Modificaciones y Cambios. El Emisor podrá modificar los términos y condiciones de los Bonos en cualquier momento con el voto favorable de los Tenedores Registrados que representen al menos el 50.1% del valor nominal de los Bonos emitidos y en circulación. En el evento de que el Emisor desee modificar los términos y condiciones de una Serie de Bonos en particular, podrá hacerlo igualmente en cualquier momento con el voto favorable de los Tenedores Registrados de los Bonos de la Serie respectiva que representen al menos el 50.1% del valor nominal emitido y en circulación de dicha Serie. Sin perjuicio de lo indicado antereiormente, los siguientes actos que no requerirán aprobación formal de los Tenedores Registrados: (i) completar los espacios correspondientes en el formato del Bono; (ii) dejar constancia que el Emisor ha sido sucedido por otra persona jurídica, en caso de fusión por absorción; (iii) permitir la emisión e 97 intercambio entre Bonos Globales y Bonos Individuales; (iv) remediar ambigüedades o corregir, cambiar o suplementar una disposición que contiene un error o es inconsistente con otras disposiciones del Bono o del Prospecto Informativo, siempre que dicha acción no afecte adversamente los intereses de los Tenedores Registrados en ningún aspecto de importancia; o (v) reformar los términos y condiciones de los Bonos, o de una Serie en particular, que, en la opinión de asesores legales, sea necesario reformar para que los Bonos no pierdan su condición de Instrumento Deuda-Capital. Toda modificación o reforma a los términos y condiciones de cualquiera de las Series de la presente emisión, deberá cumplir con el Acuerdo No. 4-2003 de 11 de abril de 2003, por el cual la SMV adopta el Procedimiento para la Presentación de Solicitudes de Registro de Modificaciones a Términos y Condiciones de Valores Registrados en la SMV. Copia de la documentación que ampare cualquier reforma, corrección o enmienda de los términos y condiciones de los Bonos será suministrada por el Emisor a la SMV, quien la mantendrá en sus archivos a la disposición de los interesados.
Modificaciones y Cambios. Toda la documentación que ampara esta emisión, podrá ser corregida o enmendada por el Emisor, sin el consentimiento de cada Tenedor Registrado xxx Xxxx, con el propósito de remediar ambigüedades o para corregir errores evidentes o inconsistencias en la documentación. El Emisor deberá suministrar tales correcciones o enmiendas a la Comisión Nacional de Valores para su autorización previa su divulgación. Esta clase de cambios no podrá en ningún caso afectar adversamente los intereses de los Tenedores Registrados de los Bonos. Copia de la documentación que ampare cualquier corrección o enmienda será suministrada a la Comisión Nacional de Valores quien la mantendrá en sus archivos a la disposición de los interesados. Toda modificación o reforma a los términos y condiciones de la presente emisión, deberá cumplir con el Acuerdo No. 4-2003 de 11 xx xxxxx de 2003 por el cual la Comisión Nacional de Valores adopta el Procedimiento para la Presentación de Solicitudes de Registro de Modificaciones a Términos y Condiciones de Valores Registrados en la Comisión Nacional de Valores. Para los efectos de lo establecido en este Capítulo, las modificaciones o cambios aprobados, deberán ser firmados individualmente por la unanimidad de los Tenedores Registrados que aprobaron las mismas, mediante un documento en donde expresen su aceptación a dichos cambios, con copia al Agente de Pago, Registro y Transferencia. El Emisor deberá suministrar tales correcciones o enmiendas a la Comisión Nacional de Valores para su autorización previa su divulgación. Copia de la documentación que ampare cualquier modificación será suministrada a la Comisión Nacional de Valores quien la mantendrá en sus archivos a la disposición de los interesados. El Emisor podrá introducir modificaciones a los términos y condiciones del presente prospecto informativo, convocando la totalidad de los Tenedores Registrados mediante aviso publicado por dos (2) días consecutivos en dos diarios de circulación nacional; dicha reunión se celebrará dentro de los diez (10) días calendarios siguientes a la última publicación, y se obtendrá la aprobación a las modificaciones propuestas al alcanzar la aprobación de los Tenedores Registrados que representen el 51% del saldo insoluto de capital de los bonos. Si en dicha reunión no se encuentran presentes o representados Tenedores Registrados que representen el 51% del saldo insoluto de capital de los bonos, se hará una segunda convocatoria de reunión en los mismos términos an...
Modificaciones y Cambios. El Fondo se reserva el derecho de efectuar enmiendas al prospecto y demás documentos que respaldan la oferta pública de las Acciones Clase B con el exclusivo propósito de remediar ambigüedades o para corregir errores evidentes o inconsistencias en la documentación. Cuando tales enmiendas no impliquen modificaciones a los términos y condiciones de las Acciones Clase B y documentos relacionados con esta oferta, no se requerirá el consentimiento previo o posterior de los tenedores de las Acciones Clase B. Tales enmiendas se notificarán a la Superintendencia xxx Xxxxxxx de Valores mediante suplementos enviados dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha en que se hubiesen aprobado. Fuera de lo indicado en el párrafo anterior, el Fondo se reserva el derecho de efectuar modificaciones futuras a los términos y condiciones de esta emisión. Toda modificación al Prospecto o al Pacto Social de MMGGAF deberá ser presentada ante la SMV para su autorización y sólo surtirá efecto a partir de su registro ante dicha entidad, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo No. 5 de 2004 y cualquier otra norma aplicable. Los Términos y Condiciones de las Acciones Clase B podrán ser modificados en cualquier momento mediante el voto favorable de la mayoría de las Acciones Clase A, salvo cuando se trate de modificaciones a los asuntos descritos más adelante, en cuyo caso se requerirá del voto unánime de las Acciones Clase A y del voto favorable de la mitad más una de las Acciones Clase B, representadas en la respectiva asamblea de accionista en la que hubiese el quórum requerido. Los asuntos son los siguientes:
Modificaciones y Cambios. Toda la documentación que ampara esta Emisión, incluyendo los Fiduciario de Garantía: BG Trust, Inc. Administrador Principal del Contrato de Administración: Grupo ASSA, S.A.
Modificaciones y Cambios. Toda la documentación que ampara esta oferta podrá ser corregida o enmendada por la Sociedad de Inversión, sin el consentimiento de los tenedores registrados de las Acciones Comunes, mediante acuerdo de la Sociedad de Inversión y la Administradora, con el propósito de remediar ambigüedades o para corregir errores evidentes o inconsistencias en la documentación, para aumentar el número de Acciones Comunes de clases o series existentes de la Sociedad de Inversión. No obstante, queda entendido que la Sociedad de Inversión deberá contar con la autorización previa de la Superintendencia de Mercado de Valores para realizar cualquiera de los actos arriba mencionados. El presente Prospecto, el pacto social de las Sociedad de Inversión y los demás documentos de la emisión podrán modificarse mediante la presentación para su autorización ante la Superintendencia de Mercado de Valores de la documentación legal requerida para ello. No obstante lo anterior, se deberá presentar evidencia de la comunicación remitida a los tenedores registrados de la Sociedad de Inversión por la cual se les informa de la modificación propuesta sin costo alguno, dentro del mes siguiente a su comunicación, cuando la modificación verse sobre los siguientes puntos:
1. Cambios de importancia en los objetivos o políticas de inversión.
Modificaciones y Cambios. Tú tienes el deber de notificar por escrito x XXXX los hechos o circunstancias no previsibles que agraven o modifiquen el riesgo. Si las modificaciones dependen de ti, las deberás avisar con diez 22 16/08/2019 - 13 - 18 - P - 5 - F-13-18-0031-013 - D-O-0-I 07/09/2018 - 13-18 - NT - P - 5 - N-01-031-0003 - 23
Modificaciones y Cambios. Usted no puede cambiar, modificar, complementar, relevar, resolver ni de ningún otro modo alterar este Contrato a menos que cuente con una declaración por escrito de nuestra parte. Tendremos el derecho, a nuestra entera discreción, de cambiar, modificar o enmendar cualquier parte de este Contrato de conformidad con las cláusulas anteriores, lo que incluye, entre otras cuestiones, las condiciones de pago de la cláusula 1.5. Si Usted se opone a ese cambio, modificación o alteración, debe resolver el Contrato de conformidad con la cláusula 4.2. De lo contrario, Usted seguirá estando sujeto a los términos cambiados, modificados o alterados.
Modificaciones y Cambios. Tú tienes el deber de notificar por escrito x XXXX los hechos o circunstan- cias no previsibles que agraven o modifiquen el riesgo. Si las modificaciones dependen de ti, las deberás avisar con diez días de anterioridad, si dependen de un tercero, las deberás avisar diez días después de que te enteres de las modificaciones. Notificada la modificación del riesgo, SURA podrá revocar el contrato, exigir el reajuste a que haya lugar en el valor de la prima o solicitar condiciones adi- cionales. Si no notificas oportunamente el seguro se terminará.
Modificaciones y Cambios. El Emisor se reserva el derecho de efectuar enmiendas al prospecto y demás documentos que respaldan la oferta pública de los Bonos con el exclusivo propósito de remediar ambigüedades o para corregir errores evidentes o inconsistencias en la documentación. Cuando tales enmiendas no impliquen modificaciones a los términos y condiciones de los Bonos y documentos relacionados con esta oferta, no se requerirá el consentimiento previo o posterior de los tenedores de los Bonos. Tales enmiendas se notificarán a la Superintendencia xx Xxxxxxx de Valores mediante suplementos enviados dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha en que se hubiesen aprobado.
Modificaciones y Cambios en los Términos de la Póliza 22