Eventos de Incumplimiento. 8.1 Se entenderá por Eventos de Incumplimiento durante la vigencia de los Bonos Corporativos que se emitan como parte del Programa, la ocurrencia de cualquiera de los hechos, eventos o circunstancias que a continuación se indican:
8.1.1 Que el Emisor deje de pagar total o parcialmente, el principal y/o intereses de cualquiera de las emisiones de los Bonos Corporativos, de acuerdo con lo establecido en el presente Contrato Xxxxx y/o en el respectivo Complemento del Contrato Marco. El incumplimiento del Emisor del pago en tiempo y forma de los Bonos Corporativos, no podrá ser considerado como un Evento de Incumplimiento si éste se produce por causas imputables al Agente de Pago.
8.1.2 Que se compruebe la existencia de falsedad en la información proporcionada por el Emisor, e incluidas en el Prospecto Xxxxx y/o en los demás documentos presentados al Registro Público xxx Xxxxxxx de Valores de la SMV y/o a la BVL que pudiera generar un Efecto Sustancialmente Adverso.
8.1.3 Que una o más de las declaraciones y aseveraciones del Emisor señaladas en la Cláusula Sétima del presente Contrato Xxxxx y en los respectivos Complementos del Contrato Marco resulten siendo falsas en las fechas en que son otorgadas.
8.1.4 Que el Emisor no mantuviera vigentes las autorizaciones, licencias, permisos y demás derechos requeridos por las normas aplicables para el desarrollo de las actividades que constituyen su objeto social, de forma tal que ponga en riesgo el normal desarrollo de las actividades que constituyen su objeto social y la capacidad de pago de su deuda.
8.1.5 Que se dé un incumplimiento por parte del Emisor en el pago de cualquier obligación con terceros a su vencimiento, o si cualquier obligación con terceros se volviese exigible antes de su vencimiento o si fuese declarada vencida antes de la fecha prevista, siempre que pudiera generar un Efecto Sustancialmente Adverso.
8.1.6 El Emisor incumpla cualesquiera de las obligaciones, términos, condiciones y restricciones establecidas en el presente Contrato Marco o en los Complementos del Contrato Marco, especialmente aquellas descritas en las cláusulas sexta y sétima del presente Contrato Xxxxx.
8.1.7 Que (i) El Emisor o uno o más acreedores del El Emisor inicien un procedimiento concursal ordinario o preventivo (incluyendo acuerdos de planes de reestructuración, convenios de liquidación y acuerdos globales de refinanciación ) ante las autoridades administrativas competentes (incluyendo las autoridades delegadas o comisi...
Eventos de Incumplimiento. 10.1 Eventos de Incumplimiento. Se consideran Eventos de Incumplimiento atribuibles a una de las Partes la ocurrencia de cualquiera de los siguientes eventos, siempre que no sean subsanados en los Períodos xx Xxxxxx correspondientes cuando se hayan previsto:
10.1.1 El incumplimiento de las obligaciones de pago o entrega de conformidad con lo establecido en la Cláusula 5. Cumplimiento de las Operaciones del Contrato Marco, o de cualquier otra obligación de pago o entrega establecida en los Documentos del Contrato Marco, cuando no se subsane dentro de los dos (2) Días Hábiles siguientes contados a partir de la Fecha de Cumplimiento o de la fecha en la que deba realizarse el pago o la entrega respectiva.
10.1.2 La inexactitud e imprecisión sustancial en relación con este Contrato Xxxxx o cualquier obligación derivada del mismo, en algún aspecto material de las declaraciones o manifestaciones realizadas por la Parte respectiva, o alguno de sus Garantes, incluyendo cualquier inexactitud o imprecisión sustancial que les sea atribuible en relación con la Cláusula 3. Manifestaciones y Declaraciones de las Partes del Contrato Marco o con la Cláusula 1. Manifestaciones y Declaraciones Adicionales de las Partes del Suplemento, cuando no se subsane dentro de los cinco (5) Días Hábiles siguientes contados a partir del recibo por dicha Parte de la notificación sobre la ocurrencia del evento respectivo.
10.1.3 El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones derivadas del Contrato Marco (distintas de las obligaciones de pago o entrega que se regirán por el Numeral 10.1.1 de esta Cláusula), incluyendo el incumplimiento de las obligaciones establecidas a cargo de la Parte respectiva en la Cláusula 4. Obligaciones de las Partes, y en los Numerales 6.7 y 6.8 de la Cláusula 6. Confirmaciones del Contrato Marco, y en la Cláusula 2. Obligaciones Adicionales de las Partes del Suplemento o la verificación de un Evento Material Adverso imputable a cualquiera de las Partes, cuando no se subsane dentro de los cinco (5) Días Hábiles siguientes contados a partir del recibo por dicha Parte de la notificación sobre la ocurrencia del evento respectivo.
10.1.4 El incumplimiento de las obligaciones derivadas del Recouponing diferentes del Incumplimiento de las obligaciones de pago o entrega que se regirán por el Numeral 10.1.1 de esta Cláusula, incluyendo el incumplimiento de cualquiera de las Partes como Agente de Cálculo de su obligación de efectuar o informar los cálculos conforme a ...
Eventos de Incumplimiento. En tanto cualquiera de las Obligaciones Negociables permanezca en circulación, si se produjera y continuara cualquiera de los siguientes hechos respecto de las Obligaciones Negociables será considerado un evento de incumplimiento (cada uno, un “Evento de Incumplimiento”):
Eventos de Incumplimiento. La ocurrencia de uno o más de los siguientes eventos, se constituirá como un Evento de Incumplimiento:
a) Falta de cumplimiento o pago puntual de cualquiera de las obligaciones a cargo de LA DEUDORA conforme al presente Contrato, especialmente aquellas de pago de dinero;
Eventos de Incumplimiento. (1) Las Partes convienen que cada una de las siguientes circunstancias constituye un Evento de Incumplimiento:
(a) Falta de pago oportuno de una (01) o más Cuotas y/o Precuotas.
Eventos de Incumplimiento. Los siguientes eventos constituirán, cada uno de ellos, un “Evento de Incumplimiento”:
Eventos de Incumplimiento. Son los que se detallan en la sección “Eventos de Incumplimiento” incluida más abajo.
Eventos de Incumplimiento. Eventos de Terminación Cláusula 12. Cláusula Compromisoria
Eventos de Incumplimiento. Los siguientes constituirán “Eventos de Incumplimiento” en cuya ocurrencia la Compañía será autorizado a ejercer sus derechos de conformidad con el párrafo siguiente: • El incumplimiento por su parte de observar o ejecutar cualquier otra disposición de este Acuerdo y dicho incumplimiento continúa durante un (1) Día hábil después de que la Compañía le haya notificado el incumplimiento. • La iniciación por un tercero de procedimientos encaminados a su quiebra (en caso de persona física) o a su insolvencia u otros supuestos similares de liquidación voluntaria (en caso de persona jurídica) conforme a las leyes aplicables o cualquier otro procedimiento similar que sea análogo a los antes mencionados en relación con usted. • Muere o pierde el juicio (si es una persona física). • Cualquier Conflicto de interés identificado surge y no puede ser gestionado por la Compañía; • Cualquier declaración o garantía hecha, dada o considerada por usted bajo este Acuerdo demuestra haber sido falsa o engañosa en cualquier aspecto material en el momento en que fue hecha, dada o considerada. • Cualquier otra situación en la que la Compañía lo considere razonablemente necesario o deseable para su propia protección o se tome alguna medida u ocurra un evento que la Compañía considere que podría tener un efecto material adverso sobre su capacidad para cumplir cualquiera de sus obligaciones en virtud de este Acuerdo. Ante la ocurrencia de un Evento de Incumplimiento, la Compañía tendrá derecho a tomar, a su absoluta discreción, cualquiera de las siguientes acciones en cualquier momento y sin previo aviso: • en lugar de devolverle a sus inversiones equivalentes a las acreditadas en su cuenta, pagarle el valor xxxxx xx xxxxxxx de dichas inversiones en el momento en que la Compañía ejerza dicho derecho; • vender sus inversiones que estén en posesión de la Compañía o en posesión de cualquier representante o tercero designado en virtud de este Acuerdo, en cada caso, según lo que la Compañía pueda, a su absoluta discreción, seleccionar los términos que La Compañía considera adecuado (sin ser responsable de ninguna pérdida o disminución en la rentabilidad) para obtener fondos suficientes para cubrir cualquier monto adeudado por usted en virtud del presente; • tratar cualquiera o todas las transacciones pendientes en ese momento como si hubieran sido rechazadas por el Cliente, en cuyo caso las obligaciones de la Compañía en virtud de dicha transacción o transacciones se cancelarán y rescindi...
Eventos de Incumplimiento. 6.11 Para la celebración de Operaciones las Partes deberán tener en cuenta los Anexos correspondientes al Contrato Marco para las Operaciones Swap, Operaciones Cross Currency Swap Operaciones FX Forward, Operaciones Forward sobre Tasa de Interés (FRA) y Operaciones de Opción.
6.12 Para efectos del Contrato Marco los modelos de Confirmación que se incluyen pueden ser modificados por las Partes en relación con las condiciones particulares de la Operación que se celebre. Así mismo, podrán ser parte del Contrato Marco otros modelos de Confirmación que resulten de nuevas tipologías de Operaciones que sean previamente acordadas por las Partes.
6.13 Cualquier incumplimiento del procedimiento establecido en está Cláusula o controversia relacionada con las Confirmaciones, dará lugar a la aplicación de la Cláusula 12. Cláusula Compromisoria del Contrato Xxxxx.