Aportación económica Cláusulas de Ejemplo

Aportación económica. La AVI financiará el 100 por ciento de los gastos subvencionables del proyecto mediante la aportación a la Fundación de quinientos mil euros (500.000 euros) con cargo a la línea S0704000 de su presupuesto para el ejercicio 2020. La aplicación económica es la 21.00131 correspondiente a la orgánica de la AVI, y el subconcepto económico de esta línea es el 781.
Aportación económica. El Colaborador, con las finalidades expresadas en las cláusulas anteriores y manteniéndose las condiciones bajo las que suscribe el presente convenio, entregará a la Fundación una aportación económica en metálico1 en la cantidad de …. mediante transferencia bancaria a la cuenta que a tal efecto indique la Fundación, o por cualquier otro medio que pudieran acordar las partes. Por cada cantidad abonada por el Colaborador, la Fundación presentará en el domicilio social del Colaborador certificación acreditativa de la aportación realizada.
Aportación económica. La Empresa facilitará ayuda, consistente en materiales, objetos de escritorio y mano de obra hasta un importe equivalente a 1.803,04 euros anuales. Independientemente, se librará al Comité de Empresa y por doceavas partes 1.803,04 euros anuales. 12.2. Horas de permiso retribuido para actividades sindicales en la empresa a) El Comité de Empresa designará de entre sus miembros, respetando el principio de propor- cionalidad conforme a la representación obtenida por las distintas candidaturas en las últi- mas elecciones sindicales, una Comisión Paritaria de Negociación, denominada Comisión de Coordinación, que estará compuesta por ocho miembros pertenecientes a dicho Comi- té, proponiendo cada Sindicato las personas que le correspondan en la Comisión, así como por ocho miembros designados por la Dirección de la Empresa. El Presidente y el Secretario del Comité de Empresa que serán designados entre todos los miembros del Comité de Empresa y por la mayoría de éstos, deberán formar parte de la Co- misión Paritaria de Negociación, denominada Comisión de Coordinación, siempre y cuan- do la pertenencia de ambos a dicha Comisión no altere la distribución proporcional de los miembros de la misma que se mantendrá, en todo caso, respetando la representación pro- porcional obtenida en la últimas elecciones sindicales. Los ocho miembros designados por el Comité de Empresa integrantes de la Comisión Pari- taria de Negociación, denominada Comisión de Coordinación, no tendrán limitación xx xx- ras para el ejercicio de su actividad sindical. Esta Comisión Paritaria de Negociación, denominada Comisión de Coordinación, de con- formidad con la normativa laboral vigente, tendrá atribuidas, entre otras, las siguientes com- petencias: — Adoptar y alcanzar acuerdos que modifiquen o revisen el contenido de dicho Convenio Colectivo. — Tendrá la legitimación negociadora para alcanzar acuerdos sobre cualquier cuestión que no estuviera pactada previamente en el Convenio Colectivo. — Será la garante de los acuerdos que se adopten legítimamente por las distintas Comi- siones de Trabajo establecidas en la Empresa, en relación con cuestiones organizati- vas y de desarrollo del servicio en las distintas áreas de la Empresa, así como de cual- quier otra materia que sea de su competencia. Cada uno del resto de los miembros del Comité de Empresa dispondrá dentro de cada mes de hasta un máximo de 40 horas de permiso retribuido para actividades sindica- les en la Empresa BOCM-20120831-17 Cada Secc...
Aportación económica. El Patronato Provincial de Turismo de la Diputación xx Xxxxx se compromete a colaborar con CUARENTA MIL EUROS (40.000,00 €) para el cumplimiento del objetivo indicado en el punto primero, mediante una subvención nominativa de carácter económico, otorgada mediante el procedimiento de concesión directa recogido en el artículo 22.2.a) LGS, a fin de contribuir con las actividades descritas en la memoria inicial presentada por la UCA. A los efectos previstos en las Bases de Ejecución 32ª y 33ª del Presupuesto para el ejercicio 2022, y con carácter previo a la suscripción del presente Convenio, el expediente completo previo a la aprobación del convenio ha sido sometido a la fiscalización de la Intervención del patronato en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 214 del RD Leg 2/2004, de 5 xx xxxxx, del TRLRHL, habiendo sido valoradas las consideraciones aquí indicadas y cualquier otra estimada procedente sobre la supeditación del convenio al estricto cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera exigidos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 xx xxxxx, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (art.7.3). Ambas instituciones se comprometen a aportar los recursos humanos y medios técnicos necesarios para el desarrollo de las acciones propias de este convenio.
Aportación económica. La Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo destinará una ayuda de 6 millones de euros x XXXX ESPAÑA S.L. durante el ejercicio 2018, de acuerdo con la línea nominativa de Proyectos de Desarrollo Experimental e Innovación en el sector de la automoción. Dicha línea está prevista en la Ley de presupuestos de la Generalitat para 2018 con el código S5032000, Sección 11, Servicio 02, Programa 722.20 con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02.03.722.20.770.01 para la ejecución de los proyectos objeto del presente convenio. El importe de la ayuda se distribuye de acuerdo a las siguientes inversiones por proyecto: (i) Desarrollo y validación de una nueva línea de prototipos de vehículo : 2.400.000€. (ii) Desarrollo y validación de una nueva línea de prototipos de motores : 600.000€. (iii) Desarrollo y validación de prototipos de un nuevo vehículo : 400.000€. (iv) Desarrollos en plataforma : 2.600.000€. La Dirección General con competencias en Industria autorizará la modificación de los importes asignados a cada proyecto previa solicitud de la beneficiaria. En todo caso, la Dirección General con competencias en Industria, se asegurará que no se superen los umbrales máximos de ayudas previstos en el artículo 4 y 25 del citado Reglamento (UE) 651/2014.
Aportación económica. La ejecución del objeto de la presente Oferta Pública, tal como se define en el punto 1 (Objeto) de esta oferta, dará derecho a la percepción de una aportación económica. A estos efectos, dicha aportación económica se configura como una contribución, en sus distintos conceptos, a la construcción de las instalaciones necesarias para la conexión de los mencionados puntos de suministro. Estas aportaciones son las que se describen en el Anexo 4 de esta Oferta y que se encuentren vigentes en cada momento, de acuerdo con lo previsto en el párrafo siguiente. La liquidación de la aportación económica que debe percibir la EMPRESA COLABORADORA se hará efectiva, previa confirmación por parte de la DISTRIBUIDORA (i) de los servicios facturados por la EMPRESA COLABORADORA y; (ii) de toda la documentación requerida esté correctamente entregada y no presente incidencias. Su pago se realizará por medio de transferencia bancaria en el número de cuenta que indique la EMPRESA COLABORADORA, el día 25 del segundo mes siguiente a la fecha de recepción de la factura. La EMPRESA COLABORADORA firmará los Anexos 1, 2, 7, 8 y 9 como acreditativos de la adhesión a la presente Oferta, resultando dicha suscripción indispensable para poder proceder al pago. La adhesión por parte de la EMPRESA COLABORADORA implica, además, la autorización expresa de ésta a favor de la DISTRIBUIDORA para que la DISTRIBUIDORA pueda retener y, en su caso, compensar, a su elección, las certificaciones o cantidades pendientes de cobro de las que resulte acreedora la DISTRIBUIDORA.
Aportación económica. ABBVIE, con las finalidades expresadas en las cláusulas anteriores y manteniéndose las condiciones bajo las que suscribe el presente convenio, entregará a la Fundación una aportación económica de ONCE MIL EUROS (11.000.‐€) mediante transferencia bancaria a la cuenta titularidad de FIMABIS con : , identificando el concepto de la siguiente forma: “C22046 ABBVIE”.
Aportación económica. La CAJA, analizará la conveniencia de efectuar una aportación variable con destino a la realización de acciones de dinamización, promoción y de fidelización a través de la Tarjeta, en los siguientes términos:  Las acciones se programarán a través de la Tarjeta y si fuera posible a través de los tpvs de la CAJA.  Las acciones se aprobarán anualmente en la Comisión Mixta.  La Caja comunicará anualmente al SINDICATO la aportación a realizar. El SINDICATO, deberá hacer constar en los eventos y actividades que se lleven a cabo, la colaboración de la CAJA y nos deberá enviar imágenes de los soportes utilizados o una memoria explicativa de las actividades realizadas con la aportación realizada.
Aportación económica. El Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos (Demarcación Comunidad Valenciana) abonará este año 2020 a la UPV la cantidad 4.200 € para la realización de las actividades descritas en la cláusula primera de este convenio. En los próximos años, la cantidad a aportar será objeto de negociación y aprobación por la Junta Rectora de la Demarcación. El pago se realizará en un plazo de 60 días a contar desde el día de la firma del convenio, previa emisión por parte de la UPV de la correspondiente factura. Esta cantidad se ingresará en la cuenta bancaria a nombre de la UPV que se comunicará en el momento de hacer la factura. Previa comprobación del ingreso, la UPV emitirá certificado acreditativo de la realización de la aportación económica para su consideración como gasto deducible a los efectos establecidos en el artículo 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.
Aportación económica. El Patrocinador se compromete a entregar al Ayuntamiento la cantidad de € en concepto de patrocinio de la actividad ‘anuncio en la revista Vive Xxxx!’, por el tamaño de mediante ingreso en la cuenta corriente del Ayuntamiento: