EVALUACION DE OFERTAS. Para la evaluación de las ofertas, se tendrá en cuenta el cumplimiento de las exigencias de la normativa aplicable y de las condiciones establecidas en el presente Pliego. Se evaluará el cumplimiento de los aspectos legales, formales, la calidad de los oferentes, los aspectos técnicos y económicos de las ofertas y se explicará los motivos de la recomendación de desestimación o inclusión en el orden de mérito. La Comisión Evaluadora podrá requerir información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido, sin que ello afecte el derecho de igualdad entre los oferentes, ni altere los términos de las ofertas presentadas. En materia de preferencias, resultarán de aplicación las disposiciones que contemple la normativa vigente conforme el artículo 70 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/16. En caso de igualdad de precios y calidad entre dos o más ofertas formalmente admisibles y convenientes, se aplicarán en primer término las normas sobre preferencias que establezca la normativa vigente y de mantenerse la igualdad, resultarán de aplicación las previsiones contenidas en el artículo 70 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/16.
EVALUACION DE OFERTAS. Dentro de los DOS (2) días de realizada la apertura de las ofertas se remitirá el expediente a la Comisión Evaluadora, la que dentro de los CINCO (5) días siguientes deberá remitir su dictamen a la autoridad competente para adjudicar.
EVALUACION DE OFERTAS. Las ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente rutina de fases acumulativas:1 Cada uno de los aspectos a verificar será de cumplimiento obligatorio: ASPECTO VERIFICABLE CUMPLE NO CUMPLE
1. Fotocopia de la escritura de constitución de la sociedad y sus reformas debidamente inscritas en el Registro Mercantil correspondiente.
2. Fotocopia legible del poder del representante legal, que acredita que tiene las facultades suficientes para participar representar a la empresa en el proceso de licitación, debidamente inscrito en el Registro Mercantil.
3. Fotocopia del Documento Nacional de identificación (DNI) del Representante Legal
4. Fotocopia de RTN del oferente y del Representante Legal.
EVALUACION DE OFERTAS. Durante esta etapa LA CORPORACIÓN efectuará los estudios de la experiencia adicional, equipo humano y oferta económica que acompañan la OFERTA presentada dentro del término máximo que señala el cronograma para la diligencia de cierre. La OFERTA deberá acompañarse de los soportes documentales que constituyen la oferta técnica y la oferta económica, las cuales deben contener toda la información mínima solicitada en los presentes términos de referencia y la adicional ofrecida por el PROPONENTE, con el fin de permitir a LA CORPORACIÓN realizar una comparación objetiva.
5.4. REGLAS PARA LA VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE OFERTAS
1. El proceso de selección cuenta con una primera fase denominada VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS MÍNIMOS HABILITANTES, durante la cual se analizarán los soportes documentales que acompañan la OFERTA y que se constituyen como requisitos mínimos habilitantes. Dentro de estos soportes se encuentran, entre otros, las CERTIFICACIONES DE EXPERIENCIA MÍNIMA DEL PROPONENTE, las cuales son de obligatorio cumplimiento para
2. Posteriormente y una vez superada la etapa de habilitación de las ofertas, se pasa a una segunda fase denominada EVALUACIÓN DE OFERTAS, durante la cual se efectúa el estudio de los documentos que soportan las ofertas técnica y económica y que contienen todo el ofrecimiento adicional del PROPONENTE.
3. En virtud de lo anterior, es factible que dentro de la propuesta se alleguen documentos que acrediten tanto los requisitos habilitantes como la oferta técnica o económica que generan puntaje. En tal virtud, la Corporación durante el proceso de verificación y evaluación de la propuesta, dará a cada aspecto del documento el tratamiento que se merece de conformidad en lo establecido en estos términos de referencia, para lo cual tendrá en cuenta que los requisitos habilitantes son subsanables en las condiciones establecidas en estos términos de referencia, mientras que la oferta técnica y económica objeto de asignación de puntaje no lo es.
EVALUACION DE OFERTAS. FECHA: COMPULSA DE PRECIOS PROYECTO Nº: RENGLON Nº CANTIDAD: DESCRIPCION: EVALUADORES: OFERENTE FABRICANTE/ MONEDA/ TIPO DE EQUIVALENT FORMULACION CALIF. RECOMENDACIO PAIS DE ORIGEN MONTO CAMBIO E EN $ / TECNICA N SE AJUSTA
EVALUACION DE OFERTAS. Se evaluará en cada oferta el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa vigente y los establecidos en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y Técnicos, la aptitud de los oferentes para contratar, los aspectos formales, legales, económicos y forma de cotización de cada oferta. El cuadro comparativo de precios será confeccionado automáticamente por PBAC tomando la información que surja de la cotización de las ofertas presentadas en el sistema. En la evaluación que se emita, se indicará si hay ofertas inadmisibles, explicando los motivos y disposiciones aplicables, siguiendo igual procedimiento en caso de ofertas manifiestamente inconvenientes. Se dejará constancia de la evaluación de las observaciones que se hayan efectuado y se consignarán los fundamentos normativos de la recomendación de oferta aconsejada. El Evaluador emitirá su recomendación de oferta mediante PBAC dentro de cinco (5) días hábiles contados desde la fecha de apertura de las propuestas. Dicho plazo se suspenderá por el requerimiento de informes técnicos o por la intimación a subsanar defectos formales, cursada a los oferentes. Debiéndose intimar al oferente, bajo apercibimiento de desestimar la oferta, a subsanar deficiencias sustanciales de su oferta dentro del término que se fije en la intimación. Es condición que el oferente se encuentre inscripto en el Registro de Proveedores y Licitadores. PLIEG-2021-27019402-GDEBA-DCYSAMHYFG
EVALUACION DE OFERTAS. Tabla - Puntaje por criterios de evaluación
1. Factor Técnico y de Calidad 900
1.1. CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN Y/O AMPLIACIÓN DE EDIFICACIONES 200
1.2. EXPERIENCIA EN EJECUCION DE CONTRATOS EN FORMA SIMULTANEA DENTRO DE UN MISMO PLAZO DE TIEMPO 300
1.3. VALOR DE LOS CONTRATOS EJECUTADOS EN FORMA SIMULTANEA 300 1.4. EXPERIENCIA EMPRESARIAL EN LA REGION 100
EVALUACION DE OFERTAS. Para la evaluación de las ofertas, se tendrá en cuenta el cumplimiento de las exigencias de la normativa aplicable y de las condiciones establecidas en el presente Pliego. En el acto de Selección de las ofertas se determinará el proveedor con quien se suscribirá la respectiva contratación. La Selección del Proveedor se realizará en favor de la oferta que fuere conveniente, teniendo en cuenta: el precio, la calidad, la idoneidad del oferente, y el cumplimiento de los aspectos legales, formales y técnicos; adjudicándose entre la/s oferta/s de igual conveniencia a aquellas que resulten las de menor valor. Dicha selección será notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes, dentro de los TRES (3) días de dictado el acto respectivo. La Comisión Evaluadora podrá requerir información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido, sin que ello afecte el derecho de igualdad entre los oferentes, ni altere los términos de las ofertas presentadas. En materia de preferencias, resultarán de aplicación las disposiciones que contemple la normativa vigente conforme el artículo 70 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/16. En caso de igualdad de precios y calidad entre dos o más ofertas formalmente admisibles y convenientes, se aplicarán en primer término las normas sobre preferencias que establezca la normativa vigente y de mantenerse la igualdad, resultarán de aplicación las previsiones contenidas en el artículo 70 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/16.
EVALUACION DE OFERTAS. 23.1 El análisis y evaluación de las Ofertas serán hechas por una Comisión de Evaluación. La Municipalidad nombrará esta comisión integrada por 3 ó 5 funcionarios designados por el titular del órgano responsable de la contratación y las demás que se designen observando la Ley de Contratación del Estado, el Reglamento de la Ley de Contratación del Estado y el Pliego de Condiciones. Además actuarán como miembros ex-oficio de la comisión, un representante del Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras (CICH), de acuerdo a convenio firmado entre la Municipalidad de San Xxxxx Xxxx y el CICH, así como también el Comisionado Municipal de Transparencia que dará fe de lo actuado.
EVALUACION DE OFERTAS. A continuación, se detallan los Criterios de Evaluación de Ofertas Se solicitará a las empresas invitadas la evidencia de capacidad Legal, financiera y técnica.