Límite de indemnización. El límite máximo de indemnización para esta garantía es el 100% de la Suma Asegurada de Continente y/o Contenido. Filtraciones de aguas pluviales no canalizadas, producidas a través de tejados, azoteas, techos, muros o paredes de cerramiento, que tengan su origen en la propia vivienda, siempre y cuando no sean debidas a defectos y/o vicios de construcción o que tengan su origen en la falta de reparación y conservación de la vivienda y sus instalaciones. El pago de la indemnización quedará supeditado a que: − Se haya subsanado la causa que originó el siniestro y se acredite mediante la presentación de la factura de reparación. − No hubiese ocurrido con anterioridad otro siniestro ocasionado por este motivo en la misma zona de la vivienda. Las reclamaciones de daños derivadas de la entrada de agua a través de aberturas, tales como ventanas, balcones, puertas y techos descubiertos, así como filtraciones a través xx xxxxxxx en mal estado o agrietadas, así como las procedentes del terreno, o de las conducciones subterráneas que discurran por patios y jardines. Filtraciones de agua procedentes de piscinas. Reparación y la localización de las goteras y/o filtraciones. El límite máximo de indemnización, a primer riesgo, es del 100% de la Suma Asegurada para esta cobertura detallada en Condiciones Particulares. Heladas que provoquen roturas en las conducciones privadas de agua aun cuando no se produzcan daños por agua. La reparación de aparatos y grifos, tales como calderas, termos, llaves de paso, lavadoras y similares. Los daños producidos por omisión de las medidas de precaución más elementales, tales como el vaciado de las instalaciones de agua y sus depósitos en lugares donde se puedan alcanzar habitualmente temperaturas de congelación.
Límite de indemnización por evento y en el agregado por la vigencia de la póliza. Deducible: ZMX 127 COBERTURA ADICIONAL DE PÉRDIDA DE BENEFICIOS A CONSECUENCIA DE UN SINIESTRO DE CONSTRUCCIÓN. La Compañía indemnizara al Asegurado- denominado «Principal>> en Ia Parte Descriptiva del Proyecto contenida en las condiciones particulares de esta Póliza -en relación con Ia pérdida de beneficio bruto efectivamente sufrida y debido a Ia reducción del volumen de negocio y/o al incremento de los costos de operación tal como se define en esta cobertura, si en algún momento del período de vigencia de la cobertura, que figura en el Anexo a la misma, alguno o todos los bienes asegurados sufren perdida o daño cubiertos bajo Ias Xxxxxxxxxx A, B y C de la Póliza, causando por ello un entorpecimiento en los trabajos de construcción de obras civiles dando como resultado un retraso en el comienzo y/o entorpecimiento del negocio asegurado, denominado a continuación «el retraso>>, a menos que queden excluidos expresamente en esta cobertura. El importe a indemnizar en este contexto será: - respecto a Ia pérdida de beneficio bruto: Ia cantidad obtenida de multiplicar Ia tasa de beneficio bruto por Ia diferencia que resulte del volumen de negocio que se hubiera conseguido si no se hubiese presentado «el retraso>>, y el volumen de negocio realmente obtenido, ambos referidos al período de indemnización fijado en el Anexo para esta cobertura; - respecto al incremento de los costos de operación: el gasto adicional en el que se incurra necesaria o justificadamente con el sólo propósito de prevenir o disminuir Ia reducción del volumen de negocio que se hubiera presentado sin este gasto, durante el período de indemnización fijado en el Anexo para esta cobertura, pero sin que exceda de Ia suma obtenida al multiplicar Ia tasa de beneficio bruto por Ia pérdida prevenida del volumen de negocio. Si Ia suma asegurada anual de esta cobertura de Ia Póliza es menor a Ia suma obtenida al multiplicar Ia tasa de beneficio bruto por el volumen anual de negocio, Ia suma a indemnizar será reducida en Ia misma proporción.
Límite de indemnización. Hasta el 100% de la Suma Asegurada para cada partida asegurable.
Límite de indemnización. El límite máximo de indemnización para esta cobertura, a cargo del Asegurador, es la cantidad indicada en las Condiciones Particulares de la póliza.
Límite de indemnización. Hasta el 10% de la Suma Asegurada para cada partida asegurable.
Límite de indemnización. El límite máximo de indemnización, a primer riesgo, es del 100% de la Suma Asegurada para esta cobertura detallada en Condiciones Particulares.
Límite de indemnización. En ningún caso, La Aseguradora responderá por un importe superior al valor comercial que tenía el vehículo asegurado al momento inmediato anterior a la ocurrencia del sinestro, ni por un importe mayor a la suma asegurada que indica la póliza.
Límite de indemnización. Responsabilidades y coberturas garantizadas
Límite de indemnización. La Empresa de Xxxxxxx conviene en pagar con respecto a cualquier reclamación amparada en esta Sección en relación con defensa, ajuste y pagos suplementarios:
a) Todas las primas de fianzas para liberar embargos, sin que esto implique obligación por parte de Empresa de Xxxxxxx de conceder dichas fianzas.
Límite de indemnización. De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 6.1. de las Condiciones Generales de la Póliza, se establece un límite máximo por siniestro, asegurado y año, para el conjunto de indemnizaciones, gastos y costas, de 3.000.000, 00 Euros.