Common use of VENCIMIENTO ANTICIPADO Clause in Contracts

VENCIMIENTO ANTICIPADO. Declara El DEUDOR (A), que en virtud de que este crédito le ha sido otorgado entre otros, en consideración a la solvencia, posición financiera y demás circunstancias particulares de su persona, tal como se presentan a la fecha de este documento, autoriza a BANHPROVI, para que pueda dar por terminado anticipadamente el plazo concedido para el cumplimiento total de la obligación contraída en este contrato, sin responsabilidad de BANHPROVI y exigir de inmediato los saldos adeudados, intereses, comisiones y gastos (incluidos en estos las costas procesales y personales en que BANHPROVI, hubiere incurrido en cualquier asunto relacionado con la ejecución de este contrato), si a criterio exclusivo de BANHPROVI, se dieren las siguientes circunstancias: I.- Se produjera un cambio drástico respecto de tales extremos o EL DEUDOR (A) cediera el crédito contra BANHPROVI, sin el consentimiento escrito y anticipado de este.- II.- La falta de pago de una cuota de capital e intereses, o falta de pago de cualquier otra suma que por cualquier concepto que se adeude, dará derecho a BANHPROVI, a declarar vencido este préstamo y a exigir el total de la obligación más los intereses, gastos y costas, como si fueren de plazo vencido.- III.- Si con posterioridad BANHPROVI, comprobare fehacientemente que se proporcionaron declaraciones inexactas de parte de EL DEUDOR (A), o que hubieron circunstancias tales que BANHPROVI, no habría otorgado el presente crédito o no lo habría dado en las mismas condiciones, si hubiera conocido el verdadero estado de las cosas, reservándose para este último caso el derecho de exigir los correspondientes daños y perjuicios sufridos.- IV.- Si con posterioridad al otorgamiento xxx xxxxxxxx, se entablare contra EL DEUDOR (A), cualquier tipo de demanda entre otras Ejecutiva, Ordinaria y Laboral, etcétera, entendiéndose lo anterior a manera ejemplificativa mas no limitativa.- V.- Por el incumplimiento de EL DEUDOR (A), en cualquiera de las condiciones y obligaciones consignadas en las cláusulas del presente contrato. VI. Cuando su o sus nombres hayan sido incluidos en listas internacionales tales como ONU, FINCEN y/o OFAC, y cualquier otro programa o programas locales y/o internacionales, lo anterior en cumplimiento de su obligación legal de prevenir y controlar el lavado de activos y financiación del terrorismo. VII. Por utilizar los fondos otorgados a una actividad diferente a la pactada.- CLAUSULA DECIMA PRIMERA:

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Prestamo Privado

VENCIMIENTO ANTICIPADO. Declara El DEUDOR (A)No obstante el plazo prefijado y la forma de pago convenida, que en virtud de que este crédito le ha sido otorgado entre otros, en consideración a la solvencia, posición financiera y demás circunstancias particulares de su persona, tal como se presentan a la fecha de este documento, autoriza a BANHPROVI, para que pueda dar "EL BANCO" dará por terminado vencido anticipadamente el plazo concedido para el cumplimiento total crédito debido, resolviéndose este Contrato de la obligación contraída en este contratomero derecho y se hará exigible de inmediato con todos sus accesorios, sin responsabilidad necesidad de BANHPROVI y exigir de inmediato los saldos adeudados, intereses, comisiones y gastos (incluidos en estos las costas procesales y personales en que BANHPROVI, hubiere incurrido en cualquier asunto relacionado con la ejecución de este contrato), si requerimiento previo o intimación alguna judicial o extrajudicial a criterio exclusivo de BANHPROVI, se dieren las siguientes circunstancias: I.- Se produjera un cambio drástico respecto de tales extremos o lo cual renuncia "EL DEUDOR (A) cediera el crédito contra BANHPROVI, sin el consentimiento escrito y anticipado de este.- II.- La falta de pago de una cuota de capital e intereses, o falta de pago de cualquier otra suma que por cualquier concepto que se adeude, dará derecho a BANHPROVI, a declarar vencido este préstamo y a exigir el total de la obligación más los intereses, gastos y costas, como si fueren de plazo vencido.- III.- Si con posterioridad BANHPROVI, comprobare fehacientemente que se proporcionaron declaraciones inexactas de parte de EL DEUDOR (A), o que hubieron circunstancias tales que BANHPROVI, no habría otorgado el presente crédito o no lo habría dado en las mismas condiciones, si hubiera conocido el verdadero estado de las cosas, reservándose para este último caso el derecho de exigir los correspondientes daños y perjuicios sufridos.- IV.- Si con posterioridad al otorgamiento xxx xxxxxxxx, se entablare contra EL DEUDOR (A), cualquier tipo de demanda entre otras Ejecutiva, Ordinaria y Laboral, etcétera, entendiéndose lo anterior a manera ejemplificativa mas no limitativa.- V.- Por el incumplimiento de EL DEUDOR (A)DEUDOR", en cualquiera de los siguientes casos: A)- Si "EL DEUDOR" cediese o transfiriese a cualquier título a otra persona sin autorización de "EL BANCO" el bien pignorado; B) Si la garantía constituida, a criterio de "EL BANCO", sufriere desmejora tal que su valor no cubra el saldo del crédito y "EL DEUDOR" no efectuare una amortización adecuada para que el saldo quede garantizado a juicio de "EL BANCO"; C)- Si a juicio de "EL BANCO" sobreviene un deterioro en la situación financiera de "EL DEUDOR" o si éstos efectuaren desviaciones de los activos o de su capital circulante; D)- Si "EL DEUDOR" se atrasare en el pago de las condiciones cuotas de amortización o faltare al cumplimiento de sus obligaciones en la forma y obligaciones consignadas plazo previstos en las cláusulas el presente Contrato; E)- Si no usare el préstamo a los fines que se destina. En todo caso el uso o destino de los fondos podrá ser verificado por EL BANCO; F)- si otro acreedor entablare demanda o solicitud de ejecución forzosa en contra de "EL DEUDOR" de este Préstamo, o bien si recayese embargo o cualquier otra medida cautelar sobre sus bienes o sobre el bien que se prendará en garantía del presente contratopréstamo; G)- Si "EL DEUDOR" u otra persona con sus instrucciones impidiere a "EL BANCO" efectuar inspecciones periódicas, o a su juicio, si es el caso, a su negocio o establecimiento comercial, o proporcione datos o informaciones falsas respecto a esos extremos al solicitar el préstamo o en el transcurso del plazo del pago del mismo; H) Si "EL DEUDOR" vendiere, arrendare o gravare el bien pignorado; I) si "EL DEUDOR" se negara a informar a "EL BANCO" de sus Estados Financieros, del desarrollo de su Empresa, de sus programas de expansión de activos fijos u operaciones, de las fuentes de recursos correspondientes, de actualización de datos o cualquier otra información que éste le requiriese a fin de cumplir con los requisitos exigidos por la Superintendencia de Bancos en su cuerpo xx Xxxxx y Normativas correspondientes; J) Cualquier circunstancia que debilite la situación financiera y la capacidad o posibilidad de pago de parte de "EL DEUDOR"; K) si hubiere indicios de operaciones inusuales o sospechosas que induzcan a presumir la comisión del delito xx Xxxxxx de Dinero y de otras actividades ilícitas, incluida la del terrorismo; L) Si "EL DEUDOR" en vez de utilizar el bien prendado exclusivamente para uso particular lo llegare a utilizar para efectos de comercio, como taxi, como medio de transporte colectivo o bien si lo llegare a dar en arriendo. VI. Cuando La prueba de esos hechos, en su caso, queda sujeta a la simple afirmación o apreciación de "EL BANCO" o sus nombres hayan sido incluidos en listas internacionales tales como ONU, FINCEN y/o OFACrepresentantes, y cualquier otro programa M) si el Ministerio Público, o programas locales y/la Procuraduría General de la República u otra persona natural o internacionales, lo anterior jurídica ejerciere en cumplimiento contra de su obligación legal “EL DEUDOR” acción(es) penal(es) por la comisión de prevenir delito(s) que implique(n) la imposición xx xxxxx de prisión y controlar el lavado la privación de activos y financiación del terrorismo. VII. Por utilizar los fondos otorgados a una actividad diferente a la pactada.- CLAUSULA DECIMA PRIMERA:otros derechos.-

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Préstamo Con Garantia Prendaria

VENCIMIENTO ANTICIPADO. Declara El DEUDOR (A)No obstante el plazo prefijado y la forma de pago convenida, que en virtud de que este crédito le ha sido otorgado entre otros, en consideración a la solvencia, posición financiera y demás circunstancias particulares de su persona, tal como se presentan a la fecha de este documento, autoriza a BANHPROVI, para que pueda dar LA ACREEDORA dará por terminado vencido anticipadamente el plazo concedido para crédito debido, resolviéndose el cumplimiento total contrato de mero derecho y se hará exigible el pago inmediato de lo adeudado por EL DEUDOR con todas sus obligaciones accesorias, sin necesidad de requerimiento previo o intimación alguna judicial o extrajudicial, a lo cual renuncia EL DEUDOR en cualquiera de los siguientes casos: a) Si EL DEUDOR incumple cualquiera de las obligaciones indicadas y aceptadas en el presente contrato o incurra en cualesquiera de las prohibiciones estipuladas; b) Si hubiere conductas dolosas de parte de EL DEUDOR, con respecto al crédito otorgado; c) Si EL DEUDOR se atrasare en el pago de las cuotas de amortización incurriendo en xxxx con LA ACREEDORA o con cualquier otra institución financiera pública o privada por cualquier otra obligación principal; d) Si el presente contrato fuere objeto de reestructuración; e) Si hubiere operaciones inusuales o sospechosas, o de actos comprendidos dentro de los delitos conocidos como lavado de dinero y otras actividades ilícitas, incluida la obligación contraída del terrorismo; f) Cuando EL DEUDOR, o cualquiera de los obligados en este contrato, sin responsabilidad de BANHPROVI y exigir de inmediato los saldos adeudados, intereses, comisiones y gastos (incluidos en estos las costas procesales y personales en que BANHPROVI, hubiere incurrido en cualquier asunto relacionado con la ejecución de este contrato), si a criterio exclusivo de BANHPROVI, se dieren las siguientes circunstancias: I.- Se produjera un cambio drástico respecto de tales extremos o EL DEUDOR (A) cediera el crédito contra BANHPROVI, sin el consentimiento escrito y anticipado de este.- II.- La falta de pago de una cuota de capital e intereses, o falta de pago de cualquier otra suma que por cualquier concepto que se adeude, dará derecho a BANHPROVI, a declarar vencido este préstamo y a exigir el total de la obligación más los intereses, gastos y costas, como si fueren de plazo vencido.- III.- Si con posterioridad BANHPROVI, comprobare fehacientemente que se proporcionaron declaraciones inexactas de parte de EL DEUDOR (A), o que hubieron circunstancias tales que BANHPROVI, no habría otorgado el presente crédito o no lo habría dado en las mismas condiciones, si hubiera conocido el verdadero estado de las cosas, reservándose para este último caso el derecho de exigir los correspondientes daños y perjuicios sufridos.- IV.- Si con posterioridad al otorgamiento xxx xxxxxxxx, se entablare contra EL DEUDOR (A), cualquier tipo de demanda entre otras Ejecutiva, Ordinaria y Laboral, etcétera, entendiéndose lo anterior a manera ejemplificativa mas no limitativa.- V.- Por el incumplimiento de EL DEUDOR (A), en cualquiera de las condiciones y obligaciones consignadas en las cláusulas del presente contrato. VI. Cuando ocultare su o sus nombres hayan sido incluidos en listas internacionales tales como ONU, FINCEN domicilio y/o OFACse hiciere ilocalizable; g) Cuando se entablare cualquier clase de ejecución, y cualquier otro programa acción o programas locales y/o internacionales, lo anterior juicio en cumplimiento contra de su obligación legal cualquiera de prevenir y controlar el lavado de activos y financiación del terrorismo. VII. Por utilizar los fondos otorgados a una actividad diferente a la pactada.- CLAUSULA DECIMA PRIMERA:obligados en éste contrato;

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Prestamo Personal

VENCIMIENTO ANTICIPADO. Declara El DEUDOR (A)Se declarará vencimiento anticipado el crédito debido, que resolviéndose éste contrato de mero derecho y se hará exigible de inmediato el pago de todo lo adeudado al DEUDOR, sin necesidad de requerimiento previo o intimación alguna judicial o extrajudicial en virtud los siguientes casos: 1) Si por cualquier causa como DEUDOR, no cumple con sus obligaciones y faltare al compromiso de que este crédito le ha sido otorgado entre otros, en consideración a la solvencia, posición financiera y demás circunstancias particulares pagar o cancelar una de su persona, tal como se presentan a la fecha de este documento, autoriza a BANHPROVI, para que pueda dar por terminado anticipadamente las cuotas establecidas durante el plazo concedido para el cumplimiento total de la obligación contraída en este contrato, Financiera FAMA S.A. podrá resolver de pleno derecho sin responsabilidad necesidad de BANHPROVI requerimiento alguno judicial o extrajudicial y exigir de inmediato los saldos adeudados, intereses, comisiones y gastos (incluidos en estos las costas procesales y personales en que BANHPROVI, hubiere incurrido en cualquier asunto relacionado con la ejecución de este contrato), si a criterio exclusivo de BANHPROVI, se dieren las siguientes circunstancias: I.- Se produjera un cambio drástico respecto de tales extremos o EL DEUDOR (A) cediera el ACREEDOR dar por vencido el crédito contra BANHPROVIy exigirle el pago total del saldo adeudado ya fuere judicial o extrajudicialmente haciendo efectiva la garantía mobiliaria otorgada a favor del ACREEDOR, sin el consentimiento escrito y anticipado de este.- II.- La falta de pago de una cuota de capital e intereses, o falta de pago de cualquier otra suma que por cualquier concepto que Financiera FAMA S.A. se adeude, dará derecho a BANHPROVI, a declarar vencido este préstamo y a exigir el total de la obligación más los intereses, gastos y costas, como si fueren de plazo vencido.- III.- Si con posterioridad BANHPROVI, comprobare fehacientemente que se proporcionaron declaraciones inexactas de parte de EL DEUDOR (A), o que hubieron circunstancias tales que BANHPROVI, no habría otorgado el presente crédito o no lo habría dado en las mismas condiciones, si hubiera conocido el verdadero estado de las cosas, reservándose para este último caso reserva el derecho de exigir reclamar los correspondientes daños y perjuicios sufridos.- IV.- Si perjuicios, los gastos y honorarios que se causaren para hacerle cumplir con posterioridad sus obligaciones, 2) Que no obstante el plazo prefijado, al otorgamiento xxx xxxxxxxx, crédito que aquí se entablare contra EL DEUDOR (A), cualquier tipo regula se dará por vencido anticipadamente y se hará exigible de demanda entre otras Ejecutiva, Ordinaria y Laboral, etcétera, entendiéndose lo anterior a manera ejemplificativa mas no limitativa.- V.- Por el incumplimiento inmediato con todos sus accesorios sin necesidad de EL DEUDOR (A)requerimiento previo, en cualquiera de las condiciones los casos siguientes: 2.1) En caso de vender, ceder, transferir, gravar o enajenar por cualquier título los bienes prendados que garantizan este crédito sin el previo consentimiento de EL ACREEDOR, 2.2) si la garantía constituida se desapreciare, disminuyere o desmejorase por cualquier causa, 2.3) si se tiene información de que los bienes dados en garantía en el presente instrumento se gravaren antes o posteriormente con otro ACREEDOR; 3) Se declarará vencido anticipadamente, si por cualquier causa como DEUDOR, desvía el destino del crédito y obligaciones consignadas no lo invierte de acuerdo a lo establecido en las cláusulas del el presente contrato. VIEn todo caso el uso o destino de los fondos podrá ser verificado por su ACREEDOR; 4) Sí otro Acreedor, Persona Natural o Jurídica, el Ministerio Público o la Procuraduría General de la República entablare acción judicial en contra de EL DEUDOR, o bien si recayese embargo, secuestro o cualquier otra medida ejecutiva o precautoria sobre sus bienes o sobre el bien prendado en garantía del presente crédito o si el dominio del DEUDOR sobre dicho bien o bienes fuesen disputados en juicio. Cuando su 5) Sí el Ministerio Público, la Procuraduría General de la República o sus nombres hayan sido incluidos cualquier Persona Natural o Jurídica, ejerciera en listas internacionales tales como ONU, FINCEN y/o OFAC, contra del DEUDOR acción penal por la comisión de delitos que impliquen la imposición xx xxxxx de prisión y la privación de otros derechos; 6) Sí se venciere cualquier otro programa préstamo de EL DEUDOR Y/O GARANTE a favor de EL ACREEDOR y no fuere cancelado; 7) Sí EL DEUDOR se negara a informar a EL ACREEDOR sobre sus estados financieros, información xx xxxxxxx de sus recursos correspondientes, de actualización de datos o programas locales y/cualquier otra información que éste le requiriese a fin de cumplir con los requisitos exigidos por la Superintendencia de Bancos en su cuerpos xx xxxxx y Normativas correspondientes; 8) Sí EL DEUDOR hubiese proporcionado a EL ACREEDOR datos inexactos o internacionales, lo anterior falsos al solicitar el préstamo o en cumplimiento de su obligación legal de prevenir y controlar el lavado de activos y financiación transcurso del terrorismo. VII. Por utilizar los fondos otorgados a una actividad diferente a la pactada.- CLAUSULA DECIMA PRIMERA:plazo del pago del mismo;

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Linea De Credito Revolvente Garantizado Con Garantia Mobiliaria

VENCIMIENTO ANTICIPADO. Declara El EL DEUDOR (A)entiende y acepta que EL ACREEDOR podrá dar por vencido el plazo del Mutuo aquí otorgado y exigir el inmediato y total pago de la suma adeudada, sin necesidad de requerimiento alguno, judicial o extrajudicial, pudiendo reclamar el pago total de lo adeudado, los daños y perjuicios, los gastos, trámites y honorarios causados para hacerle cumplir con sus obligaciones, en caso que EL DEUDOR cayere en virtud una o varias de las siguientes situaciones: a) En caso xx xxxx o incumplimiento de cualquier obligación bajo el presente contrato; b) Por cualquier declaración hecha por EL DEUDOR a EL ACREEDOR que resultare ser falsa, engañosa o maliciosa; c) Por destinar los fondos desembolsados por EL ACREEDOR para fines distintos de los establecidos en este contrato o para la comisión de cualquier actividad ilícita, incluyendo lavado de dinero y/o financiamiento al terrorismo; d) Por quiebra, insolvencia o concurso de acreedores de EL DEUDOR; e) Por el mero hecho de que este crédito le ha sido otorgado entre otros, un tercero entablare ejecución judicial en consideración a la solvencia, posición financiera y demás circunstancias particulares contra de su persona, tal como se presentan a la fecha de este documento, autoriza a BANHPROVI, para que pueda dar por terminado anticipadamente el plazo concedido para el cumplimiento total de la obligación contraída en este contrato, sin responsabilidad de BANHPROVI y exigir de inmediato los saldos adeudados, intereses, comisiones y gastos (incluidos en estos las costas procesales y personales en que BANHPROVI, hubiere incurrido en cualquier asunto relacionado con la ejecución de este contrato), si a criterio exclusivo de BANHPROVI, se dieren las siguientes circunstancias: I.- Se produjera un cambio drástico respecto de tales extremos o EL DEUDOR (Ay dicha ejecución, a juicio de EL ACREEDOR, afectare su capacidad para honrar el presente contrato; f) cediera el crédito contra BANHPROVIPor no comunicar inmediatamente por escrito a EL ACREEDOR de cualquier circunstancia o hecho que, sin el consentimiento escrito y anticipado de este.- II.- La falta acuerdo al buen juicio de EL ACREEDOR, pudiera tener un efecto adverso en la capacidad de pago de una cuota de capital e intereses, o falta de pago de cualquier otra suma que por cualquier concepto que se adeude, dará derecho a BANHPROVI, a declarar vencido este préstamo y a exigir el total de la obligación más los intereses, gastos y costas, como si fueren de plazo vencido.- III.- Si con posterioridad BANHPROVI, comprobare fehacientemente que se proporcionaron declaraciones inexactas de parte de EL DEUDOR (A)DEUDOR, o que hubieron circunstancias tales que BANHPROVI, no habría otorgado en su habilidad de cumplir fielmente con todas las obligaciones contenidas en el presente crédito contrato; g) Si hubieren claros indicios de operaciones inusuales o no lo habría dado en las mismas condiciones, si hubiera conocido el verdadero estado de las cosas, reservándose para este último caso el derecho de exigir los correspondientes daños y perjuicios sufridos.- IV.- Si con posterioridad al otorgamiento xxx xxxxxxxx, se entablare contra sospechosas realizadas por EL DEUDOR (A)inclusive con fondos propios) que induzcan a presumir la comisión del delito xx xxxxxx de dinero y de otras actividades ilícitas, cualquier tipo incluida la del terrorismo y proliferación de demanda entre otras Ejecutivadestrucción xx xxxxx masivas; h) Si EL DEUDOR ocultare su domicilio o no pudiere ser localizado en el domicilio señalado, Ordinaria y/o cambiare la dirección de su domicilio y Laboralno fuere notificada la misma a EL ACREEDOR o, etcéteracuando habiendo informado sobre la nueva dirección, entendiéndose lo anterior a manera ejemplificativa mas no limitativa.- V.- fuere imposible ubicarla; i) Si EL DEUDOR fuere privado de su libertad en ocasión de la investigación de delitos o faltas que afecten su capacidad de pago; j) Por el incumplimiento deterioro de la solvencia económica de EL DEUDOR, motivado por adeudos contraídos que afecten su capacidad de pago; k) Por la negativa de EL DEUDOR (A), en cualquiera de las condiciones y obligaciones consignadas en las cláusulas del presente contrato. VI. Cuando su o sus nombres hayan sido incluidos en listas internacionales tales como ONU, FINCEN a tomar y/o OFAC, y cualquier otro programa o programas locales renovar la póliza requerida por EL ACREEDOR y/o internacionalesendosarla en garantía a favor de éste, lo anterior en cumplimiento su carácter de primer beneficiario de la misma; l) Por destrucción, deterioro o pérdida de la garantía si ésta no fuere sustituida por otra de igual valor a satisfacción de EL ACREEDOR; m) Por la negativa de EL DEUDOR a exhibir el bien gravado en garantía a requerimiento de EL ACREEDOR, para fines de inspección o avalúo; n) Por efectuar con terceros negocios jurídicos sobre los bienes gravados sin el consentimiento del acreedor. Es expresamente convenido que EL DEUDOR estará asistido del mismo derecho para terminar unilateralmente el presente contrato, en caso que EL ACREEDOR incumpliere cualquiera de sus obligaciones establecidas en el mismo. En tal supuesto, EL DEUDOR deberá cancelar en forma inmediata el saldo deudor que hubiere a su obligación legal cargo y que apareciere reflejado en la contabilidad de prevenir y controlar el lavado de activos y financiación del terrorismo. VII. Por utilizar EL ACREEDOR, con los fondos otorgados a una actividad diferente intereses devengados a la pactada.- CLAUSULA DECIMA PRIMERA:fecha y sin incurrir en ningún tipo de penalización por terminación anticipada del contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Mutuo Garantizado Con Garantías Mobiliarias

VENCIMIENTO ANTICIPADO. Declara El DEUDOR (A)No obstante el plazo pactado en la cláusula cuarta, la ENTIDAD FINANCIERA podrá considerar vencida la línea de crédito y exigir la devolución de las cantidades que se le adeuden, si concurre cualquiera de las circunstancias siguientes: Cuando se comprobase falseamiento en los datos y documentos aportados por el Acreditado y que ha- yan servido de base para la concesión de la línea de crédito o incumpla la normativa aplicable a la misma. Cuando el Acreditado no realice a través de la ENTIDAD FINANCIERA la tramitación comercial de las operaciones financiadas. Cuando el Acreditado incumpliera cualquiera de las obligaciones contraídas en virtud de que este crédito le ha sido otorgado entre otrosdel presente con- trato, y en consideración especial en lo referente a la solvencia, posición financiera y demás circunstancias particulares de su persona, tal como se presentan a la fecha de este documento, autoriza a BANHPROVI, para que pueda dar por terminado anticipadamente el plazo concedido para el cumplimiento total de la obligación contraída en este contrato, sin responsabilidad de BANHPROVI y exigir de inmediato los saldos adeudadosamortización del principal, intereses, comisiones y demás gastos derivados de las operaciones financiadas. En el supuesto de que se solicite o inste procedimiento concursal (incluidos en estos quiebra, concurso de acreedores, sus- pensión de pagos, quita y espera del Acreditado), a instancia del mismo o por terceros, o que se inste pro- cedimiento judicial o extrajudicial contra el mismo por reclamación de cantidad, o incumpla las costas procesales y personales en obligaciones contraídas o que BANHPROVI, hubiere incurrido en cualquier asunto relacionado contraiga con la ejecución ENTIDAD FINANCIERA u otra Entidad de este contrato)Crédito, si y sea presumible una variación de su situación económica, por impago de cualquier efecto cambiario a criterio exclusivo su cargo. La venta, hipoteca, embargo o reducción del 20% o más del activo patrimonial del Acreditado o del capi- tal social, en el supuesto de BANHPROVIpersonas jurídicas. Cuando el Acreditado garantice o permita que se garanticen deudas mediante la constitución de hipote- cas, prendas o cualesquiera otras cargas, gravámenes o garantías sobre la totalidad o parte de sus bienes, derechos, actividades o ingresos, tanto actuales como futuros, salvo que la ENTIDAD FINANCIERA lo hubie- se autorizado previamente por escrito. Cuando el Acreditado incumpla las obligaciones contraídas o que contraiga y sea presumible una varia- ción de su situación económica, por impago de cualquier efecto cambiario a su cargo. Si el Acreditado variase de forma sustancial la naturaleza de su negocio, xxxxxx en sus actividades, se dieren fusionase o fuese absorbido por otra Entidad. Cuando concurrieren graves acontecimientos que hiciesen imposible la continuación de la línea de crédito o se adoptasen medidas de carácter financiero o monetario, tanto en España como en país extranjero, que pudieran repercutir en el cumplimiento de las siguientes circunstancias: I.- Se produjera un cambio drástico respecto obligaciones del Acreditado. Al concurrir cualesquiera de tales extremos o EL DEUDOR (A) cediera el crédito contra BANHPROVI, sin el consentimiento escrito y las causas de vencimiento anticipado previstas por la Ley. El hecho de este.- II.- La falta de pago de una cuota de capital e intereses, o falta de pago de cualquier otra suma que por cualquier concepto causa el Señor Registrador de la Propiedad denegare la inscripción de esta escritura. Si la finca hipotecada fuere objeto de cualquier gravamen, enajenación, embargo, anotación o adminis- tración judicial, o si su valor disminuye y no cubre el importe garantizado. Si no se hicieren efectivas dentro del período voluntario de recaudación las contribuciones e impuestos que afectan al crédito o a la finca hipotecada, incluso como consecuencia de cualquier afección que la gra- ve por actos o transmisiones anteriores. Si el hipotecante incumpliere la obligación de realizar en la finca las reparaciones necesarias; o la de tenerla asegurada contra incendios en Compañía de notoria solvencia por cantidad equivalente a la perita- ción máxima que realice la Compañía de seguros y pagar puntualmente las primas; o la de exhibir a la EN- TIDAD FINANCIERA los recibos, resguardos y cartas de pago acreditativas de que se adeudehan satisfecho a su debido tiempo los impuestos, dará derecho contribuciones y primas de seguro. En caso de siniestro, la ENTIDAD FINAN- CIERA podrá liquidarlo con la Compañía aseguradora, fijar el daño y percibir la indemnización a BANHPROVIcuenta de lo que acredite, considerándose vencido el crédito a su voluntad. Este pacto deberá ser comunicado a la Compañía aseguradora. En el caso de existir fiadores, si los supuestos contemplados en los apartados d), e), f) y g) se produjeran en ellos, se conviene en que la ENTIDAD FINANCIERA podrá exigir la sustitución de tales fiadores, y, de no resultar suficiente, a declarar vencido este préstamo y a exigir el total juicio de la obligación más los interesesmisma, gastos y costas, como si fueren de plazo vencido.- III.- Si con posterioridad BANHPROVI, comprobare fehacientemente el fiador o fiadores que se proporcionaron declaraciones inexactas de parte de EL DEUDOR (A)presenten en lugar del sustituido, o que hubieron circunstancias tales que BANHPROVI, no habría otorgado el presente crédito o no lo habría dado en las mismas condiciones, si hubiera conocido el verdadero estado podrá declarar ven- cida la operación y exigir la devolución de las cosascantidades que correspondan, reservándose para reclamando judicialmente su pago por el procedimiento que estime más conveniente. En caso de no ser el Acreditado el hipotecante, a partir de la fecha de resolución de este último caso el derecho contrato de exigir los correspondientes daños y perjuicios sufridos.- IV.- Si con posterioridad al otorgamiento xxx xxxxxxxxlínea de cré- dito, la suma total que se entablare contra EL DEUDOR (A), cualquier tipo de demanda entre otras Ejecutiva, Ordinaria y Laboral, etcétera, entendiéndose lo anterior a manera ejemplificativa mas no limitativa.- V.- Por el incumplimiento de EL DEUDOR (A), en cualquiera de las condiciones y obligaciones consignadas en las cláusulas del presente contrato. VI. Cuando su o sus nombres hayan sido incluidos en listas internacionales tales como ONU, FINCEN y/o OFAC, y cualquier otro programa o programas locales y/o internacionales, lo anterior en cumplimiento de su obligación legal de prevenir y controlar el lavado de activos y financiación del terrorismo. VII. Por utilizar los fondos otorgados a una actividad diferente adeude a la pactada.- CLAUSULA DECIMA PRIMERA:ENTIDAD FINANCIERA devengará el interés de demora previsto en la cláu- sula séptima.

Appears in 1 contract

Samples: camaradesevilla.com

VENCIMIENTO ANTICIPADO. Declara El DEUDOR (A), que en virtud de que este crédito le ha sido otorgado entre otros, en consideración a la solvencia, posición financiera y demás circunstancias particulares de su persona, tal como se presentan a la fecha de este documento, autoriza a BANHPROVI, para que pueda dar por terminado anticipadamente No obstante el plazo concedido para prefijado, el cumplimiento pago total xxx xxxxxxxx otorgado en este acto con todos sus accesorios, será exigible de la obligación contraída inmediato por el ACREEDOR en cualquiera de los siguientes casos: a) Si por cualquier motivo, razón o circunstancia el registro público correspondiente rechazara inscribir a favor del ACREEDOR las garantías constituidas en este contrato, sin responsabilidad y/o si así se lo exigiere el ACREEDOR al DEUDOR y este no hiciere las diligencias necesarias para la inscripción de BANHPROVI y exigir de inmediato los saldos adeudadosdichas garantías en el correspondiente Registro Público; b) si el DEUDOR se atrasase en el pago de, interesesal menos, comisiones y gastos (incluidos en estos las costas procesales y personales en que BANHPROVI, hubiere incurrido en cualquier asunto relacionado con la ejecución de este contrato), si a criterio exclusivo de BANHPROVI, se dieren las siguientes circunstancias: I.- Se produjera un cambio drástico respecto de tales extremos o EL DEUDOR (A) cediera el crédito contra BANHPROVI, sin el consentimiento escrito y anticipado de este.- II.- La falta de pago de una cuota de capital e interesesamortización; c) si el DEUDOR u otra persona con o sin sus instrucciones, impidiesen a BANCO AVANZ constatar el estado o inspeccionar los bienes otorgados en garantía a favor de BANCO AVANZ; d) si se proporcionase datos o informaciones falsas a BANCO AVANZ, sobre el DEUDOR y/o EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s), los bienes dados en garantía o cualquier otra persona que tenga relación de cualquier tipo con dichos bienes; e) si los bienes dados en garantía sufriesen daños o desmejoras tales y por tanto disminuyese la garantía constituida en este contrato por cualquier causa aunque no sea imputable al DEUDOR de forma que su valor no cubriese el saldo del crédito y el DEUDOR no efectuase una amortización adecuada para que el saldo quede garantizado a juicio de BANCO AVANZ; f) cuando por Caso Fortuito o Fuerza Mayor disminuyesen las garantías otorgadas como respaldo del presente crédito, a menos que sean sustituidas por otras nuevas y seguras a decisión de BANCO AVANZ; g) cuando sin previo permiso escrito de BANCO AVANZ se vendiesen o gravasen nuevamente los bienes constituidos en garantía en este contrato; h) en caso de insolvencia o quiebra, según sea el caso, del DEUDOR y/o EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s), ya sea por presentarse, declararse o ser declarado(s) insolvente(s), quebrado(s) o simplemente admite(n) o solicita(n) su incapacidad para cumplir oportunamente con el pago de sus obligaciones corrientes; i) si el DEUDOR y/o EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) faltase(n) al cumplimiento de sus obligaciones establecidas en las leyes relacionadas con el presente contrato; j) si se venciese cualquier otra obligación del DEUDOR y/o EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) en favor de BANCO AVANZ y no fuere cancelada; k) si el DEUDOR y/o EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) incurriera(n) en cualquier incumplimiento de las obligaciones que les establecen las cláusulas de este contrato y en que, conforme la ley o el presente contrato se hiciese exigible anticipadamente el cumplimiento de las obligaciones a cargo del DEUDOR y/o EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s). l. Si a juicio del ACREEDOR sobreviene un deterioro en la situación financiera de El DEUDOR y/o EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s), o falta si éste(os) efectuare(n) desviaciones de pago los activos o de su patrimonio; m) Si El DEUDOR y/o EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) se negara(n) a informar al ACREEDOR sobre la actualización de datos, o cualquier otra información que éste le(s) requiriese a fin de cumplir con los requisitos exigidos por la Superintendencia de Bancos en su cuerpo xx Xxxxx y Normativas correspondientes; n) Si el DEUDOR es una persona jurídica y sufre un cambio de control sin la autorización previa del ACREEDOR. Para efectos de este contrato se entenderá como “cambio de control”, la adquisición por un tercero de más del cincuenta por ciento de la totalidad de las acciones emitidas por el DEUDOR o los derechos de participación social, según el caso, ya sea como consecuencia del traspaso o emisión de acciones, sea que ocurra de forma directa o indirecta, y sea que ocurra como consecuencia de un solo acto o en virtud de varios actos; o) Si EL DEUDOR, El(Los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) y/o sus afiliadas o bien sus respectivos socios, accionistas, representantes, administradores, directores, afiliados o funcionarios, incumple(n) leyes, regulaciones, normas jurídicas o son vinculados, mencionados o relacionados, con información o actividades que a juicio de EL ACREEDOR, puedan constituir un riesgo para el cumplimiento de las leyes aplicables y/o de las obligaciones pactadas en el presente contrato y/o puedan conllevar un riesgo de cualquier índole para el ACREEDOR; p) Si EL DEUDOR, El(Los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) y/o sus afiliadas o bien sus respectivos socios, accionistas, representantes, administradores, directores, afiliados o funcionarios, sean investigados, acusados o condenados por cualquier autoridad competente en relación con presuntos incumplimientos de cualquier norma en materia de prevención xx xxxxxx de activos y financiamiento al terrorismo o de realizar cualquier otro acto prohibido por las leyes que a juicio de EL ACREEDOR pudieren afectar o impedir el cumplimiento del presente contrato; q) Si se presentaren conflictos internos en los órganos de administración y dirección de EL DEUDOR y/o El(Los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s), que produjesen inestabilidad, desavenencias y desacuerdos manifiestos entre sus miembros que la conforman y/o la representen, y que a juicio de EL ACREEDOR pudieren afectar o impedir el cumplimiento del presente contrato; y, r) Si EL DEUDOR, El(Los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) y/o sus afiliadas o bien sus respectivos socios, accionistas, representantes, administradores, directores, afiliados o funcionarios, (a) realicen o sean vinculados, investigados, acusados o condenados en relación con transacciones relacionadas con bienes o intereses en activos que estén sujetos a cualquier prohibición o restricción en virtud de cualquier ley o disposición dictada por autoridad competente o (b) sean afectados por restricciones emitidas por la Oficina de Control de Recursos Extranjeros xxx Xxxxxx de los Estados Unidos de América o de cualquier otra suma entidad de gobierno; por uno cualquiera de esos hechos, sin perjuicio de los demás derechos que le corresponda, el DEUDOR y EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) convienen con el BANCO que este último podrá dar por cualquier concepto que se adeude, dará derecho a BANHPROVI, a declarar vencido este préstamo anticipadamente el plazo estipulado y a exigir el total pago de la obligación más todo lo adeudado, lo que EL ACREEDOR notificará por cualquiera de los intereses, gastos y costas, como si fueren medios de plazo vencido.- III.- Si con posterioridad BANHPROVI, comprobare fehacientemente que se proporcionaron declaraciones inexactas de parte de EL DEUDOR (A), o que hubieron circunstancias tales que BANHPROVI, no habría otorgado comunicación establecidos en el presente crédito o no lo habría dado en las mismas condiciones, si hubiera conocido el verdadero estado de las cosas, reservándose para este último caso el derecho de exigir los correspondientes daños y perjuicios sufridos.- IV.- Si con posterioridad al otorgamiento xxx xxxxxxxx, se entablare contra EL DEUDOR (A), cualquier tipo de demanda entre otras Ejecutiva, Ordinaria y Laboral, etcétera, entendiéndose lo anterior a manera ejemplificativa mas no limitativa.- V.- Por el incumplimiento de EL DEUDOR (A), en cualquiera de las condiciones y obligaciones consignadas en las cláusulas del presente contrato. VI. Cuando su o sus nombres hayan sido incluidos en listas internacionales tales como ONU, FINCEN y/o OFAC, y cualquier otro programa o programas locales y/o internacionales, lo anterior en cumplimiento de su obligación legal de prevenir y controlar el lavado de activos y financiación del terrorismo. VII. Por utilizar los fondos otorgados a una actividad diferente a la pactada.- CLAUSULA DECIMA PRIMERA:.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Mutuo, Garantia Mobiliaria Y Fianza Solidaria

VENCIMIENTO ANTICIPADO. Declara El DEUDOR (A), que en virtud de que este crédito le ha sido otorgado entre otros, en consideración a la solvencia, posición financiera y demás circunstancias particulares de su persona, tal como se presentan a la fecha de este documento, autoriza a BANHPROVI, para que pueda dar por terminado anticipadamente No obstante el plazo concedido para prefijado, el cumplimiento pago total xxx xxxxxxxx otorgado en este acto con todos sus accesorios, será exigible de la obligación contraída inmediato por el ACREEDOR en cualquiera de los siguientes casos: a) Si por cualquier motivo, razón o circunstancia el registro público correspondiente rechazara inscribir a favor del ACREEDOR las garantías constituidas en este contrato, sin responsabilidad y/o si así se lo exigiere el ACREEDOR al DEUDOR y este no hiciere las diligencias necesarias para la inscripción de BANHPROVI y exigir de inmediato los saldos adeudadosdichas garantías en el correspondiente Registro Público; b) si el DEUDOR se atrasase en el pago de, interesesal menos, comisiones y gastos (incluidos en estos las costas procesales y personales en que BANHPROVI, hubiere incurrido en cualquier asunto relacionado con la ejecución de este contrato), si a criterio exclusivo de BANHPROVI, se dieren las siguientes circunstancias: I.- Se produjera un cambio drástico respecto de tales extremos o EL DEUDOR (A) cediera el crédito contra BANHPROVI, sin el consentimiento escrito y anticipado de este.- II.- La falta de pago de una cuota de capital e interesesamortización; c) si el DEUDOR u otra persona con o sin sus instrucciones, impidiesen a BANCO AVANZ constatar el estado o inspeccionar los bienes otorgados en garantía a favor de BANCO AVANZ; d) si se proporcionase datos o informaciones falsas a BANCO AVANZ, sobre el DEUDOR y/o EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s), los bienes dados en garantía o cualquier otra persona que tenga relación de cualquier tipo con dichos bienes; e) si los bienes dados en garantía sufriesen daños o desmejoras tales y por tanto disminuyese la garantía constituida en este contrato por cualquier causa aunque no sea imputable al DEUDOR de forma que su valor no cubriese el saldo del crédito y el DEUDOR no efectuase una amortización adecuada para que el saldo quede garantizado a juicio de BANCO AVANZ; f) cuando por Caso Fortuito o Fuerza Mayor disminuyesen las garantías otorgadas como respaldo del presente crédito, a menos que sean sustituidas por otras nuevas y seguras a decisión de BANCO AVANZ; g) cuando sin previo permiso escrito de BANCO AVANZ se vendiesen o gravasen nuevamente los bienes constituidos en garantía en este contrato; h) en caso de insolvencia o quiebra, según sea el caso, del DEUDOR y/o EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s), ya sea por presentarse, declararse o ser declarado(s) insolvente(s), quebrado(s) o simplemente admite(n) o solicita(n) su incapacidad para cumplir oportunamente con el pago de sus obligaciones corrientes; i) si el DEUDOR y/o EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) faltase(n) al cumplimiento de sus obligaciones establecidas en las leyes relacionadas con el presente contrato; j) si se venciese cualquier otra obligación del DEUDOR y/o EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) en favor de BANCO AVANZ y no fuere cancelada; k) si el DEUDOR y/o EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) incurriera(n) en cualquier incumplimiento de las obligaciones que les establecen las cláusulas de este contrato y en que, conforme la ley o el presente contrato se hiciese exigible anticipadamente el cumplimiento de las obligaciones a cargo del DEUDOR y/o EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s). l. Si a juicio del ACREEDOR sobreviene un deterioro en la situación financiera de El DEUDOR y/o EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s), o falta si éste(os) efectuare(n) desviaciones de pago los activos o de su patrimonio; m) Si El DEUDOR y/o EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) se negara(n) a informar al ACREEDOR sobre la actualización de datos, o cualquier otra información que éste le(s) requiriese a fin de cumplir con los requisitos exigidos por la Superintendencia de Bancos en su cuerpo xx Xxxxx y Normativas correspondientes; n) Si el DEUDOR es una persona jurídica y sufre un cambio de control sin la autorización previa del ACREEDOR. Para efectos de este contrato se entenderá como “cambio de control”, la adquisición por un tercero de más del cincuenta por ciento de la totalidad de las acciones emitidas por el DEUDOR o los derechos de participación social, según el caso, ya sea como consecuencia del traspaso o emisión de acciones, sea que ocurra de forma directa o indirecta, y sea que ocurra como consecuencia de un solo acto o en virtud de varios actos; o) Si EL DEUDOR, El(Los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) y/o sus afiliadas o bien sus respectivos socios, accionistas, representantes, administradores, directores, afiliados o funcionarios, incumple(n) leyes, regulaciones, normas jurídicas o son vinculados, mencionados o relacionados, con información o actividades que a juicio de EL ACREEDOR, puedan constituir un riesgo para el cumplimiento de las leyes aplicables y/o de las obligaciones pactadas en el presente contrato y/o puedan conllevar un riesgo de cualquier índole para el ACREEDOR; p) Si EL DEUDOR, El(Los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) y/o sus afiliadas o bien sus respectivos socios, accionistas, representantes, administradores, directores, afiliados o funcionarios, sean investigados, acusados o condenados por cualquier autoridad competente en relación con presuntos incumplimientos de cualquier norma en materia de prevención xx xxxxxx de activos y financiamiento al terrorismo o de realizar cualquier otro acto prohibido por las leyes que a juicio de EL ACREEDOR pudieren afectar o impedir el cumplimiento del presente contrato; q) Si se presentaren conflictos internos en los órganos de administración y dirección de EL DEUDOR y/o El(Los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s), que produjesen inestabilidad, desavenencias y desacuerdos manifiestos entre sus miembros que la conforman y/o la representen, y que a juicio de EL ACREEDOR pudieren afectar o impedir el cumplimiento del presente contrato; y, r) Si EL DEUDOR, El(Los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) y/o sus afiliadas o bien sus respectivos socios, accionistas, representantes, administradores, directores, afiliados o funcionarios, (a) realicen o sean vinculados, investigados, acusados o condenados en relación con transacciones relacionadas con bienes o intereses en activos que estén sujetos a cualquier prohibición o restricción en virtud de cualquier ley o disposición dictada por autoridad competente o (b) sean afectados por restricciones emitidas por la Oficina de Control de Recursos Extranjeros xxx Xxxxxx de los Estados Unidos de América o de cualquier otra suma entidad de gobierno; por uno cualquiera de esos hechos, sin perjuicio de los demás derechos que le corresponda, el DEUDOR y EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) convienen con el BANCO que este último podrá dar por cualquier concepto que se adeude, dará derecho a BANHPROVI, a declarar vencido este préstamo anticipadamente el plazo estipulado y a exigir el total pago de la obligación más los interesestodo lo adeudado. contrato y en especial lo referido a las renuncias legales de este contrato en lo que le(s) fuere aplicable, gastos respondiendo con su patrimonio presente y costas, como si fueren de plazo vencido.- III.- Si con posterioridad BANHPROVI, comprobare fehacientemente que se proporcionaron declaraciones inexactas de parte de EL DEUDOR (A), o que hubieron circunstancias tales que BANHPROVI, no habría otorgado el presente crédito o no lo habría dado en las mismas condiciones, si hubiera conocido el verdadero estado de las cosas, reservándose para este último caso el derecho de exigir los correspondientes daños y perjuicios sufridos.- IV.- Si con posterioridad al otorgamiento xxx xxxxxxxx, se entablare contra EL DEUDOR (A), cualquier tipo de demanda entre otras Ejecutiva, Ordinaria y Laboral, etcétera, entendiéndose lo anterior a manera ejemplificativa mas no limitativa.- V.- Por el incumplimiento de EL DEUDOR (A), en cualquiera de las condiciones y obligaciones consignadas en las cláusulas del presente contrato. VI. Cuando su o sus nombres hayan sido incluidos en listas internacionales tales como ONU, FINCEN y/o OFAC, y cualquier otro programa o programas locales y/o internacionales, lo anterior en cumplimiento de su obligación legal de prevenir y controlar el lavado de activos y financiación del terrorismo. VII. Por utilizar los fondos otorgados a una actividad diferente a la pactada.- CLAUSULA DECIMA PRIMERA:futuro.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Mutuo, Garantia Mobiliaria Y Fianza Solidaria

VENCIMIENTO ANTICIPADO. Declara El plazo otorgado para la cancelación xxx xxxxxxxx podrá declararse vencido anticipadamente a elección de BANCO en los casos siguientes: a) Por incumplimiento de las obligaciones o condiciones establecidas en este contrato; b) Porque el DEUDOR (A) no suministre la información que el BANCO solicite en relación al préstamo sin justificación suficiente a criterio del BANCO; c) Si otro BANCO entablase acción judicial en contra del DEUDOR (A); d) Si hubiere indicios de operaciones inusuales o sospechosas que induzcan a presumir la comisión del delito xx xxxxxx de dinero, terrorismo, crimen organizado u otras actividades ilícitas, incluido el financiamiento al terrorismo y la proliferación xx xxxxx de destrucción masiva; e) Por cualquier acción judicial o medida cautelar que un tercero entable en virtud de que este crédito le ha sido otorgado entre otros, en consideración a la solvencia, posición financiera y demás circunstancias particulares de su persona, tal como se presentan a la fecha de este documento, autoriza a BANHPROVI, para que pueda dar por terminado anticipadamente el plazo concedido para el cumplimiento total de la obligación contraída en este contrato, sin responsabilidad de BANHPROVI y exigir de inmediato los saldos adeudados, intereses, comisiones y gastos (incluidos en estos las costas procesales y personales en que BANHPROVI, hubiere incurrido en cualquier asunto relacionado con la ejecución de este contrato), si a criterio exclusivo de BANHPROVI, se dieren las siguientes circunstancias: I.- Se produjera un cambio drástico respecto de tales extremos o EL contra del DEUDOR (A) cediera que ponga en riesgo el crédito contra BANHPROVI, sin pago xxx xxxxxxxx; f) Si el consentimiento escrito y anticipado de este.- II.- La falta de pago de una cuota de capital e intereses, o falta de pago de cualquier otra suma que por cualquier concepto que se adeude, dará derecho a BANHPROVI, a declarar vencido este préstamo y a exigir el total de la obligación más los intereses, gastos y costas, como si fueren de plazo vencido.- III.- Si con posterioridad BANHPROVI, comprobare fehacientemente que se proporcionaron declaraciones inexactas de parte de EL DEUDOR (A), o que hubieron circunstancias tales que BANHPROVI, no habría otorgado ) brinda información falsa en su solicitud xx xxxxxxxx; y g) Si el presente crédito o no lo habría dado en las mismas condiciones, si hubiera conocido el verdadero estado de las cosas, reservándose para este último caso el derecho de exigir los correspondientes daños y perjuicios sufridos.- IV.- Si con posterioridad al otorgamiento xxx xxxxxxxx, se entablare contra EL Son derechos del DEUDOR (A)) los siguientes: a) Que el Banco, cualquier tipo le proporcione información clara, adecuada, inteligible y completa del presente crédito, así como de demanda entre otras Ejecutivalos demás productos y servicios que ofrece, Ordinaria y Laboralcon los correspondientes costos, etcétera, entendiéndose lo anterior a manera ejemplificativa mas no limitativa.- V.- Por el incumplimiento de EL DEUDOR (A), en cualquiera de las condiciones y obligaciones consignadas en las cláusulas términos de los contratos que tengan por objeto tales productos y servicios; b) A seleccionar y acceder a los productos o servicios financieros del Banco, cumpliendo con los requisitos y políticas establecidas por el mismo; c) Que el Banco le brinde la información pertinente, antes, durante y después de la celebración del presente contrato. VI. Cuando su o sus nombres hayan sido incluidos en listas internacionales tales como ONU, FINCEN y/o OFAC, y cualquier otro programa o programas locales y/o internacionales, lo anterior en cumplimiento de su obligación legal de prevenir y controlar ; d) Que el lavado de activos y financiación del terrorismo. VII. Por utilizar los fondos otorgados a una actividad diferente a la pactada.- CLAUSULA DECIMA PRIMERABANCO le entregue:

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Préstamo De Consumo

VENCIMIENTO ANTICIPADO. Declara El DEUDOR (A), que en virtud de que este crédito le ha sido otorgado entre otros, en consideración a la solvencia, posición financiera y demás circunstancias particulares de su persona, tal como se presentan a la fecha de este documento, autoriza a BANHPROVI, para que pueda BANCO podrá dar por terminado vencido anticipadamente el plazo concedido para el cumplimiento total pago de las prestaciones a cargo de la obligación contraída en este contrato, sin responsabilidad de BANHPROVI ACREDITADA y exigir de inmediato el importe total del Crédito, sus intereses y demás consecuencias y accesorios legales, si la ACREDITADA faltare al cumplimiento de cualquiera de las obligaciones que contrae en virtud de este contrato y en especial en los saldos adeudadossiguientes casos: a) Si la ACREDITADA no efectuare en forma total uno o más de los pagos que se obliga a realizar en relación al Crédito otorgado, sean éstos de capital, intereses, comisiones y gastos (incluidos accesorios o cualquier combinación de dichos conceptos. b) Si la ACREDITADA deja de recibir en estos las costas procesales y personales en que BANHPROVI, hubiere incurrido en cualquier asunto relacionado con la ejecución de este contrato), si a criterio exclusivo de BANHPROVI, se dieren las siguientes circunstancias: I.- Se produjera un cambio drástico respecto de tales extremos o EL DEUDOR (A) cediera Cuenta el crédito contra BANHPROVI, sin el consentimiento escrito y anticipado de este.- II.- La falta de depósito periódico correspondiente al pago de una cuota las percepciones salariales a las que tiene derecho como empleado de capital e interesesla empresa cuyo nombre aparece en el anverso del presente instrumento. c) Si le fuere cancelada, embargada o falta de pago de cualquier otra suma que por cualquier concepto otro modo afectada, la Cuenta a que se adeude, dará derecho a BANHPROVI, a declarar vencido este préstamo y a exigir el total de refiere la obligación más los intereses, gastos y costas, como si fueren de plazo vencido.- III.- Si con posterioridad BANHPROVI, comprobare fehacientemente que se proporcionaron declaraciones inexactas de parte de EL DEUDOR (A), o que hubieron circunstancias tales que BANHPROVI, no habría otorgado el presente crédito o no lo habría dado en las mismas condiciones, si hubiera conocido el verdadero estado de las cosas, reservándose para este último caso el derecho de exigir los correspondientes daños y perjuicios sufridos.- IV.- Si con posterioridad al otorgamiento xxx xxxxxxxx, se entablare contra EL DEUDOR (A), cualquier tipo de demanda entre otras Ejecutiva, Ordinaria y Laboral, etcétera, entendiéndose lo anterior a manera ejemplificativa mas no limitativa.- V.- Por el incumplimiento de EL DEUDOR (A), en cualquiera de las condiciones y obligaciones consignadas en las cláusulas cláusula segunda del presente contrato. VI. Cuando su o sus nombres hayan sido incluidos en listas internacionales tales como ONU, FINCEN y/o OFAC, y d) Si se diere por vencido anticipadamente cualquier otro programa crédito o programas locales y/o internacionales, lo anterior en cumplimiento de su obligación legal de prevenir y controlar préstamo que le hubiera otorgado el lavado de activos y financiación del terrorismo. VII. Por utilizar los fondos otorgados a una actividad diferente BANCO a la pactada.- CLAUSULA DECIMA PRIMERA:ACREDITADA, o en general, se dé por vencida anticipadamente cualquier obligación a plazo que tenga la ACREDITADA con el BANCO o con algún otro acreedor financiero." e) Si se diere por vencido anticipadamente cualquier obligación a plazo que tenga la ACREDITADA con algún acreedor no financiero. f) Si la ACREDITADA afrontare conflictos o situaciones de carácter judicial, administrativo, fiscal o de cualquier naturaleza que afecten substancialmente su capacidad de pago a juicio del BANCO. g) Si se iniciara un procedimiento por o en contra de la ACREDITADA con el fin de declararla en quiebra, suspensión de pagos o concurso. h) Por comprobarse falsedad, inexactitud u ocultación en los datos facilitados al BANCO con carácter previo a la concesión del Crédito y que, a su juicio, hayan determinado una errónea o incompleta visión en el estudio del riesgo de la operación. JUR-253 (032009)

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Apertura De Crédito

VENCIMIENTO ANTICIPADO. Declara El DEUDOR (A), que en virtud de que este crédito le ha sido otorgado entre otros, en consideración a la solvencia, posición financiera y demás circunstancias particulares de su persona, tal como se presentan a la fecha de este documento, autoriza a BANHPROVI, para que pueda dar por terminado anticipadamente No obstante el plazo concedido para prefijado, el cumplimiento pago total xxx xxxxxxxx otorgado en este acto con todos sus accesorios, será exigible de la obligación contraída inmediato por el ACREEDOR en cualquiera de los siguientes casos: a) Si por cualquier motivo, razón o circunstancia el registro público correspondiente rechazara inscribir a favor del ACREEDOR las garantías constituidas en este contrato, sin responsabilidad y/o si así se lo exigiere el ACREEDOR al DEUDOR y este no hiciere las diligencias necesarias para la inscripción de BANHPROVI y exigir de inmediato los saldos adeudadosdichas garantías en el correspondiente Registro Público; b) si el DEUDOR se atrasase en el pago de, interesesal menos, comisiones y gastos (incluidos en estos las costas procesales y personales en que BANHPROVI, hubiere incurrido en cualquier asunto relacionado con la ejecución de este contrato), si a criterio exclusivo de BANHPROVI, se dieren las siguientes circunstancias: I.- Se produjera un cambio drástico respecto de tales extremos o EL DEUDOR (A) cediera el crédito contra BANHPROVI, sin el consentimiento escrito y anticipado de este.- II.- La falta de pago de una cuota de capital e interesesamortización; c) si el DEUDOR u otra persona con o sin sus instrucciones, impidiesen a BANCO PROCREDIT constatar el estado o inspeccionar los bienes otorgados en garantía a favor de BANCO PROCREDIT; d) si se proporcionase datos o informaciones falsas a BANCO PROCREDIT, sobre el DEUDOR y/o EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s), los bienes dados en garantía o cualquier otra persona que tenga relación de cualquier tipo con dichos bienes; e) si los bienes dados en garantía sufriesen daños o desmejoras tales y por tanto disminuyese la garantía constituida en este contrato por cualquier causa aunque no sea imputable al DEUDOR de forma que su valor no cubriese el saldo del crédito y el DEUDOR no efectuase una amortización adecuada para que el saldo quede garantizado a juicio de BANCO PROCREDIT; f) cuando por Caso Fortuito o Fuerza Mayor disminuyesen las garantías otorgadas como respaldo del presente crédito, a menos que sean sustituidas por otras nuevas y seguras a decisión de BANCO PROCREDIT; g) cuando sin previo permiso escrito de BANCO PROCREDIT se vendiesen o gravasen nuevamente los bienes constituidos en garantía en este contrato; h) en caso de insolvencia o quiebra, según sea el caso, del DEUDOR y/o EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s), ya sea por presentarse, declararse o ser declarado(s) insolvente(s), quebrado(s) o simplemente admite(n) o solicita(n) su incapacidad para cumplir oportunamente con el pago de sus obligaciones corrientes; i) si el DEUDOR y/o EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) faltase(n) al cumplimiento de sus obligaciones establecidas en las leyes relacionadas con el presente contrato; j) si se venciese cualquier otra obligación del DEUDOR y/o EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) en favor de BANCO PROCREDIT y no fuere cancelada; k) si el DEUDOR y/o EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) incurriera(n) en cualquier incumplimiento de las obligaciones que les establecen las cláusulas de este contrato y en que, conforme la ley o el presente contrato se hiciese exigible anticipadamente el cumplimiento de las obligaciones a cargo del DEUDOR y/o EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s). l). Si a juicio del ACREEDOR sobreviene un deterioro en la situación financiera de El DEUDOR y/o EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s), o falta si éste(os) efectuare(n) desviaciones de pago los activos o de su patrimonio; m) Si El DEUDOR y/o EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) se negara(n) a informar al ACREEDOR sobre la actualización de datos, o cualquier otra información que éste le(s) requiriese a fin de cumplir con los requisitos exigidos por la Superintendencia de Bancos en su cuerpo xx Xxxxx y Normativas correspondientes; n) Si el DEUDOR es una persona jurídica y sufre un cambio de control sin la autorización previa del ACREEDOR. Para efectos de este contrato se entenderá como “cambio de control”, la adquisición por un tercero de más del cincuenta por ciento de la totalidad de las acciones emitidas por el DEUDOR o los derechos de participación social, según el caso, ya sea como consecuencia del traspaso o emsión de acciones, sea que ocurra de forma directa o indirecta, y sea que ocurra como consecuencia de un solo acto o en virtud de varios actos; o) Si EL DEUDOR, El(Los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) y/o sus afiliadas o bien sus respectivos socios, accionistas, representantes, administradores, directores, afiliados o funcionarios, incumple(n) leyes, regulaciones, normas jurídicas o son vinculados, mencionados o relacionados, con información o actividades que a juicio de EL ACREEDOR, puedan constituir un riesgo para el cumplimiento de las leyes aplicables y/o de las obligaciones pactadas en el presente contrato y/o puedan conllevar un riesgo de cualquier índole para el ACREEDOR; p) Si EL DEUDOR, El(Los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) y/o sus afiliadas o bien sus respectivos socios, accionistas, representantes, administradores, directores, afiliados o funcionarios, sean investigados, acusados o condenados por cualquier autoridad competente en relación con presuntos incumplimientos de cualquier norma en materia de prevención xx xxxxxx de activos y financiamiento al terrorismo o de realizar cualquier otro acto prohibido por las leyes que a juicio de EL ACREEDOR pudieren afectar o impedir el cumplimiento del presente contrato; q) Si se presentaren conflictos internos en los órganos de administración y dirección de EL DEUDOR y/o El(Los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) que produjesen inestabilidad, desavenencias y desacuerdos manifiestos entre sus miembros que la conforman y/o la representen, y que a juicio de EL ACREEDOR pudieren afectar o impedir el cumplimiento del presente contrato; y, r) Si EL DEUDOR, El(Los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) y/o sus afiliadas o bien sus respectivos socios, accionistas, representantes, administradores, directores, afiliados o funcionarios, (a) realicen o sean vinculados, investigados, acusados o condenados en relación con transacciones relacionadas con bienes o intereses en activos que estén sujetos a cualquier prohibición o restricción en virtud de cualquier ley o disposición dictada por autoridad competente o (b) sean afectados por restricciones emitidas por la Oficina de Control de Recursos Extranjeros xxx Xxxxxx de los Estados Unidos de América o de cualquier otra suma entidad de gobierno; por uno cualquiera de esos hechos, sin perjuicio de los demás derechos que le corresponda, el DEUDOR y EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) convienen con el BANCO que este último podrá dar por cualquier concepto que se adeude, dará derecho a BANHPROVI, a declarar vencido este préstamo anticipadamente el plazo estipulado y a exigir el total pago de la obligación más los intereses, gastos y costas, como si fueren de plazo vencido.- III.- Si con posterioridad BANHPROVI, comprobare fehacientemente que se proporcionaron declaraciones inexactas de parte de todo lo adeudado. EL DEUDOR (A), o que hubieron circunstancias tales que BANHPROVI, no habría otorgado el presente crédito o no lo habría dado en las mismas condiciones, si hubiera conocido el verdadero estado de las cosas, reservándose para este último caso el derecho de exigir los correspondientes daños y perjuicios sufridos.- IV.- Si con posterioridad al otorgamiento xxx xxxxxxxx, se entablare contra EL DEUDOR (A), cualquier tipo de demanda entre otras Ejecutiva, Ordinaria y Laboral, etcétera, entendiéndose lo anterior a manera ejemplificativa mas no limitativa.- V.- Por el incumplimiento de EL DEUDOR (A), en cualquiera de las condiciones y obligaciones consignadas en las cláusulas del presente contrato. VI. Cuando su o sus nombres hayan sido incluidos en listas internacionales tales como ONU, FINCEN y/o OFAC, y cualquier otro programa o programas locales y/o internacionales, lo anterior en cumplimiento de su obligación legal de prevenir y controlar el lavado de activos y financiación del terrorismo. VII. Por utilizar los fondos otorgados a una actividad diferente a la pactada.- CLAUSULA DECIMA PRIMERAEL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) aceptan las siguientes estipulaciones especiales:

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Reestructuración De Crédito, Garantía Mobiliaria Y Fianza Solidaria

VENCIMIENTO ANTICIPADO. Declara El DEUDOR (A), que en virtud de que este crédito le ha sido otorgado entre otros, en consideración a la solvencia, posición financiera y demás circunstancias particulares de su persona, tal como se presentan a la fecha de este documento, autoriza a BANHPROVI, para que pueda dar por terminado anticipadamente No obstante el plazo concedido para prefijado, el cumplimiento pago total xxx xxxxxxxx otorgado en este acto con todos sus accesorios, será exigible de la obligación contraída inmediato por el ACREEDOR en cualquiera de los siguientes casos: a) Si por cualquier motivo, razón o circunstancia el registro público correspondiente rechazara inscribir a favor del ACREEDOR las garantías constituidas en este contrato, sin responsabilidad y/o si así se lo exigiere el ACREEDOR al DEUDOR y este no hiciere las diligencias necesarias para la inscripción de BANHPROVI y exigir de inmediato los saldos adeudadosdichas garantías en el correspondiente Registro Público; b) si el DEUDOR se atrasase en el pago de, interesesal menos, comisiones y gastos (incluidos en estos las costas procesales y personales en que BANHPROVI, hubiere incurrido en cualquier asunto relacionado con la ejecución de este contrato), si a criterio exclusivo de BANHPROVI, se dieren las siguientes circunstancias: I.- Se produjera un cambio drástico respecto de tales extremos o EL DEUDOR (A) cediera el crédito contra BANHPROVI, sin el consentimiento escrito y anticipado de este.- II.- La falta de pago de una cuota de capital e interesesamortización; c) si el DEUDOR u otra persona con o sin sus instrucciones, impidiesen a BANCO AVANZ constatar el estado o inspeccionar los bienes otorgados en garantía a favor de BANCO AVANZ; d) si se proporcionase datos o informaciones falsas a BANCO AVANZ, sobre el DEUDOR y/o EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s), los bienes dados en garantía o cualquier otra persona que tenga relación de cualquier tipo con dichos bienes; e) si los bienes dados en garantía sufriesen daños o desmejoras tales y por tanto disminuyese la garantía constituida en este contrato por cualquier causa aunque no sea imputable al DEUDOR de forma que su valor no cubriese el saldo del crédito y el DEUDOR no efectuase una amortización adecuada para que el saldo quede garantizado a juicio de BANCO AVANZ; f) cuando por Caso Fortuito o Fuerza Mayor disminuyesen las garantías otorgadas como respaldo del presente crédito, a menos que sean sustituidas por otras nuevas y seguras a decisión de BANCO AVANZ; g) cuando sin previo permiso escrito de BANCO AVANZ se vendiesen o gravasen nuevamente los bienes constituidos en garantía en este contrato; h) en caso de insolvencia o quiebra, según sea el caso, del DEUDOR y/o EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s), ya sea por presentarse, declararse o ser declarado(s) insolvente(s), quebrado(s) o simplemente admite(n) o solicita(n) su incapacidad para cumplir oportunamente con el pago de sus obligaciones corrientes; i) si el DEUDOR y/o EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) faltase(n) al cumplimiento de sus obligaciones establecidas en las leyes relacionadas con el presente contrato; j) si se venciese cualquier otra obligación del DEUDOR y/o EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) en favor de BANCO AVANZ y no fuere cancelada; k) si el DEUDOR y/o EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) incurriera(n) en cualquier incumplimiento de las obligaciones que les establecen las cláusulas de este contrato y en que, conforme la ley o el presente contrato se hiciese exigible anticipadamente el cumplimiento de las obligaciones a cargo del DEUDOR y/o EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s); l). Si a juicio del ACREEDOR sobreviene un deterioro en la situación financiera de El DEUDOR y/o EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s), o falta si éste(os) efectuare(n) desviaciones de pago sus activos, de su patrimonio o de los bienes dados en garantía; m) Si El DEUDOR y/o EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) se negara(n) a informar al ACREEDOR sobre la actualización de datos, o cualquier otra información que éste le(s) requiriese a fin de cumplir con los requisitos exigidos por la Superintendencia de Bancos en su cuerpo xx Xxxxx y Normativas correspondientes; n) Si el DEUDOR es una persona jurídica y sufre un cambio de control sin la autorización previa del ACREEDOR. Para efectos de este contrato se entenderá como “cambio de control”, la adquisición por un tercero de más del cincuenta por ciento de la totalidad de las acciones emitidas por el DEUDOR o los derechos de participación social, según el caso, ya sea como consecuencia del traspaso o emisión de acciones, sea que ocurra de forma directa o indirecta, y sea que ocurra como consecuencia de un solo acto o en virtud de varios actos; o) Si EL DEUDOR, El(Los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) y/o sus afiliadas o bien sus respectivos socios, accionistas, representantes, administradores, directores, afiliados o funcionarios, incumple(n) leyes, regulaciones, normas jurídicas o son vinculados, mencionados o relacionados, con información o actividades que a juicio de EL ACREEDOR, puedan constituir un riesgo para el cumplimiento de las leyes aplicables y/o de las obligaciones pactadas en el presente contrato y/o puedan conllevar un riesgo de cualquier índole para el ACREEDOR; p) Si EL DEUDOR, El(Los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) y/o sus afiliadas o bien sus respectivos socios, accionistas, representantes, administradores, directores, afiliados o funcionarios, sean investigados, acusados o condenados por cualquier autoridad competente en relación con presuntos incumplimientos de cualquier norma en materia de prevención xx xxxxxx de activos y financiamiento al terrorismo o de realizar cualquier otro acto prohibido por las leyes que a juicio de EL ACREEDOR pudieren afectar o impedir el cumplimiento del presente contrato; q) Si se presentaren conflictos internos en los órganos de administración y dirección de EL DEUDOR y/o El(Los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) que produjesen inestabilidad, desavenencias y desacuerdos manifiestos entre sus miembros que la conforman y/o la representen, y que a juicio de EL ACREEDOR pudieren afectar o impedir el cumplimiento del presente contrato; y, r) Si EL DEUDOR, El(Los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) y/o sus afiliadas o bien sus respectivos socios, accionistas, representantes, administradores, directores, afiliados o funcionarios, (a) realicen o sean vinculados, investigados, acusados o condenados en relación con transacciones relacionadas con bienes o intereses en activos que estén sujetos a cualquier prohibición o restricción en virtud de cualquier ley o disposición dictada por autoridad competente o (b) sean afectados por restricciones emitidas por la Oficina de Control de Recursos Extranjeros xxx Xxxxxx de los Estados Unidos de América o de cualquier otra suma entidad de gobierno; por uno cualquiera de esos hechos, sin perjuicio de los demás derechos que le corresponda, el DEUDOR y EL(los) FIADOR(es) SOLIDARIO(s) convienen con el BANCO que este último podrá dar por cualquier concepto que se adeude, dará derecho a BANHPROVI, a declarar vencido este préstamo anticipadamente el plazo estipulado y a exigir el total pago de la obligación más los intereses, gastos y costas, como si fueren de plazo vencido.- III.- Si con posterioridad BANHPROVI, comprobare fehacientemente que se proporcionaron declaraciones inexactas de parte de EL DEUDOR (A), o que hubieron circunstancias tales que BANHPROVI, no habría otorgado el presente crédito o no todo lo habría dado en las mismas condiciones, si hubiera conocido el verdadero estado de las cosas, reservándose para este último caso el derecho de exigir los correspondientes daños y perjuicios sufridos.- IV.- Si con posterioridad al otorgamiento xxx xxxxxxxx, se entablare contra EL DEUDOR (A), cualquier tipo de demanda entre otras Ejecutiva, Ordinaria y Laboral, etcétera, entendiéndose lo anterior a manera ejemplificativa mas no limitativa.- V.- Por el incumplimiento de EL DEUDOR (A), en cualquiera de las condiciones y obligaciones consignadas en las cláusulas del presente contrato. VI. Cuando su o sus nombres hayan sido incluidos en listas internacionales tales como ONU, FINCEN y/o OFAC, y cualquier otro programa o programas locales y/o internacionales, lo anterior en cumplimiento de su obligación legal de prevenir y controlar el lavado de activos y financiación del terrorismo. VII. Por utilizar los fondos otorgados a una actividad diferente a la pactada.- CLAUSULA DECIMA PRIMERA:adeudado.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Mutuo, Garantia Mobiliaria Y Fianza Solidaria

VENCIMIENTO ANTICIPADO. Declara El DEUDOR (A)No obstante el plazo prefijado y la forma de pago convenida, que en virtud EL ACREDITANTE O EL EMISOR podrá dar por vencido anticipadamente el presente CONTRATO DE APERTURA DE LINEA DE CREDITO EN CUENTA CORRIENTE y exigirá el pago inmediato de que este crédito le ha sido otorgado entre otrostodo lo adeudado, en consideración a la solvencia, posición financiera y demás circunstancias particulares caso que ocurra cualquiera de su persona, tal como se presentan a la fecha de este documento, autoriza a BANHPROVI, para que pueda dar por terminado anticipadamente el plazo concedido para el cumplimiento total de la obligación contraída en este contrato, sin responsabilidad de BANHPROVI y exigir de inmediato los saldos adeudados, intereses, comisiones y gastos (incluidos en estos las costas procesales y personales en que BANHPROVI, hubiere incurrido en cualquier asunto relacionado con la ejecución de este contrato), si a criterio exclusivo de BANHPROVI, se dieren las siguientes circunstanciascausales: I.- Se produjera un cambio drástico respecto de tales extremos 1) si EL TARJETA-HABIENTE y o EL DEUDOR (AFIADOR, en su caso, no cumplieren cualquiera de las obligaciones indicadas y aceptadas en el presente contrato o incumplieren cualesquiera de las prohibiciones estipuladas; 2) cediera el crédito contra BANHPROVI, sin el consentimiento escrito y anticipado si hubiere claros indicios de este.- II.- La falta de pago de una cuota de capital e intereses, o falta de pago de cualquier otra suma que por cualquier concepto que se adeude, dará derecho a BANHPROVI, a declarar vencido este préstamo y a exigir el total de la obligación más los intereses, gastos y costas, como si fueren de plazo vencido.- III.- Si con posterioridad BANHPROVI, comprobare fehacientemente que se proporcionaron declaraciones inexactas conductas dolosas de parte de EL DEUDOR (A)TARJETA-HABIENTE y/o sus adicionales, con respecto al uso de la tarjeta y del crédito en cuenta corriente que evidencie la intención de perjudicar los intereses del emisor. 3) si incurriere en xxxx con EL EMISOR o con cualquier otra institución de tal forma que afecte su capacidad de pago; 4) si el presente contrato fuere objeto de reestructuración; 5) por incumplimiento, por parte de EL ACREDITADO O TARJETA-HABIENTE de cualquier pago de fianza a que estuviere obligado con EL ACREDITANTE O EL EMISOR o con cualquier otra institución de tal forma que afecte su capacidad de pago; 6) si hubiere claros indicios de operaciones inusuales o sospechosas que induzcan a presumir la comisión del delito xx Xxxxxx de Dinero y de otras actividades ilícitas, incluida la del terrorismo; 7) cuando EL TARJETA-HABIENTE o cualquiera de los obligados ocultare su domicilio; o no pudiere ser localizado en el domicilio señalado, y/o cuando cambiare la dirección del domicilio y no fuere notificada al emisor, o que hubieron circunstancias tales que BANHPROVIcuando siendo esta notificada, no habría otorgado la nueva dirección señalada fuere imposible ubicarla; 8) cuando se entablare cualquier clase de ejecución, acción o juicio en contra de cualquiera de los obligados en el presente contrato, que afecten la capacidad de pago del TARJETA-HABIENTE o de EL FIADOR, en su caso,. 9) por insolvencia judicial declarada de EL ACREDITADO O TARJETA-HABIENTE, o fuese objeto de declaración de concurso o quiebra; 10) por deterioro de la solvencia económica de EL TARJETA-HABIENTE o de EL FIADOR, en su caso, motivadas por adeudos contraídos que afecten la capacidad de pago del TARJETA-HABIENTE o de EL FIADOR, en su caso, y el consecuente incremento del riesgo crediticio. 11) si EL TARJETA-HABIENTE fuese privado de libertad en ocasión de investigación de delitos o faltas, que afecte su capacidad de pago; 12) si en el transcurso de 180 días continuos después de emitida la tarjeta, EL ACREDITADO O TARJETA-HABIENTE no hiciere uso de la presente línea de crédito; 13) Si a juicio de EL ACREDITANTE O EL EMISOR sobreviene un deterioro en la situación financiera de EL ACREDITADO O TARJETAHABIENTE o EL FIADOR, en su caso, o si éstos efectuaren desviaciones de los activos o de su capital circulante; 14) si EL ACREDITADO O TARJETAHABIENTE se negara a informar a EL ACREDITANTE O EL EMISOR de sus Estados Financieros, del desarrollo de su Empresa o actividad comercial, de sus programas de expansión de activos fijos u operaciones, de las fuentes de recursos correspondientes, de actualización de datos o cualquier otra información que éste le requiriese a fin de cumplir con los requisitos exigidos por la Superintendencia de Bancos en su cuerpo xx Xxxxx y Normativas correspondientes; 15) Si se presentaren conflictos internos en los Órganos de Administración y Dirección de EL ACREDITADO O TARJETAHABIENTE; y produjesen inestabilidad, desavenencias y desacuerdos manifiestos entre sus miembros que la conforman y la representan y que a juicio de EL ACREDITANTE O EL EMISOR ponga en riesgo la recuperación del presente crédito; y 16) Cualquier circunstancia que debilite la situación financiera y la capacidad o posibilidad de pago de parte de EL ACREDITADO O TARJETAHABIENTE y o EL FIADOR, en su caso, y de cualesquiera de sus Empresas Subsidiarias, Filiales o Afiliadas. Queda entendido que las causales señaladas en los numerales 15 y 16 se aplicarán únicamente cuando EL ACREDITADO O TARJETAHABIENTE sea una persona jurídica. Alternativamente, EL ACREDITANTE O EL EMISOR, podrá suspender el uso de la línea de crédito o disminuir el límite de la misma, inclusive el límite pactado originalmente, de manera unilateral y sin responsabilidad alguna, para lo cual no necesitará requerimiento previo o intimación alguna judicial o extrajudicial, a lo habría dado en las mismas condiciones, si hubiera conocido el verdadero estado de las cosas, reservándose para este último caso el derecho de exigir los correspondientes daños y perjuicios sufridos.- IV.- Si con posterioridad al otorgamiento xxx xxxxxxxx, se entablare contra cual renuncia EL DEUDOR (A), cualquier tipo de demanda entre otras Ejecutiva, Ordinaria y Laboral, etcétera, entendiéndose lo anterior a manera ejemplificativa mas no limitativa.- V.- Por el incumplimiento de EL DEUDOR (A), ACREDITADO O TARJETAHABIENTE en cualquiera de las condiciones y obligaciones consignadas en las cláusulas del presente contrato. VI. Cuando su o sus nombres hayan sido incluidos en listas internacionales tales como ONU, FINCEN y/o OFAC, y cualquier otro programa o programas locales y/o internacionales, lo anterior en cumplimiento de su obligación legal de prevenir y controlar el lavado de activos y financiación del terrorismo. VII. Por utilizar los fondos otorgados a una actividad diferente a la pactada.- CLAUSULA DECIMA PRIMERA:causales enunciadas anteriormente.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Apertura De Crédito en Cuenta Corriente Y De Emisión Y Uso De Tarjeta De Crédito

VENCIMIENTO ANTICIPADO. Declara El DEUDOR (A), Los comparecientes acuerdan que en virtud Financiera FDL tendrá el derecho de que este crédito le ha sido otorgado entre otros, en consideración a la solvencia, posición financiera y demás circunstancias particulares de su persona, tal como se presentan a la fecha de este documento, autoriza a BANHPROVI, para que pueda dar por terminado vencido anticipadamente el plazo concedido para convenido en el cumplimiento total presente mutuo, siendo exigible de la obligación contraída en este contratoinmediato el pago de todo lo adeudado, sin responsabilidad necesidad de BANHPROVI y exigir de inmediato los saldos adeudadosrequerimiento judicial o extrajudicial, intereses, comisiones y gastos (incluidos en estos las costas procesales y personales en que BANHPROVI, hubiere incurrido en cualquier asunto relacionado con la ejecución de este contrato), si a criterio exclusivo de BANHPROVI, se dieren las siguientes circunstancias: I.- Se produjera un cambio drástico respecto de tales extremos o lo cual renuncian EL DEUDOR (Ay EL FIADOR SOLIDARIO, en cualquiera de los siguientes casos: a) cediera Si EL DEUDOR incumple en el crédito contra BANHPROVI, sin el consentimiento escrito y anticipado de este.- II.- La falta de pago de una cuota de capital e intereses, o falta de en la fecha y forma establecida.- b) Si EL DEUDOR faltase al pago de cualquier otra suma obligación contraída en el presente instrumento.- c) Si se comprobara que EL DEUDOR y/o FIADOR SOLIDARIO suministraron informaciones falsas e inexactas antes, en el momento o después de contraída la obligación.- d) Cuando los fondos xxx xxxxxxxx no fueran destinados a los fines para los cuales fueron otorgados.- e) Si por el respeto al derecho de terceros o por cualquier concepto que otra causa, aún no imputable EL DEUDOR o a EL FIADOR SOLIDARIO, la garantía hipotecaria constituida en esta Escritura no fuese inscrita en el Registro Público competente.- f) Si se adeudeentablare acción judicial en contra de EL DEUDOR y/o FIADOR SOLIDARIO de este préstamo, dará derecho o bien, si sobre el bien dado en garantía recayera anotación, embargo, u otra medida precautoria, o si el dominio sobre el bien dado en garantía, por cualquier motivo, fuese disputado en juicio; g) En su caso, si EL DEUDOR o FIADOR SOLIDARIO es declarado en quiebra o concurso de acreedores o si se presenta una solicitud en contra de ellos en tales sentidos o ellos mismos solicitan una moratoria oficial de los pagos; h) Si EL DEUDOR o el Fiador Solidario, sin autorización de EL ACREEDOR, vende, cede, transfiere o grava a BANHPROVI, cualquier título a declarar vencido favor de terceros el bien gravado o hipotecado a través de este préstamo y a exigir Instrumento Público; i) Si el total bien hipotecado sufriese daños o desmejoras o se encuentren en estado de la obligación más los intereses, gastos y costas, como si fueren de plazo vencido.- III.- Si con posterioridad BANHPROVI, comprobare fehacientemente que se proporcionaron declaraciones inexactas de abandono por parte de EL DEUDOR (A)o el FIADOR SOLIDARIO y por tanto disminuyese la garantía constituida por este instrumento por cualquier causa, o de forma que hubieron circunstancias tales que BANHPROVI, su valor no habría otorgado cubriese el presente saldo del crédito o no lo habría dado en las mismas condiciones, si hubiera conocido el verdadero estado de las cosas, reservándose para este último caso el derecho de exigir los correspondientes daños y perjuicios sufridos.- IV.- Si con posterioridad al otorgamiento xxx xxxxxxxx, se entablare contra EL DEUDOR (A), cualquier tipo de demanda entre otras Ejecutiva, Ordinaria y Laboral, etcétera, entendiéndose lo anterior no efectuase una amortización adecuada para que el saldo quede garantizado a manera ejemplificativa mas no limitativa.- V.- Por el incumplimiento juicio de EL DEUDOR (A), en cualquiera de las condiciones y obligaciones consignadas en las cláusulas del presente contratoACREEDOR. VI. Cuando su j) cuando por caso Fortuito o sus nombres hayan sido incluidos en listas internacionales tales como ONU, FINCEN y/o OFAC, y cualquier otro programa o programas locales y/o internacionales, lo anterior en cumplimiento de su obligación legal de prevenir y controlar el lavado de activos y financiación del terrorismo. VII. Por utilizar los fondos otorgados a una actividad diferente a la pactada.- CLAUSULA DECIMA PRIMERA:Fuerza Mayor

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Mutuo

VENCIMIENTO ANTICIPADO. Declara 17.1. En especial, sin que esta relación resulte taxativa y sin perjuicio de las acciones civiles y penales que puedan iniciarse, constituyen causales de vencimiento anticipado de una operación de compra con compromiso de recompra, a sola decisión de EL BCRP, las siguientes: El DEUDOR (A)incumplimiento de LA ESF de sustituir los créditos conforme a lo señalado en la cláusula décimo cuarta del presente contrato siempre que como consecuencia de ello se haya reducido el monto de la cuenta de disponibilidad restringida a un 50 por ciento de su monto inicial. La inexactitud en la información que LA ESF entregue a EL BCRP, que tenga relación con la validez, vigencia y exigibilidad de los créditos y de sus garantías. La ejecución de las garantías genéricas que respaldan los créditos transferidos sin que LA ESF cumpla con sustituir con nuevos créditos o con entregar a EL BCRP el producto que le corresponde en virtud dicha ejecución. El levantamiento de las garantías que este crédito le ha sido otorgado entre otrosrespaldan los créditos transferidos, en consideración sin consentimiento expreso de EL BCRP. La necesidad de recurrir al financiamiento de sus obligaciones que, a la solvenciacriterio de EL BCRP, posición denote una insuficiencia financiera y demás circunstancias particulares de su persona, tal como se presentan a la fecha de este documento, autoriza a BANHPROVI, para que pueda dar por terminado anticipadamente el plazo concedido estructural para el cumplimiento total de las normas de encaje o que tienda a ser permanente. El incumplimiento de las obligaciones con respecto al poder a que se refiere el numeral 7.2 de la obligación contraída en este contrato, sin responsabilidad de BANHPROVI y exigir de inmediato los saldos adeudados, intereses, comisiones y gastos (incluidos en estos las costas procesales y personales en que BANHPROVI, hubiere incurrido en cualquier asunto relacionado con la ejecución de este contrato), si a criterio exclusivo de BANHPROVI, se dieren las siguientes circunstancias: I.- Se produjera un cambio drástico respecto de tales extremos o EL DEUDOR (A) cediera el crédito contra BANHPROVI, sin el consentimiento escrito y anticipado de este.- II.- La falta de pago de una cuota de capital e intereses, o falta de pago de cualquier otra suma que por cualquier concepto que se adeude, dará derecho a BANHPROVI, a declarar vencido este préstamo y a exigir el total de la obligación más los intereses, gastos y costas, como si fueren de plazo vencido.- III.- Si con posterioridad BANHPROVI, comprobare fehacientemente que se proporcionaron declaraciones inexactas de parte de EL DEUDOR (A), o que hubieron circunstancias tales que BANHPROVI, no habría otorgado el presente crédito o no lo habría dado en las mismas condiciones, si hubiera conocido el verdadero estado de las cosas, reservándose para este último caso el derecho de exigir los correspondientes daños y perjuicios sufridos.- IV.- Si con posterioridad al otorgamiento xxx xxxxxxxx, se entablare contra EL DEUDOR (A), cualquier tipo de demanda entre otras Ejecutiva, Ordinaria y Laboral, etcétera, entendiéndose lo anterior a manera ejemplificativa mas no limitativa.- V.- Por el incumplimiento de EL DEUDOR (A), en cualquiera de las condiciones y obligaciones consignadas en las cláusulas cláusula séptima del presente contrato. VIEl incumplimiento de la obligación de registrar la operación de compra con compromiso de recompra en el balance de LA ESF conforme a lo señalado en la cláusula octava. Cuando su El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones de LA ESF con respecto a cualquier otra operación de compra con compromiso de recompra o Contrato Específico que mantuviera vigente. La entrega o endoso a terceros de cualquiera de los títulos valores que representan los Créditos transferidos. Si LA ESF realiza cualquier acto que perjudique o disminuya los derechos de EL BCRP como titular de cualquiera de los créditos transferidos, de cualquiera de los títulos valores que los representan, de sus nombres hayan sido incluidos en listas internacionales tales como ONUgarantías, FINCEN privilegios y/o OFACderechos accesorios. En general, el incumplimiento por parte de LA ESF de cualquiera de sus obligaciones establecidas en el presente Contrato Marco, en el Contrato Específico y cualquier otro programa o programas locales y/o internacionales, lo anterior en cumplimiento de su obligación legal de prevenir y controlar el lavado de activos y financiación del terrorismo. VII. Por utilizar los fondos otorgados a una actividad diferente a la pactada.- CLAUSULA DECIMA PRIMERA:La Circular.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato Marco De Compra Con Compromiso De Recompra De Cartera De Créditos Representada en Títulos Valores