Sanciones disciplinarias Cláusulas de Ejemplo

Sanciones disciplinarias. El Contratista y el Profesional responsable, según la gravedad de la falta, serán pasibles de las siguientes sanciones: a) llamado de atención; b) apercibimiento; c) solicitud de suspensión de uno (1) a cinco (5) años del Registro Nacional, de acuerdo a lo establecido en su reglamentación. La suspensión no impide la continuación de la obra contratada, pero no permite al Contratista ni al Profesional responsable intervenir en nuevas licitaciones del Gobierno durante la suspensión, ni iniciar trámites por cuestiones ajenas a la obra en ejecución. Si una sanción disciplinaria grave hubiera sido motivada directamente por el profesional responsable, el Gobierno podrá requerir su sustitución.
Sanciones disciplinarias. Las faltas en que incurran las personas trabajadoras serán sancionadas con las siguientes medidas disciplinarias:
Sanciones disciplinarias. La violación del Acuerdo, de estas Políticas y Procedimientos, la violación de cualquier deber de la Ley Común, incluyendo pero no limitado a cualquier deber de lealtad, cualquier conducta ilegal comercial, fraudulenta, engañosa o de poca ética, o cualquier acto u omisión por un Distribuidor que, en la discreción de la Empresa puede dañar su reputación o buena voluntad (tal acción u omisión perjudicial no tiene que estar relacionada con el negocio ACTIVZ del Distribuidor), puede resultar a discreción de ACTIVZ en una o más de las siguientes medidas correctivas: ❖ Emisión de una advertencia o admonición verbal o escrita: ❖ Requerir que el Distribuidor tome medidas correctivas inmediatas; ❖ Perdidas de derechos a uno o más bonos y comisiones; ❖ ACTIVZ puede retener de un Distribuidor toda o parte de los bonos y comisiones del Distribuidor durante el periodo en que ACTIVZ esté investigando cualquier conducta supuestamente violatoria del Acuerdo. Si el negocio de un Distribuidor se cancela por razones disciplinarias el Distribuidor no tendrá derecho a recuperar comisiones retenidas durante el periodo de investigación; ❖ Transferencia o retiro de algunos o la totalidad de una línea descendente del Distribuidor infractor; ❖ Terminación involuntaria del Acuerdo de Distribuidor del infractor; ❖ Suspensión o terminación del Sitio Web de ACTIVZ o acceso al Sitio Web de ACTIVZ; ❖ Cualquier otra medida expresamente permitida en cualquier disposición del Convenio o que ACTIVZ considere factible de aplicar y apropiada para resolver equitativamente lesiones causadas parcial o exclusivamente por violación de la Póliza por el Distribuidor o por incumplimiento contractual.
Sanciones disciplinarias. 29.1 La UAQ se obliga a imponer a los empleados pertenecientes al STEUAQ las sanciones que decrete éste, de conformidad con lo establecido en los estatutos del STEUAQ. 29.2 Cuando en virtud de la ejecución de la sanción, se origine interrupción de las labores del empleado sancionado y dicha sanción es impuesta por el STEUAQ éste deberá proporcionar previamente al empleado que supla a los sancionados.
Sanciones disciplinarias. Los castigos disciplinarios aplicables a los prisioneros xx xxxxxx serán:
Sanciones disciplinarias. Generalidades. I. Índole de los castigos
Sanciones disciplinarias. Las sanciones que podrán imponerse en función de la calificación de las faltas, serán las siguientes:
Sanciones disciplinarias. La violación del Acuerdo Socio Independiente, de las Políticas y Procedimientos, la violación de cualquier derecho de derecho común, incluyendo pero no limitado a cualquier derecho aplicable de la lealtad, cualquier conducta comercial ilegal, fraudulenta, engañosa o poco ética, o cualquier acto u omisión por parte de un Socio que, a la sola discreción de la Compañía pueda dañar su reputación o buen nombre (tal acto u omisión perjudicial no tienen porqué estar relacionados con los negocios del Socio en inCruises), puede resultar, a discreción del inCruises, en una o más de las siguientes medidas correctivas: ● Emisión de una advertencia o amonestación por escrito; ● Exigir al Socio que tome medidas correctivas inmediatas; ● La imposición de una multa, que podrá ser retenida de bonos y pago de comisiones; ● Pérdida de derechos a uno o más bonos y pago de comisiones; ● inCruises pueden retener de un Socio la totalidad o parte de las bonificaciones y comisiones durante el período que inCruises esté investigando cualquier conducta que presuntamente viole este Acuerdo. Si el negocio de un Socio se cancela por razones disciplinarias, el Socio no tendrá derecho a recuperar las comisiones retenidas durante el período de investigación; ● Suspensión del Acuerdo Socio para uno o más períodos de pago; ● Pérdida permanente o temporal de, o reducción, del rango actual de un Socio (que puede posteriormente ser re-ganado por el Socio); ● Transferencia o eliminación de algunos o todos los Socios Downlines de un Socio infractor; ● Terminación involuntaria del Acuerdo de Socio del infractor; ● Suspensión y/o terminación del sitio web o acceso a la web de inCruises por parte del infractor; ● Cualquier otra medida expresamente permitida dentro de cualquier disposición del Acuerdo Socio Independiente o que inCruises considere factible de implementar y apropiada para resolver equitativamente las lesiones causadas parcial o exclusivamente por violación de la política del Socio o incumplimiento contractual; ● En situaciones consideradas apropiadas por inCruises, la compañía podrá iniciar. ● También en situaciones consideradas apropiadas por inCruises, la Compañía puede imponer una multa o penalidad a los Socios en línea ascendente de un Socio ofensor en situaciones donde los Socios de la línea ascendente no hayan supervisado o supervisado adecuadamente el comportamiento del Socio ofensor, según lo determinado por inCruises en su propio criterio.
Sanciones disciplinarias. EL FONDO DE EMPLEADOS GRUPO ACCIÓNPLUS, podrá iniciar acciones disciplinarias de conformidad con lo dispuesto en el Régimen Disciplinario establecido en su estatuto, tales como suspensión parcial o total de servicios, suspensión de derechos e incluso la exclusión. Parágrafo 1. Un asociado sancionado por aspectos relacionados con el servicio de crédito, no podrá acceder a ninguno de los servicios y beneficios ofrecidos por el Fondo, hasta tanto se cumpla la sanción o se subsanen las irregularidades. Bajo ningún motivo se suspenderán temporalmente las sanciones.
Sanciones disciplinarias. 1-. Por razón de las faltas a que se refiere el presente Convenio, podrán imponerse las siguientes sanciones: a) Despido disciplinario del personal laboral, que sólo podrá sancionar la comisión xx xxxxxx muy graves y comportará la inhabilitación para ser titular de un nuevo contrato de trabajo con funciones similares a las que desempeñaban. b) Suspensión de empleo y sueldo, con una duración máxima de seis años. c) Apercibimiento. d) Cualquier otra que se establezca por ley.