CONSECUENCIA DE LA OCURRENCIA DEL EVENTO Cláusulas de Ejemplo

CONSECUENCIA DE LA OCURRENCIA DEL EVENTO. Improbable 2 Raro 1 Improbable 2 Probabilidad Menor 2 Menor 2 Moderado 3 Impacto 4 3 5 Valoración del Riesgo Riesgo Bajo Riesgo Bajo Riesgo Medio Categoría Página 15 de 30 2 1 No. UNIDAD UNIDAD ¿A quién se le asigna? Definir claramente la necesidad y el perfil profesional requerido, indicando las diferentes formaciones profesionales que pueden satisfacer la necesidad y que permitan una amplia selección Revisión y apoyo jurídico a las dependencias que solicitan la contratación, aclarando los requisitos y la aplicabilidad de cada una de las modalidades de selección. Tratamiento/Controles a ser implementados Raro 1 Improbable 2 Probabilidad Impacto después del tratamiento Insignificante 1 Insignificante 1 Impacto 2 3 Valoración del Riesgo Riesgo Bajo Riesgo Bajo Categoría No No ¿Afecta el equilibrio económico del Área o Unidad que tiene la necesidad Secretaría General Persona responsable por implementar el tratamiento Verificando la definición de los requisitos del perfil profesional requerido Asesoría a las dependencias, revisión y ajuste del Estudio Previo. Constante actualización normativa. ¿Cómo se realiza el monitoreo? Monitoreo y revisión Una sola vez en la etapa de Planeación Estructuración de estudios previos Cada vez que se presenta una solicitud de contratación. Periodicidad ¿Cuándo? Contractual- Página 16 de 30 6 5 4 3 No. UNIDAD CONTRATISTA CONTRATIST A CONTRATISTA ¿A quién se le asigna? Revisión y aprobación oportuna de la documentación inherente a los productos e informes del contrato. Seguimiento y verificación del cumplimiento de las obligaciones pactadas en el contrato. Reporte al Administrador del SECOP II y dejar evidencia de la interrupción del servicio. Se establecen plazos perentorios para el perfeccionamiento y ejecución del contrato. Tratamiento/Controles a ser implementados Raro 1 Raro 1 Raro 1 Raro 1 Probabilidad Impacto después del tratamiento Insignificante 1 Insignificante 1 Insignificante 1 Insignificante 1 Impacto 2 2 2 2 Valoracióndel Riesgo Riesgo Bajo Riesgo Bajo Riesgo Bajo Riesgo Bajo Categoría No No Bajo No. ¿Afecta el equilibrio económico del Supervisor del contrato Supervisor del contrato Secretaría General Secretaría General y Contratista Persona responsable por implementar el tratamiento Se asigna un profesional de jurídica que apoye el seguimiento y supervisión, para la revisión previa de los productos e informes. A través de la verificación de cumplimiento de las obligaciones del contratista, en los plazos establecid...
CONSECUENCIA DE LA OCURRENCIA DEL EVENTO. QUE INCUMPLA CON EL CONTRATO QUE POR LA FLUCTUACIÓN DE LA MONEDA ESTRANJERA, EN LA CUAL EL CONTRATISTA ADQUIERA PARCIAL O TOTAL EL BIEN O SERVICIO SE INCREMENTE SU COSTO Y EL OBJETO CONTRACTUAL NO PUEDA SER ENTREGADO DE ACUERDO A LAS CONDICIONES DEL CONTRATO. QUE SOLICITE CAMBIAR SU PROPUESTA ECONÓMICA DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO QUE NO SE CUMPLA CON LA EJECUCION DEL CONTRATO PROBABILIDAD 1 2 1 3 VALORACIÓN DEL RIESGO 6 4 2 7 CATEGORÍA RIESGO ALTO RIESGO BAJO RIESGO BAJO RIESGO ALTO ¿A QUIEN SE LE AGINA? 100% AL CONTRATISTA 100% CONTRATISTA 100% CONTRATISTA 100% CONTRATISTA TRATAMIENTO / CONTROLES A SER IMPLEMENTADOS LA ADMINISTRACIÓN EXIGE INDICADORES FINANCIEROS ACORDES AL PROCESO CONTRACTUAL DEBIDO PROCESO DEBIDO PROCESO EL SUPERVISOR DEL CONTRATO DEBE MONITOREAR LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO DE ACUERDO AL CRONOGRAMA DE LA OFERTA IMPACTO DESPUÉS DEL TRATAMIENTO PROBABILIDAD 1 1 1 1 VALORACIÓN DEL RIESGO 2 2 2 2 CATEGORÍA RIESGO BAJO RIESGO BAJO RIESGO BAJO RIESGO BAJO PERSONA RESPONSABLE POR IMPLEMENTAR EL TRATAMIENTO GERENTE DEL PROYECTO GERENTE DEL PROYECTO / COMITÉ DE ADQUISICIONES GERENTE DEL PROYECTO / COMITÉ DE ADQUISICIONES GERENTE DEL PROYECTO FECHA ESTIMADA EN QUE SE INICIE EL TRATAMIENTO PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO UNA VEZ SE CONOCE EL INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL CONTRATISTA O EL SUPERVISOR DEL UNA VEZ SE CONOCE EL INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL CONTRATISTA O EL SUPERVISOR DEL UNA VEZ SE CONOCE EL INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL CONTRATISTA O EL SUPERVISOR DEL Nº 1 2 3 4 CONTRATO CONTRATO CONTRATO FECHA ESTIMADA EN QUE SE COMPLETA EL TRATAMIENTO CON LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE RECIBO DE SATISFACCIÓN CON EL ACTA DE ENTREGA A SATISFACCIÓN O EL ACTA DE LIQUIDACIÓN CON EL ACTA DE ENTREGA A SATISFACCIÓN O EL ACTA DE LIQUIDACIÓN CON LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE RECIBO DE SATISFACCIÓN MONITOREO Y REVISIÓN COMO SE REALIZA EL MONITOREO? CON LA EXPEDICIÓN POR PARTE DEL SUPERVISOR DEL CONTRATO DE LOS INFORMES DE SUPERVISIÓN Y VERIFICANDO CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN CON LA EXPEDICIÓN POR PARTE DEL SUPERVISOR DEL CONTRATO DE LOS INFORMES DE SUPERVISIÓN Y VERIFICANDO CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN CON LA EXPEDICIÓN POR PARTE DEL SUPERVISOR DEL CONTRATO DE LOS INFORMES DE SUPERVISIÓN Y VERIFICANDO CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN CON LA EXPEDICIÓN POR PARTE DEL SUPERVISOR DEL CONTRATO DE LOS INFORMES DE SUPERVISIÓN Y VERIFICANDO CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN PERIODICIDAD ¿CUANDO? MENSUALES / COMO INDIQUE CRONOGRAMA MENSUALES / COMO INDIQUE CRONOGRAMA MENSUALES / COMO INDIQUE CRONOGRAMA...
CONSECUENCIA DE LA OCURRENCIA DEL EVENTO. 2 1 Probabilidad 3 1 Impacto 3 2 Valoración Bajo Bajo Categoría 2 1 Impacto
CONSECUENCIA DE LA OCURRENCIA DEL EVENTO. A Q U IÉ N S E LE A SI G N A ? 1 G en er al Ex te rn o Ej e cu ci ó n R eg u la to ri o Cambio en la normatividad tributaria que aplique al contrato que implique nuevos impuestos o aumentos en los existentes Aumento o disminución de las retenciones o gravámenes a aplicar en el contrato, que modifiquen las condiciones pactadas X x x xx xx xx xx Xx x xx íf ic o Ex te rn o Ej e cu ci ó n O p er ac io n al es Disminución del área de construcción en la aprobación del PRM o licencia de construción Modificación de la base con la cual se calculó el valor total del contrato y por tanto reajuste del mismo X x x xx xx xx xx 0 Xx x xx íf ic o Ex te rn o Ej e cu ci ó n O p er ac io n al es No aprobación del PRM o de la licencia de construcción Inviabilidad de la ejecución del contrato X x x xx xx xx xx 0 Xx x xx íf ic o Ex te rn o Ej ec u ci ó n O p er ac io n al es Incumplimiento de los plazos en los cuales deban adelantarse los trámites ante las autoridades competentes Negación o retrasos en la aprobación del PRM o de la licencia de construcción X x x xx xx xx xx Xx x xx íf ic o In te rn o Se le cc ió n O p er ac io n al es Negación de acceso a los predios respecto de los cuales se desarrollarán los diseños Dificultades o demoras para la realización de la visita al predio X x x xx xx xx xx 0 Xx x xx íf ic o Ex te rn o Ej e cu ci ó n O p er ac io n al es Omisión de estudios, documentos, diseños, o cualquier insumo necesario para la construcción de la edificación Indebida ejecución del contrato e insatisfacción de la necesidad de la EVB SAS X x x xx xx xx xx 0 Xx x xx íf ic o Ex te rn o Ej e cu ci ó n O p er ac io n al es Variación de costos de personal, debido a los cambios en el equipo de trabajo Retrasos en la ejecución del contrato, reprocesos, redistribución de los gastos del contratista X x x xx xx xx xx 0 Xx x xx íf ic o Ex te rn o Ej e cu ci ó n O p er ac io n al es Atrasos de las autoridades administrativas competentes, en la atención de los trámites a cargo Retrasos en la ejecución del contrato C o n tr at is ta y X x x xx xx xx xx 0 Xx x xx íf ic o Ex te rn o Ej e cu ci ó n R eg u la to ri o Cambios normativos respecto de la herramienta que viabilice el proyecto (PRM) Reajuste de obligaciones contractuales, cronograma de trabajos, valores, etc. X x x xx xx xx xx 0 0 Xx x xx íf ic o Ex te rn o Ej e cu ci ó n O p er ac io n al es Bajo desempeño del equipo de trabajo del consultor Retrasos en la ejecución del contrato y reprocesos X x x xx xx xx xx 0 0 Xx x xx ...

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  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Xxxxxxxx 116. Mayotte

  • Legitimación Podrá interponer el correspondiente recurso especial en materia de contratación toda persona física o jurídica cuyos derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las decisiones objeto de recurso.

  • Fallecimiento De su tío, tía, sobrinos o sobrinas. De una de las personas participantes en la estancia y que esté asegurada en virtud del presente contrato, y que conlleve el cese absoluto de cualquier actividad profesional o similar. De una de las personas participantes en la estancia y que esté asegurada en virtud del presente contrato. De Usted mismo/a o de su cónyuge (de hecho o de derecho) asegurado/a por el presente contrato, siempre y cuando esta circunstancia no ocurriera antes de la suscripción del contrato.  En calidad de miembro xx xxxxxx o de testigo en un procedimiento penal.  En calidad xx xxxxxx. Siempre y cuando se le cite en una fecha que coincida con el periodo de viaje. Siempre y cuando se le cite en una fecha que coincida con el periodo de viaje. Consecuencia de un suspenso desconocido en el momento de la reserva o la suscripción del contrato (únicamente para estudios superiores), siempre y cuando dicho examen tenga lugar durante el viaje. Para Usted mismo/a, su cónyuge (de hecho o de derecho) o uno de sus ascendientes o descendientes en el 0.xx grado de parentesco. O bien causados por las fuerzas de la naturaleza a sus locales profesionales o personales y que exijan obligatoriamente su presencia para tomar las medidas cautelares necesarias. Siempre y cuando la importancia de dicha sustracción requiera su presencia y se produzca en las 48 horas anteriores al inicio del viaje. Ocasionados en las 48 horas anteriores al inicio del viaje y siempre y cuando no pueda utilizar dicho vehículo para llegar al lugar de la estancia. Por carretera o ferrocarril o vía marítima o aérea, el día del inicio de la estancia  Cierres de vías públicas decretados por el Estado o una autoridad local;  Huelga de los transportes públicos que le impida llegar en las 24 horas posteriores al inicio previsto de su estancia;  Inundaciones o fenómenos naturales que impidan la circulación, constatados por la autoridad competente;  Accidentes de circulación durante el trayecto necesario para llegar a su alojamiento previsto y cuyas consecuencias supongan la inmovilización del vehículo, justificada mediante el informe de un perito.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.