PARTIDAS ALZADAS A JUSTIFICAR Cláusulas de Ejemplo

PARTIDAS ALZADAS A JUSTIFICAR. P-5 P.A. Supervisión arqueológica ANEXO I. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA 41 ANEXO II. MODELOS DE GARANTÍA PROVISIONAL 42 ANEXO III. CONTRATO 44 A) MODELO DE AVAL BANCARIO B) MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
PARTIDAS ALZADAS A JUSTIFICAR. En el proyecto se han definido las siguientes partidas alzadas a justificar que serán abonadas al contratista por la ejecución de las actividades que en ellas se contemplan siempre que esté totalmente justificada. PA.0001 MANTENIMIENTO Y PROTECCIÓN DE CANALIZACIÓN DE GAS MEDIANTE LOSA DE HORMIGÓN ARMADO DE 2 METROS DE ANCHO SI FUERA POSIBLE (1M A CADA LADO) POR 0.20 M DE GROSOR Y EN TODA SU LONGITUD, SIGUIENDO LAS INDICACIONES DE LA EMPRESA SUMINISTRADORA. INCLUIDOS LOS TRABAJOS DE MONTAJE Y DESMONTAJE, MATERIALES AUXILARES Y CARGA Y TRANSPORTE DE MATERIAL SOBRANTE A GESTOR AUTORIZADO HASTA UNA DISTANCIA DE 60 km. PA.0002 MANTENIMIENTO Y PROTECCIÓN DE SERVICIOS DE AGUA MEDIANTE APEO DURANTE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRA Y POSTERIOR COLOCACIÓN EN SU POSICIÓN ORIGINAL. INCLUIDOS LOS TRABAJOS DE MONTAJE Y DESMONTAJE, MATERIALES AUXILARES Y CARGA Y TRANSPORTE DE MATERIAL SOBRANTE A GESTOR AUTORIZADO HASTA UNA DISTANCIA DE 60 km. PA.0003 PARTIDA ALZADA A JUSTIFICAR DE MANTENIMIENTO DE TRÁFICO DURANTE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS. INCLUYE TODOS LOS ELEMENTOS DE SEÑALIZACIÓN, SU PUESTA EN OBRA Y POSTERIOR RETIRO.
PARTIDAS ALZADAS A JUSTIFICAR. En caso de ser necesaria la realización de trabajos con cargo a una partida alzada a justificar durante la ejecución del contrato, se procederá a su valoración a partir de la medición de los trabajos realmente ejecutados por el adjudicatario del contrato y mediante la aplicación de las siguientes bases de precios: a) Mediante la aplicación de los precios unitarios incluidos en el cuadro de precios adjunto al PPT, que serán afectados por la baja media ofertada por el Contratista, entendida ésta como la relación entre el precio final global ofertado por el contratista que resulte adjudicatario para la totalidad de las prestaciones (presupuesto de adjudicación) y el presupuesto base de licitación sin IVA. Los precios unitarios incluidos en el PPT incluyen los conceptos de costes indirectos, gastos generales y beneficio industrial. b) En defecto de lo anterior, se obligará al contratista a justificar el precio de la partida (precio xx xxxxxxx), y se abonará a partir del importe reflejado en las facturas abonadas por el Contratista, sin que el importe resultante se vea sujeto a incremento o decremento alguno, esto es, no se verá afectado por baja alguna ni tampoco por el concepto de gastos generales y beneficio industrial. Los trabajos que se refieran a una única actuación podrán ser valorados, si fuera el caso, mediante ambas maneras (una parte de los trabajos con la base de precios y otra con factura). Para que ACUAMED proceda al abono de una actuación englobada en una partida alzada a justificar, será necesario seguir el procedimiento descrito a continuación, excepto que la urgencia de la actuación obligue a realizar trabajos inmediatos para garantizar el funcionamiento de la infraestructura frente a una avería: Previamente a la realización de la actuación, con la antelación suficiente, el adjudicatario presentará a ACUAMED el correspondiente “Informe de aprobación del gasto”, el cual contendrá la siguiente documentación: • Descripción y necesidad de la actuación que se propone ejecutar, aportando la especificación técnica de los materiales que se hubieran de suministrar y los medios humanos (si fuera el caso) que se emplearían, especificando si estos forman parte o no del equipo ya adscrito al contrato. Se indicará, asimismo, el plazo aproximado de ejecución. • Valoración estimada de la actuación. La forma de realizar esta estimación variará en función de la naturaleza de la actuación. Para calcularla se utilizará la base de datos de precios unitarios que s...
PARTIDAS ALZADAS A JUSTIFICAR. En el presupuesto del apéndice 1 se incluye un capítulo de Partidas alzadas a justificar. A continuación se relacionan las diferentes partidas del mismo, describiendo a qué hace referencia cada una de ellas, sin que esta descripción tenga carácter limitativo respecto al alcance final de las mismas. Obedecen a actuaciones que no es posible valorar en el momento de redacción del presente Xxxxxx: Con el importe que se indica en el Presupuesto, esta partida tiene la finalidad de abonar aquellos trabajos inicialmente no previstos que hubiera que acometer a consecuencia de causas sobrevenidas y todos aquellos que tengan que ver con el mantenimiento correctivo de cualquier parte de las infraestructuras y cuyo importe fuera superior a 1.500 €, pues los de coste inferior se encuentran ya incluidos en el precio del Contrato. Dentro de esta partida se incluirán también los trabajos correspondientes a la obra civil e instalaciones de los túneles de Barxeta y Xxxxxxx. Entre ellos, y sin que tenga carácter limitativo: reparación y sellado de pequeñas fisuras existentes en los anillos de dovelas prefabricadas de ambos túneles, reposición de juntas de dilatación y construcción en el túnel de Barxeta, mantenimientos correctivos en los suministros de energía eléctrica al interior de ambos túneles, así como en los grupos de bombeo de achique existentes… - Seguimiento analítico para el control de la presencia del mejillón cebra en las infraestructuras del trasvase, del seguimiento del funcionamiento de la depuradora xxx Xxxxxx y otros análisis especiales a realizar a las aguas. Con la finalidad de abonar el coste de los siguientes ensayos: o Aquellos que se propongan en el Plan de control de calidad y cantidad del agua trasvasada, que debe redactar el adjudicatario y ser aprobado por Acuamed, y que no se refieran a las dos unidades que aparecen en el capítulo “Medios materiales y análisis”. o Los que sean necesarios para una correcta explotación de la pequeña depuradora compacta existente en las instalaciones de la estación de bombeo xx Xxxxxx, para cumplir la autorización de vertido emitida por la Confederación Hidrográfica del Júcar. o Todos los que sean necesarios para seguir la evolución del mejillón cebra en el interior de la infraestructura. o Todos aquellos otros que pudieran surgir durante la vida del contrato y que fueran necesarios para garantizar la calidad del agua tomada en el río Júcar y que se transporta por la conducción. - Eliminación, limpieza y retirada has...
PARTIDAS ALZADAS A JUSTIFICAR. P-11.- P.A. Supervisión de los proyectos e Informes Previos. P-12.- P.A. Asesorías Específicas P-13.- P.A. Gestión de servicios afectados P-14.- P.A. Control del equipamiento electromecánico P-15.- P.A. Control de las pruebas de explotación P-16.- P.A. Elaboración del proyecto del “Estado Final de las Obras” (incluyendo los Planos “as built”) y el informe final de la obra Asimismo, los ofertantes deberán tener en cuenta a la hora de calcular los costes imputables a la presente Asistencia, los de visado de los trabajos incluidos en la misma. ANEXO I. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA 69 ANEXO II. MODELOS DE GARANTÍA PROVISIONAL 70 ANEXO III. CONTRATO 73 A) MODELO DE AVAL BANCARIO B) MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN

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  • INFORMACIÓN SOBRE EL RECURSO A LA CAPACIDAD DE OTRAS ENTIDADES Recurso Respuesta En caso afirmativo, facilítese un formulario DEUC separado por cada una de las entidades consideradas que recoja la información exigida en las secciones A y B de esta parte y en la parte III, debidamente cumplimentado y firmado por dichas entidades. Se incluirá también aquí el personal técnico o los organismos técnicos que no estén integrados directamente en la organización del operador económico, especialmente los responsables del control de la calidad. Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en la parte IV por cada una de las entidades de que se trate13.

  • Disposiciones no afectadas La aplicación de las medidas establecidas en este Capítulo no afectará las obligaciones del Prestatario establecidas en este Contrato, las cuales quedarán en pleno vigor, salvo en el caso de vencimiento anticipado de la totalidad xxx Xxxxxxxx, en cuya circunstancia sólo quedarán vigentes las obligaciones pecuniarias del Prestatario.

  • OBLIGACIÓN GARANTIZADA Esta póliza de fianza garantiza el debido cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones y estipulaciones contenidas en el contrato indicado en esta póliza y en sus convenios modificatorios cuando no rebasen el porcentaje de ampliación indicado en la cláusula siguiente, aún y cuando parte de las obligaciones se subcontraten. La fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el Contrato.

  • Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones El contratista estará obligado, salvo que el órgano de contratación decida gestionarlo por sí mismo y así se lo haga saber de forma expresa, a gestionar los permisos, licencias y autorizaciones establecidas en las ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro organismo público o privado que sean necesarias para el inicio, ejecución y entrega del suministro, solicitando de la Administración los documentos que para ello sean necesarios.

  • Vinculación a la totalidad Las condiciones pactadas en este convenio forman un todo orgánico e indivisible y, a efectos de su aplicación práctica, serán consideradas globalmente.

  • Protección a la maternidad La evaluación de riesgos a que se refiere el artículo 16 de la LPRL deberá comprender la determinación de la naturaleza, el grado y duración de la exposición de las trabajadoras en situación de embarazo o parto reciente a agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que puedan influir negativamente en la salud de las trabajadoras o del feto, en cualquier actividad susceptible de presentar un riesgo específico. Si los resultados de la evaluación revelasen un riesgo para la seguridad y la salud o una posible repercusión sobre el embarazo o la lactancia de las citadas trabajadoras, el empresario adoptará las medidas necesarias para evitar la exposición a este riesgo, mediante una adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo de la trabajadora afectada. Dichas medidas incluiran, cuando resulte necesario, la no realización de trabajo nocturno o a turnos. Cuando la adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo no sea posible o, a pesar de tal adaptación, las condiciones de trabajo pudiesen influir negativamente en la salud de la trabajadora embarazada o del feto, y así lo certifiquen los servicios médicos del INSS o de las Mutuas de AT y EP, en su caso, con el informe favorable del médico del Sistema Nacional de Salud que asista facultativamente a la trabajadora, ésta deberá ocupar un puesto de trabajo o función diferente compatible con su estado. Las empresas deberán determinar, previa consulta con los representantes de los trabajadores la relación de los puestos de trabajo exentos de riesgo a estos efectos. En caso de no existir, aún aplicando las reglas anteriores, puesto de trabajo o función compatible dentro del grupo profesional de la trabajadora, ésta podrá ser destinada a un puesto no correspondiente a su grupo o categoría equivalente, si bien conservará el derecho al conjunto de retribuciones de su puesto de origen. Si este cambio de puesto de trabajo no fuera posible, podrá declararse el paso de la trabajadora afectada a la situación de suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo, contemplada en el artículo 45.1.d) del Estatuto de los Trabajadores, durante el período necesario para la protección de su seguridad o salud o la del feto, mientras persista la imposibilidad de reincorporación a su puesto anterior o a otro compatible con su estado. Lo dispuesto en los anteriores apartados también será de aplicación durante el período de lactancia, si las condiciones de trabajo pudiesen influir negativamente en la salud de la mujer o del hijo y así lo certificase el médico del Sistema Nacional de Salud que asista facultativamente a la trabajadora.

  • DERECHOS DEL CLIENTE a) El Cliente tendrá garantizado el secreto de las comunicaciones previsto en el artí- culo 18.3 de la Constitución, en la Ley General de Telecomunicaciones y en toda la normativa de desarrollo que resulte de aplicación. Para ello, Xxxxx’x deberá adoptar las medidas técnicas que se exijan por la normativa vigente. b) El Cliente tendrá derecho a ser indemnizado cuando sufra interrupciones tempo- rales del servicio telefónico disponible al público, con una cantidad que será igual a la mayor de las dos siguientes: (I) El promedio del importe facturado por todos los servicios interrumpidos durante los 3 meses anteriores a la interrupción, prorrateado por el tiempo que haya durado la interrupción. En caso de una antigüedad inferior a 3 meses, se atenderá al importe de la factura media en las mensualidades completas efectuadas, o a la que se hu- biese obtenido en una mensualidad estimada de forma proporcional al período de consumo efectivo realizado. (II) 5 veces la cuota mensual de abono vigente en el momento de la interrupción, prorrateado por el tiempo de duración de ésta. Xxxxx’x aplicará automáticamente la compensación que proceda en la factura co- rrespondiente al período de facturación inmediatamente siguiente a aquél en que se produzca la interrupción, cuando ésta suponga una compensación por importe supe- rior a 1 euro, siempre que Xxxxx’x detecte la interrupción a través de sus sistemas o previa comunicación por parte del cliente. c) Cuando, durante un período de facturación, un cliente sufra interrupciones tempo- rales del servicio de acceso a Internet, Ocean’s deberá compensar al cliente con la devolución del importe de la cuota de abono, si éste hubiera sido satisfecho por el cliente, y otras cuotas fijas, todo ello prorrateado por el tiempo que hubiera durado la interrupción. d) A efectos indemnizatorios se considerará que el precio de cada uno de los Ser- vicios en la cuota mensual de los paquetes (Servicio Telefónico Fijo y Servicio de Acceso a Internet) será del 50% del precio total. e) Cuando se produzcan restricciones o interrupciones en otros servicios durante un período superior a setenta y dos horas, Xxxxx’x indemnizará al Cliente con una can- tidad que será igual al precio que éste pague, por todos los conceptos relativos a este servicio, en proporción al período de tiempo que haya durado la interrupción. Esta compensación se realizará de forma automática cuando Ocean’s detecte la interrup- ción a través de sus sistemas o previa comunicación por parte del cliente. Xxxxx’x podrá devolver dicha cantidad directamente al Cliente mediante transferencia ban- caria a la cuenta previamente comunicada por éste, o por cualquier otro medio que pacte con el Cliente. No obstante, Xxxxx’x podrá optar por compensar dicho importe con la factura correspondiente al mes siguiente al de la interrupción.

  • TERMINACIÓN ANTICIPADA Serán causales de terminación anticipada del Contrato las siguientes: 1. Por parte del VENDEDOR, si quince (15) días hábiles después de la fecha límite de pago de cualquier obligación el COMPRADOR no ha realizado el respectivo pago. 2. Por parte del VENDEDOR, por la no expedición, renovación y/o no aprobación de la garantía, después de haber dado la opción de su modificación, en el caso de que la forma de pago sea a crédito. 3. Cuando por situaciones que no generan incumplimiento en las condiciones de entrega o de recibo del Producto, se suspenda totalmente la ejecución del Contrato por un período superior a veinte (20) días continuos. 4. Por parte del VENDEDOR por cesión parcial o total del Contrato, sin previa autorización expresa y escrita del VENDEDOR. 5. Por cambios en la regulación que hagan sustancialmente más gravoso el cumplimiento de las obligaciones a cargo de cualquiera de las Partes, de tal forma que se constituya en excesivamente onerosa para cualquiera de ellas. 6. Por encontrarse el COMPRADOR en estado de disolución o liquidación. 7. Por el pago de sumas de dinero a extorsionistas u ocultar o colaborar, por parte de algún directivo o delegado de las Partes, en el pago por la liberación de una persona secuestrada que sea funcionaria o empleada de las Partes o de alguna de sus filiales. 8. Cuando el COMPRADOR sea una persona natural o jurídica incursa en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad prevista en la Constitución Política o en la ley. 9. Cuando el Contrato se haya celebrado contra expresa prohibición constitucional o legal. 10. Cuando el COMPRADOR no diere cumplimiento a las disposiciones legales relacionadas con la prevención y control al lavado de activos y el financiamiento del terrorismo que se sean aplicables. 11. Cuando el COMPRADOR o alguno o algunos de sus accionistas, asociados o socios que directa o indirectamente tengan el CINCO POR CIENTO (5%) o más del capital social, aporte o participación, figuren en las listas internacionales vinculantes para Colombia de conformidad con el derecho internacional (listas de las Naciones Unidas), listas OFAC o aquellas otras listas de criminales y terroristas que por su naturaleza generen un alto riesgo de LA/FT. 12. Cuando el VENDEDOR determine que los recursos del COMPRADOR provienen de actividades ilícitas de las contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier norma que lo sustituya, adicione o modifique, o que ha efectuado transacciones u operaciones destinadas a dichas actividades o a favor de personas relacionadas con las mismas. Parágrafo. Cuando cualquiera de las Partes decida terminar el Contrato en cualquiera de los eventos anteriores, lo notificará así a la otra Parte por escrito con al menos quince (15) días hábiles de anticipación, indicando las razones de su decisión y la fecha efectiva de terminación. La terminación no exonerará a las Partes de sus correspondientes obligaciones y responsabilidades atribuibles a períodos anteriores a la fecha de terminación.

  • PRIVILEGIOS E INMUNIDADES Nada que estuviere estipulado en el presente Contrato o que con el mismo se relacionare, se considerará como renuncia, expresa o implícita, a los Privilegios e Inmunidades de las Naciones Unidas incluyendo a sus órganos subsidiarios.

  • TERMINACION ANTICIPADA “LA CONVOCANTE” podrá dar por terminado anticipadamente el pedido cuando concurran causas de interés general, en los términos de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.