Solvencia. Para celebrar contratos con RENFE, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente en el anuncio o en el PCP, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios personales o materiales necesarios para la ejecución del contrato, los órganos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedente.
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Samples: Instrucciones De Contratación, Instrucciones De Contratación, Instrucciones De Contratación
Solvencia. a) Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o económica y financiera y técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente especifican en el anuncio o las cláusulas 9.2.1.1.d) y 9.2.1.2.a) xxx xxxxxx, en el PCPlas que, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y asimismo, se indicará la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismomismas. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadonecesaria, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda para la ejecución del contrato dispondrá contrato, dispone efectivamente de esa solvencia y esos medios, y debiendo a tal fin aportar certificado emitido por el órgano de dirección de la entidad a empresa que preste la que recurra no esté incursa citada solvencia, acreditativo de tal circunstancia, en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a el que se refiere el artículo 69 contenga además la aceptación expresa de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican efectos señalados en el artículo 90.1.e) de 1257 del Código Civil por la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidadesempresa que preste su solvencia. En caso de que el empresario se base referido certificado sea aceptado por el órgano de contratación, la Administración podrá exigir en vía administrativa el cumplimiento por la empresa prestataria de la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de aquello a lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en comprometió con la empresa contratista.
b) En el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, anexo IV podrá exigirse a los empresarios las personas jurídicas que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajosprestación. Asimismo, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a indicará si los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan deben comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos A estos efectos, se indicará si estos compromisos, que se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles tienen el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar a los efectos previstos en el artículo 223 f) del TRLCSP o si se establecen penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 212.1 del TRLCSP, para el caso de que se incumplan para el adjudicatario.
c) Requisitos de solvencia técnica complementaria. En los contratos sujetos a regulación armonizada el órgano de contratación podrá exigir la resolución del contratopresentación de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que el empresario cumple determinadas normas de garantía de la calidad, o de obligaciones gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en fase los artículos 80 y 81 del TRLCSP. La Mesa o el órgano de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de contratación podrán recabar del empresario aclaraciones sobre los medios personales certificados y documentos presentados, o materiales necesarios requerirle para la ejecución del contrato, los órganos presentación de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteotros complementarios.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Suministro De Batas Y Equipos Desechables De Cobertura Quirúrgica, Suministro De Gases Medicinales
Solvencia. a) Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, económica y financiera y profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contrataciónespecifican en las cláusulas 9.2.1.1.d) y e) y 9.2.1.2.a) xxx xxxxxx. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente en el anuncio o en el PCP, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y Asimismo se indicará la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán las mismas. Este requisito será sustituido por el de la clasificación, cuando ésta sea exigible conforme a lo dispuesto en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada loteTRLCSP. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contratoCuando no sea exigible clasificación, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Para para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadonecesaria, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda para la ejecución del contrato dispondrá contrato, dispone efectivamente de esa solvencia y esos medios, y debiendo aportarse certificado emitido por el órgano de dirección de la entidad a empresa que preste la citada solvencia, acreditativo de tal circunstancia, en la que recurra no esté incursa en una prohibición se contenga además la aceptación expresa de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican efectos señalados en el artículo 90.1.e) de art. 1257 del Código Civil por la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidadesempresa que preste su solvencia. En caso de que el empresario se base referido certificado sea aceptado por el órgano de contratación, la Administración podrá exigir en vía administrativa el cumplimiento por la empresa prestataria de la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de aquello a lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en comprometió con la empresa contratista.
b) En el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, anexo II podrá exigirse a los empresarios las personas jurídicas que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así prestación. Asimismo se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a indicará si los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondienteclasificación, se comprometan deben comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos A estos efectos, se indicará si estos compromisos, que se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles tienen el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar a los efectos previstos en el artículo 223 f) del TRLCSP o si se establecen penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 212.1 del TRLCSP para el caso de que se incumplan por el adjudicatario.
c) Requisitos de solvencia técnica complementaria. El órgano de contratación podrá exigir, en el anexo I, la resolución del contratopresentación de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que el empresario cumple determinadas normas de garantía de la calidad, o de obligaciones gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en fase los artículos 80 y 81 del TRLCSP. La Mesa o el órgano de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre los medios personales certificados y documentos presentados, o materiales necesarios requerirle para la ejecución del contrato, los órganos presentación de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteotros complementarios.
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Samples: Contrato De Servicios De Transporte, Contrato De Servicios, Contrato De Servicios
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFEe.1) Justificantes de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional del licitador, por los empresarios deberán acreditar estar medios establecidos en posesión los artículos 75 b) y 78 a) y e) del Texto Refundido de las condiciones mínimas la Ley de Contratos del Sector Público. En concreto la solvencia económico-financierafinanciera se acreditará, profesional y/mediante la presentación del justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente en el anuncio o en el PCP, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable superior al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán exigido en el anuncio de licitación y se especificarán o en la invitación a participar en el 2 Si procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. La solvencia técnica se acreditará mediante la presentación de: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un lote sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a otro se aportará falta de este certificado, mediante una declaración responsable del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por cada lote. documento complementario la autoridad competente.
e.2) La acreditación de la solvencia se complementará, además, con los medios materiales o personales que los licitadores especifiquen en sus ofertas, cuya adscripción al Anuncio o contrato tendrá carácter de obligación contractual esencial, por lo que, al amparo de lo previsto en el pliego art. 64.2 del TRLCSP, su incumplimiento podrá ser considerado causa de condiciones particulares resolución del mismo a los efectos señalados en el art. 223.f). En ese sentido, el adjudicatario o la persona que este designe a la ejecución del contrato, debiendo estar vinculados a deberá poder prestar el servicio en cualquiera de las dos lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma Vasca. Este extremo se comprobará, en su objeto y ser proporcionales al mismocaso, con la realización de una prueba por parte de la Directora del Euskaltegi Municipal. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadoEn ese sentido, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios adjudicatario deberá dar cuenta al Ayuntamiento, por escrito, de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos las contrataciones que tenga con ellas, siempre que demuestre que, realice durante toda la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades El cumplimiento de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en estos requisitos deberá acreditarlo quien haya presentado la oferta o en económica más ventajosa, tal y como establece el artículo 151.2, antes de la solicitud de participaciónadjudicación. Las proposiciones deberán especificar, además, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios personales o materiales necesarios para la ejecución del contrato, los órganos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedente.
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Samples: Contract for Services, Contract for Services
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFEser adjudicataria del presente contrato de servicios, los empresarios deberán acreditar no es preceptivo estar en posesión clasificada, sin perjuicio que de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente estarlo en el anuncio o en el PCP, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario grupo T subgrupo 1 y la documentación requerida 2 categoría 1 bastará dicha circunstancia para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadoeconómica y financiera y técnica del licitador. Asimismo, el empresario podrá basarse puede acreditarse la correspondiente solvencia económica, financiera y técnica, por los medios establecidos en la solvencia las cláusulas 4.3.1 y medios 4.3.2 del presente pliego. Los certificados de otras entidades, independientemente clasificación o documentos similares que hayan sido expedidos por Estados miembros de la naturaleza jurídica Unión Europea a favor de sus propias entidades empresariales constituirán una presunción de aptitud en los vínculos que tenga con ellastérminos señalados en el artículo 97 de la LCSP.
4.3.1. Solvencia económica y financiera
a) Medios para acreditar la solvencia
1.- Volumen anual de negocios, siempre que demuestre que, durante toda la ejecución del contrato dispondrá efectivamente o bien volumen anual de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa negocios en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a el ámbito al que se refiere el artículo 69 contrato, referido al mejor ejercicio dentro de la LCSP, podrán recurrir los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a las capacidades 100.000 €.
b) Concreción de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos requisitos
1.- el volumen anual de estudios negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y profesionales que se indican depositadas en el artículo 90.1.eRegistro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
c) Además de la LCSPlos medios señalados en el apartado anterior, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de se exige que el empresario se base en la solvencia y medios período medio de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en pago por el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación empresario/a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturalezaproveedores, siempre que respalden dicha solvencia -para se trate de una sociedad que no pueda presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, no supere 60 días naturales desde la ejecución del contrato. recepción de las mercancías o prestación de los servicios, con las excepciones previstas en la normativa sobre morosidad Cuando un empresario recurra por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la acreditar su solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas financiera por medio de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado.
4.3.2. Solvencia técnica o profesional
a) Medios para acreditar la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En solvencia
1.- Una relación de los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan principales servicios o trabajos realizados de colocación e instalaciónigual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, podrá exigirse a como máximo los empresarios que especifiquentres últimos años, en la oferta que se indique el importe, la fecha y es destinatario, público o en la solicitud privado de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable mismos.
b) Concreción de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes los requisitos
1.- Se acreditará mediante certificados expedidos o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente visados por el propio licitador órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado,mediante un certificado expedido por este o, en el caso a falta de una oferta presentada por una unión de empresarioseste certificado, por mediante un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación declaración del empresario acompañada de los trabajos a los documentos obrantes en poder del mismo que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos acrediten la realización de la prestación; o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios personales o materiales necesarios para la ejecución del contrato, los órganos estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedentepor la autoridad competente.
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Samples: Informe De Adecuación Al Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Servicio De Contratación Y Patrimonio
Solvencia. a) Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, económica y financiera y profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contrataciónespecifican en las cláusulas 9.2.1.1.d) y 9.2.1.2.a) xxx Xxxxxx. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente en el anuncio o en el PCP, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y Asimismo se indicará la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismomismas. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadonecesaria, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda para la ejecución del contrato dispondrá contrato, dispone efectivamente de esa solvencia y esos medios, y debiendo aportarse certificado emitido por el órgano de dirección de la entidad a empresa que preste la que recurra no esté incursa citada solvencia, acreditativo de tal circunstancia, en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a el que se refiere el artículo 69 contenga además la aceptación expresa de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican efectos señalados en el artículo 90.1.e) de 1257 del Código Civil por la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidadesempresa que preste su solvencia. En caso de que el empresario se base referido certificado sea aceptado por el órgano de contratación, el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxx podrá exigir en vía administrativa el cumplimiento por la empresa prestataria de la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de aquello a lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en comprometió con la empresa contratista.
b) En el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, anexo IV podrá exigirse a los empresarios las personas jurídicas que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajosprestación. Asimismo, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a indicará si los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan deben comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos A estos efectos, se indicará si estos compromisos, que se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles tienen el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar a los efectos previstos en el artículo 223 g) del TRLCSP o si se establecen penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 212.1 del TRLCSP para el caso de que se incumplan para el adjudicatario.
c) Requisitos de solvencia técnica complementaria. El órgano de contratación podrá exigir la resolución del contratopresentación de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que el empresario cumple determinadas normas de garantía de la calidad, o de obligaciones gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en fase los artículos 80 y 81 del TRLCSP. La Mesa o el órgano de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre los medios personales certificados y documentos presentados, o materiales necesarios requerirle para la ejecución del contrato, los órganos presentación de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteotros complementarios.
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Samples: Suministro De Vehículos, Suministro De Ambulancia Mediante Arrendamiento Financiero
Solvencia. a) Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios las personas empresarias deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente especifican en el anuncio o en el PCPlos anexos XV y XVI donde, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y asimismo, se indicará la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismomismas. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP69, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. Cuando una empresa desee recurrir a las capacidades de otras entidades, demostrará al órgano de contratación que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades, conforme a lo previsto en la cláusula 10.7. El órgano de contratación podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por la propia persona licitadora o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el anexo I con indicación de los trabajos a los que se refiera. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso .
b) Requisitos de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidariotécnica complementaria. En los contratos sujetos a regulación armonizada, el órgano de servicios y contratación podrá exigir la presentación de obras, así como en los contratos certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que la persona empresaria cumple determinadas normas de suministro que incluyan servicios o trabajos garantía de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquenla calidad, en la oferta o particular en la solicitud materia de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego accesibilidad para personas con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contratodiscapacidad, o de obligaciones gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en fase los artículos 93 y 94 de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición LCSP. La Mesa o el órgano de penalidades. En el caso contratación podrán recabar de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de persona empresaria aclaraciones sobre los medios personales certificados y documentos presentados, o materiales necesarios requerirle para la ejecución del contrato, los órganos presentación de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteotros complementarios.
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Samples: Contratación Mixta De Suministro De Material Y Servicios De Mantenimiento Preventivo Y Correctivo De Pasarelas De Embarque, Contract for Legal Advisory Services
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios las personas o entidades licitadoras deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente especifican en el anuncio o en el PCPCUADRO RESUMEN donde, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y asimismo, se indica la documentación requerida para acreditar las mismas. Para los mismos se indicarán Contratos de Servicios, de conformidad con lo dispuesto en el anuncio artículo 77, 1, b) de licitación y se especificarán la LCSP, no será exigible la clasificación del empresario; no obstante, en el 2 Si CUADRO RESUMEN de este pliego se establecerán el pliego prevé la división en lotes grupo o subgrupo de clasificación y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o categoría exigible, siempre que el objeto del contrato esté incluido en el pliego ámbito de condiciones particulares clasificación de alguno de los grupos o subgrupos de clasificación de servicios, atendiendo para ello al código CPV del contrato, debiendo estar vinculados según el Vocabulario común de contratos públicos aprobado por Reglamento (CE) 219512002, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de noviembre de 2002, para que pueda aportarse alternativamente a los criterios y requisitos mínimos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica o profesional especificados también en el CUADRO RESUMEN, de acuerdo a lo establecido en los artículos 87 y 90 de la Ley. En tales casos, el empresario podrá acreditar su objeto solvencia indistintamente mediante su clasificación en el grupo o subgrupo de clasificación y ser proporcionales categoría de clasificación correspondientes al mismocontrato o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos. Para los contratos de obra de importe superior a los 500.000 €, será exigible la Clasificación Administrativa del contratista, en los grupos, subgrupos y categorías establecidas en el CUADRO RESUMEN. Para los contratos de obra de importe inferior al indicado, la solvencia podrá acreditarse mediante la clasificación administrativa, o de la forma expresamente indicada en el CUADRO RESUMEN. En el supuesto de que para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadose recurriera a las capacidades de otras empresas conforme a lo establecido en el artículo 75 de la LCSP, el empresario podrá basarse en licitador que hubiera presentado la solvencia y medios de otras mejor oferta presentará a tal efecto compromiso por escrito, suscrito por dichas entidades, independientemente de la naturaleza jurídica que acredite que va a disponer de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda recursos necesarios para la ejecución del contrato dispondrá efectivamente durante toda su duración, tal y como se establece en la cláusula 10 de esa solvencia y medios, y este pliego. En el compromiso se hará constar expresamente que la entidad a la que se recurre responderá con carácter solidario de las obligaciones de la adjudicataria, en el caso de que se integrara la solvencia económica y financiera. La entidad a la que se recurra no esté estará incursa en una prohibición de contratar, lo que deberá acreditar mediante la presentación de la documentación acreditativa que se le requiera. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas éstas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de , lo que se indica más adelante en fase realizará mediante su subcontratación. El órgano de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE contratación podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador la propia persona licitadora o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego CUADRO RESUMEN con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios personales o materiales necesarios para la ejecución del contrato, los órganos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedente.
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Samples: Contrato De Obra, Contrato De Obra
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFE, los Los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, económica y financiera y profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente conformidad con lo previsto en el anuncio o en el PCP, o mediante referencia los artículos 86 a un sistema 88 de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismoLCSP 2017. Para acreditar acreditarse la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadonecesaria, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSPtemporales, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, FIRMADO por: XXXX XXXXXX XXXXXXXX (NIF: 00000000X) FIRMADO por: XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX (NIF: 00000000X) Versión imprimible con respecto a los criterios relativos a los títulos información de estudios y profesionales firma generado desde VALIDe (xxxx://xxxxxx.xxxxxxx.xx) Para ello la empresa que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán desee recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van entidades, demostrará que va a ejecutar las obras o prestar servicios para disponer de los cuales son necesarias recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas capacidadesentidades, compromiso que se presentará por el licitador que hubiera presentado la mejor oferta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 150 de la LCSP 2017, previo requerimiento a tal efecto. En caso de cuanto a la subcontratación, deberán ejecutarse directamente por el propio licitador los trabajos que el empresario en él se base señalan y si así se recoge especificar en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participaciónoferta, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajosprestación, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan debiendo comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos Dicho compromiso de dedicación o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción adscripción de los medios personales o materiales necesarios suficientes para la ejecución del contrato, contrato tendrá carácter de obligación esencial a los órganos efectos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteser considerado como causa de resolución del contrato o de imposición de penalidades por incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso.
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Samples: Contract for Works
Solvencia. a) Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financieraeconómica, profesional y/o financiera y técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente especifican en el anuncio o los anexos III-A y III-B,, en el PCPlas que, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y asimismo, se indicará la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismomismas. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadonecesaria, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios personales o materiales necesarios para la ejecución del contrato, los órganos dispone efectivamente de contratación exigirán esos medios, debiendo a tal fin aportar certificado emitido por el compromiso al órgano de dirección de la empresa que preste la citada solvencia, acreditativo de tal circunstancia, en el que se ha hecho referencia contenga además la aceptación expresa de los efectos señalados en el párrafo precedenteartículo 1257 del Código Civil por la empresa que preste su solvencia. Expediente número: SU-12/17 4 pie_firma_corto_dipu_01 Objeto del contrato: Suministro de materiales de construcción para ejecución de obras municipales de la Delegación de Obras (30)6B824EC5BD2B92523C Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xx (Validación de documentos) Propuesto por El Técnico de Gestión XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX el 5/9/2017 Conforme de El Secretario General XXXXX XXXXXXXX XXXXXX el 5/9/2017 Firmado por el Alcalde X. XXXXX XXXXXXXX XXXX el 5/9/2017 En caso de que el referido certificado sea aceptado por el órgano de contratación, la Administración podrá exigir en vía administrativa el cumplimiento por la empresa prestataria de la solvencia de aquello a lo que se comprometió con la empresa contratista.
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Solvencia. a) Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios las personas empresarias deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente especifican en el anuncio o en el PCPlos anexos XV y XVI donde, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y asimismo, se indicará la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán las mismas. Este requisito será sustituido por el de la clasificación, cuando ésta sea exigible conforme a lo dispuesto en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada loteLCSP. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contratoCuando no sea exigible la clasificación, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Para para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario la persona empresaria podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda la ejecución del contrato dispondrá contrato, dispone efectivamente de esa solvencia y medios, y que la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP69, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán Cuando una empresa desee recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van entidades, demostrará al órgano de contratación que va a ejecutar las obras o prestar servicios para disponer de los cuales son necesarias recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas capacidades. En caso de que el empresario se base entidades, conforme a lo previsto en la solvencia y medios cláusula 10.7. El órgano de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE contratación podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador la propia persona licitadora o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego anexo I con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad las uniones temporales, tanto de personas físicas como jurídicas, se considerará cumplido el requisito de solvencia económica, financiera, técnica y profesional cuando este sea determinante cumplido bien por la concreción solvencia acreditada por uno de los medios personales miembros o materiales necesarios para bien por la ejecución del contratosuma de la solvencia acreditada de varios de los miembros de la unión temporal. No obstante, los órganos efectos de contratación exigirán el compromiso al valorar y apreciar la concurrencia del requisito de clasificación, respecto de los empresarios que concurran agrupados se ha hecho referencia atenderá a lo establecido en el párrafo precedenteartículo 69.6 de la LCSP.
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Samples: Contract for the Drafting, Direction, and Execution of Construction Works
Solvencia. a) Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, económica y financiera y técnica o profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente especifican en el anuncio o las cláusulas 13.2.1.1.c), y 13.2.1.2.a), en el PCPlas que, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y asimismo, se indicará la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán las mismas. Este requisito será sustituido por el de la clasificación, cuando ésta sea exigible conforme a lo dispuesto en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé TRLCSP. Cuando no sea exigible la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contratoclasificación, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Para para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda para la ejecución del contrato dispondrá contrato, dispone efectivamente de esa solvencia y esos medios, y debiendo a tal fin aportar certificado emitido por el órgano de dirección de la entidad a empresa que preste la que recurra no esté incursa citada solvencia, acreditativo de tal circunstancia, en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a el que se refiere el artículo 69 contenga además la aceptación expresa de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican efectos señalados en el artículo 90.1.e) de 1257 del Código Civil por la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidadesempresa que preste su solvencia. En caso de que el empresario se base referido certificado sea aceptado por el órgano de contratación, la Administración podrá exigir en vía administrativa el cumplimiento por la empresa prestataria de la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de aquello a lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en comprometió con la empresa contratista.
b) En el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, Anexo II-F podrá exigirse a los empresarios las personas jurídicas que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así prestación. Asimismo se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a indicará si los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondienteclasificación, se comprometan deben comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos , así como si estos compromisos, que se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles tienen el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar a los efectos previstos en el artículo 223 f) del TRLCSP, o si se establecen penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 212.1 del TRLCSP, para el caso de que se incumplan por el adjudicatario.
c) Requisitos de solvencia técnica complementaria. En los contratos sujetos a regulación armonizada, el órgano de contratación podrá exigir la resolución del contratopresentación de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que el empresario cumple determinadas normas de garantía de la calidad, o de obligaciones gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en fase los artículos 80 y 81 del TRLCSP. La Mesa o el órgano de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre los medios personales certificados y documentos presentados, o materiales necesarios requerirle para la ejecución del contrato, los órganos presentación de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteotros complementarios.
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Samples: Suministro De Energía Térmica Y Servicios Para El Mantenimiento Y Gestión Energética
Solvencia. Firmante: XXXXXXX XXXXXX, Xx XXXXXXX
a) Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios licitadores deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financierasolvencia, profesional y/o técnica en su caso clasificación, que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente especifican en el anuncio o en el PCPlos ANEXOS XI y XII donde, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y asimismo, se indicará la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismomismas. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadoeste contrato, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP69, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. Cuando una empresa desee recurrir a las capacidades de otras entidades, demostrará al órgano de contratación que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades, conforme a lo previsto en la cláusula 9. Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) CARM-e4db0088-2ad1-919f-d9a0-0050569b6280 El órgano de contratación podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por la propia persona licitadora o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el ANEXO I con indicación de los trabajos a los que se refiera. 07/02/2019 13:13:38 No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios personales o materiales necesarios para la ejecución del contrato, los órganos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedente.
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Solvencia. Para celebrar contratos con RENFE, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente en el anuncio o en el PCP, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si pliego del contrato de entre los establecidos en los artículos 75 y 76 del TRLCSP. Este requisito será sustituido por el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote clasificación, cuando ésta sea exigible conforme a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o lo dispuesto en el pliego artículo 65.1 del TRLCSP. La Mesa de condiciones particulares del contratocontratación, debiendo estar vinculados seleccionará las empresas conforme a su objeto los aspectos económicos, financieros y ser proporcionales al mismotécnicos señalados en el presente pliego, y deberá haber un pronunciamiento expreso de los admitidos a la licitación, los rechazados y los motivos de haber sido rechazados. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios. Cuando un empresario recurra En el supuesto de exigir clasificación tendrá que completarse el apartado siguiente indicando en el cuadro resumen que sólo a los efectos de acreditar la solvencia de aquellas empresas de la UE a las capacidades de otras entidades que no se les pueda exigir clasificación y que deseen participar en lo que respecta a la licitación. Necesariamente los criterios relativos de solvencia seleccionados deben ser los señalados en artículos 75 y 76 del TRLCSP y su normativa de desarrollo, eligiendo sólo aquellos que se consideren oportunos por su relación y proporcionalidad con el objeto; debiendo rellenarse las X con las magnitudes, parámetros o ratios y los umbrales o rangos de valores que determinarán la admisión o exclusión de los licitadores y que deberán establecerse en proporción a la cuantía del contrato. No cabe la posibilidad de que el órgano de contratación pueda permitir, por razones justificadas que alegue el empresario, que la acreditación de la solvencia se haga por “cualquier otro documento que considere apropiado”. Salvo que en los pliegos del contrato se establezca de modo expreso su exigencia, los licitadores o candidatos estarán exentos de la obligación de acreditar la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contratosolvencia técnica y profesional, incluso con carácter solidario. En para los contratos de servicios y obras cuyo valor estimado no exceda de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios personales o materiales necesarios para la ejecución del contrato, los órganos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedente80.000 euros.
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Solvencia. a) Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios deberán acreditar acreditarán estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-económica y financiera, y solvencia profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente especifican en el anuncio o en el PCPANEXO V del presente Xxxxxx. Asimismo, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y se indicará la documentación requerida para acreditar las mismas. En el ANEXO V del presente pliego podrá exigirse a las personas jurídicas que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los mismos nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación. Igualmente se indicarán indicará si los candidatos o licitadores, además de acreditar su solvencia deben comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Para Servicio de Contratación, Patrimonio Y Servicios Comunes lo cual presentaran el MODELO 4. A estos efectos, se indicará si estos compromisos, que se integrarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. tienen el carácter de obligaciones esenciales.
b) Integración de la solvencia con medios externos: Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadonecesaria, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda para la ejecución del contrato dispondrá contrato, dispone efectivamente de esa solvencia y esos medios, y debiendo aportarse certificado emitido por el órgano de dirección de la entidad a empresa que preste la citada solvencia, acreditativo de tal circunstancia. La aportación del referido certificado tendrá la consideración de solvencia complementaria, no pudiéndose excluir de la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidadesempresario deba aportar como propia. En caso de que el empresario se base referido certificado sea aceptado por la Universidad de Almería, ésta podrá exigir en vía administrativa el cumplimiento por la empresa prestataria de la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de aquello a lo que se indica más adelante en fase comprometió con la empresa contratista. En este sentido, la presentación del certificado deberá contener la aceptación expresa de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, los efectos señalados en el artículo 1257.2 del Código Civil por la empresa que las empresas implicadas manifiesten preste su solvencia
c) Requisitos de solvencia técnica complementaria. La Universidad de Almería podrá exigir la presentación de certificados expedidos por organismos independientes que conocen en todo su alcance las condiciones acrediten que el empresario cumple determinadas normas de garantía de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable calidad (artículo 93 LCSP) o de poner a disposición gestión medioambiental (artículo 94 LCSP). La Mesa de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos Contratación o el documento contractual, atribuirles el carácter Órgano de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar Contratación de la resolución Universidad de Almería podrán recabar del contratoempresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios personales o materiales necesarios requerirle para la ejecución del contrato, los órganos presentación de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteotros complementarios.
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Samples: Acuerdo Marco De Suministros
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFE, los Los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, económica y financiera y profesional y/o técnica de conformidad con lo previsto en los artículos Código Seguro de Verificación: 11777075012467600655. Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). Autenticidad verificable en xxxxx://xxxx.xxxxx.xx/xxxxxxxxxx. 86, 87 y 90 de la LCSP 2017, que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente señalan en el anuncio o en el PCP, o mediante referencia a un sistema apartado 6 del Cuadro de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares Características del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismoContrato. Para acreditar acreditarse la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadonecesaria, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales Para ello la empresa que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán desee recurrir a las capacidades de otras entidades entidades, demostrará que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades, compromiso que se presentará por el licitador que hubiera presentado la mejor oferta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 150 de la LCSP 2017, previo requerimiento a tal efecto. Cuando así se determine en el apartado 27 del Cuadro de Características del Contrato, deberán ejecutarse directamente por el propio licitador los trabajos que en él se señalan y si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario así se base recoge especificar en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participaciónoferta, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajosprestación, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan debiendo comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos Dicho compromiso de dedicación o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción adscripción de los medios personales o materiales necesarios suficientes para la ejecución del contrato, contrato tendrá carácter de obligación esencial a los órganos efectos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteser considerado como causa de resolución del contrato o de imposición de penalidades por incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso.
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Samples: Contrato De Servicio De Dotación De Escenarios, Iluminación Y Sonorización
Solvencia. a) Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o económica y financiera y técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente especifican en el anuncio o las cláusulas 9.2.1.1.d) y 9.2.1.2.a) xxx xxxxxx, en el PCPlas que, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y asimismo, se indicará la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en las mismas. Este requisito puede ser sustituido por el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismoclasificación. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadonecesaria, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda para la ejecución del contrato dispondrá contrato, dispone efectivamente de esa solvencia y esos medios, y debiendo a tal fin aportar certificado emitido por el órgano de dirección de la entidad a empresa que preste la que recurra no esté incursa citada solvencia, acreditativo de tal circunstancia, en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a el que se refiere el artículo 69 contenga además la aceptación expresa de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican efectos señalados en el artículo 90.1.e) de 1257 del Código Civil por la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidadesempresa que preste su solvencia. En caso de que el empresario se base referido certificado sea aceptado por el órgano de contratación, la Administración podrá exigir en vía administrativa el cumplimiento por la empresa prestataria de la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de aquello a lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en comprometió con la empresa contratista.
b) En el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, anexo IV podrá exigirse a los empresarios las personas jurídicas que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajosprestación. Asimismo, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a indicará si los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan deben comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos A estos efectos, se indicará si estos compromisos, que se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles tienen el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar a los efectos previstos en el artículo 223 f) del TRLCSP o si se establecen penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 212.1 del TRLCSP, para el caso de que se incumplan para el adjudicatario.
c) Requisitos de solvencia técnica complementaria. En los contratos sujetos a regulación armonizada el órgano de contratación podrá exigir la resolución del contratopresentación de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que el empresario cumple determinadas normas de garantía de la calidad, o de obligaciones gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en fase los artículos 80 y 81 del TRLCSP. La Mesa o el órgano de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre los medios personales certificados y documentos presentados, o materiales necesarios requerirle para la ejecución del contrato, los órganos presentación de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteotros complementarios.
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Samples: Contrato Servicio De Elaboración Del Plan Estratégico De Turismo De La Costa Tropical
Solvencia. a) Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios las personas empresarias deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente especifican en el anuncio o en el PCPlos anexos XV y XVI donde, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y asimismo, se indicará la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismomismas. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP69, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. Cuando una empresa desee recurrir a las capacidades de otras entidades, demostrará al órgano de contratación que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades, conforme a lo previsto en la cláusula 10.7. El órgano de contratación podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por la propia persona licitadora o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el anexo I con indicación de los trabajos a los que se refiera. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso .
b) Requisitos de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidariotécnica complementaria. En los contratos sujetos a regulación armonizada, el órgano de servicios y contratación podrá exigir la presentación de obras, así como en los contratos certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que la persona empresaria cumple determinadas normas de suministro que incluyan servicios o trabajos garantía de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquenla calidad, en la oferta o particular en la solicitud materia de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego accesibilidad para personas con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contratodiscapacidad, o de obligaciones gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en fase los artículos 93 y 94 de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición LCSP. La Mesa o el órgano de penalidades. En el caso contratación podrá recabar de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de persona empresaria aclaraciones sobre los medios personales certificados y documentos presentados, o materiales necesarios requerirle para la ejecución del contrato, los órganos presentación de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteotros complementarios.
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Samples: Contract for Technical Assistance and Coordination of Safety and Health Services
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFE, los empresarios Las empresas deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financieraeconómica y financiera y profesional o técnica, profesional y/o técnica que se determinen señalan en el apartado 6 del CCC, requisito que será sustituido por el correspondiente órgano de contrataciónla clasificación, cuando ésta sea exigible. Dichas Tales condiciones estarán determinadas específicamente mínimas de solvencia se acreditarán en la forma señalada en el anuncio o y en el PCP, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismocitado apartado 6. Para acreditar acreditarse la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadonecesaria, el empresario la empresa podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios las empresas que concurran agrupados agrupadas en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSPtemporales, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales Para ello la empresa que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán desee recurrir a las capacidades de otras entidades entidades, demostrará que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades, compromiso que se presentará por la licitadora que hubiera presentado la mejor oferta, previo requerimiento a tal efecto. Cuando así se determine en el apartado 27 del CCC, deberán ejecutarse directamente por la propia licitadora los trabajos que en él se señalan y si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario así se base debe especificar en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participaciónoferta, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajosprestación, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan debiendo comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos Dicho compromiso de dedicación o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción adscripción de los medios personales o materiales necesarios suficientes para la ejecución del contrato tendrá carácter de obligación esencial a los efectos de ser considerado como causa de resolución del contrato o de imposición de penalidades por incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso. No obstante, lo anterior, en contratos de obras de valor estimado inferior a 80.000 euros, se eximirá́ a las licitadoras de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional. La clasificación de los empresarios como contratistas de obras será exigible y surtirá efectos para la acreditación de su solvencia para los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros. Para dichos contratos, la clasificación del empresario en el grupo o subgrupo que en función del objeto del contrato corresponda, y que recoge el apartado 7 del CCC con categoría igual o superior a la exigida para el contrato, acreditará sus condiciones de solvencia para contratar. Para los órganos contratos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia obras cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros la clasificación del empresario en el párrafo precedentegrupo o subgrupo antes señalado acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar. El empresario en tal caso, podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación como contratista de obras en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente al contrato o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos en el anuncio de licitación y detallados en el apartado 6 del CCC.
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Samples: Construction Contract
Solvencia. a) Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios las personas licitadoras deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente especifican en el anuncio o en el PCPlos anexos XIV y XV donde, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y asimismo, se indicará la documentación documenta- ción requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismomismas. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario la persona licitadora podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios las personas licitadoras que concurran agrupados agrupadas en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP69, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. Cuando una empresa desee recurrir a las capacidades de otras entidades, demostrará al órgano de contratación que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades, conforme a lo previsto en la cláusula 10.7. El órgano de contratación podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por la propia persona licitadora o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el anexo I con indicación de los trabajos a los que se refiera. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso .
b) Requisitos de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidariotécnica complementaria. En los contratos sujetos a regulación armonizada, el órgano de servicios y contratación podrá exigir la presentación de obras, así como en los contratos certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que la persona licitadora cumple determinadas normas de suministro que incluyan servicios o trabajos garantía de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquenla calidad, en la oferta o particular en la solicitud materia de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego accesibilidad para personas con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contratodiscapacidad, o de obligaciones gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en fase los artículos 93 y 94 de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición LCSP. La Mesa o el órgano de penalidades. En el caso contratación podrá recabar de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de persona licitadora aclaraciones sobre los medios personales certificados y documentos presentados, o materiales necesarios requerirle para la ejecución del contrato, los órganos presentación de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteotros complementarios.
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Samples: Modelo De Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFE, Los contratistas deben tener solvencia suficiente para presentarse a una licitación en los empresarios deberán acreditar estar términos y en posesión las circunstancias expresamente relacionadas en los Pliegos. Con la exigencia de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente en el anuncio o en el PCP, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante está intentando es garantizar a priori, y en fase la medida de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Públicolo posible, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la correcta ejecución del contrato. Cuando Así, la adjudicación de un empresario recurra contrato a una empresa que no tuviera la solvencia requerida –y en general de todos los requisitos vistos hasta ahora-, es causa de nulidad de pleno derecho, La solvencia, por otro lado, es un concepto complejo e incluye varias vertientes: económica, financiera, técnica y profesional. Los órganos de contratación seleccionan los medios, de entre los señalados en la LCSP, que mejor sirvan para acreditar las condiciones de solvencia de los licitadores, en relación con el concreto contrato. Se introduce como novedad y como medida de apoyo a las capacidades PYMES, que uno de otras entidades en lo que respecta los criterios de solvencia sea el cumplimiento con los plazos de pagos a los criterios relativos a la solvencia económica proveedores para que las PYMES subcontratadas por el adjudicatario cobren sus servicios en plazo. Y se deben determinar necesariamente en los pliegos y financieraen el anuncio, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras condiciones mínimas que deben alcanzar los licitadores en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obrascada medio seleccionado, así como el instrumento concreto exigido para la acreditación (declaración responsable, certificados etc.). Más aún, es conveniente (y necesario) que se precise, con la proporcionalidad adecuada, el nivel mínimo de solvencia exigida, la económica o financiera y la técnica. Además, recordar que los medios de solvencia elegidos deben guardar relación con el objeto del contrato y ser proporcional al mismo con el objeto de evitar medidas restrictivas que limiten la concurrencia. El Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, reformó el TRLCSP en relación con la clasificación que se exigía anteriormente en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en obras y servicios. Tras la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadoresreforma, que además de acreditar su solvencia o, en su casoha sido incorporada a la LCSP, la clasificación correspondientese exige en los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros y en los de servicios, el órgano de contratación puede exigir clasificación u otro medio de solvencia acorde al objeto del contrato. Por último comentar que una empresa que pretenda licitar con la Administración y no cumpla con alguno de los requisitos de solvencia requeridos en los Pliegos, puede constituir una UTE con otras empresas para sumar las solvencias de todas ella y alcanzar los niveles mínimos que se comprometan requieran, o bien valerse de otra empresa, conforme a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán lo establecido en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidadesart. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios personales o materiales necesarios para la ejecución del contrato, los órganos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedente75.
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Samples: Contratos Del Sector Público
Solvencia. Con el fin de clarificar la aplicación combinada de los preceptos contenidos en el del Capítulo II del Título II del Libro I de la LCSP con aquellos que la propia ley permite libremente fijar a las entidades del sector público, la regulación que se establece en los apartados siguientes es un compendio de todo ello, estando asimismo en consonancia con lo establecido en la LCSE. Para celebrar contratos con RENFERenfe, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratacióntécnica. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente en el anuncio o en el PCP, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda para la ejecución del contrato dispondrá contrato, dispone efectivamente de esa solvencia y esos medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condicioneseste caso, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios las personas jurídicas que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refieraprestación. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios personales o materiales necesarios para la ejecución del contrato, los órganos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedente.
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Samples: Instrucción Administrativa
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFE, los Los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, económica y financiera y profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente conformidad con lo previsto en el anuncio o en el PCPlos artículos 86, o mediante referencia a un sistema 87 y 90 de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismoLCSP 2017. Para acreditar acreditarse la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadonecesaria, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales Para ello la empresa que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán desee recurrir a las capacidades de otras entidades entidades, demostrará que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades, compromiso que se presentará por el licitador que hubiera presentado la mejor oferta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 150 de la LCSP 2017, previo requerimiento a tal efecto. El propio licitador y en su caso adjudicatario, deberá ejecutar directamente los trabajos que en él se señalan y si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario así se base recoge especificar en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participaciónoferta, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajosprestación, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan debiendo comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos Dicho compromiso de dedicación o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción adscripción de los medios personales o materiales necesarios suficientes para la ejecución del contrato, contrato tendrá carácter de obligación esencial a los órganos efectos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteser considerado como causa de resolución del contrato o de imposición de penalidades por incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso.
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Samples: Contract for the Drafting and Execution of a Museographic Project
Solvencia. a) Para celebrar contratos con RENFEde suministros cuyo valor estimado sea superior a 35.000 € , los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, económica y financiera y profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contrataciónespecifican en las cláusulas 9.2.1.1.d) y 9.2.1.2.a) xxx xxxxxx. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente en el anuncio o en el PCP, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y Asimismo se indicará la documentación requerida para acreditar las mismas. En el anexo I del presente PCAP se indicará si para los mismos se indicarán en el anuncio contratos de licitación suministro, cuyo valor estimado sea inferior a 35.000€ , resulta necesario acreditar solvencia económica , financiera y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lotetécnica. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismoO profesional. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadonecesaria, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidariodispone efectivamente de esos medios, debiendo aportarse certificado emitido por el órgano de dirección de la empresa que preste la citada solvencia, acreditativo de tal circunstancia, en el que se contenga además la aceptación expresa de los efectos señalados en el art. 1257 del Código Civil por la empresa que presta su solvencia. En los contratos el caso de servicios y que el referido certificado sea aceptado por el órgano de obrascontratación, así como la Administración podrá exigir en los contratos vía administrativa el cumplimiento por la empresa prestataria de suministro la solvencia de aquello a lo que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, se comprometió con la empresa contratista.
b) En el anexo IV podrá exigirse a los empresarios las personas jurídicas que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así prestación. Asimismo se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a indicará si los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan deben comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos A estos efectos, se indicará si estos compromisos, que se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles tienen el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP o si se establecen penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 212.1 del TRLCSP para el caso de que se incumplan para el adjudicatario.
c) Requisitos de solvencia técnica complementaria. El órgano de contratación podrá exigir, en el anexo I, la resolución del contratopresentación de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que el empresario cumple determinadas normas de garantía de la calidad, o de obligaciones gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en fase los artículos 80 y 81 del TRLCSP. La Mesa, o el órgano de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de contratación, podrá recabar del empresario aclaraciones sobre los medios personales certificados y documentos presentados, o materiales necesarios requerirle para la ejecución del contrato, los órganos presentación de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteotros complementarios.
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Solvencia. Para celebrar contratos con RENFE, los empresarios Las empresas deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, económica y financiera y profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contrataciónpara cada contrato. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente en el anuncio o en el PCP, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los Tales requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, de contratación o invitación cursada a las empresas debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Para acreditar La clasificación del empresario acreditará su solvencia para la solvencia necesaria celebración de contratos del mismo tipo que aquéllos para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 haya obtenido. Acreditación de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera. La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes, RENFE podrá exigir formas o por aquellos otros análogos que se determinen para cada contrato:
a) Volumen anual de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras negocios, o bien volumen anual de negocios en la ejecución del el ámbito al que se refiera el contrato, incluso con carácter solidariopor importe igual o superior al exigido para el contrato de que se trate.
b) Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido para el contrato.
c) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido para el contrato. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del empresario se efectuará mediante la aportación de los certificados y documentos que para cada caso se determinen Solvencia técnica en los contratos de obras. En los contratos de servicios obras, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por uno o varios de los medios siguientes, o por aquellos otros análogos que se determinen para cada contrato:
a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los diez últimos años, avalada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término.
b) Declaración de los técnicos o las unidades técnicas, estén o no integradas en la empresa, de los que ésta disponga para la ejecución de las obras, especialmente los responsables del control de calidad, acompañada de los documentos acreditativos correspondientes.
c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras.
d) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato.
e) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente.
f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, así como en a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia técnica del empresario se efectuará mediante la aportación de los contratos de suministro certificados y documentos que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalaciónpara cada caso se determine, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia oexpresa, en su caso, de los valores mínimos exigidos para cada uno de ellos. Solvencia técnica en los contratos de suministro. En los contratos de suministro la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse por uno o adscribir a la ejecución del contrato varios de los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contratosiguientes medios, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos por aquellos otros análogos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción se determinen para cada contrato:
a) Relación de los medios personales principales suministros efectuados durante los cinco últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o materiales necesarios privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados o a falta de estos, mediante una declaración del empresario.
b) Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los órganos encargados del control de contratación exigirán el compromiso al calidad.
c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
d) Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la Casa.
e) Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas. Solvencia técnica o profesional en los contratos de servicios. En los contratos de servicios, la solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, por uno o varios de los medios siguientes, o por aquellos otros análogos que se ha hecho referencia determinen para cada contrato:
a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados o a falta de estos, mediante una declaración del empresario.
b) Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el párrafo precedentecontrato, especialmente aquéllos encargados del control de calidad.
c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
d) Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.
e) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato.
f) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente.
g) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
h) Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar.
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Samples: Instrucciones De Contratación
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFE, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente en el anuncio o en el PCP, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división del contrato de entre los establecidos en lotes los artículos 75 y variaran 78 del TRLCSP. La Mesa de contratación, seleccionará las condiciones de un lote empresas conforme a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o los aspectos económicos, financieros y técnicos señalados en el pliego presente pliego, y deberá haber un pronunciamiento expreso de condiciones particulares del contratolos admitidos a la licitación, debiendo estar vinculados a su objeto los rechazados y ser proporcionales al mismolos motivos de haber sido rechazados. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a Necesariamente los criterios relativos de solvencia seleccionados deben ser los señalados en artículos 75 y 78 del TRLCSP y su normativa de desarrollo, eligiendo sólo aquellos que se consideren oportunos por su relación y proporcionalidad con el objeto; deben rellenarse las X con las magnitudes, parámetros o ratios y los umbrales o rangos de valores que determinarán la admisión o exclusión de los licitadores y que deberán establecerse en proporción a la cuantía del contrato. No cabe la posibilidad de que el órgano de contratación pueda permitir, por razones justificadas que alegue el empresario, que la acreditación de la solvencia se haga por “cualquier otro documento que considere apropiado”. Salvo que en los pliegos del contrato se establezca de modo expreso su exigencia, los licitadores o candidatos estarán exentos de la obligación de acreditar la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contratosolvencia técnica y profesional, incluso con carácter solidario. En para los contratos de servicios y cuyo valor estimado no exceda de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios personales o materiales necesarios para la ejecución del contrato, los órganos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedente35.000 euros.
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Solvencia. Para celebrar contratos con RENFE, los empresarios 5.1. Los licitadores deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o eco- nómica y financiera y técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente especifican en el anuncio o presente pliego en el PCP, o mediante referencia a un sistema Apartado L del Anexo I de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismoeste pliego
5.2. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar
5.3. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados el Apartado L del Anexo I de este pliego se especifica si se prevén formas de responsabilidad conjunta en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario contrato para los casos en que una empresa recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario.
5.4. En los contratos el Apartado L del Anexo I de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir este pliego se especifica si se exige que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean han de ser ejecutadas directamente por el propio licitador licita- dor o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto indicándose en el correspondiente pliego con indicación de tal caso los trabajos concretos.
5.5. En el Apartado L del Anexo I de este pliego se especifica si se exige a las personas jurídicas (como posible concreción de las condiciones de solvencia) que detallen en la oferta los que nombres y la cualifi- cación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación.
5.6. En el Apartado L del Anexo I de este pliego se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadoresespecifica si se exige que, que además de acreditar su solvencia osolvencia, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan los licitadores han de comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ellomateriales. Dichos medios deberán detallarse en la oferta y, a tal efecto, en el Anexo II de este pliego se contiene el modelo de declaración de adscripción de medios. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles de adscripción de medios tienen el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar en caso de que se incumplan por el adjudicatario, con los efectos previstos en los artículos 211 y 192.2 de la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidadesLCSP.
5.7. En el caso supuesto de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante sometidos a regulación armonizada se podrá exigir la concreción presentación de certificados conforme a lo dispuesto en los medios personales o materiales necesarios para artículos 93.1 y 94. 1 de la ejecución del contrato, los órganos de contratación exigirán el compromiso al que LCSP. Dicha información se ha hecho referencia concretará en el párrafo precedenteApartado L del Anexo I de este pliego.
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Solvencia. Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, económica y financiera y técnica o profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente especifican en el anuncio o en apartado H) del cuadro de características, indicándose los documentos requeridos para acreditar las mismas. En el PCP, o mediante referencia a un sistema apartado H) del cuadro de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los características se determinarán los requisitos mínimos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica o profesional en términos de grupo o subgrupo de clasificación y de categoría mínima exigible, siempre que deba reunir el objeto del contrato esté incluido en el ámbito de clasificación de alguno de los grupos o subgrupos de clasificación vigentes, atendiendo para ello al código CPV del contrato. En tales casos, el empresario y la documentación requerida para podrá acreditar los mismos se indicarán su solvencia indistintamente mediante su clasificación en el anuncio grupo o subgrupo de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario clasificación correspondiente al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismoo bien acreditando el cumplimiento de los requisitos de solvencia que se especifican el apartado H) del cuadro de características. Para El empresario podrá acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse basándose en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios y la entidad a la que recurra no está incursa en una prohibición de contratar durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, empresas podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican indicados en el artículo 90.1.e90.1 e) de la LCSP, LCSP o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas éstas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los las cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario una empresa recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de la responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con tendrá carácter solidario. En los contratos , de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente conformidad con lo previsto por el propio licitador o, en el caso artículo 75.3 LCSP. El órgano de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán contratación podrá exigir a los candidatos o licitadores, que que, además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondienteclasificación, se comprometan deben comprometerse, mediante declaración responsable (Anexo IV) a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios personales o materiales necesarios para la ejecución del contrato, los órganos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedente.
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Samples: Contrato De Servicios
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFE, los Los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, económica y financiera y profesional y/o técnica de conformidad con lo previsto en los artículos 86 a88 de la LCSP 2017, que se determinen señalan en el apartado 6 del Cuadro de Características del Contrato, requisito será sustituido por el correspondiente órgano de contrataciónla clasificación, cuando ésta sea exigible. Dichas Tales condiciones estarán determinadas específicamente mínimas de solvencia se acreditarán en la forma señalada en el anuncio o y en el PCP, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismocitado apartado. Para acreditar acreditarse la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadonecesaria, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSPtemporales, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión Sola temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales Para ello la empresa que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán desee recurrir a las capacidades de otras entidades entidades, demostrará que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades, compromiso que se presentará por el licitador que hubiera presentado la mejor oferta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 150 de la LCSP 2017, previo requerimiento a tal efecto. Cuando así se determine en el apartado 27 del Cuadro de Características del Contrato, deberán ejecutarse directamente por el propio licitador los trabajos que en él se señalan y si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario así se base recoge especificar en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participaciónoferta, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajosprestación, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan debiendo comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos Dicho compromiso de dedicación o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción adscripción de los medios personales o materiales necesarios suficientes para la ejecución del contrato, contrato tendrá carácter de obligación esencial a los órganos efectos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteser considerado como causa de resolución del contrato o de imposición de penalidades por incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso.
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Samples: Contrato De Obras
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFEConforme a lo establecido en el artículo 38 de “La Ley”, los empresarios deberán acreditar estar en posesión “La Convocante”, para determinar la solvencia de las proposiciones recibidas para su revisión detallada y evaluación, verificará que las proposiciones cumplan con los requisitos solicitados en la Convocatoria de Licitación. Una vez hecha la evaluación de las proposiciones presentadas, el Contrato se adjudicará, en su caso, al Licitante cuya Proposición resulte solvente porque reúne las condiciones mínimas legales, técnicas y económicas requeridas por “La Convocante”, y garantiza satisfactoriamente el cumplimiento de solvencia económico-financieralas obligaciones respectivas. Sólo se podrá adjudicar el contrato al licitante o licitantes cuyas proposiciones cumplieron los requisitos legales, profesional y/su propuesta técnica obtuvo igual o técnica más puntuación o unidades porcentuales a la mínima exigida y la suma de ésta con la de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el objeto de la contratación, conforme se establece en los “Lineamientos”. Sólo se aceptarán propuestas de personas físicas x xxxxxxx que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente en el anuncio individualmente o en el PCPconjunto, o mediante referencia a un sistema acrediten conocimientos y experiencia en tópicos de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente estudios de la naturaleza jurídica especificada en esta Licitación (proyectos de sistemas de transporte masivo tipo teleféricos). “El Licitante” deberá demostrar su experiencia, capacidad técnica y capacidad financiera mediante: Relación de cada uno de los vínculos profesionales y técnicos al servicio de “El Licitante” que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia deberán tener experiencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 serán responsables de la LCSPdirección, podrán recurrir a las capacidades administración y ejecución de entidades ajenas a la unión temporal. No obstantelos trabajos, identificados con respecto a los criterios relativos a cargos que ocuparán, de los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, presentará su currículum con firma autógrafa en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen se incluya, en todo su alcance las condiciones caso, copia simple de la licitación a la que concurre el licitador su cédula profesional, su domicilio, correo electrónico y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obrasteléfono actual (Formato DT-3), así como la relación y documentación de las actividades profesionales en que haya participado (Formato DT-4). No presentar estos documentos como se requiere, será causa de descalificación de la propuesta. De los contratos de suministro que incluyan servicios o profesionales propuestos sólo se evaluará la preparación académica y la experiencia demostrada en trabajos de colocación e instalacióncaracterísticas técnicas, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres complejidad y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos magnitud similares a los que se refieralicitan, así como la permanencia que dicho personal tenga en la empresa. Los PCP podrán exigir Es necesario que el Licitante acredite la experiencia del personal asignado. Cualquier documento público expedido en el extranjero, deberá presentarse legalizado por autoridades consulares mexicanas competentes, conforme a los candidatos o licitadores, que además lo dispuesto en el artículo 546 del código Federal de acreditar su solvencia Procedimientos Civiles o, en su caso, debidamente apostillados de acuerdo con la clasificación correspondienteConvención por la que se suprime el requisito de legislación de documentos extranjeros, se comprometan a dedicar o adscribir a adoptada por la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter Conferencia Internacional de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidadesHaya. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios personales o materiales necesarios para la ejecución del contrato, los órganos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia trate de documentos privados expedidos en el párrafo precedenteextranjero, estos podrán presentarse en copia simple.
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Samples: Licitación Pública Nacional
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o económica y financiera y técnica que se determinen especifican en el apartado S) del cuadro de características, indicándose los documentos requeridos para acreditar las mismas. Este requisito será sustituido por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente la clasificación, cuando ésta sea exigible conforme a lo dispuesto en el anuncio o en el PCPTRLCSP. Cuando no sea exigible la clasificación, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Para podrá acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse basándose en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda para la ejecución del contrato dispondrá contrato, dispone efectivamente de esa solvencia y esos medios, y debiendo a tal fin aportar certificado emitido por el órgano de dirección de la entidad a empresa que preste la que recurra no esté incursa citada solvencia, acreditativo de tal circunstancia, en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a el que se refiere el artículo 69 contenga además la aceptación expresa de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican efectos señalados en el artículo 90.1.e) de 1257 del Código Civil por la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidadesempresa que preste su solvencia. En caso de que el empresario se base referido certificado sea aceptado por el órgano de contratación, la Administración podrá exigir en vía administrativa el cumplimiento por la empresa prestataria de la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de aquello a lo que se indica más adelante en fase comprometió con la empresa contratista. Los licitadores, además de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Públicoacreditar su solvencia o, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación caso, clasificación, deben comprometerse, mediante declaración responsable (Anexo VI) a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner dedicar o adscribir a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos, que se integrarán en el contrato, tienen el carácter de obligaciones esenciales a los efectos previstos en el artículo 223 f) del TRLCSP. Cuando un empresario recurra Junto con la declaración responsable de adscripción de medios (Anexo VI) se podrá exigir a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios personas jurídicas que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE prestación. En los contratos sujetos a regulación armonizada, el órgano de contratación podrá exigir la presentación de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que el empresario cumple determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso normas de una oferta presentada por una unión garantía de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contratocalidad, o de obligaciones gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios personales o materiales necesarios para la ejecución artículos 80 y 81 del contrato, los órganos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteTRLCSP.
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Samples: Modelo De Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFE, los Los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, económica y financiera y profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente conformidad con lo previsto en el anuncio o en el PCP, o mediante referencia los artículos 86 a un sistema 88 de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismoLCSP 2017. Para acreditar acreditarse la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadonecesaria, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. FIRMADO por: XXXX XXXXXX XXXXXXXX (NIF: 00000000X) FIRMADO por: XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX (NIF: 00000000X) Versión imprimible con información de firma generado desde VALIDe (xxxx://xxxxxx.xxxxxxx.xx) En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSPtemporales, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales Para ello la empresa que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán desee recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van entidades, demostrará que va a ejecutar las obras o prestar servicios para disponer de los cuales son necesarias recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas capacidadesentidades, compromiso que se presentará por el licitador que hubiera presentado la mejor oferta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 150 de la LCSP 2017, previo requerimiento a tal efecto. En caso de cuanto a la subcontratación, deberán ejecutarse directamente por el propio licitador los trabajos que el empresario en él se base señalan y si así se recoge especificar en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participaciónoferta, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajosprestación, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan debiendo comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos Dicho compromiso de dedicación o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción adscripción de los medios personales o materiales necesarios suficientes para la ejecución del contrato, contrato tendrá carácter de obligación esencial a los órganos efectos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteser considerado como causa de resolución del contrato o de imposición de penalidades por incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso.
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Solvencia. Para celebrar contratos con RENFE, los Los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, económica y financiera y profesional y/o técnica de conformidad con lo previsto en los artículos 86 a 88 de la LCSP 2017, que se determinen señalan en el ANEXO I, requisito será sustituido por el correspondiente órgano de contrataciónla clasificación, cuando ésta sea exigible. Dichas Tales condiciones estarán determinadas específicamente mínimas de solvencia se acreditarán en la forma señalada en el anuncio o y en el PCP, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismocitado ANEXO. Para acreditar acreditarse la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadonecesaria, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSPtemporales, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales Para ello la empresa que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán desee recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van entidades, demostrará que va a ejecutar las disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades, compromiso que se presentará por el licitador que hubiera presentado la mejor oferta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 150 de la LCSP 2017, previo requerimiento a tal efecto. La clasificación de los empresarios como contratistas de obras o prestar servicios será exigible y surtirá efectos para la acreditación de su solvencia para los cuales son necesarias dichas capacidadescontratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros. En caso de que el Para dichos contratos, la clasificación del empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el grupo o subgrupo que las empresas implicadas manifiesten en función del objeto del contrato corresponda, y que conocen en todo su alcance las recoge el ANEXO I con categoría igual o superior a la exigida para el contrato, acreditará sus condiciones de solvencia para contratar. Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros la licitación a la que concurre clasificación del empresario en el licitador y manifiesten grupo o subgrupo antes señalado acreditará su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE financiera y solvencia técnica para contratar. El empresario en tal caso podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en indistintamente mediante su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán como contratista de obras en el contrato, pudiendo los pliegos grupo o subgrupo de clasificación correspondiente al contrato o bien acreditando el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción cumplimiento de los medios personales o materiales necesarios para la ejecución del contrato, los órganos requisitos específicos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia solvencia exigidos en el párrafo precedente.anuncio de licitación y detallados en el Anexo I.
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Solvencia. Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o económica y financiera y técnica que se determinen especifican en el apartado Ñ) del cuadro de características, indicándose los documentos requeridos para acreditar las mismas. Este requisito será sustituido por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente la clasificación, cuando ésta sea exigible conforme a lo dispuesto en el anuncio o en el PCPTRLCSP. Cuando no sea exigible la clasificación, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Para podrá acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse basándose en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda para la ejecución del contrato dispondrá contrato, dispone efectivamente de esa solvencia y esos medios, y debiendo a tal fin aportar certificado emitido por el órgano de dirección de la entidad a empresa que preste la que recurra no esté incursa citada solvencia, acreditativo de tal circunstancia, en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a el que se refiere el artículo 69 contenga además la aceptación expresa de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican efectos señalados en el artículo 90.1.e) de 1257 del Código Civil por la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidadesempresa que preste su solvencia. En caso de que el empresario se base referido certificado sea aceptado por el órgano de contratación, la Administración podrá exigir en vía administrativa el cumplimiento por la empresa prestataria de la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de aquello a lo que se indica más adelante en fase comprometió con la empresa contratista. Los licitadores, además de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Públicoacreditar su solvencia o, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación caso, clasificación, deben comprometerse, mediante declaración responsable (Anexo VI) a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner dedicar o adscribir a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos, que se integrarán en el contrato, tienen el carácter de obligaciones esenciales a los efectos previstos en el artículo 223 f) TRLCSP. Cuando un empresario recurra Junto con la declaración responsable de adscripción de medios (Anexo VI) se podrá exigir a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios personas jurídicas que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE prestación. En los contratos sujetos a regulación armonizada, el órgano de contratación podrá exigir la presentación de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que el empresario cumple determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso normas de una oferta presentada por una unión garantía de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contratocalidad, o de obligaciones gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios personales o materiales necesarios para la ejecución del contrato, los órganos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteartículos 80 y 81 TRLCSP.
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Samples: Modelo De Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFE, los empresarios Los/las empresarios/as deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, económica y financiera y profesional y/o técnica de conformidad con lo previsto en los artículos 86, 87 y 89 de la LCSP 2017, que se determinen por señalan en el correspondiente órgano apartado 6 del Cuadro de contrataciónCaracterísticas del Contrato. Dichas Tales condiciones estarán determinadas específicamente mínimas de solvencia se acreditarán en la forma señalada en el anuncio o y en el PCP, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismocitado apartado. Para acreditar acreditarse la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadonecesaria, el empresario el/la empresario/a podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios los/las empresarios/as que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales Para ello la empresa que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán desee recurrir a las capacidades de otras entidades entidades, demostrará que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades, compromiso que se presentará por el/la licitador/a que hubiera presentado la mejor oferta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 150 de la LCSP 2017, previo requerimiento a tal efecto. Cuando así se determine en el apartado 27 del Cuadro de Características del Contrato, deberán ejecutarse directamente por el/la propio/a licitador/a los trabajos que en él se señalan y si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario así se base recoge especificar en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participaciónoferta, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajosprestación, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan debiendo comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos Dicho compromiso de dedicación o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción adscripción de los medios personales o materiales necesarios suficientes para la ejecución del contrato, contrato tendrá carácter de obligación esencial a los órganos efectos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteser considerado como causa de resolución del contrato o de imposición de penalidades por incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso.
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Samples: Suministros Contract
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFE, los empresarios Los/Las empresarios/as deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, económica y financiera y profesional y/o técnica de conformidad con lo previsto en los artículos 86 a 88 de la LCSP 2017, que se determinen señalan en el apartado 6 del Cuadro de Características del Contrato, requisito será sustituido por el correspondiente órgano de contrataciónla clasificación, cuando ésta sea exigible. Dichas Tales condiciones estarán determinadas específicamente mínimas de solvencia se acreditarán en la forma señalada en el anuncio o y en el PCP, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismocitado apartado. Para acreditar acreditarse la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadonecesaria, el empresario el/la empresario/a podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios los/las empresarios/as que concurran agrupados agrupados/as en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales Para ello la empresa que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán desee recurrir a las capacidades de otras entidades entidades, demostrará que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades, compromiso que se presentará por el licitador que hubiera presentado la mejor oferta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 150 de la LCSP 2017, previo requerimiento a tal efecto. Cuando así se determine en el apartado 27 del Cuadro de Características del Contrato, deberán ejecutarse directamente por el/la propio/a licitador/a los trabajos que en él se señalan y si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario así se base recoge especificar en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participaciónoferta, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajosprestación, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan debiendo comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos Dicho compromiso de dedicación o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción adscripción de los medios personales o materiales necesarios suficientes para la ejecución del contrato, contrato tendrá carácter de obligación esencial a los órganos efectos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteser considerado como causa de resolución del contrato o de imposición de penalidades por incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso.
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Samples: Contrato De Obras
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFE, los Los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, económica y financiera y profesional y/o técnica de conformidad con lo previsto en los artículos 86, 87 y 90 de la LCSP 2017, que se determinen por señalan en el correspondiente órgano apartado G) del Cuadro de contrataciónCaracterísticas del Contrato. Dichas Tales condiciones estarán determinadas específicamente mínimas de solvencia se acreditarán en la forma señalada en el anuncio o y en el PCP, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestióncitado apartado. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones Al tratarse de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego contrato de condiciones particulares servicios no será exigible la clasificación del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismoempresario. Para acreditar acreditarse la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadonecesaria, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales Para ello la empresa que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán desee recurrir a las capacidades de otras entidades entidades, demostrará que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades, compromiso que se presentará por el licitador que hubiera presentado la mejor oferta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 150 de la LCSP 2017, previo requerimiento a tal efecto. Cuando así se determine en el apartado H) del Cuadro de Características del Contrato, deberán ejecutarse directamente por el propio licitador los trabajos que en él se señalan y si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario así se base especificará en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participaciónoferta, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajosprestación, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan debiendo comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contratoX/Xxxxxxxxx x/x, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades00000 Xxxxxxx. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios personales o materiales necesarios para la ejecución del contrato, los órganos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedente.Tel . 000 000000 - 000000000. Fax: 000 000000 xxx.xxxxx.xx – xxxxxxxx@xxxxx.xx
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Samples: Contrato Administrativo De Servicio
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFEser adjudicataria del presente contrato de suministro, no es preceptivo estar clasificada, pudiendo acreditarse la correspondiente solvencia económica, financiera y técnica, por los medios establecidos en las cláusulas 4.3.1 y 4.3.2 del presente pliego. Los certificados de clasificación o documentos similares que hayan sido expedidos por Estados miembros de la Unión Europea a favor de sus propias entidades empresariales constituirán una presunción de aptitud en los términos señalados en el artículo 97 de la LCSP.
4.3.1. Solvencia económica y financiera
a) Medios para acreditar la solvencia: Volumen anual de negocios del licitador, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, que deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato.
b) Concreción de los requisitos: El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios deberán acreditar estar individuales no inscritos en posesión el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
c) Además de los medios señalados en el apartado anterior, se exige que el período medio de pago por el empresario/a proveedores, siempre que se trate de una sociedad que no pueda presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, no supere en más de 30 días naturales el plazo máximo fijado por la legislación de morosidad en operaciones comerciales, a computar desde la recepción de las mercancías o prestación de los suministros, con las excepciones previstas en la normativa sobre morosidad. Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o técnica que se determinen presentar las referencias solicitadas por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente en el anuncio o en el PCP, o mediante referencia se le autorizará a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas financiera por medio de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidariocualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado.
4.3.2. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios Solvencia técnica o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios personales o materiales necesarios para la ejecución del contrato, los órganos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedente.profesional
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Samples: Contract for Supply of Software
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFE, los empresarios 5.1. Los licitadores deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o econó- mica y financiera y técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente especifican en el anuncio o presente pliego en el PCP, o mediante referencia a un sistema Apartado L del Anexo I de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismoeste pliego
5.2. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, que durante toda la duración de la ejecución
5.3. En el Apartado L del Anexo I de este pliego se especifica si se prevén formas de responsabilidad conjunta en la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de casos en que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario una empresa recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario.
5.4. En los contratos el Apartado L del Anexo I de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir este pliego se especifica si se exige que determinadas partes o trabajostra- bajos, en atención a su especial naturaleza, sean han de ser ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto indicándose en el correspondiente pliego con indicación de tal caso los trabajos concretos.
5.5. En el Apartado L del Anexo I de este pliego se especifica si se exige a las personas jurídicas (como posible concreción de las condiciones de solvencia) que detallen en la oferta los que nombres y la cualifica- ción profesional del personal responsable de ejecutar la prestación.
5.6. En el Apartado L del Anexo I de este pliego se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadoresespecifica si se exige que, que además de acreditar su solvencia osolvencia, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan los licitadores han de comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ellomateriales. Dichos medios deberán detallarse en la oferta y, a tal efecto, en el Anexo II de este pliego se contiene el modelo de declaración de adscripción de medios. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles de adscripción de medios tienen el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar en caso de que se incumplan por el adjudicatario, con los efectos previstos en los artículos 211 y 192.2 de la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidadesLCSP.
5.7. En el caso supuesto de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante sometidos a regulación armonizada se podrá exigir la concreción presentación de certificados conforme a lo dispuesto en los medios personales o materiales necesarios para artículos 93.1 y 94. 1 de la ejecución del contrato, los órganos de contratación exigirán el compromiso al que LCSP. Dicha información se ha hecho referencia concretará en el párrafo precedenteApartado L del Anexo I de este pliego.
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Solvencia. Servicio de Contratación y Patrimonio
a) Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios las empresas deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o económica y financiera y técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente especifican en el anuncio o en el PCP, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestiónAnexo VI xxx xxxxxx. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y Así mismo se indicará la documentación requerida para acreditar las mismas. Cuando el Anexo VI no concrete los mismos se indicarán criterios y requisitos mínimos para la acreditación de la solvencia económica y financiera, técnica y profesional, los licitadores o candidatos que no dispongan de la clasificación que en su caso corresponda al contrato acreditarán la citada solvencia por los criterios, requisitos mínimos y medios de acreditación señalados en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares artículo 11.4 del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismoRGLCAP. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadonecesaria, el empresario la empresa podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda para la ejecución del contrato dispondrá contrato, dispone efectivamente de esa solvencia y esos medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición debiendo aportar certificado emitido por el órgano de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 dirección de la LCSPempresa que preste la citada solvencia, podrán recurrir a las capacidades acreditativo de entidades ajenas a tal circunstancia, que además contenga la unión temporal. No obstante, con respecto a aceptación expresa de los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican efectos señalados en el artículo 90.1.e) de art. 1257 del Código Civil por la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidadesempresa que preste su solvencia. En caso de que el empresario se base referido certificado sea aceptado por el órgano de contratación, la Administración podrá exigir en vía administrativa el cumplimiento por la empresa prestataria de la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de aquello a lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en comprometió con la empresa contratista.
b) En el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, Anexo VI-B podrá exigirse a los empresarios las personas jurídicas que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajosprestación. Asimismo, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a indicará si los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan deben comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos A estos efectos, se indicará si estos compromisos, que se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles tienen el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar a los efectos previstos en el artículo 223 f) del TRLCSP o si se establecen penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 212.1 del TRLCSP para el caso de que se incumplan para el adjudicatario.
c) Requisitos de solvencia técnica complementaria. En los contratos sujetos a una regulación armonizada El órgano de contratación podrá exigir la resolución del contratopresentación de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que el empresario cumple determinadas normas de garantía de la calidad, o de obligaciones gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en fase los artículos 80 y 81 del TRLCSP. La Mesa o el órgano de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado contratación podrá recabar de la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de empresa aclaraciones sobre los medios personales certificados y documentos presentados, o materiales necesarios requerirle para la ejecución del contrato, los órganos presentación de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteotros complementarios.
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Solvencia. a) Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o económica y financiera y técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente especifican en el anuncio o las cláusulas 9.2.1.1.d) y 9.2.1.2.a) xxx xxxxxx, en el PCPlas que, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y asimismo, se indicará la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismomismas. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadonecesaria, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda para la ejecución del contrato dispondrá contrato, dispone efectivamente de esa solvencia y esos medios, y debiendo a tal fin aportar certificado emitido por el órgano de dirección de la entidad a empresa que preste la que recurra no esté incursa citada solvencia, acreditativo de tal circunstancia, en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a el que se refiere el artículo 69 contenga además la aceptación expresa de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican efectos señalados en el artículo 90.1.e) de 1257 del Código Civil por la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidadesempresa que preste su solvencia. En caso de que el empresario se base referido certificado sea aceptado por el órgano de contratación, la Administración podrá exigir en vía administrativa el cumplimiento por la empresa prestataria de la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de aquello a lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en comprometió con la empresa contratista.
b) En el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, anexo IV podrá exigirse a los empresarios las personas jurídicas que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajosprestación. Asimismo, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a indicará si los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan deben comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos A estos efectos, se indicará si estos compromisos, que se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles tienen el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar a los efectos previstos en el artículo 223 f) del TRLCSP o si se establecen penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 212.1 del TRLCSP, para el caso de que se incumplan para el adjudicatario.
c) Requisitos de solvencia técnica complementaria. En los contratos sujetos a regulación armonizada el órgano de contratación podrá exigir la resolución del contratopresentación de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que el empresario cumple determinadas normas de garantía de la calidad, o de obligaciones gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en fase los artículos 80 y 81 del TRLCSP. La Mesa o el órgano de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre los medios personales certificados y documentos presentados, o materiales necesarios requerirle para la ejecución del contrato, los órganos presentación de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteotros complementarios.
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Solvencia. Para celebrar contratos Cuando el punto 29.1 de la Carátula de este pliego exija clasificación deberá acreditarse, mediante certificación expedida por el Registro competente, la clasificación suficiente y no caducada que habilite para contratar servicios del Grupo, Subgrupo y Categoría indicadas en dicho punto. Dicha certificación deberá ir acompañada de una declaración responsable de la empresa en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación (véase el apartado 5.2 del anexo VI). Esta manifestación deberá reiterarse, en caso de resultar adjudicataria, en el documento en que se formalice el contrato (artículo 130.3 LCSP). Si el punto 15 de la Carátula permite la subcontratación y una parte de la prestación objeto del contrato tiene que ser realizada por empresas especializadas que cuenten con RENFEuna determinada habilitación o autorización profesional, los empresarios deberán acreditar la clasificación en el grupo correspondiente a esa especialización, en caso de ser exigida, podrá suplirse por el compromiso de la empresa de subcontratar la ejecución de esta porción con otras empresas que dispongan de la habilitación y, en su caso, clasificación necesarias, siempre que el importe de la parte que debe ser ejecutada por éstas no exceda, en computo global del 50 por ciento del precio del contrato (artículo 54.1 LCSP). Este compromiso de subcontratación se ajustará a las condiciones previstas en las letras a), b) y c) de la cláusula 13.2.6 anterior. Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo justificar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente la clasificación exigida en el anuncio o plazo previsto para la subsanación de defectos u omisiones en el PCP, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos (artículo 130.1.b) LCSP). Cuando la Carátula de este pliego no exija clasificación, se indicarán en presentará la documentación que acredite el anuncio cumplimiento de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro solvencia económica y financiera y de solvencia técnica, conforme se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o especifica en el pliego punto 29.2 de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismola Carátula. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadosolvencia, el empresario la empresa podrá basarse en la solvencia y los medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda que para la ejecución del contrato dispondrá dispone efectivamente de esa solvencia esos medios. La empresa que disponga de clasificación vigente para la celebración de contratos del mismo grupo y medios, y subgrupo que el que constituye el objeto del contrato puede sustituir la entidad a la que recurra no esté incursa presentación de los medios de acreditación fijados en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 referido punto de la LCSP, podrán recurrir a Carátula por la acreditación de la clasificación obtenida. Compromiso de adscripción de medios y de cumplimiento de las capacidades condiciones especiales de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos ejecución: La empresa debe presentar firmado el compromiso de estudios adscripción de medios personales y profesionales materiales que se indican figura en el artículo 90.1.e) anexo V de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidadeseste pliego. Nombres y cualificación profesional: En el caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, exija en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones punto 29.6 de la licitación a Carátula, la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, empresa debe aportar los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir prestación. Si resultara adjudicataria, deberá acreditar la efectiva disposición de tales medios. Relación de empresas pertenecientes al mismo grupo (apartado 5.3 del anexo VI). A los efectos de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 129.4 de la LCSP y en el artículo 86.1 RGLCAP, deberá presentarse relación de las empresas pertenecientes al mismo grupo, entendiéndose por tales las que determinadas partes o trabajos, se encuentren en atención alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio En caso de no pertenecer a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, ningún grupo deberá aportar declaración en tal sentido. Subcontratistas: En el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya exija en la Carátula (punto 15.3), las empresas deberán indicar la parte del contrato que tengan previsto en subcontratar, señalando su importe, y el correspondiente pliego con indicación nombre o perfil empresarial definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los trabajos subcontratistas a los que se refiera. Los PCP podrán exigir vaya a los candidatos o licitadores, que además de acreditar encomendar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios personales o materiales necesarios para la ejecución del contrato, los órganos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenterealización.
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Samples: Contrato De Servicios
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o económica y financiera y técnica que se determinen especifican en el apartado S) del cuadro de características, indicándose los documentos requeridos para acreditar las mismas. Este requisito será sustituido por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente la clasificación, cuando ésta sea exigible conforme a lo dispuesto en el anuncio o en el PCPTRLCSP. Cuando no sea exigible la clasificación, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Para podrá acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse basándose en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda para la ejecución del contrato dispondrá contrato, dispone efectivamente de esa solvencia y esos medios, y debiendo a tal fin aportar certificado emitido por el órgano de dirección de la entidad a empresa que preste la que recurra no esté incursa citada solvencia, acreditativo de tal circunstancia, en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a el que se refiere el artículo 69 Contrato OBRAS-ABIERTO Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares contenga además la LCSP, podrán recurrir a las capacidades aceptación expresa de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican efectos señalados en el artículo 90.1.e) de 1257 del Código Civil por la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidadesempresa que preste su solvencia. En caso de que el empresario se base referido certificado sea aceptado por el órgano de contratación, la Administración podrá exigir en vía administrativa el cumplimiento por la empresa prestataria de la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de aquello a lo que se indica más adelante en fase comprometió con la empresa contratista. Los licitadores, además de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Públicoacreditar su solvencia o, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación caso, clasificación, deben comprometerse, mediante declaración responsable (Anexo VI) a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner dedicar o adscribir a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos, que se integrarán en el contrato, tienen el carácter de obligaciones esenciales a los efectos previstos en el artículo 223 f) del TRLCSP. Cuando un empresario recurra Junto con la declaración responsable de adscripción de medios (Anexo VI) se podrá exigir a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios personas jurídicas que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE prestación. En los contratos sujetos a regulación armonizada, el órgano de contratación podrá exigir la presentación de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que el empresario cumple determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso normas de una oferta presentada por una unión garantía de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contratocalidad, o de obligaciones gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios personales o materiales necesarios para la ejecución artículos 80 y 81 del contrato, los órganos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteTRLCSP.
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Samples: Contracting Agreement
Solvencia. Para celebrar contratos Cuando el punto 29.1 de la Carátula de este pliego exija clasificación deberá acreditarse, mediante certificación expedida por el Registro competente, la clasificación suficiente y no caducada que habilite para contratar servicios del Grupo, Subgrupo y Categoría indicadas en dicho punto. Dicha certificación deberá ir acompañada de una declaración responsable de la empresa en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación (véase el apartado 5 del anexo VI). Esta manifestación deberá reiterarse, en caso de resultar adjudicataria, en el documento en que se formalice el contrato (artículo 130.3 LCSP). Si el punto 15 de la Carátula permite la subcontratación y una parte de la prestación objeto del contrato tiene que ser realizada por empresas especializadas que cuenten con RENFEuna determinada habilitación o autorización profesional, los empresarios deberán acreditar la clasificación en el grupo correspondiente a esa especialización, en caso de ser exigida, podrá suplirse por el compromiso de la empresa de subcontratar la ejecución de esta porción con otras empresas que dispongan de la habilitación y, en su caso, clasificación necesarias, siempre que el importe de la parte que debe ser ejecutada por éstas no exceda, en computo global del 50 por ciento del precio del contrato (artículo 54.1 LCSP). Este compromiso de subcontratación se ajustará a las condiciones previstas en las letras a), b) y c) de la cláusula 13.2.6 anterior. Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo justificar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente la clasificación exigida en el anuncio o plazo previsto para la subsanación de defectos u omisiones en el PCP, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos (artículo 130.1.b) LCSP). Cuando la Carátula de este pliego no exija clasificación, se indicarán en presentará la documentación que acredite el anuncio cumplimiento de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro solvencia económica y financiera y de solvencia técnica, conforme se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o especifica en el pliego punto 29.2 de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismola Carátula. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadosolvencia, el empresario la empresa podrá basarse en la solvencia y los medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda que para la ejecución del contrato dispondrá dispone efectivamente de esa solvencia esos medios. La empresa que disponga de clasificación vigente para la celebración de contratos del mismo grupo y medios, y subgrupo que el que constituye el objeto del contrato puede sustituir la entidad a la que recurra no esté incursa presentación de los medios de acreditación fijados en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 referido punto de la LCSP, podrán recurrir a Carátula por la acreditación de la clasificación obtenida. Compromiso de adscripción de medios y de cumplimiento de las capacidades condiciones especiales de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos ejecución: La empresa debe presentar firmado el compromiso de estudios adscripción de medios personales y profesionales materiales que se indican figura en el artículo 90.1.e) anexo V de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidadeseste pliego. Nombres y cualificación profesional: En el caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, exija en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones punto 29.6 de la licitación a Carátula, la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, empresa debe aportar los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir prestación. Si resultara adjudicataria, deberá acreditar la efectiva disposición de tales medios. Relación de empresas pertenecientes al mismo grupo (apartado 6.2 del anexo VI). A los efectos de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 129.4 de la LCSP y en el artículo 86.1 RGLCAP, deberá presentarse relación de las empresas pertenecientes al mismo grupo, entendiéndose por tales las que determinadas partes o trabajos, se encuentren en atención alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio En caso de no pertenecer a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, ningún grupo deberá aportar declaración en tal sentido. Subcontratistas: En el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya exija en la Carátula (punto 15.3), las empresas deberán indicar la parte del contrato que tengan previsto en subcontratar, señalando su importe, y el correspondiente pliego con indicación nombre o perfil empresarial definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los trabajos subcontratistas a los que se refiera. Los PCP podrán exigir vaya a los candidatos o licitadores, que además de acreditar encomendar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios personales o materiales necesarios para la ejecución del contrato, los órganos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenterealización.
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Samples: Contrato De Servicios
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFE, los empresarios 5.1. Los licitadores deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o económica y financiera y técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente especifican en el anuncio o presente plie- go en el PCP, o mediante referencia a un sistema Apartado L del Anexo I de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismoeste pliego
5.2. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente independien- temente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente efec- tivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar
5.3. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados el Apartado L del Anexo I de este pliego se especifica si se prevén formas de responsabilidad conjunta en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario contrato para los casos en que una empresa recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios crite- xxxx relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario.
5.4. En los contratos el Apartado L del Anexo I de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro este pliego se especifica si se exige que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas de- terminadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas han de ser ejecu- tadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto indicándose en el correspondiente pliego con indicación de tal caso los trabajos concretos.
5.5. En el Apartado L del Anexo I de este pliego se especifica si se exige a las per- sonas jurídicas (como posible concreción de las condiciones de solvencia) que deta- llen en la oferta los que nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación.
5.6. En el Apartado L del Anexo I de este pliego se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadoresespecifica si se exige que, que además de acreditar su solvencia osolvencia, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan los licitadores han de comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ellomateriales. Dichos medios deberán detallarse en la oferta y, a tal efecto, en el Anexo II de este pliego se contiene el modelo de declaración de adscripción de medios. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles de adscripción de medios tienen el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar en caso de que se incumplan por el adjudicatario, con los efectos previstos en los artículos 211 y 192.2 de la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidadesLCSP.
5.7. En el caso supuesto de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante sometidos a regulación armonizada se podrá exigir la concreción presentación de certificados conforme a lo dispuesto en los medios personales o materiales necesarios para artículos 93.1 y 94. 1 de la ejecución del contrato, los órganos de contratación exigirán el compromiso al que LCSP. Dicha información se ha hecho referencia concretará en el párrafo precedenteApartado L del Anexo I de este pliego.
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Solvencia. Plaza Nueva, 1 • 14900 LUCENA • (Córdoba)
a) Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, económica y financiera y técnica o profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente especifican en el anuncio o los anexos III-A y III-B, en el PCPlos que, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y asimismo, se indicará la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán las mismas. Este requisito será sustituido por el de la clasificación, cuando ésta sea exigible conforme a lo dispuesto en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada loteTRLCSP. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contratoCuando no sea exigible la clasificación, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Para para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso dispone efectivamente de esos medios, en cuyo caso deberá aportar certificado acreditativo de tal circunstancia emitido por el órgano de dirección de la entidad que preste la citada solvencia, en el que éste acepte expresamente que la Administración pueda exigirle directamente en vía administrativa el cumplimiento de aquello a lo que se hubiere comprometido con carácter solidario. la empresa contratista.
b) En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, el anexo III-B podrá exigirse a los empresarios las personas jurídicas que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así prestación. Asimismo se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a indicará si los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondienteclasificación, se comprometan deben comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos , así como si estos compromisos, que se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles tienen el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar a los efectos previstos en el artículo 223 f) del TRLCSP, o si se establecen penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 212.1 del TRLCSP, para el caso de que se incumplan por el adjudicatario.
c) Requisitos de solvencia técnica complementaria. En los contratos sujetos a regulación armonizada, el órgano de contratación podrá exigir la resolución del contratopresentación de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que el empresario cumple determinadas normas de garantía de la calidad, o de obligaciones gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en fase los artículos 80 y 81 del TRLCSP. La Mesa o el órgano de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados, o requerirle para la imposición presentación de penalidadesotros complementarios. En el caso perfil de contratos que atendida contratante del órgano de contratación se publicará la composición de la Mesa de contratación y, en su complejidad técnica sea determinante caso, la concreción designación de los medios personales miembros del comité de expertos o materiales necesarios para del organismo técnico especializado, la ejecución adjudicación, la formalización del contrato y el plazo en que debe procederse a la misma, así del contrato: Servicio de fisioterapia para el Centro Municipal de Atención Infantil Temprana. Nº de Expediente: SE-30/17 4 CB3DA2C0D7B617898614 Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xx (Validación de documentos) Propuesto por El Técnico de Gestión XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX el 10/11/2017 Conforme de El Secretario General XXXXX XXXXXXXX XXXXXX el 10/11/2017 Firmado por el Alcalde X. XXXXX XXXXXXXX XXXX el 10/11/2017 pie_firma_corto_dipu_01 Objeto como cualquier otro dato e información referente a su actividad contractual, los órganos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia acuerdo con lo establecido en el párrafo precedenteartículo 53 del TRLCSP. El acceso público al perfil de contratante se efectuará a través del portal del Ayuntamiento xx Xxxxxx, indicado en el anexo I del presente pliego.
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Samples: Contract for Services
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFE, los Los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, económica y financiera y profesional y/o técnica de conformidad con lo previsto en los artículos 86, 87 y 90 LCSP (apartado 15 del cuadro resumen) En este sentido, los licitadores deberán acreditar su solvencia económica mediante los siguientes medios: Volumen anual de negocios en el ámbito al que se determinen por refiera el correspondiente órgano contrato, referido al mejor ejercicio dentro de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente los tres últimos disponibles en el anuncio función de las fechas de constitución o en el PCP, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos inicio de solvencia que deba reunir el actividades del empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación y en los pliegos del contrato. El presente criterio se especificarán aplicará en relación con cada uno de los lotes previstos en PCAP. No obstante, en caso de que al adjudicatario se le adjudiquen varios lotes que deban ejecutarse al mismo tiempo, el volumen anual de negocios mínimo anual exigido se referirá a dicho grupo de lotes. Contar con póliza de seguro que cubra los riesgos y responsabilidades civiles por el importe de 200.000 €. La solvencia técnica de los licitadores se acreditará mediante los siguientes medios: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el 2 Si curso de, como máximo, los tres últimos años. A los efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el pliego prevé objeto del contrato, se atenderá a la división en lotes y variaran las condiciones coincidencia entre los dos primeros dígitos de un lote a otro sus respectivos códigos CPV. Los servicios o trabajos efectuados se aportará acreditarán mediante certificado expedido por el empresario. A falta de certificado, mediando una declaración responsable del empresario. Al margen de acreditar su solvencia por cada lotelos medios anteriores indicados, los licitadores deberán asumir el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales suficientes para llevar a cabo con eficacia las prestaciones establecidas, y que deberán detallar en su oferta. documento complementario al Anuncio o La citada adscripción se considera obligación esencial a los efectos previstos en el pliego la legislación contractual vigente y su incumplimiento implicará la imposición de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismolas penalidades previstas. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadonecesaria, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstantePara ello, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales la empresa que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán desee recurrir a las capacidades de otras entidades demostrará que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades, compromiso que se presentará por el licitador que hubiera presentado la mejor oferta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 150 LCSP, previo requerimiento a tal efecto. Cuando así se determine en el presente pliego, deberán ejecutarse directamente por el propio licitador los trabajos que en él se señalan y si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario así se base recoge especificar en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participaciónoferta, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajosprestación, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan debiendo comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes suficiente para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos Dicho compromiso de dedicación o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción adscripción de los medios personales o materiales necesarios suficientes para la ejecución del contrato, contrato tendrá carácter de obligación esencial a los órganos efectos de contratación exigirán el compromiso al que se ser considerado como causa de resolución del contrato o de imposición de penalidades por incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso. Cada empresario no podrá presentar más de una proposición por lote. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en unión temporal con otros empresarios si lo ha hecho referencia individualmente o figurar en el párrafo precedentemás de una unión temporal. La contravención de estas prohibiciones dará lugar a la inadmisión de todas las proposiciones por él suscritas. La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Xxxxxx y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
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Samples: Contrato De Concesión
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios las personas licitadoras deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente en el anuncio o en el PCP, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos mí- nimas de solvencia que deba reunir se especifican en el empresario y Anexo I-apartado 4 donde, asimismo, se indicará la documentación documenta- ción requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismomismas. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario la persona licitadora podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios las personas empresarias que concurran agrupados agrupadas en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. Cuando una empresa desee recurrir a las capacidades de otras entidades, demostrará al órgano de contratación que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades, conforme a lo previsto en la cláusula 10.5. El órgano de contratación podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por la propia persona licitadora o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el Anexo I-apartado 4 con indicación de los trabajos a los que se refiera. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso La Mesa o el órgano de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones contratación podrá recabar de la licitación a la que concurre el licitador persona licitadora aclaraciones sobre los certificados y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contratodocumentos presentados, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios personales o materiales necesarios requerirle para la ejecución del contrato, los órganos presentación de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteotros complementarios.
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Solvencia. Esta es una copia impresa del documento electrónico (Ref: 1192122 FBBQ4-XSTG8-Y1ROR 1B2FF8E14E47134881F1AE8B48A7BEE0F07018E0) generada con la aplicación informática Firmadoc. El documento está FIRMADO. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web: xxxxx://xxx.xxxxxx.xx/xxxxxxXxxxxxxxx/xxxxxx/xxxxxxxxxXxxxxxxxxx.xx Para celebrar contratos con RENFEel presente contrato, los empresarios las personas empresarias deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financierasolvencia, profesional y/o técnica que se determinen indican a continuación, o estar clasificado en Grupo T; Subgrupo 01; Categoría B, o 2: El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario está inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el correspondiente órgano de contrataciónRegistro Mercantil. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente en el anuncio o en el PCPDado que no es exigible la clasificación, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario la persona empresaria podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda la ejecución del contrato dispondrá contrato, dispone efectivamente de esa solvencia y medios, y que la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP69, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán Cuando una empresa desee recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van entidades, demostrará al órgano de contratación que va a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación disponer de los trabajos recursos necesarios mediante la presentación a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además tal efecto del compromiso por escrito de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidadesdichas entidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante las uniones temporales, tanto de personas físicas como jurídicas a los efectos de valorar y apreciar la concreción concurrencia del requisito de clasificación, respecto de los medios personales empresarios que concurran agrupados se atenderá a lo establecido en el artículo 69.6 de la LCSP. La Mesa o materiales necesarios el órgano de contratación podrá recabar de la persona empresaria aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados, o requerirle para la ejecución del contrato, los órganos presentación de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteotros complementarios.
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Samples: Service Agreement
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios las personas empresarias deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente especifican en el anuncio o en el PCPAnexo I (apartados 4.2 y 4.3), o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y donde asimismo se indicará la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en las mismas. En el anuncio supuesto de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Para que para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un el contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios se recurriera a las capacidades de otras empresas, conforme a lo establecido en el artículo 75 de la LCSP el licitador que hubiera presentado la mejor oferta presentará a tal efecto compromiso por escrito, suscrito por dichas entidades, independientemente de la naturaleza jurídica que acredite que va a disponer de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda recursos necesarios para la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y durante toda su duración. En el compromiso se hará constar expresamente que la entidad a la que se recurre responderá con carácter solidario de las obligaciones de la adjudicataria, en el caso de que se integrara la solvencia económica y financiera. La entidad a la que se recurra no esté estará incursa en una prohibición de contratar, lo que deberá acreditar mediante la presentación de la documentación acreditativa que se le requiera. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas éstas van a ejecutar las obras o prestar los servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de , lo que se indica más adelante en fase realizará mediante su subcontratación. El órgano de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE contratación podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador la propia persona licitadora o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego Anexo I (apartado 13), con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos La Mesa o el documento contractual, atribuirles el carácter órgano de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar contratación podrá recabar de la resolución del contratopersona licitadora aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios personales o materiales necesarios requerirle para la ejecución del contrato, los órganos presentación de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteotros complementarios.
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Samples: Modelo De Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFE, los Los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, económica y financiera y profesional y/o técnica de conformidad con lo previsto en los artículos 86, 87 y 90 de la LCSP 2017, que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente señalan en el anuncio o en el PCP, o mediante referencia a un sistema apartado 6 del Cuadro de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares Características del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismoContrato. Para acreditar acreditarse la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadonecesaria, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales Para ello la empresa que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán desee recurrir a las capacidades de otras entidades entidades, demostrará que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades, compromiso que se presentará por el licitador que hubiera presentado la mejor oferta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 150 de la LCSP 2017, previo requerimiento a tal efecto. Cuando así se determine en el apartado 27 del Cuadro de Características del Contrato, deberán ejecutarse directamente por el propio licitador los trabajos que en él se señalan y si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario así se base recoge especificar en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participaciónoferta, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajosprestación, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan debiendo comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos Dicho compromiso de dedicación o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción adscripción de los medios personales o materiales necesarios suficientes para la ejecución del contrato, contrato tendrá carácter de obligación esencial a los órganos efectos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteser considerado como causa de resolución del contrato o de imposición de penalidades por incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso.
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Samples: Contract for Services
Solvencia. Plaza Nueva, 1 • 14900 LUCENA • (Córdoba)
a) Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financieraeconómica, profesional y/o financiera y técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente especifican en el anuncio o los anexos III-A y III-A, en el PCPlas que, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y asimismo, se indicará la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán las mismas. Este requisito será sustituido por el de la clasificación, cuando ésta sea exigible conforme a lo dispuesto en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada loteTRLCSP. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contratoCuando no sea exigible la clasificación, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Para para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda para la ejecución del contrato dispondrá contrato, dispone efectivamente de esa solvencia y esos medios, y debiendo deberá aportarse certificado emitido por el órgano de dirección de la entidad a empresa que preste la citada solvencia, acreditativo de tal circunstancia. La aportación del referido certificado tendrá la consideración de solvencia complementaria, no pudiéndose excluir de la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidadesempresario deba aportar como propia. En caso de que el empresario se base referido certificado sea aceptado por el órgano de contratación, la Administración podrá exigir en vía administrativa el cumplimiento por la empresa prestataria de la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de aquello a lo que se indica más adelante en fase comprometió con la empresa contratista. En este sentido, la presentación del certificado deberá contener la aceptación expresa de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, los efectos señalados en el artículo 1257.2 del Código Civil por la empresa que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo preste su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre solvencia.
b) En el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, anexo III-B podrá exigirse a los empresarios las personas jurídicas que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así prestación. Asimismo se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a indicará si los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondienteclasificación, se comprometan deben comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos , así como si estos compromisos, que se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles tienen el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar a los efectos previstos en el artículo 223 f) del TRLCSP, o si se establecen penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 212.1 del TRLCSP, para el caso de que se incumplan por el adjudicatario.
c) Requisitos de solvencia técnica complementaria. En los contratos sujetos a regulación armonizada, el órgano de contratación podrá exigir la resolución del contratopresentación de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que el empresario cumple determinadas normas de garantía de la calidad, o de obligaciones gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en fase los artículos 80 y 81 del TRLCSP. del contrato: Servicios de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado interpretación artística de una banda de música. Nº de Expediente: SE-04/17 4 6322F5C8FE5EFF1493EE Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xx (Validación de documentos) Firmado por el Alcalde X. XXXXX XXXXXXXX XXXX el 17/3/2017 pie_firma_corto_dipu_01 Objeto La Mesa o el órgano de contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados, o requerirle para la imposición presentación de penalidadesotros complementarios. En el caso perfil de contratos que atendida contratante del órgano de contratación se publicará la composición de la Mesa de contratación y, en su complejidad técnica sea determinante caso, la concreción designación de los medios personales miembros del comité de expertos o materiales necesarios para del organismo técnico especializado, la ejecución adjudicación, la formalización del contratocontrato y el plazo en que debe procederse a la misma, los órganos así como cualquier otro dato e información referente a su actividad contractual, de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia acuerdo con lo establecido en el párrafo precedente.artículo 53 del TRLCSP. El acceso público al perfil de contratante se efectuará a través del portal del Ayuntamiento xx Xxxxxx, indicado en el anexo I del presente pliego. Tfno: 957.500410 • Fax: 957.591119
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Samples: Contratación De Servicios
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFE, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente en el anuncio o en el PCP, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación o en la invitación, y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé de cláusulas administrativas particulares del contrato de entre los establecidos en los artículos 87 y 88 de la división LCSP 9/17. Las circunstancias relativas a la solvencia deberán concurrir en lotes la fecha final de presentación de ofertas y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o subsistir en el pliego momento de condiciones particulares perfección del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar, debiendo presentar a dichos efectos cada una de dichas entidades la declaración responsable exigida por el artículo 140.1 c) de la LCSP 9/17. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSPLCSP 9/17, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán Cuando una empresa desee recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van entidades, demostrará al poder adjudicador que va a ejecutar las obras o prestar servicios para disponer de los cuales son necesarias recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas capacidadesentidades. En caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo El compromiso a que se indica más adelante en fase refiere el párrafo anterior se presentará por el licitador que hubiera presentado la mejor oferta previo requerimiento cumplimentado de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, conformidad con lo dispuesto en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones apartado 2 del artículo 150 de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contratoLCSP 9/17. Cuando un empresario una empresa recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE el poder adjudicador podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario, lo que deberá concretarse en el CRC. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá Los poderes adjudicadores podrán exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir Necesariamente los criterios de solvencia seleccionados deben ser los señalados en los artículos 87 y 88 de la LCSP 9/17 y su normativa de desarrollo, eligiendo sólo aquellos que se consideren oportunos por su vinculación y proporcionalidad con el objeto, no debiendo en ningún caso suponer un obstáculo a la participación de las pequeñas y medianas empresas; debiendo sustituirse las X por las magnitudes, parámetros o ratios y los umbrales o rangos de valores que determinarán la admisión o exclusión de los licitadores y que deberán establecerse en proporción al valor estimado del contrato. No obstante, para los contratos que no estén sujetos a regulación armonizada, el órgano de contratación, además de los documentos a los candidatos o licitadoresque se refiere apartado anterior, que además podrá admitir de forma justificada otros medios de prueba de la solvencia distintos de los previstos en los artículos 87 y 88 de la LCSP 9/17. Asimismo, cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia oeconómica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado, siempre que esta posibilidad esté contemplada en el pliego de cláusulas administrativas particulares. Salvo que en los pliegos del contrato se establezca de modo expreso su exigencia, los licitadores o candidatos estarán exentos de la obligación de acreditar la solvencia económica y financiera, y la solvencia técnica y profesional, para los contratos de obras cuyo valor estimado no exceda de 80.000 euros. En los contratos cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a f) del artículo 88.1 de la LCSP 9/17, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de obras. Cuando un contrato se divida en lotes los requisitos de solvencia se aplicarán en relación con cada uno de los lotes. No obstante, si el órgano de contratación permitiese la presentación de oferta integradora, los empresarios deberán acreditar la solvencia económica, financiera y técnica correspondiente al conjunto de lotes por los que licite. En el anuncio de licitación o invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato se especificarán los medios, de entre los recogidos en este apartado, con indicación expresa del importe mínimo, expresado en euros, de cada uno de ellos. Cuando los pliegos no concreten los criterios y requisitos mínimos para su acreditación los licitadores o candidatos acreditarán su solvencia económica y financiera mediante el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año. En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario. - Referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual/superior en X veces el valor estimado del contrato. - En el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos años disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual/superior en X veces el valor estimado del contrato. El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Otros documentos que acrediten la solvencia económica y financiera a determinar por el poder adjudicador (cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado). - (determinar) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales. - Patrimonio neto por importe igual o superior a X euros. - Ratio entre activos y pasivos: ratio mínima X. - Los métodos y criterios a utilizar para valorar dicho dato, son: X El patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito, correspondientes al último ejercicio para el que esté vencida la obligación de aprobación. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su patrimonio neto o bien ratio entre activos y pasivos mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Otros documentos que acrediten la solvencia económica y financiera a determinar por el poder adjudicador (cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado). - (determinar) En el anuncio de licitación o invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato se especificarán los medios, de entre los recogidos en este apartado. Cuando los pliegos no concreten los criterios y requisitos mínimos, y además no sea exigible la clasificación, la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación de obras ejecutadas en los últimos cinco años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato, o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato. En los contratos cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros, cuando el órgano de contratación exija la acreditación de la solvencia técnica mediante la relación de las obras ejecutadas deberá prever uno o varios medios alternativos para las empresas de nueva creación. Relación de las obras ejecutadas cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a: X o importe anual acumulado durante el año de mayor ejecución del periodo citado En el caso de que en el CRC se reflejasen varios CPV deberá indicarse expresamente si la exigencia de los mismos es acumulativa o alternativa. Las obras ejecutadas por una sociedad extranjera filial del contratista de obras tendrán la misma consideración que las directamente ejecutadas por el propio contratista, siempre que este último ostente directa o indirectamente el control de aquella en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. Cuando se trate de obras ejecutadas por una sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla dicha condición, solo se reconocerá como experiencia atribuible al contratista la obra ejecutada por la sociedad participada en la proporción de la participación de aquel en el capital social de esta. Las obras ejecutadas se acreditarán mediante certificados de buena ejecución, que indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la clasificación correspondienteautoridad competente. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. En los contratos cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, (computados desde la fecha de constitución de la empresa hasta la fecha de inicio del plazo de presentación de ofertas), no se comprometan a dedicar o adscribir le podrá exigir en ningún caso esta forma de acreditación de solvencia técnica, por lo que de exigirse la misma habrá que prever en el CRC: - Forma alternativa de acreditación para empresas de nueva creación: X - Perfil mínimo del personal técnico/organismo técnico adscrito a la ejecución del contrato o Técnicos (Superiores o Medios): X o Experiencia mínima del organismo técnico/Jefe de organismo técnico en: Contratos similares X años Control de calidad X años El presente criterio deberá acreditarse mediante los medios personales títulos o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en acreditaciones académicas o profesionales exigidos al personal técnico del empresario, así como el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter número de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contratotécnicos y experiencia profesional mínima exigida a dichos técnicos, o las características y capacidades mínimas de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios personales o materiales necesarios para la ejecución del contratolas unidades técnicas exigidas, los órganos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedentesegún corresponda.
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Samples: Circular 6/2018
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financieraeconómica, profesional y/o financiera y técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente especifican en el anuncio o las cláusulas 9.2.1.d) y e), en el PCPlas que, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y asimismo, se indicará la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán las mismas. Este requisito será sustituido por el de la clasificación, cuando ésta sea exigible conforme a lo dispuesto en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada loteLCSP. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contratoCuando no sea exigible la clasificación, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Para para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda para la ejecución del contrato dispondrá contrato, dispone efectivamente de esa solvencia y esos medios, y debiendo deberá aportarse certificado emitido por el órgano de dirección de la entidad a empresa que preste la citada solvencia, acreditativo de tal circunstancia. La aportación del referido certificado tendrá la consideración de solvencia complementaria, no pudiéndose excluir de la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidadesempresario deba aportar como propia. En caso de que el empresario se base referido certificado sea aceptado por el órgano de contratación, la Administración podrá exigir en vía administrativa el cumplimiento por la empresa prestataria de la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de aquello a lo que se indica más adelante comprometió con la empresa contratista. En este sentido, la presentación del certificado deberá contener la aceptación expresa de los efectos señalados en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Públicoel artículo 1257.2 del Código Civil por la empresa que preste su solvencia. Asimismo, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, anexo 2 se indicará si los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondienteclasificación, se comprometan deben comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos A estos efectos en el citado anexo 2 se indicará si estos compromisos, que se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles tienen el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar a los efectos previstos en el artículo 206,g) de la resolución del contratoLCSP, o si se establecen penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 196.1 de la LCSP, para el caso de que se incumplan por el adjudicatario. En los casos adecuados según el tipo de obra, el órgano de contratación podrá exigir la presentación de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que el empresario cumple determinadas normas de garantía de la calidad, o de obligaciones gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en fase los artículos 69 y 70 de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición LCSP. La Mesa o el órgano de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre los medios personales certificados y documentos presentados, o materiales necesarios requerirle para la ejecución del contrato, los órganos presentación de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteotros complementarios.
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Samples: Contract for Works
Solvencia. a) Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios las personas empresarias deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente especifican en el anuncio o en el PCPlos anexos XV y XVI donde, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y asimismo, se indicará la documentación documenta- ción requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismomismas. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP69, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. Cuando una empresa desee recurrir a las capacidades de otras entidades, demostrará al órgano de contra - tación que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades, conforme a lo previsto en la cláusula 10.7. El órgano de contratación podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial natura- xxxx, xxxx ejecutadas directamente por la propia persona licitadora o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el anexo I con indicación de los trabajos a los que se refiera. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir re - currir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas di- xxxx capacidades. En caso .
b) Requisitos de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidariotécnica complementaria. En los contratos sujetos a regulación armonizada, el órgano de servicios y contratación podrá exigir la presentación de obras, así como en los contratos certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que la persona empresaria cumple de- terminadas normas de suministro que incluyan servicios o trabajos garantía de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquenla calidad, en la oferta o particular en la solicitud materia de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego accesibilidad para personas con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contratodiscapacidad, o de obligaciones gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en fase los artículos 93 y 94 de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición LCSP. La Mesa o el órgano de penalidades. En el caso contratación podrá recabar de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de persona empresaria aclaraciones sobre los medios personales certifi - cados y documentos presentados, o materiales necesarios requerirle para la ejecución del contrato, los órganos presentación de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteotros complementarios.
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Solvencia. a) Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios las personas licitadoras deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente en el anuncio o en el PCP, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos mí- nimas de solvencia que deba reunir el empresario se especifican en los anexos XIV y XV donde, asimismo, se indicará la documentación documenta - ción requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismomismas. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario la persona licitadora podrá basarse basar- se en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá dis- pondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición prohi - bición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios las personas licitadoras que concurran agrupados agrupadas en las uniones unio- nes temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP69, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. Cuando una empresa desee recurrir a las capacidades de otras entidades, demostrará al ór- gano de contratación que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades, conforme a lo previsto en la cláusula 10.7. El órgano de contratación podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial natura- xxxx, xxxx ejecutadas directamente por la propia persona licitadora o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el anexo I con indicación de los trabajos a los que se refiera. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir re- Sociedad Andaluza para el Desarrollo de las Telecomunicaciones, S.A. PCAP Servicio de Licenciamiento Microsoft Services Provider License 11 currir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas di- xxxx capacidades. En caso .
b) Requisitos de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidariotécnica complementaria. En los contratos sujetos a regulación armonizada, el órgano de servicios y contratación podrá exigir la presentación de obras, así como en los contratos certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que la persona licitadora cumple deter- minadas normas de suministro que incluyan servicios o trabajos garantía de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquenla calidad, en la oferta o particular en la solicitud materia de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego accesibilidad para personas con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contratodis- capacidad, o de obligaciones gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en fase los artículos 93 y 94 de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición LCSP. La Mesa o el órgano de penalidades. En el caso contratación podrá recabar de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de persona licitadora aclaraciones sobre los medios personales certificados y documentos presentados, o materiales necesarios requerirle para la ejecución del contrato, los órganos presentación de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteotros complementarios.
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Samples: Servicio De Licenciamiento Microsoft Services Provider License Agreement (Spla)
Solvencia. a) Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financieraeconómica, profesional y/o financiera y técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente especifican en el anuncio o las cláusulas 9.2.1.d), e), y j), en el PCPlas que, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y asimismo, se indicará la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán las mismas. Este requisito será sustituido por el de la clasificación, cuando ésta sea exigible conforme a lo dispuesto en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada loteLCSP. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contratoCuando no sea exigible la clasificación, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Para para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda para la ejecución del contrato dispondrá contrato, dispone efectivamente de esa solvencia y esos medios, y debiendo a tal fin aportar certificado emitido por el órgano de dirección de la entidad a empresa que preste la que recurra no esté incursa citada solvencia, acreditativo de tal circunstancia, en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a el que se refiere el artículo 69 contenga además la aceptación expresa de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican efectos señalados en el artículo 90.1.e) de 1257 del Código Civil por la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidadesempresa que preste su solvencia. En caso de que el empresario se base referido certificado sea aceptado por el órgano de contratación, la Administración podrá exigir en vía administrativa el cumplimiento por la empresa prestataria de la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de aquello a lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en comprometió con la empresa contratista.
b) En el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, anexo III podrá exigirse a los empresarios las personas jurídicas que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así prestación. Asimismo se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a indicará si los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondienteclasificación, se comprometan deben comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos , así como si estos compromisos, que se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles tienen el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar a los efectos previstos en el artículo 206 f) de la resolución del contratoLCSP, o si se establecen penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 196.1 de la LCSP, para el caso de que se incumplan por el adjudicatario.
c) Requisitos de solvencia técnica complementaria. En los contratos sujetos a una regulación armonizada, el órgano de contratación podrá exigir la presentación de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que el empresario cumple determinadas normas de garantía de la calidad, o de obligaciones gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en fase los artículos 69 y 70 de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición LCSP. La Mesa o el órgano de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de contratación podrán recabar del empresario aclaraciones sobre los medios personales certificados y documentos presentados, o materiales necesarios requerirle para la ejecución del contrato, los órganos presentación de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteotros complementarios.
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Solvencia. Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o económica y financiera y técnica que se determinen especifican en el apartado Ñ) del cuadro de características, indicándose los documentos requeridos para acreditar las mismas. Este requisito será sustituido por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente la clasificación, cuando ésta sea exigible conforme a lo dispuesto en el anuncio o en el PCPTRLCSP. Cuando no sea exigible la clasificación, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Para podrá acreditar la solvencia necesaria para celebrar Contrato SERVICIOS-ABIERTO Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares un contrato determinado, el empresario podrá basarse basándose en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda para la ejecución del contrato dispondrá contrato, dispone efectivamente de esa solvencia y esos medios, y debiendo a tal fin aportar certificado emitido por el órgano de dirección de la entidad a empresa que preste la que recurra no esté incursa citada solvencia, acreditativo de tal circunstancia, en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a el que se refiere el artículo 69 contenga además la aceptación expresa de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican efectos señalados en el artículo 90.1.e) de 1257 del Código Civil por la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidadesempresa que preste su solvencia. En caso de que el empresario se base referido certificado sea aceptado por el órgano de contratación, la Administración podrá exigir en vía administrativa el cumplimiento por la empresa prestataria de la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de aquello a lo que se indica más adelante en fase comprometió con la empresa contratista. Los licitadores, además de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Públicoacreditar su solvencia o, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación caso, clasificación, deben comprometerse, mediante declaración responsable (Anexo VI) a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner dedicar o adscribir a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos, que se integrarán en el contrato, tienen el carácter de obligaciones esenciales a los efectos previstos en el artículo 223 f) TRLCSP. Cuando un empresario recurra Junto con la declaración responsable de adscripción de medios (Anexo VI) se podrá exigir a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios personas jurídicas que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE prestación. En los contratos sujetos a regulación armonizada, el órgano de contratación podrá exigir la presentación de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que el empresario cumple determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso normas de una oferta presentada por una unión garantía de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contratocalidad, o de obligaciones gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios personales o materiales necesarios para la ejecución del contrato, los órganos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteartículos 80 y 81 TRLCSP.
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Samples: Contracting Agreement
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFE, los empresarios Los/las empresarios/as deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, económica y financiera y profesional y/o técnica de conformidad con lo previsto en los artículos 86 a 88 de la LCSP 2017, que se determinen señalan en el apartado 6 del Cuadro de Características del Contrato, requisito será sustituido por el correspondiente órgano de contrataciónla clasificación, cuando ésta sea exigible. Dichas Tales condiciones estarán determinadas específicamente mínimas de solvencia se acreditarán en la forma señalada en el anuncio o y en el PCP, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismocitado apartado. Para acreditar acreditarse la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadonecesaria, el empresario el/la empresario/a podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios los/las empresarios/as que concurran agrupados agrupados/as en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSPtemporales, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales Para ello la empresa que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán desee recurrir a las capacidades de otras entidades entidades, demostrará que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades, compromiso que se presentará por el/la licitador/a que hubiera presentado la mejor oferta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 150 de la LCSP 2017, previo requerimiento a tal efecto. Cuando así se determine en el apartado 27 del Cuadro de Características del Contrato, deberán ejecutarse directamente por el propio/a licitador/a los trabajos que en él se señalan y si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario así se base recoge especificar en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participaciónoferta, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajosprestación, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan debiendo comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos Dicho compromiso de dedicación o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción adscripción de los medios personales o materiales necesarios suficientes para la ejecución del contrato, contrato tendrá carácter de obligación esencial a los órganos efectos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteser considerado como causa de resolución del contrato o de imposición de penalidades por incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso.
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Samples: Contrato De Obras
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios las personas empresarias deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente especifican en el anuncio o en el PCPlos anexos XI y XII donde, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y asimismo, se indicará la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismomismas. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario determinado la persona empresaria podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda la ejecución del contrato dispondrá contrato, dispone efectivamente de esa solvencia y medios, y que la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP69, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. Cuando una empresa desee recurrir a las capacidades de otras entidades, demostrará al órgano de contratación que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades, conforme a lo previsto en la cláusula 10.5. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas éstas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso El órgano de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE contratación podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador la propia persona licitadora o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego anexo I con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad las uniones temporales, tanto de personas físicas como jurídicas, se considerará cumplido el requisito de solvencia económica, financiera, técnica sea determinante y profesional cuando se alcance la concreción solvencia exigida en los anexos XI y XII de manera acumulativa. La Mesa o el órgano de contratación podrán recabar de la persona empresaria aclaraciones sobre los medios personales certificados y documentos presentados, o materiales necesarios requerirle para la ejecución del contrato, los órganos presentación de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteotros complementarios.
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Samples: Servicios De Redacción De Proyecto Y Dirección De Obra
Solvencia. a) Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, económica y financiera y profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contrataciónespecifican en las cláusulas 9.2.1.1.d) (solvencia económica y financiera) y 9.2.1.2.a) (solvencia técnica) xxx Xxxxxx. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente en el anuncio o en el PCP, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y Asimismo se indicará la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismomismas. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadonecesaria, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda para la ejecución del contrato dispondrá contrato, dispone efectivamente de esa solvencia y esos medios, y debiendo aportarse certificado emitido por el órgano de dirección de la entidad a empresa que preste la citada solvencia, acreditativo de tal circunstancia. La aportación del referido certificado tendrá la consideración de solvencia complementaria, no pudiéndose excluir de la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidadesempresario deba aportar como propia. En caso de que el empresario se base referido certificado sea aceptado por el órgano de contratación, la Administración podrá exigir en vía administrativa el cumplimiento por la empresa prestataria de la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de aquello a lo que se indica más adelante en fase comprometió con la empresa contratista. En este sentido, la presentación del certificado deberá contener la aceptación expresa de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, los efectos señalados en el artículo 1257.2 del Código Civil por la empresa que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo preste su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre solvencia.
b) En el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, anexo I podrá exigirse a los empresarios las personas jurídicas que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajosprestación. Asimismo, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a indicará si los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan deben comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos A estos efectos, se indicará si estos compromisos, que se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles tienen el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar a los efectos previstos en el artículo 223 g) del TRLCSP o si se establecen penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 212.1 del TRLCSP para el caso de que se incumplan para el adjudicatario.
c) Requisitos de solvencia técnica complementaria. El órgano de contratación podrá exigir la resolución del contratopresentación de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que el empresario cumple determinadas normas de garantía de la calidad, o de obligaciones gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en fase los artículos 80 y 81 del TRLCSP. Unidad de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición Contratación La Mesa o el órgano de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre los medios personales certificados y documentos presentados, o materiales necesarios requerirle para la ejecución del contrato, los órganos presentación de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteotros complementarios.
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Samples: Service Agreement
Solvencia. 1. Para celebrar la adjudicación de los contratos con RENFEno sujetos a regulación armonizada la solvencia económica y financiera y técnica o profesional será acreditada, bien mediante la presentación de los empresarios deberán acreditar estar documentos señalados en posesión el artículo 56 de las condiciones mínimas presentes Instrucciones a incluir en el “Sobre A”, bien mediante los documentos señalados en el Pliego de solvencia económico-financiera, profesional Cláusulas Administrativas. En aquellos supuestos en los que el Cuadro Resumen Anexo al Pliego de Cláusulas Administrativas establezca la Solvencia económica y/o técnica que específica para ese contrato, se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente estará a lo dispuesto en el anuncio mencionado documento.
2. En el caso de los contratos sujetos a regulación armonizada, la solvencia económica y financiera y técnica o profesional será acreditada mediante la presentación de los documentos determinados en el PCP, pliego de cláusulas administrativas particulares o mediante referencia documento equivalente de conformidad con lo establecido en los artículos 63 a un sistema 68 de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestiónla LCSP.
3. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario licitador y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán deberán indicarse en el anuncio de licitación.
4. El órgano de contratación de GICAMAN podrá admitir otros medios de acreditación de la solvencia distintos de los establecidos en el artículo 56 de estas Instrucciones para los contratos no sujetos a regulación armonizada que licite. En este caso, la documentación que sea requerida para acreditar la solvencia deberá indicarse en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o especificarse asimismo en el pliego de condiciones cláusulas administrativas particulares del contratoo documento equivalente rector de la licitación, debiendo también en todo caso estar vinculados vinculada a su objeto y ser proporcionales al mismoproporcional a éste.
5. GICAMAN podrá exigir clasificación en los pliegos de cláusulas administrativas particulares o documento equivalente rector de la licitación para la adjudicación de contratos de obras y servicios sujetos a regulación armonizada. Se podrá exigir una solvencia de forma subsidiaria para el caso de no disponer de clasificación, que fuese equivalente a aquélla.
6. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un el contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios personales o materiales necesarios para la ejecución del contrato, los órganos dispone efectivamente de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteesos medios.
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Samples: Instrucciones Generales De Contratación Y Normas Reguladoras
Solvencia. a) Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financieraeconómica, profesional y/o financiera y técnica que se determinen especifican en el TRLCSP, además de lo establecido al respecto en el Anexo Cuadro Resumen y Pliegos que rigen esta licitación. Este requisito será sustituido por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente la clasificación, cuando ésta sea exigible conforme a lo dispuesto en el anuncio o en el PCPTRLCSP. Cuando no sea exigible la clasificación, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda para la ejecución del contrato dispondrá contrato, dispone efectivamente de esa solvencia y esos medios, y debiendo a tal fin aportar certificado emitido por el órgano de dirección de la entidad a empresa que preste la que recurra no esté incursa citada solvencia, acreditativo de tal circunstancia, en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a el que se refiere el artículo 69 contenga además la aceptación expresa de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican efectos señalados en el artículo 90.1.e) de 1257 del Código Civil por la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidadesempresa que preste su solvencia. En caso de que el empresario se base referido certificado sea aceptado por el órgano de contratación, la Administración podrá exigir en vía administrativa el cumplimiento por la empresa prestataria de la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de aquello a lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en comprometió con la empresa contratista.
b) En el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, anexo correspondiente podrá exigirse a los empresarios las personas jurídicas que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador oprestación. Asimismo, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre anexo que así corresponda se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a indicará si los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondienteclasificación, se comprometan deben comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos A estos efectos en el citado anexo se indicará si estos compromisos, que se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles tienen el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar a los efectos previstos en el artículo 223 del TRLCSP, o si se establecen penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 212 del TRLCSP, para el caso de que se incumplan por el adjudicatario.
c) Requisitos de solvencia técnica complementaria. En los contratos sujetos a regulación armonizada, el órgano de contratación podrá exigir la resolución del contratopresentación de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que el empresario cumple determinadas normas de garantía de la calidad, o de obligaciones gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en fase los artículos 80 y 81 del TRLCSP. La Mesa o el órgano de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre los medios personales certificados y documentos presentados, o materiales necesarios requerirle para la ejecución del contrato, los órganos presentación de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteotros complementarios.
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Solvencia. Para celebrar contratos con RENFE, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente en el anuncio o en el PCP, o mediante referencia Conforme a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican lo establecido en el artículo 90.1.e) 38 de “La Ley”, “La Convocante”, para determinar la solvencia de las proposiciones recibidas para su revisión detallada y evaluación, verificará que las proposiciones cumplan con los requisitos solicitados en la convocatoria de licitación. Una vez hecha la evaluación de las proposiciones presentadas, el contrato se adjudicará, en su caso, al licitante cuya proposición resulte solvente porque reúne las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por “La Convocante”, y garantiza satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Sólo se podrá adjudicar el contrato al licitante o licitantes cuyas proposiciones cumplieron los requisitos legales, su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación o unidades porcentuales a la mínima exigida y la suma de ésta con la de la LCSPpropuesta económica dé como resultado la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente de acuerdo con el objeto de la contratación, conforme se establece en los “Lineamientos”. Experiencia y capacidad técnica y financiera Sólo se aceptarán propuestas de personas físicas x xxxxxxx que individualmente o a en conjunto, acrediten conocimientos y experiencia en tópicos de proyectos de transporte masivo de pasajeros o proyectos afines de infraestructura del transporte. “El Licitante” deberá demostrar su experiencia, capacidad técnica y capacidad financiera mediante: Relación de cada uno de los profesionales y técnicos al servicio de “El Licitante” que deberán tener experiencia y serán responsables de la experiencia profesional pertinentedirección, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades administración y ejecución de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso trabajos, identificados con los cargos que ocuparán, de los que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, presentará su currículum con firma autógrafa en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen se incluya, en todo su alcance las condiciones caso, copia simple de la licitación a la que concurre el licitador su cédula profesional, su domicilio, correo electrónico y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obrasteléfono actual (Formato DT-3), así como la relación y documentación de las actividades profesionales en que haya participado (Formato DT-4). No presentar estos documentos como se requiere, será causa de descalificación de la propuesta. De los contratos de suministro que incluyan servicios o profesionales propuestos sólo se evaluará la preparación académica y la experiencia demostrada en trabajos de colocación e instalacióncaracterísticas técnicas, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres complejidad y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos magnitud similares a los que se refieralicitan, así como la permanencia que dicho personal tenga en la empresa. Los PCP podrán exigir Es necesario que el Licitante acredite la experiencia del personal asignado. Conforme a lo establecido en los candidatos o licitadoresartículos 31, fracción XVIII de “La Ley”; el tabulador que además deberá de acreditar su solvencia servir para determinar los sueldos y honorarios del personal Profesional Técnico es el de las “Recomendaciones para Elaborar Propuestas de Servicios de Consultoría” que elabora la Cámara Nacional de Empresas de Consultoría (CNEC) y en específico los cuadros 2, 3 y 6, indicados en las páginas 15, 16 y 19, como mínimo (Anexo D). Cabe señalar que se deberá tomar el tabulador que se encuentre vigente a la fecha del presente concurso público. Cualquier documento público expedido en el extranjero, deberá presentarse legalizado por autoridades consulares mexicanas competentes, conforme a lo dispuesto en el artículo 546 del código Federal de Procedimientos Civiles o, en su caso, debidamente apostillados de acuerdo con la clasificación correspondienteConvención por la que se suprime el requisito de legislación de documentos extranjeros, se comprometan a dedicar o adscribir a adoptada por la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter Conferencia Internacional de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidadesHaya. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios personales o materiales necesarios para la ejecución del contrato, los órganos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia trate de documentos privados expedidos en el párrafo precedenteextranjero, estos podrán presentarse en copia simple.
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Samples: Licitación Pública Nacional
Solvencia. a) Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios las personas empresarias deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente especifican en el anuncio o en el PCPlos anexos XIV y XV donde, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y asimismo, se indicará la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismomismas. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP69, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. Cuando una empresa desee recurrir a las capacidades de otras entidades, demostrará al órgano de contratación que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades, conforme a lo previsto en la cláusula 10.7 sin perjuicio de lo establecido en el apartado 3 del artículo 140 LCSP El órgano de contratación podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por la propia persona licitadora o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el anexo I con indicación de los trabajos a los que se refiera. Cuando una empresa recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, el poder adjudicador podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso .
b) Requisitos de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidariotécnica complementaria. En los contratos sujetos a regulación armonizada, el órgano de servicios y contratación podrá exigir la presentación de obras, así como en los contratos certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que la persona empresaria cumple determinadas normas de suministro que incluyan servicios o trabajos garantía de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquenla calidad, en la oferta o particular en la solicitud materia de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego accesibilidad para personas con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contratodiscapacidad, o de obligaciones gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en fase los artículos 93 y 94 de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición LCSP. La Mesa o el órgano de penalidades. En el caso contratación podrán recabar de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de persona empresaria aclaraciones sobre los medios personales certificados y documentos presentados, o materiales necesarios requerirle para la ejecución del contrato, los órganos presentación de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteotros complementarios.
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Samples: Contract for Educational Services
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFE, Los contratistas deben tener solvencia suficiente para presentarse a una licitación en los empresarios deberán acreditar estar términos y en posesión las circunstancias expresamente relacionadas en los Pliegos. Con la exigencia de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente en el anuncio o en el PCP, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante está intentando es garantizar a priori, y en fase la medida de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Públicolo posible, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la correcta ejecución del contrato. Cuando Así, la adjudicación de un empresario recurra contrato a una empresa que no tuviera la solvencia requerida –y en general de todos los requisitos vistos hasta ahora-, es causa de nulidad de pleno derecho, La solvencia, por otro lado, es un concepto complejo e incluye varias vertientes: económica, financiera, técnica y profesional. Los órganos de contratación seleccionan los medios, de entre los señalados en la LCSP, que mejor sirvan para acreditar las condiciones de solvencia de los licitadores, en relación con el concreto contrato. Se introduce como novedad y como medida de apoyo a las capacidades PYMES, que uno de otras entidades en lo que respecta los criterios de solvencia sea el cumplimiento con los plazos de pagos a los criterios relativos a la solvencia económica proveedores para que las PYMES subcontratadas por el adjudicatario cobren sus servicios en plazo. Y se deben determinar necesariamente en los pliegos y financieraen el anuncio, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras condiciones mínimas que deben alcanzar los licitadores en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obrascada medio seleccionado, así como el instrumento concreto exigido para la acreditación (declaración responsable, certificados etc.). Más aún, es conveniente (y necesario) que se precise, con la proporcionalidad adecuada, el nivel mínimo de solvencia exigida, la económica o financiera y la técnica. Además, recordar que los medios de solvencia elegidos deben guardar relación con el objeto del contrato y ser proporcional al mismo con el objeto de evitar medidas restrictivas que limiten la concurrencia. El Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, reformó el TRLCSP en relación con la clasificación que se exigía anteriormente en los contratos de suministro obras y servicios. Tras la reforma, que incluyan servicios ha sido incorporada a la LCSP, la clasificación se exige en los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o trabajos superior a 500.000 euros y en los de colocación e instalaciónservicios, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, el órgano de contratación puede exigir clasificación u otro medio de solvencia acorde al objeto del contrato. Con la última Ley de Presupuestos ya no se puede exigir la clasificación en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador oservicios. Por último, en el caso que una empresa que pretenda licitar con la Administración no cumpla con alguno de los requisitos de solvencia requeridos en los Pliegos, puede constituir una oferta presentada por una unión UTE con otras empresas para sumar las solvencias de empresariostodas ellas y alcanzar los niveles mínimos que se requieran, por un participante en la mismao bien valerse de otra empresa, siempre que así se haya previsto conforme a lo establecido en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refieraart. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios personales o materiales necesarios para la ejecución del contrato, los órganos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedente75.
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Samples: Contratos Del Sector Público
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFEConforme a lo establecido en el artículo 38 de “La Ley”, los empresarios deberán acreditar estar en posesión “La Convocante”, para determinar la solvencia de las proposiciones recibidas para su revisión detallada y evaluación, verificará que las proposiciones cumplan con los requisitos solicitados en la Convocatoria de Invitación. Una vez hecha la evaluación de las proposiciones presentadas, el Contrato se adjudicará, en su caso, a “El Licitante” cuya Proposición resulte solvente porque reúne las condiciones mínimas legales, técnicas y económicas requeridas por “La Convocante”, y garantiza satisfactoriamente el cumplimiento de solvencia económico-financiera, profesional y/o técnica las obligaciones respectivas. Sólo se podrá adjudicar el contrato al licitante cuya proposición cumplió los requisitos legales. Sólo se aceptarán propuestas de personas físicas x xxxxxxx que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente en el anuncio individualmente o en el PCPconjunto, o mediante referencia a un sistema acrediten conocimientos y experiencia en tópicos de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente estudios de la naturaleza jurídica especificada en esta Invitación (proyectos de transporte ferroviario o proyectos afines de infraestructura del transporte). “El Licitante” deberá demostrar su experiencia, capacidad técnica y capacidad financiera mediante: Relación de cada uno de los vínculos profesionales y técnicos al servicio de “El Licitante” que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia deberán tener experiencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 serán responsables de la LCSPdirección, podrán recurrir a las capacidades administración y ejecución de entidades ajenas a la unión temporal. No obstantelos trabajos, identificados con respecto a los criterios relativos a cargos que ocuparán, de los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, presentará su currículum con firma autógrafa en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen se incluya, en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador caso, copia simple del Título o Cédula profesional, su domicilio, correo electrónico y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obrasteléfono actual (Formato DT-3), así como la relación y documentación de las actividades profesionales en que haya participado (Formato DT-4). No presentar estos documentos como se requiere, será causa de descalificación de la propuesta. De los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en profesionales propuestos sólo se evaluará la oferta o en la solicitud de participación, los nombres preparación académica y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, experiencia demostrada en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos solicitados a los que se refieralicitan, así como la permanencia que dicho personal tenga en la empresa. Los PCP podrán exigir Es necesario que el Licitante acredite la experiencia del personal asignado. Cualquier documento público expedido en el extranjero, deberá presentarse legalizado por autoridades consulares mexicanas competentes, conforme a los candidatos o licitadores, que además lo dispuesto en el artículo 546 del Código Federal de acreditar su solvencia Procedimientos Civiles o, en su caso, debidamente apostillados de acuerdo con la clasificación correspondienteConvención por la que se suprime el requisito de legislación de documentos extranjeros, se comprometan a dedicar o adscribir a adoptada por la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter Conferencia Internacional de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidadesHaya. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios personales o materiales necesarios para la ejecución del contrato, los órganos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia trate de documentos privados expedidos en el párrafo precedenteextranjero, estos podrán presentarse en copia simple.
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Samples: Contract for Public Works Services
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFE, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente en el anuncio o en el PCP, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé del contrato de entre los establecidos en los artículos 87 y 90 de la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismoLCSP 9/17. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar, debiendo presentar a dichos efectos cada una de dichas entidades la declaración responsable exigida por el artículo 140.1 c) de la LCSP 9/17. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSPLCSP 9/17, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSPLCSP 9/17, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario se base en la solvencia y medios Cuando una empresa desee recurrir a las capacidades de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio entidades, demostrará al poder adjudicador que va a disponer de lo los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades. El compromiso a que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en refiere el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre párrafo anterior se presentará por el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para hubiera presentado la ejecución del contratomejor oferta previo requerimiento. Cuando un empresario una empresa recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE el poder adjudicador podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario, lo que deberá concretarse en el CRC. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá Los poderes adjudicadores podrán exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir Necesariamente los criterios de solvencia seleccionados deben ser los señalados en los artículos 87 y 90 de la LCSP 9/17 y su normativa de desarrollo, eligiendo sólo aquellos que se consideren oportunos por su relación y proporcionalidad con el objeto; deben rellenarse las X con las magnitudes, parámetros o ratios y los umbrales o rangos de valores que determinarán la admisión o exclusión de los licitadores y que deberán establecerse en proporción a la cuantía del contrato. No obstante, para los contratos que no estén sujetos a regulación armonizada, el órgano de contratación, además de los documentos a los candidatos o licitadoresque se refiere apartado anterior, que además podrá admitir de forma justificada otros medios de prueba de la solvencia distintos de los previstos en los artículos 87 y 90 de la LCSP 9/17. Asimismo, cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia oeconómica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado. Salvo que en los pliegos del contrato se establezca de modo expreso su exigencia, los licitadores o candidatos estarán exentos de la obligación de acreditar la solvencia económica y financiera, y la solvencia técnica y profesional, para los contratos de servicios cuyo valor estimado no exceda de 35.000 euros. Si el objeto contractual requiriese aptitudes específicas en materia social, de prestación de servicios de proximidad u otras análogas, en todo caso se exigirá como requisito de solvencia técnica o profesional la concreta experiencia, conocimientos y medios en las referidas materias, lo que deberá acreditarse por los medios que establece el artículo 90.1 de la LCSP 9/17. En los contratos no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su casosolvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) del artículo 90.1 de la LCSP 9/17, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la clasificación correspondienteletra a), se comprometan a dedicar o adscribir relativo a la ejecución de un número determinado de servicios. Cuando un contrato se divida en lotes los requisitos de solvencia económica y financiera se aplicarán en relación con cada uno de los lotes. No obstante, si el órgano de contratación permitiese la presentación de oferta integradora, los empresarios deberán acreditar la solvencia económica, financiera y técnica correspondiente al conjunto de lotes por los que licite. - Referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual/superior en X veces el valor estimado del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello(en defecto de determinación específica al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año). Estos compromisos - En el ámbito al que se integrarán en refiera el contrato, pudiendo referido al mejor ejercicio dentro de los pliegos tres últimos años disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual/superior en X veces el documento contractualvalor estimado del contrato (en defecto de determinación específica al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, atribuirles y al menos una vez y media el carácter valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año) El volumen anual de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados por el Registro Mercantil. El cómputo se efectuará hasta la resolución fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. Cuando un contrato se divida en lotes, el órgano de contratación podrá establecer el volumen de negocios mínimo anual exigido a los licitadores por referencia a grupos de lotes en caso de que al adjudicatario se le adjudiquen varios lotes que deban ejecutarse al mismo tiempo. En los casos en que resulte apropiado (lo que habrá de motivarse en el expediente), justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a X veces el valor estimado del contrato o compromiso vinculante de suscripción del mismo en caso de resultar adjudicatario (en defecto de determinación específica por importe no inferior al valor estimado del contrato, ) así como aportar el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios personales o materiales necesarios para cobertura durante toda la ejecución del contrato. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, los órganos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteque consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos en que proceda. Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales - Patrimonio neto por Importe igual o superior a X - Ratio entre activos y pasivos: mínimo X (estableciéndose el método y/o criterios para valorar dicho dato) Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. Otros documentos que acrediten la solvencia económica y financiera a determinar por el poder adjudicador (cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado). - (determinar) La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del empresario se efectuará mediante la aportación de los certificados y documentos que para cada caso se determinen reglamentariamente, de entre los siguientes:
a) certificación bancaria
b) póliza o certificado de seguro por riesgos profesionales
c) cuentas anuales
d) declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa.
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Samples: Circular 1/2018
Solvencia. A) Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, económica y financiera y técnica o profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente especifican en el anuncio o las cláusulas 9.2.1.1.d) y e), y 9.2.1.2.a), en el PCPlas que, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y asimismo, se indicará la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán las mismas. Este requisito será sustituido por el de la clasificación, cuando ésta sea exigible conforme a lo dispuesto en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé TRLCSP. Cuando no sea exigible la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contratoclasificación, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Para para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda para la ejecución del contrato dispondrá contrato, dispone efectivamente de esa solvencia y esos medios, y debiendo a tal fin aportar certificado emitido por el órgano de dirección de la entidad a empresa que preste la que recurra no esté incursa citada solvencia, acreditativo de tal circunstancia, en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a el que se refiere el artículo 69 contenga además la aceptación expresa de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican efectos señalados en el artículo 90.1.e) de 1257 del Código Civil por la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidadesempresa que preste su solvencia. En caso de que el empresario se base referido certificado sea aceptado por el órgano de contratación, la Administración podrá exigir en vía administrativa el cumplimiento por la empresa prestataria de la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de aquello a lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en comprometió con la empresa contratista.
B) En el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, Anexo I podrá exigirse a los empresarios las personas jurídicas que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así prestación. Asimismo se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a indicará si los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan deben comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos , así como si estos compromisos, que se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles tienen el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP, o si se establecen penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 212.1 del TRLCSP, para el caso de que se incumplan por el adjudicatario.
C) Requisitos de solvencia técnica complementaria. En los contratos sujetos a regulación armonizada, el órgano de contratación podrá exigir la resolución del contratopresentación de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que el empresario cumple determinadas normas de garantía de la calidad, o de obligaciones gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidadeslos artículos 80 y 81 del TRLCSP. En La Mesa o el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios personales o materiales necesarios para la ejecución del contrato, los órganos órgano de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia podrán recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados, o en el párrafo precedentesu caso, requerirle la aportación o presentación de otros complementarios.
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Samples: Contrato De Suministro
Solvencia. Cód. Validación: 92LKADZGXGTPPD9APWF6FTXDE | Verificación: xxxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 69 Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios las personas empresarias deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente especifican en el anuncio o en el PCPAnexo I donde, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y asimismo, se indicará la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismomismas. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadosolvencia, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. Cuando una empresa desee recurrir a las capacidades de otras entidades, demostrará al órgano de contratación que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades, conforme a lo previsto en la cláusula 13.8. El órgano de contratación podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por la propia persona licitadora o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el Anexo I con indicación de los trabajos a los que se refiera. XXXXX Xxxxxx xxx Xxxxx 1, XXXXXXX. 21730 (Huelva). Tfno. 000000000. Fax: 000000000 // xxx.xxxxxxx.xx No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios personales o materiales necesarios para la ejecución del contrato, los órganos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedente.
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Samples: Contrataciones Patrimoniales
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFE, los Los empresarios deberán podrán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de indistintamente a su solvencia económico-financiera, profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente mediante la clasificación prevista en el anuncio o en el PCPapartado 4.2, o mediante referencia a un sistema bien acreditando el cumplimiento de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir se señalan a continuación. La justificación de la solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse mediante: - Volumen anual de negocios del licitador en el ámbito al que se refiera el contrato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, deberá ser al menos igual al valor medio del contrato. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en caso contrario por las depositadas en el anuncio de licitación y se especificarán registro oficial en que debas estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el 2 Si Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el pliego prevé Registro Mercantil. La justificación de la división solvencia técnica o profesional del empresario deberá acreditarse mediante: -Experiencia en lotes y variaran las condiciones la realización de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario trabajos del mismo tipo o naturaleza al Anuncio o en que corresponde el pliego de condiciones particulares objeto del contrato, debiendo estar vinculados que se acreditará mediante la relación de los trabajos efectuados por el interesado en el curso de los cinco últimos años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, avalados por certificados de buena ejecución expedidos por el empresario beneficiario de los mismos. En cuanto a su objeto y ser proporcionales al mismo. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadoeconómico financiera el requisito mínimo será que el volumen anual de negocios del licitador, en el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a ámbito al que se refiere el artículo 69 contrato, y referido al año de la LCSPmayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstantedeberá ser, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSPal menos, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución igual al valor anual medio del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos En cuanto a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro técnica el requisito mínimo será que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, importe anual acumulado en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos año xx xxxx ejecución sea igual o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución superior al 40% del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución valor estimado del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios personales o materiales necesarios para la ejecución anualidad media si ésta es inferior al 40% del valor estimado del contrato, los órganos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedente.
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Samples: Contract for Services
Solvencia. a) Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o económica y financiera y técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente especifican en el anuncio o las cláusulas 9.2.1.1.d) y 9.2.1.2.a) xxx xxxxxx, en el PCPlas que, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y asimismo, se indicará la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismomismas. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadonecesaria, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda para la ejecución del contrato dispondrá contrato, dispone efectivamente de esa solvencia y esos medios, y debiendo a tal fin aportar certificado emitido por el órgano de dirección de la entidad a empresa que preste la que recurra no esté incursa citada solvencia, acreditativo de tal circunstancia, en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a el que se refiere el artículo 69 contenga además la aceptación expresa de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican efectos señalados en el artículo 90.1.e) de 1257 del Código Civil por la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidadesempresa que preste su solvencia. En caso de que el empresario se base referido certificado sea aceptado por el órgano de contratación, la Administración podrá exigir en vía administrativa el cumplimiento por la empresa prestataria de la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de aquello a lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en comprometió con la empresa contratista.
b) En el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, Anexo I podrá exigirse a los empresarios las personas jurídicas que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajosprestación. Asimismo, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a indicará si los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan deben comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos A estos efectos, se indicará si estos compromisos, que se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles tienen el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar a los efectos previstos en el artículo 223 f) del TRLCSP o si se establecen penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 212.1 del TRLCSP, para el caso de que se incumplan para el adjudicatario.
c) Requisitos de solvencia técnica complementaria. En los contratos sujetos a regulación armonizada el órgano de contratación podrá exigir la resolución del contratopresentación de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que el empresario cumple determinadas normas de garantía de la calidad, o de obligaciones gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en fase los artículos 80 y 81 del TRLCSP. La Mesa o el órgano de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre los medios personales certificados y documentos presentados, o materiales necesarios requerirle para la ejecución del contrato, los órganos presentación de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteotros complementarios.
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Samples: Contract for Services
Solvencia. a) Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o económica y financiera y técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente especifican en el anuncio o las cláusulas 9.2.1.1.d) y e), y 9.2.1.2.a), en el PCPlas que, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y asimismo, se indicará la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán las mismas. Este requisito será sustituido por el de la clasificación, cuando ésta sea exigible conforme a lo dispuesto en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé TRLCSP. Cuando no sea exigible la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contratoclasificación, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Para para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda para la ejecución del contrato dispondrá contrato, dispone efectivamente de esa solvencia y esos medios, y debiendo a tal fin aportar certificado emitido por el órgano de dirección de la entidad a empresa que preste la que recurra no esté incursa citada solvencia, acreditativo de tal circunstancia, en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a el que se refiere el artículo 69 contenga además la aceptación expresa de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican efectos señalados en el artículo 90.1.e) de 1257 del Código Civil por la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidadesempresa que preste su solvencia. En caso de que el empresario se base referido certificado sea aceptado por el órgano de contratación, la Administración podrá exigir en vía administrativa el cumplimiento por la empresa prestataria de la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de aquello a lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en comprometió con la empresa contratista.
b) En el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, anexo I podrá exigirse a los empresarios las personas jurídicas que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador oprestación. Asimismo, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así anexo I se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a indicará si los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondienteclasificación, se comprometan deben comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos A estos efectos en el citado anexo se indicará si estos compromisos, que se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles tienen el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar a los efectos previstos en el artículo 223 f) del TRLCSP, o si se establecen penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 212.1 del TRLCSP, para el caso de que se incumplan por el adjudicatario.
c) Requisitos de solvencia técnica complementaria. En los contratos sujetos a regulación armonizada, el órgano de contratación podrá exigir la resolución del contratopresentación de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que el empresario cumple determinadas normas de garantía de la calidad, o de obligaciones gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en fase los artículos 80 y 81 del TRLCSP. La Mesa o el órgano de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre los medios personales certificados y documentos presentados, o materiales necesarios requerirle para la ejecución del contrato, los órganos presentación de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteotros complementarios.
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Samples: Contract for Works
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFElos contratos, los empresarios concesionarios, deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-económica y financiera, y profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente contratación y se especifiquen en el anuncio o en el PCPclausulado de este Pliego, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y donde se indicará asimismo, la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades acreditación.
a.-) Declaraciones apropiadas de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia financieras o, en su caso, justificante de la clasificación correspondienteexistencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. EE6FFBF4853F407594BA Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxxx.xxxxxxx.xx/xxxxxxx (Validación de documentos) Firmado por El Alcalde-Presidente XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX el 20/5/2021
b.-) Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
c.-) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios. Si por una razón justificada, el licitador no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas, se comprometan le autorizará a dedicar acreditar su solvencia 3económica y financiera por medio de cualquier otro documento que se considere apropiado por el órgano de contratación.
1.- Una relación de los principales servicios o adscribir a trabajos realizados en los últimos cinco años, y que tengan que ver con el objeto del contrato.
2.- Descripción detallada del modelo de explotación que la ejecución del contrato persona licitadora plantea para el servicio, con especial referencia de los medios personales o y materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidadesque piensa adscribir al mismo y sus características. En el caso de contratos que atendida los personales, indicación de su complejidad técnica sea determinante número, experiencia y formación o cursos relacionados con la concreción actividad a desarrollar. Respecto de los medios personales o materiales necesarios para de carácter material, número de unidades y características de la ejecución del contrato, los órganos maquinaria y utillaje que pondrá al servicio de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedentela explotación.
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Samples: Concesión Administrativa
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFE, los empresarios Los/as empresarios/as deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, económica y financiera y profesional y/o técnica de conformidad con lo previsto en los artículos 86, 87 y 89 de la LCSP 2017, que se determinen por señalan en el correspondiente órgano apartado 6 del Cuadro de contrataciónCaracterísticas del Contrato. Dichas Tales condiciones estarán determinadas específicamente mínimas de solvencia se acreditarán en la forma señalada en el anuncio o y en el PCP, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismocitado apartado. Para acreditar acreditarse la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadonecesaria, el empresario el/la empresario/a podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios los/las empresarios/as que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales Para ello la empresa que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán desee recurrir a las capacidades de otras entidades entidades, demostrará que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades, compromiso que se presentará por el/la licitador/a que hubiera presentado la mejor oferta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 150 de la LCSP 2017, previo requerimiento a tal efecto. Cuando así se determine en el apartado 27 del Cuadro de Características del Contrato, deberán ejecutarse directamente por el propio/a licitador/a los trabajos que en él se señalan y si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario así se base recoge especificar en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participaciónoferta, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajosprestación, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan debiendo comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos Dicho compromiso de dedicación o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción adscripción de los medios personales o materiales necesarios suficientes para la ejecución del contrato, contrato tendrá carácter de obligación esencial a los órganos efectos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia en el párrafo precedenteser considerado como causa de resolución del contrato o de imposición de penalidades por incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso.
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Samples: Suministros
Solvencia. Plaza Nueva, 1 • 14900 LUCENA • (Córdoba)
a) Para celebrar contratos con RENFEcontratos, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, económica y financiera y técnica o profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente especifican en el anuncio o los anexos III-A y III-B, en el PCPlos que, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y asimismo, se indicará la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán las mismas. Este requisito será sustituido por el de la clasificación, cuando ésta sea exigible conforme a lo dispuesto en el anuncio de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada loteTRLCSP. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contratoCuando no sea exigible la clasificación, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Para para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. En caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso dispone efectivamente de esos medios, en cuyo caso deberá aportar certificado acreditativo de tal circunstancia emitido por el órgano de dirección de la entidad que preste la citada solvencia, en el que éste acepte expresamente que la Administración pueda exigirle directamente en vía administrativa el cumplimiento de aquello a lo que se hubiere comprometido con carácter solidario. la empresa contratista.
b) En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, el anexo III-B podrá exigirse a los empresarios las personas jurídicas que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así prestación. Asimismo se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán exigir a indicará si los candidatos o licitadores, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondienteclasificación, se comprometan deben comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos , así como si estos compromisos, que se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles tienen el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar a los efectos previstos en el artículo 223 f) del TRLCSP, o si se establecen penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 212.1 del TRLCSP, para el caso de que se incumplan por el adjudicatario.
c) Requisitos de solvencia técnica complementaria. En los contratos sujetos a regulación armonizada, el órgano de contratación podrá exigir la resolución del contratopresentación de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que el empresario cumple determinadas normas de garantía de la calidad, o de obligaciones gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en fase los artículos 80 y 81 del TRLCSP. La Mesa o el órgano de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados, o requerirle para la imposición presentación de penalidadesotros complementarios. En el caso perfil de contratos que atendida contratante del órgano de contratación se publicará la composición de la Mesa de contratación y, en su complejidad técnica sea determinante caso, la concreción designación de los medios personales miembros del comité de expertos o materiales necesarios para la ejecución del organismo técnico Nº de Expediente: SE-22/17 4 del contrato: Servicio integral de recogida, los órganos gestión y control de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia animales, en el párrafo precedentetérmino municipal de Lucen 440E609BB6A62C7371DB Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xx (Validación de documentos) Propuesto por El Técnico de Gestión XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX el 1/9/2017 Conforme de El Secretario General XXXXX XXXXXXXX XXXXXX el 1/9/2017 Firmado por el Xxxxxxx X. XXXXX XXXXXXXX XXXX el 1/9/2017 pie_firma_corto_dipu_01 Objeto a. especializado, la adjudicación, la formalización del contrato y el plazo en que debe procederse a la misma, así como cualquier otro dato e información referente a su actividad contractual, de acuerdo con lo establecido en el artículo 53 del TRLCSP. El acceso público al perfil de contratante se efectuará a través del portal del Ayuntamiento xx Xxxxxx, indicado en el anexo I del presente pliego.
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Solvencia. Para celebrar contratos Cuando el punto 29.1 de la Carátula de este pliego exija clasificación deberá acreditarse, mediante certificación expedida por el Registro competente, la clasificación suficiente y no caducada que habilite para contratar servicios del Grupo, Subgrupo y Categoría indicadas en dicho punto. Dicha certificación deberá ir acompañada de una declaración responsable de la empresa en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación (véase el apartado 5 del anexo VIII). Esta manifestación deberá reiterarse, en caso de resultar adjudicataria, en el documento en que se formalice el contrato (artículo 130.3 LCSP). Si el punto 15 de la Carátula permite la subcontratación y una parte de la prestación objeto del contrato tiene que ser realizada por empresas especializadas que cuenten con RENFEuna determinada habilitación o autorización profesional, los la clasificación en el grupo correspondiente a esa especialización, en caso de ser exigida, podrá suplirse por el compromiso de la empresa de subcontratar la ejecución de esta porción con otros empresarios deberán acreditar que dispongan de la habilitación y, en su caso, clasificación necesarias, siempre que el importe de la parte que debe ser ejecutada por éstos no exceda, en computo global del 50 por ciento del precio del contrato (artículo 54.1 LCSP). Este compromiso de subcontratación se ajustará a las condiciones previstas en las letras a), b) y c) de la cláusula 13.2.6 anterior. Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo justificar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente la clasificación exigida en el anuncio o plazo previsto para la subsanación de defectos u omisiones en el PCP, o mediante referencia a un sistema de clasificación que pueda ser aplicable al contrato en cuestión. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos (artículo 130.1.b) LCSP). Cuando la Carátula de este pliego no exija clasificación, se indicarán en presentará la documentación que acredite el anuncio cumplimiento de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones de un lote a otro solvencia económica y financiera y de solvencia técnica, conforme se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o especifica en el pliego punto 29.2 de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismola Carátula. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinadosolvencia, el empresario la empresa podrá basarse en la solvencia y los medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda que para la ejecución del contrato dispondrá dispone efectivamente de esa solvencia esos medios. La empresa que disponga de clasificación vigente para la celebración de contratos del mismo grupo y medios, y subgrupo que el que constituye el objeto del contrato puede sustituir la entidad a la que recurra no esté incursa presentación de los medios de acreditación fijados en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 referido punto de la LCSP, podrán recurrir a Carátula por la acreditación de la clasificación obtenida. Compromiso de adscripción de medios y de cumplimiento de las capacidades condiciones especiales de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos ejecución: La empresa debe presentar firmado el compromiso de estudios adscripción de medios personales y profesionales materiales que se indican figura en el artículo 90.1.e) anexo VII de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidadeseste pliego. Nombres y cualificación profesional: En el caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, exija en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones punto 29.6 de la licitación a Carátula, la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, empresa debe aportar los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE podrá exigir prestación. Si resultara adjudicataria provisional, deberá acreditar la efectiva disposición de tales medios. Relación de empresas pertenecientes al mismo grupo (apartado 6.2 del anexo VIII). A los efectos de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 129.4 de la LCSP y en el artículo 86.1 RGLCAP, deberá presentarse relación de las empresas pertenecientes al mismo grupo, entendiéndose por tales las que determinadas partes o trabajos, se encuentren en atención alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio. En caso de no pertenecer a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, ningún grupo deberá aportar declaración en tal sentido. Subcontratistas: En el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya exija en la Carátula (punto 15.3), las empresas deberán indicar la parte del contrato que tengan previsto en subcontratar, señalando su importe, y el correspondiente pliego con indicación nombre o perfil empresarial definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los trabajos subcontratistas a los que se refieravaya a encomendar su realización. Los PCP podrán exigir a los candidatos Garantía provisional: Cuando lo exija en el punto 7.1 de la Carátula, la empresa interesada en el contrato deberá prestar garantía provisional por el importe fijado en dicho punto (artículo 91 LCSP). La garantía podrá constituirse y habrá de depositarse en la siguiente forma: En efectivo o licitadores, que además en valores de acreditar su solvencia Deuda Pública. El efectivo se depositará en la Tesorería General del País Xxxxx o, en su caso, establecimiento equivalente del ente que corresponda, y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán ante el órgano de contratación. Mediante aval, prestado por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar, que deberá depositarse ante el órgano de contratación. Mediante contrato de seguro de caución con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá depositarse ante el órgano de contratación Mediante retención en el precio en el caso de que se encuentre permitido en el punto 7.5 de la clasificación Carátula. La garantía provisional podrá ser sustituida por la certificación expedida por la Tesorería General del País Xxxxx o la del ente público correspondiente, se comprometan de la existencia de la garantía global, de la suficiencia de la misma, así como, de la inmovilización del importe de la garantía a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato, o de obligaciones en fase de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidadesconstituir. En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante el punto 7.4 de la concreción Carátula lo permita, la acreditación de los la constitución de la garantía podrá realizarse por medios personales electrónicos, informáticos o materiales necesarios para telemáticos La garantía provisional será devuelta inmediatamente después de la ejecución adjudicación definitiva del contrato, los órganos de contratación exigirán el compromiso al salvo a la adjudicataria provisional a la que se ha hecho referencia en el párrafo precedentele retendrá hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva (art. 91.2 y 91.4 de la LCSP).
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Samples: Contrato De Servicios
Solvencia. Para celebrar contratos con RENFE, Todos los empresarios licitadores deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económico-financiera, económica y financiera y técnica o profesional y/o técnica que se determinen por el correspondiente órgano de contratación. Dichas condiciones estarán determinadas específicamente contratación en el anuncio o apartado 5 del CRC, de conformidad con lo establecido en los artículos 74 al 76 y del 86 al 95 de la LCSP 9/17 y su normativa de desarrollo. En el apartado 5.1 del CRC, se indicará de forma diferenciada para los contratos no sujetos a regulación armonizada, la acreditación de la solvencia técnica cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, de acuerdo con lo establecido en el PCPartículo 89.1.h) de la LCSP 9/17. Cuando para acreditar la solvencia del contrato sea necesario el examen de muestras se indicará en el apartado 5.3 del CRC, o mediante referencia especificando los elementos a un sistema presentar como muestras, así como la ubicación donde habrán de clasificación que pueda ser aplicable depositarse. La presentación de las mismas solamente le corresponderá al contrato en cuestiónpropuesto como adjudicatario. Los requisitos mínimos Con carácter general, los licitadores estarán exentos de la obligación de acreditar la solvencia que deba reunir el empresario económica y financiera, y la documentación requerida solvencia técnica y profesional, para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio contratos de licitación y se especificarán en el 2 Si el pliego prevé la división en lotes y variaran las condiciones suministros cuyo valor estimado no exceda de un lote a otro se aportará una declaración responsable por cada lote. documento complementario al Anuncio o en el pliego de condiciones particulares del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo35.000 euros. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar, mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSPLCSP 9/17, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto En ambos casos habrá que estar a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican lo establecido en el artículo 90.1.e) 75 de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidadesLCSP 9/17. En el caso de que el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades esta disposición se acreditará en esta fase -sin perjuicio de lo que se indica más adelante en fase de adjudicación- mediante escrito otorgado ante Notario Público, en el que las empresas implicadas manifiesten que conocen en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador y manifiesten su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios referidos –cualesquiera que sea su naturaleza, siempre que respalden dicha solvencia -para la ejecución del contrato. Cuando un empresario recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, RENFE podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro suministros que incluyan servicios o trabajos de colocación e o instalación, podrá exigirse a los empresarios que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación e incluso RENFE se podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas ejecu- tadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que si así se haya previsto establece en el correspondiente pliego apartado 23.1 del CRC con indicación de los trabajos a los que se refiera. Los PCP podrán En caso de resultar adjudicatario, el licitador ejecutará el contrato con los mismos medios que ha aportado para acreditar su solvencia. Sólo podrá sustituirlos, por causas imprevisibles, por otros medios que acrediten solvencia equivalente y con la correspondiente autorización de la Administración. El órgano de contratación, cuando así lo haya hecho constar en el apartado 7 del CRC que acompaña a este pliego, podrá exigir a los candidatos o licitadores, licitadores que además de acreditar su solvencia o, en su caso, la clasificación correspondiente, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. , que deberán concretar en su oferta (artículo 76.2 de la LCSP 9/17), según el modelo establecido en el Anexo V. Estos compromisos se integrarán en el contrato, pudiendo debiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales cuyo incumplimiento puede conllevar a los efectos previstos en el artículo 211.1.f) de la resolución del contratoLCSP 9/17, o establecer penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 192.1 de obligaciones en fase la LCSP 9/17 y artículo 16 de ejecución cuyo incumplimiento lleva aparejado la imposición de penalidades. En LCPSREx, para el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante se incumplan por el adjudicatario. En los supuestos en los que los licitadores concurran bajo la concreción forma de Unión Temporal de Empresas o promesa de constitución de la misma, de resultar adjudicatarios, la solvencia acreditada por cada uno de sus miembros se acumulará a la de los medios personales o materiales necesarios para la ejecución del contratorestantes, a efectos de valorar si reúnen los órganos de contratación exigirán el compromiso al que se ha hecho referencia requisitos mínimos exigidos en el párrafo precedentecorrespondiente apartado del CRC.
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Samples: Modelo De Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares