SITUACIONES EXTRAORDINARIAS Cláusulas de Ejemplo

SITUACIONES EXTRAORDINARIAS. El Ayuntamiento de Madrid, en circunstancias extraordinarias como catástrofes, activación del plan nevada y eventos de magnitud extensible a gran parte de la Ciudad o por concentraciones masivas de personas u otras circunstancias que alteren en el ámbito de toda la Ciudad, podrá ordenar la utilización de medios materiales y humanos de una manera dirigida estableciendo la zona a limpiar o los medios a utilizar, incluso actuando el ámbito territorial de otros lotes. En este caso las órdenes de actuación serán dadas directamente por el Responsable del Contrato o el designado para la coordinación de la situación excepcional, a los responsables de la empresa concesionaria de cada Lote, encargándoles una misión específica y definida a cada unidad. Mientras se mantenga esta circunstancia, el Ayuntamiento de Madrid no aplicará temporalmente los indicadores de calidad en aquellos prestaciones y zonas de la Ciudad que se vean afectados, de acuerdo con siguientes criterios: − Si la circunstancia excepcional se mantiene un periodo inferior o igual a 24 horas, existirá un periodo de 8 horas desde el final efectivo de las circunstancias extraordinarias donde no se realizarán la toma de datos para el control de los indicadores. − Si la circunstancia excepcional se mantiene un periodo superior a 24 horas e inferior o igual a 72 horas, existirá un periodo de 24 horas desde el final efectivo de las circunstancias extraordinarias donde no se realizarán la toma de datos para el control de los indicadores. − Si la circunstancia excepcional se mantiene un periodo superior a 72 horas e inferior o igual a 144 horas, existirá un periodo de 48 horas desde el final efectivo de las circunstancias extraordinarias donde no se realizarán la toma de datos para el control de los indicadores. − Si la circunstancia excepcional se mantiene un periodo 144 horas o más, existirá un periodo de 72 horas desde el final efectivo de las circunstancias extraordinarias donde no se realizarán la toma de datos para el control de los indicadores. La autorización inicial para la utilización de medios en ámbitos territoriales distintos de los fijados en cada lote, corresponderá al máximo responsable en cada momento del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad o en su caso el que gestione las prestaciones objeto del contrato en cada momento. Cuando por motivos ajenos al Ayuntamiento de Madrid ocasionados por causas extraordinarias diferentes a las señaladas en párrafos anteriores, no se realicen o se ...
SITUACIONES EXTRAORDINARIAS. A. El adjudicatario deberá efectuar tareas excepcionales con todos los medios a su alcance para superar situaciones extraordinarias que deriven de hechos de caso fortuito o fuerza mayor, tales como eventos, tumultos, inundaciones, siniestros o catástrofes de cualquier tipo, tanto antropogénicas como naturales.
SITUACIONES EXTRAORDINARIAS. El PLAN DE MODERNIZACION Y ELECTRIFICACION ha sido elaborado tomando como parámetros las condiciones económicas financieras y cambiarias, así como el marco legal y reglamentario vigente a la fecha de suscripción de la ADDENDA modificatoria del Contrato de Concesión. Por ello, ante acontecimientos extraordinarios e imprevisibles, o hechos o actos del ESTADO NACIONAL, administración centralizada o descentralizada, que afecten significativamente la ecuación económico-financiera originaria del Contrato de Concesión modificado por su ADDENDA, generando una excesiva onerosidad sobreviniente no prevista en las obligaciones a cargo del Concesionario frente al ESTADO NACIONAL o proveedores o financistas del PLAN DE MODERNIZACION Y ELECTRIFICACION, el Concesionario podrá reclamar compensaciones o modificaciones de los cuadros tarifarios con el objetivo de recomponer equitativamente dicho desequilibrio, y hasta que el mismo sea superado. En consideración a la estructura financiera del Contrato de Concesión con las modificaciones introducidas por su ADDENDA, a modo enunciativo, se considerará una grave alteración de la ecuación económico-financiera.
SITUACIONES EXTRAORDINARIAS. Si durante la ejecución del servicio tuvieran que realizarse actuaciones necesarias y no previstas por este pliego o concurrieran circunstancias que obligaran a modificar el plan de logística propuesto en la memoria técnica con repercusión en el precio del contrato, el adjudicatario vendrá obligado a realizar las siguientes actuaciones:

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.