Instalaciones especiales. -Cada dos meses:
Instalaciones especiales. 1. En aquellos centros especiales de CRTVE, en que no sea posible, por las peculiaridades de su emplazamiento y climatología, observar el régimen general de jornadas y horarios, CRTVE podrá mantener, de acuerdo con el personal afectado, y durante todo el año o en los meses en que sea preciso, algunos de los siguientes sistemas:
a) Trabajo durante un día en el centro emisor, en jornada máxima de quince horas, sin obligación de pernoctar en el centro, y con derecho a licencia durante los dos días inmediatos al de realización del servicio, en cuantía necesaria para cumplir el promedio semanal de jornada laboral general de este convenio. cve: BOE-A-2014-945
b) Trabajo y permanencia en el centro emisor, con pernocte en el mismo, durante períodos de tres o cinco días, con derecho a licencia en los días inmediatos en la cuantía necesaria para cumplir el promedio semanal de jornada laboral general de este convenio. La jornada de trabajo efectivo durante el período de permanencia será discontinua, permitiendo al personal el descanso nocturno. El período de permanencia nocturna, sin trabajo efectivo, sólo se contabiliza a efectos de jornada cuando CRTVE obligue a dicha permanencia y pernocte.
c) Trabajo y permanencia en el centro emisor, de hasta veinticuatro horas continuadas, seguidas de tres días completos de licencia. La jornada de trabajo, por ser discontinua, se considera extendida a todo el tiempo de permanencia del trabajador en el centro, y tendrá la cuantía necesaria para atenerse al general promedio semanal de jornada laboral de este convenio. Tales regímenes especiales no serán de aplicación al mando orgánico o responsable del centro.
2. Xxxxxxx observen aIguno de Ios regímenes especiaIes citados en eI número 1 disfrutarán de un día libre más sobre los reseñados anteriormente, por cada número de días festivos no dominicales igual al número de turnos de trabajo establecidos. Este descanso se observará en el primer o segundo turno inmediato a aquel período, y de no poderse disfrutar, se compensará o incrementará el período anual de vacaciones.
3. La vacación anual reglamentaria del personal sujeto a alguno de los regímenes mencionados en el número 1, se concretará en la exención de servicio durante un número de días igual al cociente de dividir el período total de vacaciones retribuidas entre el número de turnos de trabajo del centro con derecho a los días de descanso sucesivos como si efectivamente se hubiera trabajado. En igual proporción se concretará e...
Instalaciones especiales. Voz y datos.
Instalaciones especiales. Los Miembros pagarán los gastos derivados de cualquier instalación especial necesaria para cumplir con sus solicitudes particulares del servicio, las cuales no incluyen los voltajes estándar para poder contar con una regulación de voltaje más cercana que la que solicitan las prácticas comunes de la Cooperativa, o cualquier otra instalación especial que la Cooperativa no considere general. Dichas instalaciones deben contar con aprobación previa de la Cooperativa.
Instalaciones especiales. El futuro contratista deberá seguir las indicaciones de los documentos técnicos para las instalaciones, los cuales se encuentran en el paquete técnico de planos y especificaciones:
Instalaciones especiales. El Director Responsable de Obra, y en su caso, el Corresponsable en Instalaciones deben cumplir con lo dispuesto en la Normas Oficiales Mexicanas aplicables a las Instalaciones Especiales y deben establecer en la Memoria Descriptiva los criterios, normas y especificaciones consideradas en su diseño.
Instalaciones especiales. En los locales que por sus condiciones lo requieran (talleres, salas de técnicas especiales, etc…) se exigirá instalación antideflagrante o estanca según caso con los tubos, luminarias y mecanismos adecuados a este tipo de instalación.
Instalaciones especiales. M-1 Gases a Presión. Almacén de Gases
Instalaciones especiales. J-1) GASES A PRESIÓN-ALMACÉN DE GASES
Instalaciones especiales entendiendo como tales, el conjunto de instalaciones de quirófanos, UCI, paritorios, salas especiales y locales de alto riesgo, incluyendo todos sus equipos y elementos de protección, control, aislamiento, filtros especiales y cualquier otro que fuese necesario para su correcto funcionamiento.