Deber de información. Si durante la ejecución del contrato la entidad sufre cambios, como por ejemplo cambios en el nombre o la razón social, representante legal, dirección de funcionamiento; renovación o modificaciones en la Resolución sanitaria, o cualquier otro dato o hecho relevante para la ejecución del servicio, deberá informar a la Dirección Regional correspondiente de la ocurrencia de ese hecho, dentro de los 20 días hábiles de acaecido el hecho. El incumplimiento se abordará conforme a la letra
Deber de información. Deberá comunicar x Xxxxxx de forma inmediata, las reclamaciones, citaciones y no- tificaciones que reciba, indicando el medio y la fecha de recepción. Informará con precisión, como exigencia necesaria para la justificación y determina- ción de los honorarios y gastos de abogado y procurador, sobre las actuaciones des- plegadas en sus distintas fases, encargando al letrado designado que cumplimente en su nombre las pertinentes comunicaciones.
Deber de información. El tomador o el asegurado deberán, además, comunicar a La Aseguradora, a la mayor brevedad, cualquier notificación judicial, extrajudicial o administrativa que llegue a su conocimiento relacionada con el siniestro, así como cualquier clase de información sobre sus circunstancias y consecuencias. En caso de violación de este deber, la pérdida del derecho a la indemnización solo se producirá en el supuesto de que hubiese concurrido dolo o culpa grave, en cuyo caso, si La Aseguradora hubiese efectuado pagos o se viera obligada a efectuarlos, podría reclamar el reembolso de estos al tomador o al asegurado.
Deber de información. El Tomador del Seguro o el Asegurado deberán, además, comunicar al Asegurador, dentro del plazo de cuarenta y ocho horas, cualquier notificación judicial, extrajudicial o administrativa que llegue a su conocimiento relacionada con el siniestro, así como cualquier clase de información sobre sus circunstancias y consecuencias. En caso de incumplimiento de este deber, la pérdida del derecho a la indemnización sólo se producirá en el supuesto de que hubiese concurrido dolo o culpa grave. En este caso, si el Asegurador hubiese efectuado pagos o se viera obligado a efectuarlos, podrá reclamar el reembolso de los mismos al Tomador del Seguro o Asegurado, cuando proceda legalmente.
Deber de información. LAS PARTES se obligan a entregar la información veraz y verificable para dar cumplimiento a la normatividad relacionada con la prevención y control del riesgo xx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo, así como a actualizar los datos suministrados mínimo una vez al año. De la misma forma, LAS PARTES deberán informar del inicio de cualquier proceso penal, sin importar si se encuentra en etapa de investigación o juicio, que lleve a cabo la autoridad competente en donde alguna de LAS PARTES esté involucrada en el proceso, así como cualquier citación que le realice dicha autoridad para que comparezca dentro de una investigación o proceso penal, sin importar en la calidad que sea citado. Declaración sobre bienes sujetos a extinción de dominio: LAS PARTES declaran que los activos objeto del presente contrato, no se encuentran incursos en las siguientes circunstancias consagradas en el artículo 16 la ley 1708 de 2014 sobre extinción de dominio: • Que sean producto directo o indirecto de una actividad ilícita. • Que correspondan al objeto material de la actividad ilícita, salvo que la ley disponga su destrucción. • Que provengan de la transformación o conversión parcial o total, física o jurídica del producto, instrumentos u objeto material de actividades ilícitas. • Que formen parte de un incremento patrimonial no justificado, cuando existan elementos de conocimiento que permitan considerar razonablemente que provienen de actividades ilícitas. • Que hayan sido utilizados como medio o instrumento para la ejecución de actividades ilícitas. • Que de acuerdo con las circunstancias en que fueron hallados, o sus características particulares, permitan establecer que están destinados a la ejecución de actividades ilícitas. • Que constituyan ingresos, rentas, frutos, ganancias y otros beneficios derivados de los anteriores bienes. • Que sean de procedencia lícita, utilizados para ocultar bienes de ilícita procedencia. • Que sean de procedencia lícita mezclados material o jurídicamente con bienes de ilícita procedencia. • Que sean de origen lícito cuyo valor sea equivalente a cualquiera de los bienes descritos en los numerales anteriores, cuando la acción resulte improcedente por el reconocimiento de los derechos de un tercero de buena fe exenta de culpa. • Que sean de origen lícito cuyo valor corresponda o sea equivalente al de bienes producto directo o indirecto de una actividad ilícita, cuando no sea posible la localización o afectación material de estos. • Que...
Deber de información. El Tomador del Seguro o el Asegurado deberán, además, comunicar al Asegurador, a la mayor brevedad posible, cualquier notificación judicial, extrajudicial o administrativa que llegue a su conocimiento relacionada con un siniestro, así como cualquier clase de información sobre sus circunstancias y consecuencias. En caso de violación de este deber, la pérdida del derecho a la
Deber de información. Los datos personales de los contactos del Encargado del tratamiento serán, a su vez, tratados por PROSEGUR, con domicilio social en xxxxx Xxxxxxxxx, 00, Xxxxxx, en calidad de Responsable de tratamiento, con la finalidad de gestionar la relación mantenida con este en su condición de prestador de servicios y con base en la ejecución de prestación de servicios, pudiendo aquel ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento, portabilidad y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, enviando un correo electrónico a la dirección de correo xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx, adjuntando copia de su DNI o documento acreditativo equivalente. El interesado también tendrá derecho a presentar una reclamación en materia de protección de datos ante la Agencia Española de Protección de Datos. Prosegur los tratará mientras dure la relación contractual, momento en el que serán bloqueados durante los plazos de prescripción de las acciones legales aplicables.
Deber de información. Si durante la ejecución del convenio la entidad sufre cambios, como por ejemplo cambios en el nombre o la razón social, representante legal, dirección de funcionamiento; renovación o modificaciones en la Resolución sanitaria, o cualquier otro dato o hecho relevante para la ejecución del servicio, deberá informar a SENDA de la ocurrencia de ese hecho, dentro de los 20 días hábiles de acaecido el hecho. El incumplimiento se abordará conforme a la letra h) del N° 2 de la cláusula décimo séptima del presente contrato.
Deber de información. Además de lo dispuesto en el artículo 15 para los casos de incapacidad permanente, el Tomador del Seguro o el Asegurado deberán:
Deber de información. El vendedor, antes de la conclusión del contrato, debe facilitar al comprador la información relevante sobre las características del bien, teniendo en cuenta los conocimientos de las partes, la naturaleza y el coste de la información, así como las exigencias que resulten de la buena fe y la honradez de los tratos.