OBLIGACIONES DE LA COMPAÑÍA. La Compañía se compromete a resolver todo reclamo mediante resolución motivada y por escrito dentro de un plazo máximo de treinta (30) días naturales, computado a partir de la fecha de la recepción del reclamo y la presentación de la documentación necesaria para el análisis del reclamo. Dicha resolución le será debidamente comunicada al interesado, a través del medio designado para tales efectos. La Compañía se compromete a darle trámite diligente a cada uno de los reclamos interpuestos como consecuencia de la celebración del Contrato de Seguro. Cuando un reclamo sea debidamente aceptado por la Compañía, ésta se compromete a proceder con el pago de la obligación económica en un plazo máximo de treinta (30) días naturales, contados a partir de la notificación de la aceptación respectiva. El retraso injustificado en el pago de dicha prestación, obligará a la Compañía a pagar los daños y perjuicios que le sean provocados al Tomador y/o Asegurado, mismos que, para el caso específico xx xxxx en el pago de la indemnización, consistirán en el pago de intereses moratorios legales, conforme a lo establecido por el artículo 497 del Código de Comercio, sobre la suma principal adeudada. Asimismo, la Compañía se compromete a respetar cada uno de los derechos que le asisten al Asegurado, consagrados dentro de la Ley Reguladora del Contrato de Seguros (Ley N°8956), Reglamento de Defensa y Protección del Consumidor de Seguros (Acuerdo SUGESE 06 – 13), Carta de Derechos de los Consumidores de Seguros (Acuerdo SGS-DES-A-031-2014) y demás normativa aplicable.
OBLIGACIONES DE LA COMPAÑÍA. LA COMPAÑÍA ESTARÁ OBLIGADA A EFECTUAR EL PAGO DEL SINIESTRO, DENTRO DEL MES SIGUIENTE A LA FECHA EN QUE EL ASEGURADO O BENEFICIARIO ACREDITE SU DERECHO, DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 1077 DEL CÓDIGO DE COMERCIO.
OBLIGACIONES DE LA COMPAÑÍA. El TITULAR, en cualquier momento, podrá solicitar a la COMPAÑÍA la póliza y/o certificado correspondiente, la cual estará obligada a entregarlo.
OBLIGACIONES DE LA COMPAÑÍA. La Compañía se compromete a resolver todo reclamo mediante resolución motivada y por escrito dentro de un plazo máximo de treinta (30) días naturales, computado a partir de la fecha de la recepción del reclamo. Dicha resolución le será debidamente comunicada al interesado, a través del medio designado para tales efectos. La Compañía se compromete a darle trámite diligente a cada uno de los reclamos interpuestos como consecuencia de la celebración del Contrato de Seguro. Cuando un reclamo sea debidamente aceptado por la Compañía, ésta se compromete a proceder con el pago de la obligación económica en un plazo máximo de treinta (30) días naturales, contados a partir de la notificación de la aceptación respectiva. Asimismo, la Compañía se compromete a respetar cada uno de los derechos que le asisten al Asegurado, consagrados dentro de la Ley Reguladora del Contrato de Seguros (Ley N°8956), Reglamento de Defensa y Protección del Consumidor de Seguros (Acuerdo SUGESE 06 – 13), Carta de Derechos de los Consumidores de Seguros (Acuerdo SGS-DES-A-031-2014) y demás normativa aplicable.
OBLIGACIONES DE LA COMPAÑÍA. LA COMPAÑÍA estará obligada a efectuar el pago del siniestro, dentro del mes siguiente a la fecha en que el asegurado o beneficiario acredite su derecho, de acuerdo con el artículo 1077 del código de comercio.
OBLIGACIONES DE LA COMPAÑÍA. LA COMPAÑIA pondrá a disposición de EL CLIENTE, una dirección física en donde recibirá los envíos de paquetería en la ciudad de Miami, Florida, Estados Unidos con destino a Xx XXXXXXX, xx xx xxxxxx xx Xxx Xxxx, Xxxxx Rica bajo un solo tipo de contrato sin pago de afiliación, anualidades ni mensualidades. La dirección no es transferible a terceros, ni enajenable por ningún motivo.
OBLIGACIONES DE LA COMPAÑÍA. 1. Cumplir las prestaciones y beneficios descritos en las Condiciones Generales y este Addendum de eventos cubiertos en el Plan durante la vigencia de la Póliza.
2. Analizar cada solicitud de reembolso para determinar si es procedente y en consecuencia reintegrar los montos que correspondieren de acuerdo al presente Addendum y montos de cobertura del Plan.
3. Los tiempos establecidos para el procesamiento de un reembolso son:
a. El Asegurado deberá de entregar a la Compañía la documentación y respaldos necesarios para iniciar el proceso del reembolso.
b. Una vez recibidos los documentos, la Compañía, en los siguientes cinco (5) días hábiles solicitará cualquier documento faltante que no haya sido entregado por el Asegurado.
c. Con todos los documentos necesarios a mano, la Compañía procederá durante los siguientes cinco (5) días hábiles a analizar el caso y emitir la carta de aprobación o negación de dicho reembolso.
d. Siendo procedente el reembolso, la Compañía procederá a efectuar el pago en los treinta (30) días hábiles, posteriores a la fecha de recepción de los datos completos vía escrita para la realización de la transferencia. Los reembolsos pagados directamente por la Compañía pueden hacerse a través de transferencia bancaria o cheque. La Compañía asumirá los gastos generados por el envío del cheque, así como los cobros directos de su entidad bancaria; cargos adicionales realizados por el banco del Asegurado serán cubiertos por el Asegurado.
OBLIGACIONES DE LA COMPAÑÍA. 3.1 Es obligación de SISTAPP, su matriz, empresas relacionadas o vinculadas, cumplir la ley en cada país donde operen.
3.2 SISTAPP, se dedica a la distribución y comercialización de productos, servicios propios y de terceros mediante el sistema de mercadeo multinivel, y cumple la normativa expedida para este efecto.
3.3 SISTAPP se compromete a regirse bajo las leyes estipuladas en cada país para el desarrollo de mercado de redes.
3.4 SISTAPP se compromete a contar con la documentación requerida para su funcionamiento en cada país.
3.5 XXXXXXX se compromete a aplicar sus políticas sin distinción de raza, sexo, edad o condición.
3.6 XXXXXXX se compromete a compensar a los RA de acuerdo a lo establecido en su Plan de Compensación
3.7 SISTAPP se compromete a procesar las solicitudes de pedido de productos en forma oportuna y eficiente.
3.8 SISTAPP se compromete a proporcionar al RA la información relativa a la organización, según sea necesaria para manejar sus actividades referentes al negocio con la Compañía.
3.9 SISTAPP se compromete a cumplir con las leyes aplicables a la venta y distribución de sus productos y a la compensación de los RA.
3.10 XXXXXXX se compromete a llevar un debido proceso en la imposición de sanciones a los RA por violación a la ley, al Contrato y a la declaración de términos y condiciones.
3.11 XXXXXXX se compromete a No Ofrecer compensación alguna exclusivamente por el reclutamiento de personas.
3.12 SISTAPP no se compromete a garantizar el nivel de ingresos de ningún RA en términos de su compensación por ventas del producto, ni tolerará que los RA ejerzan presión sobre los prospectos para la compra de producto o vinculación al sistema.
3.13 Ni SISTAPP, sus filiales o compañías vinculadas, aseveran efectos medicinales o curativos a los productos distribuidos por la Compañía.
3.14 SISTAPP no permitirá que los RA realicen compras excesivas de producto para alcanzar calificaciones, rangos o compensaciones, ni tolerará alianzas para perjudicar directa o indirectamente a la Compañía o a otros RA.
3.15 XXXXXXX se compromete en caso de un mal ajuste de saldos, pagos o error en el plan de compensación a sentarse con el RA, y analizar el problema buscándole solución al RA.
3.16 XXXXXXX se compromete a tener una linea de atención y soporte para todo RA.
3.17 XXXXXXX se compromete a tener la base de datos confidencial de información de cada RA, respetando la ley de protección de datos e información de las personas.
3.18 La compañía no esta oblig...
OBLIGACIONES DE LA COMPAÑÍA. Corresponde a la Compañía las siguientes obligaciones:
61.1. Entregar al Tomador y/o Asegurado, en el plazo xx xxxx (10) días hábiles posteriores a la aceptación del riesgo o modificación del Seguro, la Póliza o sus adiciones.
61.2. Brindar respuesta a toda reclamación, en el plazo máximo de treinta (30) días naturales una vez hayan sido aportados todos los documentos requeridos para su análisis.
61.3. En los casos que corresponda, proceder con la indemnización en el plazo máximo de treinta (30) días naturales siguiente a la aceptación de cobertura.
OBLIGACIONES DE LA COMPAÑÍA. 1. “La COMPAÑÍA” se compromete a realizar y ejecutar el objeto de este Convenio en forma responsable, diligente, eficiente y eficaz y durante el plazo establecido y sus eventuales prórrogas.
2. LA COMPAÑÍA" se compromete a brindar el servicio de alumbrado público en las vías públicas del cantón de tales como: calles, alamedas, rotondas, parques centrales de los cantones y bulevares, siempre y cuando exista las condiciones técnicas necesarias para la prestación del servicio y cuyas áreas consten como de dominio público municipal en el mapa oficial de cada cantón.
3. “LA COMPAÑÍA” realizará toda obra de iluminación en el Xxxxxx xx Xxxxx, condicionada a que se disponga del contenido presupuestario necesario que se requiera para tal fin.
4. “LA COMPAÑÍA” brindará el servicio de alumbrado público de acuerdo con las disposiciones técnicas previamente definidas para la prestación de este servicio.
5. “LA COMPAÑÍA” responderá por todos los daños que cause la prestación de servicio de alumbrado público, salvo fuerza mayor, culpa de la víctima o hecho de un tercero.