SANCIONES DISCIPLINARIAS Cláusulas de Ejemplo

SANCIONES DISCIPLINARIAS. El Contratista y el Profesional responsable, según la gravedad de la falta, serán pasibles de las siguientes sanciones: a) llamado de atención; b) apercibimiento; c) solicitud de suspensión de uno (1) a cinco (5) años del Registro Nacional, de acuerdo a lo establecido en su reglamentación. La suspensión no impide la continuación de la obra contratada, pero no permite al Contratista ni al Profesional responsable intervenir en nuevas licitaciones del Gobierno durante la suspensión, ni iniciar trámites por cuestiones ajenas a la obra en ejecución. Si una sanción disciplinaria grave hubiera sido motivada directamente por el profesional responsable, el Gobierno podrá requerir su sustitución. Los llamados de atención podrán ser aplicados directamente por la Inspección de la obra; los apercibimientos y la aplicación de las multas por Disposición de la Dirección General a cargo de la ejecución de la Obra, la que dará cuenta al Consejo Asesor del Registro Nacional. La solicitud de suspensión del Registro Nacional será resuelta por el correspondiente Ministerio.
SANCIONES DISCIPLINARIAS. La violación del Acuerdo, de estas Políticas y Procedimientos, la violación de cualquier deber de la Ley Común, incluyendo pero no limitado a cualquier deber de lealtad, cualquier conducta ilegal comercial, fraudulenta, engañosa o de poca ética, o cualquier acto u omisión por un Distribuidor que, en la discreción de la Empresa puede dañar su reputación o buena voluntad (tal acción u omisión perjudicial no tiene que estar relacionada con el negocio ACTIVZ del Distribuidor), puede resultar a discreción de ACTIVZ en una o más de las siguientes medidas correctivas: ❖ Emisión de una advertencia o admonición verbal o escrita: ❖ Requerir que el Distribuidor tome medidas correctivas inmediatas; ❖ Perdidas de derechos a uno o más bonos y comisiones; ❖ ACTIVZ puede retener de un Distribuidor toda o parte de los bonos y comisiones del Distribuidor durante el periodo en que ACTIVZ esté investigando cualquier conducta supuestamente violatoria del Acuerdo. Si el negocio de un Distribuidor se cancela por razones disciplinarias el Distribuidor no tendrá derecho a recuperar comisiones retenidas durante el periodo de investigación; ❖ Transferencia o retiro de algunos o la totalidad de una línea descendente del Distribuidor infractor; ❖ Terminación involuntaria del Acuerdo de Distribuidor del infractor; ❖ Suspensión o terminación del Sitio Web de ACTIVZ o acceso al Sitio Web de ACTIVZ; ❖ Cualquier otra medida expresamente permitida en cualquier disposición del Convenio o que ACTIVZ considere factible de aplicar y apropiada para resolver equitativamente lesiones causadas parcial o exclusivamente por violación de la Póliza por el Distribuidor o por incumplimiento contractual.
SANCIONES DISCIPLINARIAS. 29.1 La UAQ se obliga a imponer a los empleados pertenecientes al STEUAQ las sanciones que decrete éste, de conformidad con lo establecido en los estatutos del STEUAQ.
SANCIONES DISCIPLINARIAS. El Contratista y el Profesional responsable, según la gravedad de la falta, serán pasibles de las siguientes sanciones: a) llamado de atención; b) apercibimiento; c) solicitud de suspensión de uno (1) a cinco (5) años del Registro Nacional, de acuerdo a lo establecido en su reglamentación. La suspensión no impide la continuación de la obra contratada, pero no permite al Contratista ni al Profesional responsable intervenir en nuevas licitaciones del Comitente durante la suspensión, ni iniciar trámites por cuestiones ajenas a la obra en ejecución. Si una sanción disciplinaria grave hubiera sido motivada directamente por el profesional responsable, el Comitente podrá requerir su sustitución.
SANCIONES DISCIPLINARIAS. Podrán interponerse, por razón de las faltas, las siguientes sanciones:
SANCIONES DISCIPLINARIAS. 1-. Por razón de las faltas a que se refiere el presente Convenio, podrán imponerse las siguientes sanciones:
SANCIONES DISCIPLINARIAS. 1°.- Las sanciones que podrán imponerse en función de la calificación de las faltas serán las siguientes:
SANCIONES DISCIPLINARIAS. Artículo 89 - Generalidades. I. Índole de los castigos
SANCIONES DISCIPLINARIAS. EL FONDO DE EMPLEADOS GRUPO ACCIÓNPLUS, podrá iniciar acciones disciplinarias de conformidad con lo dispuesto en el Régimen Disciplinario establecido en su estatuto, tales como suspensión parcial o total de servicios, suspensión de derechos e incluso la exclusión. Parágrafo 1. Un asociado sancionado por aspectos relacionados con el servicio de crédito, no podrá acceder a ninguno de los servicios y beneficios ofrecidos por el Fondo, hasta tanto se cumpla la sanción o se subsanen las irregularidades. Bajo ningún motivo se suspenderán temporalmente las sanciones.