Responsabilidad del Vendedor Cláusulas de Ejemplo

Responsabilidad del Vendedor. El VENDEDOR deberá actuar en todo momento bajo su absoluta responsabilidad y sacar en paz y a salvo, defender e indemnizar al COMPRADOR y a sus controladoras, controladas, afiliadas, subsidiarias, sucesores y cesionarios, y a sus respectivos funcionarios, representantes, agentes, gerentes, directores, principales, dependientes y empleados (conjuntamente “ACCESORIOS DEL COMPRADOR”), de cualquier:
Responsabilidad del Vendedor. El Vendedor se obliga a cumplir con todas las leyes, reglamentos y disposiciones gubernamentales de cualquier clase que fueren aplicables a la
Responsabilidad del Vendedor. 11.1 El vendedor sólo será responsable de los perjuicios que se encuentren fuera del ámbito de aplicación de la Ley de responsabilidad de productos y siempre en el caso en que se le pudiera atribuir, fuera de toda duda, intencionalidad o negligencia grave, según el marco de las regulaciones legales. Quedan excluidas la responsabilidad por negligencia menor, la indemnización por daños consecuentes o pérdidas financieras, ahorros no conseguidos, pérdida de intereses y perjuicios provenientes de reclamaciones al comprador por parte de terceros.
Responsabilidad del Vendedor. El Vendedor es responsable de pleno derecho ante los Compradores por la ejecución de los Pedidos realizados a través de la Plataforma y, en particular, del buen despacho de los Productos por parte de sus transportistas. En consecuencia, el Vendedor es responsable de pleno derecho ante los Compradores por cualquier problema derivado de la entrega (retraso en la entrega, error del Producto entregado, rotura del producto durante el transporte, Producto nunca entregado debido a un robo, error del Vendedor y/o del transportista contratado, etc.), excepto en caso de error imputable a ManoMano durante la comunicación de la información del Pedido al Vendedor.
Responsabilidad del Vendedor. Expresamente declara que el establecimiento que transfiere es de su propiedad por haberlo adquirido a sus expensas y no haberlo enajenado antes de ahora a ninguna otra persona, que está libre de limitaciones al derecho de dominio y de arrendamientos; que no está gravado con prenda ni como unidad económica o en alguno de sus elementos integrantes; y que se obliga a salir al saneamiento de lo enajenado en los casos que la ley lo obligue.
Responsabilidad del Vendedor. EL VENDEDOR será exclusivamente
Responsabilidad del Vendedor. El Vendedor asume toda la responsabilidad legal y de toda otra índole por pérdidas, gastos, daños, demandas y reclamaciones en conexión o que resultan de lesiones físicas o presuntas lesiones físicas (incluidas lesiones fatales) y/ o por daño o destrucción o presunto daño o destrucción de bienes sufridos o presuntamente sufridos en conexión o que resultan del desempeño negligente del trabajo por mala conducta intencional del Vendedor, sus agentes, empleados, subcontratistas y consultores, salvo y excepto la responsabilidad legal que podría resultar o estar en conexión con actos u omisiones intencionales o negligentes del Adquiriente, sus funcionarios, agentes, empleados o contratistas independientes que representan al Adquiriente. El Vendedor indemnizará y eximirá de responsabilidad al Adquiriente, sus funcionarios, agentes y empleados de toda y cada una de las responsabilidades legales por tales pérdidas, gastos, daños, demandas y reclamaciones y defenderá todos los juicios o acciones legales presentados contra todos y cada uno de ellos fundados en presuntas lesiones físicas o daños materiales y pagará todos los costos y gastos de los daños, incluidos honorarios de abogados, en conexión o como resultado de tales juicios o acciones legales.
Responsabilidad del Vendedor. El Vendedor no asume responsabilidad alguna por hechos o circunstancias relacionadas con: (i) riesgos derivados de la insolvencia o liquidez de SEGUREXPO; (ii) riesgos derivados de la solvencia de los deudores de SEGUREXPO; (iii) existencia, valor, calidad y situación jurídica de los derechos, bienes o activos de SEGUREXPO; (iv) pasivos ocultos, incluyendo pasivos ambientales de SEGUREXPO, y
Responsabilidad del Vendedor. El vendedor no se hace responsable de daños directos o indirectos a personas, animales o cosas si:
Responsabilidad del Vendedor. En su calidad de organizador de cruceros tanto por su calidad de armador como de fletador, las obligaciones del Vendedor son las definidas por las disposiciones combinadas LGDCU y las específicamente aplicables de pleno derecho a la navegación del buque asignado al crucero así como por las Condiciones Generales de las que el participante en el crucero se declara enterado. Se debe notificar al comandante a bordo cualquier anomalía. El Vendedor no será responsable de ningún daño sufrido por los Clientes en tierra: heridas, accidentes, pérdidas, irregularidades, retrasos, fallos de los medios de transporte, etc., imputables a sociedades externas, como las aerolíneas, los hoteles, las agencias de recepción, los restauradores, proveedores. Todas las prestaciones adicionales (transporte, alojamiento, traslados, etc…) reservadas complementariamente al crucero son ajenas a su responsabilidad. La limitación de la responsabilidad del Vendedor por lesiones corporales es de 2 000 000 DTS (DTS: Derecho de emisión especial: moneda internacional) por Cliente en los buques de la flota del Vendedor, conforme a las normas de la Convención de Estrasburgo (CLNI 2012) sobre la limitación de la responsabilidad de los armadores.