DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y OTROS DERECHOS DE PROPIEDAD. 13.1 Excepto que se disponga expresamente por escrito en el Acuerdo, el Destinatario tendrá derecho a todos los derechos de propiedad intelectual y otros derechos de propiedad, incluidos, entre otros, patentes, derechos de autor y marcas comerciales, con respecto a productos, procesos, invenciones, ideas, conocimientos técnicos, o documentos y otros materiales que el PNUD ha desarrollado para el Destinatario en virtud de este Acuerdo y que guardan relación directa con ellos o se producen, preparan o recopilan como consecuencia o durante el curso del cumplimiento del Acuerdo. No obstante, el Destinatario otorgará al PNUD una licencia perpetua y sin royalties para (reproducir, adaptar, modificar, distribuir, sub-licencia) hacer uso de dicha propiedad intelectual u otros derechos de propiedad con fines no comerciales, incluida la capacidad de otorgar licencias a otros Destinatarios del sector no privado y a los gobiernos de sus programas en conformidad con los requisitos del acuerdo entre el PNUD y el (los) destinatario(s) en cuestión y su acuerdo de cooperación básica con los gobiernos del programa, respectivamente.
13.2 En la medida en que cualquier propiedad intelectual u otro derecho de propiedad consista de cualquier propiedad intelectual u otro derecho de propiedad del PNUD: (i) que haya existido previamente a la ejecución por parte del PNUD de sus obligaciones en virtud del Acuerdo, o (ii) que el PNUD pueda desarrollar o adquirir, o puede haber desarrollado o adquirido, independientemente del cumplimiento de sus obligaciones en virtud del Acuerdo, el Destinatario no reclama y no reclamará ninguna participación en el mismo, y el PNUD otorga al Destinatario una licencia perpetua para usar dicha propiedad intelectual u otros derecho de propiedad únicamente a fines y de acuerdo con los requisitos del Acuerdo.
13.3 Sujeto a las disposiciones anteriores, todos los mapas, dibujos, fotografías, mosaicos, planos, informes, estimaciones, recomendaciones, documentos y todos los demás datos compilados o recibidos por el PNUD del Destinatario en virtud del Acuerdo serán propiedad del Destinatario, estarán disponibles para uso o inspección por parte del Destinatario en momentos razonables y en lugares razonables, se tratarán de manera confidencial y se entregarán solo a los funcionarios autorizados por el Destinatario una vez finalizado el trabajo en virtud del Acuerdo.
DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y OTROS DERECHOS DE PROPIEDAD. UNICEF será el titular de los derechos de propiedad intelectual y otros derechos de propiedad incluyendo pero no limitado a las patentes, derechos de autor y marcas registradas, con respecto a los documentos y otros materiales que tengan una relación directa con o hayan sido preparados o recogidos en consecuencia o en el curso de la ejecución del contrato para cuya adjudicación se convoca el presente concurso. A petición de UNICEF, la empresa contratada deberá tomar todas las medidas necesarias, ejecutar todos los documentos necesarios y generalmente asistir en la transferencia, el aseguramiento y la formalización de esos derechos de propiedad a UNICEF en cumplimiento de los requerimientos de la legislación aplicable.
DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y OTROS DERECHOS DE PROPIEDAD. 15.1 El Contratante tendrá derecho a todos los derechos de propiedad, pero no limitado a ellos, de patentes, derechos de autor y marcas registradas con relación al material que tenga directa relación con o que fuera fabricado como consecuencia de los servicios prestados por el Contratista al Contratante. A solicitud del Contratante, el Contratista ayudará a obtener tales derechos de propiedad y a transferirlos al Contratante acatando los requisitos de las disposiciones legales aplicables.
DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y OTROS DERECHOS DE PROPIEDAD. El Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) será el titular de todos los derechos de propiedad intelectual y de otros derechos propietarios, incluyendo pero sin limitarse a, patentes, derechos de autor y marcas registradas, relacionadas con productos, documentos o modificaciones de éstos, que se produzcan, preparen o recopilen como consecuencia de o en el desarrollo de la ejecución de este Contrato. Ante la solicitud del Asociado en la Implementación, el Contratista tomará las medidas necesarias, producirá todos los documentos necesarios y asistirá en términos generales para velar por que dichos derechos queden o sean transferidos al PNUD en cumplimiento de la ley vigente.
DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y OTROS DERECHOS DE PROPIEDAD. 1. El PNUD tendrá derecho a toda propiedad intelectual y a otros Derechos de propiedad incluyendo, pero no limitando, patentes, derechos de autor y marcas registradas respecto a documentos y otros materiales que tienen una relación directa o están preparados o a las consecuencias o en el curso de la celebración del presente APR. A solicitud del PNUD, el Contratista deberá tomar todos los pasos necesarios, otorgar toda serie de documentos y generalmente asistir en asegurar dichos derechos de propiedad y transfiriendo los mismos al PNUD conforme a los requisitos de la ley vigente.
DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y OTROS DERECHOS DE PROPIEDAD. En concordancia con el Acuerdo Básico Modelo de Asistencia firmado entre el Gobierno de Argentina y el PNUD, prevalecerá lo establecido en dicho Acuerdo Básico
DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y OTROS DERECHOS DE PROPIEDAD. Salvo que se disponga expresamente lo contrario por escrito en el Contrato, la FAO tendrá derecho a todos los derechos de propiedad intelectual y otros derechos de propiedad, incluidos, entre otros, patentes, derechos de autor y marcas comerciales, con respecto a productos, procesos, invenciones, ideas, conocimientos técnicos o documentos y otros materiales que el Contratista haya desarrollado para la FAO en virtud del Contrato y que guarden una relación directa con los productos, procesos, invenciones, ideas, conocimientos técnicos o documentos y otros materiales que el Contratista haya desarrollado para la FAO en virtud del Contrato y que guarden relación directa con ellos, o que se produzcan, preparen o recopilen como consecuencia de: o durante el curso de la ejecución del Contrato. El Contratista reconoce y acepta que dichos productos, documentos y otros materiales constituyen obras realizadas por encargo para la FAO. En la medida en que dicha propiedad intelectual u otros derechos de propiedad consistan en cualquier propiedad intelectual u otros derechos de propiedad del Contratista:
DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y OTROS DERECHOS DE PROPIEDAD. UNICEF será el titular de los derechos de propiedad intelectual y otros derechos de propiedad incluyendo, pero no limitado a las patentes, derechos de autor y marcas registradas, con respecto a los documentos y otros materiales que tengan una relación directa con o hayan sido preparados o recogidos en consecuencia o en el curso de la ejecución del contrato para cuya adjudicación se convoca el presente concurso. A petición de UNICEF, la empresa contratada deberá tomar todas las medidas necesarias, ejecutar todos los documentos necesarios y generalmente asistir en la transferencia, el aseguramiento y la formalización de esos derechos de propiedad a UNICEF en cumplimiento de los requerimientos de la legislación aplicable. El consultor deberá trabajar desde sus instalaciones con la posibilidad de trabajar y utilizar materiales de trabajo según disponibilidad en las instalaciones de UNICEF. • Nacionalidad Paraguaya • Formación Académica: formación universitaria, profesional nutricionista habilitado para ejercer en el Paraguay. Sera especialmente valorada post grado o maestría en salud pública y o nutrición y o gestión sanitaria • Experiencia requerida: Al menos 3 años de experiencia, en diseño, implementación, monitoreo y o evaluación de programas o proyectos de salud y/o nutrición a nivel nacional o internacional. Experiencia y Capacidad en Planificación y elaboración de proyectos. • Buen conocimiento del contexto social, económico y cultural del país en especial buen conocimiento sobre temas de salud y nutrición materno infantil, los planes y programas nacionales vigentes • Perfecto dominio de español hablado y escrito. Será valorado comprensión y expresión oral del Idioma Guaraní. Manejo xxx xxxxxx como herramienta de trabajo (lectura y redacción de documentos). • Dominio de paquete Windows a nivel de usuario. Conocimientos de informática, incluyendo la navegación por internet y varias aplicaciones de oficina • Conocimiento de los últimos avances en materia de salud pública y nutrición materno infantil y de adolescentes • Capacidad demostrada para trabajar en un entorno multicultural y establecer relaciones de trabajo armonioso y eficaz, tanto dentro como fuera de la organización. Habilidades personales de buen relacionamiento para trabajar y articular con entidades del Estado y de la sociedad civil • Muy buen nivel de relaciones interpersonales, necesario para promover y articular acciones e ideas entre contrapartes • Capacidad análisis de problemas locales...
DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y OTROS DERECHOS DE PROPIEDAD. El Colegio de Trabajadores Sociales xx Xxxxx Rica, será el titular de los derechos de propiedad intelectual y otros derechos de propiedad incluyendo, pero no limitando a las patentes, derechos de autor y marcas registradas, con respecto a los documentos y otros materiales que tengan una relación directa con o hayan sido preparados o recogidos en consecuencia o en el curso de la ejecución del contrato para cuya adjudicación se convoca la presente contratación.
DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y OTROS DERECHOS DE PROPIEDAD. 16.1. Salvo que se especifique expresamente otra cosa en el Contrato, la UIT tendrá derecho a toda propiedad intelectual y demás derechos de propiedad, incluido, entre otros, patentes, derechos de autor y marcas comerciales con relación a productos, procesos, inventos, ideas, conocimientos (know-how) o documentos y otros materiales desarrollados por el Contratista para la UIT en el marco del Contrato, que se vinculen directamente con o se produzcan, preparen o recopilen como consecuencia de, o en el transcurso de la ejecución del presente Contrato. El Contratista reconoce y acuerda que estos productos, documentos y otros materiales constituyen trabajos hechos por encargo de la UIT.
16.2. En la medida en que cualquier propiedad intelectual u otros derechos de propiedad estén constituidos por cualquier propiedad intelectual u otros derechos de propiedad del Contratista: i) que existían antes del cumplimiento por el Contratista de las obligaciones contraídas en virtud del Contrato;