Derechos de autor, patentes y otros derechos de propiedad Cláusulas de Ejemplo

Derechos de autor, patentes y otros derechos de propiedad. UNICEF será el titular de los derechos de propiedad intelectual y otros derechos de propiedad incluyendo pero no limitado a las patentes, derechos de autor y marcas registradas, con respecto a los documentos y otros materiales que tengan una relación directa con o hayan sido preparados o recogidos en consecuencia o en el curso de la ejecución del contrato para cuya adjudicación se convoca el presente concurso. A petición de UNICEF, la empresa contratada deberá tomar todas las medidas necesarias, ejecutar todos los documentos necesarios y generalmente asistir en la transferencia, el aseguramiento y la formalización de esos derechos de propiedad a UNICEF en cumplimiento de los requerimientos de la legislación aplicable.
Derechos de autor, patentes y otros derechos de propiedad. 13.1 Excepto que se disponga expresamente por escrito en el Acuerdo, el Destinatario tendrá derecho a todos los derechos de propiedad intelectual y otros derechos de propiedad, incluidos, entre otros, patentes, derechos de autor y marcas comerciales, con respecto a productos, procesos, invenciones, ideas, conocimientos técnicos, o documentos y otros materiales que el PNUD ha desarrollado para el Destinatario en virtud de este Acuerdo y que guardan relación directa con ellos o se producen, preparan o recopilan como consecuencia o durante el curso del cumplimiento del Acuerdo. No obstante, el Destinatario otorgará al PNUD una licencia perpetua y sin royalties para (reproducir, adaptar, modificar, distribuir, sub-licencia) hacer uso de dicha propiedad intelectual u otros derechos de propiedad con fines no comerciales, incluida la capacidad de otorgar licencias a otros Destinatarios del sector no privado y a los gobiernos de sus programas en conformidad con los requisitos del acuerdo entre el PNUD y el (los) destinatario(s) en cuestión y su acuerdo de cooperación básica con los gobiernos del programa, respectivamente.
Derechos de autor, patentes y otros derechos de propiedad. 15.1 El Contratante tendrá derecho a todos los derechos de propiedad, pero no limitado a ellos, de patentes, derechos de autor y marcas registradas con relación al material que tenga directa relación con o que fuera fabricado como consecuencia de los servicios prestados por el Contratista al Contratante. A solicitud del Contratante, el Contratista ayudará a obtener tales derechos de propiedad y a transferirlos al Contratante acatando los requisitos de las disposiciones legales aplicables.
Derechos de autor, patentes y otros derechos de propiedad. El Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) será el titular de todos los derechos de propiedad intelectual y de otros derechos propietarios, incluyendo pero sin limitarse a, patentes, derechos de autor y marcas registradas, relacionadas con productos, documentos o modificaciones de éstos, que se produzcan, preparen o recopilen como consecuencia de o en el desarrollo de la ejecución de este Contrato. Ante la solicitud del Asociado en la Implementación, el Contratista tomará las medidas necesarias, producirá todos los documentos necesarios y asistirá en términos generales para velar por que dichos derechos queden o sean transferidos al PNUD en cumplimiento de la ley vigente. El Contratista no dará publicidad ni hará público de ninguna manera el hecho de que es Contratista del Asociado en la Implementación. Tampoco podrá utilizar el nombre, emblema o sello oficial del Asociado en la Implementación, del PNUD o de Naciones Unidas bajo ninguna circunstancia.
Derechos de autor, patentes y otros derechos de propiedad. El PNUD tendrá derecho a toda propiedad intelectual y a otros Derechos de propiedad incluyendo pero no limitando, patentes, derechos de autor y marcas registradas respecto a documentos y otros materiales que tienen una relación directa o están preparados o a las consecuencias o en el curso de la celebración del presente APR. A solicitud del PNUD, el Contratista deberá tomar todos los pasos necesarios, otorgar toda serie de documentos y generalmente asistir en asegurar dichos derechos de propiedad y transfiriendo los mismos al PNUD conforme a los requisitos del la ley vigente.
Derechos de autor, patentes y otros derechos de propiedad. UNICEF será el titular de los derechos de propiedad intelectual y otros derechos de propiedad incluyendo, pero no limitado a las patentes, derechos de autor y marcas registradas, con respecto a los documentos y otros materiales que tengan una relación directa con o hayan sido preparados o recogidos en consecuencia o en el curso de la ejecución del contrato para cuya adjudicación se convoca el presente concurso. A petición de UNICEF, la empresa contratada deberá tomar todas las medidas necesarias, ejecutar todos los documentos necesarios y generalmente asistir en la transferencia, el aseguramiento y la formalización de esos derechos de propiedad a UNICEF en cumplimiento de los requerimientos de la legislación aplicable. El consultor deberá trabajar desde sus instalaciones con la posibilidad de trabajar y utilizar materiales de trabajo según disponibilidad en las instalaciones de UNICEF. • Nacionalidad Paraguaya • Formación Académica: formación universitaria, profesional nutricionista habilitado para ejercer en el Paraguay. Sera especialmente valorada post grado o maestría en salud pública y o nutrición y o gestión sanitaria • Experiencia requerida: Al menos 3 años de experiencia, en diseño, implementación, monitoreo y o evaluación de programas o proyectos de salud y/o nutrición a nivel nacional o internacional. Experiencia y Capacidad en Planificación y elaboración de proyectos. • Buen conocimiento del contexto social, económico y cultural del país en especial buen conocimiento sobre temas de salud y nutrición materno infantil, los planes y programas nacionales vigentes • Perfecto dominio de español hablado y escrito. Será valorado comprensión y expresión oral del Idioma Guaraní. Manejo xxx xxxxxx como herramienta de trabajo (lectura y redacción de documentos). • Dominio de paquete Windows a nivel de usuario. Conocimientos de informática, incluyendo la navegación por internet y varias aplicaciones de oficina • Conocimiento de los últimos avances en materia de salud pública y nutrición materno infantil y de adolescentes • Capacidad demostrada para trabajar en un entorno multicultural y establecer relaciones de trabajo armonioso y eficaz, tanto dentro como fuera de la organización. Habilidades personales de buen relacionamiento para trabajar y articular con entidades del Estado y de la sociedad civil • Muy buen nivel de relaciones interpersonales, necesario para promover y articular acciones e ideas entre contrapartes • Capacidad análisis de problemas locales...
Derechos de autor, patentes y otros derechos de propiedad. 16.1. Salvo que se especifique expresamente otra cosa en el Contrato, la UIT tendrá derecho a toda propiedad intelectual y demás derechos de propiedad, incluido, entre otros, patentes, derechos de autor y marcas comerciales con relación a productos, procesos, inventos, ideas, conocimientos (know-how) o documentos y otros materiales desarrollados por el Contratista para la UIT en el marco del Contrato, que se vinculen directamente con o se produzcan, preparen o recopilen como consecuencia de, o en el transcurso de la ejecución del presente Contrato. El Contratista reconoce y acuerda que estos productos, documentos y otros materiales constituyen trabajos hechos por encargo de la UIT.
Derechos de autor, patentes y otros derechos de propiedad. Salvo que se disponga expresamente de otro modo por escrito en el Acuerdo, el PNUD tendrá derecho a toda la propiedad intelectual y demás derechos, incluyendo, sin carácter exhaustivo, las patentes, los derechos de autor y las marcas comerciales, con respecto a los productos, los procedimientos, las invenciones, las ideas, los conocimientos prácticos o los documentos y otros materiales que el Innovador haya desarrollado para el PNUD en aplicación del Acuerdo y que guarden relación directa con la ejecución del Acuerdo, o sean producidos, preparados o recopilados como consecuencia del Acuerdo o durante su ejecución. El Innovador reconoce y acuerda que dichos productos, documentos y otros materiales constituyen trabajos realizados por encargo para el PNUD. Sin perjuicio de lo anterior, el PNUD por medio del presente, le otorga al Innovador una licencia a nivel mundial sin regalías, no exclusiva e intransferible para usar la propiedad intelectual u otros derechos que surjan de las actividades del Innovador durante el Proyecto. El “uso” comprenderá el derecho de usar, reproducir, otorgar en sublicencia, distribuir y comunicar productos que incorporen dichos derechos exclusivamente sin fines comerciales y sin fines de lucro. En tanto y en cuanto dicha propiedad intelectual u otros derechos consistan en la propiedad intelectual u otros derechos del Innovador, (i) preexistentes al cumplimiento por el Innovador de las obligaciones estipuladas en el Acuerdo, o (ii) que el Innovador pueda desarrollar o adquirir, o pueda haber desarrollado o adquirido, con independencia del cumplimiento de sus obligaciones estipuladas en el Acuerdo, el PNUD no reclama ni reclamará ningún derecho de propiedad sobre los mismos, y el Innovador otorga al PNUD una licencia perpetua para utilizar dicha propiedad intelectual u otros derechos únicamente a los fines del Acuerdo y de conformidad con sus términos. A petición del PNUD, el Innovador adoptará todas las medidas necesarias, emitirá todos los documentos necesarios y en general prestará asistencia para obtener dichos derechos y transferirlos o darlos en licencia al PNUD de conformidad con los requisitos de la legislación aplicable y del Acuerdo. Con sujeción a las disposiciones anteriores, todos los mapas, dibujos, fotografías, mosaicos, planos, informes, cálculos, recomendaciones, documentos y cualesquiera otros datos compilados o recibidos por el Innovador en el marco del Acuerdo serán de propiedad del PNUD, estarán disponibles para ...
Derechos de autor, patentes y otros derechos de propiedad. En concordancia con el Acuerdo Básico Modelo de Asistencia firmado entre el Gobierno de Argentina y el PNUD, prevalecerá lo establecido en dicho Acuerdo Básico Artículo III.8. Los derechos de propiedad intelectual y de otros derechos propietarios, incluyendo, pero sin limitarse a, patentes, derechos de autor y marcas registradas, relacionadas con productos, documentos o modificaciones de éstos, que se produzcan, preparen o recopilen como consecuencia de o en el desarrollo de la ejecución de este Contrato serán propiedad del PNUD. Sin embargo, a menos que las Partes, en cada caso, convengan expresamente lo contrario, el Gobierno tendrá derecho a utilizar tales invenciones o procedimientos libres de regalías u otro gravamen similar. Ante la solicitud del Asociado en la Implementación, el Contratista tomará las medidas necesarias, producirá todos los documentos necesarios y asistirá en términos generales para velar por que dichos derechos queden o sean transferidos al PNUD en cumplimiento de la ley vigente. El Contratista no dará publicidad ni hará público de ninguna manera el hecho de que es Contratista del Asociado en la Implementación. Tampoco podrá utilizar el nombre, emblema o sello oficial del Asociado en la Implementación, del PNUD o de Naciones Unidas bajo ninguna circunstancia.

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