PROCEDIMIENTO PARA DAR AVISO Y SOLICITAR LA COBERTURA EN CASO DE SINIESTRO. Los Beneficiarios xx xxxxx, en caso hubiesen sido declarados en la póliza, deberán informar a la Aseguradora el fallecimiento del Asegurado, dentro de los treinta (30) días siguientes de conocida la ocurrencia del fallecimiento o del beneficio. La Aseguradora descontará al (a los) beneficiario(s) xx xxxxx los pagos xx xxxxx en exceso que se puedan haber efectuado con posterioridad al fallecimiento del Asegurado. Para tal efecto, los Beneficiarios xx Xxxxx deberán presentar por única vez lo siguiente:
16.1 Renta Mensual a los Beneficiarios xx Xxxxx: Se deberá presentar la siguiente documentación en original o en certificación de reproducción notarial (antes copia legalizada):
a) Certificado Médico de Defunción del Asegurado.
b) Partida o Acta de Defunción del Asegurado.
c) DNI del (de los) Beneficiario(s) xx xxxxx.
d) El número de cuenta abierta en una institución de crédito y a nombre del menor.
e) Solicitud xx xxxxx a beneficiarios con elección del tipo de pago y N° de cuenta bancaria a abonar o vouchers de las cuentas bancarias de ser el caso. El aviso del siniestro y la solicitud de cobertura deberán ser presentados por escrito en las oficinas de La Aseguradora. Para tal efecto, debe considerarse que la oficina principal de la Aseguradora se encuentra ubicada en Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx N° 370, San Xxxxxx, Lima. Los teléfonos de la Aseguradora son 000-0-000, en la ciudad de Lima y 74-9001, en provincias y el detalle de las oficinas de la Aseguradora a nivel nacional pueden encontrarse en xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx Las acciones derivadas de la presente póliza prescriben en el plazo xx xxxx (10) años desde que ocurrió el siniestro, y para los beneficiarios desde que éste conoce la existencia del beneficio. En caso de Fallecimiento del Asegurado, la Aseguradora tendrá un plazo máximo de treinta (30) días contados desde la recepción completa de los documentos antes indicados, para aprobar o rechazar la solicitud de cobertura; salvo que solicite una prórroga al Beneficiario para realizar nuevas investigaciones y obtener evidencias relacionadas con el siniestro. En caso que el Beneficiario no apruebe la solicitud de prórroga presentada por la Aseguradora, ésta se sujetará al procedimiento establecido para tal efecto en el TUPA de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP’s. En caso que la Aseguradora requiera aclaraciones o precisiones adicionales, respecto a la documentación e información presentada, la Aseguradora podrá realizar tal requerimiento dentro de los p...
PROCEDIMIENTO PARA DAR AVISO Y SOLICITAR LA COBERTURA EN CASO DE SINIESTRO. Se empleará el procedimiento establecido en el Condicionado General.
PROCEDIMIENTO PARA DAR AVISO Y SOLICITAR LA COBERTURA EN CASO DE SINIESTRO. Con la finalidad de proceder con la presente cobertura, se tomará en consideración lo siguiente: - Para cualquier traslado de emergencia se requerirá previamente una coordinación entre el equipo médico de La Positiva con el profesional médico que atiende al Asegurado herido o enfermo, para determinar - según la evaluación de su estado de salud- el medio más idóneo para su traslado (ambulancia aérea o avión de línea comercial autorizada) hasta el centro hospitalario más cercano y apropiado. Luego de validarse la necesidad del traslado de emergencia, el médico tratante deberá coordinar con el médico que recibirá al asegurado según las normas de referencia y contra-referencia del Ministerio de Salud (MINSA). - En el caso que, el traslado se produzca por avión - de línea aérea comercial autorizada por emergencia-, La Positiva asumirá el importe por concepto de reembolso hasta el límite del costo de vuelos comerciales por asiento ocupado, con un máximo de siete asientos (solo por motivos de evacuación) previa coordinación y aprobación de La Positiva. Asimismo, en caso de menores de edad - en calidad de Asegurado - que requiera el traslado de emergencia, La Positiva cubrirá los gastos de transporte (mediante reembolso) de un (01) acompañante o profesional de salud. Los documentos en original requeridos para proceder al traslado son: - DNI del paciente. - Informe médico, centro médico de origen y destino, datos de contacto del médico tratante y del asegurado.
PROCEDIMIENTO PARA DAR AVISO Y SOLICITAR LA COBERTURA EN CASO DE SINIESTRO. Con la finalidad de hacer efectiva la póliza, la solicitud de cobertura de sepelio podrá realizarse por un tercero, quien deberá llamar a la funeraria que figura en el Plan de Beneficios, a la cual le deberá presentar el Certificado de Defunción respectivo en certificación de reproducción notarial (antes “copia legalizada”). El proveedor del Servicio solicitará a La Positiva una Carta de Garantía presentando el Certificado de Defunción y el presupuesto elegido. Cuando la atención es vía reembolso, el asegurado deberá presentar a La Positiva los siguientes documentos en certificación de reproducción notarial (antes “copia legalizada”): - Acta o Partida de defunción original. - Certificado de defunción original con causal de fallecimiento. - Fotocopia del DNI del Beneficiario. - Parte policial Atestado Policial y/o Informe Policial original, según corresponda. - Protocolo de necropsia original, de haberse realizado. - Facturas originales de gastos cubiertos. La Positiva se reserva el derecho de solicitar documentos adicionales, dentro del plazo de 20 días de completada toda la documentación exigida, siempre que estos guarden proporción y relación con el siniestro.
PROCEDIMIENTO PARA DAR AVISO Y SOLICITAR LA COBERTURA EN CASO DE SINIESTRO. Para solicitar cobertura de segunda opinión médica internacional, el asegurado deberá comunicarse con Línea Positiva (teléfono: 000-0000), quién le brindará los requisitos documentarios a presentar (en copias Certificadas), según lo siguiente: - Expediente médico, contiene historia clínica, resumen del médico tratante sobre la condición del asegurado, reporte de exámenes, imágenes diagnósticas originales, y xxxxx de patología (documentos traducidos al idioma inglés). La Positiva Seguros coordinará con el Operador internacional, quién brindará un resumen clínico del caso y recomendaciones.
PROCEDIMIENTO PARA DAR AVISO Y SOLICITAR LA COBERTURA EN CASO DE SINIESTRO. Con la finalidad de proceder con la presente cobertura, se tomará tener en consideración lo siguiente: - El Asegurado solicita su inscripción al programa a través de Línea Positiva al teléfono: 000-0000. - El proveedor asignado por Línea Positiva se encargará de establecer contacto con el(los) afiliado(s) que haya(n) solicitado su inscripción en el PEC para coordinar su primera atención. - Para consultas posteriores el proveedor coordinará el lugar de atención, que podrá ser en su domicilio, en su centro laboral o, en su defecto, en las instalaciones del proveedor.
PROCEDIMIENTO PARA DAR AVISO Y SOLICITAR LA COBERTURA EN CASO DE SINIESTRO. Los asegurados dependientes deberán dar aviso y solicitar a La Positiva la presente cobertura conforme lo estipulado en el Condicionado General. Los asegurados dependientes deberán presentar certificación de reproducción notarial (antes “copia legalizada”) de los siguientes documentos: - Certificado de Defunción - Para el caso de muerte accidental Atestado Policial y Certificado de Necropsia, con resultados toxicológicos. La Positiva podrá solicitar mayor información sobre el siniestro en caso lo considere necesario dentro de los primeros veinte (20) días de los 30 días que dispone para consentir el siniestro.
PROCEDIMIENTO PARA DAR AVISO Y SOLICITAR LA COBERTURA EN CASO DE SINIESTRO. Para atender las solicitudes de cobertura se deberá entregar a La Aseguradora los siguientes documentos en original o en certificación de reproducción notarial (antes copia legalizada): Para la cobertura de Fallecimiento:
a) Certificado Médico de Defunción.
b) Partida o Acta de Defunción del Asegurado. c)DNI del Beneficiario Adicional, de haberlo. d)Historia clínica completa, foliada y fedateada.
PROCEDIMIENTO PARA DAR AVISO Y SOLICITAR LA COBERTURA EN CASO DE SINIESTRO. En caso de requerir atención médica en el extranjero, el Asegurado podrÁ optar por alguna de las modalidades indicadas en el presente subcapítulo. La cobertura se otorgarÁ conforme a las condiciones establecidas en la TABLA DE BENEFICIOS y después de haber alcanzado el
PROCEDIMIENTO PARA DAR AVISO Y SOLICITAR LA COBERTURA EN CASO DE SINIESTRO. Para atender las solicitudes de cobertura se deberá entregar a La Positiva Vida los siguientes documentos en original o en copia legalizada. Muerte Natural Cuando la totalidad de los créditos sean menores o iguales a USD20,000 o su equivalente en moneda nacional: • Documento de identidad del Asegurado. • Certificado de Defunción. • Acta o Partida de Defunción. Adicionalmente,cuando la totalidad de los créditos sean mayores a USD20,000 o su equivalente en moneda nacional: • Historia Clínica foliada y fedateada del Asegurado. • Informes Médicos adicionales y/o ampliatorios a requerimiento de La Positiva Vida. Muerte Accidental Cuando la totalidad de los créditos sean menores o iguales a USD20,000 o su equivalente en moneda nacional: • Los documentos indicados para Muerte Natural. Adicionalmente,cuando la totalidad de los créditos sean mayores a USD20,000 o su equivalente en moneda nacional: • Copia del parte y atestado policial. • Certificado y protocolo de necropsia, de haberse realizado. • Resultado de examen toxicológico y alcoholemia, de haberse realizado. • Dosaje etílico, en caso de accidente de tránsito. Invalidez Total y Permanente por Enfermedad Cuando la totalidad de los créditos sean menores o iguales a USD20,000 o su equivalente en moneda nacional: • Documento de identidad del Asegurado. • Dictamen de Invalidez Total y Permanente (MINSA, ESSALUD, COMEPS, COMAFP, cualesquiera de ellos) en donde se señale el grado de menoscabo y la fecha de ocurrencia. Adicionalmente,cuando la totalidad de los créditos sean mayores a USD20,000 o su equivalente en moneda nacional: • Historia Clínica Foliada y Fedateada (en caso de que el Formato de Declaración Médica no fuese suficiente). • Informes Médicos adicionales y/o ampliatorios. Invalidez Total y Permanente por Accidente Cuando la totalidad de los créditos sean menores o iguales a USD20,000 o su equivalente en moneda nacional: • Los indicados para invalidez total y permanente por enfermedad. Adicionalmente,cuando la totalidad de los créditos sean mayores a USD20,000 o su equivalente en moneda nacional: • Copia del parte y atestado policial. • Dosaje etílico, en caso de accidente de tránsito. • Resultado de examen toxicológico y alcoholemia, de haberse realizado. Indemnización adicional por Xxxxx Xxxxxxxxxxx en caso de fallecimiento de Titular y/o Cónyuge, siempre que el desgravamen sea mancomunado Adicionalmente a los documentos indicados para la cobertura de muerte: • Documento de identidad de los hijos. • ...