RECHAZO DEL SINIESTRO. El Asegurador deberá notificar por escrito al Tomador, al Asegurado o al Beneficiario, en el plazo señalado en la Cláusula anterior, las causas de hecho y de derecho que a su juicio justifiquen el rechazo, total o parcial, de la indemnización exigida.
RECHAZO DEL SINIESTRO. Si Mutua Madrileña rechaza algún siniestro por cualquier causa, se le comunicará en un plazo máximo de 30 días desde que hubiera conocido la causa del rechazo. En caso de siniestro no olvide que 65 Protección del asegurado ante quejas y reclamaciones Si durante la prestación de un servicio por parte del Grupo Mutua Madrileña desea trasladarnos alguna incidencia, queja o reclamación, podrá hacerlo llamando al teléfono 00 000 00 00 o 000 000 000, dirigiéndose al correo electrónico reclamaciones@mutua. es, registrando la misma en el Área Personal (xxxxx://xxx.xxxxx.xx/xxxx-xxxxxxx/ reclamaciones) de la web Mutua, presencialmente en cualquiera de nuestras oficinas o por correo postal a la dirección Pº de la Castellana nº 33 (28046 Madrid). El tomador, asegurado, beneficiario, tercero perjudicado o herederos de cualquiera de ellos. El departamento donde se ha originado la incidencia, la estudiará en detalle y contactará con usted para darle una respuesta. Si la respuesta proporcionada por el Área no resulta de su conformidad, usted tiene la posibilidad de dirigirse al Departamento de Atención al Mutualista, al Asegurado y al Cliente, por escrito, a la dirección de correo postal Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx 00, 00000 Xxxxxx; al Fax: 00 000 00 00 o al email xxxxx@xxxxx.xx. Este Departamento procederá a emitir una resolución en el plazo de un mes. En caso de que persista su disconformidad, podrá acudir al Defensor del Mutualista, del Asegurado y del Cliente. Para ello, previamente tiene que haber una resolución del Departamento de Atención al Mutualista, al Asegurado y al Cliente del Grupo Mutua Madrileña Automovilista. Puede dirigir su escrito a nombre del Defensor del Mutualista, del Asegurado y del Cliente, en la dirección Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx 00, 00000 Xxxxxx o al email xxxxxxxx@xxxxx.xx. El Defensor dispone de un plazo de dos meses para dictar su resolución. Asimismo, le informamos que podrá acudir al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondo de Pensiones, Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx 00, 00000 Xxxxxx (página web: xxx.xxxxxx.xx), o al de la CNMV, Xxxxx Xxxxxx 0, 00000 Xxxxxx (página web xxx.xxxx.xx), después de recibir la resolución del Departamento de Atención al Mutualista, al Asegurado y al Cliente.
RECHAZO DEL SINIESTRO. La Empresa de Xxxxxxx deberá notificar por escrito a los Beneficiarios dentro del plazo señalado en la Cláusula anterior, las causas de hecho y de derecho que a su juicio justifican el rechazo total o parcial de la indemnización exigida.
RECHAZO DEL SINIESTRO. Si de mala fe el ASEGURADO presenta falsas declaraciones, exagera la cantidad de los daños, pretende destruir o hacer desaparecer objetos existentes antes del siniestro, disimula o sustrae todo o parte de los objetos asegurados, emplea como justificación documentos inexactos o utiliza medios fraudulentos, pierde todo derecho a indemnización por el siniestro.
RECHAZO DEL SINIESTRO. La Empresa de Xxxxxxx deberá notificar por escrito al(os) Beneficiario(s) dentro del plazo señalado en la cláusula anterior, las causas de hecho y de derecho que a su juicio justifican el rechazo total de la indemnización exigida. Esta obligación existirá también cuando la Empresa de Seguros pague sólo parte de la indemnización reclamada por el(los) Beneficiario(s).
RECHAZO DEL SINIESTRO. 1. Cuando el Asegurador deba rechazar un siniestro en base a las normas de la Póliza tendrá que comunicarlo por escrito al Asegurado en un plazo de treinta días a contar desde la fecha en que hubiera tenido conocimiento de la causa en que fundamente el rechazo, expresando los motivos del mismo.
2. Si fuera procedente el rechazo de un siniestro con posterioridad a haber efectuado pagos con cargo al mismo o haber afianzado sus consecuencias, el Asegurador podrá repetir del Asegurado las sumas satisfechas o aquéllas que en virtud de la fianza constituida estuviera obligado a abonar.
RECHAZO DEL SINIESTRO. La COMPAÑÍA deberá notificar a los beneficiarios dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes contados a partir de la fecha de recepción por parte de la COMPAÑÍA de toda la información y recaudos requeridos para la liquidación del siniestro, salvo por causa extraña no imputable a la COMPAÑÍA, de las causas de hecho y de derecho que a su juicio justifican el rechazo total o parcial de la indemnización.
RECHAZO DEL SINIESTRO. 1. Cuando AXA decida rechazar un siniestro, con base en las normas de la Póliza, deberá comunicarlo por carta certificada o medio indubitado al Asegurado en un plazo xx xxxx días a contar desde la fecha en que hubiera tenido conocimiento de la causa en que fundamenta el rechazo, expresando los motivos del mismo.
2. Si fuera procedente el rechazo de un siniestro con posterioridad a haber efectuado pagos con cargo al mismo o a haber afianzado sus consecuencias, AXA podrá repetir frente al Asegurado las sumas satisfechas, o aquellas que en virtud de la fianza constituida estuviera obligado a abonar.
RECHAZO DEL SINIESTRO. El Asegurador deberá notificar por escrito al Asegurado, en el lapso señalado en la Cláusula anterior, las causas de hecho y de derecho que a su juicio justifican el rechazo total o parcial del pago de su obligación derivada del siniestro.
RECHAZO DEL SINIESTRO. Si Mutua Xxxxxxxxx rechaza algún siniestro por cualquier causa, se le comunicará en un plazo máximo de 30 días desde que hubiera conocido la causa del rechazo. En caso de siniestro no olvide que 49 Protección del asegurado ante quejas y reclamaciones Si tiene alguna queja o reclamación podrá presentarla directamente a Mutua Madrileña. El tomador, asegurado, beneficiario, tercero perjudicado o herederos en caso de fallecimiento de cualquiera de ellos. • Web: xxx.xxxxx.xx • Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xx • Teléfono: 00 000 00 00 • Correo: Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx 00; 00000 Xxxxxx. • En cualquiera de nuestras oficinas. La reclamación será resuelta inicialmente por el Departamento correspondiente xx Xxxxx Madrileña. Si no estuviera conforme con la resolución podrá acudir a las siguientes instancias que resolverán en un plazo máximo de 2 meses: