ANTECEDENTES PROCESALES Cláusulas de Ejemplo

ANTECEDENTES PROCESALES. A. Inicio de la Controversia 8. El 6 xx xxxxx de 2018, la Demandante presentó su Notificación de Arbitraje (la “Notificación de Arbitraje”) conforme al Reglamento de Arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional de 1976 (el “Reglamento CNUDMI”) y la cláusula 31.4 del Contrato. 9. De conformidad con el artículo 3.2 del Reglamento CNUDMI, se considera que el presente procedimiento arbitral fue iniciado el 13 xx xxxxx de 2018, fecha en que la Demandada recibió la Notificación de Arbitraje. 10. En la Notificación de Xxxxxxxxx, la Demandante anunció, en relación con los efectos relevantes de la cláusula arbitral (vid ¶ 11 infra), que su reclamo en este Arbitraje es superior a US$ 10.000.0002.
ANTECEDENTES PROCESALES. A. En ejercicio de la acción ejecutiva singular de mayor cuantía, la empresa industrial y comercial municipal para la Salud "EMSA", , entidad descentralizada de primer grado, demandó a la compañía Seguros del Estado S. A.,ante el Tribunal Administrativo xx Xxxxxx el día 4 de diciembre de 1998. La solicitud de mandamiento se hizo sobre: a) La suma de DOSCIENTOS OCHO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS PESOS ($208.642.752,OO) M/cte, valor de la garantía expedida por la ejecutada según póliza única número 9605451 constituida a favor de la actora el 30 de diciembre de 1996 con vigencia del 2 de enero de 1997 al 2 xx xxxx de 1999, con la cual se obligó a responder hasta esa cuantía por las obligaciones adquiridas por el señor XXXXXXX XXXXXXX VALENCIA XXXXXXXX, de las condiciones civiles que más adelante se indican, en la celebración del contrato de concesión N° 00-00-000 de diciembre 17 de 1996, para la explotación del juego de Apuestas Permanentes -chance- en todo el territorio del Departamento xx Xxxxxx, obligaciones a que aluden las Resoluciones Nos. EG-084-97 de fecha 30 de julio de 1997, EG-117-97 del 6 de octubre de 1997 y EG-143-97 del 30 de diciembre de 1997 proferidas por el representante legal de la Empresa Municipal para la Salud -Emsa- las cuales se encuentran debidamente ejecutoriadas.
ANTECEDENTES PROCESALES. 1. Mediante demanda ejecutiva presentada a través de apoderado el 00 xx xxxx xx 1997, el municipio de Sibundoy (Putumayo) solicitó librar mandamiento de pago contra el municipio de San Xxxxxxxxx por la suma de $10'000.000, más los intereses moratorios "liquidados al doble de los intereses corrientes que autoriza la Superintendencia Bancaria, según tabla vigente a la fecha de la liquidación del crédito". Fundó su pedimento en que la ejecutada incumplió las obligaciones a su cargo derivadas del contrato suscrito el 11 xx xxxx de 1994 entre los municipios de Sibundoy, San Xxxxxxxxx, Colón y Santiago (Putumayo), por medio del cual se acordó el diseño, construcción e instalación de la antena parabólica de televisión xxx Xxxxx de Sibundoy, para cuya financiación cada municipio debía aportar $10'000.000. 2. El Tribunal libró mandamiento de pago mediante providencia del 0 xx xxxxx xx 0000 xxx xx xxxxxxx solicitado ($10'000.000) y por los "intereses legales desde el día 30 de noviembre de 1994 hasta cuando se verifique el pago." 3. Tal providencia fue notificada al municipio demandado quien contestó la demanda en oportunidad mediante escrito en el que se opuso a las pretensiones y propuso las siguientes excepciones: - "Falta de título o título incompleto", porque el título ejecutivo es complejo y el demandante debió aportar, además del convenio y pagaré, el certificado de disponibilidad presupuestal y la autorización del Concejo Municipal para la realización de la obra y la adquisición de la obligación. - "Causa y objeto ilícitos", porque el objeto del convenio firmado por los mandatarios de los municipios xxx Xxxxx de Sibundoy, consistente en la recepción de señales de televisión por el sistema de parabólica para su difusión pública está prohibido por la ley y sólo es permitido previa autorización de la autoridad competente. (fols. 18 y19) 4. La sentencia apelada
ANTECEDENTES PROCESALES. La Superintendencia General de Puertos S.A, demandó en proceso ejecutivo a la sociedad Atlantic Coal de Colombia S.A., a fin de que se libre en su contra y a favor de la SUPERINTENDENCIA GENERAL DE PUERTOS, mandamiento de pago y se le ordene pagar las siguientes sumas de dinero así: "-Por la suma de TREINTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS M/c ($34.485.685) por concepto de capital, según factura No. 01547 xx Xxxxx 11/96, los intereses xx xxxx a la tasa del 59.65% anual desde el día 14 xx xxxxx de 1.996, fecha de su vencimiento, hasta cuando se cancele la obligación, así como las costas de este proceso. - Por la suma de TREINTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS M/c ($34.485.685) por concepto de capital, según factura No. 01547 xx Xxxxx 11/96, los intereses xx xxxx a la tasa del 59.65% anual desde el día 15 xx xxxxx de 1.996, fecha de su vencimiento, hasta cuando se cancele la obligación, así como las costas de este proceso. de septiembre de 1.996, fecha de su vencimiento, hasta cuando se cancele la obligación, así como las costas de este proceso. - Por la suma de NOVENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS M/c ($95.338.256.oo) por concepto de capital, según factura No. 01544 xx Xxxxx 2/96, los intereses xx xxxx a la tasa del 59.65% anual desde el día 3 xx xxxxx de 1.996, fecha de su vencimiento, hasta cuando se cancele la obligación, así como las costas de este proceso. - Por la suma de NOVENTA MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS M/c ($90.957.479.oo) por concepto de capital, según factura No. 01440 de 15 de diciembre de 1995, los intereses xx xxxx a la tasa del 59.65% anual desde el día 3 xx xxxxx de 1.995, fecha de su vencimiento, hasta cuando se cancele la obligación, así como las costas de este proceso. - Por la suma de SETENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS VEINTE PESOS M/c ($75.548.720.oo) por concepto de capital, según factura No. 00640, los intereses xx xxxx a la tasa del 59.65% anual desde el día 3 xx xxxxx de 1.994, fecha de su vencimiento, hasta cuando se cancele la obligación, así como las costas de este proceso." En cuaderno separado, solicitó el decreto de medidas cautelares sobre bienes de la entidad ejecutada. (fl. C.2).
ANTECEDENTES PROCESALES. El 17 de septiembre de 2013, las Demandantes le enviaron a la Demandada una “Notificación de la Intención de Someter la Reclamación a Arbitraje”.
ANTECEDENTES PROCESALES. LA DEMANDA El apoderado judicial de la sociedad INTEREC S.A. formuló las siguientes pretensiones:
ANTECEDENTES PROCESALES. El contrato objeto del presente laudo El contrato objeto del presente laudo es el contrato de concesión 016/94, suscrito el 30 de septiembre de 1994, entre el Distrito, y Prosantana, cuyo objeto fue la “operación técnica, administrativa, ambiental, sanitaria y de mantenimiento del relleno sanitario Xxxx Xxxxx”.
ANTECEDENTES PROCESALES. 1.1. El Contrato El Contrato dentro del cual se enmarcan las controversias puestas en conocimiento del Tribunal es el “Contrato de Promesa de Compraventa” suscrito el 29 de enero de 2015.
ANTECEDENTES PROCESALES. LA DEMANDA
ANTECEDENTES PROCESALES. En los hechos de la demanda se afirma que entre el señor XXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX y la empresa EL RAPIDO DUITAMA LTDA existió un contrato de trabajo del 5 xx xxxxxx de 1985 al 12 xx xxxxx de 1992, vinculo que se dio en virtud de un contrato de trabajo a término indefinido, consistente en prestar servicios como despachador de buses en las agencias de la empresa demandada en Duitama, Sogamoso y Tunja, siendo sus funciones vender tiquetes y despachar los buses a diferentes destinos, donde tenía línea la empresa, cumpliendo el horario establecido por la misma. Manifiesta que siempre prestó sus servicios de forma continua e ininterrumpida durante el periodo en mención, tiempo en el cual dejaron de hacerle los aportes en pensión, precisando que los únicos aportes realizados fueron durante el periodo comprendido entre el 4 de febrero de 1991 al 12 xx xxxxx de 1992. Indica igualmente, que durante la duración del contrato nunca fue afiliado a seguridad social integral y tampoco le pagaron las acreencias laborales a las que considera tiene derecho. Por lo anterior solicita: i) Declarar la existencia de un contrato de trabajo entre el rápido Duitama Ltda. y el señor Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, durante el periodo comprendido entre el 05 xx xxxxxx de 1985 y el 12 xx xxxxx de 1992;