partes se comprometen a ejecutar en conjunto programas, que serán elevados a Convenios Específicos de Colaboración. Cada uno de estos Convenios deberán contener los siguientes elementos: objeto, derechos y obligaciones de las partes, tareas a desarrollar, calendario de actividades, responsables, vigencia y competencia.‌
PROGRAMAS DE TRABAJO. Indicativos.‌ El Contratista proporcionará a la CNH, a más tardar el primer Día Hábil del cuarto Trimestre de cada Año, programas de trabajo indicativos que deberán contener una lista de las actividades que planea realizar y el tiempo estimado para cada una de estas actividades de conformidad con la Normatividad Aplicable.
PROGRAMAS DE TRABAJO. 28 CLÁUSULA 10. PRESUPUESTOS Y COSTOS RECUPERABLES 31