Obligaciones esenciales del contratista. El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, de conformidad con el artículo 212.2 del TRLCSP. Sin perjuicio de las obligaciones contenidas en la normativa que resulta de aplicación, en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en este documento, existen las siguientes: Prestar el servicio con la continuidad y la regularidad exigibles, en la forma que determinen los Pliegos reguladores y la oferta del adjudicatario y en concordancia con las instrucciones que dicten los servicios municipales del Ayuntamiento, y de acuerdo con la legislación vigente. Son de cuenta del adjudicatario, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de la licitación y los de la formalización del contrato y cuantos otros estén legalmente establecidos sobre estas materias, así como el pago de los impuestos y arbitrios de cualquier clase que sean, del Estado, provincia o del municipio, a que dé lugar la explotación del servicio, así como los recargos sobre los mismos, establecidos o que en un futuro pudieran establecerse. La empresa no podrá utilizar el nombre del Ayuntamiento en sus relaciones con terceras personas a efectos de facturación de proveedores, o cualquier otra que puedan tener con personas a su servicio, siendo la única responsable de las obligaciones que contraiga con ocasión de suministros o servicios de cualquier clase. Los requisitos exigidos para presentarse a la licitación habrán de mantenerse durante toda la vida del contrato, reservándose el Ayuntamiento el derecho a exigir en cualquier momento, la presentación de algunos de los documentos.
Obligaciones esenciales del contratista. Dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. - Realizar el servicio sin que tenga derecho a indemnización por causa de perdidas, xxxxxxx o perjuicios ocasionados en los bienes necesarios para el mismo, antes de su entrega a la Asamblea de Madrid, salvo que ésta hubiera incurrido en xxxx al recibirlos. En cualquier caso, los gastos de entrega y transporte de cualquier equipo de utilización necesaria en la prestación del servicio, serán por cuenta del adjudicatario - Cumplir el servicio objeto del contrato según lo dispuesto en este Pliego, la oferta del adjudicatario, el contrato y las indicaciones de la Asamblea de Madrid. - Cuantas deriven de este Pliego. - En general, el cumplimiento de las normas que sean de aplicación de las contenidas en la vigente Legislación de Contratos.
Obligaciones esenciales del contratista. El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas y prescripciones estipuladas en este pliego dentro del plazo total fijado para la realización del mismo o el que resulte de la adjudicación del contrato de acuerdo con la oferta presentada por el adjudicatario.
Obligaciones esenciales del contratista. El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, de conformidad con el artículo 212.2 del TRLCSP. Sin perjuicio de las obligaciones contenidas en la normativa que resulta de aplicación, en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en este documento, existen las siguientes: Prestar el servicio con la continuidad y la regularidad exigibles, en la forma que determinen los Pliegos reguladores y la oferta del adjudicatario y en concordancia con las instrucciones que dicten los servicios municipales del Ayuntamiento, y de acuerdo con la legislación vigente. Son de cuenta del adjudicatario, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de la licitación y los de la formalización del contrato y cuantos otros estén legalmente establecidos sobre estas materias, así como el pago de los impuestos y arbitrios de cualquier clase que sean, del Estado, provincia o del municipio, a que dé lugar la explotación del servicio, así como los recargos sobre los mismos, establecidos o que en un futuro pudieran establecerse. La empresa no podrá utilizar el nombre del Ayuntamiento en sus relaciones con terceras personas a efectos de facturación de proveedores, o cualquier otra que puedan tener con personas a su servicio, siendo la única responsable de las obligaciones que contraiga con ocasión de suministros o servicios de cualquier clase. Todos los trabajos y sus resultados generados en el marco de este servicio de Diseño y Ejecución xx Xxxxxxx de Comunicación que se realicen, serán propiedad del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx para su utilización en el ámbito del Proyecto de Regeneración Socioeconómica de la Zona Sur xx Xxxxx. La entidad adjudicataria no podrá hacer uso de los mismos, ya sea como referencia o como base de futuros trabajos. Los requisitos exigidos para presentarse a la licitación habrán de mantenerse durante toda la vida del contrato, reservándose el Ayuntamiento el derecho a exigir en cualquier momento, la presentación de algunos de los documentos.
Obligaciones esenciales del contratista. Son obligaciones esenciales del contratista: - Dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. - Entregar los bienes en las condiciones estipuladas, sin que tenga derecho a indemnización por causa de perdidas, xxxxxxx o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Asamblea de Madrid, salvo que ésta hubiera incurrido en xxxx al recibirlos. - Sufragar a su cargo los gastos de entrega y transporte del suministro hasta el lugar convenido. - Responder de los vicios o defectos del bien que pudieran acreditarse durante el plazo de garantía, quedando obligado a su reposición o reparación suficiente a juicio de la Administración de la Asamblea de Madrid y a tomarlos a su cargo si ésta los rechaza, sin derecho a percibir su importe y con obligación de devolver lo que ya hubiere recibido. - Cuantas deriven de este Pliego. - En general, el cumplimiento de las normas que sean de aplicación de las contenidas en la vigente Legislación de Contratos.
Obligaciones esenciales del contratista. Dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. • Realizar el servicio sin que tenga derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes necesarios para el mismo, antes de su entrega a la Asamblea de Madrid, salvo que ésta hubiera incurrido en xxxx al recibirlos. En cualquier caso, los gastos de entrega y transporte de cualquier equipo de utilización necesaria en la prestación del servicio, serán por cuenta del adjudicatario • Cumplir el servicio objeto del contrato según lo dispuesto en este Pliego, la oferta del adjudicatario, el contrato y las indicaciones de la Asamblea de Madrid. • Guardar secreto respecto a los datos de carácter personal a los que tenga acceso por la realización de los trabajos encomendados por la Asamblea de Madrid, a través del contrato de limpieza y a respetar las limitaciones, en su uso y transmisión, impuestas por la Ley Orgánica 15/1999, de 23 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y el resto de la normativa vigente sobre la materia. • Guardar secreto respecto al resto de información que pueda conocer como consecuencia de las tareas encomendadas; considerando confidencial cualquier información, dato o especificación facilitada, situada o encontrada, por la Asamblea de Madrid, no pudiendo ser objeto, total o parcial, de publicación, copia, utilización, cesión, transmisión o préstamo a terceros. • Custodiar fiel y cuidadosamente la información, documentación o datos que se le entreguen para la realización de los trabajos y cualesquiera otras que se encuentren en la Asamblea de Madrid, con el compromiso de que los mismos no lleguen en ningún caso a poder de terceras personas distintas a las indicadas expresamente por la Asamblea de Madrid. • A no acceder a aquellas informaciones, datos o especificaciones que no se deriven estrictamente de las tareas encomendadas por la Asamblea de Madrid. • Comunicar la identidad de la persona responsable con la que habrá de comunicarse la Asamblea. • Cuantas deriven de este Pliego. • En general, el cumplimiento de las normas que sean de aplicación de las contenidas en la legislación de Contratos del Sector Público.
Obligaciones esenciales del contratista. Son obligaciones esenciales del contratista: - Guardar estricta confidencialidad de toda aquella información que por motivo del suministro llegue a su conocimiento. - Dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. - Entregar los bienes en las condiciones estipuladas, sin que tenga derecho a indemnización por causa de pérdidas, xxxxxxx o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Asamblea de Madrid, salvo que ésta hubiera incurrido en xxxx al recibirlos. - Sufragar a su cargo los gastos de entrega y transporte del suministro hasta el lugar convenido. - Responder de los vicios o defectos del bien que pudieran acreditarse durante el plazo de garantía, quedando obligado a su reposición o reparación suficiente a juicio de la Administración de la Asamblea de Madrid y a tomarlos a su cargo si ésta los rechaza, sin derecho a percibir su importe y con obligación de devolver lo que ya hubiere recibido. - Cuantas deriven de este Pliego. - En general, el cumplimiento de las normas que sean de aplicación de las contenidas en la vigente Legislación de Contratos.
Obligaciones esenciales del contratista. El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 76.2 LCSP). Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador respecto del mismo, siendo este Ayuntamiento de Torremolinos ajeno a dichas relaciones laborales. El contratista procederá inmediatamente, si fuera necesario a la sustitución del personal preciso de forma que la ejecución del contrato quede siempre asegurada. A la extinción del contrato no se producirá, en ningún caso, la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal de este Ayuntamiento de Torremolinos, de conformidad con lo establecido en el art. 308 LCSP. En todo caso, el contratista está obligado cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo sectorial de aplicación, incluidas las condiciones salariales de los trabajadores.
Obligaciones esenciales del contratista. 1. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX. OBLIGACIONES GENERALES DEL
Obligaciones esenciales del contratista a) Cumplir el contrato con prestación de los servicios especificados, en los plazos y con la periodicidad y condiciones establecidos en los Pliegos.