REPOSICIÓN DE SERVICIOS Cláusulas de Ejemplo

REPOSICIÓN DE SERVICIOS. El PROVEEDOR será el único responsable cuando los servicios objeto del contrato, no se hayan ejecutado de acuerdo con lo estipulado en el mismo, o bien, conforme a las instrucciones dadas por escrito por parte de PEMEX-Refinación, por lo que en estos casos, PEMEX-Refinación podrá ordenar, la rectificación o reposición de aquellos servicios que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes sin que el PROVEEDOR tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta del PROVEEDOR; en tal supuesto, el PROVEEDOR procederá de manera inmediata a la atención de la rectificación o reposición de los servicios rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su ejecución. Si el PROVEEDOR ejecuta servicios por mayor valor de lo indicado, sin que para tales efectos se hubiera celebrado el convenio modificatorio respectivo, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la ejecución de los servicios excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello. El PROVEEDOR tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las dependencias gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del objeto del contrato, por lo que, también se obliga a cumplir con todas las leyes, reglamentos y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales, asimismo, el PROVEEDOR deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene de PEMEX-Refinación para la ejecución de los servicios. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que PEMEX-Refinación otorgue al PROVEEDOR para efectuar las correcciones y/o reposiciones necesarias, PEMEX-Refinación podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al PROVEEDOR.
REPOSICIÓN DE SERVICIOS. ANEJO Nº 23.
REPOSICIÓN DE SERVICIOS. 16 10.10 PLAN DE OBRAS 17 10.11 CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA Y FÓRMULA DE REVISIÓN DE PRECIOS 17
REPOSICIÓN DE SERVICIOS. Para todos aquellos servicios que se vean afectados por la ejecución de las obras se estudiarán, salvo justificación expresa en contrario, las medidas oportunas para su correcta reposición. Para ello: - Los servicios y servidumbres afectadas se localizarán por sus coordenadas exactas y se identificarán en planos de planta y alzado a escala adecuada, realizándose incluso un levantamiento topográfico cuando la reposición así lo requiera. - Se recabará toda la información necesaria para proyectar la reposición del servicio (condicionantes, características técnicas, etc.) y se diseñará la solución más adecuada para la reposición. Este trabajo correrá por cuenta del Consultor, y deberá contar con la aprobación del titular del servicio afectado y la conformidad del Director. - Las actuaciones de reposición proyectadas pasarán a formar parte de los documentos contractuales del Proyecto (Planos, Pliego, cuadros de precios y Presupuesto). FIRMADO por : XXXX XXXXX XXXXXXXXX. A fecha: 30/11/2022 09:06 AM FIRMADO por : XXXXXX XXXXXXXX XXXX. A fecha: 30/11/2022 09:16 AM Total folios: 74 (26 de 74) - Código Seguro de Verificación: MFOM02SC7476D5A1BC7DBED02E26 Verificable en xxxxx://xxxx.xxxxx.xxx.xx
REPOSICIÓN DE SERVICIOS. Con fundamento en la fracción XVII del artículo 45 de la LAASSP, el CONALEP podrá devolver y/o solicitar la reposición de los servicios, que no cumplan con los requisitos técnicos solicitados en el Anexo No. 1 “Especificaciones Técnicas del servicio” para la prestación del Servicio objeto de la presente invitación, los ofertados en su propuesta técnica y lo señalado en el contrato, para su reposición, considerando que dicho tiempo no podrá exceder de los tiempos establecidos en el apartado 2.9 Penas convencionales y/o deducciones, de conformidad a los tiempos de respuesta ante incidentes descritos en el Anexo Número 1 “Especificaciones Técnicas” y en el caso de que las deficiencias no estén consideradas en el apartado antes descrito, su reposición no podrá ser mayor a 3 días hábiles a partir de su notificación.
REPOSICIÓN DE SERVICIOS. SUBCAPÍTULO 1: LÍNEAS ELÉCTRICAS 7,917.48 € 7,917.48 € SUBCAPÍTULO 2: LÍNEA TELEFÓNICA 340.66 € 340.66 € SUBCAPÍTULO 3: CAMINOS Y ENTRADEROS 1,796.56 € 5,158.85 € TOTAL ........... 10,054.70 € 13,416.99 € -3,362.29 € -25.060% CAPÍTULO 8: ISLETAS 3,898.12 € 8,860.61 € -4,962.49 € -56.006%
REPOSICIÓN DE SERVICIOS. 8 REPOSICIÓN DE SERVICIOS 2
REPOSICIÓN DE SERVICIOS. Se incluirán dentro de este concepto todos aquellos servicios y servidumbres afectados por la ejecución de las obras, y cuya restitución se proyecte y se incluya en el presupuesto de ejecución material del proyecto. Salvo justificación expresa en contrario, todos los servicios, servidumbres de paso, riego, etcétera, se estudiarán dentro del presente apartado, diseñándose los correspondientes elementos y obras accesorias para la correcta reposición de los mismos.
REPOSICIÓN DE SERVICIOS. En caso de proyectarse estructuras de colecciones oficiales se dibujará con detalle su adaptación al terreno. En los planos de las obras de fábrica figurarán los despieces de todo tipo de armaduras.
REPOSICIÓN DE SERVICIOS. Se incluirán dentro de este concepto todos aquellos servicios afectados por la ejecución de las obras, y cuya restitución se proyecte y se incluya en el presupuesto de ejecución material del proyecto. El proyecto de estas reposiciones integrará el anejo de Reposición de Servicios del Proyecto. Salvo justificación expresa en contrario, todos los servicios, servidumbres de paso, riegos, etcétera, se estudiarán dentro del presente apartado, diseñándose los correspondientes elementos y obras accesorias para la correcta reposición de los mismos. Se incluirán también en este Anejo las afecciones a servicios estatales y públicos, sujetos o no a concesión, que se afecten, y cuya modificación esté sujeta a procedimiento especial. Se estimará, asimismo, el coste de modificaciones y reposiciones y su coordinación con el plan de obras. Se cumplirá la O.C. sobre "Modificación de Servicios en los proyectos de obras" (marzo 94). Se solicitará la información a que se refiere el Decreto nº 1844/74, de 20 xx xxxxx, sobre "Obras subterráneas en suelo urbano".