FINANCIACION. Para sufragar el precio del contrato hay prevista financiación con cargo al presupuesto del año en curso.
FINANCIACION. Recursos Ordinarios
FINANCIACION. Para atender a las obligaciones derivadas del presente contrato, existe crédito presupuestario preciso con cargo a las aplicaciones presupuestarias 93201.22201 y 92002.22201
FINANCIACION. Conforme a lo dispuesto en el artículo 240 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, la financiación de las obras es la siguiente: Orden Xxxxx dictada por el Ilmo. Sr. Diputado Xxxxx del Departamento de Presidencia 573/2011, de 28 de julio, se resolvió conceder al Ayuntamiento de Zaratamo subvención de 150.657,26 euros con cargo al concepto de imprevistos para financiar la reparación de la cubierta del edificio del Ayuntamiento y la del edificio de Asuntos Sociales en el barrio de Arkotxa. Orden Xxxxx dictada por el Ilmo. Sr. Diputado Xxxxx del Departamento de Presidencia 3728/2011, de 2 de diciembre, se resolvió conceder al Ayuntamiento de Zaratamo subvención de 350.000 euros con cargo al concepto de imprevistos para financiar la reparación del estado constructivo y estructural del edificio del Ayuntamiento. El Ayuntamiento de Zaratamo, el resto.
FINANCIACION. Los valores surgidos en la contratación respectiva serán asumidos y cancelados con recursos del presupuesto de la Empresa Social del Estado Hospital Regional xx Xxxxxxxx II nivel de atención para la vigencia 2020, por el rubro 22010398: Otras Compras de Bienes para la Venta, según CDP No. 226 de Fecha 25 de Febrero de 2020 expedido por el profesional universitario de Presupuesto.
FINANCIACION. Este contrato como mínimo no se iniciará antes del 1 de enero de 2015, por tanto la aprobación de este gasto no afecta al presupuesto de este ejercicio. Por ello, este contrato se tramitará según el artículo 110.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, como un expediente de contratación de tramitación anticipada y por tanto, la adjudicación del contrato queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado en dicho momento. No obstante, en principio el contrato se financiará con cargo a la partida 1100.227.452.00.20, siempre y cuando se cumpla lo determinado en el párrafo anterior.
FINANCIACION. Existe consignación presupuestaria suficiente para responder de las obligaciones del Ayuntamiento en este contrato. Asimismo, el órgano competente en materia presupuestaria reservará los créditos oportunos en los presupuestos de los ejercicios futuros que resulten afectados.
FINANCIACION. La adjudicación efectiva del presente contrato quedará sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el presupuesto correspondiente, según lo establecido en el artículo 69.4 del Real Decreto Legislativo 2/2000, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
FINANCIACION. La presente adjudicación no producirá obligación de pago alguna a cargo de la Administración Municipal, haciéndose constar por tanto a los efectos oportunos, que el Ayuntamiento de Guadalajara, no tiene ni está obligado a tener crédito presupuestario disponible de ninguna especie para esta finalidad y no contrae obligación alguna para futuros ejercicios.
FINANCIACION. Las obligaciones derivadas del presente contrato se abonarán con cargo a la partida 3260-22609 del vigente presupuesto municipal, conforme al Certificado de retención de Crédito de fecha 18 xx xxxx de 2017.