RECOMENDACIONES ADICIONALES Cláusulas de Ejemplo

RECOMENDACIONES ADICIONALES. 1. Abstenerse en todo momento de dar instrucciones, impartir ordenes, o solicitar el cumplimiento de actividades a personas cuya relación contractual con la entidad ha finiquitado, aún en los eventos en los que se requiera volver a contratar con la misma persona. Este hecho constituye un comportamiento que incrementa de manera grave el riesgo jurídico de configurar una verdadera relación laboral.
RECOMENDACIONES ADICIONALES. El estricto cumplimiento del presente documento será responsabilidad directa del Supervisor del Tramo y el Representante Legal de la MYPE, el incumplimiento de alguno de los puntos no permitirá el trámite oportuno del pago por el servicio prestado y en lo que corresponda será sujeto a una amonestación mediante documento. El Informe de Conformidad de Servicio se otorga de acuerdo a lo indicado en el contrato y en las bases de selección: Especificaciones Técnicas. En el mismo documento se indicarán las multas y/o deducciones a que hubiera lugar, en concordancia con los ítems 8, 9 , 10 y 11 de las Especificaciones Técnicas y en alusión a la Cláusula del Contrato. El pago de las obligaciones del empleador y la AFP u ONP, será estrictamente del personal operativo; es decir el personal que figura en la relación de personal del mes anterior ítem 3.6, la que debe coincidir con el reporte de PDT y la planilla de pago de reportes provisionales (AFP u ONP) ítem 3.8. Asimismo la relación de personal del mes deberá tener la misma secuencia para el mes sucesivo. El presente documento permitirá mejorar la calidad de servicio de las MYPE a través del estricto cumplimiento del contrato y las Especificaciones Técnicas. La Cláusula Vigésima del Contrato y la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y Decreto Supremo Nº 084-2004- PCM, contemplan la resolución del contrato en caso de incumplimiento.
RECOMENDACIONES ADICIONALES. Si no conoce su correo registrado en EquiSoft, debe contactarse con su Liga. • Si no conoce su clave para acceder a EquiSoft, puede hacer click en "Generar Clave". El sistema enviará un primer correo de confirmación de la solicitud. Una vez confirmada, se le enviará un segundo correo con la nueva clave. • Si el concurso ya se encuentra Cerrado o Sorteado, no aparece la opción de realizar inscripciones. • Al ser un piloto de prueba, no todos los concursos, ni todos los jinetes, están habilitados para realizar el procedimiento de pago en línea. • Antes de realizar las inscripciones, asegúrese que la inscripción no haya sido previamente digitada por el club o por la liga, por medio del botón “Ver Inscritos”. Ya que en ese caso no aparece la opción de registro de un mismo binomio en una misma prueba. • Para que un Jinete pueda ser registrado en una prueba, debe cumplir con todos los requisitos establecidos en la reglamentación actual vigente. Adicionalmente, debe haber sido habilitado por la liga en la plataforma. De lo contrario NO aparece la opción de registro. ______________________________________________________________________________ • Para que un Caballo pueda ser registrado en una prueba, debe cumplir con todos los requisitos establecidos en la reglamentación actual vigente. Adicionalmente, debe haber sido habilitado por la liga en la plataforma, debe tener su pasaporte en regla, con sus respectivas vigencias emitidas por el ICA y por la FEC. De lo contrario NO aparece la opción de registro. • Cuando un Jinete realiza inscripciones, las puede eliminar sin penalización alguna, antes de realizar el pago, y antes de que se realice el sorteo del concurso. • Si las inscripciones no han sido canceladas en el momento del sorteo, estas serán eliminadas. Se enviará una notificación previa al sorteo, y otras en el momento del sorteo, a los usuarios responsables del registro de las inscripciones pendientes de pago, o en su defecto, eliminadas por falta de pago. • Todos los canales tradicionales para realizar las inscripciones siguen vigentes, bien sea el Club o la Liga. • En caso de tener cualquier duda, favor comunicarse directamente con la liga respectiva. • EquiSoft envía el requerimiento de pago a PayuLatam, quien a la vez, funciona como canal transaccional con el banco o con la franquicia de la tarjeta de crédito o débito, según el medio de pago seleccionado. Asegúrese de tener habilitados frente a su entidad financiera, todos los requerimientos para realiz...
RECOMENDACIONES ADICIONALES. ProColombia reembolsará hasta el % definido, de acuerdo con el tamaño de su empresa, del servicio y/o actividades realizadas con un Tope máximo -de acuerdo con la línea de servicio-. • Por ningún motivo se debe detallar el IVA en su factura, por tratarse de un reembolso. • Favor tener en cuenta que para tramitar la factura - cuenta de cobro se requiere el visto bueno del asesor de Fabricas de Internacionalización. • Se sugiere solicitar el reembolso en un plazo no mayor a dos (2) meses finalizada la actividad a cofinanciar. La empresa cuenta con un plazo máximo de seis (6) meses para solicitar el reembolso, pasado este tiempo la empresa no podrá realizar este cobro. 1. INGRESO
RECOMENDACIONES ADICIONALES. El presente proyecto se trabajara bajo la modalidad Llave en Mano, cualquier gasto adicional o imprevisto en el que se incurra deberá ser asumido por el contratista. La entidad no asumirá gastos adicionales de ninguna índole. En la propuesta técnica se deben detallar las tareas y/o actividades que conforman los siguientes servicios, los cuales serán responsabilidad del contratista: Presentación de plan de trabajo y un diagrama xx Xxxxx, dicho plan de trabajo deberá ser expuesto por el GERENTE DE PROYECTO, y deberá ser firmado por el Supervisor en señal de aprobación de los plazos propuestos.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE 1. El CLIENTE podrá dirigir las quejas y reclamaciones que puedan surgir en sus relaciones contractuales con las Entidades de Inversión al Servicio de Atención al Cliente del Grupo IBERCAJA, cuya dirección es la siguiente: 50008 Zaragoza Tel. 000 000 000 xxx.xxxxxxxx.xx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.