FUNCIÓN Cláusulas de Ejemplo

FUNCIÓN. Por el presente contrato, TELEFÓNICA se obliga a prestar al CLIENTE, para su uso privado, (i) un servicio de acceso a Internet a través de su red IP MPLS (acceso simétrico digital dedicado), denominado comercialmente “Infointernet”, y; (ii) el arrendamiento de equipos terminales (los “Equipos”); todo ello en adelante el “Servicio”. Las características técnicas y descripción del Servicio se especifican en el Anexo 1 que forma parte integrante del presente contrato. El CLIENTE declara conocer y aceptar las características del Servicio y manifiesta su conformidad con la funcionalidad del mismo. Son aplicables las “Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones” y la “Directiva que establece las normas aplicables a los procedimientos de atención de reclamos de usuarios de servicios públicos de telecomunicaciones”, tal como se encuentran aprobadas por OSIPTEL en cada oportunidad, las mismas que el CLIENTE declara conocer y que se encuentran disponibles en la página web de TELEFÓNICA (xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx). Por su parte, el CLIENTE se obliga a pagar a TELEFÓNICA la contraprestación establecida en la cláusula siguiente.
FUNCIÓN. Por el presente contrato, TELEFÓNICA se obliga a prestar al CLIENTE, para su uso privado, servicio de acceso a Internet a través de su red IP MPLS (acceso simétrico digital dedicado), denominado comercialmente “InternetGS” (el “Servicio”). Las características técnicas y descripción del Servicio se especifican en el Anexo 1 que forma parte integrante del presente contrato. El CLIENTE declara conocer y aceptar las características del Servicio y manifiesta su conformidad con la funcionalidad del mismo. Son aplicables las “Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones” y la “Directiva que establece las normas aplicables a los procedimientos de atención de reclamos de usuarios de servicios públicos de telecomunicaciones”, tal como se encuentran aprobadas por OSIPTEL en cada oportunidad, las mismas que el CLIENTE declara conocer y que se encuentran disponibles en la página web de TELEFÓNICA (xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx). Por su parte, el CLIENTE se obliga a pagar a TELEFÓNICA la contraprestación establecida en la cláusula siguiente.
FUNCIÓN. Aseguradora de Riesgos de Trabajo, indicando Nro. de Póliza. El adjudicatario será el único responsable por la ejecución de las cláusulas estipuladas en el Contrato de Patrocinio en forma eficaz y eficiente, eximiendo al GCBA de toda responsabilidad atinente a daños y/o perjuicios de cualquier índole y/o naturaleza. El Contrato de Patrocinio no constituirá el hecho de que alguna de las partes sea agente de la otra o la creación de una asociación, empresa conjunta o relación similar entre las partes y ninguna de ellas tendrá el poder de obligar a la otra de modo alguno. En todos los aspectos, cada parte actuará en todo momento como contratista independiente para todos los efectos de dicho contrato. En especial, el adjudicatario indemnizará plena y efectivamente y mantendrá indemne al COI, al GCBA, al COA y al BAYOGOC y sus correspondientes ejecutivos, directores, agentes, empleados y voluntarios de y contra toda multa y sanción impuesta sobre ellos, y todo reclamo por, o responsabilidad por, terceros, por pérdida, daño o lesión a dichas personas o su propiedad (incluidos honorarios legales razonables y costos y otros gastos razonablemente incurridos en relación con dicho reclamo o pérdida) que surja de:
FUNCIÓN. 15 Transporte Programa Funcional : 033 Transporte Terrestre Sub-Programa Funcional : 0064 Vias Nacionales Programa : Proyecto : Componente : Nemónico/Meta : Fte. Fto. : Cadena de Gasto :
FUNCIÓN. En virtud del presente contrato, EL CLIENTE se obliga a transferir y/o entregar a INTERBANK, según corresponda, los INSTRUMENTOS que deberán ser cancelados por los DEUDORES. EL CLIENTE asumirá en todo momento el riesgo crediticio de los DEUDORES frente a INTERBANK. INTERBANK se reserva el derecho de descontar los INSTRUMENTOS previa aprobación crediticia, disponibilidad de fondos y/o calificación de EL CLIENTE y de los INSTRUMENTOS, quedando facultado a devolverlos sin expresión de causa o colocarlos en cobranza sin responsabilidad.
FUNCIÓN. El empleador contrata al/la empleado/a en calidad de empleado/a doméstico/a en el sentido del artículo 2 del Decreto sobre empleados domésticos (DED). El/la empleado/a doméstico/a realizará las siguientes tareas: .................................................................................................................................................................. .................................................................................................................................................................. .................................................................................................................................................................. 1 El texto del Decreto y las fichas informativas se encuentran disponibles en la siguiente dirección de Internet (xxx.xxxx.xxxxx.xx/xxx/xx/xxxx/xxxxxx/xxxxxx/xx/xxxx/xxxxx/xxxxxx.xxxx), así como en el Protocolo del Departamento Federal de Asuntos Exteriores o en la Misión Permanente de Suiza ante la Oficina de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales en Ginebra.
FUNCIÓN. Por el Contrato y bajo las estipulaciones que aquí se establecen y conforme a la Legislación Aplicable, INTERBANK entregará al CLIENTE el Bien en arrendamiento financiero, a cambio de las contraprestaciones de cargo del CLIENTE previstas en el Contrato. El CLIENTE se obliga a utilizar el Bien exclusivamente para su giro de negocio y/o actividades empresariales. Si
FUNCIÓN. Atributo de la biodiversidad que hace referencia a la variedad de procesos e interacciones que ocurren entre sus componentes biológicos.
FUNCIÓN. El empleador contrata al/la empleado/a en calidad de empleado/a doméstico/a en el sentido del artículo 2 del Decreto sobre empleados domésticos (DED). El/la empleado/a doméstico/a realizará las siguientes tareas:  Tareas domésticas  Cocina  Lavado y planchado  Servicio en la mesa  Cuidado de los niños  Jardinería .................................................................................................................................................................. .................................................................................................................................................................. .................................................................................................................................................................. 1 El texto del Decreto y las fichas informativas se encuentran disponibles en la siguiente dirección de Internet (xxx.xxxx.xxxxx.xx/xxx/xx/xxxx/xxxxxx/xxxxxx/xx/xxxx/xxxxx/xxxxxx.xxxx), así como en el Protocolo del Departamento Federal de Asuntos Exteriores o en la Misión Permanente de Suiza ante la Oficina de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales en Ginebra.
FUNCIÓN. Portátil Memoria: De al menos 16 GB de memoria RAM DDR4 o superior, para laptop PC4-21600 de 3200 Mbps/s, este en un solo banco para posibilidad al máximo rango de ampliación a futuro. Procesador: De al menos un procesador a Core i7-7700 de séptima generación de 3.0 GHz a 3.5 con turbo boost o su similar en AMD u otra marca que compita con estas características. Chipset: Chipset Z270 su similar o superior acorde con el procesador. Bus y arquitectura: Bus de sistema de al menos 2400 MHz. Debe de tener un sistema de enfriamiento que evite el recalentamiento del procesador y otros componentes cercanos al incluido en el mismo sistema y así lograr más duración y estabilidad de los mismos.