Funcionalidad Cláusulas de Ejemplo

Funcionalidad. Para atender a las distintas necesidades funcionales que abarca la solución, se requiere al adjudicatario que la oferta tiene que cumplir con los estándares de infraestructura, arquitectura o funcionales del HGUGM, de todos los ámbitos tecnológicos descritos en el apartado anterior.
Funcionalidad. El empleado que desee pasar de un grupo profesional a otro, podrá llevarlo a cabo superando las pruebas de aptitud que convoquen, o por designación, aceptada por el interesado.
Funcionalidad. La función principal de las declaraciones y garantías es servir como mecanismo de aseguramiento para el comprador en caso el vendedor no haya revelado información cierta sobre la compañía, y por tanto, deberá responder frente al comprador. Pongamos un ejemplo que nos ayude a entender mejor lo mencionado, cuando un vendedor manifiesta que la empresa objeto de adquisición es titular de determinadas marcas necesarias para el funcionamiento ordinario de la compañía y esto es falso, el vendedor deberá indemnizar al comprador sin importar si el vendedor ha sido consciente de la falsedad de su declaración. En ese mismo sentido PAYET afirma que “las declaraciones y garantías no son obligaciones contractuales, sino situaciones fácticas que una de las partes asegura a la otra y por cuya inexistencia se compromete a indemnizarla”3. En concreto, tal como lo hemos mencionado se trata de un mecanismo de aseguramiento, donde la obligación de indemnizar nacerá en el momento en que lo dicho por el vendedor no corresponda a la realidad, que es diferente a que en caso sea falso lo manifestado por el vendedor, éste tenga la obligación de que la empresa adquiera la titularidad de las marcas que declaró, ya que no se trata de una obligación sino simplemente de un supuesto de hecho que 2 XXXXXXXX XXXXXX, Xxxxx, Adquisiciones de empresas, Aranzadi, 2010, p. 258. 3 XXXXX, Xxxx Xxxxxxx, “Reflexiones sobre el contrato de compraventa de empresas y la responsabilidad del vendedor”, en Ius Et Veritas, n.° 39, 2009, p. 71. Xxxxx y principios interpretativos de la regulación y contratación de seguros privados de no corresponder a lo declarado tendrán como consecuencia el nacimiento de una obligación de indemnización a favor del comprador. Por otro lado, las declaraciones y garantías tienen como función paralela servir como un medio para que el vendedor revele información de la compañía. Ello es así siempre que, cuando el comprador le solicite al vendedor declarar sobre un determinado aspecto de la empresa, y este se niegue, inmediatamente se deducirá que algo anda mal y que es posible que exista un pasivo material o contingente, siendo que el modelo de contrato de compraventa de acciones de la American Bar Association reconoce indirec- tamente dicha función afirmando que “las declaraciones y garantías son un mecanismo para obtener información sobre la compañía adquirida antes de la firma del acuerdo de adquisición (…).”4 En principio, consideramos que el vendedor responderá por el simple...
Funcionalidad. De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la ley 1276 de 2009, los centros vida se organizarán de manera que se “asegure su funcionalidad y un trabajo interdisciplinario en función de las necesidades de los Adultos Mayores; contará como mínimo con el talento humano necesario para atender la dirección general y las áreas de Alimentación, Salud, Deportes y Recreación y Ocio Productivo, garantizando el personal que hará parte de estas áreas para asegurar una atención de alta calidad y pertinencia a los Adultos Mayores beneficiados, de acuerdo con los requisitos que establece para, el talento humano de este tipo de centros, el Ministerio de la Protección Social”.
Funcionalidad. La actividad xxx XXXX precisa una comunicación fluida y constante, entre sus Servicios Centrales y los centros (ya sean DP, OP o CAE) distribuidos por toda la geografía nacional, tanto en lo referente a comunicaciones de voz como de datos.
Funcionalidad. La actividad xxx XXXX precisa de un sistema de Contact Center con capacidad para la atención de las solicitudes de información y servicios que puedan llevar a cabo tanto ciudadanos como empresas, • El servicio debe presentar características avanzadas de tratamiento del canal de voz, con aplicaciones de reconocimiento de voz (ASR Automatic Speech Recognition) y de locuciones automáticas, con integración de las aplicaciones de voz con aplicaciones propias xxx XXXX basadas en servicios web. • Aparte de las funcionalidades de voz, deberá de presentar características de tratamiento multicanal admitiendo otros canales (mensajes cortos sms, mensajes de fax, mensajes de correo electrónico, chat en texto, colaboración web, etc.). • Integración con las aplicaciones corporativas xxx XXXX, con nivel de disponibilidad total en el caso de las aplicaciones críticas (Cita Previa, etc.).l Las soluciones presentadas deberán dar respuesta a las necesidades crecientes por medio de servicios de elevada disponibilidad, de manera que cualquier tipo de contingencia no suponga impacto en la prestación del servicio. El hardware y el software, los enlaces y elementos de comunicaciones que formen la plataforma de Contact Center deberán ser lo suficientemente flexibles y escalables como para que se puedan prestar otros servicios que, aun no siendo necesarios actualmente, pudieran serlo en el futuro. Las aplicaciones informáticas corporativas xxx XXXX, que la nueva red debe soportar, son básicamente: • Información automatizada sobre la Oficina de Prestaciones que geográficamente le corresponde a un ciudadano. • Servicio de Cita Previa para ciudadanos.
Funcionalidad. Apertura de Cuentas y Primeros depósitos
Funcionalidad. La funcionalidad del sistema deberá ser conforme a los siguientes puntos: Los módulos con conexión a Internet deberán funcionar en línea con la base de datos y aplicación central. Los módulos deberán tener la capacidad de almacenar temporalmente la información capturada del conductor en caso que la conexión a internet no se encuentre disponible, al reestablecerse la conexión, el sistema deberá sincronizar automáticamente la información a la base de datos central. Interfaz en español, intuitiva y fácil de utilizar. Deberá ser compatible con el Procedimiento Técnico de Captura e Intercambio de Información emitido por el RENAPO y publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de noviembre de 2009. El ingreso al sistema de emisión deberá ser por medio de usuario y contraseña. Establecer bitácoras de operación y de sistema. Perfiles de operadores configurables que permiten restringir el acceso a ciertas funciones del sistema. El servidor y la base de datos son propiedad de la Secretaría de Movilidad del Estado de Oaxaca, la administración corre por cuenta de personal del Estado. Capacitación y soporte por parte del oferente. ciudadano para qué serán utilizados sus datos y quien es responsable de su resguardo. Este aviso deberá imprimirse en papel y será entregado al conductor para firma de conformidad. Mismo que será propuesto por el Licitante ganador. El sistema deberá contar con la capacidad de codificar e imprimir gráficamente una licencia de conducir en una tarjeta plástica, a partir de la referencia de una licencia de conducir digital, sin que se deba capturar información adicional del conductor o del trámite. Módulo de registro de folios. El sistema cuenta con un módulo el cual permite el pre- asociados a los folios de estas. El sistema deberá verificar que el UID del chip se encuentra autorizado previo a la codificación. El si Módulos del Sistema. Conductores. Nuevo trámite. - Nuevo, sólo en caso que el conductor no sea encontrado en la base de datos, el sistema deberá generar un nuevo movimiento y un nuevo folio de licencia, aplicando la vigencia correspondiente. - Renovación, sólo en caso que el conductor tenga una licencia emitida ya vencida o a 30 días de vencer, el sistema deberá generar un nuevo movimiento, aplicará una nueva vigencia y cancelará la licencia anterior (pasa al expediente histórico). - Reposición, sólo en caso que el conductor tenga una licencia aún vigente por más de 30 días, el sistema deberá generar un nuevo movimiento,...
Funcionalidad. 2.3. Estilo propio

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  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • PROHIBICIÓN DE CESIÓN Es prohibido al CONTRATISTA ceder el presente Contrato en forma total o parcial, sin la previa autorización por escrito de LA UNIVERSIDAD. No se consideran dentro de esta situación aquellos subcontratos que sean necesarios otorgar por parte del CONTRATISTA para la ejecución de las actividades pactadas.

  • INTERÉS ASEGURADO La puesta a disposición del Asegurado de un servicio de asesoramiento y trámite gratuíto de descargo en denuncias y recursos administrativos contra sanciones que se le impongan por las autoridades españolas, derivadas de la conducción de la motocicleta asegurada, por infracciones que se le atribuyan referidas al tráfico y que puedan llevar aparejadas sanciones económicas , privación del permiso de conducir o pérdida de puntos, exceptuando las denuncias por conducción bajo los efectos del alcohol, drogas o estupefacientes o por aparcamiento indebido.

  • CONTENIDO DE LA OFERTA La propuesta deberá contener:

  • CAMBIOS Previo a la entrega de los Bienes o a la terminación de la prestación de los Servicios WeWork podrá recalendarizar los Servicios, cambiar el destino de entrega de los Bienes cubiertos en cualquier Orden, cambiar los Servicios cubiertos de conformidad a cualquier Orden, o cancelar cualquier Orden, así como cambiar las especificaciones de dichos B&S, siempre y cuando se notifique al Proveedor por escrito (las “Órdenes de Cambio”), en cualquier caso, sin costo alguno para WeWork, salvo que los cambios solicitados por WeWork incrementen o disminuyan materialmente los costos para la entrega de los Bienes o para la prestación de los Servicios a WeWork, como requerir Servicios o materiales adicionales, las partes deberán negociar y ajustar de manera adecuada las obligaciones contenidas en la Orden, de conformidad con esta cláusula, antes que el Proveedor inicie con los trabajos en relación a dicha Orden de Cambio. El Proveedor aceptará cualquier cambio y deberá, si un cambio incrementa o disminuye los costos o tiempos requeridos para su cumplimiento, dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes contados a partir de haber recibido dicha Orden de Cambio, entregar a WeWork una propuesta firme reflejando cualquier incremento o disminución causada en consecuencia de dicha Orden de Cambio. En caso que WeWork acepte dicha propuesta, el Proveedor deberá proceder con los cambios en los servicios objeto de la propuesta de costos y bajo los términos y condiciones del presente Contrato. En el caso que WeWork no acepte los cambios propuestos podrá cancelar la orden respectiva. El Proveedor deberá notificar a WeWork, con a lo menos 2 (dos) días hábiles de anticipación a llevar a cabo cualquier cambio material o intencional, a los B&S, incluyendo sin limitar, cambios en la composición, especificaciones de calidad, procesos de manufacturación, etiquetado, funcionalidad, seguridad, ubicación de manufactura, y del uso de cualquier proveedor o subcontratista. Una vez notificado el cambio iniciado por el Proveedor, WeWork podrá cancelar dicha Orden. Cualquier revisión llevada a cabo por el Proveedor a una Orden, en relación al precio u otro elemento, deberá ser notificado por escrito y estar aprobado por WeWork. El Proveedor no podrá, en ningún caso, retener o retrasar el acuerdo de algún cambio de Orden solicitada por WeWork de manera irrazonable.

  • DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES La documentación requerida para materializar la oferta se incluirá en tres sobres. En uno se incluirá la documentación acreditativa de la concurrencia de los requisitos necesarios para contratar y en el segundo la documentación relativa a la oferta técnica y en el tercero la relativa a los criterios de adjudicación sujetos a valoración automática (precio y plazos de entrega). Cada uno de los sobres estará cerrado, sellado y firmado, con indicación de la empresa y de su contenido, haciendo constar en el mismo la referencia: Director del Departamento de Compras. Contratación del suministro de ropa de trabajo para el personal de la Imprenta de Billetes, S.A. (IMBISA) SOLPED1794 Toda la documentación se presentará sin grapar ni encuadernar, deberá estar firmada por el licitador o persona con poder bastante y redactada en lengua castellana o acompañada, en su caso, de una traducción oficial. En caso de certificados, acreditaciones y documentos públicos deberán ser originales, copias auténticas o fotocopias debidamente compulsadas. Todos los documentos se presentarán en el orden establecido en esta cláusula. Los licitadores presentarán, en su caso, una declaración a incluir en cada sobre, según modelo que se facilita como anejo 1, designando qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Sin perjuicio de las obligaciones en materia de publicidad e información a los candidatos y licitadores, los datos y documentos concretos podrán ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceras personas pueda afectar a sus intereses comerciales legítimos o perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector. La declaración de confidencialidad no puede afectar a la totalidad de la oferta. En caso de no aportarse dicha declaración, se considerará que ningún documento o dato posee carácter confidencial. En primer lugar los licitadores incluirán en este sobre la hoja de datos de la empresa y personas de contacto, según modelo que se facilita como anejo 2. A continuación, con el objeto de acreditar su capacidad de contratar con IMBISA, los licitadores deberán incluir en este sobre los documentos que se indican en los puntos siguientes. Estarán exentos de presentar la documentación a la que se refieren los puntos 1 y 2 de esta cláusula, aquellos licitadores que, habiendo resultado adjudicatarios de anteriores concursos convocados por IMBISA, la hubiesen remitido en su momento, habiendo sido declarada bastante, siempre y cuando no se hubiese producido ninguna modificación respecto de la misma ni de la persona o personas autorizadas para firmar, en su caso, el contrato objeto de la presente licitación. No obstante lo anterior, en el sobre se introducirá un documento (véase modelo en anejo 3), firmado por persona con poder bastante para actuar en nombre del licitador, en el que se especifique, de un lado, el concurso (n.º de expediente u objeto del mismo) en que resultó adjudicatario y, de otro, que el documento o documentos de que se trate no han sufrido variación desde la fecha de adjudicación. Con independencia de todo ello, IMBISA podrá, si lo estima conveniente, recabar la documentación que crea necesaria, debiendo los licitadores remitirla en el plazo que, a tal efecto, establezca. Económico Europeo, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este registro sea exigido por la legislación del Estado respectivo. Fotocopias, legitimadas notarialmente o debidamente compulsadas con el original, de los siguientes documentos relativos al representante legal: Posteriormente se podrá requerir al adjudicatario la acreditación de la publicación en el BORME del poder del representante legal, en su caso. Para conseguir dicha acreditación pueden dirigirse al Registro Mercantil Central, x/ Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, 94, 28006 Madrid, teléfono 000 000 000, fax 000 000 000, donde les facilitarán el número del BORME en el que se publicó, y con este dato solicitar fotocopia al fax 000 000 000 o mediante correo electrónico a xxxx@xxx.xx del Servicio de Información Legislativa. Asimismo, el dato sobre la fecha de publicación en el BORME y número de anuncio se puede obtener en la página web del Registro Mercantil Central xxx.xxx.xx. Cuando dos o más empresas concurran a una licitación agrupados en Unión Temporal de Empresas, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, debiendo indicar, además, en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyan, el porcentaje de participación de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios, y la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a IMBISA. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión temporal. En caso de estar exento del Impuesto sobre Actividades Económicas, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable. Los documentos a que se refieren los apartados b, c y d podrán sustituirse por una declaración responsable, firmada por persona con poder bastante, de que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, seguida del compromiso de aportar los certificados correspondientes en el plazo de cinco días hábiles a contar desde la comunicación de IMBISA, en el caso de ser propuesto como adjudicatario.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.

  • TERMINACIÓN BILATERAL Las partes Contratantes podrán acordar la extinción de las obligaciones contractuales en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a LA CONTRATISTA y que por razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del Contrato, sin mas responsabilidad que la que corresponda a la de los bienes entregados y recibidos. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: