OTRAS OBLIGACIONES DEL CLIENTE Cláusulas de Ejemplo

OTRAS OBLIGACIONES DEL CLIENTE. El CLIENTE asume la obligación de poner en conocimiento del BANCO cualquiera de las siguientes circunstancias: » Modificación en el domicilio, nacionalidad, estado civil y régimen económico matrimonial. » Sometimiento a procedimiento concursal. » Cualquier hecho o circunstancia que modifique, total o parcialmente, los datos comunicados al BANCO por el CLIENTE, en el momento de la firma del presente contrato o con posterioridad. A tales efectos, el CLIENTE facilitará al BANCO cuantos documentos acreditativos sean precisos para su correcta identificación y, en particular, aquellos otros que deban obrar en poder del BANCO y que éste le requiera a fin de cumplir con la legislación vigente en materia de identificación de clientes, de prevención de blanqueo de capitales o de índole fiscal.
OTRAS OBLIGACIONES DEL CLIENTE. El CLIENTE asume las siguientes obligaciones: » Obligación de poner en conocimiento del BANCO cualquiera de las siguientes circunstancias: » Modificación en el domicilio, nacionalidad, estado civil y régimen económico matrimonial. » Sometimiento a procedimiento concursal. » Cualquier hecho o circunstancia que modifique, total o parcialmente, los datos comunicados al BANCO por el CLIENTE, en el momento de la firma del presente contrato o con posterioridad. » Obligación de aportar información financiera actualizada ANDBANK ESPAÑA, S.A.U. • Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, xx 00 - 00000 Xxxxxx • CIF: X-00000000 • Registro de Banco de España: 1544, R. M. de Madrid T. 31.181, F. 115, S. 8 H. M-561.208, Insc. 1 A tales efectos, el CLIENTE facilitará al BANCO cuantos documentos acreditativos sean precisos para su correcta identificación y, en particular, aquellos otros que deban obrar en poder del BANCO y que éste le requiera a fin de cumplir con la legislación vigente en materia de identificación de clientes, de prevención de blanqueo de capitales o de índole fiscal.
OTRAS OBLIGACIONES DEL CLIENTE. El CLIENTE asume la obligación de poner en conocimiento de INVERSIS BANCO cualquiera de las siguientes circunstancias: - Modificación en el domicilio, nacionalidad, estado civil y régimen económico matrimonial. - Sometimiento a procedimiento concursal. - Cualquier hecho o circunstancia que modifique, total o parcialmente, los datos comunicados a INVERSIS BANCO por el CLIENTE, en el momento de la firma del presente contrato o con posterioridad. - Aportación de información financiera actualizada A tales efectos, el CLIENTE facilitará a INVERSIS BANCO cuantos documentos acreditativos sean precisos para su correcta identificación y, en particular, aquellos otros que deban obrar en poder de INVERSIS BANCO y que éste le requiera a fin de cumplir con la legislación vigente en materia de identificación de clientes, de prevención de blanqueo de capitales o de índole fiscal.
OTRAS OBLIGACIONES DEL CLIENTE. El CLIENTE asume la obligación de poner en conocimiento del BANCO cualquiera de las siguientes circunstancias: » Modificación en el domicilio, nacionalidad, estado civil y régimen económico matrimonial. -Sometimiento a procedimiento concursal. ANDBANK ESPAÑA, S.A.U. • Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, xx 00 - 00000 Xxxxxx • CIF: X-00000000 • Registro de Banco de España: 1544, R. M. de Madrid T. 31.181, F. 115, S. 8 H. M-561.208, Insc. 1 » Cualquier hecho o circunstancia que modifique, total o parcialmente, los datos comunicados al BANCO por el CLIENTE, en el momento de la firma del presente contrato o con posterioridad. A tales efectos, el CLIENTE facilitará al BANCO cuantos documentos acreditativos sean precisos para su correcta identificación y, en particular, aquellos otros que deban obrar en poder del BANCO y que éste le requiera a fin de cumplir con la legislación vigente en materia de identificación de clientes, de prevención de blanqueo de capitales o de índole fiscal. Asimismo, el CLIENTE asume la obligación de aportar información financiera actualizada.
OTRAS OBLIGACIONES DEL CLIENTE. 2.1 El Cliente sigue siendo legalmente responsable de evaluar la legalidad de la recopilación, el tratamiento y el uso de los Datos personales, así como de la protección de los derechos de los terceros afectados y con respecto a las reclamaciones formuladas por dichos terceros, y se asegurará de que cualquier Dato personal almacenado en los Sistemas de información se trate legalmente. 2.2 El Cliente informará inmediatamente a Volvo y le proporcionará las instrucciones adecuadas si determina que existen errores o irregularidades en el tratamiento de los Datos personales por parte de Volvo en virtud de este Acuerdo.
OTRAS OBLIGACIONES DEL CLIENTE a. Otorgar garantías adicionales, en los casos que le sean solicitadas conforme a las políticas crediticias de MIBANCO, obligándose a suscribir el respectivo Contrato de Constitución de Garantía. b. Brindar información relacionada con su identificación, negocio, origen de fondos y otras derivadas del contrato y/o las disposiciones legales, permitiendo facilidades para las verificaciones, auditorías o visitas a sus instalaciones y/o locales, siendo responsable de la veracidad de la información que proporciona por ser ésta una declaración jurada. c. Comunicar, en forma anticipada y por escrito, cualquier modificación o revocatoria de las facultades y poderes que hubiere otorgado a su(s) representante(s), apoderado(s) o mandatario(s) designado(s) ante MIBANCO, para que pueda surtir efecto frente a este, aun cuando hayan sido inscritas en los Registros Públicos. d. Si su crédito es calificado en la categoría de Mediana Empresa, deberá actualizar y remitir cada seis (6) meses, con firma de contador público colegiado, el Informe Comercial, los Estados Financieros actualizados, Flujo de Caja Proyectado y/u otra información adicional que MIBANCO le requiera, caso contrario podrá ser reclasificado a una categoría de mayor riesgo crediticio.
OTRAS OBLIGACIONES DEL CLIENTE. 2.1.4.1. El cliente deberá asegurarse de que los datos publicados se actualicen de forma inmediata y se representen correcta e íntegramente. El cliente deberá indicar la versión y la validez de los datos correspondientes.
OTRAS OBLIGACIONES DEL CLIENTE. El CLIENTE se obliga a informar a CaixaBank de cualquiera de las siguientes circunstancias: - Cualquier hecho o circunstancia que modifique los datos suministrados para la formalización de este contrato (con carácter enunciativo y no limitativo, cambios relativos a la nacionalidad, estado civil, régimen económico matrimonial, capacidad o domicilio del CLIENTE, revocación o modificación de los poderes otorgados a los apoderados o a los representantes del CLIENTE cuando su relación con CaixaBank derivada del presente contrato se realice a través de apoderado o representante, alteración de la titularidad o de la libre disponibilidad, subasta o embargo o constitución de cualquier carga o gravamen sobre la totalidad o parte de los activos que integren la cartera, modificaciones en la forma jurídica del CLIENTE cuando se trate de una persona jurídica, situaciones concursales que puedan afectar al CLIENTE, etc.). - Cualquier modificación relativa a su residencia fiscal facilitando el correspondiente certificado de residencia en el exterior expedido por la oficina consular del país de residencia (sólo personas físicas). - Cualquier otro cambio que pueda afectar al servicio prestado al amparo de este contrato. En caso de fallecimiento (persona física) o extinción (persona jurídica) del CLIENTE o, cuando exista pluralidad de titulares, en el supuesto de fallecimiento o extinción de uno de ellos, CaixaBank continuará gestionando la cartera conforme a lo previsto en este contrato en tanto tales circunstancias no sean comunicadas fehacientemente a CaixaBank, quedando ésta exonerada de toda responsabilidad en cuanto a las operaciones realizadas al amparo del presente contrato con anterioridad a la recepción de dicha notificación. Igualmente, las partes acuerdan que, en caso de que CaixaBank tuviera conocimiento por escrito de (i) una subasta o embargo o de la constitución de cualquier carga o gravamen sobre la totalidad o parte de los activos que integren la cartera del CLIENTE objeto de gestión, (ii) la constitución de cualquier carga o gravamen sobre la totalidad o parte de los activos que integran la cartera del CLIENTE objeto de gestión, salvo que la formalización de este acto se lleve a cabo con algunas de las entidades del Grupo CAIXABANK, (iii) de la modificación sustancial en la titularidad o libre disponibilidad de tales activos, o (iv) de la existencia de un procedimiento concursal del CLIENTE o, en caso de pluralidad de titulares, de uno de ellos, CaixaBank p...
OTRAS OBLIGACIONES DEL CLIENTE. 1. Otorgar garantías adicionales, en los casos que le sean solicitadas conforme a las políticas crediticias de Compartamos, obligándose a suscribir el respectivo Contrato de Constitución de Garantía. 2. Brindar información relacionada con su identificación, negocio, origen de fondos y otras derivadas del contrato y/o las disposiciones legales, facilitando las verificaciones, auditorías o visitas a sus instalaciones y/o locales, siendo responsable de la veracidad de la información que proporciona por ser esta una declaración jurada. 3. Comunicar, en forma anticipada y por escrito, cualquier modificación o revocatoria de las facultades y poderes que hubiere otorgado a su(s) representante(s), apoderado(s) o mandatario(s) designado(s) ante Compartamos, para que pueda surtir efecto frente a este, aun cuando hayan sido inscritas en los Registros Públicos. Compartamos no tendrá responsabilidad por la revocación y/o modificación de representantes y/o facultades no comunicadas de esta forma.
OTRAS OBLIGACIONES DEL CLIENTE. El Cliente además se obliga: a)Que si por cualquier motivo se produjera de manera exitosa una transacción en las cuentas del Cliente, que le generare a éste un incremento en su saldo, de manera injustificada, o una transacción exitosa en la cual el cliente haya debitado una cuenta, por un monto superior a los fondos que en ese momento efectivamente tenía disponibles, el Cliente se obliga a reintegrar al Banco dichos excedentes o faltantes en un plazo no mayor de quince días, contados a partir de la fecha de dicha transacción; b) cambiar su clave o identificación electrónica secreta la primera vez que accese al sistema y cambiarla periódicamente a fin de mantener la confidencialidad del servicio; c) que las transacciones que realice en el uso del presente servicio no violen leyes y disposiciones legales; d) notificar por escrito dentro de los treinta días de haberse recibido el o los estados de cuenta de las operaciones Bancarias realizadas en uso del presente contrato las inconsistencias u observaciones de tales operaciones; transcurrido dicho plazo sin que el Cliente hubiese efectuado tales observaciones, se tendrán como válidos dichos estados de cuenta, los cuales servirán como prueba plena en cualquier juicio que se derive del presente contrato. El Cliente será responsable por errores de digitación por transferencias a cuentas propias o a cuentas de terceros, locales o internacionales.