OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL Y TÉRMINOS DE REFERENCIA Cláusulas de Ejemplo

OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL Y TÉRMINOS DE REFERENCIA. 2.1 Objeto 2.2 Presupuesto referencial 2.3 Términos de referencia
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL Y TÉRMINOS DE REFERENCIA. 2.1 Objeto 2.2 Presupuesto referencial 2.3 Condiciones Generales y Especificaciones Técnicas
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL Y TÉRMINOS DE REFERENCIA. 2.1 Objeto de contratación
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL Y TÉRMINOS DE REFERENCIA. 2.1 Objeto de contratación Presupuesto referencial Especificaciones técnicas o Términos de referencia
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL Y TÉRMINOS DE REFERENCIA. 2.1 Objeto de contratación 2.2 Presupuesto referencial 2.3 Términos de referencia
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL Y TÉRMINOS DE REFERENCIA. 2.1 Objeto de contratación: Este procedimiento precontractual en base al Art. 3 de la LOSNCP tiene como propósito seleccionar a la oferta de mejor costo en Consultoría, en los términos del numeral 18 del artículo 6 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, para la: CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE AUDITORÍA PARA LA EVALUACIÓN DEL PROCESO PASEE 2.2 Presupuesto referencial: es USD. $35.898,50 (TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 50/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA), NO INCLUYE IVA, de conformidad con el siguiente detalle: Código CPC Descripción del servicio Unidad Cantidad Precio Unitario Precio Total 822120011 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE AUDITORÍA PARA LA EVALUACIÓN DEL PROCESO PASEE U 1 35.898,50 35.898,50 ANTECEDENTES: El Instituto de Crédito Oficial (ICO) en nombre del Gobierno de España, con domicilio en Madrid y el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda de la República del Ecuador, Subsecretaría de Servicios Domiciliarios de Agua Potable, Saneamiento y Residuos Sólidos, suscribieron el Convenio de Financiación entre el 24 de enero y el 16 de febrero de 2011, mediante el cual se autoriza la concesión de una aportación para la cofinanciación de las primeras etapas del “Programa de Agua y Saneamiento en Comunidades Rurales y Pequeños Municipios N° ECU-050-B”. De conformidad con la Estipulación Quinta del Convenio de Financiación, se establece que es la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) la encargada de realizar el seguimiento y control de la aplicación de los fondos españoles a los fines fijados y del cumplimiento de los términos y condiciones establecidos. En el Decreto Ejecutivo Nro. 5 emitido por el Presidente de la República el 30 xx xxxx de 2014, en el Art. 1 se señala: “Transfiérase a la Secretaría Nacional del Agua todas las competencias, atribuciones, responsabilidades, funciones, delegaciones, representaciones, proyectos y programas que en materia de agua potable y saneamiento ejerce el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda (MIDUVI).”; mientras que en el Artículo 3 indica: “Para el cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo, traspásese a la Secretaría Nacional del Agua, la Subsecretaría de Agua Potable y Saneamiento del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, con todas las competencias, atribuciones, responsabilidades, funciones, delegaciones, proyectos y programas que en materia de agua potable y saneamiento ejerce dicha unidad admin...
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL Y TÉRMINOS DE REFERENCIA. 2.1 Objeto de contratación: Este procedimiento precontractual tiene como propósito principal contratar el SERVICIO DE TRANSPORTE DE DOCUMENTOS, CARGA Y ENTREGA DE CORRESPONDENCIA A NIVEL LOCAL, NACIONAL E INTERNACIONAL DE LA COORDINACIÓN ZONAL – ZONA 8 – INMOBILIAR entre entidades públicas o subsidiarias. Se sujetarán al procedimiento establecido en esta sección las contrataciones que celebren: El Estado con entidades del sector público, o éstas entre sí; El Estado o las entidades del sector público con: Las empresas públicas o las empresas cuyo capital suscrito pertenezca, por lo menos en cincuenta por ciento (50%) a entidades de derecho público; Las empresas subsidiarias de aquellas señaladas en el numeral 2.1.o las subsidiarias de éstas; y, Las personas jurídicas, las empresas o las subsidiarias de éstas, creadas o constituidas bajo cualquier forma jurídica, cuyo capital, rentas o recursos asignados pertenezcan al Estado en una proporción superior al cincuenta por ciento;
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL Y TÉRMINOS DE REFERENCIA. 2.1.- Objeto de contratación: “ARRENDAMIENTO DE UN BIEN INMUEBLE PARA LAS OFICINAS DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SERVICIO PÚBLICO DE SAN XXXXXXXXX” 2.2.- Presupuesto referencial: El presupuesto para la presente contratación es de USD. $ 7.800,00 (SIETE MIL OCHOCIENTOS CON 00//100 DÓLARES DE LOS Presupuesto referencial sin IVA $ 7.800,00 2.3.- Términos de Referencia: A continuación, se incluyen los términos de referencia para el objeto a contratarse, considerando todos los rubros y/o condiciones necesarias para su adecuada ejecución.
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL Y TÉRMINOS DE REFERENCIA. 2.1. Objeto: Este procedimiento precontractual tiene como propósito seleccionar a la oferta de mejor costo, en los términos del numeral 19 del artículo 6 de la LOSNCP, para la contratación de “ESTUDIOS DE FACTIBILIDAD DEL PROGRAMA DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD XX XXXX”. 2.2. Presupuesto referencial: es CIENTO CINCUENTA MIL DÓLARES CON 00/100 CENTAVOS (USD 150.000,00), dólares de Estados Unidos de América, sin incluir el IVA, con sujeción al Plan Anual de Contratación respectivo; 2.3. Términos de referencia:
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL Y TÉRMINOS DE REFERENCIA. 2.1 Objeto de contratación: Este procedimiento precontractual tiene como propósito seleccionar a la oferta de origen ecuatoriano, para la contratación de servicios (asesoría jurídica y/o patrocinio jurídico). Si en el procedimiento de contratación no hubiere oferta u ofertas consideradas de origen ecuatoriano, la entidad contratante considerará y analizará las ofertas que no se consideren ecuatorianas. Para la contratación de servicios de asesoría jurídica para la absolución de consultas puntuales y específicas, las cuales tengan como valor total un presupuesto estimado que no supere en el año el valor que resulte de multiplicar el coeficiente 0.0000005 por el Presupuesto Inicial del Estado, observarán el procedimiento previsto en el Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.