Common use of RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN Clause in Contracts

RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN. Para el caso de contratos susceptibles de recurso especial en materia de contratación, serán susceptibles de recurso administrativo especial previo a la interposición del contencioso administrativo, los actos relacionados en el artículo 40 del TRLCSP. El recurso administrativo especial tendrá carácter potestativo y el plazo de interposición será de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES computados conforme a lo previsto en el artículo 44 del TRLCSP. La presentación del escrito de interposición deberá hacerse necesariamente en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para la resolución del recurso (Registro del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales, c / Donostia, San Xxxxxxxxx 1, 01010 Vitoria -Gasteiz). En todo caso, todo aquel que se proponga interponer recurso deberá anunciarlo previamente en el mismo plazo previsto para la interposición, mediante escrito presentado ante el registro del órgano de contratación (Registro General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx sito en la Xxxxx Xxxxxx Xxxxx 1, 48170, Xxxxxxx) especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo. En el escrito de interposición se hará constar el acto recurrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba de que pretenda valerse el recurrente y, en su caso, las medidas de la misma naturaleza que las previstas en el artículo 43 TRLCSP, cuya adopción se solicite. A este escrito se acompañará:

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Samples: Contrato Susceptible De Recurso Especial, Contrato Sujeto a Regulación Armonizada, Contrato Susceptible De Recurso Especial

RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN. Para Las personas físicas y jurídicas cuyos derechos o intereses legítimos se vean perjudicados o puedan resultar afectados por el caso presente pliego de contratos susceptibles cláusulas administrativas y los que establezcan las características de recurso especial la prestación y los actos de tramite adoptados en el procedimiento actuado, siempre que éstos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzca indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. Podrán ser objeto de Recurso Especial en materia de contratación, serán susceptibles en los términos y condiciones previstos en el artículo 40 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en el plazo de quince días hábiles a contar a partir del siguiente a aquel en que el anuncio de la licitación se envíe al Diario Oficial de la Unión Europea y se publique en el Perfil de Contratante del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx (xxx.xxxxx.xx) (Artículos 142.3 y 151.4 TRLCSP). El presente recurso administrativo especial será previo a la interposición del contencioso administrativo, Recurso Contencioso Administrativo. No procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios contra los actos relacionados enumerados en el artículo 40 del de la TRLCSP. El recurso administrativo especial tendrá carácter potestativo y el plazo de interposición será de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES computados conforme a lo previsto en el artículo 44 del TRLCSP. La presentación del escrito de interposición deberá hacerse necesariamente presentarse en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para la resolución del recurso (Registro del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales, c / Donostia, San Xxxxxxxxx 1, 01010 Vitoria -Gasteiz). En todo caso, todo aquel que se proponga interponer recurso deberá anunciarlo previamente en el mismo plazo previsto para la interposición, mediante escrito presentado ante el registro del órgano de contratación (Registro General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx sito Xxxxx, en la Xxxxx Xxxxxx Xxxxx 1, 48170, Xxxxxxx) especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismoplazo indicado. En el escrito aplicación de interposición se hará constar el acto recurrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba de que pretenda valerse el recurrente y, en su caso, las medidas de la misma naturaleza que las previstas lo dispuesto en el artículo 43 44.3 TRLCSP, cuya adopción se solicite. A este la fecha de presentación del escrito se acompañará:será la de entrada en el Registro General del Ayuntamiento xx Xxxxx, sin que pueda computarse la fecha de presentación del mismo, en los registros recogidos en el artículo 38.b), c), d) y e) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir, Junto Con El Pliego De Prescripciones Técnicas, La Contratación Mediante Procedimiento Negociado Sin Publicidad Del Contrato De Suministro en Régimen De Arrendamiento, De Vallas Durante, Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir, Junto Con El Pliego De Prescripciones Técnicas, La Contratación Mediante Procedimiento Abierto Del Contrato De Servicio De Instalación Y Mantenimiento De Varios Servicios De Telecomunicaciones Del Ayuntamiento De Cádiz, Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir, Junto Con El Pliego De Prescripciones Técnicas, La Contratación Mediante Procedimiento Abierto Del Contrato De Servicio Para La Ejecución Del Programa De Comidas a Domicilio De La Delegacion De Asuntos Sociales, Del Ayuntamiento De Cádiz

RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN. Para En el caso supuesto de que el contrato se encuentre sujeto a regulación armonizada según se indique en el Apartado 3.3 del Cuadro de Características, y en los demás supuestos previstos en la Ley, las personas físicas o jurídicas cuyos derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las decisiones que se adopten, podrán interponer contra los actos de los contratos susceptibles de a que se refiere el art. 40 DL 3/2011, recurso especial en materia de contratación ante el órgano de contratación, serán susceptibles de recurso administrativo especial previo a la interposición del contencioso administrativo, los actos relacionados en el artículo 40 del TRLCSP. El recurso administrativo especial tendrá carácter potestativo y el plazo de interposición será QUINCE DIAS HABILES, contados a partir del día siguiente a aquel en que se remita la notificación del acto impugnado, sin perjuicio de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES computados conforme a lo previsto establecido en el artículo 44 art.44.2 del TRLCSPmismo texto legal. La presentación del escrito de interposición Dicho recurso deberá hacerse presentarse necesariamente en el registro Registro General del órgano de contratación o en el del órgano competente para la resolución del recurso (Registro del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales, c / Donostia, San Xxxxxxxxx 1, 01010 Vitoria -Gasteiz)contratación. En todo casoNo obstante, todo aquel que se proponga interponer recurso el citado recurso, deberá anunciarlo previamente en el mismo plazo previsto para la interposición, mediante escrito presentado ante el registro del órgano de contratación (Registro General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx sito en la Xxxxx Xxxxxx Xxxxx 1, 48170, Xxxxxxx) especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo, escrito que deberá ser presentado dentro del plazo indicado en el apartado anterior, conforme lo establecido en el art.44 DL 3/2011. En el escrito El recurso especial en materia de contratación será previo a la interposición se hará constar el acto recurrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba de que pretenda valerse el recurrente del contencioso-administrativo y tendrá carácter potestativo y, en su el caso, las medidas de que el acto recurrido sea el de la misma naturaleza adjudicación, quedará en suspenso la tramitación del expediente de contratación. Los actos que se dicten en procedimientos de adjudicación de contratos en que no sea susceptible la interposición del recurso especial, podrán ser objeto de recurso de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las previstas en el artículo 43 TRLCSP, cuya adopción se solicite. A este escrito se acompañará:Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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Samples: www.carm.es, www.carm.es

RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN. Para el caso de contratos susceptibles de recurso especial en materia de contratación, serán susceptibles de recurso administrativo especial previo a la interposición del contencioso administrativo, administrativo los actos relacionados en el artículo 40 del TRLCSP. El recurso administrativo especial tendrá carácter potestativo y el plazo de interposición será de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES computados conforme a lo previsto en el artículo 44 del TRLCSP. La presentación del escrito de interposición deberá hacerse necesariamente en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para la resolución del recurso (Registro del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales, c / Donostia, San Xxxxxxxxx 1, 01010 Vitoria -Gasteiz). En todo caso, todo aquel que se proponga interponer recurso deberá anunciarlo previamente en el mismo plazo previsto para la interposición, mediante escrito presentado ante el registro del órgano de contratación (Registro General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx sito en la Xxxxx Xxxxxx Xxxxx 1, 48170, Xxxxxxx) especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo. En el escrito de interposición se hará constar el acto recurrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba de que pretenda valerse el recurrente y, en su caso, las medidas de la misma naturaleza que las previstas en el artículo 43 TRLCSP, cuya adopción se solicite. A este escrito se acompañará:

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Samples: Contrato Sujeto a Regulación Armonizada, www.zamudio.eus

RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN. Para el caso de contratos susceptibles de recurso especial en materia de contratación, serán susceptibles de recurso administrativo especial previo a la interposición del contencioso administrativo, administrativo los actos relacionados en el artículo 40 del TRLCSP. El recurso administrativo especial tendrá carácter potestativo y el plazo de interposición será de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES computados conforme a lo previsto en el artículo 44 del TRLCSP. La presentación del escrito de interposición deberá hacerse necesariamente en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para la resolución del recurso (Registro del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales, c / Donostia, San Xxxxxxxxx 1, 01010 Vitoria -Gasteiz). En todo caso, todo aquel que se proponga interponer recurso deberá anunciarlo previamente en el mismo plazo previsto para la interposición, mediante escrito presentado ante el registro del órgano de contratación (Registro General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx de Derio sito en la Xxxxx Xxxxxx Xxxxx 1Herriko Plaza nº 3, 48170, Xxxxxxx48160 Derio) especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo. En el escrito de interposición se hará constar el acto recurrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba de que pretenda valerse el recurrente y, en su caso, las medidas de la misma naturaleza que las previstas en el artículo 43 TRLCSP, cuya adopción se solicite. A este escrito se acompañará:

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Samples: Modelo De Presentación De Solvencia Económica, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en La Contratación Del Servicio De Tiempo Libre Infantil Y Juvenil en Euskera De Derio

RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN. Para el caso de contratos susceptibles de recurso especial en materia de contratación, serán susceptibles de recurso administrativo especial previo a la interposición del contencioso - administrativo, los actos relacionados en el artículo 40 del TRLCSP44 .2 LCSP. El recurso administrativo especial tendrá carácter potestativo y el plazo de interposición será de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES 15 días hábiles computados conforme a lo previsto en el artículo 44 del TRLCSP50 LCSP. La presentación del escrito de interposición deberá hacerse necesariamente en en: - el registro del órgano de contratación (Registro General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx sito en la Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx s/n, 48007, Bilbao) - o en el del órgano competente para la resolución del recurso (Registro del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales, c / Donostia, Donostia - San Xxxxxxxxx 1, 01010 Vitoria -Gasteiz). En todo caso, todo aquel que se proponga interponer recurso deberá anunciarlo previamente -o en los lugares establecidos en el mismo plazo previsto para artículo 16.4 de la interposiciónLey 39/2015, mediante escrito presentado ante el registro de 1 de octubre, del órgano Procedimiento Administrativo Común de contratación (Registro General del Excmolas Administraciones Públicas. Ayuntamiento xx Xxxxxxx sito Los escritos presentados en Registros distintos a los indicados en los dos primeros apartados deberán comunicarse al Órgano Administrativo de Recursos Contractuales, de manera inmediata y de la Xxxxx Xxxxxx Xxxxx 1, 48170, Xxxxxxx) especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismoforma más rápida posible. En el escrito de interposición se hará constar el acto recurrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba de que pretenda valerse el recurrente y, en su caso, las medidas de la misma naturaleza que las previstas en el artículo 43 TRLCSP, 49 LCSP cuya adopción se solicite. A este escrito se acompañará:

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Samples: Pliego Tipo De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Contrato Mixto De Prestación Principal De Servicios Y Acuerdo Marco De Obras Y/O Suministros Por El Procedimiento Abierto Ordinario, Pliego Tipo De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Acuerdo Marco Suministros Por El Procedimiento Abierto Ordinario

RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN. Para Las personas físicas y jurídicas cuyos derechos o intereses legítimos se vean perjudicados o puedan resultar afectados por el caso presente pliego de contratos susceptibles cláusulas administrativas y los que establezcan las características de recurso especial la prestación y los actos de tramite adoptados en el procedimiento actuado, siempre que éstos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzca indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. Podrán ser objeto de Recurso Especial en materia de contratación, serán susceptibles en los términos y condiciones previstos en el artículo 40 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en el plazo de quince días hábiles a contar a partir del siguiente a aquel en que el anuncio de la licitación se envíe al Diario Oficial de la Unión Europea y se publique en el Perfil de Contratante del Instituto Municipal del Deporte (xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx (Artículos 142.3 y 151.4 TRLCSP). El presente recurso administrativo especial será previo a la interposición del contencioso administrativo, Recurso Contencioso Administrativo. No procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios contra los actos relacionados enumerados en el artículo 40 del de la TRLCSP. El recurso administrativo especial tendrá carácter potestativo y el plazo de interposición será de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES computados conforme a lo previsto en el artículo 44 del TRLCSP. La presentación del escrito de interposición deberá hacerse necesariamente presentarse en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para la resolución del recurso (Registro del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales, c / Donostia, San Xxxxxxxxx 1, 01010 Vitoria -Gasteiz). En todo caso, todo aquel que se proponga interponer recurso deberá anunciarlo previamente en el mismo plazo previsto para la interposición, mediante escrito presentado ante el registro del órgano de contratación (Registro General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx sito Instituto Municipal del Deporte, en la Xxxxx Xxxxxx Xxxxx 1, 48170, Xxxxxxx) especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismoplazo indicado. En el escrito aplicación de interposición se hará constar el acto recurrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba de que pretenda valerse el recurrente y, en su caso, las medidas de la misma naturaleza que las previstas lo dispuesto en el artículo 43 44.3 TRLCSP, cuya adopción se solicite. A este la fecha de presentación del escrito se acompañará:será la de entrada en el Registro General del Instituto Municipal del Deporte, sin que pueda computarse la fecha de presentación del mismo, en los registros recogidos en el artículo 38.b), c), d) y e) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir, Junto Con El Pliego De Prescripciones Técnicas, La Contratación Mediante Procedimiento Abierto De Los Servicios De Mantenimiento Y Conservación De Las Instalaciones Deportivas Del Instituto Municipal Del Deporte, Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir, Junto Con El Pliego De Prescripciones Técnicas, La Contratación Mediante Procedimiento Abierto De Los Servicios Tecnicos Para El Desarrollo De Las Actividades Náuticas Y Deportivas Del Instituto Municipal Del Deporte

RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN. Para el caso de contratos Serán susceptibles de recurso especial en materia de contra- tación, de acordo co establecido no artigo 40 do TRLCSP, os anuncios de licitación, os pregos e os documentos contrac- tuais que establezan as condicións que rexan a contratación, serán susceptibles os actos de trámite adoptados no procedemento de adxudi- cación, sempre que xxxxx decidan directa ou indirectamente sobre a adxudicación, determinen a imposibilidade xx xxxxx- xxxx o procedemento ou produzan indefensión ou prexuízo irreparable a dereitos ou intereses lexítimos, e mais o acordo de adxudicación. Considéranse actos de trámite que determinan a imposibili- dade de continuar o procedemento os actos da Mesa de con- tratación polos que xx xxxxxx a exclusión dos licitadores. A tramitación deste recurso axustarase ao disposto nos arti- gos 50 do TRLCSP. De acordo co establecido no artigo 45 do TRLCSP, no caso de que o acto obxecto de recurso administrativo especial previo sexa o de adxudicación, quedará en suspenso a la tramitación do expediente de contra- tación. Contra a resolución do recurso só procederá a interposición del contencioso de recurso contencioso-administrativo, los actos relacionados en el artículo 40 del TRLCSP. El recurso administrativo especial tendrá carácter potestativo y el plazo conforme o disposto na Lei 29/1998, do 13 de interposición será de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES computados conforme a lo previsto en el artículo 44 del TRLCSP. La presentación del escrito de interposición deberá hacerse necesariamente en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para la resolución del recurso (Registro del Órgano Administrativo de Recursos Contractualesxullo, c / Donostia, San Xxxxxxxxx 1, 01010 Vitoria -Gasteiz). En todo caso, todo aquel que se proponga interponer recurso deberá anunciarlo previamente en el mismo plazo previsto para la interposición, mediante escrito presentado ante el registro del órgano de contratación (Registro General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx sito en la Xxxxx Xxxxxx Xxxxx 1, 48170, Xxxxxxx) especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo. En el escrito de interposición se hará constar el acto recurrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba de que pretenda valerse el recurrente y, en su caso, las medidas de la misma naturaleza que las previstas en el artículo 43 TRLCSP, cuya adopción se solicite. A este escrito se acompañará:reguladora da xurisdición contencioso-administrativa.

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Samples: www.parlamentodegalicia.com

RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN. Para En el caso supuesto de que el contrato se encuentre sujeto a regulación armonizada según se indique en el Apartado 2.3 del Cuadro de Características, las personas físicas o jurídicas cuyos derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las decisiones que se adopten, podrán interponer contra los actos de los contratos susceptibles de a que se refiere el art. 40 RDL 3/2011, recurso especial en materia de contratación ante el órgano de contratación, serán susceptibles de recurso administrativo especial previo a la interposición del contencioso administrativo, los actos relacionados en el artículo 40 del TRLCSP. El recurso administrativo especial tendrá carácter potestativo y el plazo de interposición será QUINCE DIAS HABILES, contados a partir del día siguiente a aquel en que se remita la notificación del acto impugnado, sin perjuicio de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES computados conforme a lo previsto establecido en el artículo 44 art.44.2 del TRLCSPmismo texto legal. La presentación del escrito de interposición Dicho recurso deberá hacerse presentarse necesariamente en el registro Registro General del órgano de contratación o en el del órgano competente para la resolución del recurso (Registro del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales, c / Donostia, San Xxxxxxxxx 1, 01010 Vitoria -Gasteiz)contratación. En todo casoNo obstante, todo aquel que se proponga interponer recurso el citado recurso, deberá anunciarlo previamente en el mismo plazo previsto para la interposición, mediante escrito presentado ante el registro del órgano de contratación (Registro General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx sito en la Xxxxx Xxxxxx Xxxxx 1, 48170, Xxxxxxx) especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo, escrito que deberá ser presentado dentro del plazo indicado en el apartado anterior, conforme lo establecido en el art.44 RDL 3/2011. En el escrito El recurso especial en materia de contratación será previo a la interposición se hará constar el acto recurrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba de que pretenda valerse el recurrente del contencioso-administrativo y tendrá carácter potestativo y, en su el caso, las medidas de que el acto recurrido sea el de la misma naturaleza adjudicación, quedará en suspenso la tramitación del expediente de contratación. Los actos que se dicten en procedimientos de adjudicación de contratos en que no sea susceptible la interposición del recurso especial, podrán ser objeto de recurso de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las previstas en el artículo 43 TRLCSP, cuya adopción se solicite. A este escrito se acompañará:Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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Samples: www.ffis.es

RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN. Kontratazio Zuzendaritza / Dirección de Contratación. Plaza Venezuela, nº 2, 5ª planta Tf. 00 000 00 00, fax 00 000 00 00 e-mail xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxxxxx.xxx Para el caso de contratos susceptibles de recurso especial en materia de contratación, serán susceptibles de recurso administrativo especial previo a la interposición del contencioso - administrativo, los actos relacionados en el artículo 40 del TRLCSP. El recurso administrativo especial tendrá carácter potestativo y el plazo de interposición será de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES 15 días hábiles computados conforme a lo previsto en el artículo 44 del TRLCSP. La presentación del escrito de interposición deberá hacerse necesariamente en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para la resolución del recurso (Registro recurso(Registro del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales, c / Donostia, San Xxxxxxxxx 1, 01010 Vitoria -Gasteiz). En todo caso, todo aquel que se proponga interponer recurso deberá anunciarlo previamente en el mismo plazo previsto para la interposición, mediante escrito presentado ante el registro del órgano de contratación (Registro General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx Xxxxxx sito en la Xxxxx Xxxxxx Xxxxx 1Xxxxxxx Xxxxxxxx s/n, 4817048007, XxxxxxxBilbao) especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo. En el escrito de interposición se hará constar el acto recurrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba de que pretenda valerse el recurrente y, en su caso, las medidas de la misma naturaleza que las previstas en el artículo 43 del TRLCSP, cuya adopción se solicite. A este escrito se acompañará:

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Del Contrato De Concesión De Obra Pública Para La Redacción Del Proyecto, Dirección De Obra, Coordinación De Seguridad Y Salud,ejecución, Mantenimiento, Conservación Y Explotación De La Estación Soterrada Intermodal De Transporte Por Carretera De Garellano, Estacionamiento De Vehículos Bajo Rasante,urbanización Y Zonas Complementarias De Explotación

RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN. Para el caso de contratos Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, serán susceptibles contratación previo de recurso administrativo especial previo a la interposición del contencioso contencioso- administrativo, siempre que se trate de un contrato de los actos relacionados recogidos en el artículo 40 40.1 del TRLCSPtexto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la licitación, así como los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que éstos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, así como los acuerdos de adjudicación adoptados por los poderes adjudicadores. El La tramitación del citado recurso administrativo especial tendrá carácter potestativo y el plazo de interposición será de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES computados conforme se ajustará a lo previsto dispuesto en el artículo 44 los artículos 40 a 49 del TRLCSPtexto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La presentación del escrito de interposición deberá hacerse necesariamente en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para Contra la resolución del recurso (Registro del Órgano Administrativo sólo cabrá la interposición de Recursos Contractuales, c / Donostia, San Xxxxxxxxx 1, 01010 Vitoria -Gasteiz). En todo caso, todo aquel que se proponga interponer recurso deberá anunciarlo previamente en el mismo plazo previsto para la interposición, mediante escrito presentado ante el registro del órgano de contratación (Registro General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx sito en la Xxxxx Xxxxxx Xxxxx 1, 48170, Xxxxxxx) especificando el acto del procedimiento que vaya contencioso-administrativo conforme a ser objeto del mismo. En el escrito de interposición se hará constar el acto recurrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba de que pretenda valerse el recurrente y, en su caso, las medidas de la misma naturaleza que las previstas lo dispuesto en el artículo 43 TRLCSP10, cuya adopción se soliciteletras k) y l) del apartado 1 y en el artículo 11, letra f) de su apartado 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. A este escrito se acompañará:Este Pliego ha sido informado favorablemente por el Gabinete Jurídico de la Universidad de Almería el día 10 de diciembre de 2012. Conocido y aceptado en su totalidad EL ADJUDICATARIO Fdo.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Suministro, Mediante Procedimiento Negociado

RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN. Para el caso de contratos Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, serán susceptibles de recurso administrativo especial contratación previo a la interposición del contencioso contencioso-administrativo, siempre que se trate de un contrato de servicios sujeto a regulación armonizada o de las categorías 17 a 27 de Anexo II del TRLCSP cuyo valor estimado sea igual o superior a la cantidad establecida en el artículo 40.1.b) del citado Texto Refundido, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la licitación, los actos relacionados de trámite adoptados en el artículo procedimiento de adjudicación, siempre que éstos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, así como los acuerdos de adjudicación adoptados por el órgano de contratación. La tramitación del citado recurso se ajustará a lo dispuesto en los artículos 40 a 49 del TRLCSP. El recurso administrativo especial tendrá carácter potestativo y el plazo de interposición será de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES computados conforme a lo previsto en el artículo 44 del TRLCSP. La presentación del escrito de interposición deberá hacerse necesariamente en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para Contra la resolución del recurso (Registro del Órgano Administrativo solo cabrá la interposición de Recursos Contractuales, c / Donostia, San Xxxxxxxxx 1, 01010 Vitoria -Gasteiz). En todo caso, todo aquel que se proponga interponer recurso deberá anunciarlo previamente en el mismo plazo previsto para la interposición, mediante escrito presentado ante el registro del órgano de contratación (Registro General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx sito en la Xxxxx Xxxxxx Xxxxx 1, 48170, Xxxxxxx) especificando el acto del procedimiento que vaya contencioso- administrativo conforme a ser objeto del mismo. En el escrito de interposición se hará constar el acto recurrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba de que pretenda valerse el recurrente y, en su caso, las medidas de la misma naturaleza que las previstas lo dispuesto en el artículo 43 TRLCSP10, cuya adopción se soliciteletras k) y l) del apartado 1 y en el artículo 11, letra f) de su apartado 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. A este escrito se acompañará:Perfil de contratante: Página web de la Universidad Internacional de Andalucía xxxx://xxx.xxxx.xx/xxxxxxx/xxxx/000/000/ Determinación del precio: Componentes de la prestación Unidades de ejecución Unidades de tiempo Tanto alzado Honorarios por tarifas Sistema mixto

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Samples: Pliego Tipo De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratacion De Obras Mediante Procedimiento Negociado Con O Sin Publicidad

RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN. Para el caso de contratos Serán susceptibles de recurso especial en materia especial, siempre que se trate de contratación, serán susceptibles de recurso administrativo especial previo un contrato sujeto a la interposición del contencioso administrativoregulación armonizada, los acuerdos de adjudicación provisional, los pliegos reguladores de la licitación y los que establezcan las características de la prestación, y los actos relacionados de trámite adoptados en el procedimiento antecedente, siempre que éstos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. La tramitación del citado recurso se ajustará a lo dispuesto en el artículo 40 del TRLCSP37 de la LCSP. El recurso administrativo especial tendrá carácter potestativo y el plazo de interposición será de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES computados conforme a lo previsto en el artículo 44 del TRLCSP. La presentación del escrito de interposición deberá hacerse necesariamente en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para Contra la resolución del recurso (Registro del Órgano Administrativo solo procederá la interposición de Recursos Contractuales, c / Donostia, San Xxxxxxxxx 1, 01010 Vitoria -Gasteiz). En todo caso, todo aquel que se proponga interponer recurso deberá anunciarlo previamente en el mismo plazo previsto para la interposición, mediante escrito presentado ante el registro del órgano de contratación (Registro General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx sito contencioso- administrativo conforme a lo dispuesto en la Xxxxx Xxxxxx Xxxxx 1Ley 29/1998, 48170de 13 de julio, Xxxxxxx) especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismoreguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. CLÁUSULAS PARTICULARES DEL PROCEDIMIENTO RESTRINGIDO Y DEL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD. En el escrito de interposición se hará constar el acto recurrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba caso de que pretenda valerse el recurrente encabezamiento y el punto 25.2 de la Carátula, señalen que se está tramitando un procedimiento restringido o un procedimiento negociado con publicidad, debe tenerse en cuenta que únicamente podrán presentar oferta las empresas que sean seleccionadas por el órgano de contratación, de acuerdo con los requisitos y número mínimo y, en su casocaso máximo, las medidas señalado en el punto 40 de la misma naturaleza que Carátula. Por ello, en relación con las previstas cláusulas de este pliego, deben tenerse en el artículo 43 TRLCSP, cuya adopción se solicitecuenta las siguientes peculiaridades. A este escrito se acompañará1.- Comunes a ambos procedimientos:

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Samples: www.euskadi.eus

RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN. Para el caso de contratos susceptibles de recurso especial en materia de contratación, serán susceptibles de recurso administrativo especial previo a la interposición del contencioso - administrativo, los actos relacionados en el artículo 40 del de TRLCSP. El recurso administrativo especial tendrá carácter potestativo y el plazo de interposición será de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES 15 días hábiles computados conforme a lo previsto en el artículo 44 del de TRLCSP. La presentación del escrito de interposición deberá hacerse necesariamente en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para la resolución del recurso (Registro del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales, c / Donostia, Donostia - San Xxxxxxxxx 1, 01010 Vitoria -Gasteiz). En todo caso, todo aquel que se proponga interponer recurso deberá anunciarlo previamente en el mismo plazo previsto para la interposición, mediante escrito presentado ante el registro del órgano de contratación (Registro General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx Xxxxxx sito en la Xxxxx Xxxxxx Xxxxx 1Xxxxxxx Xxxxxxxx s/n, 4817048007, XxxxxxxBilbao) especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo. En el escrito de interposición se hará constar el acto recurrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba de que pretenda valerse el recurrente y, en su caso, las medidas de la misma naturaleza que las previstas en el artículo 43 TRLCSP, cuya adopción se solicite. A este escrito se acompañará:

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Samples: Pliego Tipo De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Servicios Por El Procedimiento Abierto Con Varios Criterios De Adjudicacion (Concurso

RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN. Para el caso de contratos Serán susceptibles de recurso especial en materia siempre que se trate de contratación, serán susceptibles de recurso administrativo especial previo un contrato sujeto a la interposición del contencioso administrativoregulación armonizada, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la licitación, así como los actos relacionados de trámite adoptados en el artículo procedimiento de adjudicación, siempre que éstos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, así como los acuerdos de adjudicación adoptados por los poderes adjudicadores. La tramitación del citado recurso se ajustará a lo dispuesto en los artículos 40 a 49 del TRLCSP. El recurso administrativo especial tendrá carácter potestativo y el plazo de interposición será de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES computados conforme a lo previsto en el artículo 44 del TRLCSP. La presentación del escrito de interposición deberá hacerse necesariamente en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para Contra la resolución del recurso (Registro del Órgano Administrativo sólo cabrá la interposición de Recursos Contractuales, c / Donostia, San Xxxxxxxxx 1, 01010 Vitoria -Gasteiz). En todo caso, todo aquel que se proponga interponer recurso deberá anunciarlo previamente en el mismo plazo previsto para la interposición, mediante escrito presentado ante el registro del órgano de contratación (Registro General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx sito en la Xxxxx Xxxxxx Xxxxx 1, 48170, Xxxxxxx) especificando el acto del procedimiento que vaya contencioso-administrativo conforme a ser objeto del mismo. En el escrito de interposición se hará constar el acto recurrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba de que pretenda valerse el recurrente y, en su caso, las medidas de la misma naturaleza que las previstas lo dispuesto en el artículo 43 TRLCSP10, cuya adopción se soliciteletras k) y l) del apartado 1 y en el artículo 11, letra f) de su apartado 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. A este escrito se acompañará:POR LA ADMINISTRACIÓN, FECHA Y FIRMA FIRMADO POR Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx - LA JEFA DEL SERVICIO DE GESTIÓN Y CONTRATACIÓN FECHA Y HORA 03/07/2012 14:03:08

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Samples: Pliego Tipo De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Suministro a Adjudicar Por Procedimiento Negociado Sin Publicidad Por La Diputación Provincial De Jaén Y Sus Organismos Autónomos

RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN. Para Serán susceptibles de recurso especial, siempre que se trate de un contrato sujeto a regulación armonizada, los acuerdos de adjudicación, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación y los actos de trámite adoptados en el caso procedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determine la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzca indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. También será susceptible de recurso especial en materia de contratación los contratos de servicios comprendidos en las categorías 17 a 27 del Anexo II del TRLCSP, cuyo valor estimado sea igual o superior a la cantidad establecida en el art. 40.1.b del TRLCSP. No serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, serán susceptibles de recurso administrativo especial previo a la interposición del contencioso administrativo, contratación los actos relacionados de los órganos de contratación dictados en relación con las modificaciones contractuales no previstas en el artículo pliego que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 105 a 107 del TRLCSP sea preciso realizar una vez adjudicados los contratos tanto si acuerdan como si no la resolución y la celebración de nueva licitación. La tramitación del citado recurso se ajustará a lo dispuesto en los artículos 40 y siguientes del TRLCSP. El recurso administrativo especial tendrá carácter potestativo y el plazo de interposición será de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES computados conforme a lo previsto en el artículo 44 del TRLCSP. La presentación del escrito de interposición deberá hacerse necesariamente en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para Contra la resolución del recurso (Registro del Órgano Administrativo solo procederá la interposición de Recursos Contractuales, c / Donostia, San Xxxxxxxxx 1, 01010 Vitoria -Gasteiz). En todo caso, todo aquel que se proponga interponer recurso deberá anunciarlo previamente en el mismo plazo previsto para la interposición, mediante escrito presentado ante el registro del órgano de contratación (Registro General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx sito contencioso administrativo conforme a lo dispuesto en la Xxxxx Xxxxxx Xxxxx 1Ley 29/1998, 48170de 13 de julio, Xxxxxxx) especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo. En el escrito de interposición se hará constar el acto recurrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba de que pretenda valerse el recurrente y, en su caso, las medidas reguladora de la misma naturaleza que las previstas en el artículo 43 TRLCSP, cuya adopción se soliciteJurisdicción Contencioso Administrativa. A este escrito se acompañará:CUADRO RESUMEN DEL CONTRATO Expediente: PDM. 4/2015 Localidad: Benalmádena. Objeto del contrato: PRESTACIÓN DE SERVICIO DE IMPARTICION DE ESCUELAS DEPORTIVAS Código CPV: 92600000-7 - PROCEDIMIENTO ABIERTO - TRAMITACIÓN URGENTE

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Regira La Contratacion Del Servicio De Imparticion De Escuelas Deportivas Del Pdm, Mediante Procedimiento Abierto Y Tramite Urgente

RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN. Para el caso de contratos susceptibles de recurso especial en materia de contratacióncontratació n, serán susceptibles de recurso administrativo especial previo a la interposición del contencioso - administrativo, los actos relacionados en el artículo 40 del TRLCSP. El recurso administrativo especial tendrá carácter potestativo y el plazo de interposición interpos ición será de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES 15 días hábiles computados conforme a lo previsto en el artículo 44 del TRLCSP. La presentación del escrito de interposición deberá hacerse necesariamente en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para la resolución del recurso (Registro del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales, c / Donostiac/ Donostia – Xxx Xxxxxxxxx, San Xxxxxxxxx 1, . 01010 Vitoria -Gasteiz– Gasteiz). En todo caso, todo aquel que se proponga interponer recurso deberá anunciarlo previamente en el mismo plazo previsto para la interposición, mediante escrito presentado ante el registro del órgano de contratación (Registro General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx sito en la Xxxxx Xxxxxx Xxxxx 1contratación, 48170, Xxxxxxx) especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo. En el escrito de interposición se hará constar el acto recurrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba de que pretenda valerse el recurrente y, en su caso, las medidas de la misma naturaleza que las previstas en el artículo 43 del TRLCSP, cuya adopción se solicite. A este escrito se acompañará:

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RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN. Para el caso de contratos susceptibles de recurso especial en materia de contratación, serán susceptibles de recurso administrativo especial previo a la interposición del contencioso - administrativo, los actos relacionados en el artículo 40 del TRLCSP. 44 .2 LCSP El recurso administrativo especial tendrá carácter potestativo y el plazo de interposición será de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES 15 días hábiles computados conforme a lo previsto en el artículo 44 del TRLCSP. 50 LCSP La presentación del escrito de interposición deberá hacerse necesariamente en en: - el registro del órgano de contratación (Registro General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx sito en la Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx s/n, 48007, Bilbao) - o en el del órgano competente para la resolución del recurso (Registro del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales, c / Donostia, Donostia - San Xxxxxxxxx 1, 01010 Vitoria -Gasteiz). En todo caso, todo aquel que se proponga interponer recurso deberá anunciarlo previamente -o en los lugares establecidos en el mismo plazo previsto para artículo 16.4 de la interposiciónLey 39/2015, mediante escrito presentado ante el registro de 1 de octubre, del órgano Procedimiento Administrativo Común de contratación (Registro General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx sito en la Xxxxx Xxxxxx Xxxxx 1, 48170, Xxxxxxx) especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismolas Administraciones Públicas. En el escrito de interposición se hará constar el acto recurrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba de que pretenda valerse el recurrente y, en su caso, las medidas de la misma naturaleza que las previstas en el artículo 43 TRLCSP, 49 LCSP cuya adopción se solicite. A este escrito se acompañará:

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Samples: Pliego Tipo De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Servicios Por El Procedimiento Abierto Simplificado

RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN. Para el caso de contratos Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, serán susceptibles de recurso administrativo especial contratación previo a la interposición del contencioso administrativo, contencioso-administrativo los actos relacionados en el los apartados 1 y 2 del artículo 40 del TRLCSP. El plazo para interponer el recurso administrativo especial tendrá carácter potestativo y el plazo en materia de interposición contratación será de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES computados conforme quince días hábiles, contados a partir del siguiente a aquel en que se remita la notificación del acto impugnado, salvo lo previsto contemplado en el artículo 44 44.2 del TRLCSP. La presentación tramitación del escrito de interposición deberá hacerse necesariamente citado recurso se ajustará a lo dispuesto en el registro artículo 46 del TRLCSP, El recurso se interpondrá ante el órgano de contratación autor del acto impugnado, en cuyo caso éste deberá remitirlo al órgano encargado de resolverlo dentro de los dos días hábiles siguientes a su recepción acompañado del expediente administrativo y del correspondiente informe; o en bien, directamente, ante el del órgano competente para encargado de resolverlo, el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía (DECRETO 332/2011, de 2 de noviembre. BOJA nº 222, de 11 de noviembre). Contra la resolución del recurso (Registro sólo procederá la interposición del Órgano Administrativo recurso contencioso- administrativo conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de Recursos Contractuales13 de julio, c / Donostia, San Xxxxxxxxx 1, 01010 Vitoria -Gasteiz)reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En todo caso, todo aquel que se proponga interponer recurso deberá anunciarlo previamente Sin perjuicio de lo dispuesto en el mismo plazo previsto para apartado anterior, la interposición, mediante escrito presentado ante el registro del órgano resolución será directamente ejecutiva resultando de contratación (Registro General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx sito en la Xxxxx Xxxxxx Xxxxx 1, 48170, Xxxxxxx) especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo. En el escrito de interposición se hará constar el acto recurrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba de que pretenda valerse el recurrente yaplicación, en su caso, las medidas de la misma naturaleza que las previstas lo dispuesto en el artículo 43 TRLCSP97 de la Ley 30/1992, cuya adopción se solicite. A este escrito se acompañará:de 26 de noviembre, salvo que el acto recurrido fuera el de adjudicación, en cuyo caso, quedará en suspenso la tramitación del expediente de contratación.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratacion De Suministros, Mediante Procedimiento Negociado Con O Sin Publicidad

RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN. Para el caso de contratos susceptibles de recurso especial en materia de contratación, serán susceptibles de recurso administrativo especial previo a la interposición del contencioso - administrativo, los actos relacionados en el artículo 40 del TRLCSP. El recurso administrativo especial tendrá carácter potestativo y el plazo de interposición será de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES 15 días hábiles computados conforme a lo previsto en el artículo 44 del TRLCSP. La presentación del escrito de interposición deberá hacerse necesariamente en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para la resolución del recurso (Registro del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales, c / Donostia, San Xxxxxxxxx 1, 01010 Vitoria -Gasteiz- Gasteiz). En todo caso, todo aquel que se proponga interponer recurso deberá anunciarlo previamente en el mismo plazo previsto para la interposición, mediante escrito presentado ante el registro del órgano de contratación (Registro General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx de Ondarroa, sito en la Xxxxx Xxxxxx Xxxxx 1Musika xxxxx x/x, 4817000000, XxxxxxxXxxxxxxx) especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo. En el escrito de interposición se hará constar el acto recurrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba de que pretenda valerse el recurrente y, en su caso, las medidas de la misma naturaleza que las previstas en el artículo 43 TRLCSP, cuya adopción se solicite. A este escrito se acompañará:

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Samples: Pliego Tipo De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Servicios Por El Procedimiento Abierto Con Varios Criterios De Adjudicacion (Concurso

RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN. Para el caso de contratos susceptibles de recurso especial en materia de contratación, serán susceptibles de recurso administrativo especial previo a la interposición del contencioso administrativo, los actos relacionados en el artículo 40 del TRLCSP. El recurso administrativo especial tendrá carácter potestativo y el plazo de interposición será de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES computados conforme a lo previsto en el artículo 44 del TRLCSP. La presentación del escrito de interposición deberá hacerse necesariamente en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para la resolución del recurso (Registro del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales, c / Donostia, San Xxxxxxxxx 1, 01010 Vitoria -Gasteiz). En todo caso, todo aquel que se proponga interponer recurso deberá anunciarlo previamente en el mismo plazo previsto para la interposición, mediante escrito presentado ante el registro del órgano de contratación (Registro General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx sito en la Xxxxx Plxxx Xxxxxx Xxxxx 1, 48170, Xxxxxxx) especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo. En el escrito de interposición se hará constar el acto recurrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba de que pretenda valerse el recurrente y, en su caso, las medidas de la misma naturaleza que las previstas en el artículo 43 TRLCSP, cuya adopción se solicite. A este escrito se acompañará:

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RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN. Para el caso de contratos susceptibles de recurso especial en materia de contratación, serán susceptibles de recurso administrativo especial previo a la interposición del contencioso - administrativo, los actos relacionados en el artículo 40 del TRLCSP44 de la LCSP. El recurso administrativo especial tendrá carácter potestativo y el plazo de interposición será de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES 15 días hábiles computados conforme a lo previsto en el artículo 44 del TRLCSP50 de la LCSP. La presentación del escrito de interposición deberá hacerse necesariamente en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para la resolución del recurso (Registro del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales, c / Donostiac/ Donostia – Xxx Xxxxxxxxx, San Xxxxxxxxx 1, . 01010 Vitoria -Gasteiz– Gasteiz). En todo caso, todo aquel que se proponga interponer recurso deberá anunciarlo previamente en el mismo plazo previsto para la interposición, mediante escrito presentado ante el registro del órgano de contratación (Registro General contratación, sito en Erreboteko plaza, s/n, Oficina ZURETZAT de Servicio de Atención a la Ciudadanía, planta baja, del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx sito en la Xxxxx Xxxxxx Xxxxx 1Xxxxxxxxx, 48170, Xxxxxxx) especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo. En el escrito de interposición se hará constar el acto recurrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba de que pretenda valerse el recurrente y, en su caso, las medidas de la misma naturaleza que las previstas en el artículo 43 del TRLCSP, cuya adopción se solicite. A este escrito se acompañará:

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Del Contrato De Servicios Energeticos Y Mantenimiento Con Garantia Total Del Alumbrado Publico en Villabona Mediante Un Contrato Mixto De Suministro Y Servicios

RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN. Para  Xxxxxx Xxxxx 0X 00000 Xxxxxxxxx (Xxxxxxx) IFK/CIF. X0000000X Dado que el caso de contratos susceptibles de recurso especial en materia de contrataciónpresente contrato está sujeto a regulación armonizada, serán susceptibles de recurso administrativo especial especial, previo a la interposición del contencioso administrativo, los actos relacionados que se relacionan en el artículo 40 apartado 2 del TRLCSP. Podrá interponer el recurso toda persona física o jurídica cuyos derechos e intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las decisiones objeto de recurso. El recurso administrativo especial en materia de contratación tendrá carácter potestativo y el plazo de interposición será de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES computados conforme a lo previsto en el artículo 44 del TRLCSP. La la presentación del escrito de interposición deberá hacerse necesariamente en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para la resolución del recurso (Registro en el plazo de 15 días hábiles computados conforme a lo establecido en el apartado 2 del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales, c / Donostia, San Xxxxxxxxx 1, 01010 Vitoria -Gasteiz)art. En todo caso, todo 44 del TRLCSP. Todo aquel que se proponga interponer recurso deberá anunciarlo previamente en el mismo plazo previsto para la interposición, mediante escrito presentado ante el registro del órgano de contratación (Registro General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx sito en la Xxxxx Xxxxxx Xxxxx 1, 48170, Xxxxxxx) especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo. En el escrito de interposición se hará constar el acto recurrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba de que pretenda valerse el recurrente y, en su caso, las medidas de la misma naturaleza que las previstas mencionadas en el artículo art. 43 del TRLCSP, cuya adopción se solicite. A este escrito se acompañará:

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Licitacion Del Contrato De Servicios De Limpieza Viaria

RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN. Para el caso de contratos susceptibles de recurso especial en materia de contratación, serán susceptibles de recurso administrativo especial previo a la interposición del contencioso - administrativo, los actos relacionados en el artículo 40 del TRLCSP. El recurso administrativo especial tendrá carácter potestativo y el plazo de interposición será de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES 15 días hábiles computados conforme a lo previsto en el artículo 44 del TRLCSP. La presentación del escrito de interposición deberá hacerse necesariamente en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para la resolución del recurso (Registro del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales, c / Donostiac/ Donostia – Xxx Xxxxxxxxx, San Xxxxxxxxx 1, . 01010 Vitoria -Gasteiz– Gasteiz). En todo caso, todo aquel que se proponga interponer recurso deberá anunciarlo previamente en el mismo plazo previsto para la interposición, mediante escrito presentado ante el registro del órgano de contratación (Registro General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx contratación, sito en la Xxxxx Xxxxxx Xxxxx 1Xx Xxxxxx, 4817048.150 Trapagarán, Xxxxxxx) Bizkaia, especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo. En el escrito de interposición se hará constar el acto recurrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba de que pretenda valerse el recurrente y, en su caso, las medidas de la misma naturaleza que las previstas en el artículo 43 del TRLCSP, cuya adopción se solicite. A este escrito se acompañará:

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Del Contrato De Servicios Energeticos Con Mantenimiento Y Garantía Total De Las Instalaciones De Alumbrado Exterior De Aparkabisa