CONTROL DE CALIDAD DE LOS TRABAJOS Cláusulas de Ejemplo

CONTROL DE CALIDAD DE LOS TRABAJOS. 10. Limpieza, eliminación de residuos y gestión del agua.
CONTROL DE CALIDAD DE LOS TRABAJOS. La FEMP estará en constante comunicación con el adjudicatario y se reserva el derecho de efectuar cuantos controles y revisiones de calidad considere oportunos sobre los trabajos realizados por el adjudicatario. A tal fin, la FEMP designará una persona responsable de coordinar el proyecto con el adjudicatario. Las funciones del Coordinador del Proyecto serán las siguientes:  Seguimiento del concurso público y del proceso de contratación del adjudicatario.  Suministro de la información disponible por la FEMP siempre que sea relevante para la realización del objeto del contrato.  Seguimiento y control de las actividades previstas.  Interlocución con el Director de Proyecto designado por el adjudicatario.  Participación en el proceso de revisión y evaluación de los trabajos. Con el objeto de garantizar una comunicación fluida entre la FEMP y el adjudicatario, éste designará a un Director de Proyecto que será el responsable del cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Pliego.
CONTROL DE CALIDAD DE LOS TRABAJOS. En caso de adjudicación y antes del comienzo de los trabajos, el Director, con la colaboración del Consultor, establecerá el “Sistema de Control de Calidad”, que servirá para garantizar la calidad de los trabajos y tendrá, al menos el contenido siguiente:
CONTROL DE CALIDAD DE LOS TRABAJOS. AT-10 Especificaciones Generales de Construcción, Normas de calidad de los materiales, Especificaciones Particulares, Procedimientos de Construcción (y las que sean proporcionados por la “EL MUNICIPIO”). AT-11 Análisis del factor xx xxxxxxx real por categoría y de todo el personal de Xxxx xx Xxxx, Personal técnico, administrativo y de servicio encargado directamente de la ejecución, dirección, supervisión y administración de los trabajos, tomando en cuenta el Factor de riesgo vigente expedido por el I.M.S.S. El factor xx xxxxxxx real deberá incluir las prestaciones derivadas de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto de Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, Sistema de Ahorro del Retiro o de los Contratos Colectivos de Trabajo en vigor. AT-12 Carta de conocimiento de haber tomado en cuenta los requisitos de la Convocatoria a la Licitación y de la aceptación y conformidad de ajustarse a los términos del modelo de contrato, así como de conocer los proyectos, normas de calidad de materiales y especificaciones de construcciones aplicables, mismas que se tomaron en consideración para la elaboración de su propuesta. Se regresaran debidamente firmado por “EL LICITANTE” la Convocatoria a la Licitación en cuestión, Modelo de Contrato, Normas, Especificaciones Particulares y Trabajos por Ejecutar. AT-13 Modelo prototipo de Fianza de Cumplimiento de contrato, así como de anticipos y vicios ocultos debidamente firmadas (mismas que fueron proporcionadas). La admisión de las propuestas técnicas y sus documentos anexos, que cumplan formalmente con los documentos solicitados en la Convocatoria a la Licitación y son aceptadas en principio para su análisis y revisión detallada no implicará su aceptación definitiva, la cual deberá otorgarse una vez que “EL MUNICIPIO” lleve a cabo el análisis y revisión, detallada.
CONTROL DE CALIDAD DE LOS TRABAJOS. La FEMP estará en constante comunicación con el adjudicatario y se reserva el derecho de efectuar cuantos controles y revisiones de calidad considere oportunos sobre los trabajos realizados por el adjudicatario. A tal fin, la FEMP designará una persona responsable de coordinar el proyecto con el adjudicatario. Las funciones del Coordinador del Proyecto serán las siguientes: • Seguimiento del concurso público y del proceso de contratación del adjudicatario. • Suministro de la información disponible por la FEMP siempre que sea relevante para la realización del objeto del contrato. • Seguimiento y control de las actividades previstas. • Interlocución con el Director de Proyecto designado por el adjudicatario. • Participación en el proceso de revisión y evaluación de los trabajos. Con el objeto de garantizar una comunicación fluida entre la FEMP y el adjudicatario, éste designará a un Director de Proyecto que será el responsable del cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Pliego.
CONTROL DE CALIDAD DE LOS TRABAJOS. La FEMP estará en constante comunicación con el adjudicatario y se reserva el derecho de efectuar cuantos controles y revisiones de calidad considere oportunos sobre los trabajos realizados por el adjudicatario. A tal fin, la FEMP designará una persona responsable de coordinar el proyecto con el adjudicatario. Las funciones del Coordinador del Proyecto serán las siguientes: • Seguimiento del concurso público y del proceso de contratación del adjudicatario. • Suministro de la información disponible por la FEMP siempre que sea relevante para la elaboración del proyecto. • Seguimiento y control de las actividades previstas. • Interlocución con el Director de Proyecto designado por el adjudicatario. • Participación en el proceso de revisión y evaluación de los trabajos. Con el objeto de garantizar una comunicación fluida entre la FEMP y el adjudicatario, éste designará a un Director de Proyecto que será el responsable del cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Documento. El seguimiento de las tareas previstas incluirá la organización de reuniones entre la FEMP y el adjudicatario con periodicidad quincenal. Esta periodicidad se ajustará en función de las necesidades derivadas del desarrollo del proyecto. A dichas reuniones deberán acudir, como mínimo, el Director de Proyecto designado por el adjudicatario y el Coordinador designado por la FEMP, pudiendo incorporarse más personas en representación de cada una de las partes si así se estima conveniente.
CONTROL DE CALIDAD DE LOS TRABAJOS. La FEMP estará en constante comunicación con el adjudicatario y se reserva el derecho de efectuar cuantos controles y revisiones de calidad considere oportunos sobre los trabajos realizados por el adjudicatario. A tal fin, la FEMP designará una persona responsable de coordinar el contrato con el adjudicatario. Con el objeto de garantizar una comunicación fluida entre la FEMP y el adjudicatario, éste designará a un Responsable del Contrato que será el responsable del cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Documento.
CONTROL DE CALIDAD DE LOS TRABAJOS. El Ayuntamiento de Albacete realizará el control del proceso de ejecución del trabajo en todas sus fases ateniéndose en todo caso a las condiciones expuestas en los distintos apartados de este pliego. Este control lo realizará de forma directa, mediante sus propios técnicos o de forma delegada por contrata de los trabajos de control. En todo caso, el Ayuntamiento dará a conocer a la empresa encargada de realizar los trabajos la persona o personas que ejercerán el control de calidad del trabajo. La empresa adjudicataria deberá proporcionar toda la información que le soliciten los técnicos encargados del control de calidad a lo largo de todas las fases del trabajo. La iniciación de las distintas fases del trabajo estará supedita a la validación de la anterior por la Dirección Técnica del proyecto quien tendrá un plazo máximo de 15 días para emitir informe al respecto, indicando, si procediera, los trabajos a realizar para subsanar los posibles defectos en caso de que fueran subsanables, Se realizarán controles de exactitud posicional, compleción, consistencia lógica y exactitud temática sobre el producto final.
CONTROL DE CALIDAD DE LOS TRABAJOS. A00671a14713180374807e3175050d38H EMSISA estara´ en constante comunicacio´n con la empresa contratista y se reserva el derecho de efectuar cuantos controles y revisiones de calidad considere oportunos sobre los trabajos realizados por el adjudicatario. A tal fin, EMSISA designara´ una persona responsable de coordinar el contrato con el adjudicatario. Con el objeto de garantizar una comunicacio´n fluida entre EMSISA y la empresa contratista, e´ste designara´ a un Responsable del Contrato que sera´ el responsable del cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Documento.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.