MANEJO DE DATOS Cláusulas de Ejemplo

MANEJO DE DATOS. Las partes harán uso responsable de los datos a que tengan acceso únicamente con relación a los servicios objeto del presente contrato garantizando la confidencialidad y debida diligencia en su conservación de conformidad con lo dispuesto en la Ley estatutaria 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013 y demás normas complementarias.
MANEJO DE DATOS. Las partes asumen la obligación constitucional, legal y jurisprudencial de proteger los datos personales a los que accedan y traten con ocasión de este Contrato. Por tanto, deberán adoptar las medidas que le permitan dar cumplimiento a lo dispuesto por las Leyes 1581 de 2012 y 1266 de 2008, ésta última en lo que le sea aplicable. Consecuencia de esta obligación legal, entre otras, deberán adoptar las medidas de seguridad de tipo tecnológico, administrativo y físico, acorde a la criticidad de la información personal a la que acceden, para garantizar que este tipo de información no será usada, comercializada, cedida, transferida y/o no será sometida a cualquier otro tratamiento contrario a la finalidad comprendida en lo dispuesto en el objeto del presente Contrato. Así mismo deberán adoptar las políticas y/o normas que consignen las directrices a sus empleados sobre el uso de la información personal que tratará por cuenta xx XXXXX y el procedimiento de Habeas Data requerido para que los titulares de los datos puedan ejercer sus derechos. En esta materia capacitarán a sus empleados y colaboradores, e Informarán a la otra parte las modificaciones que adopten en su política de privacidad, así como en el canal de habeas data con el fin de que esta información pueda ser actualizada en el Registro Nacional de bases de datos que gestiona la autoridad de control – SIC. Cuando la información personal de los trabajadores del CONTRATISTA sea indispensable para la ejecución del objeto contratado, EL CONTRATISTA deberá obtener la autorización de sus dependientes; por tanto, la recepción de tal información por XXXXX se hace bajo en entendido de que EL CONTRATISTA cumplió con tal obligación. Así mismo, informará a sus empleados que en determinados casos la ley puede exigir la entrega de su información personal a terceros. Las partes indemnizarán los perjuicios que lleguen a causar a la otra parte como resultado del incumplimiento de las leyes 1581 de 2012 y 1266 de 2008, aplicables al tratamiento de la información personal, así como por las sanciones que llegaren a imponerse por violación de estas. XXXXX informa a EL CONTRATISTA que en Colombia configura delito el tratamiento no autorizado de datos personales, según lo dispuesto en el artículo 269 F de la ley 1273 de 2009. Las Partes reconocen el derecho recíproco que tienen de auditar el cumplimiento de esta obligación de protección de datos personales; en este sentido, autorizan el ingreso y/o acceso de los funcionarios ...
MANEJO DE DATOS. Las PARTES conocen y aceptan que el contratante con la realización del pago del producto SOY CLICKERO a favor de la compañía, autorizará de forma previa, libre, expresa e informada a PREVER PREVISIÓN GENERAL S.A.S., sociedad comercial identificada con NIT 900.662.390-2, con domicilio en la ciudad de Bogotá, Colombia, en condición RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES, para que recolecte, almacene, use, procese, suprima, transmita y/o transfiera a terceros mis datos personales, para realizar los siguientes tratamientos a mis datos de carácter personal: 1.- Registrarlo como cliente de PREVER PREVISIÓN GENERAL S.A.S. 2.- Actualizar sus datos en los sistemas de información de PREVER PREVISIÓN GENERAL S.A.S. 3.- Dar cumplimiento y seguimiento a las obligaciones contraídas por el TITULAR con PREVER PREVISIÓN GENERAL S.A.S. 4.- Proveer, procesar, completar y dar seguimiento a los servicios y productos adquiridos por el TITULAR a PREVER PREVISIÓN GENERAL S.A.S. 5.- Realizar labores de facturación. 6.-Ofrecer y prestar servicios de asistencia, seguros y exequiales. 7.- Realizar encuestas de servicio y ofrecer o promover productos o servicios propios o de terceros.
MANEJO DE DATOS. Si el Cliente divulga a SISW cualquier información que (i) sea Información sobre Defensa Cubierta o Información No Clasificada Controlada según lo definido en las regulaciones del Gobierno de EE. UU., o bien (ii) esté sujeta a las Leyes de Exportación que requieran un manejo de datos controlado, el Cliente notificará al personal de SISW antes de cada instancia de divulgación y utilizará las herramientas y métodos de notificación especificados por SISW.
MANEJO DE DATOS. El Remitente acuerda que UPS y otras compañías del grupo de compañías de UPS en todo el mundo (i) pueden usar los datos proporcionados por el Remitente para fines que incluyen el suministro de servicios, productos y soporte de UPS; el manejo de pagos, reclamos, solicitudes y cuentas de UPS del Remitente; la comunicación con el Remitente para proporcionar actualizaciones de seguimiento e información sobre eventos especiales, encuestas, concursos, ofertas, promociones, productos y servicios; el suministro de publicidad que pueda adaptarse a los intereses del Remitente; la operación, evaluación, protección y mejora del negocio de UPS; la facilitación del uso por parte del Remitente de los blogs y las redes sociales de UPS; la realización de análisis de datos; el monitoreo y reporte de problemas de cumplimiento, entre ellos, la identificación y protección contra actividades ilegales, Tarifas/Términos y Condiciones del Servicio de UPS® – Estados Unidos reclamos u otras responsabilidades; la ejecución, el establecimiento y la defensa de reclamos legales; y el cumplimiento con las políticas y obligaciones legales de UPS, y (ii) pueden transferir los datos proporcionados por el Remitente a países que no sean el país en el que se entrega el Envío para servicio. El Remitente también acepta que UPS puede compartir los datos proporcionados por el Remitente con terceros, incluidos proveedores de servicios, afiliados, revendedores, socios de comercialización conjunta, franquiciados, contactos del Remitente a solicitud del Remitente, agencias gubernamentales y otros terceros, como remitentes, destinatarios y terceros pagadores. UPS también puede divulgar los datos proporcionados por el Remitente para cumplir con una obligación legal, cooperar voluntariamente con la policía u otras autoridades públicas o gubernamentales, para evitar daños o pérdidas en relación con actividades ilegales sospechosas o reales, y en el caso de UPS venda o transfiera todos o algunos de sus negocios o activos. UPS no se responsabiliza por las prácticas de privacidad de los lugares, los sitios, las plataformas o los servicios que no sean de UPS.
MANEJO DE DATOS. LAS PARTES autorizan que de acuerdo con la política de tratamiento de información personal de cada una, la parte receptora conserve su información dentro de la base de datos que para el efecto ha sido dispuesta y que haga uso de la misma para los precisos fines definidos en dicha política, esto dando cumplimiento de lo previsto en la Ley 1581 del 2012 y el Decreto 1377 de 2013. Así mismo, las partes autorizan suministrar, transferir su información y la de terceros que llegare a entregarle, a sociedades matrices, subordinadas o filiales o parte del Grupo empresarial al que pertenece y/o a terceras personas naturales o jurídicas, con la misma finalidad en el marco de este Acuerdo de Confidencialidad. PARAGRAFO: Así mismo, las partes garantizan que cuentan con las autorizaciones necesarias por parte de los terceros titulares, para el traslado, transferencia y manejo de datos de la información de éstos que va suministrar a la otra parte para los fines objeto de la relación en el marco del presente acuerdo, conforme a la normatividad vigente y a su manejo y tratamiento con base en las políticas de éste, de tal manera que al momento del cumplimiento del objeto del contrato, se encuentre autorizado a entregar la información de cada uno de los terceros, que suministra a la otra parte.
MANEJO DE DATOS. En cumplimiento de la Norma de Protección de Datos Personales adoptada por LA COOPERATIVA DE HOSPITALES DE ANTIOQUIA - XXXXX, en adelante XXXXX, EL
MANEJO DE DATOS. EMPRESA y LA UNIVERSIDAD, efectuaran cumplimiento a las disposiciones establecidas en la Ley 1581 de 2012 y Decretos reglamentarios, sobre Tratamiento de Datos Personales. Las mismas se autorizan recíprocamente para el manejo de sus datos durante la vigencia del Contrato, para procesar, reportar, conservar, o consultar, con fines estadísticos, de control o supervisión, cualquier información de carácter financiero, comercial, crediticio o de servicios del mismo, teniendo en cuenta las normas vigentes sobre la materia. En cualquier caso, entendemos que se podrá hacer uso del derecho a conocer, actualizar, rectificar o suprimir los datos o a revocar esta autorización mediante el envío de una comunicación escrita a los correos: 31.1. EMPRESA: xxxxxxxxxx.xxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx 31.2. LA UNIVERSIDAD: xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx

Related to MANEJO DE DATOS

  • Tratamiento de Datos En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento general de protección de datos, los licitadores quedan informados de que los datos de carácter personales que, en su caso, sean recogidos a través de la presentación de su oferta y demás documentación necesaria para proceder a la contratación serán tratados por este Ayuntamiento con la finalidad de garantizar el adecuado mantenimiento, cumplimiento y control del desarrollo del contrato.

  • PROTECCION DE DATOS Todas las PARTES, en la medida en que traten datos de carácter personal de los sujetos del ENSAYO, deberán tomar las medidas oportunas para protegerlos y evitar el acceso a los mismos por parte de terceros no autorizados. Las PARTES quedan obligadas a la más estricta observancia de lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016 y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Asimismo, dicha legislación será aplicable a los datos personales contenidos en el presente contrato. Si fuera preciso las PARTES formalizarán los acuerdos necesarios para garantizar el cumplimiento de dichas obligaciones legales. El HOSPITAL, el INVESTIGADOR PRINCIPAL y la FUNDACIÓN tratarán adecuadamente los datos personales de los sujetos que participen en el ENSAYO de forma que no puedan ser identificados por el PROMOTOR y CRO (si procede). Únicamente accederán a datos personales de los sujetos del ENSAYO, en los que estos estén identificados, en la medida que lo permita el consentimiento informado y en el ejercicio de sus funciones profesionales, los monitores y/o representantes designados por el PROMOTOR y CRO (si procede), auditores y autoridades competentes. Las PARTES firmantes del presente contrato, se obligan mutuamente a: • Acceder a los datos de carácter personal únicamente cuando sea imprescindible para el buen desarrollo del proyecto • Tratar los datos con la única finalidad de dar cumplimiento al objeto del contrato • Si cualquiera de las partes considera que otra infringe el RGPD, la LOPDGDD, o cualquier otra disposición en materia de protección de datos de la Unión o de los estados miembros, informará inmediatamente a las otras, con el fin de proceder a su rápida subsanación. • Asumir la responsabilidad que corresponda en caso de que destine los datos otra finalidad distinta del cumplimiento del objeto del presente contrato, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones de la normativa vigente, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente. • No permitir el acceso a los datos de carácter personal a ningún empleado de su responsabilidad que no tenga la necesidad de conocerlos para la prestación de los servicios. • No revelar, transferir, ceder o de otra forma comunicar los datos de carácter personal, ya sea verbalmente o por escrito, por medios electrónicos, papel o mediante acceso informático, ni siquiera para su conservación, a ningún tercero, salvo que exista autorización o instrucción previa para ello. • Mantendrá un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas en cumplimiento del presente contrato, que contenga la información exigida por el artículo 30.2 del RGPD y 31 de la LOPDGDD. • Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales. • Darse apoyo mutuamente en la realización de las evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos, cuando proceda. • Darse apoyo mutuamente en la realización de las consultas previas a la Autoridad de Control, cuando proceda. • Poner a disposición de la otra parte toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones, así como para la realización de las auditorías o las inspecciones que realice la otra parte con la finalidad de verificar el correcto cumplimiento del presente contrato. • Adoptar y aplicar las medidas de seguridad estipuladas en el presente contrato, conforme lo previsto en el artículo 32 del RGPD, que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que estén expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural. • Designar un delegado de protección de datos y comunicar su identidad y datos de contacto a la otra parte, así como cumplir con todo lo dispuesto en los artículos 37, 38 y 39 del RGPD, y 35 a 37 de la LOPDGDD. • En caso de que cualquiera de las partes deba transferir o permitir acceso a datos personales responsabilidad de la otra a un tercero en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados miembros que le sea aplicable, informará a la otra de esa exigencia legal de manera previa, salvo que estuviese prohibido por razones de interés público. • En caso de que el tratamiento incluya la recogida de datos personales, se establecerán los procedimientos correspondientes a la recogida de los datos, especialmente en lo relativo a la identificación fehaciente de usuarios, al deber de información y, en su caso, la obtención del consentimiento de los afectados, garantizando que estas instrucciones cumplen con todas las prescripciones legales y reglamentarias que exige la normativa vigente en materia de protección de datos. • Supervisar el tratamiento y el cumplimiento de la normativa de protección de datos por la otra parte.

  • PROTECCIÓN DE DATOS Ambas partes manifiestan y garantizan el cumplimiento de las obligaciones legales que les corresponden en materia de protección de datos de carácter personal de conformidad con lo previsto en la normativa de protección de datos vigente en cada momento, habiendo adoptado las medidas necesarias de seguridad, confidencialidad e integridad de los datos personales con el objeto de evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable. En cumplimiento de la normativa de aplicación en materia de protección de datos, la FEMP, manifiesta y garantiza el cumplimiento de las obligaciones legales que le corresponden en materia de protección de datos de carácter personal e informa a los licitadores que los datos personales que facilita en el marco del presente procedimiento serán tratados por FEMP como responsable del tratamiento con la finalidad de llevar a cabo todas las acciones necesarias para la gestión del expediente y tramitación del procedimiento de contratación. La base legal para el tratamiento de los datos es el desarrollo de la relación precontractual así como el cumplimiento de una obligación legal. Los datos proporcionados serán conservados por el tiempo que resulte necesario a efectos de garantizar el cumplimiento de las obligaciones legales que corresponden a la FEMP. Los datos podrán ser comunicados a organismos públicos, administraciones y otras autoridades o/y organismos gubernamentales competentes relevantes (tanto nacionales como autonómicas), para los fines antes indicados. Mediante la participación en el presente procedimiento, los licitadores manifiestan y garantizan haber cumplido el deber de información y de obtención del consentimiento de los titulares de los datos personales que, en el marco del presente procedimiento, puedan llegar a comunicar a la FEMP con ocasión de la gestión del expediente y tramitación del procedimiento de contratación. Los titulares de los datos personales podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición así como los contenidos en el Capítulo III del Reglamento (UE) 2016/679) por medio de carta dirigida a la FEMP, xxxxx Xxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxxx o a la dirección de correo xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xx , si bien, en el encabezamiento se deberá añadir el título “protección de datos”, y la comunicación deberá acompañarse de una fotocopia del DNI, por tratarse de un derecho personalísimo. En el supuesto en el que el adjudicatario, como consecuencia de la prestación de los servicios objeto del presente concurso tuviese acceso a datos personales responsabilidad de la FEMP, el contrato que suscriban ambas partes incluirá la correspondiente cláusula de acceso a datos. En tal caso, el adjudicatario tendrá la consideración de encargado del tratamiento, quedando obligado al cumplimiento de lo dispuesto la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en el resto de la normativa que resulte de aplicación a la protección de datos de carácter personal, en los términos indicados en la Disposición Adicional Vigésimo Quinta de la LCSP.

  • Complementos de puesto de trabajo Son aquellos complementos salariales que debe percibir el trabajador por razón de las características del puesto de trabajo o por la forma de realizar su actividad profesional, que compone conceptuación distinta del trabajo corriente. Se considerarán complementos de puesto de trabajo, entre otros, los de penosidad, toxicidad, peligrosidad o nocturnidad. Estos complementos son de naturaleza funcional, y su percepción depende exclusivamente del ejercicio de la actividad profesional en el puesto asignado, por lo que, como regla general, no tendrá carácter consolidable.

  • Ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta La Garantía de Seriedad de Propuesta, en caso de haberse solicitado, será ejecutada cuando: El proponente decida retirar su propuesta con posterioridad al plazo límite de presentación de propuestas. Se compruebe falsedad en la información declarada en el Formulario de Presentación de Propuestas (Formulario A-1). Para la formalización de la contratación, mediante Contrato u Orden de Servicio, la documentación presentada por el proponente adjudicado, no respalde lo señalado en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1). El proponente adjudicado no presente para la formalización de la contratación, mediante Contrato u Orden de Servicio uno o más de los documentos señalados en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1), salvo que hubiese justificado oportunamente el retraso por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad. El proponente adjudicado desista, de manera expresa o tácita, de formalizar la contratación, mediante Contrato u Orden de Servicio, en el plazo establecido, salvo por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad.

  • ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento. El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

  • EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

  • CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS (art. 196 LCSP). 23.1.- El contratista queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato en los términos previstos en la cláusula 8 del presente pliego. 23.2.- Si llegado el final del plazo establecido, el contratista hubiere incurrido en demora, por causa imputable al mismo, la Administración podrá optar indistintamente, por la resolución del contrato, con pérdida de la garantía constituida, o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. Esta misma facultad tendrá la Administración respecto al incumplimiento por parte del contratista de los plazos parciales o cuando la demora en el cumplimiento de aquéllos haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total. 23.3.- La imposición de penalidad no excluye la indemnización a que pueda tener derecho la Administración por los daños y perjuicios ocasionados por el retraso imputable al contratista. 23.4.- La constitución en xxxx del contratista no requerirá intimación previa por parte de la Administración. 23.5.- Si se produjera retraso en el cumplimiento de los plazos por causas no imputables al contratista, la Administración podrá a petición de éste o de oficio, conceder la prórroga por un tiempo igual al tiempo perdido, salvo que el contratista solicite otro menor, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 197.2 de la LCSP.

  • Tratamiento de datos personales De conformidad con lo establecido en la Ley de Protección de Datos Personales y su Reglamento, el Asegurado queda informado y da su consentimiento libre, previo, expreso, inequívoco e informado, para el tratamiento y transferencia, nacional e internacional, de sus datos personales al banco de datos de titularidad de La Positiva, ubicado en su domicilio indicado en la presente póliza. La Positiva utilizará estos datos, conjuntamente con otros que se pongan a disposición durante la relación comercial, y con aquellos obtenidos en fuentes accesibles al público, con la finalidad de analizar y manejar los riesgos materia del aseguramiento, gestionar la contratación y seguimiento de pólizas de seguros y evaluar la calidad del servicio. Asimismo, La Positiva utilizará los datos personales con fines publicitarios y comerciales a fin de remitir al Asegurado información sobre productos y servicios en el mercado financiero y de seguros que considere de su interés. El Asegurado reconoce y acepta que La Positiva podrá encargar el tratamiento de los datos personales a un tercero, y que se podrá realizar un procesamiento automatizado o no con dichos terceros por temas técnicos o comerciales. Los datos proporcionados serán incorporados, con las mismas finalidades a las bases de datos de empresas subsidiarias, filiales, asociadas, afiliadas o miembros del Grupo Económico al cual pertenece y/o terceros con los que éstas mantengan una relación contractual. Los datos suministrados por el Asegurado son esenciales para las finalidades indicadas. Las bases de datos donde se almacena la información cuentan con estrictas medidas de seguridad. En caso el Asegurado decida no proporcionarlos, no será posible la prestación de servicios por parte La Positiva. Conforme x xxx, el Asegurado está facultado a ejercer los derechos de información, acceso, rectificación, supresión o cancelación y oposición que se detallan en xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx, mediante el procedimiento que se indica en dicha dirección electrónica.

  • Cumplimiento de las Ofertas 30.1 Para determinar si la oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador se basará en el contenido de la propia oferta. 30.2 Una oferta que se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones estipuladas en dichos documentos sin desviaciones importantes, reservas u omisiones. Una desviación importante, reservación u omisión es aquella que: (a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de los Bienes y Servicios Conexos especificados en el Contrato; o (b) limita de una manera sustancial, contraria a los Documentos de Licitación, los derechos del Comprador o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o (c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes que presentan ofertas que se ajustan sustancialmente a los Documentos de Licitación. 30.3 Si una oferta no se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, deberá ser rechazada por el Comprador y el Oferente no podrá ajustarla posteriormente mediante correcciones de desviaciones importantes, reservaciones u omisiones.