PERMANENTES Cláusulas de Ejemplo

PERMANENTES. El Municipio xx Xxxxxxxx, los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales del estado, las empresas sociales del estado y en general los organismos o dependencias del Municipio xx Xxxxxxxx a los que la Ley otorgue capacidad para celebrar contratos, los contribuyentes del impuesto de industria y comercio catalogados como grandes contribuyentes y los del régimen común catalogados por la DIAN, las empresas constructoras y dedicadas a la actividad de infraestructura.
PERMANENTES. Revisión y certificación de ejecución presupuestal por fuentes de financiación para vigencia 2018. • Asesoría para el adecuado registro contable de los documentos y para el manejo de las transacciones en materia de impuestos. • Revisión de los registros contables de: los documentos que afectan el presupuesto, facturas de compra/documento equivalente/cuentas de cobro, recibos de caja, comprobantes de egreso, notas contables. • Presentación de Estados Financieros y demás información contable y presupuestal requerida por la Institución. • Apoyo y/o preparación de notas contables por ajustes. • Elaboración de las conciliaciones bancarias. • Proyectar, presentar, sustentar y firmar los Informes, estados financieros Trimestrales a la Secretaria de Educación. • Presentación de la Información financiera SISFE. • Proyectar, presentar, sustentar y firmar los Informes que sean solicitados por los diferentes Entes de Control, entidades públicas, DIAN, Comunidad en general. • Revisión de las causaciones corroborando los cálculos específicamente en Retenciones xx Xxxxx (rete fuente) y Municipal (estampillas e ICA), Presentación de Medios Magnéticos a la Dian y al Municipio. • Apoyo en la preparación de información en medios magnéticos (a partir del período en el cual se inicia la Asesoría). • apoyo al proceso de implementación y puesta en marcha de la norma internacional de contabilidad del sector público (NICSP). • Apoyo al proceso de elaboración de la conciliación patrimonial entre el modelo contable actual y bajo (NICSP). • Apoyo en el proceso de presentación obligatoria y transición, de acuerdo al cronograma que la Contaduría General De El objeto de esta propuesta económica es brindar la asesoría y acompañamiento operativo a la institución educativa en cuanto al diseño de los procesos contractuales; basados en la correcta aplicación de la normatividad contractual vigente, de cara a las exigencias de la Agencia Nacional Para La Contratación Estatal Colombia Compra eficiente, y al cumplimiento xx xxxxx y decretos que exige la publicación en el SECOP de todos los procesos de compra de bienes y servicios que son adquiridos por la entidad con recursos del estadoReferencia Normativa: Artículos 1 y 3 de la Ley 1150 de 2007, Artículo 223 del Decreto Ley 019 de 2012, Artículos 1, 2 y 3 y numeral 4 del artículo 11 del Decreto Ley 4170 de 2011”. Las actividades de asesoría operativa que incluye esta propuesta son: Administración del portal de contratación SECOP, publicación ...
PERMANENTES. Xxxxxx y zorras distribuid. público: Semanal: Un (1) salario mínimo legal Casetas y toldos: Semanal: 60% de un salario mínimo legal diario.
PERMANENTES. Las que resultan de este Reglamento y que afectan, especialmente, a acceso a vestuarios y dependencias no abiertas al público, y las correspondientes a limitación de horarios para el acceso general peatonal y de vehículos. Así mismo las que resulten de las Normas de Régimen Interior del Club.
PERMANENTES. En esta cuenta el Banco registra las inversiones de largo plazo, financieras y no financieras. Al cierre de la gestión 2008, las Inversiones Permanentes del Banco alcanzaron el valor de USD 6.43 millones, representando el 1.45% del Activo Total. Es importante mencionar que entre las gestiones 2007 y 2008, las Inversiones Permanentes se incrementaron en USD 5.80 millones (924.64%) debido a inversiones efectuadas en Bonos Municipales del exterior, las cuales no existían en la gestión 2007. Al 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xxx xxxxxxxxxxx componentes respecto al total neto de Inversiones Permanentes del Banco son los siguientes: títulos valores de entidades financieras del exterior (Bonos Municipales del exterior cuyo rendimiento fue de 4.03% en promedio durante la gestión 2008) en 88.69% y participación en entidades de servicios financieros (LINKSER S.A. y A.C.C.L. S.A.) en 9.85%. Al 30 xx xxxxx de 2009, las Inversiones Permanentes disminuyeron a USD 6.22 millones, representando el 1.28% del Activos Total, debido a que las inversiones en títulos valores de entidades financieras del exterior disminuyeron hasta USD 5.50 millones, representando éstas el 88.40% del total de Inversiones Permanentes. Los Bienes de Uso son los activos fijos del Banco: edificios, terrenos, equipos e instalaciones, mobiliario y enseres, equipos de computación, vehículos, etc. La depreciación de los Bienes de Uso de cada ejercicio es calculada bajo el método de línea recta usando tasas anuales suficientes para extinguir el valor de los bienes al final de su vida útil estimada. A diciembre de 2008, el valor de los Bienes de Uso alcanza USD 11.13 millones, representando el 2.51% sobre el Activo Total, habiéndose incrementado en USD 0.72 millones (6.92%) respecto a la gestión 2007, debido al efecto de la depreciación sobre el valor de los edificios y equipos de computación. Al 30 junio de 2009, el valor de los Bienes de Uso disminuye hasta USD 10.98 millones, representando el 2.27% sobre los Activos Totales, debido a los efectos de la depreciación sobre éstos 14.2. Pasivo
PERMANENTES. Los que resultan de este Reglamento y que afecten, especialmente, a accesos a pantalanes, dependencias del edificio social no abiertas al público, edificios y instalaciones de uso privativo de la concesionaria y limitación de horarios para el acceso con vehículos y peatones.

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  • ACTIVIDADES Bajo la supervisión del Oficial Nacional de Programas y de la Representante del PMA, la persona será responsable de asistir a la Unidad de Programa en las tareas que se han establecido en el documento del Proyecto PROSAN encargándose de: 1. Planificar, Organizar, Coordinar la ejecución del proyecto de acuerdo a lo establecido en el Convenio entre PMA y FOSPIBAY, el documento del proyecto PROSAN y su plan de trabajo anual; 2. Dirigir la implementación del proyecto considerando los componentes de actividades siguientes: i) Familias - Comunidades - Escuelas Saludables; ii) Capacidades Institucionales Fortalecidas sobre Alimentación y Nutrición; iii) Gestión de Riesgos de Inseguridad Alimentaria y Nutricional y iv) Promoción del uso de alimentos fortificados a nivel local; 3. Desempeñar sus funciones en estrecha colaboración con FOSPIBAY y las instituciones del gobierno a nivel local; 4. Dirigir un equipo de trabajo del PMA constituido especialmente para la ejecución del proyecto en Sechura – Piura, supervisando sus desempeños y garantizando su seguridad y un adecuado trabajo de equipo; 5. Apoyar en la implementación de estudios entre ellos el estudio de evaluación final del proyecto; 6. Facilitar el registro de información de las actividades para el documento de sistematización del proyecto (informes de monitoreo, testimonios, reportes varios); 7. Elaborar informes mensuales, trimestrales y anuales de resultados con el apoyo del equipo técnico del proyecto y según especificaciones que brinde el PMA; 8. Monitorear las actividades del proyecto según el Plan de Monitoreo aprobado por el PMA y en coordinación con especialistas de monitoreo del PMA, que incluye visitas de campo, formulación de reportes, etc.; 9. Establecer una relación de colaboración con el resto del equipo del PMA, el FOSPIBAY, con las contrapartes del gobierno, sociedad civil, agencias de cooperación multi y bilaterales relacionadas a los temas de interés en el departamento de Piura, dentro del marco del proyecto; 10.Participar en instancias de decisión del proyecto, ejercer el rol de líder del Equipo Técnico del Proyecto; y 11.Otras actividades afines que el Coordinador del Proyecto le asigne. • Título profesional universitario en Agronomía, Nutrición y/o Ciencias Sociales, Ciencias Económicas; y • Deseable maestría en áreas relacionadas a Nutrición, Seguridad Alimentaria, Desarrollo Social y/o Gestión de Riesgos de Desastres, entre otros.

  • SALVAMENTO Valor del rescate o del residuo de la propiedad asegurada afectada por un siniestro.

  • Vinculación a la totalidad Las condiciones pactadas en este convenio forman un todo orgánico e indivisible y, a efectos de su aplicación práctica, serán consideradas globalmente.

  • Mantenimiento MÁSMÓVIL reparará las averías que se produzcan en todos los Equipos cedidos y relacionados con la prestación del Servicio que hubieran sido proporcionados por MÁSMÓVIL, asumiendo el coste de las mismas siempre y cuando se hubieran producido por causas no imputables al Cliente. En caso de que el Cliente detecte una avería en el Equipo o un mal funcionamiento del Servicio deberá ponerse en contacto con el Servicio de atención técnica de MÁSMÓVIL llamando al Servicio de Atención al Cliente. MÁSMÓVIL empleará los medios que en cada momento considere necesarios para resolver la incidencia.

  • MEDIO AMBIENTE Como criterio general el CONSTRUCTOR contemplará en todo el proceso de la CONSTRUCCIÓN de la AMPLIACIÓN el cumplimiento de la totalidad de las normas, procedimientos y preceptos de conservación ambiental tendientes a disminuir el impacto que las obras producen sobre su medio. El CONSTRUCTOR deberá cumplir con las Resoluciones SE N° 15/92 y SE N° 77/98 respecto del Manual de Gestión Ambiental del Sistema de Transporte Extra Alta Tensión, ya que la AMPLIACIÓN formará parte de dicho sistema, y con la Resolución del ENRE 546/99 “Procedimientos Ambientales para la Construcción de Instalaciones del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica que Utilicen Tensiones de 132 kV o Superiores”. En especial, el CONSTRUCTOR elaborará los Planes de Gestión Ambiental requeridos por el Artículo 4º de la Resolución ENRE Nº 1725/98 y la Resolución ENRE N° 555/01, los que deberán encuadrarse dentro de los lineamientos establecidos en esta última Resolución, sus modificatorias y complementarias. Para la etapa de construcción, provisión y montaje, el CONSTRUCTOR remitirá el Plan de Gestión Ambiental a la TRANSPORTISTA para su aprobación y comunicación al ENRE, previo al comienzo de la OBRA. Será responsabilidad del CONSTRUCTOR su estricto cumplimiento. Asimismo, el CONSTRUCTOR deberá cumplir con lo indicado en la Ley 24.051 y toda otra norma nacional, provincial y / o municipal que establezcan disposiciones respecto a la preservación, conservación y recomposición del medio ambiente. Por otra parte, el CONSTRUCTOR deberá dar cumplimiento a las normas nacionales, provinciales y / o municipales que rigen la generación, manipulación, transporte y tratamiento de residuos peligrosos. Como criterio general, se hacen extensivos al CONSTRUCTOR los criterios, condiciones, requerimientos y sanciones que se establecen en el apéndice referido a cláusulas ambientales del Reglamento de Diseño y Calidad de Servicio del Sistema de Transporte en Alta Tensión para la etapa de construcción y hasta la HABILITACIÓN COMERCIAL DEFINITIVA de la AMPLIACIÓN. El CONSTRUCTOR tiene la obligación de permitir el acceso a sus instalaciones y brindar asistencia a todos los organismos gubernamentales y de control que sobre la materia tengan injerencia y que requieran la verificación del cumplimiento de las disposiciones vigentes.

  • FUENTE DE FINANCIAMIENTO Recursos Ordinarios

  • REQUERIMIENTOS Para la práctica de cuantos requerimientos o notificaciones hayan de verificarse, ambas partes designan los domicilios señalados en el encabezamiento de este escrito.

  • GASTOS Los honorarios de cada árbitro serán cubiertos por la parte que lo hubiere designado y los honorarios del Dirimente serán cubiertos por ambas partes en igual proporción. Antes de constituirse el Tribunal, las partes acordarán los honorarios de las demás personas que, de mutuo acuerdo, convengan que deban intervenir en el procedimiento de arbitraje. Si el acuerdo no se produjere oportunamente, el propio Tribunal fijará la compensación que sea razonable para dichas personas, tomando en cuenta las circunstancias. Cada parte sufragará sus costos en el procedimiento de arbitraje, pero los gastos del Tribunal serán sufragados por las partes en igual proporción. Toda duda en relación con la división de los gastos o con la forma en que deban pagarse será resuelta sin ulterior recurso por el Tribunal.

  • Horarios (VÁLIDO PARA EMISORAS DE BAJA POTENCIA): El turno asignado al Locutor se cumplirá todos los días en un mismo horario que será fijo e inamovible, es decir, que la jornada de labor no será rotatoria. El régimen de horarios podrá ser: a) DE TURNO COMPLETO CORRIDO: Será de seis (6) horas diarias corridas. Después de las dos (2) primeras horas de iniciada su jornada de labor, y antes de que se cumpla la tercera, el Locutor tomará treinta (30) minutos corridos de descanso que serán considerados como parte del turno y de los que podrá disponer a su arbitrio. Si durante el período en que le correspondiere dicho descanso, el Locutor hubiera dispuesto de no menos de treinta minutos corridos en los que no estuvo afectado a la transmisión o grabaciones (las que deben estar previamente autorizadas por la S.A.L.) ese lapso será considerado como el descanso. Los Locutores que cumplan este horario gozarán de dos (2) francos semanales, es decir sesenta y seis (66) horas corridas, contadas a partir de la finalización del último turno previo al descanso.------------------------------------------- b) DE TURNO COMPLETO PARTIDO: Será de seis (6) horas diarias, que se cumplirán en dos (2) medios turnos de tres (3) horas como máximo cada uno; entre ambos mediará, como mínimo, un período de tres (3) horas y será de doce (12) horas el espacio comprendido entre una jornada y otra de labor. Durante la segunda hora de cada uno de esos medios turnos, el Locutor tomará quince (15) minutos corridos de descanso, que serán considerados como parte del turno y de los que podrá disponer a su arbitrio. Si durante esa segunda hora hubiera dejado de estar afectado a la transmisión o grabaciones (las que deberán ser previamente autorizadas por la S.A.L.) por un período continuado de quince minutos, ese lapso será considerado su descanso. Los Locutores que cumplan este horario gozarán de dos (2) francos semanales, es decir, de un mínimo de sesenta (60) horas a un máximo de sesenta y tres (63) horas corridas, contadas a partir de la finalización del último turno previo al descanso.---------------------------------------------------------

  • PENALIZACIONES [B] o [D]…………… es el único responsable frente a BEC por cualquier incumplimiento del contrato o de las directrices por éste emanadas. Podrán imponerse penalizaciones según los términos que la Instrucción del consejo de gobierno de la Diputación Xxxxx de Bizkaia/Bizkaiko Foru Aldundia de 23 de octubre de 2013 (XXX 218, de 14 de noviembre) y sus correcciones, actualizaciones y desarrollos que, entre otros aspectos, aborda las condiciones de subcontratación, respeto de convenios colectivos y defensa del vascoparlante. En caso de que el adjudicatario incumpliera los términos y condiciones establecidos en el presente contrato o los concertados para cada certamen o evento, deberá abonar a BEC una indemnización que cubra todos los daños y perjuicios sufridos por BEC. Además, BEC podrá imponer penalizaciones por incumplimiento, o por el cumplimiento defectuoso o tardío de los servicios contratados que podrán ascender hasta los máximos indicados en el anexo de “Penalizaciones”. En este caso, BEC remitirá al adjudicatario, a la mayor brevedad, un documento justificativo de la imposición de la penalización, en el que se describa el concreto incumplimiento o cumplimiento tardío o defectuoso por el adjudicatario de las obligaciones del presente contrato. El máximo de sanciones a aplicar, con independencia de la calificación o gravedad del incidente, será, en su conjunto y plazo de doce (12) meses, de un xxx xxxx por ciento (10%) del importe total anual del contrato, importe a partir del cual BEC podrá dar por rescindido el mismo.