XXXX ASEGURADA Cláusulas de Ejemplo

XXXX ASEGURADA. POR SUMA ASEGURADA SE ENTIENDE EL LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD XX XXXX, ESTABLECIDO SEGÚN EL MEDIO DE TRANSPORTE DECLARADO EN LAS CONDICIONES PARTICULARES DE LA PRESENTE PÓLIZA. ASIMISMO, EL RESPECTIVO LÍMITE SE HACE EXTENSIVO AL ALMACENAMIENTO O CONSOLIDACIÓN DE LOS BIENES ASEGURADOS CON OCASIÓN DE SU TRANSPORTE HASTA SU DESTINO FINAL. LA SUMA ASEGURADA PARA CADA DESPACHO SE D ETERM INAR Á Y SE LIQ UIDARÁ EN EL CORRESPONDIENTE CERTIFICADO DE SEGURO, DE LA SIGUIENTE FORMA: PARA IMPORTACIONES:
XXXX ASEGURADA. 4.1 La suma asegurada, para los efectos de las coberturas de la Sección A, debe corresponderse con el valor de reposición o costo total de la construcción que comprende el importe del coste definitivo en el momento de la entrega, incluyendo el coste de ejecución, honorarios de proyecto e interventoría, honorarios del Organismo de Control Técnico, licencias e impuestos y, en general, cualquier otro gasto que sea necesario para la ejecución de aquella. En ningún caso, se incluirán los extra costes acordados por el constructor o el propietario en concepto de pronta ejecución ni disminuirlo en las penalizaciones por retrasos.
XXXX ASEGURADA. EL ASEGURADO DEBERÁ SOLICITAR Y MANTENER EN VIGOR COMO SUMA ASEGURADA POR CADA BIEN AMPARADO, LA QUE SEA EQUIVALENTE AL VALOR ACTUAL DE REPOSICIÓN O REEMPLAZO.
XXXX ASEGURADA. El límite máximo de responsabilidad para esta sec- ción corresponderá al que se indique en la Carátula de la Póliza.
XXXX ASEGURADA. El límite máximo de responsabilidad para esta sección corresponderá al que se indique en la Carátula de la Póli- za. En caso de Siniestro La Compañía indemnizará el importe del efectivo o valores al momento del Sinies- tro, siendo necesario que el Asegurado levante la denuncia de los hechos ante Ministerio Público y pre- pare los medios de comprobación que acrediten la preexistencia del importe del efectivo o valor.
XXXX ASEGURADA. Es la suma máxima en riesgo para LA COMPAÑÍA, la cual aparece señalada en las Condiciones Particulares de esta póliza.
XXXX ASEGURADA. La Suma Asegurada correspondiente a gastos fune- rarios para cada participante es el equivalente a 60 UMA mensual vigente en la Ciudad de México (CDMX) a la fecha de emisión de la Póliza.
XXXX ASEGURADA. La suma asegurada para cada garantía estará determinada en las Condiciones Particulares de la Póliza. En cualquier caso, existe un límite máximo global de indemnización indicado en las Condiciones Particulares y que constituye la cantidad máxima a pagar por A.M.A. por el conjunto de todas las prestaciones objeto de cobertura.
XXXX ASEGURADA. Las Coberturas descritas en los apartados X. Xxxx- ción de Escombros, B. Gastos Extraordinarios y C. Pérdida xx Xxxxxx, amparan hasta los límites seña- lados para cada uno en la Carátula de la presente Póliza para esta Sección. La protección que se otorga en el apartado B. Gas- tos Extraordinarios, cesará a partir de que se extin- ga la condición de inhabitabilidad, o al término de un periodo máximo de seis meses contados a par- tir de la fecha del Siniestro, o hasta que se agote la Suma Asegurada por los pagos efectuados bajo el amparo de esta Cobertura. Para el apartado C. Pérdida xx Xxxxxx La Compañía indemnizará las rentas no percibidas hasta la Suma Asegurada y el periodo máximo establecido en la Póliza a partir de la fecha en que ocurrió el Siniestro, sin que el periodo quede limitado por la fecha de terminación de la vigencia de la Póliza al momento del Siniestro. La Suma Asegurada decla- rada en la Póliza deberá ser el equivalente al importe anual de las rentas por asegurar y será el límite máximo de responsabilidad de la Compañía.
XXXX ASEGURADA. Las sumas aseguradas han sido declaradas por el Asegurado por lo que dichos límites no han demos- trado su preexistencia, ni valor. En caso de Siniestro, La Compañía indemnizará el daño causado a valor de reposición que tengan los bienes al momento del Siniestro, sin exceder el monto de la Suma Asegurada contratada.