DESARROLLO DEL PROCESO Cláusulas de Ejemplo

DESARROLLO DEL PROCESO. La instrucción del proceso se inició el 25 de octubre de 2000 y terminó el 11 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2001. El proceso fue suspendido tres veces por solicitud de las partes, por un lapso total de 80 días, lo cual extendió el término total del proceso hasta el 6 de julio de 2001. Se practicaron las siguientes pruebas: · Se recibieron los testimonios de ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇., ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ (representante legal de Sky Colombia S.A.), ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇. Se recibió también el testimonio de ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, pero no existe transcripción del mismo, por cuanto las partes, de común acuerdo, desistieron de ella. · Respecto de ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ y ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, sus testimonios no se recibieron pues fueron desistidos. · Se recibieron los interrogatorios de parte de ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇, representante legal de Caracol Televisión S.A.; ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, representante legal de la División Mayor del Fútbol Colombiano, Dimayor y; ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ representante legal de Radio Cadena Nacional S.A. · Se practicaron las inspecciones judiciales en Sky Colombia S.A. y en Celumóvil S.A. · Las inspecciones en la División Mayor del Fútbol Colombiano, Dimayor, en Radio Cadena Nacional S.A., en Caracol Televisión S.A., en Ecosalud S.A., en las oficinas del club de fútbol Independiente Santa Fe y a la transmisión de los partidos de fútbol, fueron desistidas. · En relación con los oficios decretados, se recibió respuesta de todos a excepción de los destinados al DATT, el DANE, al Noticiero En Vivo 9 y 30 a Sky Colombia S.A. Sin embargo, posteriormente, antes de ser citadas para audiencia de conciliación y para alegatos, las dos partes manifestaron expresamente su voluntad en el sentido de declarar practicadas todas las pruebas de su interés y de no tener pretensión alguna sobre pruebas faltantes. · El 31 de octubre, mediante auto 9 el tribunal, dispuso que se oficiara al centro de arbitraje y conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá para que expidiera copia íntegra y auténtica del expediente del trámite arbitral de Sky Colombia S.A. v. RCN y Caracol. En cumplimiento de lo anterior, se expidieron las copias y ellas fueron incorporadas al expediente. · Se practicó el reconocimiento de un documento por parte de ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇. · Las convocadas, hicieron entrega al Tribunal de una copia hábil y completa del contrato que suscribieron con Sky Colombia S...
DESARROLLO DEL PROCESO. Los candidatos que mejor se ajusten al perfil requerido, a juicio del Banco de España, serán convocados a las siguientes pruebas eliminatorias: a) Prueba ▇▇ ▇▇▇▇▇▇: cuando no exista acreditación de una certificación obtenida por el aspirante dentro de los tres últimos años, en los términos indicados en el documento de “Condiciones generales”. También se podrá acreditar el nivel ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ con el resultado de pruebas selectivas realizadas a lo largo de los dos últimos años en el Banco de España en las que se hubiera superado el nivel requerido. b) Entrevista personal: en la que se valorará la adecuación al puesto, la trayectoria del candidato, los conocimientos técnicos y las competencias profesionales. Además, los candidatos podrán ser convocados a pruebas adicionales cuando se considere necesario. Se tendrá en cuenta la información que el equipo de evaluación pueda recabar de las distintas dependencias del Banco de España donde los candidatos, en su caso, hayan prestado sus servicios.
DESARROLLO DEL PROCESO. Para la selección del candidato, R.S.U., S.A. estudiará los currículos y la documentación presentada. Podrá acordar la celebración de una entrevista de trabajo con uno o varios candidatos; asimismo, podrá acordar la celebración de una prueba práctica con uno o varios candidatos relacionada con la formación y experiencia requerida. Una vez seleccionado el/la candidat@, este/a habrá de superar un reconocimiento médico de aptitud para el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo. El/la seleccionad@ se incorporará a la empresa con un contrato de trabajo indefinido con el nivel profesional de “Encargado de Área”, con las condiciones laborales recogidas en el Convenio Colectivo de R.S.U, S.A. (Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real nº 192 de 4 de octubre de 2022). No obstante, deberán superar un periodo de prueba de seis meses desde el inicio de la prestación de sus servicios; en cualquier momento antes de finalización del periodo de prueba, R.S.U., S.A. podrá extinguir el contrato por considerar motivadamente que no se ha superado dicho periodo de prueba. En este caso, el aspirante no podrá solicitar indemnización por ningún concepto, excepto aquellas cantidades que se deriven de la liquidación y finiquito del contrato.
DESARROLLO DEL PROCESO. 4.1. Con el cumplimiento de los requisitos legales y mediante apoderado, el seis (6) ▇▇ ▇▇▇▇▇ de dos mil diez (2010), la sociedad Alianza Cellmóvil S.A. en Liquidación, presentó solicitud de convocatoria de Tribunal de Arbitramento y demanda arbitral contra la sociedad Telefónica Móviles Colombia S.A.4, con base en el contrato de agencia comercial y en desarrollo de la cláusula compromisoria. 4.2. El veinte (20) ▇▇ ▇▇▇▇▇ de dos mil diez (2010) tuvo lugar la audiencia de designación de árbitros donde las partes, de común acuerdo, nombraron a los doctores ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ 4.3. En audiencia de once (11) ▇▇ ▇▇▇▇ de dos mil diez (2010), mediante Auto No. 1, con la presencia de todos los árbitros y los apoderados de las partes, se declaró legalmente instalado el Tribunal de Arbitramento, se admitió la demanda y se ordenó correr traslado de la misma a la parte convocada, por el término legal ▇▇ ▇▇▇▇ (10) días, quien para el efecto fue notificada personalmente de ese auto ese mismo día5. 4.4. Dentro del término de traslado de la demanda, la parte convocada, por intermedio de su apoderado judicial, se opuso a las pretensiones y formuló excepciones6. 4.5. Del escrito de contestación a la demanda se corrió traslado a la convocante quien, dentro del término legal, adicionó su solicitud de pruebas 7. 4.6. El 29 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de dos mil diez (2010) se celebró la audiencia de conciliación, la cual se declaró fallida. A continuación, mediante auto No. 4, se fijaron las sumas de honorarios y gastos de funcionamiento del Tribunal8. 4.7. Previa consignación de las sumas respectivas por ambas partes, el veintiocho (28) de julio de dos mil diez (2010), se inició la primera audiencia de trámite la cual culminó el veintisiete (27) de septiembre del mismo año9.
DESARROLLO DEL PROCESO. 4.1. Con el lleno de los requisitos formales y mediante apoderado, el trece (13) ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de 2009, la sociedad MODANOVA S.A., presentó solicitud de convocatoria de Tribunal de Arbitramento y demanda arbitral contra la sociedad TELESENTINEL LIMITADA4, con base en el contrato celebrado y en desarrollo de la cláusula compromisoria pactada en el mismo.
DESARROLLO DEL PROCESO. 3.1. Las partes, en desarrollo de la cláusula compromisoria, designaron, de común acuerdo como árbitros, a los doctores ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇, lo cual fue comunicado al Centro de Arbitraje y Conciliación el 28 de noviembre de 2008(2) . Los doctores ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇, aceptaron la designación realizada por las partes. 3.2. El día 19 de diciembre de 2008 se llevó a cabo audiencia de instalación del Tribunal en la cual se profirió el auto N° 1 en el que se declaró legalmente instalado el Tribunal, se designó como secretaria a la doctora ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, se fijó el lugar de funcionamiento y secretaría del Tribunal, se admitió la demanda y se corrió traslado de la misma a la convocada por el término de 10 días, para lo cual se ordenó la notificación personal del auto admisorio. 3.3. El día 19 de enero de 2009, por secretaría, se practicó la notificación personal del auto admisorio de la demanda a la convocada. 3.4. El ▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ presentó escrito de contestación a la demanda(3) y demanda de reconvención(4) . 3.5. Mediante auto N° 3 del 18 de febrero de 2009, proferido en audiencia celebrada con la presencia de las partes, se admitió la demanda de reconvención y se ordenó su traslado a las convocantes —convocadas en reconvención— por el término de 10 días. En esa misma fecha se notificó personalmente el auto admisorio de la demanda de reconvención al señor apoderado de las convocantes. 3.6. El día 4 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2009 se recibió escrito de contestación a la demanda de reconvención(5) . 3.7. El día 10 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2009 se fijaron en lista las excepciones de mérito contenidas en el escrito de contestación de demanda y en la contestación a la demanda de reconvención. 3.8. El día 13 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2009 se recibieron memoriales en los cuales los apoderados de las partes se pronunciaron sobre las excepciones formuladas al contestar la demanda principal y la de reconvención. 3.9. El día 2 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2009 se realizó audiencia de conciliación, la cual se declaró agotada y fracasada. Acto seguido el Tribunal señaló las sumas que por concepto de gastos y honorarios deberían ser pagados por las partes. 3.10. Las convocantes, dentro de las oportunidades previstas por el artículo 144 del decreto 1818 de 1998, cancelaron las sumas decretadas por concepto de honorarios y gastos del Tribunal. En el término inicial de 10 días cancelaron el 50 % a su cargo y ...
DESARROLLO DEL PROCESO. Fase prearbitral
DESARROLLO DEL PROCESO. El desarrollo del proceso de verificación, evaluación y adjudicación, comprenderá las etapas que se relacionan a continuación:
DESARROLLO DEL PROCESO. Es todo evento, normal o anormal, que ocurra dentro de las etapas y plazos señalados para el proceso y que determine -o simplemente haga parte de- el curso del proceso. DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA Con el archivo -magnético o en papel- que constituye el cuerpo de la propuesta, son, además, todos los archivos - igualmente, magnéticos o en papel- que el proponente presente como parte de dicha propuesta. Aquí se incluyen los certificados, constancias, recibos y demás formas de acreditar requisitos para el proceso. EMPLEADOS DEL CONSULTOR Personas que trabajan en la ejecución de los servicios y /o actividades motivo del contrato como empleados directos del CONSULTOR. TÉRMINO DESCRIPCIÓN EQUIPO Herramienta o maquinaria necesaria para llevar a cabo los servicios y /o actividades requeridos por AGUAS DE MALAMBO.
DESARROLLO DEL PROCESO. Las pruebas solicitadas por las partes y decretadas por el Tribunal, en adición a las documentales incorporadas al expediente, se practicaron en su totalidad, salvo la inspección judicial solicitada por la Parte Convocada de la cual se prescindió mediante Auto No. 19 puesto que las demás pruebas decretadas y practicadas cumplieron suficientemente con el propósito de la inspección solicitada. Dicha providencia quedó ejecutoriada habida cuenta de la conformidad expresada por las partes. Así mismo, el Tribunal decretó de oficio el testimonio de la señora ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ en los términos previstos en el Auto No. 15. No obstante lo anterior, las partes aceptaron expresamente el cierre de la etapa probatoria y la continuación del trámite arbitral. En audiencia que se llevó a cabo el 22 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2018, las partes presentaron sus alegaciones finales.