Otras comisiones Cláusulas de Ejemplo

Otras comisiones. Los cargos adicionales a los intereses que LA ARRENDA- TARIA deberá cubrir en favor de LA ARRENDADORA FINANCIERA se mencionan en las cláusulas octava, décima sexta a vigésima, vigésima cuarta, vigésima séptima, trigésima segunda y trigésima tercera. CLAUSULAS
Otras comisiones. Ingenico FS podrá introducir otras Comisiones oportunamente, las cuales se indicarán en el Contrato de Servicios del Comerciante.
Otras comisiones. General Para ciertas Clases de Acciones, la Sociedad gestora y los Gestores de inversiones podrán compartir la totalidad o una parte de los cargos o las comisiones que se indican en el presente documento con el Agente de transferencias o con cualquier subentidad comercializadora o intermediario, de conformidad con las leyes y reglamentos aplicables. El Agente de transferencias podrá intervenir como agente de cobro o procesamiento con respecto a dichos cargos o comisiones.
Otras comisiones. Transferencia efectivo Comisión Base 6,00 € transferencia 25,00 € transferencia 50,00 € documento 0,15% efectivo 0,50% efectivo Mínimo 300,00 € 50,00 € EL CLIENTE LA ENTIDAD
Otras comisiones. Durante la vigencia del presente Convenio se constituirá una Comisión de Formación y una Comisión de Ayudas Sociales.
Otras comisiones. SERVICIO COMISIÓN BONIFICACIÓN PRECIOS EN TIEMPO REAL Gratis para CFDs sobre Índices, Materias Primas, Criptomonedas y Divisas (FX). Resto de productos, coste variable en función xxx xxxxxxx contratado. Consultar precios en la página web. En los mercados que sean de pago, existirá un número determinado de contratos/mes a partir de los cuales quedará exento de pagar la comisión establecida para dicho mercado. Este número de contratos será informado en la plataforma web, previa su contratación por parte del cliente. SERVICIO COMISIÓN COMENTARIO MANTENIMIENTO DE CUENTA Gratuito Las cuentas sin actividad podrán ser canceladas por IBROKER GLOBAL MARKETS, previo aviso de 1 mes, de acuerdo con la cláusula decimosegunda del contrato de apertura de cuenta, depósito y administración de valores. La no actividad se medirá en semestres naturales, para todas aquellas cuentas que en dicho periodo semestral hayan devengado una cantidad inferior a 10 euros en comisiones al semestre o hayan realizado menos de 5 operaciones en instrumentos que no requieran el pago de una comisión (por ejemplo, los CFDs de Índices que no cotizan en el mercado LMAX) Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente Contrato, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento, * Estos datos podrán ser editados por el Titular (es) en cualquier momento, desde los sitios web que dan acceso a la intermediación online de los productos financieros y dentro de la sección "Mi Cuenta", accediendo con sus claves de acceso. El Titular (es) tiene la obligación contractual de mantener dicha información actualizada en todo momento. De una parte, IBROKER GLOBAL MARKETS, Sociedad de Valores, S.A. (en adelante, “IBROKER GLOBAL MARKETS”), sociedad constituida de acuerdo con la legislación española, con domicilio social en Xxxxx Xxxxxxxxx, 000-000 xxxxxx xxxx X, 00000, Xxxxxx, con C.I.F. A-87520771 e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 34522, Folio 58, Sección 8, Hoja M- 620909, Inscripción 1, representada por X. Xxxxxxx Xxxxx Cayuela con D.N.I número 00831103-K en calidad de Apoderado de la citada Sociedad en virtud de escritura de otorgamiento de poderes otorgada ante el Notario de Madrid D. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx el día 29 xx xxxxx de 2016, e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 34522, Folio 62, Sección 8, Hoja M-620909, Inscripción 2ª. Y de otra, La/s siguiente/s persona/s o Entidad/es (en adelante, “el Cliente”):
Otras comisiones. Vencimiento del contrato de tarjeta de debito: El plazo será de 1 año, desde la fecha de firma del presente contrato; renovable tácitamente cada año, salvo renuncia de las partes de acuerdo con lo estipulado en las CONDICIONES DE ESTE CONTRATO. El Banco se reserva el derecho de modificar los límites inicialmente solicitados, lo cual se le comunicará al cliente con la antelación mínima aplicable según la legislación vigente. El cliente presta su conformidad a los límites iniciales previstos en este contrato en el momento de activar la tarjeta. El titular firmante, solicita la tarjeta anteriormente reseñada, entendiendo, aceptando y dando plena conformidad a las Condiciones Generales de las Tarjetas de Debito, tanto a las recogidas en el presente contrato como a las indicadas en las CONDICIONES GENERALES que el cliente confirma haber entendido y recibido copia en el acto de firma del CONTRATO DE CUENTA CORRIENTE. El cliente confirma recibir copia del presente contrato. Industrial and Commercial Bank of China (Europe) , S.A. El Titular de la Tarjeta Sucursal en España p.p.
Otras comisiones. Con las competencias que respectivamente les atribuye el clausulado del presente Convenio Colectivo, se constituirán las siguientes comisiones: la de igualdad; la de formación; la de la refundición de la normativa laboral y la de amianto en la empresa.
Otras comisiones. Comisión Reclamación Posición Deudora: 30,00 Euros Gastos de Correo: 0,00 Euros Comisión por tramitación Certificado de no residencia: 25,00 Euros por cada trámite periódico. Únicamente para clientes no residentes. Desde la fecha de apertura de la cuenta corriente indicada en el encabezamiento (en adelante la “Cuenta”), se aplicarán las siguientes condiciones particulares adicionales relativas a la exención de determinadas comisiones. Se exonerará a el/los titular/es de la Cuenta (en adelante, el “Cliente”) del pago de las siguientes comisiones: - Comisión de mantenimiento y administración de la Cuenta, - Comisión de transferencias emitidas en euros, dentro de Europa a través del Sistema de Intercambio Pan Europeo (SEPA), - Comisión de ingreso de cheques en euros , - Comisión disposición efectivo en Cajeros Servired (la exención aplicará únicamente en relación con una sola de las tarjetas de crédito y una sola de las tarjetas de débito asociadas a la Cuenta siempre que conste como beneficiario de las mismas el primer titular de la Cuenta y del contrato de tarjeta), y - Comisión de emisión y renovación de tarjeta (la exención aplicará únicamente en relación con una sola de las tarjetas de crédito y una sola de las tarjetas de débito asociadas a la Cuenta siempre que conste como beneficiario de las mismas el primer titular de la Cuenta y del contrato de tarjeta). La exoneración de comisiones será de aplicación única y exclusivamente cuando el Cliente cumpla con las siguientes condiciones durante cada mes natural del trimestre natural correspondiente:
Otras comisiones. Concepto Monto