Factor Económico Cláusulas de Ejemplo

Factor Económico. En este componente se tendrá en cuenta el valor establecido para adelantar las labores a contratar, conforme la propuesta económica que se presente, la cual debe ser acorde a las condiciones establecidas en el siguiente numeral. 3.5.1. Propuesta económica
Factor Económico. Comisión por el servicio de intermediación. Obtendrá el mayor puntaje el corredor que presente el menor valor por concepto de la comisión por el servicio de intermediación. 20 20 Aquellas propuestas que resulten habilitadas por cumplir con el numeral 2.2. “Quienes pueden ser oferentes”, así como con la capacidad jurídica, financiera y administrativa de la información pasarán a ser evaluadas en su factor técnico y económico. La adjudicación será definida por Bancóldex, previos estudios y análisis comparativos, seleccionando al Oferente cuya propuesta se estime más favorable a los intereses del Banco. Igualmente, como se especificó en el Objeto de la presente invitación, Bancóldex se reserva el derecho a seleccionar a una o más sociedades corredoras de seguros para uno o todos los tipos de seguros objeto de la intermediación a que se refiere el objeto de la presente invitación. Para que una propuesta sea considerada en la selección de la presente convocatoria, la evaluación del factor técnico deberá alcanzar al menos el ochenta por ciento (80 %) del puntaje establecido para dichos criterios. La evaluación final será resultado de la sumatoria de la calificación obtenida en la evaluación técnica y económica de la propuesta. NOTA 1: Bancóldex realizará consultas de control previo del Oferente, de las personas o partes relacionadas con el Oferente y vinculadas a la propuesta, según aplique, con el fin de analizar los riesgos relacionados con Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, y según con lo establecido en cada una de los Sistemas de Prevención xxx Xxxxxx de Activos y Financiación del Terrorismo. En caso de encontrarse coincidencia en dichos reportes se rechazará la propuesta de forma inmediata. Así mismo, en cumplimiento del artículo 60 de la Ley 610 de 1999, Bancóldex realizará consulta del Oferente en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General y en caso de que éste se encuentre reportado se rechazará la propuesta de forma inmediata. Adicionalmente, Bancóldex realizará la consulta en centrales de riesgo al Oferente y en caso de reporte negativo se llevarán a cabo los análisis correspondientes que permitan validar la capacidad de este para la celebración de la orden de servicio en una eventual adjudicación de la presente convocatoria. Nota 2: Durante el proceso de evaluación, Bancóldex podrá solicitar a los Oferentes las aclaraciones sobre la información contenida en las propuestas, por medio escrito y/o mediante sustentación vir...
Factor Económico. El Municipio a partir del valor de las Ofertas debe asignar máximo de (300) trescientos puntos acumulables, según las siguientes fórmulas: Se aplicará el siguiente procedimiento de calificación económica a las propuestas hábiles: La ENTIDAD CONTRATANTE verificará que las propuestas económicas no contengan errores aritméticos y si es procedente, efectuará la rectificación de los errores que encuentre de la siguiente manera: La rectificación de los errores aritméticos se efectuará sobre el precio total que resulte de multiplicar el precio unitario por las cantidades correspondientes. Tanto para efectos de evaluación de la propuesta como para su eventual adjudicación, primará lo que digan las especificaciones técnicas, así se alleguen los análisis de precios unitarios. Si existiere discrepancia entre letras y cifras numéricas, prevalecerá el monto expresado en letras. No se aceptarán modificaciones a las cantidades de obra ni a las unidades de medida emitidas por LA ENTIDAD CONTRATANTE. En caso de error en la suma de la lista de cantidades y precios, el resultado total correcto será el que se obtenga de revisar dichas sumas. Si de las correcciones efectuadas se derivara(n) alguna(s) modificación(es) en el valor de las propuestas, LA ENTIDAD CONTRATANTE procederá a comunicar a la totalidad de los proponentes la(s) modificación(es) realizada(s). Si el oferente afectado no aceptare la corrección realizada, su propuesta será rechazada y LA ENTIDAD CONTRATANTE podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la misma.
Factor Económico. El Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores a partir de las Ofertas debe asignar máximo SEISCIENTOS (600) puntos acumulables de acuerdo con el método escogido en forma aleatoria para la ponderación de la oferta económica: Media aritmética Media aritmética Alta Media geométrica con presupuesto oficial Menor valor Para la determinación del método se tomará los primeros dos decimales de la TRM que rija el día hábil anterior a la fecha prevista para la publicación del informe de evaluación. El método debe ser escogido de acuerdo a los rangos establecidos en la tabla que se presenta a continuación: De 00 a 24 1 Media aritmética De 25 a 49 2 Media aritmética alta De 50 a 74 3 Media geométrica con presupuesto oficial De 75 a 99 4 Menor valor
Factor Económico. INFICALDAS a partir del valor de las Ofertas debe asignar máximo de SETECIENTOS (700) puntos acumulables de acuerdo con el método escogido en forma aleatoria para la ponderación de la oferta económica: 1. Media aritmética
Factor Económico. El Ministerio de Defensa – Fuerza Aérea, a partir del valor de las Ofertas deberá asignar máximo Calidad 400 precio 200 puntos acumulables de acuerdo con el método escogido para la ponderación de la oferta económica: Menor valor Precio: (Máximo 200 puntos): Se asignará un Máximo de 200 puntos, al proponente que en su propuesta económica presente el menor valor de acuerdo a lo establecido en los pliegos de condiciones del presente proceso. Las demás propuestas, se evaluarán en forma proporcional, mediante regla de tres (3) simple, utilizando la fórmula que se describe a continuación: Precio de la propuesta económica de menor valor Puntaje = X Puntaje máximo Precio de la propuesta económica en estudio La propuesta económica, no podrá de ninguna manera exceder de ninguna manera el presupuesto oficial, ni tampoco los Precios de Referencia, so pena de ser rechazada. Adicionalmente se debe tener en cuenta lo contenido en el Decreto 1082 de 2015 PARTE 2 REGLAMENTACIONES TITULO 1 CONTRATACION ESTATAL, SECCION 2 ESTRUCTURA Y DOCUMENTOS DEL PROCESO DE CONTRATACION, SUBSECCION 2 SELECCIÓN ART. 2.2.1.1.2.2.4, Oferta con valor artificialmente bajo La oferta deberá presentarse en pesos colombianos, sin decimales. Los factores de ponderación son opcionales no son obligatorios y su ofrecimiento no genera costo económico adicional para la DISAN FAC Se revisarán las operaciones aritméticas elaboradas por el proponente en el FORMULARIO No. 5 PROPUESTA ECONÓMICA. Las ofertas serán analizadas para determinar entre otros, si en los cálculos se han cometido errores en las operaciones aritméticas, en cuyo caso y para efectos de evaluación y selección el comité económico realizará las correcciones necesarias. SELECCIÓN ART. 2.2.1.1.2.2.4- Oferta con valor artificialmente bajo. Si de acuerdo con la información obtenida por la Entidad Estatal en su deber de análisis de que trata el artículo en mención, el valor de una oferta parece artificialmente bajo, la Entidad Estatal debe requerir al oferente para que explique las razones que sustentan el valor ofrecido. Analizadas las explicaciones, el comité evaluador, o quien haga la evaluación de las ofertas, debe recomendar rechazar la oferta o continuar con el análisis de la misma en la evaluación de las ofertas. Cuando el valor de la oferta sobre la cual la Entidad Estatal tuvo dudas sobre su valor, responde a circunstancias objetivas del oferente y de su oferta que no ponen en riesgo el cumplimiento del contrato si éste es adjudicado a ...
Factor Económico. Plaza Mayor Medellín S.A., a partir del valor de las ofertas debe asignar máximo 100 puntos de acuerdo con la ponderación de la oferta económica, utilizando la siguiente fórmula: Tabla 16: Formula Evaluación Propuesta Económica P= 100 x Pm/Pi P: Puntaje para el factor precio Pm: Valor oferta más económica Pi Valor propuesta a comparar 100 Puntaje máximo asignado al factor Este criterio se evaluará a partir de la información suministrada en el Anexo 4 “propuesta económica”.
Factor Económico. La oferta deberá venir firmada por el Representante Legal del oferente. Teniendo en cuenta que el contrato se ejecutará por la modalidad de precio unitario fijo sin fórmulas de reajuste, el oferente al elaborar la oferta económica deberá tener en cuenta los cambios que se puedan presentar tanto en los valores de mano de obra como de materiales por el cambio de año. El valor TOTAL propuesto no podrá ser mayor al 100 ni menor al 90 del presupuesto estimado para la presente convocatoria. En caso que esto ocurra, se considerará como causal de rechazo de la propuesta. Los valores unitarios, deberán ajustarse al peso, bien sea por exceso o por defecto. Si la cifra decimal del peso es igual o superior a cinco (5) se ajustará a la unidad de pesos inmediatamente siguiente. Si la cifra decimal del peso es menor a cinco (5) se ajustará la cifra suprimiendo el decimal. El valor de la oferta deberá incluir los costos inherentes a la obligación de mantener durante la ejecución DEL CONTRATOS, todo el personal idóneo y calificado de directivos, profesionales, técnicos y administrativos que se requieran.
Factor Económico. (400 Puntos) Los proponentes deberán diligenciar el Formato No. 3 OFERTA ECONÓMICA. Solamente se efectuará la evaluación económica de aquellas propuestas que no superen el valor del presupuesto estimado. Solamente se otorgará puntuación al proponente que no haya sido rechazado o inhabilitado para continuar el proceso. Se otorgan 400 puntos a la propuesta económica que refleje el menor valor, el cual se tomará como el 100%, a las demás se les otorgará puntaje en forma proporcional y decreciente, según la siguiente fórmula: Puntaje Oferta “X” = Vr. Menor Oferta Vr. Oferta “X” Dónde: Puntaje Oferta “X”: Puntaje que se asigna a la oferta que se está calificando. Vr. Menor Oferta: Valor de la oferta hábil que presenta el menor precio. Vr. Oferta “X”: Valor de la Oferta que se está calificando. Para efectos de evaluación el resultado final de aplicar la formula anterior será truncado en dos (2) decimales. El valor ofertado deberá incluir el costo de todos los gastos en que incurra el proponente para la ejecución del objeto del presente proceso. Serán de exclusiva responsabilidad del proponente, los errores u omisiones en que incurra al indicar los valores totales en la propuesta, debiendo asumir los mayores costos o pérdidas que se deriven de dichos errores y omisiones.