ARBITRAJE. Las partes trataran de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato de buena fe y con prontitud. En el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucion, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapso, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas: (i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos a partir de la fecha de la solicitud de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitral. En caso que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar. (ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales. (iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato. (iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral. (v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. (vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9 (vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida. (viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos. (ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas. (x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, salvo en el caso de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicial.
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Sources: Exhibit (Primor Alimentos C A)
ARBITRAJE. Las partes trataran Todas las controversias, disputas o reclamos de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al carácter patrimonial y de naturaleza disponible, que pudieran derivarse del presente Contrato de buena fe y con prontitud. En el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contratoacuerdo, su interpretacionejecución, incumplimiento, cancelación, interpretación o validez, vigencia o ejecucion, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos con la finalidad de que convienen las partes traten en solucionarlas y arreglarlas, por medio del arbitraje de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapso, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley los reglamentos del Centro de Conciliación y Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana Cámara de VenezuelaComercio ▇▇ ▇▇▇▇▇ Rica (CCACCR), y a cuyas normas las partes se someten en forma voluntaria e incondicional. El conflicto se dilucidará de conformidad acuerdo con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados la ley sustantiva de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera República ▇▇ ▇▇▇▇▇ Rica. El lugar del arbitraje será el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos a partir de la fecha de la solicitud de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitral. En caso que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competenciaRica. Las partes y los miembros del El arbitraje será resuelto por un Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion integrado por tres miembros. Cada parte tendrá derecho a nombrar un árbitro y entre los procedimientos, la informacion suministrada árbitros nombrados por las partes designarán un tercer árbitro que será el Presidente del Tribunal Arbitral. El laudo arbitral se dictará por escrito, será definitivo, vinculante para las partes e inapelable, salvo el recurso de revisión o nulidad. Una vez que el laudo se haya dictado y se encuentre firme, producirá los efectos de cosa juzgada material y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitralpartes deberán sin demora cumplirlo. Los gastos relacionados con el arbitraje y los honorarios de los árbitros serán asumidos por las partes en igual proporción conforme el procedimiento avance, salvo que el Tribunal decidiere otra cosa. Los honorarios de los respectivos asesores y abogados serán asumidos por cada parte. Todo esto sin perjuicio de la obligación de reembolso de cualquier gasto que le corresponda a la parte perdedora a favor de la parte ganadora; a este efecto, el laudo deberá condenar a la parte perdedora al pago de esos gastos, incluidos los honorarios profesionales de los asesores legales. Lo anterior sin perjuicio del derecho de las partes de acudir ante la SUTEL a efecto de resolver las controversias en el caso de que relación con las cuales dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicialSuperintendencia tenga facultades para ello.
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Sources: Telecommunications
ARBITRAJE. Las partes trataran de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato de buena fe Cualquier dificultad que se suscite entre el asegurado, el contratante o el beneficiario, según corresponda, y con prontitud. En el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa asegurador, en relacion relación con el presente Contratocontrato de seguro de que da cuenta esta póliza, o con motivo de la interpretación o aplicación de las condiciones generales o particulares, su interpretacioncumplimiento o incumplimiento, validezo sobre cualquiera indemnización u obligación referente a la misma, vigencia o ejecucionserá resuelta por un árbitro arbitrador, se abrira un lapso nombrado de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun común acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de Si los interesados no estar se pusieren de acuerdo para prorrogar dicho lapsoen la persona del árbitro, éste será designado por la Justicia Ordinaria, y en tal caso el árbitro tendrá las facultades de arbitrador en cuanto al procedimiento, debiendo dictar sentencia conforme a derecho. En ningún caso podrá designarse en el contrato de seguro, de antemano, a la persona del árbitro. En las disputas entre el asegurado y el asegurador que surjan con motivo de un siniestro cuyo monto sea inferior a 10.000 unidades de fomento, el asegurado podrá optar por ejercer su acción ante la justicia ordinaria. El tribunal arbitral u ordinario a quien corresponda conocer de la causa, tendrá las siguientes facultades:
1. Admitir, a petición de parte, además de los medios probatorios establecidos en el Código de Procedimiento Civil, cualquier otra clase de prueba.
2. Decretar de oficio, en cualquier estado del juicio, las partes convienen en diligencias probatorias que cualquier controversia que se suscite en relacion estime conveniente, con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo citación de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:partes.
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de . Llamar a las partes a su vez designaran presencia para que reconozcan documentos o instrumentos, justifiquen sus impugnaciones, pudiendo resolver al tercer arbitrorespecto, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitralsin que ello implique prejuzgamiento en cuanto al asunto principal controvertido.
4. La designacion Apreciar la prueba de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos a partir acuerdo con las normas de la fecha sana crítica, debiendo consignar en el fallo los fundamentos de dicha apreciación. Será tribunal competente para conocer de las causas a que diere lugar el contrato de seguro, el del domicilio del beneficiario. Sin embargo, el asegurado o el beneficiario podrán por sí solos someter al arbitraje de la solicitud Superintendencia de arbitrajeValores y Seguros, fecha en la cual debera constituirse resolución de las dificultades que se produzcan con la compañía cuando el Tribunal Arbitral. En caso que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto monto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas indemnización reclamada no sea superior a 120 Unidades de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azarFomento.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, salvo en el caso de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicial.
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ARBITRAJE. Las partes trataran a) Arbitraje de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato Conciencia: Todas y cada una de buena fe y con prontitud. En el supuesto las Controversias Técnicas que no puedan ser resueltas directamente por las Partes dentro del plazo de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucion, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar trato directo deberán ser sometidas a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable arbitraje de comun acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapso, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanolconciencia, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuelael numeral 3 del artículo 57 del Decreto Legislativo Nro. 1071, en el cual los árbitros resolverán conforme a sus conocimientos y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos a partir saber y entender. Los árbitros podrán ser peritos nacionales o extranjeros, pero en todos los casos deberán contar con amplia experiencia en la materia de la fecha Controversia Técnica respectiva, y no deberán tener conflicto de interés con ninguna de las Partes al momento y después de su designación como tales. El Tribunal Arbitral podrá solicitar a las Partes la solicitud información que estime necesaria para resolver la Controversia Técnica que conozca, y como consecuencia de arbitrajeello podrá presentar a las Partes una propuesta de conciliación, fecha en la cual debera constituirse el podrá ser o no aceptada por éstas. El Tribunal ArbitralArbitral podrá actuar todos los medios probatorios y solicitar a las Partes o terceras personas los medios probatorios que considere necesarios para resolver las pretensiones planteadas. En caso El Tribunal Arbitral deberá preparar una decisión preliminar que notificará a las Partes dentro de los arbitros escogidos por treinta (30) Días siguientes a su instalación, teniendo las partes, no pudieren ponerse Partes un plazo de acuerdo respecto de cinco (5) Días para preparar y entregar al Tribunal sus comentarios a dicha decisión preliminar. El Tribunal Arbitral deberá expedir su decisión final sobre la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento Controversia Técnica suscitada dentro de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una Días siguientes: i. a la recepción de los comentarios de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuestoPartes a su decisión preliminar o ii. Una vez introducidas todas las papeletasal vencimiento del plazo para presentar dichos comentarios, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitrolo que ocurra primero. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion El procedimiento para la contestacion resolución de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara una Controversia Técnica deberá llevarse a cabo en la forma ciudad de Lima, Perú. Excepcionalmente, y en por la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion naturaleza del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido caso concreto, el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran Arbitral se trasladará a otra localidad solo con el fin de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha actuar medios probatorios como un peritaje, una inspección ocular o cualquier otro medio probatorio que sea necesario actuar en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho otra localidad, por un plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
mayor a diez (vi10) Días. Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta deberán guardar absoluta reserva y mantener confidencialidad sobre toda la información que conozcan por su participación en relacion la resolución de una Controversia Técnica. La controversia se resolverá a los procedimientostravés de arbitraje que tendrá lugar en la ciudad de Lima, Perú, en idioma castellano, y deberá ser administrado por el Centro de Arbitraje de la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, salvo Cámara de Comercio de Lima. El Reglamento de dicha institución será aplicable en todo lo no previsto en el caso de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicialpresente Contrato.
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Sources: Concession Contract
ARBITRAJE. Las partes trataran a. Cuando la querella no haya sido resuelta en la etapa anterior, la misma podra ser sometida a arbitraje dentro de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato de buena fe y con prontitud. En el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucion, se abrira un lapso de siete los veinte (720) dias continuos con laborables siguientes al recibo de la finalidad decision del Director de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo por las partes. De haber Asuntos Laborales y del Empleado o transcurrido el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo termino para prorrogar dicho lapsocontestar, las partes convienen en lo que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitralocurra primero. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos Union sometera a partir de la fecha Compania copia de la solicitud de arbitraje, y la fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitralfue sometida en Arbitraje. En caso Los arbitros a utilizarse seran los del Negociado de Conciliacion y Arbitraje del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, excepto que se acuerde otra cosa entre las partes, y los arbitros escogidos mismos se seleccionaran conforme al procedimiento de ternas y a las normas de dicho Negociado. La decision del arbitro sera final e inapelable, la cual sera seguida y cumplida por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto siempre que sea conforme a derecho. Las partes le someteran al arbitro la sumision escrita de la eleccion querella a resolverse. Para todos los efectos de este Articulo, las normas del tercer arbitroNegociado que prevaleceran seran las que estaban vigentes al 26 de 88 diciembre de 2002, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de y ninguna enmienda a las cuales indicara el nombre de mismas o un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azarnuevo reglamento seran aplicables bajo este Convenio.
(ii) En cualquier casob. Las reclamaciones de salarios quedan excluidas de este procedimiento de arbitraje. No obstante, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇reclamaciones ▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, ▇ hasta $ 1,500.00 se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada tramitaran segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido aqui establecido. La Union se reserva el derecho de llevar los casos de reclamaciones de salarios en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta exceso de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion $ 1,500.00 a los procedimientostribunales siempre y cuando cumpla con los terminos procesales aqui dispuestos. Se aclara que todos los demas tipos de casos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitraltales como pero sin limitacion, salvo en el caso peticiones de reclasificacion, dietas, ascensos y/o reclamaciones de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicialse estan realizando labores de otra clasificacion, continuaran tramitandose a traves de arbitraje.
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Sources: Collective Bargaining Agreement (Telecomunicaciones De Puerto Rico Inc)
ARBITRAJE. Las partes trataran Procedimiento Arbitral para resolver controversias en caso de resolver Enfermedades preexistentes, o de cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato de buena fe y otro Padecimiento médico relacionado con prontitudesta Póliza. En caso de desacuerdo entre el supuesto Asegurado y Zurich Vida acerca de surgir alguna discrepancia la preexistencia de la Enfermedad y/o disputa en relacion Padecimiento, a voluntad del Asegurado la cuestión podrá ser sometida a dictamen de un perito médico nombrado de común acuerdo por escrito por ambas partes; pero si no se pusieren de acuerdo con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucionnombramiento de un solo perito, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo designarán dos, uno por las partes. De haber transcurrido cada parte, lo cual se hará en el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapso, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos días contado a partir de la fecha de la solicitud de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse que una de ellas hubiere sido requerida por la otra por escrito para que lo hiciere. Antes de empezar sus labores, los dos peritos nombrarán un tercero para el Tribunal Arbitralcaso de discordia. En caso que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada Si una de las cuales indicara partes se negare a nombrar su perito o simplemente no lo hiciere cuando sea requerido por la otra, o si los peritos no se pusieran de acuerdo con el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y nombramiento ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto ▇, será la Autoridad Judicial la que, a petición de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados cualquiera de las partes, hará el nombramiento ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ tercero, o de ambos si así fuera necesario. Sin embargo la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los cuales seran sufragadas por cada una Usuarios de ellas.
Servicios Financieros (xCONDUSEF) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre podrá nombrar el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente perito ▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta su caso, si de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por común acuerdo las partes y así lo solicitaren. El fallecimiento de una de las resultas partes cuando fuere persona física, o su disolución cuando fuere una sociedad, ocurridos mientras se esté realizando el peritaje, no anulará ni afectará los poderes o atribuciones ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral▇▇, salvo o de los peritos o del tercero según el caso, o si alguno de los peritos de las partes o el tercero falleciere antes del dictamen, será designado otro por quien corresponda (la autoridad judicial, las partes, los peritos o la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) para que lo substituya. Si el Asegurado acude al arbitraje médico, Zurich Vida se obliga a comparecer ante el árbitro designado y sujetarse al procedimiento y resolución de dicho arbitraje, el cual vincula al Asegurado y por este hecho se considerará que renuncia a cualquier otro derecho para hacer dirimir la controversia en relación con la preexistencia. El procedimiento de arbitraje será establecido por la persona designada, y las partes, en el momento de acudir a ella deberán firmar el convenio arbitral respectivo. El laudo que se emita vinculara a las partes y tendrá fuerza de cosa juzgada entre ellas. Este procedimiento no tendrá costo para el reclamante y en caso de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico existir será liquidado por cualquier requerimiento legal o judicialZurich Vida.
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ARBITRAJE. Las partes trataran Todas las desavenencias que se deriven del Contrato o que guarden relación con éste, y que no puedan ser solucionadas amigablemente por las Partes, serán resueltas definitivamente de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato de buena fe y con prontitud. En el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion acuerdo con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucion, se abrira un lapso Reglamento de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapso, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo Arbitraje de la controversiaCámara de Comercio Internacional (2012) por un tribunal arbitral compuesto por tres árbitros y nombrados conforme a este Reglamento. El arbitraje se llevará a cabo en idioma español, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de en la Republica Bolivariana de Venezuela, sede del BCIE en la ciudad de CaracasTegucigalpa, República de Honduras. El laudo arbitral se basará en lo dispuesto en el Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional “Reglamento de Arbitraje CCI” y en los términos y condiciones establecidos en el Contrato. De forma y carácter supletorio, y siempre que una situación no pueda resolverse basada en el “Reglamento de Arbitraje CCI” o en los términos y condiciones establecidos en el Contrato, se aplicarán a dicha situación los Principios Generales del Derecho Internacional, entre ellos, la buena fe, autoridad de la cosa juzgada, pacta sunt servanda, etc. El Prestatario no podrá reclamar y por este medio renuncia expresamente a realizar, alegar o invocar cualquier reclamo o defensa (para sí mismo, sus activos presentes o futuros), en idioma espanolel marco de cualquier procedimiento iniciado en virtud de este Contrato, que pueda tener o pueda adquirir por razones de conformidad inmunidad soberana o por razones de inmunidad de otro tipo relacionadas con:
(a) La jurisdicción de cualquier tribunal judicial o arbitral en relación con el procedimiento previsto en esta Sección; y,
(b) La ejecución ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral dictado en el procedimiento previsto en esta Sección. IF-2017-18357523-APN-SSRFI#MF Sin perjuicio de ello, y a los fines específicos de cualquier ejecución de un futuro potencial laudo arbitral que se dictare en virtud del presente Contrato, se aclara expresamente que la renuncia a la inmunidad soberana aquí realizada no se extenderá a los Bienes Públicos del Prestatario. En consecuencia, el Prestatario gozará de inmunidad en relación con la Ley ejecución de Arbitraje cualquier laudo o sentencia en contra de un Bien Público, entendiendo como tales:
(a) cualquier reserva del Banco Central;
(b) cualquier bien de dominio público localizado en el territorio de la Argentina que caiga dentro del alcance de los artículos 234 y 235 del Código Civil y Comercial de la Republica Bolivariana Nación, incluyendo pero no limitándose a canales, obras públicas, ruinas arqueológicas y sitios de Venezuela, y interés científico de conformidad con las siguientes reglas:la Argentina;
(ic) El arbitraje sera realizado por tres cualquier bien localizado dentro o fuera del territorio argentino que preste un servicio público esencial;
(3d) arbitros neutrales seleccionados cualquier bien (sea en la forma de efectivo, depósitos bancarios, valores, obligaciones de terceros o cualquier otro medio de pago) del Gobierno argentino, sus agencias gubernamentales y otras entidades gubernamentales relacionadas con la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una ejecución del presupuesto, dentro del alcance de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder de un secciones ▇▇▇▇ ▇ ▇▇▇ ▇▇ ▇▇ ▇▇▇ (10) dias continuos a partir de la fecha de la solicitud de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitral. En caso que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar▇▇.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇; ▇▇▇ Complementaria Permanente de Presupuesto (bt.o. 2014);
(e) ser neutral cualquier bien alcanzado por los privilegios e inmunidades de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961 y la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963 incluyendo pero no tener conflicto limitándose a los bienes, premisas y cuentas de intereses; las misiones argentinas;
(cf) ser abogado con exposicion a cualquier bien alcanzado por las leyes y costumbres comerciales venezolanas y inmunidades del Acta de Inmunidad Extranjera Soberana de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa 1976, incluyendo pero no limitándose a los activos y bienes de la Argentina que no estén siendo utilizados por la Argentina para una actividad comercial en materia los Estados Unidos y bienes alcanzados por las previsiones del Acta de arbitrajes Inmunidad de los Estados del Reino Unido de 1978, incluyendo pero no limitándose a los activos bienes de la Argentina que no estén siendo utilizados ni destinados a ser utilizados por la Argentina con fines comerciales.;
(iiig) La citacion para cualquier bien utilizado por una misión diplomática, gubernamental o consular en Argentina;
(h) impuestos y/o regalías adeudadas a la contestacion Argentina y los derechos de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.Argentina para recaudar impuestos y/o regalías;
(ivi) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente cualquier bien de haberse constituido carácter militar o bajo el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran control de treinta (30) dias continuos contados a partir una autoridad militar o agencia de defensa de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, salvo en el caso de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicial.Argentina; o
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Sources: Loan Agreement
ARBITRAJE. Las partes trataran Si existiere alguna diferencia entre el Asegurado y la compañía Aseguradora, la misma será resuelta mediante el procedimiento de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato de buena fe y con prontitud. En el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucion, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapso, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo arbitraje siguiente: La decisión acerca de la controversiadiferencia quedara sometida, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente independientemente de derechocualquier otra cuestión, aplicando exclusivamente el derecho a una persona calificada que tendrá la calidad de la Republica Bolivariana de Venezuelaárbitro, en la ciudad de Caracasnombrado por escrito por ambas partes, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder dentro de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ pazo de treinta (1030) dias continuos días contados a partir de la fecha de la solicitud de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitralcomprobación del desacuerdo. En caso que los arbitros escogidos por las partes, Cuando estas no pudieren ponerse estén de acuerdo respecto sobre la designación de la eleccion un árbitro único, nombraran por escrito un árbitro por cada parte. Esta designación deberá hacerse en el plazo de un (1) mes a partir del tercer arbitro, entonces día en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada que una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuestodos partes haya requerido a la otra con dicho objeto. Una vez introducidas todas nombrados los dos árbitros y estos no estuvieren de acuerdo en su apreciación sobre el o los puntos de discrepancia, las papeletaspartes nombraran por escrito un tercer árbitro, en un plazo no mayor de quince (15) días, con igual calificación que los anteriormente seleccionados por ellas, quien presidirá los debates y conjuntamente con los demás tomara la decisión por mayoría y redactara el laudo comprobatorio de la misma. Los árbitros designados para ventilar las diferencias deberán ser personas de reconocida capacidad en la materia a dictaminar. En el caso de que una de las dos partes se insaculara una papeleta negare a designar o dejare de nombrar su árbitro, en el plazo de un (1) mes antes indicado, la cual indicara otra parte tendrá el nombre derecho de solicitar a la Superintendencia su actuación como amigable componedor. El fallecimiento de cualquiera de las partes que aconteciera en el curso de las operaciones de arbitraje no anulara ni mermara los poderes, derechos o atribuciones del árbitro o, según el caso, de los árbitros o del árbitro tercero. Si uno de los árbitros o el árbitro tercero falleciere o estuviere interdicto, antes del dictamen final, la parte o los árbitros que le hubieren nombrado, según el caso, estarán en la obligación de sustituirlo por otro. La Compañía y el Asegurado pagaran respectivamente al árbitro nombrado por cada uno de ellos. Los demás gastos que originen el procedimiento y los del tercer arbitroárbitro, en caso de ser elegido, serán pagados por estos en partes iguales. La persona que insaculara las papeletas sera escogida El acta de no conciliación emitida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion Superintendencia o el laudo arbitral es un requisito previo al conocimiento de la demanda que pudiere intentar cualquiera de arbitraje y demas notificaciones durante las partes ante el procesotribunal correspondiente. Cuando la Superintendencia sea apoderada de un asunto en calidad de amigable componedor, se realizara en la forma y en la direccion deberá producir su dictamen dentro de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de los próximos treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion días del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitralapoderamiento.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, salvo en el caso de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicial.
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Sources: Insurance Policy
ARBITRAJE. Las partes trataran Sin perjuicio de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato de buena fe y con prontitud. En el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa lo establecido en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucion, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapso, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial Sociedades de Seguros, toda desavenencia entre el asegurado y la compañía en relación a la interpretación o aplicación de la Republica Bolivariana de Venezuelapresente póliza y/o sus anexos, y deberá ser resuelta por árbitros, nombrados de conformidad a la Ley de Mediación, Conciliación y Arbitraje. De conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados el artículo 26 de la siguiente forma: cada Ley últimamente citada, los convenios arbitrales incluidos en este tipo de contratos, serán plenamente válidos entre las partes en tanto dichos convenios son conocidos o debían conocerse por la contraparte y su manifestación de voluntad de someterse al arbitraje se hiciere en forma expresa e independiente; presumiéndose, por lo tanto, que el convenio arbitral es conocido y aceptado por el asegurado, ya que la presente cláusula forma parte designara un arbitro de las cláusulas generales de la póliza y/o sus anexos y los arbitros elegidos ha sido firmado en señal de aceptación por cada una ambas partes. El convenio arbitral implica la renuncia de las partes a su vez designaran iniciar el proceso judicial sobre las materias o controversias sometidas al tercer arbitroarbitraje. La renuncia al arbitraje será válida únicamente cuando concurra la voluntad de ambas partes. El número de árbitros será de tres. Cuando el arbitraje haya de decidirse con sujeción a derecho, los árbitros serán, además, abogados en el libre ejercicio de la profesión. Cuando el arbitraje se deba resolver conforme a normas o principios técnicos, los árbitros deberán ser expertos en el arte, profesión u oficio respectivo. Las partes podrán designar los árbitros de manera directa y de común acuerdo o delegar a un tercero, persona natural o jurídica, la designación parcial o total de los árbitros. Si no hubiere acuerdo entre las partes en la elección de los árbitros, cada parte elegirá uno y los dos árbitros designados elegirán un tercero, quien sera será el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion Los gastos y costos que se originen con motivo del arbitraje, serán cubiertos por partes iguales por la Compañía y el Asegurado, pero cada quien cubrirá los gastos del árbitro que proponga. El fallo de los miembros del Tribunal Arbitral árbitros es inapelable y no podra exceder admitirá más recurso que el de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos a partir de la fecha de la solicitud de arbitraje, fecha Nulidad establecido en la cual debera constituirse el Tribunal ArbitralLey de Mediación, Conciliación y Arbitraje. En caso que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletastodo caso, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion estará además a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudosley antes citada.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, salvo en el caso de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicial.”.-
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Sources: Insurance Contract
ARBITRAJE. Las Cuando entre el asegurado y La Compañía se suscitare alguna diferencia sobre el monto de la indemnización, de común acuerdo, cada parte designará un perito, para que establezcan el valor de las pérdidas, únicamente en la parte en desacuerdo. Si luego del informe de los peritos, las partes trataran no se pusieren de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato acuerdo, procederán a designar un Arbitro, con la calidad de buena fe y con prontitud" dirimente", quien se pronunciará sobre el informe de los peritos y, el laudo que éste emita será obligatorio para las partes. En el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucion, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos con la finalidad de caso que las partes traten no se pusieren de llegar acuerdo en la denominación del Arbitro, se recurrirá al Presidente de la Cámara de Comercio de Quito para que lo haga. El arbitro juzgarán más bien desde el punto de vista de la práctica del seguro que de derecho estricto. Cada una de las partes pagará los honorvarios de su respectivo perito. El honorario del Arbitro será cubierto a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo medias por las partes. De haber transcurrido En consideración al pago de la prima adicional correspondiente, queda convenido y declarado que el plazo antes senalado seguro, sujeto a las disposiciones que más adelante se expresan, cubre además: Cualquier pérdida y/o daño (incluido el incendio) ocasionados a los objetos asegurados por, o por medio de, o a consecuencia de terremoto, temblor y/o erupción volcánica. Si los bienes mencionados o parte de ellos fueren destruidos o dañados, la Compañía conviene en indemnizar al Asegurado el importe de los daños sufridos sin incluir el valor de las mejoras, exigidas o no estar por autoridades para dar mayor solidez al edificio o edificios afectados o para otros fines en exceso de acuerdo las reparaciones necesarias para prorrogar dicho lapso, las partes convienen devolver esos bienes al mismo estado en que cualquier controversia se encontraban al ser asegurados. Para efectos de la presente cobertura, la Compañía aceptará como prueba de que se suscite en relacion con ha producido un temblor cuando el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo Observatorio Astronómico de Quito establezca que la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuelaintensidad del movimiento sísmico, en la ciudad de Caracasel lugar en donde están situados los bienes asegurados, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera el Presidente es del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos a partir de la fecha de la solicitud de arbitraje, fecha grado 5 o mayor en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitral. En caso que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse escala modificada de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitralMERCALLI. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidadla intensidad fuere menor el Asegurado está obligado a demostrar que los daños fueron como consecuencia directa del movimiento sísmico. Los daños amparados por esta Cláusula que ocasione algún temblor, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partesterremoto y/o erupción volcánica, salvo por lo que respecta darán origen a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas una reclamación separada por cada una uno de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en estos fenómenos. Si varios de éstos ocurren dentro de cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdoperíodo de 72 horas consecutivas, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes se entenderán como un solo siniestro y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad daños que causen deberán ser comprendidos en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, salvo en el caso de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicialuna reclamación.
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Sources: Insurance Policy
ARBITRAJE. Las Mediante el procedimiento de arbitraje, las partes trataran en conflicto acuerdan, voluntariamente, encomendar a un tercero y aceptar de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato antemano la solución que éste dicte sobre sus divergencias. El acuerdo de buena fe y con prontitud. En las partes promoviendo el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucionarbitraje será formalizado por escrito, se abrira un lapso denominará compromiso arbitral y constará, al menos, de siete (7) dias continuos con la finalidad los siguientes extremos: - Nombre del árbitro o árbitros designados. - Cuestiones que se someten a laudo arbitral y, en su caso, criterios que de común acuerdo se consideren que las partes traten han de llegar a un arreglo amistososer observados, así como plazo para dictarlo. Dicho lapso sera prorrogable - Fecha y firma de comun acuerdo por las partes. De haber transcurrido este acuerdo se harán llegar copias de compromiso arbitral a la Comisión Mixta Paritaria y, a efectos de constancia y publicidad, a la Autoridad Laboral competente. La designación del árbitro o árbitros será libre y recaerá en expertos imparciales. Se llevará a cabo el plazo antes senalado o nombramiento en igual forma que la señalada para los mediadores en el artículo precedente de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapsoeste Convenio Colectivo. La resolución arbitral será vinculante e inmediatamente ejecutiva y resolverá, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contratomotivadamente, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion todas y todo lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera cuestiones fijadas en el Presidente del Tribunal Arbitralcompromiso arbitral. La designacion El laudo arbitral deberá ser notificado en el plazo máximo de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos 10 días hábiles a partir de la fecha designación del árbitro. Excepcionalmente, y, atendiendo a las dificultades del conflicto y su trascendencia, podrá prorrogarse el mencionado plazo, debiendo, en todo caso, dictarse el laudo antes del transcurso de 30 días hábiles; será, asimismo, notificado a la solicitud de arbitrajeComisión Mixta Paritaria y a la Autoridad Laboral competente. El laudo emitido podrá ser impugnado ante la Jurisdicción social, fecha en según la cual debera constituirse el Tribunal Arbitral. En caso modalidad procesal que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitroproceda. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas impugnación ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitralpodrá basarse en: - Exceso en cuanto a los límites y puntos que las partes han sometido a arbitraje. - Infracción por el contenido ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ de algunas normas de derecho necesario. - Inobservancia de los criterios considerados por las partes y trasladados en su momento al árbitro para la resolución del arbitraje. - Superación del plazo establecido para dictar resolución. La resolución será objeto de depósito, salvo registro y publicación a idénticos efectos de los previstos en el caso artículo 90 del Estatuto de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicial.los Trabajadores. La resolución arbitral tendrá la misma eficacia de lo pactado en el Convenio Colectivo. B.O.C.M. Núm. 100 LUNES ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇ 2019
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Sources: Convenio Colectivo De Sector De Industria De La Madera
ARBITRAJE. Las partes trataran Para la solución de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato de buena fe y controversia, por la interpretación o en relación con prontitud. En el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucion, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapsoeste contrato, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion acuerdan someterse incondicional e irrevocablemente únicamente al procedimiento y todo lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, fallo arbitral en la ciudad de CaracasAntiguo Cuzcatlán, en idioma espanolDepartamento de La Libertad, República de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos a partir de la fecha de la solicitud de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitral. En caso que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian ▇. Cada una de las partes designará a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes su propio árbitro y los miembros árbitros nombrados dentro del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad plazo improrrogable de quince días designarán a un tercero dirimente. Si no se pusieren de acuerdo en relacion dicho nombramiento, será designado a los procedimientospetición de cualquiera de las partes por el Secretario General del Sistema de Integración Centroamericana (SICA) y será el Presidente del Tribunal. Para someter la controversia al procedimiento de arbitraje, la informacion suministrada por las partes parte reclamante dirigirá a la otra una comunicación escrita exponiendo la naturaleza del reclamo, la satisfacción o reparación que persigue y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitralel nombre del árbitro que designa. La parte que hubiere recibido dicha comunicación deberá dentro del plazo improrrogable de treinta días comunicar a la parte contraria el nombre de la persona que designe como árbitro. El Tribunal arbitral fallará en conciencia, salvo basándose en los términos del contrato, y pronunciará su fallo aún en el caso de que dicha informacion deba hacerse alguna de las partes actúe en rebeldía. El Fallo se hará constar por escrito y se adoptará por mayoría de votos, dentro de más tardar sesenta días a partir de la fecha del conocimiento publico nombramiento del dirimente, amenos que el Tribunal determine que por cualquier requerimiento legal o judicialcircunstancias especiales e imprevistas debe ampliarse dicho plazo. El fallo se notificará a las partes mediante comunicación escrita, deberá cumplirse dentro del plazo de treinta días a partir de la notificación, tendrá mérito ejecutivo y no admitirá recurso alguno. Los honorarios de cada árbitro serán cubiertos por la parte que lo hubiere designado y los honorarios del Dirimente serán cubiertos por ambas partes en igual proporción. Antes de constituirse el Tribunal, las partes arreglaran lo concerniente a los honorarios y en caso no se fijen estos, serán acordados por dicho Tribunal de manera razonable para ambas partes. Cada parte sufragará sus costas.
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Sources: Consulting Agreement
ARBITRAJE. Las partes trataran Cualquier duda o dificultad que surja entre los Partícipes en su calidad de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato de buena fe tales, o entre éstos y con prontitud. En el supuesto de surgir alguna discrepancia la Administradora o disputa en relacion con el presente Contratosus administradores, sea durante la vigencia del Fondo o durante su interpretacion, validez, vigencia o ejecucionliquidación, se abrira un lapso resolverá mediante arbitraje, conforme al Reglamento del Centro de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapso, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo Arbitrajes de la controversiaCámara de Comercio de Santiago A.G., sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, cuyas disposiciones constan en la ciudad escritura pública de Caracas, fecha 10 de Diciembre de 1992 otorgada en idioma espanol, la Notaría de conformidad con la Ley Santiago de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos a partir de la fecha de la solicitud de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitral. En caso que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral▇▇, las cuales forman parte integrante de este artículo. Las Partes confieren mandato especial irrevocable a la Cámara de Comercio de Santiago A.G. para que, a solicitud escrita de cualquiera de los Partícipes o de la Administradora, designe el árbitro de entre los integrantes del cuerpo arbitral del Centro de Arbitrajes de esa Cámara, el cual tendrá la calidad de árbitro mixto, esto es, arbitrador en el procedimiento pero de derecho en cuanto al fallo. En contra de las resoluciones del árbitro no procederá recurso alguno, por lo cual las Partes renuncian expresamente a ellos. El árbitro queda especialmente facultado para resolver todo asunto relacionado con su competencia y/o jurisdicción. En el evento que el Centro de Arbitrajes de la Cámara de Comercio de Santiago deje de funcionar o no exista a la época en que deba designarse al árbitro, éste será designado, en calidad de árbitro mixto, por la Justicia Ordinaria, debiendo recaer este nombramiento en un abogado que sea o haya sido Decano o Director de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Chile o Universidad Católica de Chile, ambas de Santiago, o Profesor Titular, ordinario o extraordinario, de Derecho Civil, Comercial o Procesal, que haya desempeñado dichos cargos o cátedras en las referidas Universidades, a lo menos, durante cinco años. El Arbitraje tendrá lugar en Santiago de Chile. El Partícipe por este acto declara que ha sido debidamente informado por la Administradora de lo siguiente:
1. Que previo a cada inversión en cualquier Fondo, la Administradora:
a. Me proveerá de un folleto informativo con elementos claves para el inversionista.
b. Deberá tener a mi disposición el reglamento interno de cada uno de los Fondos en que invierta, junto a una copia de las últimas carteras de inversión y de los últimos estados financieros remitidos a la Superintendencia de Valores y Seguros correspondientes a dichos Fondos, con sus respectivas notas, los que se encontrarán disponibles en la página web de la Administradora (▇▇▇.▇▇▇▇▇▇.▇▇).
2. Que la rentabilidad de los Fondos es esencialmente variable e indeterminada, salvo en el caso de los fondos garantizados, por aquella parte que dicha informacion deba hacerse se encuentre garantizada y se mantenga en el fondo hasta el término del conocimiento publico período de inversión.
3. Que la posibilidad de rescatar o no mi inversión, así como las condiciones y plazo de pago correspondiente se regirán por cualquier requerimiento legal o judiciallos términos establecidos para ello en el reglamento interno del Fondo respectivo.
4. Que los reglamentos y el texto tipo de contratos pueden ser consultados en la página web de la Superintendencia (▇▇▇.▇▇▇.▇▇) y de la Administradora (▇▇▇.▇▇▇▇▇▇.▇▇), así como también en las oficinas de esta última y sus agentes.
5. Que si bien la Superintendencia fiscaliza a la Administradora y los Fondos administrados por ésta, la Superintendencia no se pronuncia sobre el texto tipo de los contratos suscritos por la Administradora, la calidad de las cuotas ofrecidas por los Fondos, ni de las garantías constituidas por cualquiera de ellos.
6. Que, en general, la información de los Fondos de inversión puede ser consultada en la página web de la Superintendencia (▇▇▇.▇▇▇.▇▇) y de la Administradora (▇▇▇.▇▇▇▇▇▇.▇▇).
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Sources: General Fund Contract
ARBITRAJE. Las partes trataran de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato de buena fe y con prontitud. En Cualquier dificultad que se suscite entre el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente ContratoContratante Asegurado, su interpretacionsucesión, validezel Beneficiario Acreedor y la Compañía Aseguradora, vigencia o ejecucionya sea que intervenga cualquiera de ellos, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos según corresponda, sea en relación con la finalidad validez o ineficacia del contrato de seguro de que las partes traten da cuenta esta póliza, o con motivo de llegar a la interpretación o aplicación de sus Condiciones Generales o Particulares, su cumplimiento o incumplimiento, o sobre la procedencia o el monto de una indemnización reclamada al amparo del mismo, será resuelta por un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable árbitro arbitrador, nombrado de comun común acuerdo por las partespartes al momento de surgir una disputa. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de Si los interesados no estar se pusieren de acuerdo en la persona del árbitro, éste será designado por la Justicia Ordinaria, y en tal caso el árbitro tendrá las facultades de arbitrador en cuanto al procedimiento, debiendo dictar sentencia conforme a derecho. En todo caso, en las disputas entre el Asegurado y el Asegurador que surjan con motivo de un siniestro cuyo monto sea inferior a 10.000 unidades de fomento, el Asegurado podrá optar por ejercer su acción ante la justicia ordinaria. Será tribunal competente para prorrogar dicho lapsoconocer de las causas a que diere lugar el contrato de seguro, el del domicilio del Beneficiario. No obstante lo estipulado precedentemente, el Contratante o los Asegurados, según corresponda, podrán por sí solos y en cualquier momento, someter al arbitraje de la Superintendencia de Valores y Seguros las partes convienen en que cualquier controversia dificultades que se suscite en relacion susciten con la Compañía Aseguradora cuando el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo monto de los daños reclamados no sea superior a lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, dispuesto en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(letra i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros artículo 3º del Tribunal Arbitral no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ Decreto con Fuerza ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos Nº 251, de Hacienda, de 1931, o en la disposición equivalente que se encuentre vigente a partir de la fecha de en que se presente la solicitud de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitral. En caso que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, salvo en el caso de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicial.
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ARBITRAJE. Las Si existiere algún desacuerdo entre el Asegurado y La Compañía, relativo a la póliza, la decisión quedará sometida, independientemente de toda otra cuestión, a una persona calificada que tendrá la calidad de árbitro nombrado por escrito por ambas partes trataran de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato de buena fe y con prontitud. En el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucion, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapso, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder dentro de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ plazo de treinta (1030) dias continuos días contados a partir de la fecha de la solicitud de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitralcomprobación del desacuerdo. En caso que los arbitros escogidos por las partes, Cuando éstas no pudieren ponerse estén de acuerdo respecto sobre la designación de un árbitro único, nombrarán por escrito, un árbitro por cada parte, que deberán ser personas de reconocida capacidad sobre la eleccion materia a dictaminar. Esta designación deberá hacerse en el plazo de un mes a partir del tercer arbitro, entonces día en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada que una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta dos partes haya requerido a la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado otra parte con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitraldicho objeto. En el caso de que ninguna una de las dos partes sea condenada se negare a designar o dejare de nombrar su árbitro en su totalidadel plazo de un mes antes indicado, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta la otra parte tendrá el derecho de solicitar a los honorarios y gastos la Superintendencia de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competenciasu actuación como un amigable componedor. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, salvo en En el caso de que dicha informacion deba hacerse los dos árbitros nombrados no estuvieren de acuerdo en su apreciación sobre el o los puntos de discrepancia, la cuestión será sometida al fallo de un tercer árbitro con igual calidad que los anteriores seleccionados por ellos por escrito, antes de pasar a la consideración del conocimiento publico hecho. Dicho tercer árbitro actuará conjuntamente con los primeros y presidirá sus debates. El fallecimiento de cualquiera de las partes que aconteciera en el curso de las operaciones de arbitraje, no anulará ni mermará los poderes, derechos o atribuciones del árbitro o según el caso, de los árbitros o del árbitro tercero. Si uno de los árbitros o el árbitro tercero falleciere o estuviese interdicto antes del dictamen final, la parte o los árbitros que le hubiesen nombrado, según el caso, estarán en la obligación de sustituirlo por cualquier requerimiento legal o judicialotro. La Compañía y el Asegurado pagarán respectivamente el árbitro nombrado por cada uno de ellos. Los demás gastos que originen el procedimiento y los del tercer árbitro en caso de ser elegido, serán pagados por estos en partes iguales.
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ARBITRAJE. Las partes trataran En caso de resolver cualquier controversia ----------------- relativa entre el Asegurado y la Compañía en relación al presente Contrato monto a indemnizar la cuestión será sometida a dictamen de buena fe y con prontitud. En el supuesto un perito nombrado de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucion, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun común acuerdo por las escrito por ambas partes. De haber transcurrido , en caso de no ponerse de acuerdo en el nombramiento de un solo perito, de designarán dos, uno por cada parte, lo cual se hará en el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapso, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos mes a partir de la fecha en que una de ellas hubiere sido requerida por la solicitud otra por escrito para que lo hiciere. Antes de arbitrajeempezar sus labores, fecha en la cual debera constituirse los dos peritos, nombrarán a un tercero para el Tribunal Arbitralcaso de discordia. En caso que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada Si una de las cuales indicara partes se negase a nombrar su perito o simplemente no lo hiciere cuando sea requerido por la otra, o si los peritos no se pusieren de acuerdo en el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y nombramiento ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto ▇ será la autoridad judicial la que a petición de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito cualquiera de las partes hará el nombramiento ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ tercero o de ambos, si así fuese necesario, sin embargo, la Comisión Nacional de Seguros y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar Fianzas, podrá nombrar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente perito ▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta su caso si de jurisdiccion o común acuerdo así lo solicitaren. El fallecimiento de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por una de las partes y las resultas cuando fuere persona física o su disolución si fuera una sociedad, ocurridos mientras se esté realizando el peritaje, no anulará ni afectará los poderes o atribuciones ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ arbitralo de los peritos, salvo o del tercero según el caso, o si alguno de los peritos de las partes o el tercero falleciere antes del dictamen será designado otro por quién corresponda (las partes, los peritos o la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas) para que lo substituya. Los Gastos y honorarios que se originen con motivo del peritaje, serán a cargo de la Compañía y del Asegurado por partes iguales, pero cada parte cubrirá los honorarios de su propio perito. El peritaje a que ésta cláusula se refiere, no significa la aceptación de la reclamación por parte de la Compañía, simplemente determinará el monto de la pérdida que eventualmente estuviera obligada la Compañía a resarcir, quedando las partes en el caso libertad de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicialejercer las acciones y oponer las excepciones correspondientes.
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ARBITRAJE. Las partes trataran LAS PARTES acuerdan que cualquier disputa que no sea resuelta de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato de buena fe y con prontitud. En el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contratocomún acuerdo entre ellas, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucion, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de no estar será finalmente resuelta de acuerdo para prorrogar dicho lapso, con las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion Reglas de Conciliación y todo lo relativo al fondo Arbitraje de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente Cámara de derecho, aplicando exclusivamente el derecho Comercio de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanolPanamá , de conformidad con la lo establecido en el Decreto Ley 5 de 1999. El arbitraje será en derecho, y el Tribunal de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado estará conformado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos árbitros que deberán ser abogados, nombrados por cada parte. Si una de las partes a LAS PARTES se abstuviera de designar su vez designaran árbitro, la Cámara de Comercio lo designará. Si los árbitros designados dejasen de nombrar al tercer arbitro, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder de árbitro en un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos a partir de la fecha de la solicitud de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitral. En caso que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran plazo de treinta (30) dias continuos días contados desde la designación de ambos árbitros, igualmente la Cámara de Comercio, a partir solicitud de cualquiera de los árbitros, nombrará al árbitro dirimente. El tribunal de Arbitraje tendrá su sede en la ciudad de Panamá, República de Panamá y el proceso de arbitraje se realizará en idioma español. La decisión del Tribunal de Arbitraje se tomará por mayoría, y sus fallos serán finales, definitivos y de obligatorio cumplimiento para LAS PARTES. LAS PARTES reconocen que los laudos arbitrales que se dicten en virtud de esta cláusula producen efectos de cosa juzgada y serán sujetos a ejecución por los tribunales de justicia de la fecha en que comience República de Panamá, como lo establece la sustanciacion del procedimiento arbitral ley panameña para laudos arbitrales extranjeros. Por lo tanto, LAS PARTES se someten voluntariamente a la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado jurisdicción de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran tribunales de treinta (30) dias continuos contados a partir justicia de la finalizacion del lapso República de Panamá para efectos de la presentacion ejecución de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitraltales laudos arbitrales. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costasNo 25821 Gaceta Oficial Digital, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇martes 26 ▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, salvo en el caso de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicial.2007 14
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ARBITRAJE. Las 1.- Mediante el procedimiento de arbitraje las partes trataran en Conflicto acuerdan voluntariamente enco- mendar a una tercera persona y aceptar de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato antemano la solución que ésta dicte sobre sus diver- gencias.
2.- El acuerdo de buena fe y con prontitud. En las partes promoviendo el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucionarbitraje será formalizado por escrito, se abrira un lapso denominará compromiso arbitral y constará al menos, de siete (7) dias continuos con los siguientes extremos: — Nombre de la finalidad persona o personas designadas para arbitrar — Cuestiones que se someten a laudo arbitral y plazo para dictarlo. — Domicilio de que las partes traten afectadas. — Fecha y firma de las partes.
3.- Se harán llegar copias del compromiso arbitral a la Secretaria de la Comisión Paritaria, y a los efectos de constancia y publicidad, a la autoridad laboral competente.
4.- La designación será libre y las personas designadas serán imparciales. Se llevara a cabo el nom- bramiento en igual forma que la señalada para la mediación
5.- Una vez formalizado el compromiso arbitral, las partes se abstendrán de instar cualesquiera otros procedimientos sobre la cuestión o cuestiones sujetas al arbitraje.
6.- Cuando un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable conflicto colectivo haya sido sometido a arbitraje, las partes se abstendrán de comun acuerdo recurrir a huelga o cierre patronal mientras dure el procedimiento arbitral.
7.- El procedimiento arbitral se caracterizará por los principios de contradicción e igualdad entre las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapso, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, Quienes arbitren podrán solicitar informes a especialistas en la ciudad de Caracasmateria, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, si fuera preciso.
8.- La resolución arbitral será vinculante inmediatamente ejecutiva y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro resolverá motivadamente todas y los arbitros elegidos por cada una de las cuestiones fijadas en el compromiso arbitral.
9.- Las personas que arbitren siempre actuarán conjuntamente y comunicarán a las partes la reso- lución dentro del plazo fijado en el compromiso arbitral, notificándolo igualmente a su vez designaran al tercer arbitrola Comisión Paritaria y a la Autoridad Laboral Competente.
10.- La resolución, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion si procede, será objeto de depósito, registro y publicación a idénticos efectos de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos a partir de la fecha de la solicitud de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitral. En caso que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision previstos en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos Articulo 90 del Estatuto( Real Decreto 1/1995 de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇24 ▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, salvo )
11.- La resolución arbitral tendrá la misma eficacia de lo pactado en el caso Convenio Colectivo.
12.- Será de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicialaplicación al procedimiento arbitral lo señalado en este acuerdo para la mediación.
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Sources: Convenio Colectivo
ARBITRAJE. Las Mediante el procedimiento de arbitraje, las partes trataran en conflicto acuerdan, voluntariamente, encomendar a un tercero y aceptar de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato antemano la solución que éste dicte sobre sus divergencias. El acuerdo de buena fe y con prontitud. En las partes promoviendo el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucionarbitraje será for- malizado por escrito, se abrira un lapso denominará compromiso arbitral y constará, al menos, de siete (7) dias continuos con la finalidad los siguientes extremos: - Nombre del árbitro o árbitros designados. - Cuestiones que se someten a laudo arbitral y, en su caso, criterios que de común acuerdo se consideren que las partes traten han de llegar a un arreglo amistososer observados, así como plazo para dictarlo. Dicho lapso sera prorrogable - Fecha y firma de comun acuerdo por las partes. De haber transcurrido este acuerdo se harán llegar copias de compromiso arbi- tral a la Comisión Mixta Paritaria y, a efectos de constancia y publicidad, a la Autoridad Laboral competente. La designación del árbitro o árbitros será libre y recaerá en expertos imparciales. Se llevará a cabo el plazo antes senalado o nombramiento en igual forma que la señalada para los mediadores en el artículo precedente de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapsoeste Convenio Colectivo. La resolución arbitral será vinculante e inmediatamente ejecu- tiva y resolverá, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contratomotivadamente, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion todas y todo lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera cuestiones fijadas en el Presidente del Tribunal Arbitralcompromiso arbitral. La designacion El laudo arbitral deberá ser notifi- cado en el plazo máximo de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos 10 días hábiles a partir de la fecha designa- ción del árbitro. Excepcionalmente, y, atendiendo a las dificultades del conflicto y su trascendencia, podrá prorrogarse el mencionado plazo, debiendo, en todo caso, dictarse el laudo antes del trans- curso de 30 días hábiles; será, asimismo, notificado a la solicitud de arbitrajeComisión Mixta Paritaria y a la Autoridad Laboral competente. El laudo emitido podrá ser impugnado ante la Jurisdicción social, fecha en según la cual debera constituirse el Tribunal Arbitral. En caso modalidad procesal que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitroproceda. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas impugnación ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, salvo podrá basarse en: - Exceso en cuanto a los límites y puntos que las partes han sometido a arbitraje. - Infracción por el contenido ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ de algunas normas de derecho necesario. Trabajadores. La resolución arbitral tendrá la misma eficacia de lo pactado en el caso de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicialConvenio Colectivo.
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Sources: Convenio Colectivo De Trabajo
ARBITRAJE. Las partes trataran En caso de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato desacuerdo surgido entre el Asegurado y la Compañía en relación con esta póliza, el asunto será sometido exclusivamente para este objeto, a dictamen de buena fe y con prontitud. En un perito nombrado de común acuerdo por escrito por ambas partes, pero si no se pusieran de acuerdo en el supuesto nombramiento de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucionun solo perito, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo designará dos, uno por las partes. De haber transcurrido cada parte, lo cual se hará en el plazo antes senalado o de no estar un mes a partir de acuerdo para prorrogar dicho lapso, las partes convienen la fecha en que cualquier controversia una de ellas hubiere sido requerida por la otra por escrito para que se suscite en relacion con lo hiciere. Antes de empezar sus labores los dos peritos nombrarán un tercero para el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo caso de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada discordia. Si una de las partes se negará a nombrar su vez designaran al tercer arbitroPerito o simplemente no lo hiciere cuando sea requerida por la otra, quien sera o si los Peritos no se pusieran de acuerdo en el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder nombramiento de un tercero, será la Autoridad Judicial correspondiente la que, a petición de cualquiera de las Partes hará el nombramiento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos a partir de la fecha de la solicitud de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitral. En caso que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto ▇ Tercero, o de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y ambos, si así fuere necesario. Los Peritos deberán pronunciarse dentro de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos sesenta días contados a partir de desde la fecha de su designación, para lo cual se pondrán de acuerdo respecto a la fecha, hora y lugar en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral han de reunirse para la presentacion llevar a cabo su cometido. El fallecimiento de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito una de las partes y previo escrito debidamente razonado cuando fuere persona física o su disolución si fuere una sociedad, ocurridos mientras se esté realizando el peritaje no anulará ni afectará los poderes atribuciones de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran Peritos. Si alguno de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos los peritos de las partes para dictar o el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo tercero falleciera antes del dictamen, será designado otro por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
quien corresponda (vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una Peritos o la Autoridad Judicial) para que lo sustituya. Los gastos y costas que se originen con motivo del peritaje, serán a cargo de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente la Compañía, en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre cuanto al importe de la pérdida, quedando las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, en libertad de ejercer las partes aceptan acciones y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa oponer las excepciones que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, salvo en el caso de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicialconsideren.
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Sources: Insurance Agreement
ARBITRAJE. Las partes trataran En caso de resolver cualquier controversia ----------------- relativa entre el Asegurado y la Compañía en relación al presente Contrato monto a indemnizar la cuestión será sometida a dictamen de buena fe y con prontitud. En el supuesto un perito nombrado de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucion, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun común acuerdo por las escrito por ambas partes. De haber transcurrido , en caso de no ponerse de acuerdo en el nombramiento de un solo perito, de designarán dos, uno por cada parte, lo cual se hará en el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapso, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos mes a partir de la fecha en que una de ellas hubiere sido requerida por la solicitud otra por escrito para que lo hiciere. Antes de arbitrajeempezar sus labores, fecha en la cual debera constituirse los dos peritos, nombrarán a un tercero para el Tribunal Arbitralcaso de discordia. En caso que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada Si una de las cuales indicara partes se negase a nombrar su perito o simplemente no lo hiciere cuando sea requerido por la otra, o si los peritos no se pusieren de acuerdo en el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y nombramiento ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto ▇ será la autoridad judicial la que a petición de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito cualquiera de las partes hará el nombramiento ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ tercero o de ambos, si así fuese necesario, sin embargo, la Comisión Nacional de Seguros y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar Fianzas, podrá nombrar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente perito ▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta su caso si de jurisdiccion o común acuerdo así lo solicitaren. El fallecimiento de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por una de las partes y las resultas cuando fuere persona física o su disolución si fuera una sociedad, ocurridos mientras se esté realizando el peritaje, no anulará ni afectará los poderes o atribuciones ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ arbitralo de los peritos, salvo o del tercero según el caso, o si alguno de los peritos de las partes o el tercero falleciere antes del dictamen será designado otro por quién corresponda (las partes, los peritos o la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas) para que lo substituya. Los gastos y honorarios que se originen con motivo del peritaje, serán a cargo de la Compañía y del Asegurado por partes iguales, pero cada parte cubrirá los honorarios de su propio perito. El peritaje a que ésta cláusula se refiere, no significa la aceptación de la reclamación por parte de la Compañía, simplemente determinará el monto de la pérdida que eventualmente estuviera obligada la Compañía a resarcir, quedando las partes en el caso libertad de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicialejercer las acciones y oponer las excepciones correspondientes.
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Sources: Insurance Policy
ARBITRAJE. Las Si existiere algún desacuerdo entre el Asegurado y SEGUROS CRECER relativo a la Póliza, la decisión quedará sometida, independientemente de toda otra cuestión, a una persona calificada que tendrá la calidad de árbitro nombrado por escrito por ambas partes trataran de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato de buena fe y con prontitud. En el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucion, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapso, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder dentro de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos plazo de treinta días calendario contados a partir de la fecha de la solicitud de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitralcomprobación del desacuerdo. En caso que los arbitros escogidos por las partes, Cuando éstas no pudieren ponerse estén de acuerdo respecto sobre la designación de un árbitro único, nombrarán por escrito, un árbitro por cada parte, que deberán ser personas de reconocida capacidad sobre la eleccion materia a dictaminar. Esta designación deberá hacerse en el plazo de un (1) mes a partir del tercer arbitro, entonces día en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada que una de las cuales indicara dos partes haya requerido a la otra parte con dicho objeto. En el nombre caso de que una de las dos partes se negare a designar o dejare de nombrar su árbitro en el plazo de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletasmes antes indicado, se insaculara una papeleta la cual indicara otra parte tendrá el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ derecho de solicitar a la Superintendencia de ▇▇▇▇▇▇; ▇ su actuación como un amigable componedor. En el caso que los dos árbitros nombrados no estuvieren de acuerdo en su apreciación sobre el o los puntos de discrepancia, la cuestión será sometida, dentro de un plazo no mayor de 15 (bquince) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos días calendario contados a partir de la fecha en que comience surgió el desacuerdo, al fallo de un tercer árbitro con igual calidad que los anteriores seleccionados por ellos por escrito, antes de pasar a la sustanciacion consideración del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatoshecho. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito tercer árbitro actuará con los primeros y presidirá sus debates. El fallecimiento de cualquiera de las partes y previo escrito debidamente razonado que aconteciera en el curso de las operaciones de arbitraje no anulará, ni mermará los poderes, derechos o atribuciones del árbitro o según el caso, de los miembros árbitros o del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitralárbitro tercero. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado Si uno de los miembros árbitros o el árbitro tercero falleciere o estuviere interdicto antes del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho dictamen final, la parte o los árbitros que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en le hubiesen nombrado, según el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costascaso, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto estarán en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudosobligación de sustituirlo por otro.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, salvo en el caso de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicial.
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Sources: Insurance Agreement
ARBITRAJE. Las Mediante el procedimiento de arbitraje, las partes trataran en conflicto acuerdan, voluntariamente, encomendar a un tercero y aceptar de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato antemano la solución que éste dicte sobre sus divergencias. El acuerdo de buena fe y con prontitud. En las partes promoviendo el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucionarbitraje será formalizado por escrito, se abrira un lapso denominará compromiso arbitral y constará, al menos, de siete (7) dias continuos con la finalidad los siguientes extremos: - Nombre del árbitro o árbitros designados. - Cuestiones que se someten a laudo arbitral y, en su caso, criterios que de común acuerdo se consideren que las partes traten han de llegar a un arreglo amistososer observados, así como plazo para dictarlo. Dicho lapso sera prorrogable - Fecha y firma de comun acuerdo por las partes. De haber transcurrido este acuerdo se hará llegar copias de compromiso arbitral a la Comisión Mixta Paritaria y, a efectos de constancia y publicidad, a la Autoridad Laboral competente. La designación del árbitro o árbitros será libre y recaerá en expertos imparciales, Se llevará a cabo el plazo antes senalado o nombramiento en igual forma que la señalada para los mediadores en el artículo precedente de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapsoeste Convenio Colectivo. La resolución arbitral será vinculante e inmediatamente ejecutiva y resolverá, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contratomotivadamente, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion todas y todo lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera cuestiones fijadas en el Presidente del Tribunal Arbitralcompromiso arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder de un El laudo arbitral deberá ser notificado en el plazo ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos días hábiles a partir de la fecha designación del árbitro. Excepcionalmente, y, atendiendo a las dificultades del conflicto y su trascendencia, podrá prorrogarse el mencionado plazo, debiendo, en todo caso, dictarse el laudo antes del transcurso de treinta días hábiles; será, asimismo, notificado a la solicitud de arbitrajeComisión Mixta Paritaria y a la Autoridad competente. El laudo emitido podrá ser impugnado ante la Jurisdicción social, fecha en según la cual debera constituirse el Tribunal Arbitral. En caso modalidad procesal que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitroproceda. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas impugnación ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitralpodrá basarse en: - Exceso en cuanto a los límites y puntos que las partes han sometido a arbitraje. - Infracción por el contenido ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ de algunas normas de derecho necesario. - Inobservancia de los criterios considerados por las partes y trasladados en su momento al árbitro para la resolución del arbitraje. - La resolución será objeto de depósito, salvo registro y publicación a idénticos efectos de los previstos en el caso artículo 90 del Estatuto de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judiciallos Trabajadores.
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Sources: Collective Labor Agreement
ARBITRAJE. Las partes trataran Conforme dispone el artículo 543 del Código de resolver Comercio, cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato dificultad que se suscite entre el Asegurado, el Contratante o el beneficiario, según corresponda, y el Asegurador, sea en relación con la validez o ineficacia del contrato de buena fe y seguro, o con prontitud. En el supuesto motivo de surgir alguna discrepancia la interpretación o disputa en relacion con el presente Contratoaplicación de sus condiciones generales o particulares, su interpretacioncumplimiento o incumplimiento, validezo sobre la procedencia o el monto de un reembolso o de una indemnización reclamada al amparo del mismo, vigencia o ejecucionserá resuelta por un árbitro arbitrador, se abrira un lapso nombrado de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun común acuerdo por las partespartes cuando surja la disputa. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de Si los interesados no estar se pusieren de acuerdo en la persona del árbitro, éste será designado por la justicia ordinaria y, en tal caso, el árbitro tendrá las facultades de arbitrador en cuanto al procedimiento, debiendo dictar sentencia conforme a derecho. En ningún caso podrá designarse en el contrato de seguro, de antemano, a la persona del árbitro. En las disputas entre el Asegurado y el Asegurador que surjan con motivo de un siniestro cuyo monto sea inferior a 10.000 Unidades de Fomento, el Asegurado podrá optar por ejercer su acción ante la justicia ordinaria. Será tribunal competente para prorrogar dicho lapsoconocer de las causas a que diere lugar el contrato de seguro el del domicilio del beneficiario. No obstante lo estipulado precedentemente, el Contratante o el Asegurado, según corresponda, podrán, por sí solos y en cualquier momento, someter al arbitraje de la Superintendencia de Valores y Seguros las partes convienen en que cualquier controversia dificultades que se suscite en relacion susciten con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo Asegurador cuando el monto de los daños reclamados no sea superior a lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, dispuesto en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(letra i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros Artículo 3º del Tribunal Arbitral no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ Decreto con Fuerza ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos Nº 251, de Hacienda, de 1931, o en la disposición equivalente que se encuentre vigente a partir de la fecha de en que se presente la solicitud de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitral. En caso que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, salvo en el caso de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicial.
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Sources: Póliza De Accidentes Personales
ARBITRAJE. Las Mediante el procedimiento de arbitraje, las partes trataran en conflicto acuerdan, voluntariamente, encomendar a un tercero y aceptar de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato ante- mano la solución que este dicte sobre sus divergencias. El acuerdo de buena fe y con prontitud. En las partes promoviendo el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucionarbitraje será formalizado por escrito, se abrira un lapso denominará compromiso arbitral y constará, al menos, de siete (7) dias continuos con la finalidad los siguientes extremos: – Nombre del árbitro o árbitros designados. – Cuestiones que se someten a laudo arbitral y, en su caso, crite- ▇▇▇▇ de común acuerdo que las partes traten se consideren que han de llegar a un arreglo amistososer obser- vados, así como plazo para dictarlo. Dicho lapso sera prorrogable – Fecha y firma de comun acuerdo por las partes. De haber transcurrido este acuerdo se harán llegar copia de compromiso arbitral a la comisión mixta paritaria y, a efectos de constancia y publicidad, a la autoridad laboral competente. La designación del árbitro o árbitros será libre y recaerá en exper- tos imparciales. Se llevará a cabo el plazo antes senalado o nombramiento en igual forma que la señalada para los mediadores en el artículo precedente de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapsoeste con- venio colectivo. La resolución arbitral será vinculante e inmediatamente ejecutiva y resolverá, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contratomovidamente, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion todas y todo lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera cuestiones fijadas en el Presidente del Tribunal Arbitralcompromiso arbitral. La designacion El laudo arbitral deberá ser notificado en el plazo máximo de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos 10 días hábiles a partir de la fecha designación del árbitro. Excepcionalmente, y, atendiendo a las dificultades del conflicto y su trascendencia, podrá prorrogarse el mencionado plazo, debiendo, en todo caso, dictarse el laudo antes del transcurso de 30 días hábiles; será, asimismo, notificado a la solicitud de arbitrajecomisión mixta paritaria y a la autori- dad laboral competente. El laudo emitido podrá ser impugnado ante la Jurisdicción social, fecha en según la cual debera constituirse el Tribunal Arbitral. En caso modalidad procesal que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitroproceda. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas impugnación ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitralpodrá basarse en: – Exceso en cuanto a los límites y puntos que las partes han some- tido a arbitraje. – Infracción por el contenido ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ de algunas normas de derecho necesario. – Inobservancia de los criterios considerados por las partes y trasladados en su momento al árbitro para la resolución del arbitraje. La resolución será objeto de depósito, salvo registro y publicación a idénticos efectos de los previstos en el caso artículo 90 del Estatuto de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judiciallos Trabajadores. La resolución arbitral tendrá la misma eficacia de lo pactado en el convenio colectivo.
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Sources: Convenio Colectivo
ARBITRAJE. Las partes trataran de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato de buena fe y 7.1. Lea esto con prontituddetenimiento. En el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente ContratoAfecta sus derechos. USTED Y Freshmart ACEPTAN QUE CUALQUIER DISPUTA, su interpretacionCONTROVERSIA O RECLAMACIÓN QUE SURJA DE, validezO ESTÉ RELACIONADA CON, vigencia o ejecucionESTE ACUERDO, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapso, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos a partir de la fecha de la solicitud de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitral. En caso que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente LA PLATAFORMA O EL ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral▇▇▇▇.▇▇▇, salvo QUE TÚ PRESENTES CONTRA FRESHMART, SE RESOLVERÁ SOLAMENTE MEDIANTE ARBITRAJE BILATERAL, DEFINITIVO Y VINCULANTE O TRIBUNAL DE MENOR CUANTÍA. FRESHMART NO TIENE QUE ARBITRAR RECLAMACIONES QUE PRESENTE CONTRA TI. FRESHMART PUEDE RENUNCIAR A SU DERECHO DE ARBITRAR UNA RECLAMACIÓN QUE TÚ PRESENTES CONTRA FRESHMART. PERO FRESHMART PUEDE PRESENTAR EN CUALQUIER ETAPA UNA SOLICITUD PARA OBLIGAR ARBITRAR CUALQUIER RECLAMACIÓN QUE TÚ PRESENTES, INCLUYENDO ANTES DE JUICIO. TÚ ACEPTAS QUE FRESHMART NO RENUNCIA A HACER CUMPLIR EL ARBITRAJE CONTRA TI SOLAMENTE PORQUE FRESHMART COMPAREZCA A UN TRIBUNAL A DEFENDERSE EN UN CASO QUE PRESENTES CONTRA FRESHMART. Este acuerdo para arbitrar se debe interpretar en sentido amplio, y expresamente incluye las reclamaciones de la Ley de Protección al Consumidor por Teléfono, 47 U.S.C. § 227, o cualquier estatuto, regulación o teoría legal o ecuánime. Por el presente, usted y Freshmart aceptan que la Ley Federal de Arbitraje (FAA, por sus siglas en inglés) aplica a este acuerdo a arbitrar y regula todas las cuestiones en caso de que dicha informacion deba hacerse la disputa esté sujeta a arbitraje. A menos que usted y nosotros aceptemos lo contrario por escrito, el arbitraje será administrado por la Asociación Americana de Arbitraje (AAA, por sus siglas en inglés), conforme con las Reglas Comerciales de Arbitraje (incluyendo, entre otros, los Procedimientos Complementarios para las Disputas Relacionadas con el Consumidor) entonces vigentes (las "Reglas de la AAA"). Sin embargo, al igual que un tribunal, el árbitro debe aceptar los términos y las limitaciones en el Acuerdo y puede indemnizar por daños y desagravio, lo que incluye los honorarios de los abogados autorizados por la ley. La decisión del conocimiento publico árbitro y el laudo son definitivos y vinculantes, con algunas excepciones según la Ley Federal de Arbitraje, 9 U.S.C. 1, et seq., y la sentencia sobre el laudo podrá ser registrado en cualquier tribunal que tenga jurisdicción. USTED ACEPTA QUE, AL CELEBRAR ESTE ACUERDO, USTED FRESHMART RENUNCIA AL DERECHO A JUICIO POR JURADO Y AL DERECHO DE PARTICIPAR EN UN PLEITO DE CLASE. FRESHMART NO RENUNCIA UN JUICIO POR JURADO EN TU CONTRA.
7.2. ESTE ACUERDO NO PERMITE LOS ARBITRAJES DE GRUPO INCLUSO SI LO HACEN LOS PROCEDIMIENTOS O LAS REGLAS DE LA AAA. EN SU LUGAR, USTED Y NOSOTROS SOLAMENTE TENEMOS DERECHO A UN ARBITRAJE INDIVIDUAL. ADEMÁS, A MENOS QUE USTED Y FRESHMART ACEPTEN LO CONTRARIO POR ESCRITO, EL ÁRBITRO NO PUEDE CONSOLIDAR MÁS QUE LAS RECLAMACIONES DE UNA PARTE INDIVIDUAL CON LAS RECLAMACIONES DE OTRA PARTE, Y DE OTRA FORMA, NO PUEDE PRESIDIR CUALQUIER FORMA DE PROCEDIMIENTO REPRESENTATIVO O COLECTIVO.
7.3. Usted es responsable de sus respectivos costos relacionados con los abogados, los expertos y los testigos así como de todos los demás costos relacionados con el arbitraje. Freshmart pagará los costos de sus abogados. Si Freshmart prevalece en el arbitraje, usted acepta reembolsar a Freshmart por todos los gastos legales que ella incurrió para defenderse. Usted pagará los cargos administrativos o de presentación del arbitraje, lo que incluye el árbitro y/u otros cargos de manejo de casos de la AAA ("Cargos Administrativos"). A menos que usted y Freshmart acuerden lo contrario por escrito, el arbitraje se realizará en San ▇▇▇▇, Puerto Rico.
7.4. No obstante lo anterior, cualquier requerimiento parte puede iniciar una acción legal individual en un tribunal de menor cuantía para las disputas o judicialreclamaciones dentro del alcance de la jurisdicción de dicho tribunal. nombre.
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Sources: Customer Agreement
ARBITRAJE. Las partes trataran de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato de buena fe y con prontitud. En el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa Todas las divergencias que surjan bajo esta póliza, en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucion, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos relación con la finalidad indemnización a pagar, una vez que el Asegurador se haya pronunciado sobre el derecho del Asegurado y a solicitud del Asegurado, podrán ser sometidas al dictamen de que un árbitro a ser nombrado por escrito por las partes traten de llegar en disputa, o si no llegaren a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de no estar ponerse de acuerdo para prorrogar dicho lapsosobre un solo árbitro, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contratoal dictamen de dos árbitros, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado uno nombrado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos escrito por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitropartes, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder dentro de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos a partir mes calendario después de la fecha haber sido requerido por escrito para proceder así por cualquiera de la solicitud de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitral. En caso que los arbitros escogidos por las partes, o en caso de que los árbitros no pudieren ponerse estuvieren de acuerdo respecto acuerdo, al dictamen de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas un dirimente nombrado por escrito por los árbitros antes de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de entrar a conocer el caso. El dirimente actuará junto con los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada árbitros y presidirá sus reuniones. Los árbitros y el dirimente deberán ser ingenieros calificados Cada una de las cuales indicara el nombre partes asumirá los gastos de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletassu árbitro y, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier en su caso, la mitad de los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y gastos ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral ▇ FORMA PARTE DE LA POLIZA Nª _ Obligación relativa al Almacenaje de Material de Construcción. Queda entendido y convenido que, sujeto a los términos, exclusiones, cláusulas y condiciones contenidos en la Póliza o en ella anexados, el Asegurador sólo indemnizará al Asegurado las pérdidas, daños o responsabilidades directa o indirectamente causados a los materiales de construcción por avenida e inundación, si dichos materiales de construcción no tener conflicto exceden una demanda de intereses; (c) ser abogado 3 días y la parte sobrante es almacenada en sitios no afectados por avenidas con exposicion un período de recurrencia de, por lo menos, 20 años. Condiciones Especiales relativas a Medidas de Seguridad en caso de Precipitaciones, Avenida e Inundación. Queda entendido y convenido que, sujeto a los términos, exclusiones, cláusulas y condiciones contenidos en la Póliza o en ella anexados, el Asegurador sólo indemnizará al Asegurado las leyes pérdidas, daños o responsabilidades directa o indirectamente causados por precipitaciones, avenida e inundación, si en el diseño y costumbres comerciales venezolanas y la ejecución del proyecto se han tomado las medidas adecuadas de seguridad. A los efectos de lo anteriormente expuesto, se entienden por medidas adecuadas de seguridad que los valores de precipitaciones, avenida e inundación que puedan deducirse de las estadísticas oficiales de los Estados Unidos servicios meteorológicos locales con respecto a la localidad asegurada y toda la vigencia del seguro, tengan en cuenta un período de America; recurrencia de 20 años. No se indemnizarán las pérdidas, daños o responsabilidades causados por el hecho de que el Asegurado no haya removido inmediatamente posibles obstáculos (dp. ej. Arena, troncos de árboles) tener experiencia previa en materia del cauce para mantener ininterrumpido el caudal de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion las aguas dentro del sitio de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el procesoobra, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso con independencia de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellasel cauce conduzca agua o no.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, salvo en el caso de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicial.
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Sources: Cobertura De Rotura De Maquinarias
ARBITRAJE. Las Si existiere algún desacuerdo entre el Asegurado y La Compañía, relativo a la Póliza, la decisión quedará sometida, independientemente de toda otra cuestión, a una persona calificada que tendrá la calidad de árbitro nombrado por escrito por ambas partes trataran de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato de buena fe y con prontitud. En el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucion, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapso, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder dentro de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos plazo de treinta días contados a partir de la fecha de la solicitud de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitralcomprobación del desacuerdo. En caso que los arbitros escogidos por las partes, Cuando éstas no pudieren ponerse estén de acuerdo respecto sobre la designación de un árbitro único, nombrarán por escrito, un árbitro por cada parte, que deberán ser personas de reconocida capacidad sobre la eleccion materia a dictaminar. Esta designación deberá hacerse en el plazo de un mes a partir del tercer arbitro, entonces día en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada que una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta dos partes haya requerido a la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado otra parte con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitraldicho objeto. En el caso de que ninguna una de las dos partes sea condenada se negare a designar o dejare de nombrar su árbitro en su totalidadel plazo de un mes antes indicado, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta la otra parte tendrá el derecho de solicitar a los honorarios y gastos la Superintendencia de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ su actuación como amigable componedor. En el caso que los dos árbitros nombrados no estuvieren de acuerdo en su apreciación sobre el o los puntos de discrepancia, la cuestión será sometida al fallo de un tercer árbitro con igual calidad que los anteriores eleccionados por ellos por escrito, antes de pasar a la consideración del hecho. Si estos no se pusieran de acuerdo en la designación del tercer arbitro, el mismo será igualmente seleccionado por la misma persona indicada en el párrafo anterior. Dicho tercer árbitro actuará conjuntamente con los primeros y expresamente renuncian a cualquier defensa presidirá sus debates. El fallecimiento de cualquiera de las partes que pudieran alegar basada aconteciera en falta el curso de jurisdiccion las operaciones de arbitraje, no anulará, ni mermará los poderes, derechos o atribuciones del árbitro o según el caso, de competencialos árbitros o del árbitro tercero. Las partes Si uno de los árbitros o el árbitro tercero falleciere o estuviere interdicto antes del dictamen final, la parte o los árbitros que le hubiesen nombrado, según el caso, estarán en la obligación de sustituirlo por otro. La Compañía y el Asegurado pagarán respectivamente al árbitro nombrado por cada uno de ellos. Los demás gastos que origine el procedimiento y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad tercer árbitro en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, salvo en el caso de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico ser elegido, serán pagados por cualquier requerimiento legal o judicialestos en partes iguales.
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Sources: Insurance Policy
ARBITRAJE. Las partes trataran de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato de buena fe y con prontitud. En el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucion, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapso, las partes convienen en acuerdan que cualquier disputa, controversia o reclamo que se suscite en relacion con el presente contratosurgiese entre ellas y entre cualquiera de éstas y los Obligacionistas, su interpretacion, incluyendo enunciativamente cuestiones acerca de su validez, su vigenciainterpretación, su ejecucion cumplimiento o violación, reclamación de daños y todo lo relativo al fondo perjuicios así como la propia competencia del tribunal arbitral, será dirimida mediante juicio arbitral, a cuyo fin se someten a la jurisdicción del Tribunal de Arbitraje General de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente Bolsa de derecho, aplicando exclusivamente el derecho Comercio de Buenos Aires – o de la Republica Bolivariana entidad que la sustituya a ésta como mercado autorizado en los términos de Venezuelala ley 26.831 - y de su reglamento para el arbitraje de derecho cuyas disposiciones declararan conocer, con renuncia a todo otro fuero o jurisdicción que les pudiera corresponder. Dicho laudo será considerado definitivo e inapelable, renunciando las partes a cualquier otro recurso que les pudiere corresponder, incluido el extraordinario o de inconstitucionalidad y excluido el de aclaratoria y nulidad. En prueba de conformidad, se suscribe el presente en dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad Ciudad de CaracasBuenos Aires, [_] de [_] de 2019. “….Me constituyo en las oficinas de [_] (la “Cableoperadora”) sita en [_],[_] a requerimiento de SION SA (“SION” o el “Emisor”, indistintamente) con domicilio social en ▇▇. ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇, ▇▇▇▇ ▇, cuerpo HIT 2, Ciudad de Buenos Aires, siendo atendido por el/los señor/es: [_], en idioma espanolsu carácter de apoderado/s de[_], justificando suficientemente tal carácter y sus facultades para este acto con [completar datos del poder]. El compareciente en el carácter invocado dice que: (A) Mediante Adenda al Contrato de conformidad con Fideicomiso de Garantía/Acuerdo de Ampliacion celebrado el día [_] de [_] de 2019 entre SION SA en su carácter de fiduciante y Banco de Valores S.A., en carácter de fiduciario, (el “Contrato de Fideicomiso de Garantía”), SION cedió fiduciariamente a Banco de Valores S.A., actuando éste exclusivamente en su calidad de fiduciario y no a título personal, los créditos originados y/o a originarse en el futuro derivados del contrato de prestación de servicios de internet de fecha [_] de [_] de [_] que nos vincula (el “Contrato”) a fin de garantizar el pago a Banco de Valores S.A. de un contrato de mutuo mientras existan obligaciones pendientes de pago bajo el mismo y los Servicios de las ON [_]. (B) En virtud de ello: (a) desde la Ley fecha de Arbitraje Comercial esta notificación y hasta que el Fiduciario notifique a ustedes por medio fehaciente lo contrario, el crédito de Sion por los servicios de internet cuya cobranza y facturación realizan por cuenta y orden de Sion S.A. deberán ser acreditados exclusivamente en la Republica Bolivariana cuenta corriente especial abierta en el HSBC Bank Argentina S.A, nro. 622-6-00003-5, CBU 1500622800062260000350 abierta a nombre de VenezuelaSion S.A. (la “Cuenta Recaudadora”), o en la cuenta que en el futuro por medio fehaciente les indique el Fiduciario, atento que dichos créditos son propiedad del Fideicomiso y no de conformidad con Sion S.A.; (b) el Fiduciario se encuentra facultado por cuenta y orden de Sion S.A., o por cuenta del Fideicomiso, a remitir mensualmente el listado de los servicios de internet, sin perjuicio de que Sion S.A. se ha comprometido a continuar emitiendo las siguientes reglas:
correspondientes facturas en virtud de ser el administrador de los créditos fideicomitidos; (c) Sion SA -en forma irrevocable- renuncia a instruirles otra forma de pago que no sea su depósito en o transferencia a la Cuenta Recaudadora o cualquiera otra que indique el Fiduciario, en tanto el fideicomiso se encuentre vigente. El fideicomiso se considerará vigente hasta tanto el Fiduciario no comunique a ustedes por medio fehaciente lo contrario. Seguidamente, [ ] se da por notificado de: (i) la constitución del Fideicomiso, (ii) los derechos del Fiduciario bajo el Contrato, (iii) la facultad del Fiduciario de instruirlos para que los fondos sean acreditados en otra cuenta que indique el Fiduciario, (iv) que el Fiduciante no podrá instruirles, sin el consentimiento del Fiduciario, que la cobranza deje de acreditarse en la Cuenta Recaudadora, y (v) de todo lo demás expuesto prestando entera conformidad a la misma, de todo lo cual doy fe, recibiendo el en notificado de mi parte copia fiel del Contrato de Fideicomiso. Finaliza la diligencia siendo las [ ] horas firmando conjuntamente con el requerido. Conste la diligencia fue realizada en [ ], piso [_], ( ), Ciudad de [ ]” ACEPTO EL REQUERIMIENTO, leo a los comparecientes la presente quienes la ratifican y firman de conformidad. El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados Fiduciario tiene domicilio en la ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ de la siguiente formaCiudad de Buenos Aires. Teléfono: cada parte designara un arbitro ▇▇▇▇- ▇▇▇▇, Fax: ▇▇▇▇-▇▇▇▇. Personas de contacto: , y los arbitros elegidos por cada una correos electrónicos: [CONCLUIR NOTARIALMENTE LA NOTIFICACIÓN] ANEXO 2.2 – Modelo de notificación al Banco Recaudador [A REALIZAR MEDIANTE ESCRITURA PÚBLICA POR EL EMISOR] “….Me constituyo en las partes a su vez designaran al tercer arbitrooficinas de HSBC BANK ARGENTINA S.A. (el “Banco ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇”) ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇ , quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ a requerimiento de SION SA (10“SION” o el “Emisor”, indistintamente) dias continuos con domicilio social en ▇▇. ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇, ▇▇▇▇ ▇, cuerpo HIT 2,, Ciudad de Buenos Aires, siendo atendido por el/los señor/es: [ ], en su carácter de apoderado/s del Banco, justificando suficientemente tal carácter y sus facultades para este acto con [completar datos del poder]. El compareciente en el carácter invocado dice que: (A) Mediante Adenda el Contrato de Fideicomiso de Garantía y Acuerdo de Ampliación celebrados los días de de 2019 y de de 2019 entre SION SA en su carácter de fiduciante y Banco de Valores S.A., en carácter de fiduciario, (el “Contrato de Fideicomiso de Garantía”), SION cedió fiduciariamente a partir Banco de Valores S.A., actuando éste exclusivamente en su calidad de fiduciario y no a título personal, créditos originados y/o a originarse en el futuro (el “Fideicomiso de Garantía ON”) a fin de garantizar el pago a Banco de Valores S.A. de un contrato de mutuo mientras existan obligaciones pendientes de pago bajo el mismo y los Servicios de las ON Serie [ ]. En virtud de ello y en garantía de la fecha conveniente conservación de los fondos depositados en la cuenta corriente abierta en HSBC BANK Argentina S.A, Cuenta Nro. 622-6-00003-5, CBU 1500622800062260000350 abierta a nombre de SION S.A. en esa sucursal (la “Cuenta Recaudadora”), el Fiduciante cedió con imputación al Fideicomiso, los créditos actuales y futuros derivados de la solicitud Cobranza de arbitrajelos Créditos que en su carácter de titular de la Cuenta Recaudadora tiene contra ese Banco – éste como deudor de los depósitos irregulares existentes en dicha cuenta corriente - (este procedimiento, fecha la “Cesión de Saldos”). Consecuentemente, el Fiduciante se ha obligado a mantener abierta la Cuenta Recaudadora durante toda la vigencia del Fideicomiso para que la misma pueda ser operada por el Fiduciario a favor de los Beneficiarios. Por lo expuesto y de conformidad con las disposiciones del Contrato de Fideicomiso de Garantía cuyas copia se entrega en este acto, NOTIFICO a HSBC BANK ARGENTINA S.A. (i) la cual debera constituirse ampliación del Contrato de Fideicomiso a las ON Serie [ ], (ii) la Cesión de Saldos conforme lo dispuesto en el Tribunal Arbitral. En caso artículo 2.2 del citado contrato, (iii) las facultades que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse en virtud de acuerdo tal cesión podrá ejercer el Fiduciario respecto de la eleccion Cuenta Recaudadora; (iv) el otorgamiento por parte del tercer arbitroFiduciante a favor del Fiduciario del poder irrevocable por el plazo de duración del Fideicomiso, entonces en horas para que el Fiduciario instruya al Banco Recaudador a debitar y transferir fondos de la tarde Cuenta Recaudadora a favor de la cuenta del dia habil siguiente Fideicomiso que el Fiduciario indique (la “Cuenta de Pagos”) por los montos que éste especifique en cada oportunidad, sin requerirse la conformidad de ▇▇▇▇ S.A. y a debitar y transferir fondos de la Cuenta Recaudadora a favor de la cuenta de SION S.A. que el Fiduciario indique (la “Cuenta de Libre Disponibilidad”) por los montos que éste especifique en cada oportunidad, sin requerirse la conformidad de SION SA, (v) la renuncia por parte de SION SA -en forma irrevocable- a operar la Cuenta Recaudadora, debitar cualquier importe de la misma o instruir su cierre sin la conformidad del Fiduciario, en tanto el fideicomiso se encuentre vigente. El fideicomiso se considerará vigente hasta tanto el Fiduciario no comunique al vencimiento Banco por medio fehaciente lo contrario. En este acto se entrega al Banco una fotocopia certificada de los diez (10) dias continuos la Adenda al Contrato de Fideicomiso y al Acuerdo Ampliatorio antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una referido. Se deja constancia que la notificación efectuada con fecha [ ] de [_] de [_]respecto de las cuales indicara Obligaciones Negociables Serie II mantiene su plena vigencia hasta tanto el nombre de un arbitro propuestoFiduciario notifique lo contrario. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta El Fiduciario tiene domicilio en la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion ▇▇▇ ▇▇▇ de la demanda Ciudad de arbitraje Buenos Aires. Teléfono: ▇▇▇▇- ▇▇▇▇, Fax: ▇▇▇▇-▇▇▇▇. Personas de contacto: , y demas notificaciones durante el procesocorreos electrónicos: [CONCLUIR NOTARIALMENTE LA NOTIFICACIÓN] PODER BANCARIO [A REALIZAR MEDIANTE ESCRITURA PÚBLICA POR EL EMISOR] PODER ESPECIAL: ▇▇▇▇ ▇.▇. a BANCO DE VALORES S.A -. ESCRITURA NÚMERO[•] .- ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ a [•] de [•] de dos mil catorce, ante mí, Escribano autorizante comparecen don [●], argentino, [casado], con Documento Nacional de Identidad número [●], domiciliado en la calle [●] de esta Ciudad, mayor de edad, de mi conocimiento, doy fe, como que concurre a este acto en nombre y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada representación de ▇▇▇▇ ▇.▇, con domicilio legal en falta de jurisdiccion o de competencia▇▇. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇, ▇▇▇▇ arbitral▇, salvo cuerpo HIT 2, Ciudad de Buenos Aires, en su carácter de [●], acreditando su personería, así como la existencia y capacidad legal de la sociedad a) Con el acta de asamblea ordinaria del [●] que designa autoridades y distribuye cargos; b) Con acta de directorio de fecha [●] de [●] de [●] que autoriza el presente otorgamiento; y c) Con el Contrato de Fideicomiso suscripto con fecha [●] de [●] de 2019 entre ▇▇▇▇ ▇.▇ (como “Emisor”) y BANCO DE VALORES S.A (actuando éste como “Fiduciario”) – Los instrumentos relacionados en fotocopia autenticada se agregan al folio [●] del presente Registro, Protocolo del año [●], doy fe.- Y el compareciente en el caso carácter invocado y acreditado que manifiesta que no le ha sido revocado, suspendido, ni limitado en forma alguna, manteniendo su plena vigencia EXPONE: Que dando cumplimiento a lo resuelto por el directorio en reunión de fecha [ ], cuya acta anteriormente se ha relacionado, confiere PODER ESPECIAL IRREVOCABLE a favor de BANCO DE VALORES S.A, con domicilio legal en la ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ de la Ciudad de Buenos Aires por el plazo de vigencia de las Obligaciones Negociables que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico se emitan bajo el Programa para que por sus representantes naturales o a través de cualquiera de las personas que designe, realicen en nombre de SION S.A entre otros, los siguientes actos: realizar operaciones con relación a la cuenta corriente 622-6-00003-5, CBU 1500622800062260000350 (la “Cuenta Recaudadora”) que SION S.A posee en el Banco HSBC BANK ARGENTINA S.A. (el “Banco Recaudador”): 1) obtener libretas de cheques y estados de cuenta y conformarlos u observarlos; 2) librar cheques sobre la Cuenta Recaudadora, endosar los mismos, retirar, cobrar y percibir; depositar dinero, cheques, giros o saldos en la Cuenta Recaudadora; 3) retirar los mismos total o parcialmente, otorgar recibos, efectuar transferencias desde la Cuenta Recaudadora, firmando todo documento que fuere necesario en representación de SION S.A., en relación a todo lo que precede; 4) retirar, transferir, cobrar y percibir fondos; 5) efectuar cualquier requerimiento legal clase de depósitos o judicial.extracciones, sean en dinero nacional o extranjero, en cheques, giros o saldos en cuenta corriente, a plazo fijo o en cualquier otra modalidad existente o que se creare en el futuro; 6) depositar dinero a la vista o a plazos, todo tipo de cheques, giros, valores, bonos, acciones y otros documentos en custodia, retirar los mismos total o parcialmente;
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Sources: Obligaciones Negociables
ARBITRAJE. Las Todas las disputas o controversias que se produzcan entre las partes trataran de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al con motivo del presente Contrato de buena fe y con prontitud. En el supuesto de surgir alguna discrepancia sus efectos, sus documentos complementarios o disputa en relacion con el presente Contratomodificatorios, ya se refieran a su interpretacioninterpretación, cumplimiento, validez, vigencia terminación o ejecucioncualquier otra materia relacionada con los mismos, serán sometidas por las partes a la jurisdicción, conocimiento y resolución de un árbitro que fallará conforme a derecho en cuanto al fondo del asunto, pero que actuará como arbitrador en cuanto al procedimiento, sujetándose empero, a las normas que se indican más abajo. Tal árbitro será designado por las partes de común acuerdo. El procedimiento arbitral, incluyendo las audiencias y reuniones, se abrira llevará a cabo en la ciudad y comuna de Santiago de Chile. Si no se produjere acuerdo en esta designación dentro de los 10 días siguientes a la recepción de una comunicación enviada por la contraria solicitando la designación de un lapso árbitro, conocerá de siete (7) dias continuos con la finalidad disputa un panel de que las partes traten de llegar tres árbitros; cada parte designará a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo árbitro y el tercer árbitro será designado por los árbitros elegidos por las partes. De haber transcurrido En el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapso, las partes convienen en evento que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros dos árbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al Partes no acuerden la persona del tercer arbitro, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion árbitro dentro de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos a partir de 10 días contados desde la fecha de designación del último de los dos árbitros anteriores, éste será designado conforme al Reglamento pertinente del Centro de Arbitrajes y Mediaciones de la Cámara de Comercio de Santiago, A.G., y que conocido y aceptado por las Partes, se entiende parte integrante de este Contrato. Las Partes confieren poder irrevocable a la Cámara de Comercio de Santiago, A.G., para que, a solicitud de arbitrajecualquiera de ellas, fecha en la cual debera constituirse designe a este tercer árbitro de entre los integrantes del cuerpo arbitral del Centro de Arbitrajes y Mediaciones antes referido. El tercer árbitro presidirá el Tribunal Arbitral. En caso que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo tribunal arbitral. Dicho plazo El Tribunal Arbitral así constituido fallará conforme a derecho en cuanto al fondo del asunto, y se someterá al Reglamento del referido Centro de Arbitrajes y Mediaciones en cuanto al procedimiento, y podrá acumular los procesos de que conozca, sea de oficio o a petición de parte. El arbitraje se efectuará en idioma español, pero cualquier testigo cuyo idioma no podra ser prorrogado salvo por sea el consentimiento por escrito español podrá dar su testimonio en su idioma con traducción simultánea al español (correspondiendo los costos de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros traducción a la parte que presente al testigo). Cada parte del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las arbitraje soportará sus propias costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad así como la mitad de los honorarios de los árbitros, salvo que los árbitros fallen que las costas del arbitraje, incluyendo los honorarios de abogados, se distribuyan de modo diferente. Todas las Resoluciones judiciales dictadas por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de Tribunal Arbitral serán definitivas y obligarán a las partes sea condenada en su totalidade incluirán las razones que motivan la decisión, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las cuales también deberán comunicarse al Ministerio. Las Resoluciones podrán ser ejecutadas ante tribunal competente con jurisdicción sobre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente AcuerdoPor este acto, las partes aceptan renuncian a todo derecho a ejercitar recursos en contra del fallo arbitral ante cualquier corte o tribunal, salvo a los recursos de queja y convienen de casación en el fondo y en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en forma establecidos por la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion legislación chilena. El Árbitro o de competencia. Las partes y los miembros del el Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientosArbitral, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitralsegún sea el caso, salvo en el caso de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal quedan especialmente facultados para resolver todo asunto relacionado con su competencia y/o judicialjurisdicción.
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Sources: Contrato De Prestación De Servicios
ARBITRAJE. (a) Si la queja no se resuelve a través de los procedimientos descritos en los Pasos Uno a Tres anteriores, y si el reclamante y el Sindicato han cumplido con los plazos especificados en los Pasos Uno a Tres anteriores, el Sindicato podrá someter la queja a arbitraje final y vinculante dentro de los quince (15) días siguientes a la respuesta del Paso Tres de la Compañía (o a la falta de respuesta), mediante notificación por escrito al Gerente de la Instalación. Las partes trataran podrán acordar mutuamente ampliar el plazo de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato presentación para el arbitraje definitivo y vinculante.
(b) Selección del árbitro. Tras la presentación de buena fe una solicitud de arbitraje en tiempo y con prontitud. En el supuesto forma, las partes se reunirán de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion inmediato con el presente Contratofin de seleccionar un árbitro que se encargue del caso. Si las partes no logran ponerse de acuerdo sobre la selección de un árbitro una vez que cualquiera de las partes haya recibido la solicitud de someter un caso a arbitraje, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucion, se abrira un lapso cualquiera de las partes podrá solicitar al Servicio Federal de Mediación y Conciliación que proporcione una lista de siete (7) dias continuos con árbitros, de la finalidad cual las partes seleccionarán un (1) árbitro. No obstante, antes de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapso, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo elimine ningún nombre de la controversialista, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una si alguna de las partes considera que dicha lista no es satisfactoria, dicha parte tendrá derecho a su solicitar un máximo de dos (2) listas adicionales de árbitros al Servicio Federal de Mediación y Conciliación. Una vez designaran al tercer arbitrorecibida la lista de árbitros, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ ambas partes dispondrán ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos a partir días hábiles para aceptarla o solicitar una lista adicional de árbitros. Dicha selección se realizará mediante la fecha eliminación alternativa de la solicitud nombres de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitral. En caso que los arbitros escogidos dichas listas por las partes, no pudieren ponerse . Después de acuerdo respecto que cada parte haya eliminado los nombres de tres árbitros de la eleccion lista, el árbitro restante (1) será aceptado por ambas partes como árbitro para encargarse del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azarcaso y decidirlo.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion Facultades del árbitro. El árbitro así elegido estará facultado para determinar los hechos sobre las cuestiones que se le sometan y aplicarlos a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y disposiciones del presente Contrato cuya infracción se alegue. El árbitro no podrá ir más allá de los Estados Unidos términos de America; este Contrato al emitir su decisión. La decisión del árbitro constará por escrito y será definitiva y vinculante para las partes.
(d) tener experiencia previa en materia Limitaciones del arbitraje. Ningún árbitro tendrá jurisdicción o autoridad para añadir, eliminar, anular, ignorar o modificar ninguno de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima los términos de este contratoContrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, salvo en el caso de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicial.
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Sources: Collective Bargaining Agreement
ARBITRAJE. Las Si existiere algún desacuerdo entre el Asegurado y La Compañía aseguradora, relativo a la Póliza, la decisión quedará sometida, independientemente de toda otra cuestión, a una persona calificada que tendrá la calidad de árbitro nombrado por escrito por ambas partes trataran de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato de buena fe y con prontitud. En el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucion, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapso, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder dentro de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos plazo de treinta días contados a partir de la fecha de la solicitud de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitralcomprobación del desacuerdo. En caso que los arbitros escogidos por las partes, Cuando éstas no pudieren ponerse estén de acuerdo respecto sobre la designación de un árbitro único, nombrarán por escrito, un árbitro por cada parte, que deberán ser personas de reconocida capacidad sobre la eleccion materia a dictaminar. Esta designación deberá hacerse en el plazo de un mes a partir del tercer arbitro, entonces día en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada que una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta dos partes haya requerido a la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado otra parte con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitraldicho objeto. En el caso de que ninguna una de las dos partes sea condenada se negare a designar o dejare de nombrar su árbitro en su totalidadel plazo de un mes antes indicado, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta la otra parte tendrá el derecho de solicitar a los honorarios y gastos la Superintendencia de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ su actuación como un amigable componedor. En el caso que los dos árbitros nombrados no estuvieren de acuerdo en su apreciación sobre el o los puntos de discrepancia, la cuestión será sometida al fallo de un tercer arbitro con igual calidad que los anteriores seleccionados por ellos por escrito, antes de pasar a la consideración del hecho. Dicho tercer árbitro actuará conjuntamente con los primeros y expresamente renuncian a cualquier defensa presidirá sus debates. El fallecimiento de cualquiera de las partes que pudieran alegar basada aconteciera en falta el curso de jurisdiccion las operaciones de arbitraje, no anulará, ni mermará los poderes, derechos o atribuciones del árbitro o según el caso, de competencialos árbitros o del árbitro tercero. Las partes Si uno de los árbitros o el árbitro tercero falleciere o estuviere interdicto antes del dictamen final, la parte o los árbitros que le hubiesen nombrado, según el caso, estarán en la obligación de sustituirlo por otro. La Compañía y el Asegurado pagarán respectivamente al árbitro nombrado por cada uno de ellos. Los demás gastos que origine el procedimiento y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad tercer árbitro en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, salvo en el caso de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico ser elegido, serán pagados por cualquier requerimiento legal o judicialestos en partes iguales.
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Sources: Póliza De Seguros
ARBITRAJE. Las partes trataran Cuando entre la Aseguradora y el solicitante, Asegurado, beneficiario o la tercera persona perjudicada, se suscitare alguna divergencia o conflicto respecto a la aplicación o ejecución de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato la Póliza, podrán someter sus divergencias a los procedimientos de buena fe arbitraje y con prontitudmediación determinados por la “Ley de Arbitraje y Mediación”. En el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucion, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapsoeste caso, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con divergencias o conflictos serán conocidos y resueltos por parte de árbitros y/o mediadores designados por el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion “Centro de Mediación y todo lo relativo al fondo Arbitraje” de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente Cámara de derecho, aplicando exclusivamente el derecho Comercio de la Republica Bolivariana ciudad del domicilio de Venezuela, la Aseguradora en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos a partir de la fecha de la solicitud de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitral. En caso que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitralQuito. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada árbitros designados por las partes no llegasen a un acuerdo, de mutuo consentimiento, nombrarán un tercer árbitro dirimente; los árbitros resolverán considerando la práctica del seguro y no del derecho estricto; el laudo arbitral emitido por éste se convertirá en ley para las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitralpartes. El pago de los honorarios correspondientes a los árbitros será fijado y pagado por separado por quien los contrate y los honorarios del árbitro dirimente serán compartidos en partes iguales entre la Aseguradora y el Asegurado. Los árbitros juzgarán más bien desde el punto de vista de la práctica del seguro que del estricto derecho. El laudo arbitral se convierte en ley para las partes. Si el Contratante/Asegurado no se allana a las objeciones de la Compañía respecto al pago de la indemnización, salvo en también podrán presentar el caso reclamo ante la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, a fin de que dicha informacion deba hacerse ésta requiera a la Compañía que justifique su negativa al pago. El organismo de control dirimirá administrativamente la controversia, aceptando total o parcialmente el reclamo y ordenando el pago del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal siniestro después de notificada la resolución, o judicialnegándolo.
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Sources: Póliza De Seguro De Aviación
ARBITRAJE. Las partes trataran de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato de buena fe y con prontitud. En el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucion, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapso, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su 40 vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos a partir de la fecha de la solicitud de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitral. En caso que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima Decima Primera de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9.
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, salvo en el caso de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicial.
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Sources: Exhibit (Primor Alimentos C A)
ARBITRAJE. Las partes trataran 35.1 El arbitraje será uno de resolver cualquier controversia ----------------- relativa derecho a cargo de tres (3) árbitros, nombrados de común acuerdo conforme a lo dispuesto por la Ley General de Arbitraje. Cada parte nombrará un árbitro y los dos así designados nombrarán al presente Contrato de buena fe y con prontitudtercero, quien será el presidente del Tribunal. En el supuesto de surgir que alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucion, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapso, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran no designase al tercer arbitro, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral árbitro que le corresponde o no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos a partir de hubiese acuerdo sobre la fecha de la solicitud de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitral. En caso que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto de la eleccion designación del tercer arbitroárbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad éste será designado por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso Cámara de que ninguna Comercio de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta Lima a los honorarios y gastos pedido de abogados cualquiera de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) 35.2 El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal arbitraje estará sujeto a la administración de la Cámara de Comercio de Lima y a su reglamento procesal. Queda expresamente establecido que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, salvo en el caso de que las partes no logren ponerse de acuerdo sobre la materia controvertida, las mismas delegan expresamente a los integrantes del Tribunal Arbitral la facultad de delimitar y determinar de manera específica la(s) controversia(s) que se someterá(n) a la decisión arbitral. El laudo arbitral será final y obligatorio; en consecuencia, las partes renuncian expresamente a la interposición de recurso de apelación alguno.
35.3 El laudo emitido por el Tribunal Arbitral sólo podrá ser anulado por haber incurrido en alguna de las causales previstas taxativamente en el artículo 63º de la LGA, en cuyo caso serán competentes los jueces y tribunales de la ciudad de Lima, renunciando por ello las partes a su domicilio y a cualquier reclamación que pudiera formular.
35.4 El arbitraje se hará en la ciudad de Lima, Perú, y en idioma castellano y el fallo deberá pronunciarse en dicha informacion deba hacerse ciudad dentro de los cuarenta y cinco (45) Días siguientes a la instalación del conocimiento publico Tribunal Arbitral, salvo que éste decida prorrogar dicho plazo. Los gastos que ocasione el arbitraje deberán ser pagados conforme lo determine el propio Tribunal Arbitral. Todo aquello que se encuentra relacionado con el convenio arbitral y/o arbitraje que no se encuentre regulado por la presente estipulación, se regirá por lo dispuesto por la LGA. No obstante, los Partícipes podrán optar por someter sus controversias ante el poder judicial o cualquier requerimiento legal o judicialotro mecanismo al que tengan derecho de acuerdo con la normativa aplicable.
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Sources: Reglamento De Participación
ARBITRAJE. Las Salvo por las reglas aplicables al Experto, todas las disputas o controversias que se produzcan entre las partes trataran de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al con motivo del presente Contrato de buena fe y con prontitud. En el supuesto de surgir alguna discrepancia sus efectos, sus documentos complementarios o disputa en relacion con el presente Contratomodificatorios, ya se refieran a su interpretacioninterpretación, cumplimiento, validez, vigencia terminación o ejecucioncualquier otra materia relacionada con los mismos, serán sometidas por las partes a la jurisdicción, conocimiento y resolución de un árbitro que fallará conforme a derecho en cuanto al fondo del asunto, pero que actuará como arbitrador en cuanto al procedimiento. Tal árbitro será designado por las partes de común acuerdo. El procedimiento arbitral, incluyendo las audiencias y reuniones, se abrira llevará a cabo en la ciudad y comuna de Santiago de Chile y se regirá, en cuanto a su procedimiento por el Reglamento del Centro de Arbitrajes y Mediaciones de la Cámara de Comercio de Santiago, A.G. . Si no se produjere acuerdo en esta designación dentro de los 10 días siguientes a la recepción de una comunicación enviada por la contraria solicitando la designación de un lapso árbitro, conocerá de siete (7) dias continuos con la finalidad disputa un panel de que las partes traten de llegar tres árbitros; cada parte designará a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo árbitro y el tercer árbitro será designado por los árbitros elegidos por las partes. De haber transcurrido En el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapso, las partes convienen en evento que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros dos árbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al Partes no acuerden la persona del tercer arbitro, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion árbitro dentro de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos a partir de 10 días contados desde la fecha de designación del último de los dos árbitros anteriores, éste será designado conforme al Reglamento pertinente del Centro de Arbitrajes y Mediaciones de la Cámara de Comercio de Santiago, A.G. Las Partes confieren poder irrevocable a la Cámara de Comercio de Santiago, A.G., para que, a solicitud de arbitrajecualquiera de ellas, fecha en la cual debera constituirse designe a este tercer árbitro de entre los integrantes del cuerpo arbitral del Centro de Arbitrajes y Mediaciones antes referido. El tercer árbitro presidirá el Tribunal Arbitral. En caso que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo tribunal arbitral. Dicho plazo El Tribunal Arbitral así constituido fallará conforme a derecho en cuanto al fondo del asunto, y se someterá al Reglamento del referido Centro de Arbitrajes y Mediaciones en cuanto al procedimiento, y podrá acumular los procesos de que conozca, sea de oficio o a petición de parte. El arbitraje se efectuará en idioma castellano, pero cualquier testigo cuyo idioma no podra ser prorrogado salvo por sea el consentimiento por escrito castellano podrá dar su testimonio en su idioma con traducción simultánea al castellano (correspondiendo los costos de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros traducción a la parte que presente al testigo). Cada parte del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las arbitraje soportará sus propias costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan así como la mitad de los honorarios de los árbitros, salvo que los árbitros fallen que las costas del arbitraje, incluyendo los honorarios de abogados, se distribuyan de modo diferente. Todas las resoluciones judiciales dictadas por el Tribunal Arbitral serán definitivas y obligarán a las Partes e incluirán las razones que motivan la decisión, las cuales también deberán comunicarse al Ministerio. Las Resoluciones podrán ser sufragados ejecutadas en cualquier tribunal competente. Por este acto, las partes renuncian a todo derecho a ejercitar recursos en contra del fallo arbitral ante cualquier corte o tribunal, salvo los recursos de queja y de casación en el fondo y en la forma que procedieren conforme a la legislación chilena. El Arbitro o el Tribunal Arbitral, según sea el caso, queda especialmente facultado para resolver todo asunto relacionado con su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitralcompetencia y/o jurisdicción. En caso de que ninguna No obstante, cualquiera de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta podrá acudir a los honorarios y gastos Tribunales Ordinarios de abogados Justicia cuando se trate del cumplimiento de las partesobligaciones dinerarias. Las comunicaciones a que se refiere la presente Cláusula deberán efectuarse mediante carta certificada, los cuales seran sufragadas por cada una la que se entenderá notificada al tercer día de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen su despacho en la aplicacion del procedimiento oficina de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, salvo en el caso de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicialcorreos respectiva.
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Sources: Contrato De Prestación De Servicios
ARBITRAJE. Las partes trataran Independientemente del arbitraje que, de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato mutuo acuerdo, pueda derivarse del procedimiento de buena fe y con prontitud. En mediación arriba indicado, podrá concluirse un procedimiento arbitral de solución de conflictos según lo que a continuación se establece: BOCM-20190601-1
1.- Mediante el supuesto procedimiento de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucion, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos con la finalidad de que arbitraje las partes traten de llegar en Conflicto acuerdan voluntariamente encomendar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable tercero y aceptar de comun antemano la solución que éste dicte sobre sus divergencias.
2.- El acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapso, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran promoviendo el arbitraje será formalizado por escrito, se denominará compromiso arbitral y constará al tercer arbitromenos, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros siguientes extremos: – Nombre del Tribunal Arbitral no podra exceder de un árbitro o árbitros designados. – Cuestiones que se someten a laudo arbitral y plazo para dictarlo. SÁBADO ▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos 2019 B.O.C.M. Núm. 129 – Domicilio de las partes afectadas. – Fecha y firma de las partes.
3.- Se harán llegar copias del compromiso arbitral a partir la Secretaría del ILMCAM y, a efectos de constancia y publicidad, a la autoridad laboral competente.
4.- La designación de mutuo acuerdo del árbitro o árbitros será libre y recaerá en expertos imparciales.
5.- Una vez formalizado el compromiso arbitral, las partes se abstendrán de instar cualesquiera otros procedimientos sobre la cuestión o cuestiones sujetas al arbitraje.
6.- Cuando un conflicto colectivo haya sido sometido a arbitraje, las partes se abstendrán de recurrir a huelga o cierre patronal mientras dure el procedimiento arbitral.
7.- El procedimiento arbitral se caracterizará por los principios de contradicción e igualdad entre las partes. El árbitro o árbitros podrán pedir auxilio de expertos, si fuera preciso.
8.- La resolución arbitral será vinculante e inmediatamente ejecutiva y resolverá motivadamente todas y cada una de las cuestiones fijadas en el compromiso arbitral.
9.- El árbitro o árbitros, que siempre actuarán conjuntamente, comunicarán a las partes la resolución dentro del plazo fijado en el compromiso arbitral, notificándolo igualmente a la Secretaría de la fecha Comisión Mixta y a la Autoridad Laboral competente.
10.- La resolución, si procede, será objeto de depósito, registro y publicación a idénticos efectos de los previstos en el Artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores.
11.- La resolución arbitral tendrá la solicitud misma eficacia de arbitraje, fecha lo pactado en Convenio Colectivo. El órgano específico de arbitraje del Sector de transformación de Plásticos integrado en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitral. En caso ILMCAM, podrá arbitrar siempre que los arbitros escogidos así se solicite conjuntamente por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto con las normas de la eleccion procedimiento del tercer arbitro, entonces en horas ILMCAM y del Reglamento de la tarde aplicación del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azarmismo.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, salvo en el caso de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicial.
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Sources: Convenio Colectivo
ARBITRAJE. Las partes trataran de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato de buena fe Cualquier dificultad que se suscite entre el Asegurador y con prontitud. En el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa Contratante o, Asegurado, según corresponda, y el Asegurador en relacion relación con el presente Contratocontrato de seguro de que da cuenta esta póliza o con motivo de la validez, eficacia, interpretación o aplicación de sus condiciones generales o particulares, su interpretacioncumplimiento o incumplimiento, validezo sobre cualquiera indemnización u obligación referente a la misma, vigencia o ejecucionserá resuelta por un árbitro arbitrador, se abrira un lapso nombrado de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun común acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de Si los interesados no estar se pusieren de acuerdo en la persona del árbitro, éste será designado por la Justicia Ordinaria, y en tal caso el árbitro tendrá las facultades de arbitrador en cuanto al procedimiento, debiendo dictar sentencia conforme a Derecho. En las disputas entre el Asegurado y el Asegurador que surjan con motivo de un siniestro cuyo monto sea inferior a 10.000 unidades de fomento, el Contratante o Asegurado podrá optar por ejercer su acción ante la justicia ordinaria. Será tribunal competente para prorrogar dicho lapsoconocer de las causas a que diere lugar el contrato de seguro, el del domicilio del Contratante o Asegurado, en su caso. No obstante lo estipulado precedentemente, el Asegurador y Contratante, según corresponda podrá por sí solo y en cualquier momento, someter al arbitraje de la Superintendencia de Valores y Seguros las partes convienen en que cualquier controversia dificultades que se suscite en relacion susciten con el presente contratoAsegurador, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo cuando el monto de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanollos daños reclamados no sea superior a U.F.120, de conformidad con a lo dispuesto en la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
letra (i) El arbitraje sera realizado por tres (del Artículo 3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera el Presidente ° del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ Decreto con Fuerza ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos a partir Nº251, de Hacienda, de 1931. Cualquier dificultad que se suscite entre el Asegurador y el Contratante, según corresponda, y el Asegurador en relación con el contrato de seguro de que da cuenta esta póliza o con motivo de la fecha interpretación o aplicación de sus condiciones generales o particulares, su cumplimiento o incumplimiento, o sobre cualquiera indemnización u obligación referente a la solicitud misma, será resuelta por un árbitro arbitrador, nombrado de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitral. En caso que los arbitros escogidos común acuerdo por las partes, . Si los interesados no pudieren ponerse se pusieren de acuerdo respecto en la persona del árbitro, éste será designado por la Justicia Ordinaria, y en tal caso el árbitro tendrá las facultades de arbitrador en cuanto al procedimiento, debiendo dictar sentencia conforme a Derecho. No obstante lo estipulado precedentemente, el Asegurador y Contratante, según corresponda podrá por sí solo y en cualquier momento, someter al arbitraje de la eleccion del tercer arbitroSuperintendencia de Valores y Seguros las dificultades que se susciten con el Asegurador, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento cuando el monto de los diez daños reclamados no sea superior a U.F.120, de conformidad a lo dispuesto en la letra (10i) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (del Artículo 3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre ° del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇Decreto con Fuerza ▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto ▇ Nº251, de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y Hacienda, de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales1931.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, salvo en el caso de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicial.
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Sources: Seguro De Responsabilidad Civil
ARBITRAJE. Las partes trataran 24.1 De acuerdo al artículo 543 del Código de resolver Comercio, cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato dificultad que se suscite entre el Asegurado, el Tomador o el beneficiario, según corresponda, y la Compañía, sea en relación con la validez o ineficacia del contrato de buena fe y seguro, o con prontitud. En el supuesto motivo de surgir alguna discrepancia la interpretación o disputa en relacion con el presente Contratoaplicación de sus Condiciones Generales o Condiciones Particulares, su interpretacioncumplimiento o incumplimiento, validezo sobre la procedencia o el monto de una indemnización reclamada al amparo del mismo, vigencia o ejecucionserá resuelta por un árbitro arbitrador, se abrira un lapso nombrado de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun común acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de Si los interesados no estar se pusieren de acuerdo para prorrogar dicho lapsoen la persona del árbitro, éste será designado por la Justicia Ordinaria, y en tal caso el árbitro tendrá las facultades de arbitrador en cuanto al procedimiento, debiendo dictar sentencia conforme a derecho.
24.2 No obstante lo estipulado precedentemente, en las disputas entre el Asegurado y el Asegurador que surjan con motivo de un Siniestro cuyo monto sea inferior a 10.000 unidades de fomento, el Asegurado podrá optar por ejercer su acción ante la justicia ordinaria.
24.3 El tribunal arbitral u ordinario a quien corresponda conocer de la causa, tendrá las siguientes facultades:
i. Admitir, a petición de parte, además de los medios probatorios establecidos en el Código de Procedimiento Civil, cualquier otra clase de prueba.
ii. Decretar de oficio, en cualquier estado del juicio, las partes convienen en diligencias probatorias que cualquier controversia que se suscite en relacion estime convenientes, con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo citación de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:partes.
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de iii. Llamar a las partes a su vez designaran presencia para que reconozcan documentos o instrumentos, justifiquen sus impugnaciones, pudiendo resolver al tercer arbitrorespecto, quien sera sin que ello implique prejuzgamiento en cuanto al asunto principal controvertido.
iv. Apreciar la prueba de acuerdo con las normas de la sana crítica, debiendo consignar en el Presidente fallo los fundamentos de dicha apreciación.
24.4 Será tribunal competente para conocer de las causas a que diere lugar el contrato de seguro, el del Tribunal Arbitral. La designacion domicilio del beneficiario.
24.5 Sin perjuicio de lo anterior, el Asegurado, el Tomador o el beneficiario, según corresponda, podrá, por si solo y en cualquier momento, someter al arbitraje de la Superintendencia de Valores y Seguros las dificultades que se susciten con la compañía cuando el monto de los miembros daños reclamados no sea superior a 120 unidades de fomento, de conformidad a lo dispuesto en la letra i) del Tribunal Arbitral no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ Artículo 3º del Decreto con Fuerza ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos a partir Nº 251, de la fecha Hacienda, de la solicitud de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitral. En caso que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar1931.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, salvo en el caso de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicial.
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Sources: Póliza De Seguro De Teléfonos Móviles Por Robo O Asalto
ARBITRAJE. Las partes trataran de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato de buena fe y con prontitud. En Cualquier dificultad que se suscite entre el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente ContratoContratante Asegurado, su interpretacionsucesión, validezel o los Beneficiarios y la Compañía Aseguradora, vigencia o ejecucionya sea que intervenga cualquiera de ellos, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos según corresponda, sea en relación con la finalidad validez o ineficacia del contrato de seguro de que las partes traten da cuenta esta póliza, o con motivo de llegar a la interpretación o aplicación de sus Condiciones Generales o Particulares, su cumplimiento o incumplimiento, o sobre la procedencia o el monto de una indemnización reclamada al amparo del mismo, será resuelta por un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable árbitro arbitrador, nombrado de comun común acuerdo por las partespartes al momento de surgir una disputa. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de Si los interesados no estar se pusieren de acuerdo en la persona del árbitro, éste será designado por la Justicia Ordinaria, y en tal caso el árbitro tendrá las facultades de arbitrador en cuanto al procedimiento, debiendo dictar sentencia conforme a derecho. En todo caso, en las disputas entre el Asegurado y el Asegurador que surjan con motivo de un siniestro cuyo monto sea inferior a 10.000 unidades de fomento, el Asegurado podrá optar por ejercer su acción ante la justicia ordinaria. Será tribunal competente para prorrogar dicho lapsoconocer de las causas a que diere lugar el contrato de seguro, el del domicilio del Beneficiario. No obstante lo estipulado precedentemente, el Contratante o los Asegurados, según corresponda, podrán, por sí solos y en cualquier momento, someter al arbitraje de la Superintendencia de Valores y Seguros las partes convienen en que cualquier controversia dificultades que se suscite en relacion susciten con la Compañía Aseguradora cuando el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo monto de los daños reclamados no sea superior a lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, dispuesto en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(letra i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros artículo 3º del Tribunal Arbitral no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ Decreto con Fuerza ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos Nº 251, de Hacienda, de 1931, o en la disposición equivalente que se encuentre vigente a partir de la fecha de en que se presente la solicitud de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitral. En caso que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, salvo en el caso de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicial.
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Sources: Seguro Individual De Vida Preferente
ARBITRAJE. Las partes trataran de resolver acuerdan expresamente que cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato de buena fe y con prontitud. En el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucion, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapso, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo pudiera surgir entre ellas como consecuencia de la controversiainterpretación o ejecución del CONTRATO, sera resuelta definitivamente incluidas las relacionadas con su nulidad, ineficacia e invalidez, serán resueltas mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con cual se sujetará a las siguientes reglas:
(i) 17.1. El arbitraje sera realizado será llevado a cabo por tres un (301) arbitros neutrales seleccionados árbitro.
17.2. El arbitraje se llevará a cabo de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos acuerdo con las reglas del Centro de Arbitraje AMCHAM PERU (en adelante EL CENTRO).
17.3. El árbitro será designado por cada una de acuerdo entre las partes. En caso las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera no acuerden el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder árbitro dentro de un ▇▇▇▇▇▇ plazo ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos a partir de la fecha de la solicitud de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitral. En caso que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos días contados a partir de desde la fecha en que comience una de ellas manifieste a la sustanciacion otra por escrito su voluntad de acogerse a la presente cláusula, el árbitro será nombrado por EL CENTRO.
17.4. El arbitro tendrá un plazo de noventa (90) días hábiles desde su instalación para expedir el respectivo laudo arbitral, el cual será inapelable. Asimismo, el árbitro puede quedar encargado de determinar con precisión la controversia, así como otorgar una prórroga en caso fuera necesario para emitir el laudo. El lugar del arbitraje será en la ciudad de Lima, Perú y el idioma que se utilizará en el procedimiento arbitral para será el castellano. Se autoriza al árbitro a la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ejecución ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral.
17.5. El árbitro, salvo al momento de expedir el laudo arbitral, determinará la forma en el que las partes deberán asumir los gastos y costos correspondientes al arbitraje. 17.6. En caso de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico alguna de las partes decidiera interponer recurso de anulación contra el laudo arbitral ante el Poder Judicial, deberá constituir previamente a favor de la parte contraria una Carta Fianza otorgada por cualquier requerimiento legal o judicialun banco de primer orden con sede en Lima, equivalente a US$ 5 000,00 (cinco mil y 00/100 Dólares Americanos), a la orden de la parte contraria, la misma que será solidaria, irrevocable, incondicionada y ejecutable en caso que dicho recurso, en fallo definitivo, no fuera declarado fundado. Dicha Carta Fianza deberá estar vigente durante el tiempo que dure el proceso promovido y será entregada en custodia a un notario de la ciudad.
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Sources: Financing Agreement
ARBITRAJE. Las partes trataran de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato de buena fe Cualquier dificultad que se suscite entre el Asegurador y con prontitud. En el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa Contratante o, Asegurado, según corresponda, y el Asegurador en relacion relación con el presente Contratocontrato de seguro de que da cuenta esta póliza o con motivo de la validez, eficacia, interpretación o aplicación de sus condiciones generales o particulares, su interpretacioncumplimiento o incumplimiento, validezo sobre cualquiera indemnización u obligación referente a la misma, vigencia o ejecucionserá resuelta por un árbitro arbitrador, se abrira un lapso nombrado de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun común acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de Si los interesados no estar se pusieren de acuerdo en la persona del árbitro, éste será designado por la Justicia Ordinaria, y en tal caso el árbitro tendrá las facultades de arbitrador en cuanto al procedimiento, debiendo dictar sentencia conforme a Derecho. En las disputas entre el Asegurado y el Asegurador que surjan con motivo de un siniestro cuyo monto sea inferior a 10.000 unidades de fomento, el Contratante o Asegurado podrá optar por ejercer su acción ante la justicia ordinaria. Será tribunal competente para prorrogar dicho lapsoconocer de las causas a que diere lugar el contrato de seguro, el del domicilio del Contratante o Asegurado, en su caso. No obstante lo estipulado precedentemente, el Asegurador y Contratante, según corresponda podrá por sí solo y en cualquier momento, someter al arbitraje de la Superintendencia de Valores y Seguros las partes convienen en que cualquier controversia dificultades que se suscite en relacion susciten con el presente contratoAsegurador, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo cuando el monto de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanollos daños reclamados no sea superior a U.F.120, de conformidad con a lo dispuesto en la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
letra (i) El arbitraje sera realizado por tres (del Artículo 3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera el Presidente ° del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ Decreto con Fuerza ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos a partir Nº251, de Hacienda, de 1931. Cualquier dificultad que se suscite entre el Asegurador y el Contratante, en relación con esta póliza o con motivo de la fecha interpretación o aplicación de sus condiciones generales o particulares, su cumplimiento o incumplimiento, o sobre cualquiera indemnización u obligación referente a la solicitud misma, será resuelta por un árbitro arbitrador, nombrado de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitral. En caso que los arbitros escogidos común acuerdo por las partes, . Si los interesados no pudieren ponerse se pusieren de acuerdo respecto en la persona del árbitro, éste será designado por la Justicia Ordinaria, y en tal caso el árbitro tendrá las facultades de arbitrador en cuanto al procedimiento, debiendo dictar sentencia conforme a Derecho. No obstante lo estipulado precedentemente, el Asegurador y el Contratante podrá por sí solo y en cualquier momento, someter al arbitraje de la eleccion del tercer arbitroSuperintendencia de Valores y Seguros las dificultades que se susciten con el Asegurador, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento cuando el monto de los diez daños reclamados no sea superior a U.F.120, de conformidad a lo dispuesto en la letra (10i) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (del Artículo 3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre ° del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇Decreto con Fuerza ▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto ▇ Nº251, de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y Hacienda, de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales1931.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, salvo en el caso de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicial.
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Sources: Seguro De Responsabilidad Por Infracción De Prácticas Laborales
ARBITRAJE. Las Si existiere algún desacuerdo entre el Asegurado y La Compañía, relativo a la Póliza, la decisión quedará sometida, independientemente de toda otra cuestión, a una persona calificada que tendrá la calidad de árbitro nombrado por escrito por ambas partes trataran de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato de buena fe y con prontitud. En el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucion, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapso, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder dentro de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos plazo de treinta días contados a partir de la fecha de la solicitud de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitralcomprobación del desacuerdo. En caso que los arbitros escogidos por las partes, Cuando éstas no pudieren ponerse estén de acuerdo respecto sobre la designación de un árbitro único, nombrarán por escrito, un árbitro por cada parte, que deberán ser personas de reconocida capacidad sobre la eleccion materia a dictaminar. Esta designación deberá hacerse en el plazo de un mes a partir del tercer arbitro, entonces día en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada que una de las cuales indicara dos partes haya requerido a la otra parte con dicho objeto. En el nombre caso de que una de las dos partes se negare a designar o dejare de nombrar su árbitro en el plazo de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletasmes antes indicado, se insaculara una papeleta la cual indicara otra parte tendrá el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano derecho de solicitar al Presidente de la Cámara de Comercio y Producción de ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y ▇ su nombramiento. En el caso que los dos árbitros nombrados no tener conflicto estuvieren de intereses; (c) ser abogado acuerdo en su apreciación sobre el o los puntos de discrepancia, la cuestión será sometida al fallo de un tercer arbitro con exposicion igual calidad que los anteriores seleccionados por ellos por escrito, antes de pasar a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y la consideración del hecho. Si estos no se pusieran de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara acuerdo en la forma y designación del tercer árbitro, el mismo será igualmente seleccionado por la misma persona indicada en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatospárrafo anterior. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito tercer árbitro actuará conjuntamente con los primeros y presidirá sus debates. El fallecimiento de cualquiera de las partes y previo escrito debidamente razonado que aconteciera en el curso de las operaciones de arbitraje, no anulará, ni mermará los poderes, derechos o atribuciones del árbitro o según el caso, de los miembros árbitros o del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitralárbitro tercero. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado Si uno de los miembros árbitros o el árbitro tercero falleciere o estuviere interdicto antes del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho dictamen final, la parte o los árbitros que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en le hubiesen nombrado, según el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costascaso, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto estarán en la presente clausula, se entendera obligación de sustituirlo por otro. La Compañía y el Asegurado pagarán respectivamente al árbitro nombrado por cada uno de ellos. Los demás gastos que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a originen el procedimiento y los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados del tercer árbitro en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las ser elegido, serán pagados por estos en partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellasiguales.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, salvo en el caso de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicial.
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Sources: Póliza De Seguros
ARBITRAJE. Las Si existiere algún desacuerdo entre el Asegurado y La Compañía, relativo a la Póliza, la decisión quedará sometida, independientemente de toda otra cuestión, a una persona calificada que tendrá la calidad de árbitro nombrado por escrito por ambas partes trataran de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato de buena fe y con prontitud. En el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucion, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapso, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder dentro de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos plazo de treinta días contados a partir de la fecha de la solicitud de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitralcomprobación del desacuerdo. En caso que los arbitros escogidos por las partes, Cuando éstas no pudieren ponerse estén de acuerdo respecto sobre la designación de un árbitro único, nombrarán por escrito, un árbitro por cada parte, que deberán ser personas de reconocida capacidad sobre la eleccion materia a dictaminar. Esta designación deberá hacerse en el plazo de un mes a partir del tercer arbitro, entonces día en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada que una de las cuales indicara dos partes haya requerido a la otra parte con dicho objeto. En el nombre caso de que una de las dos partes se negare a designar o dejare de nombrar su árbitro en el plazo de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletasmes antes indicado, se insaculara una papeleta la cual indicara otra parte tendrá el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano derecho de solicitar al Presidente de la Cámara de Comercio y Producción de ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y ▇ su nombramiento. En el caso que los dos árbitros nombrados no tener conflicto estuvieren de intereses; (c) ser abogado acuerdo en su apreciación sobre el o los puntos de discrepancia, la cuestión será sometida al fallo de un tercer arbitro con exposicion igual calidad que los anteriores seleccionados por ellos por escrito, antes de pasar a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion consideración del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatoshecho. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito tercer árbitro actuará conjuntamente con los primeros y presidirá sus debates. El fallecimiento de cualquiera de las partes y previo escrito debidamente razonado que aconteciera en el curso de las operaciones de arbitraje, no anulará, ni mermará los poderes, derechos o atribuciones del árbitro o según el caso, de los miembros árbitros o del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitralárbitro tercero. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado Si uno de los miembros árbitros o el árbitro tercero falleciere o estuviere interdicto antes del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho dictamen final, la parte o los árbitros que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en le hubiesen nombrado, según el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costascaso, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto estarán en la presente clausula, se entendera obligación de sustituirlo por otro. La Compañía y el Asegurado pagarán respectivamente al árbitro nombrado por cada uno de ellos. Los demás gastos que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a originen el procedimiento y los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados del tercer árbitro en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las ser elegido, serán pagados por estos en partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellasiguales.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, salvo en el caso de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicial.
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Sources: Póliza De Seguros
ARBITRAJE. Las partes trataran de Tú y Remitly se comprometen a resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato reclamo a través de buena fe y con prontitudun proceso de arbitraje obligatorio e individual. En AMBAS PARTES RENUNCIAN POR EL PRESENTE A CUALQUIER DERECHO A UN JUICIO POR JURADO Y SE COMPROMETEN A INICIAR RECLAMOS CONTRA LA OTRA PARTE SOLO DE MANERA INDIVIDUAL Y NO COMO PARTE ACTORA O DE MANERA COLECTIVA EN NINGUNA ACCIÓN COLECTIVA NI EN $250,000, el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucion, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar arbitraje será llevado a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo cabo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de no estar JAMS de acuerdo para prorrogar dicho lapso, con sus Reglas y procedimientos de arbitraje simplificado. Puedes encontrar una copia de las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion Reglas y todo lo relativo al fondo procedimientos de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente simplificado de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, JAMS en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente formapágina web: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder de un https:// ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos a partir de la fecha de la solicitud de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitral. En caso que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ .▇▇▇▇▇ arbitral/rules-streamlined-arbitration/\#Rule-1. 11.2.A. Arbitraje masivo. No obstante lo mencionado anteriormente, salvo si más de 75 clientes, representados por el mismo abogado o bufete de abogados, relacionados o coordinados, inician un proceso de arbitraje contra Remitly con reclamos similares o relacionados, dichos reclamos serán administrados por un árbitro masivo de conformidad con las Reglas y procedimientos de arbitraje masivo de JAMS (en adelante, los “Procedimientos”). De acuerdo con los Procedimientos, los reclamos pueden consolidarse o agruparse según el caso criterio del árbitro de que dicha informacion deba hacerse JAMS o del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicialadministrador del procedimiento. Cuando se solicita un arbitraje masivo conforme a los Procedimientos, las partes deben pagar a JAMS un honorario inicial de solicitud, de 11.2.B. RENUNCIA AL JUICIO POR JURADO Y A LAS DEMANDAS COLECTIVAS. HASTA EL MÁXIMO ALCANCE PERMITIDO POR LAS LEYES APLICABLES, RECONOCES QUE, AL ACEPTAR EL ARBITRAJE DE RECLAMOS DE LA MANERA DESCRITA EN ESTE ACUERDO, TÚ Y REMITLY SE COMPROMETEN A RENUNCIAR AL DERECHO A UN JUICIO POR JURADO O A PARTICIPAR COMO PARTE ACTORA O DE MANERA COLECTIVA EN DEMANDAS COLECTIVAS Y EN PROCEDIMIENTOS REPRESENTATIVOS.
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Sources: Acuerdo Sobre El Perfil Comercial
ARBITRAJE. Las partes trataran de resolver acuerdan expresamente que cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato de buena fe y con prontitud. En el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucion, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapso, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo pudiera surgir entre ellas como consecuencia de la controversiainterpretación o ejecución de EL CONTRATO, sera resuelta definitivamente incluidas las relacionadas con su nulidad, ineficacia e invalidez, serán resueltas mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con cual se sujetará a las siguientes reglas:
(i) 22.1. El arbitraje sera realizado será llevado a cabo por tres un (31) arbitros neutrales seleccionados árbitro.
22.2. El arbitraje se llevará a cabo de acuerdo con las reglas del Centro de Arbitraje de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos Cámara de Comercio Americana del Perú - AMCHAM PERU (en adelante EL CENTRO).
22.3. El árbitro será designado por cada una de acuerdo entre las partes. En caso las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera el Presidente no acuerden la designación del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder árbitro dentro de un ▇▇▇▇▇▇ plazo ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos a partir de la fecha de la solicitud de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitral. En caso que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos días contados a partir de desde la fecha en que comience una de ellas manifieste a la sustanciacion otra por escrito su voluntad de acogerse a la presente cláusula, el árbitro será nombrado por EL CENTRO.
22.4. El árbitro tendrá un plazo de noventa (90) días hábiles desde su instalación para expedir el respectivo laudo arbitral, el cual será inapelable. Asimismo, el árbitro puede quedar encargado de determinar con precisión la controversia, así como otorgar una prórroga en caso fuera necesario para emitir el laudo. El lugar del arbitraje será en la ciudad de Lima, Perú y el idioma que se utilizará en el procedimiento arbitral para será el castellano. Se autoriza al árbitro a la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ejecución ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral.
22.5. El árbitro, salvo al momento de expedir el laudo arbitral, determinará la forma en el que las partes deberán asumir los gastos y costos correspondientes al arbitraje.
22.6. En caso de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico alguna de las partes decidiera interponer recurso de anulación contra el laudo arbitral ante el Poder Judicial, deberá constituir previamente a favor de la parte contraria una Carta Fianza otorgada por cualquier requerimiento legal o judicialun banco de primer orden con sede en Lima, equivalente a US$ 5,000.00 (Cinco Mil y 00/100 Dólares Americanos), a la orden de la parte contraria, la misma que será solidaria, irrevocable, incondicionada y ejecutable en caso que dicho recurso, en fallo definitivo, no fuera declarado fundado. Dicha Carta Fianza deberá estar vigente durante el tiempo que dure el proceso promovido y será entregada en custodia a un notario de la ciudad.
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Sources: Financing Agreement
ARBITRAJE. Las partes trataran 1.- Todas las diferencias o dudas que pudieran surgir sobre la interpretación o cumplimiento de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato de buena fe las condiciones económicas del contrato, entre la Propiedad y con prontitud. En el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucionla Empresa Constructora, se abrira un lapso intentará que sean resueltas de siete (7) dias continuos con la finalidad mutuo acuerdo, y si ello no fuera posible serán resueltas por arbitraje de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapso, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con según la Ley de Arbitraje Comercial de vigente. La comisión arbitral estará formada por tres letrados, uno nombrado por el Consorcio Urbanístico, otro nombrado por la Republica Bolivariana de VenezuelaEmpresa Constructora, y uno tercero nombrado por aquéllos de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado común acuerdo, y en caso de que no alcanzaran un acuerdo, por tres (3) arbitros neutrales seleccionados el Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, o en quien delegue. Los nombramientos deberán ser hechos antes de pasados quince días naturales desde la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada fecha en que una de las partes a su vez designaran al solicitó el arbitraje. El tercer arbitro, quien sera letrado nombrado de mutuo acuerdo por los otros dos o por el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos a partir de Decano presidirá la fecha de la solicitud de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitral. En caso que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azarComisión.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) 2.- La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento Comisión arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para deberá dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito , después de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre oídas las partes, salvo por lo que respecta a dentro de los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellasquince días siguientes al planteamiento del asunto ante la misma.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre 3.- Durante el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en tiempo transcurrido hasta la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas publicación ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, salvo la Empresa Constructora deberá acatar las órdenes de la Dirección Facultativa, sin perjuicio de reclamar las indemnizaciones correspondientes si el laudo arbitral le fuese favorable. Asimismo, las garantías establecidas en este contrato para el buen cumplimiento del mismo, continuarán retenidas y afectas a la resolución ▇▇▇ ▇▇▇▇▇.
4.- A todos los efectos, la Comisión arbitral tendrá el carácter de amigable componedor, con las atribuciones y facultades que señala la Ley de Arbitraje vigente.
5.- Las consecuencias económico-jurídicas derivadas del arbitraje y cualesquiera dudas, cuestiones y divergencias derivadas de la interpretación del presente documento, se someten a las decisiones de tres árbitros que deberán resolver mediante Arbitraje de Derecho con arreglo a lo dispuesto en la Ley de Arbitraje vigente, según se ha referido con anterioridad.
6.- Entre las resoluciones de los laudos arbitrales de derecho dictados por los árbitros, figurarán en todo caso, la proporción en que cada una de las partes, Propiedad y Empresa Constructora, deberá participar en el caso abono de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico los honorarios de los árbitros y de los peritos cuyo informes haya sido solicitado por cualquier requerimiento legal o judicialaquéllas.
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Sources: Contract for Construction Works
ARBITRAJE. Las partes trataran Si sugiere disputa entre el Asegurado y la Compañía, quedara sometida, independientemente de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato de buena fe y con prontitud. En el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contratootra cuestión, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucion, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo Árbitro nombrado por las escrito por ambas partes. De haber transcurrido Cuando estas no estén de acuerdo sobre la designación de un Árbitro único, nombraran por escrito dos Árbitros, uno por cada parte. Esta designación deberá hacerse en el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapso, las partes convienen dos meses a partir del día en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes haya requerido a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos a partir de la fecha de la solicitud de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitralotra para dicho objeto. En el caso que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre dos partes se negara a designar o dejara de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion nombrar a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision su Árbitro en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para plazo de dos meses antes indicado, la otra parte tendrá el derecho de nombrar un amigable componedor encargado de decidir sobre las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitralcuestiones pendientes. En el caso de que ninguna los Árbitros nombrados no estuvieran de las partes sea condenada acuerdo en su totalidadapreciación, el o los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partespuntos de discrepancia serán sometidos a fallo de un dirimente nombrado por ellos, salvo por lo que respecta escrito, antes de pasar a la consideración de la cuestión sometida, el cual obrara con los honorarios primeros y gastos presidirá sus debates. El fallecimiento de abogados cualquiera de las partes, que aconteciera en el curso de las operaciones de arbitraje, no anulara ni mermará los cuales seran sufragadas poderes, derecho o atribuciones del Árbitro, o según el caso, de los Árbitros o del Dirimente. Si unos de los Árbitros o el Dirimente falleciera antes del dictamen final, la parte o los Árbitros que le hubieran nombrado, según el caso, cuidaran de sustituirlo por cada una otro. El Arbitro, o según el caso, los Árbitros o el Dirimente en discordia, tendrán que decidir en qué proporción las partes deban soportar los gastos y dispendios varios relativos al arbitraje. La evaluación previa de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente las indemnizaciones por medio de un arbitraje en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion la forma antes dicha es indispensable y, mientras no haya tenido lugar, queda expresamente convenido y estipulado que, en caso de desacuerdo entre el Asegurado y la Compañía, sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre importe de las partes o sus activos. Mediante indemnizaciones, el otorgamiento Asegurado no puede entablar ninguna reclamación judicial con motivo del presente AcuerdoContrato. En todo lo no previsto en este clausulado, se aplicarán las partes aceptan y convienen estipulaciones contenidas en las Condiciones generales de la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, salvo en el caso de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicialpóliza.
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Sources: Insurance Policy
ARBITRAJE. Las Si existiere algún desacuerdo entre el Asegurado y La Compañía, relativo a la Póliza, la decisión quedará sometida, independientemente de toda otra cuestión, a una persona calificada que tendrá la calidad de árbitro nombrado por escrito por ambas partes trataran de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato de buena fe y con prontitud. En el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucion, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos con la finalidad de que las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapso, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder dentro de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos plazo de treinta días contados a partir de la fecha de la solicitud de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitralcomprobación del desacuerdo. En caso que los arbitros escogidos por las partes, Cuando éstas no pudieren ponerse estén de acuerdo respecto sobre la designación de un árbitro único, nombrarán por escrito, un árbitro por cada parte, que deberán ser personas de reconocida capacidad sobre la eleccion materia a dictaminar. Esta designación deberá hacerse en el plazo de un mes a partir del tercer arbitro, entonces día en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada que una de las cuales indicara dos partes haya requerido a la otra parte con dicho objeto. En el nombre caso de que una de las dos partes se negare a designar o dejare de nombrar su árbitro en el plazo de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletasmes antes indicado, se insaculara una papeleta la cual indicara otra parte tendrá el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano derecho de solicitar al Presidente de la Cámara de Comercio y Producción de ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y ▇ su nombramiento. En el caso que los dos árbitros nombrados no tener conflicto estuvieren de intereses; (c) ser abogado acuerdo en su apreciación sobre el o los puntos de discrepancia, la cuestión será sometida al fallo de un tercer árbitro con exposicion igual calidad que los anteriores seleccionados por ellos por escrito, antes de pasar a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y la consideración del hecho. Si estos no se pusieran de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara acuerdo en la forma y designación del tercer árbitro, el mismo será igualmente seleccionado por la misma persona indicada en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatospárrafo anterior. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito tercer árbitro actuará conjuntamente con los primeros y presidirá sus debates. El fallecimiento de cualquiera de las partes y previo escrito debidamente razonado que aconteciera en el curso de las operaciones de arbitraje, no anulará, ni mermará los poderes, derechos o atribuciones del árbitro o según el caso, de los miembros árbitros o del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitralárbitro tercero. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado Si uno de los miembros árbitros o el árbitro tercero falleciere o estuviere interdicto antes del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho dictamen final, la parte o los árbitros que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en le hubiesen nombrado, según el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costascaso, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto estarán en la presente clausula, se entendera obligación de sustituirlo por otro. La Compañía y el Asegurado pagarán respectivamente al árbitro nombrado por cada uno de ellos. Los demás gastos que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a originen el procedimiento Registrado en Pro-Consumidor bajo el No.102/2022 y los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados del tercer árbitro en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las ser elegido, serán pagados por estos en partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas¡guales.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, salvo en el caso de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicial.
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Sources: Insurance Agreement
ARBITRAJE. Las Mediante el procedimiento de arbitraje, las partes trataran en conflicto acuerdan, voluntariamente, encomendar a un tercero y aceptar de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al presente Contrato antemano la solución que éste dicte sobre sus divergencias. El acuerdo de buena fe y con prontitud. En las partes promoviendo el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucionarbitraje será formalizado por escrito, se abrira un lapso denominará compromiso arbitral y constará, al menos, de siete (7) dias continuos con la finalidad los siguientes extremos : - Nombre del árbitro o árbitros designados. - Cuestiones que se someten a laudo arbitral y, en su caso, criterios de común acuerdo que las partes traten se consideren que han de llegar a un arreglo amistososer observados, así como plazo para dictarlo. Dicho lapso sera prorrogable - Fecha y firma de comun acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o este acuerdo se harán llegar copias de no estar compromiso arbitral a la Comisión Mixta Paritaria y, a efectos de acuerdo para prorrogar dicho lapsoconstancia y publicidad, las partes convienen en que cualquier controversia que se suscite en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo de a la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial de la Republica Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con las siguientes reglas:
(i) El arbitraje sera realizado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados de la siguiente forma: cada parte designara un arbitro y los arbitros elegidos por cada una de las partes a su vez designaran al tercer arbitro, quien sera el Presidente del Tribunal Arbitral. La designacion de los miembros del Tribunal Arbitral no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos a partir de la fecha de la solicitud de arbitraje, fecha en la cual debera constituirse el Tribunal Arbitral. En caso que los arbitros escogidos por las partes, no pudieren ponerse de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente Autoridad Laboral ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇ designación del árbitro o árbitros será libre y expresamente renuncian recaerá en expertos imparcíales. Se llevará a cualquier defensa cabo el nombramiento en igual forma que pudieran alegar basada la señalada para los mediadores en falta el artículo precedente a este Convenio Colectivo. La resolución arbitral será vinculante e inmediatamente ejecutiva y resolverá, motivadamente, todas y cada una de jurisdiccion o las cuestiones fijadas en el compromiso arbitral. El laudo arbitral deberá ser notificado en el plazo máximo de competencia10 días hábiles a partir de la designación del árbitro. Las partes Excepcionalmente, y, atendiendo a las dificultades del conflicto y los miembros su trascendencia, podrá prorrogarse el mencionado plazo, debiendo, en todo caso, dictarse el laudo antes del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion transcurso de 30 días hábiles, será, asimismo, notificado a los procedimientosla Comisión Mixta Paritaria y a la Autoridad Laboral competente. El laudo emitido podrá ser impugnado ante la Jurisdicción social, según la informacion suministrada por las partes y las resultas modalidad procesal que proceda. La impugnación ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitralpodrá basarse en : - Exceso en cuanto a los límites y puntos que las partes han sometido a arbitraje. - Infracción por el contenido ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ de algunas normas de derecho necesario. - Inobservancia de los criterios considerados por las partes y trasladados en su momento al árbitro para la resolución del arbitraje. La resolución será objeto de depósito, salvo registro y publicación a idénticos efectos de los previstos en el caso artículo 90 del Estatuto de que dicha informacion deba hacerse del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judiciallos Trabajadores. La resolución arbitral tendrá la misma eficacia de lo pactado en el Convenio Colectivo.
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Sources: Convenio Colectivo
ARBITRAJE. Las partes trataran Partes renuncian fuero y/o domicilio y establecen que toda controversia que no pueda solucionarse de resolver cualquier controversia ----------------- relativa al común acuerdo, y que tenga relación con la aplicación o interpretación del presente Contrato de buena fe y con prontitud. En el supuesto de surgir alguna discrepancia o disputa en relacion con el presente Contrato, su interpretacion, validez, vigencia o ejecucionAcuerdo, se abrira un lapso de siete (7) dias continuos con la finalidad de que someterá a las partes traten de llegar a un arreglo amistoso. Dicho lapso sera prorrogable de comun acuerdo por las partes. De haber transcurrido el plazo antes senalado o de no estar de acuerdo para prorrogar dicho lapso, las partes convienen siguientes reglas amparadas en que cualquier controversia que se suscite lo establecido en relacion con el presente contrato, su interpretacion, su validez, su vigencia, su ejecucion y todo lo relativo al fondo de la controversia, sera resuelta definitivamente mediante arbitraje independiente de derecho, aplicando exclusivamente el derecho de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, en idioma espanol, de conformidad con la Ley de Arbitraje Comercial y Mediación: En toda controversia o diferencia relativa a este Acuerdo, su ejecución, liquidación e interpretación, las Partes lo someterán a la resolución de un Tribunal de Arbitraje de la Republica Bolivariana Cámara de VenezuelaComercio del domicilio del demandado y se sujetará a lo dispuesto en la Ley de Arbitraje y Mediación, el Reglamento del Centro de Arbitraje y Mediación de conformidad con esa Cámara de Comercio y, las siguientes reglas:
(i) normativas y preceptos. El arbitraje sera realizado Tribunal estará integrado por tres (3) arbitros neutrales seleccionados árbitros, designados uno por cada Parte con sus respectivos suplentes y el tercero será designado por estos dos árbitros, de común Acuerdo. Las Partes acuerdan que podrán elegir árbitros que no se encuentren dentro de la siguiente forma: cada parte designara lista de árbitros de la Cámara de Comercio competente. Si no se pusieran de Acuerdo en la designación del tercer Arbitro en un arbitro término de quince (15) días, éste y los arbitros elegidos su suplente serán designados por cada una el Director del Centro de las partes a su vez designaran al tercer arbitroArbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio competente, quien sera luego del sorteo correspondiente de la lista de árbitros calificados por el Presidente del centro. Toda vacante será designada por el Director de dicho Centro. El Tribunal Arbitraldecidirá en derecho. La designacion Para la ejecución de los miembros del medidas cautelares el Tribunal Arbitral no podra exceder de un ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (10) dias continuos está facultado para solicitar su cumplimiento a partir de los funcionarios públicos, judiciales, policiales y administrativos, sin que sea necesario recurrir a juez ordinario alguno. El procedimiento arbitral será confidencial. Las Partes renuncian a la fecha de la solicitud de arbitrajejurisdicción ordinaria, fecha en la cual debera constituirse se obligan a acatar el laudo que expida el Tribunal Arbitral. En caso que los arbitros escogidos por las partes, Arbitral y se comprometen a no pudieren ponerse interponer ningún tipo de acuerdo respecto de la eleccion del tercer arbitro, entonces recurso en horas de la tarde del dia habil siguiente al vencimiento de los diez (10) dias continuos antes indicados, cada parte introducira en una bolsa tres (3) 8 papeletas, cada una de las cuales indicara el nombre de un arbitro propuesto. Una vez introducidas todas las papeletas, se insaculara una papeleta la cual indicara el nombre del tercer arbitro. La persona que insaculara las papeletas sera escogida por azar.
(ii) En cualquier caso, los arbitros deberan tener las siguientes calificaciones: (a) tener dominio del idioma castellano y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; (b) ser neutral y no tener conflicto de intereses; (c) ser abogado con exposicion a las leyes y costumbres comerciales venezolanas y de los Estados Unidos de America; (d) tener experiencia previa en materia de arbitrajes comerciales.
(iii) La citacion para la contestacion de la demanda de arbitraje y demas notificaciones durante el proceso, se realizara en la forma y en la direccion de notificacion de la(s) parte(s) demandada(s) segun esta estipulado en la clausula septima de este contrato.
(iv) La sustanciacion del procedimiento arbitral comenzara al dia habil siguiente de haberse constituido el Tribunal Arbitral.
(v) Las partes dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la fecha en que comience la sustanciacion del procedimiento arbitral para la presentacion de sus pruebas y alegatos. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral.
(vi) Los arbitros dispondran de treinta (30) dias continuos contados a partir de la finalizacion del lapso para la presentacion de las pruebas y alegatos de las partes para dictar el laudo arbitral. Dicho plazo no podra ser prorrogado salvo por el consentimiento por escrito de las partes y previo escrito debidamente razonado de los miembros del Tribunal Arbitral. 9
(vii) El laudo arbitral constara por escrito e indicara las circunstancias de hecho que sirvan de base y las razones de hecho y de derecho para la decision en el contenida.
(viii) El laudo sera definitivo y obligatorio para las partes y debera incluir una decision en relacion a las costas, incluyendo los honorarios razonables y gastos de abogados. Al someterse la controversia a arbitraje segun lo dispuesto en la presente clausula, se entendera que las partes habran renunciado a cualesquiera recursos a los que tuvieran derecho contra los laudos.
(ix) Las costas, incluyendo honorarios razonables y gastos de abogados, deberan ser sufragados en su totalidad por la parte que resulte condenada segun el laudo arbitral. En caso de que ninguna de las partes sea condenada en su totalidad, los costos del procedimiento arbitral seran repartidas en forma igual entre las partes, salvo por lo que respecta a los honorarios y gastos de abogados de las partes, los cuales seran sufragadas por cada una de ellas.
(x) El laudo podra ser ejecutado judicialmente en cualquier tribunal que tenga jurisdiccion sobre el mismo o que tenga jurisdiccion sobre las partes o sus activos. Mediante el otorgamiento del presente Acuerdo, las partes aceptan y convienen en la aplicacion del procedimiento de arbitraje contenido en la presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ y expresamente renuncian a cualquier defensa que pudieran alegar basada en falta de jurisdiccion o de competencia. Las partes y los miembros del Tribunal Arbitral guardaran estricta confidencialidad en relacion a los procedimientos, la informacion suministrada por las partes y las resultas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitraldictado, salvo a más de los permitidos en el caso la ley. El lugar de que dicha informacion deba hacerse arbitraje serán las instalaciones del conocimiento publico por cualquier requerimiento legal o judicialCentro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio del domicilio de la parte demandada.
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Sources: Oferta Básica Para El Acceso Y Uso Compartido De Infraestructura Física