Notificaciones telemáticas Cláusulas de Ejemplo

Notificaciones telemáticas. Todas las notificaciones y comunicaciones que realice la Administración se practicarán a través del Sistema de Notificaciones Telemáticas del Gobierno xx Xxxxxx. Las notificaciones se recogerán en el Servicio de Notificación Telemática – Portal del Ciudadano al que se accede a través de la siguiente dirección xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxx_xx_x0 El envío de documentación que pueda ser requerida al licitador por parte de los servicios correspondientes se realizará a través del Servicio de Soporte a la Tramitación, xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxx_xxx/ En ambos casos, los licitadores deberán contar con sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos cualificados de firma electrónica que les permita recoger las notificaciones en la misma aplicación. En el caso de que los sistemas informáticos señalados no estuvieran habilitados, los licitadores podrán presentar la documentación requerida a través del registro que se señale en el requerimiento. En ningún caso se podrá utilizar el Sistema de Notificaciones Telemáticas ni el Servicio de Soporte a la Tramitación ni otra aplicación informática de envío de documentación para presentar las ofertas objeto de licitación al no poder garantizar el secreto de las mismas hasta el momento en que proceda su apertura, teniendo que presentarse como indica la cláusula 2.2.
Notificaciones telemáticas. Todas las notificaciones y comunicaciones que realice la Administración en relación al presente contrato se podrán practicar a través del portal del Ayuntamiento de Almuñécar, Perfil del Contratante y Plataforma Estatal de Contratación. En ambos casos, los licitadores deberán contar con sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos cualificados de firma electrónica que les permita recoger las notificaciones en la Plataforma.
Notificaciones telemáticas. Todas las notificaciones y comunicaciones que realice el órgano de contratación se practicarán a través de email con acuse de recibo.
Notificaciones telemáticas. Todas las notificaciones y comunicaciones que realice el ente contratante se practicarán a través del Perfil del Contratante y a través de la dirección de correo electrónico: Xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx En ningún caso se podrá utilizar el Sistema de Notificaciones Telemáticas, ni el Servicio de Soporte a la Tramitación ni otra aplicación informática de envío de documentación para presentar las ofertas objeto de licitación, teniendo que presentarse en el Registro de Entrada de HIDROGEA, tal y como se indica en el apartado A del cuadro resumen.
Notificaciones telemáticas. Todas las notificaciones y comunicaciones que realice la Administración derivadas de este procedimiento de contratación, conforme a lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector público se realizarán mediante la dirección electrónica habilitada para la práctica de las notificaciones electrónicas en la Administración de la Junta de Andalucía. Para el acceso a la dirección electrónica habilitada los licitadores deberán contar con certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”. Las notificaciones se recogerán en el Sistema de Notificación Telemática de la Junta de Andalucía – Gestión de notificaciones al que se accede a través de la siguiente dirección: xxxx://xx000.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx.x sp De conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley 9/2017, los plazos se computarán desde la fecha del envío de la notificación siempre que el acto objeto de notificación se haya publicado el mismo día en el Perfil de contratante del órgano de contratación. En caso contrario los plazos se computarán desde la recepción de la notificación por el interesado. No obstante, el requisito de publicidad en el perfil de contratante no resultará aplicable a las notificaciones practicadas con motivo del procedimiento de recurso especial por los órganos competentes para su resolución computándose los plazos desde la fecha de envío de la misma.
Notificaciones telemáticas. Todas las notificaciones y comunicaciones que realice la Administración se practicarán por comparecencia electrónica a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público (xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx) o en su caso a través del Sistema de Notificaciones Telemáticas del Gobierno xx Xxxxxx (xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxx_xx_x0). El cómputo de los plazos de la notificación electrónica se regirá por lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimoquinta de la LCSP. Asimismo, el envío de documentación que pueda ser requerida al licitador por parte de los servicios correspondientes se podrá realizar a través de la propia Plataforma estatal (PLACSP) y, en su defecto, por medio del Servicio de Aportación de Documentos a Procedimientos en Trámite xxxxx://xxx.xxxxxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxxxxx-xx-xxxxxxxxxx-x-xxxxxxxxxxxxxx-xx-xxxxxxx, o, de manera subsidiaría, a través del registro electrónico o el medio que se señale en el requerimiento. En ningún caso se podrá utilizar el Sistema de Notificaciones Telemáticas ni el Servicio de Aportación de Documentos a Procedimientos en Trámite ni otra aplicación informática de envío de documentación para presentar las ofertas objeto de licitación, al no poder garantizar el secreto de las mismas hasta el momento en que proceda su apertura, teniendo que presentarse como indica la cláusula 2.2. En el caso de que los sistemas informáticos señalados no estuvieran habilitados, los licitadores podrán presentar la documentación requerida a través del registro que se señale en el requerimiento.
Notificaciones telemáticas. Cód. Validación: 9ZYW93C7NA6F7MHWEWPEKSL4S | Verificación: xxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 41 Todas las notificaciones y comunicaciones que realice la Administración se practicarán de forma telemática para ello, el licitador tendrá que designar una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones, que deberá ser “habilitada” o “por comparecencia”, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición adicional 15ª, salvo que la misma sea la que figure en el DEUC. Los licitadores deberán contar con sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos cualificados de firma electrónica que les permita recoger las notificaciones en la misma aplicación. En el caso de que los sistemas informáticos señalados no estuvieran habilitados, los licitadores podrán presentar la documentación requerida a través del registro que se señale en el requerimiento. En ningún caso se podrá utilizar el Sistema de Notificaciones ni otra aplicación informática de envío de documentación para presentar las ofertas objeto de licitación al no poder garantizar el secreto de las mismas hasta el momento en que proceda su apertura, en aplicación de la Disposición Adicional 15ª 3 c).
Notificaciones telemáticas. Todas las notificaciones y comunicaciones derivadas de la contratación, se practicarán a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público.
Notificaciones telemáticas. A efectos de notificaciones telemáticas, el tomador, autoriza expresamente a que Nationale-Nederlanden realice por medios electrónicos, siempre que la ley lo permita, las notificaciones, comunicaciones e información que deba remitirle o facilitarle como consecuencia de los contratos suscritos y operaciones realizadas. Sin perjuicio de lo anterior, tendrá derecho en cualquier momento a solicitar expresamente a Nationale-Nederlanden el envío de la documentación contractual en soporte papel.