ENVÍO DE INFORMACIÓN Cláusulas de Ejemplo

ENVÍO DE INFORMACIÓN. EL CLIENTE autoriza a EL BANCO a remitir información acerca del saldo deudor, fechas de pago, últimos pagos, cargos efectuados, campañas comerciales y cualquier otra información relacionada con las operaciones que mantiene en EL BANCO, a través de banca por teléfono, Internet, correo electrónico, mensajería, cajeros automáticos, facsímil, mensajes de texto SMS, y cualquier otro medio que EL BANCO considere conveniente.EL CLIENTE se hace responsable del adecuado uso de la información que EL BANCO pudiera remitirle a través de cualquiera de estos mecanismos. Asimismo, EL CLIENTE reconoce que la información definitiva y válida respecto de las operaciones que realiza son las que se encuentran registradas en EL BANCO.
ENVÍO DE INFORMACIÓN. LA ARRENDATARIA autoriza a EL BANCO a enviarle información acerca del saldo deudor, monto de cuotas, calendarios de pago, últimos pagos, cargos efectuados, comprobantes de pago, campañas comerciales, seguros y cualquier otra información relacionada con el presente arrendamiento financiero, a través de banca por teléfono, Internet, correo electrónico, mensajería, cajeros automáticos, facsímil, mensajes de texto SMS, y/o cualquier otro medio que EL BANCO considere conveniente. LA ARRENDATARIA se hace responsable del adecuado uso de la información que EL BANCO pudiera remitirle a través de cualquiera de estos mecanismos. Para tal efecto, LA ARRENDATARIA se obliga a proporcionar a EL BANCO su dirección de correo electrónico, números de teléfono y demás datos que se detallan en el Anexo 2, el mismo que forma parte integrante del presente contrato. LA ARRENDATARIA declara y acepta que serán válidas todas las comunicaciones que EL BANCO envíe a la dirección de correo electrónico y/o número de teléfono proporcionado por LA ARRENDATARIA a EL BANCO, obligándose LA ARRENDATARIA a comunicar mediante carta dirigida a EL BANCO cualquier variación de estos datos. LA ARRENDATARIA reconoce que en caso de discrepancia en la información prevalecerá aquella que se encuentra registrada en El BANCO. _, de de 2011 Interviene(n) en este contrato el (los) fiador(es) que suscribe(n) este documento constituyéndose en fiador(es) solidario(s) de LA ARRENDATARIA, sin beneficio de excusión, comprometiéndose a pagar las obligaciones asumidas por LA ARRENDATARIA a favor de EL BANCO; incluyendo los intereses compensatorios, moratorios, comisiones y gastos de toda clase que se deriven de este contrato, sin reserva ni limitación alguna. El (los) fiador(es) y LA ARRENDATARIA aceptan desde ahora las prórrogas y renovaciones que puedan conceder a EL BANCO, sin necesidad que les sean comunicadas ni suscritas por ellos. Asimismo renuncia(n) a hacer uso de la facultad otorgada por el artículo 1899 del Código Civil. El (los) fiador(es) autoriza(n) en este documento desde ahora y en forma irrevocable a EL BANCO para que, si así lo decidiera, debite el importe parcial o total de las obligaciones que se deriven del presente contrato en su cuenta corriente o en cualquier otra cuenta que tenga(n) o pudiera(n) tener en EL BANCO, en caso dichos importes no sean pagados por LA ARRENDATARIA de conformidad con el presente contrato. El (los) fiador(es) renuncia(n) a exigir a EL BANCO la transferencia de las g...
ENVÍO DE INFORMACIÓN. Los titulares de las unidades operativas de contrataciones deberán remitir a la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES los antecedentes necesarios para la aplicación de las sanciones, a través del sistema o los medios y en el formato que ésta determine y dentro del plazo que establezca a tal fin.
ENVÍO DE INFORMACIÓN. La programación, deberá ser remitida dentro de los SESENTA (60) días corridos contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Decisión Administrativa de Distribución del Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el ejercicio presupuestario correspondiente. La ejecución de la programación, deberá ser enviada dentro de los SESENTA (60) días corridos de finalizado el ejercicio presupuestario correspondiente, y se deberán informar las correcciones que se efectúen al plan anual de contrataciones, en base a ajustes originados en las modificaciones de crédito presupuestario, en la asignación de cuota presupuestaria u en otras razones.
ENVÍO DE INFORMACIÓN. El Contratante se obliga a enviar por escrito, al domicilio de la Institución, todos los avisos e informes relativos a:
ENVÍO DE INFORMACIÓN. La información sobre su producto Triodos estará siempre disponible en Banca Internet (xxx.xxxxxxx.xx). Las comunicaciones y remisión de información se realizarán generalmente por vía electrónica, en soportes duraderos que permitan su almacenamiento y recuperación. Puede solicitar su envío en soporte papel o en otro soporte duradero aceptado por el Banco llamando al 000 00 00 00 / 00 000 00 00 (los importes correspondientes a gastos de correo, serán aplicados de acuerdo con las tarifas postales vigentes). Para cualquier consulta o aclaración, tiene a su disposición al equipo de profesionales de Triodos Bank. Llámenos al 900 82 29 82 / 91 640 46 84.
ENVÍO DE INFORMACIÓN. EL TARJETAHABIENTE autoriza expresamente al Emisor el envío de información relacionada con el presente contrato y con los productos comerciales de naturaleza bancaria o promocional que EL EMISOR ofrece, esto de acuerdo con la Ley General de Telecomunicaciones, número 8642, publicada el día 14 xx xxxx del año 2008. El envío de esta información podrá realizarse mediante cualquier medio escrito o electrónico. EL TARJETAHABIENTE manifiesta expresamente que para todos los efectos del Reglamento Autónomo de Servicio para la regulación del correo electrónico masivo o no deseado de Radiográfica Costarricense S.A. considera como correo electrónico deseado todo mensaje generado por EL EMISOR.
ENVÍO DE INFORMACIÓN. El Departamento de Administración deberá remitir a la Secretaría Administrativo Financiera, los antecedentes necesarios para la aplicación de las sanciones, a través del sistema o los medios y en el formato que ésta determine y dentro del plazo que establezca a tal fin.
ENVÍO DE INFORMACIÓN. El Banco remitirá a sus clientes, en los periodos establecidos en las condiciones iniciales o cuando se den las circunstancias previstas en la condición general 7ª, extractos de saldo de las Cuentas Corrientes a la vista. Si no recibiese el Banco reclamación alguna en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de emisión del aviso de saldo y de las relaciones de valores depositados, queda entendido que el cliente se da por conforme con las cuentas tal y como aparecen en los Libros del Banco, renunciando a cualquier reclamación. Las posiciones acreedoras que el cliente mantenga con el Banco, cualquiera que sea su naturaleza, garantizan a aquellas deudoras, abarcando esta garantía a todos los titulares del contrato, con independencia de que el crédito a compensar con la deuda sea atribuible a uno, a algunos o a todos los titulares. Asimismo, la garantía se extenderá a todas las posiciones de los mismos, incluso las que puedan tener mancomunada o solidariamente con terceros y cualquiera que sea la forma y documentos en que estén representadas, la fecha de su vencimiento, que a este efecto podrá anticipar el Banco y el título de su derecho incluyendo depósitos, valores y fondos de inversión.
ENVÍO DE INFORMACIÓN. Están obligados a enviar la información del Anexo 4: