Personal. El personal afectado a la prestación del servicio no tendrá relación de dependencia con INTERCARGO S.A.U. el adjudicatario deberá abonar a su personal salarios no inferiores a los mínimos en vigencia para la actividad, entendiéndose que los mismos se liquidarán por jornada legal de trabajo, y deberá mantener al día el pago de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre la jornada legal de trabajo. La dotación deberá estar formada por personal de residencia estable y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, para el caso de personal que cumpla con tareas de conducción de vehículos –si los tuviera-, además de la capacitación correspondiente a fin de desempeñar sus funciones de acuerdo a las normas que rigen la actividad aeroportuaria, es obligatorio que el personal involucrado cuente con los cursos de las líneas aéreas y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. de la nómina de personal que preste servicio detallando nombre y apellido, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y a la seguridad social.
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Samples: Contratación Del Servicio De Limpieza, Contratación Del Servicio De Limpieza, Contratación Del Servicio De Limpieza
Personal. El personal afectado a la prestación del servicio no tendrá relación de dependencia con INTERCARGO S.A.U. el adjudicatario deberá abonar a su personal salarios no inferiores a los mínimos en vigencia para la actividad, entendiéndose que los mismos se liquidarán por jornada legal de trabajo, y deberá mantener al día el pago de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre la jornada legal de trabajo. La dotación deberá estar formada por personal de residencia estable y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, para el caso de personal que cumpla con tareas de conducción de vehículos –si los tuviera-vehículos, además de la capacitación correspondiente a fin de desempeñar sus funciones de acuerdo a las normas que rigen la actividad aeroportuaria, es obligatorio que el personal involucrado cuente con los cursos de las líneas aéreas y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. de la nómina de personal que preste servicio detallando nombre y apellido, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y a la seguridad social.
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Samples: Contratación Del Servicio De Limpieza, Contratación Del Servicio De Limpieza, Contratación Del Servicio De Limpieza
Personal. El personal afectado a la prestación del al servicio no tendrá relación de dependencia alguna con INTERCARGO S.A.U. el El adjudicatario deberá abonar al personal a su personal cargo salarios no inferiores a los mínimos en vigencia para la actividad, entendiéndose entendiendo que los mismos se liquidarán por jornada legal de trabajo, y deberá mantener al día el pago de sueldos al personal respetando las disposiciones legales vigentes sobre la jornada legal de trabajo. La dotación de personal deberá estar formada integrada por personal con residencia estable, mayor de residencia estable edad, y poseer: poseer Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, para el caso de Identidad. El personal que cumpla con tareas funciones de conducción de vehículos –si los tuviera-, además deberá poseer la licencia de conducir habilitante y vigente en todo momento y deberá contar con la capacitación correspondiente a fin de desempeñar sus funciones de acuerdo a las normas que rigen la actividad aeroportuaria, es obligatorio que el personal involucrado cuente con los cursos de las líneas aéreas y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. . El adjudicatario mantendrá deberá contar con la cantidad de personal suficiente a efectos de cumplir con el servicio ante inconvenientes derivados de ausencias. La empresa adjudicataria deberá mantener informado a INTERCARGO S.A.U. respecto de la nómina de del personal que preste servicio detallando nombre servicios (Nombre y apellidoApellido, número DNI, Domicilio, Número de Documento Nacional C.U.I.T. o C.U.I.L., Póliza de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza Seguro de seguro de vidaVida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función.). Por otra parteAsimismo, el adjudicatario deberá entregar mensualmente la empresa proveedora entregará en forma mensual las constancias que acrediten el cumplimiento de cumplimiento las normas relativas al trabajo a la actividad y a los organismos de la seguridad socialSeguridad Social.
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Samples: Service Agreement, Service Agreement
Personal. 1. El adjudicatario, previo consentimiento de los interesados, indicará los nombres de las personas adscritas a la empresa que tiene previsto designar y que cumplen los requisitos exigidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas. El adjudicatario estará obligado a asignar para la ejecución de los trabajos a que se refiere el presente Xxxxxx, al personal afectado cuyo nombre figure en su oferta, con la dedicación definida en la misma. Por consiguiente, durante la vigencia del contrato, el personal asignado al mismo con dedicación completa, no podrá intervenir en otro trabajo.
2. En cualquier momento de la ejecución del contrato Logroño Deporte, S.A podrá exigir la presentación de la documentación acreditativa de la relación contractual o de otra índole que vincule a los miembros del equipo de trabajo con la empresa adjudicataria.
3. La alteración de las personas físicas integrantes del equipo de trabajo o “Personal” requerirá la aceptación por el órgano de contratación. Si durante la vigencia del contrato, alguno de los integrantes del equipo de “Personal” no cumpliese debidamente con sus obligaciones o con las expectativas previstas por Logroño Deporte, S.A., la empresa contratista deberá sustituirlo por otro trabajador que reúna los requisitos exigidos, en el transcurso del menor tiempo posible tras la solicitud por parte de Logroño Deporte, S.A.
4. El adjudicatario deberá adscribir a la prestación del servicio no tendrá relación durante el tiempo de dependencia vigencia del contrato, a aquellos trabajadores que, prestando servicio con INTERCARGO S.A.U. el anterior adjudicatario, quedaran vinculados laboralmente a la finalización de contrato, en virtud de convenio colectivo. A tal efecto, en el las prescripciones técnicas se concretan los puestos de trabajo adscritos a este centro así como la jornada laboral.
5. La empresa adjudicataria, así como sus trabajadores, deberán colaborar en las tareas y mantenimiento del sistema de calidad, implantado en Logroño Deporte y en cuantas disposiciones puedan dictar los técnicos de Logroño Deporte, S.A.
6. El personal adscrito al servicio y que realice funciones operativas, deberá ir correcta y convenientemente uniformado, de conformidad con las previsiones xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
7. El personal adscrito al servicio deberá mantener un trato correcto tanto con los usuarios de la instalación como con los empleados.
8. La adjudicataria deberá garantizar y velar en todo momento porque el servicio se preste con la diligencia debida.
9. La empresa adjudicataria dotará al personal de todos los medios materiales y técnicos necesarios para la prestación del servicio.
10. En caso de conflicto laboral, la empresa adjudicataria se hará responsable de todos los perjuicios que se ocasionen x Xxxxxxx Deporte, S.A.
11. El adjudicatario deberá abonar a su personal salarios no inferiores a los mínimos cumplir con las disposiciones vigentes en vigencia para la actividadmateria laboral, entendiéndose que los mismos se liquidarán por jornada legal de trabajo, Seguridad Social y Seguridad y Salud y deberá mantener estar al día corriente de sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social. Los licitadores manifestarán en su solicitud si han tenido en cuenta en sus ofertas el pago cumplimiento de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre anteriores obligaciones. 12.Como viene manteniendo la jornada legal doctrina y la jurisprudencia, la obligación de trabajo. La dotación deberá estar formada por personal de residencia estable y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, para el caso de personal que cumpla con tareas de conducción de vehículos –si los tuviera-, además subrogarse en las relaciones laborales derivadas de la capacitación correspondiente ejecución de un contrato, cuando un contratista nuevo sucede a fin otro en ella, no deriva del contrato mismo sino de desempeñar sus funciones las normas laborales, normalmente los convenios colectivos que se encuentren vigentes en el sector de acuerdo actividad laboral de que se trate. Es por lo anterior que Logroño Deporte no impone con carácter genérico la subrogación y sí el respeto a las normas laborales de aplicación, para lo cual y teniendo en cuenta igualmente la pluralidad de sectores laborales que rigen pueden concurrir en la actividad aeroportuariaprestación/es compleja/s que se licita/n, es obligatorio unas con regulaciones expresas sobre la materia y otras que la omiten; siguiendo el mandato del art. 120 del R.D.Leg. 3/2011, cuando proceda se incluirá únicamente a efectos informativos, en ANEXO al Pliego de Prescripciones Técnicas, información de las condiciones de los contratos laborales adscritos al cumplimiento del contrato vigente, al efecto de permitir a los licitadores la correcta evaluación de los costes que implicará el nuevo contrato según el personal involucrado cuente con que, respetando los cursos mínimos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas y las normas laborales de aplicación, propongan para el cumplimiento de las líneas aéreas y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. de la nómina de personal que preste servicio detallando nombre y apellido, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y a la seguridad socialnuevas prestaciones.
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Samples: Contract for Auxiliary Services in Municipal Sports Facilities, Contract for Cleaning Services
Personal. 6.1. FORMACIÓN, VESTUARIO, SUSTITUCIONES, ETC…
6.1.a) En la proposición, se indicará la plantilla de personal de que se dispondrá en el servicio y su organización, bien entendido que dicho personal constará como puesto de trabajo de la empresa adjudicataria a todos los efectos.
6.1.b) Vestuario de trabajo e identificación de los trabajadores. Será aportado por la empresa adjudicataria. El personal afectado adscrito a los distintos servicios, estará obligado a vestir las prendas que se establezcan para el reconocimiento por parte de los usuarios y un sistema de identificación con los datos personales del trabajador, así como el puesto que desempeña, tanto el vestuario como la identificación deberán contar con la conformidad de los técnicos de Logroño Deporte S.A., tanto en calidad, como tipología y cantidad, pudiendo exigir que sean diferentes en función del servicio a prestar. Las prendas proporcionadas deberán de incluir el logotipo de Logroño Deporte S.A. y del Ayuntamiento xx Xxxxxxx, ambos bordados en todas las prendas, y siempre bajo las directrices de los técnicos Logroño Deporte S.A., igualmente, si estos lo autorizan podrá incluirse el logotipo de la empresa adjudicataria, en el lugar y tamaño que se indique expresamente. La empresa adjudicataria deberá proporcionar inmediatamente todos los repuestos de vestuario necesarios a sus trabajadores en caso de que este se considere defectuoso por los técnicos de Logroño Deporte S.A. Con un mínimo de quince días de antelación al comienzo del servicio la empresa deberá presentar los modelos de vestuario y especificar las cantidades anuales, para su oportuna aprobación. Es obligatorio que la empresa adjudicataria, comience a prestar el servicio con la mencionada equipación aprobada para todos sus puestos, la falta de cumplimiento de este aspecto conllevara la sanción correspondiente a la empresa adjudicataria.
6.1.c) La empresa adjudicataria estará obligada a formar a todo su personal de forma previa al inicio del contrato. Quince días antes del comienzo de la prestación del servicio no tendrá relación de dependencia con INTERCARGO S.A.U. el adjudicatario deberá abonar a su personal salarios no inferiores impartir a los mínimos en vigencia para la actividad, entendiéndose que trabajadores una formación especifica de los mismos se liquidarán por jornada legal puestos de trabajo, y deberá mantener al día el pago así como de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre los protocolos específicos del centro. La formación como mínimo constará de ochenta horas de duración, por trabajador, e incluirá prácticas en la jornada legal propia instalación, según establezcan los técnicos de Logroño Deporte S.A., desarrollando la formación especifica de cada puesto de trabajo, así como un conocimiento exhaustivo de la instalación y de las tareas a desarrollar. Igualmente la empresa deberá obrar para cualquier contratación, modificación o sustitución de personal, ya sea temporal o parcial, durante toda la vigencia del contrato de adjudicación.
6.1.d) La dotación deberá estar formada por personal empresa adjudicataria estará obligada a sustituir de residencia estable forma inmediata aquellos trabajadores que incumplan con las funciones encomendadas, obligaciones y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigenterequisitos marcados en las presentes prescripciones técnicas, para el así como en caso de personal que cumpla con tareas trato incorrecto y/u ofensivo hacia los trabajadores de conducción de vehículos –si Logroño Deporte S.A o hacia los tuviera-, además de la capacitación correspondiente a fin de desempeñar sus funciones de acuerdo a las normas que rigen la actividad aeroportuaria, es obligatorio que el personal involucrado cuente con los cursos usuarios de las líneas aéreas y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. instalaciones. Para ello, solo será necesario que medie informe de la nómina los técnicos de personal Logroño Deporte S.A. que preste servicio detallando nombre y apellido, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y a la seguridad socialasí lo aconseje.
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Personal. El personal afectado a la prestación del al servicio no tendrá relación de dependencia alguna con INTERCARGO S.A.U. el S.A.C. El adjudicatario deberá abonar al personal a su personal cargo salarios no inferiores a los mínimos en vigencia para la actividad, entendiéndose entendiendo que los mismos se liquidarán por jornada legal de trabajo, y deberá mantener al día el pago de sueldos al personal respetando las disposiciones legales vigentes sobre la jornada legal de trabajo. La dotación de personal deberá estar formada integrada por personal con residencia estable, mayor de residencia estable edad, y poseer: poseer Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, para el caso de Identidad. El personal que cumpla con tareas funciones de conducción de vehículos –si los tuviera-, además deberá poseer la licencia de conducir habilitante y vigente en todo momento y deberá contar con la capacitación correspondiente a fin de desempeñar sus funciones de acuerdo a las normas que rigen la actividad aeroportuaria, es obligatorio que el personal involucrado cuente con los cursos de las líneas aéreas y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. . El adjudicatario mantendrá deberá contar con la cantidad de personal suficiente a efectos de cumplir con el servicio ante inconvenientes derivados de ausencias. La empresa adjudicataria deberá mantener informado a INTERCARGO S.A.U. S.A.C. respecto de la nómina de del personal que preste servicio detallando nombre servicios (Nombre y apellidoApellido, número DNI, Domicilio, Número de Documento Nacional C.U.I.T. o C.U.I.L., Póliza de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza Seguro de seguro de vidaVida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función.). Por otra parteAsimismo, el adjudicatario deberá entregar mensualmente la empresa proveedora entregará en forma mensual las constancias que acrediten el cumplimiento de cumplimiento las normas relativas al trabajo a la actividad y a los organismos de la seguridad socialSeguridad Social.
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Personal. El personal afectado de la empresa adjudicataria en ningún supuesto podrá considerarse con relación laboral, contractual o de naturaleza alguna respecto a NATURGOLF, debiendo dicha empresa tener debidamente informado a su personal de dicho extremo. La empresa adjudicataria deberá cumplir el Convenio Colectivo correspondiente al que se adhiera dicha actividad, así como en lo referente en materia de Seguridad e Higiene en el trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, de conformidad con la normativa vigente. Además, se compromete a tener debidamente dado de alta al personal en la Seguridad Social y cumplir todas las obligaciones legales contractuales respecto del mismo, siendo causa de resolución del contrato no estar al corriente en las cuotas de la Seguridad Social. Instalaciones y equipamiento NATURGOLF, S.A. pondrá a disposición del adjudicatario el local donde se ubica el bar- restaurante, así como los equipamientos, maquinaria y utensilios para el desarrollo de la actividad desde sus inicios, y que han sido anteriormente detallados. La empresa adjudicataria se compromete, en el período de vigencia del contrato y sus posibles prórrogas, a utilizar las instalaciones con diligencia, tanto en la atención del personal como de los equipamientos necesarios para la correcta prestación del servicio no tendrá relación y su adecuada conservación. En el supuesto de dependencia con INTERCARGO S.A.U. avería de los enseres que NATURGOLF, S.A. pone a disposición, será obligación del contratista su reparación, así como su reposición en caso de siniestro total imputable al contratista salvo en los supuestos derivados de fuerza mayor. En este último caso, el adjudicatario contratista deberá abonar a su personal salarios no inferiores a los mínimos reponerlos en vigencia para la actividadel plazo que le señale NATURGOLF, entendiéndose que los mismos se liquidarán por jornada legal S.A. NATURGOLF S.A. dispondrá de trabajo, y deberá mantener al día el pago un crédito de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre la jornada legal de trabajo. La dotación deberá estar formada por personal de residencia estable y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigentehasta 7.000€ anuales, para el caso de personal que cumpla con tareas de conducción de vehículos –si los tuviera-, además de la capacitación correspondiente reparaciones y puesta a fin de desempeñar sus funciones de acuerdo a las normas que rigen la actividad aeroportuaria, es obligatorio que el personal involucrado cuente con los cursos punto de las líneas aéreas y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. de la nómina de personal que preste servicio detallando nombre y apellido, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes instalaciones del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y a la seguridad socialBar-Restaurante.
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Samples: Contrato De Concesión De Servicios
Personal. 1. El personal afectado servicio será contratado con una orientación a la prestación del servicio no tendrá relación de dependencia con INTERCARGO S.A.U. resultados, motivo por el cual el adjudicatario deberá abonar asegurar que los recursos de personal asignados serán en todo momento suficientes y contarán con el conocimiento, el perfil, los equipos, herramientas, consumibles e insumos y todo aquello necesario para desempeñar en forma exitosa y de calidad las funciones que se describen en la presente Licitación Pública.
2. El adjudicatario deberá siempre que resulte necesario, y a su personal salarios no inferiores entero costo, adicionar a los mínimos en vigencia éstos perfiles la cantidad y organización de recursos humanos y materiales que considere convenientes para la actividad, entendiéndose que los mismos se liquidarán por jornada legal de trabajo, y deberá mantener al día correcta presentación del servicio. Una vez adjudicado el pago de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre la jornada legal de trabajo. La dotación deberá estar formada por personal de residencia estable y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, para el caso de personal que cumpla con tareas de conducción de vehículos –si los tuviera-, además de la capacitación correspondiente a fin de desempeñar sus funciones de acuerdo a las normas que rigen la actividad aeroportuaria, es obligatorio que el personal involucrado cuente con los cursos de las líneas aéreas y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. de la nómina de personal que preste servicio detallando nombre y apellido, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parteservicio, el adjudicatario no podrá modificar dicha estructura, salvo acuerdo con el G.C.A.B.A., siendo luego responsabilidad del adjudicatario la de asegurar el cumplimiento de todo lo solicitado en la presente Licitación Pública con los recursos asignados, o aquellos que efectivamente resulten necesarios, a su exclusivo costo y riesgo.
3. La adjudicataria será responsable de capacitar a los agentes del gobierno sobre las buenas prácticas para el uso de las máquinas que forman parte del servicio de la presente Licitación Pública y de cómo y dónde realizar los reclamos pertinentes.
4. El personal deberá entregar mensualmente las constancias encontrarse debidamente identificado con vestimenta y logo de cumplimiento relativas al trabajo la empresa.
5. Deberá contemplar una charla de capacitación a los agentes del gobierno “in situ” y sin cargo, que serán los usuarios.
6. La adjudicataria deberá proponer personal jerárquico capacitado, para brindar un servicio de asesoramiento e instrucción. Para ello dispondrá de una jornada en horarios a la seguridad socialcombinar por cada etapa para realizar en los edificios de salida.
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Samples: Contract for Services
Personal. La empresa adjudicataria aportará el personal necesario para la ejecución del contrato, con arreglo a la normativa laboral de aplicación, debiendo estar al corriente de sus pagos a la seguridad social en todo momento. El contratista, respecto al personal que emplee, está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, y de prevención de riesgos laborales. El personal afectado a que destine la adjudicataria para la prestación del servicio no tendrá relación de dependencia con INTERCARGO S.A.U. asistencia técnica a la recaudación ejecutiva, deberá tener presencia en las oficinas municipales durante todos los días laborales durante la vigencia del contrato. Deberá existir un punto de atención al ciudadano en las dependencias municipales, de tal forma que la empresa adjudicataria deberá poner el adjudicatario deberá abonar a su personal salarios no inferiores a los mínimos en vigencia necesario para la actividadatención al público por aquellas actuaciones efectuadas por su personal, entendiéndose que los mismos se liquidarán por jornada legal debiendo éste estar en la Oficina municipal de trabajoGestión, Recaudación e Inspección del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, y deberá mantener en el horario de atención al día el pago público de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre la jornada legal de trabajomisma. La dotación deberá estar formada por Dicho personal de residencia estable la empresa deberá contar con experiencia acreditada en la elaboración y poseer: Documento Nacional tramitación de Identidad los expedientes objeto del presente pliego, en un puesto de iguales características y Licencia circunstancias que las que va a desempeñar en el Ayuntamiento xx Xxxxxx. El personal de Conducir habilitante y vigentela empresa adjudicataria no generará derechos frente al Ayuntamiento xx Xxxxxx ni ostentará vínculo laboral alguno con éste de conformidad con el artículo 301.4 del TRLCSP. El personal adscrito al programa xx Xxxxxx desde el inicio del contrato, para el caso de deberá permanecer durante la vigencia del mismo, salvo sustitución por otro personal que cumpla cuente exactamente con tareas la misma experiencia debidamente acreditada y nivel de conducción titulación. Lo contrario será causa de vehículos –si los tuviera-, además de la capacitación correspondiente a fin de desempeñar sus funciones de acuerdo a las normas que rigen la actividad aeroportuaria, es obligatorio que el personal involucrado cuente con los cursos de las líneas aéreas y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. de la nómina de personal que preste servicio detallando nombre y apellido, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes resolución del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas contrato por culpa imputable al trabajo y a la seguridad socialcontratista.
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Samples: Contract for Technical Assistance and Collaboration Services
Personal. El CONTRATISTA se obliga a ocupar, en la ejecución del contrato, personal afectado idóneo, experimentado en los trabajos que se le encomienden, en el número y con la capacidad suficiente, de acuerdo con el volumen de trabajo que se tenga, con el fin de que éstos se ejecuten en forma técnica, eficiente y dentro de los plazos establecidos. EL CONTRATISTA procurará priorizar que la mano de obra no calificada sea de la región y durante la ejecución del contrato, EL CONTRATISTA y sus trabajadores se abstendrán de contratar con particulares un trabajo similar o complementario en zonas de las obras materia de este contrato. Es entendido que EL CONTRATISTA está obligado a pagar a los trabajadores que utilice en la ejecución de las obras el salario y las prestaciones sociales y de acuerdo con las leyes vigentes y a cumplir en general lo dispuesto en las normas laborales vigentes. Todos los trabajadores vinculados al contrato serán de libre nombramiento y desvinculación por parte del CONTRATISTA y no adquieren vinculación laboral, ni de ninguna índole con AGUAS REGIONALES EPM S.A. E.S.P.; por lo tanto, corre a cargo del CONTRATISTA el pago de salarios, dominicales y festivos, incapacidades, indemnizaciones, bonificaciones, el pago por los reemplazos de aquellos oficios que tengan una asignación salarial diferente a la estipulada en el oficio inicial y además prestaciones sociales a que tengan derecho, de conformidad con las leyes laborales colombianas. El CONTRATISTA pagará las prestaciones consagradas en el Código Sustantivo del Trabajo, o las compensaciones tanto semestrales como de fin de año y aportes sociales correspondientes, según la naturaleza jurídica que tenga EL CONTRATISTA. En los casos donde las actividades desempeñadas por el personal del contratista afecten la prestación del servicio no conminará al contratista que tome las medidas correctivas, so pena de imposición de medidas de apremio establecidas en el pliego o garantías contractuales. Para la iniciación del contrato, el CONTRATISTA deberá poner presentar al administrador el cumplimiento de los perfiles de los profesionales a través de las hojas de vidas del personal solicitado. Además, en el caso en que el personal sea reemplazado, el CONTRATISTA deberá someter a una verificación, por parte del administrador, la hoja de vida de las personas que los sustituirán. Como parte de su Sistema de Gestión de SST, EL CONTRATISTA informará a LA ADMINISTRACIÓN acerca de cualquier accidente que ocurra en relación con la ejecución del contrato y que ocasione lesión a cualquier persona, o daño a la propiedad y en los casos de enfermedad profesional que ocurran por causa y con ocasión del contrato. EL Durante la ejecución del contrato, el CONTRATISTA y sus trabajadores se abstendrán de contratar con particulares un trabajo similar o complementario en sectores de las obras materia de este contrato. CONTRATISTA tendrá un plazo de 24 horas para suministrar el informe de cada accidente de trabajo que ocurra en la obra, en el formato suministrado por la ARL a la que estén afiliados sus trabajadores. El CONTRATISTA deberá mantener oportuna, permanente y detalladamente informada a AGUAS REGIONALES EPM S.A. E.S.P., de cualquier conflicto laboral colectivo, real o potencial, en relación con el personal empleado en la ejecución del contrato y de dependencia con INTERCARGO S.A.U. cualquier otro hecho del cual tenga conocimiento que pueda afectar el adjudicatario deberá abonar a su personal salarios no inferiores desarrollo del contrato o la seguridad de las obras, de AGUAS REGIONALES EPM S.A. E.S.P., de sus empleados, agentes o de sus bienes. EL CONTRATISTA será en todo caso, responsable por actos, errores u omisiones de sus empleados, subcontratistas, proveedores o agentes, quienes carecerán de toda acción contra EL CONTRATANTE. No habrá relación contractual, administrativa ni de ninguna índole entre EL CONTRATANTE y los subcontratistas o proveedores. El CONTRATISTA durante la ejecución del contrato enviará por correo electrónico al administrador del contrato, la siguiente relación: ✓ Planilla de pagos realizados a los mínimos trabajadores, en vigencia para períodos de quince (15) días, con las firmas respectivas de cada uno de ellos; se incluirá todo el personal administrativo, incluyendo valores cancelados y las deducciones correspondientes de cada uno de los trabajadores. ✓ Al inicio del contrato deberán diligenciar un formato donde indique el Reporte Control de Ejecución de las condiciones particulares con la actividadinformación general de los trabajadores del mismo. Mensualmente deberán enviar este mismo formato con la información de los pagos realizados por los conceptos asociados a la nómina. ✓ Relación de las afiliaciones y autoliquidaciones con sello de cancelado al Sistema General de Pensiones, entendiéndose Riesgos Laborales y Seguridad Social en Salud, conforme a lo establecido en la Ley 100 de 1993 sobre Seguridad Social Integral y las modificaciones de la ley 1607 de 2012, anexando copia de los recibos de pago respectivos. Sin este requisito no se autorizará que el personal labore en las actividades que le corresponde. Cualquier cambio o novedad en el personal, debe ser informado al administrador del contrato, anexando los mismos se liquidarán por jornada legal de trabajo, y deberá mantener al día el pago de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre la jornada legal de trabajo. La dotación deberá estar formada por personal de residencia estable y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, para el caso de personal que cumpla con tareas de conducción de vehículos –si los tuviera-documentos antes indicados, además de la capacitación correspondiente liquidación y paz y salvos del personal retirado. Todas las afiliaciones estarán a fin nombre del CONTRATISTA. ✓ Para el control de desempeñar sus funciones los aportes por seguridad social, el CONTRATISTA deberá presentar mensualmente el estado de acuerdo cuenta de cada trabajador, expedido por la Entidad a la que se encuentra afiliado, constancias de pago a Cajas de Compensación y aportes parafiscales con sello de cancelación. ✓ Constancias de consignación de cesantías y pago de intereses a las normas que rigen la actividad aeroportuariacesantías, es obligatorio en caso de que el personal involucrado cuente con contrato se encuentre vigente para la fecha establecida para el pago, tanto de sus empleados como de los cursos SUBCONTRATISTA si lo hubiere. ✓ Copia de la Póliza de Seguro de Vida Colectivo que ampare el riesgo de muerte e invalidez de los trabajadores, ya que dichos riesgos continúan a cargo del patrono durante el período de las líneas aéreas y AVSEC cotizaciones previas a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado los Sistemas de Seguridad Social. ✓ Constancia de entrega de dotación conforme a INTERCARGO S.A.U. la ley firmada por los trabajadores. Cuando se modifique el personal, se debe presentar la actualización de la nómina de personal que preste servicio detallando nombre y apellido, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., dicha póliza de seguro vida colectiva. ✓ Certificado de vidaaprobación, etcvigencia y autorización del lugar donde se realizará la disposición de los residuos sólidos generados durante la ejecución de las actividades en obra. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes)Toda esta documentación se debe remitir a AGUAS REGIONALES EPM S.A. E.S.P., aun cuando no hubiere novedades; vía correo electrónico y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y física a la seguridad socialXxxxxxx 00 Xxxxxx 00x – 00, Xxx Xxxxxxxx, Antioquia. "EL CONTRATISTA está obligado a pagar los salarios establecidos en la propuesta económica presentada a AGUAS REGIONALES EPM S.A. E.S.P., para esto, debe relacionar todo el personal administrativo y técnico que laborará para el contrato.
2.4.1 Perfiles del personal administrativo para la ejecución de las obras: Director de obra: Ingeniero civil o sanitario graduado y matriculado según lo previsto en la Ley con una experiencia mayor o igual a cinco (5) años, contados a partir de la fecha de expedición de la tarjeta profesional, de los cuales deberá certificar tres (3) años como director de proyectos de obra y los dos (2) años restantes como ingeniero residente y/o ingeniero interventor en la construcción, optimización o reparación de infraestructura primaria de sistemas de acueducto y/o alcantarillado. Ingeniero residente: Ingeniero Civil, graduado y matriculado, según lo previsto en la Ley, que represente a EL CONTRATISTA con amplias facultades para obrar y resolver problemas en el desarrollo de las obras, con una experiencia general mayor o igual a tres
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Samples: Construction Contract
Personal. El La empresa concesionaria se subrogará en el personal afectado que actualme nte está afecto al Servicio del Ciclo de Abastecimiento del Agua, cuyos datos se facilitan en el ANEXO A de este PCAP. Además podrá incorporar nuevo personal, a sus expensas, que considere necesario para la correcta prestación de las actividades que constituyen su objeto, sin que el mismo tenga relación alguna con DILIGENCIA DE APROBAC IÓN.· Para hacer constar que los presentes pliegos de cláusulas administrativas particulares,prescripciones técnicas,anexos y estudio económico han sido aprobados por el Ayuntamiento Pleno en sesión de fecha 31 de octubre de 2013. . ElVicesecretario \ X.--· Xxx:Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx. el Ayuntamiento, y de manera coherente con el organigrama y puestos de trabajo propuestos inicialmente . Si dichas contrataciones no responden al esquema organizacional presentado con la oferta de esta licitación, y por lo tanto, se pretende alterar el organigrama propuesto inicialmente, especialmente, en lo que se refiere al número de trabajadores totales afectos a la prestación gestión del servicio Ciclo de Abastecimiento del Agua de Miguelturra, deberá ponerlo en conocimiento del Ayuntamiento, adjuntando un informe detallado de las causas o necesidades a satisfacer mediante dicha contratación, y sometiéndolo a la aprobación previa de la Comisión Mixta y debiendo observar, en todo caso, la normativa laboral y de prevención de riesgos laborales que sea de aplicación. De no tendrá relación de dependencia cumplirse con INTERCARGO S.A.U. el adjudicatario deberá abonar a su personal salarios procedimiento establecido, las contrataciones que se realicen no inferiores serán tenidas en cuenta a los mínimos en vigencia para la actividad, entendiéndose que los mismos se liquidarán por jornada legal efectos de trabajo, y deberá mantener al día el pago de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre la jornada legal de trabajo. La dotación deberá estar formada por personal de residencia estable y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigenteser considerados como trabajadores afectos a esta concesión, para el caso de personal que cumpla con tareas de conducción de vehículos –si los tuviera-, además de la capacitación correspondiente a fin de desempeñar sus funciones de acuerdo a las normas que rigen la actividad aeroportuaria, es obligatorio que el personal involucrado cuente con los cursos de las líneas aéreas y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. de la nómina de personal que preste servicio detallando nombre y apellido, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción llevara a cabo algún tipo de subrogación en los contratos del personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y afecto a la seguridad socialmisma conforme señala el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores.
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Samples: Contract for Public Services
Personal. El personal afectado a la prestación del servicio no tendrá relación de dependencia con INTERCARGO S.A.U. el adjudicatario deberá abonar a su personal salarios no inferiores a los mínimos en vigencia para la actividad, entendiéndose que los mismos se liquidarán por jornada legal de trabajo, y deberá mantener al día el pago de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre la jornada legal de trabajo. La dotación deberá estar formada por personal de residencia estable y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, para el caso de personal que cumpla con tareas de conducción de vehículos –si los tuviera-vehículos, además de la capacitación correspondiente a fin de desempeñar sus funciones de acuerdo a las normas que rigen la actividad aeroportuaria, es obligatorio que el personal involucrado cuente con los cursos de las líneas aéreas y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. de la nómina de personal que preste servicio detallando nombre y apellido, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y a la seguridad social. Así mismo, deberá contar con el sistema de control de ingreso/egreso de personal con información del mecanismo de control utilizado (huellas dactilares, tarjeta de proximidad, etc) el cual será informado mensualmente.
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Personal. El personal afectado a utilizado por la prestación del servicio adjudicataria para realizar los trabajos no tendrá adquiere por esta licitación pública ningún tipo o forma de relación de dependencia con INTERCARGO S.A.U. S.A.U., siendo por cuenta de la firma contratada todas las responsabilidades emergentes de la relación laboral con el adjudicatario deberá abonar personal empleado. Queda bajo exclusiva responsabilidad de la firma adjudicataria todo accidente de trabajo que ocurra a su personal salarios o a terceros vinculados o no inferiores con la prestación del servicio como asimismo el cumplimiento de impuestos, salarios, cargas sociales, obra social, sindicales, seguros, elementos de seguridad, indumentaria, beneficios y todas las obligaciones y responsabilidades emergentes de la relación laboral que existan o pudieren surgir durante la prestación del servicio, sin excepción reservándose INTERCARGO S.A.U. la facultad de solicitar la exhibición de los comprobantes y auditar in situ su cumplimiento. El adjudicatario deberá destacar la cantidad de personal conforme cada tarea encomendada lo requiera, y mantenerla hasta la finalización integral de la prestación. La empresa queda obligada a ocupar el personal que necesite con arreglo a las disposiciones legales vigentes. El personal utilizado por la adjudicataria deberá ser idóneo y estará provisto de ELEMENTOS DE SEGURIDAD, establecidos por los mínimos en vigencia para Organismos que reglamentan la actividad, entendiéndose que los mismos se liquidarán por jornada legal de trabajo, y deberá mantener al día el pago de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre la jornada legal de trabajo. La dotación deberá estar formada adjudicataria será directa y exclusivamente responsable por personal de residencia estable y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, para el caso de personal los accidentes o daños que cumpla con tareas de conducción de vehículos –si los tuviera-, además de la capacitación correspondiente a fin de desempeñar sus funciones de acuerdo a las normas que rigen la actividad aeroportuaria, es obligatorio que sufra el personal involucrado cuente con a cargo de estos trabajos y de los cursos que ocasionen a personal y/o cosa de las líneas aéreas y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado esta repartición o terceros. Se deberá presentar la siguiente Documentación MENSUALMENTE por la Empresa Adjudicataria del Servicio de Limpieza
1- Listado de Personal Afectado a INTERCARGO S.A.U. de la nómina de personal que preste servicio detallando nombre y apellido, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y a la seguridad social.S.A.U 2- F.931 con sus correspondientes pagos
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Personal. 1.- La Empresa concesionaria podrá contratar todo el personal que estime necesario para la explotación de la Plaza, el cual deberá, necesariamente, ser dado de alta en la Seguridad Social y retribuido, al menos, según el Convenio vigente en cada momento o en su defecto conforme a la legislación estatal, que asimismo deberá ser cumplida en todas sus partes, así como la legislación laboral general de aplicación. Igualmente queda obligada la Empresa concesionaria al cumplimiento de las disposiciones vigentes y de aplicación en materia de Seguridad y Salud y Prevención de Riesgos Laborales.
2.- Dicho personal será propio de la Empresa concesionaria sin que pueda imputarse en ningún caso a este Excmo. Ayuntamiento la “responsabilidad empresarial en materia de contratas o subcontratas de obra o servicios” prevista en el artículo 42 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1.995 de 24 xx Xxxxx), dado que no se trata de actividad propia de la Corporación demandante ni de obligada prestación conforme a lo regulado en los artículos 25.3 y 26 de la Ley 7/85 de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local, no teniendo en ningún momento relación alguna, ni dependencia de ninguna clase con el Excmo. Ayuntamiento que en cualquier caso queda eximido de cualquier tipo de responsabilidad que pudiera derivarse de las posibles subrogaciones contractuales previstas en el artículo 44 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, R.D. Legislativo 1/1.995 de 24 xx Xxxxx, puesto que el objeto del Concurso lo constituye un Contrato, de manera que no existe transmisión de infraestructura ni organización empresarial básica, ni se impone al adjudicatario que resulte del presente procedimiento la obligación de adquirir los medios materiales del Concesionario anterior. En consecuencia a la finalización de la presente contratación, dicho personal dejará de prestar servicio en la Plaza, debiendo ser la Empresa concesio- naria quien siga haciéndose cargo del mismo, o resolver su situación laboral.
3.- La Empresa concesionaria remitirá al Excmo. Ayuntamiento para su debida constancia, el número y relación de empleados para velar por una debida asistencia al público, conforme a lo previsto en el vigente Reglamento de Espectáculos Taurinos y demás normas reguladoras xxx xxxx del espectáculo.
4.- El personal afectado que utilice la Empresa para la prestación de los servicios y que tenga relación con el público, al que deberá atender con la máxima cortesía, deberá estar debidamente uniformado y lucirá obligatoriamente como distintivo gorra y brazalete, cuyos gastos correrán por cuenta de la Empresa que resulte adjudicataria.. Irán debida- mente uniformados los areneros, mulilleros, encargados de evacuatorios, monosabios y alguaciles a caballos, éstos en todos los espectáculos, sin excepción. La uniformidad del personal será a cargo de la empresa, excepto la de alguaciles, clarineros y maestro de toriles que serán de cuenta del Ayuntamiento. Habrá en la Plaza el número de mozos necesarios para el servicio de la xxxxx vestidos todos con pantalón blanco. Servidores de puyas, servidores de banderillas y servidores de puertas de acceso al ruedo, con blusa azul y gorra blanca. Monosabios, con blusa roja y gorra blanca. Xxxxxxxx, con blusa verde y gorra blanca. Mulilleros, camisa, calzado y chaquetilla blancos y pañuelo xx xxxx y faja de color rojo, a la prestación cabeza. Maestro de toriles y torilero, traje campero andaluz y sombrero de ala ancha. Alguaciles, calzas, jubón con mangas acuchilladas y puños con encajes encañonados, ferreruelo, gola bicornio negro con escarapela y plumas xx xxxxxxxx con los colores nacionales y botas de montar negras con espuelas. Los alguaciles montarán caballos que por su porte, estado, arreos, silla, estribos etc, no desmerezcan el lucimiento y sean acordes con la vestimenta de los mismos.
5.- En los actos o espectáculos que organice o promocione el Excmo. Ayuntamiento, sufragará éste los gastos del personal utilizado, según las necesidades de cada acto o espectáculo.
6.- La Empresa concesionaria nombrará una persona encargada del manteni- miento y puesta en servicio no tendrá relación de dependencia del reloj, corriendo con INTERCARGO S.A.U. el adjudicatario deberá abonar los gastos inherentes a su personal salarios buen funcionamiento.
7.- La Empresa concesionaria se compromete y se obliga a contratar, para cada uno de los espectáculos taurinos que se celebren, una Banda de Música de la localidad que no inferiores desmerezca del prestigio de la Plaza.
8.- El nombramiento de clarineros y alguaciles será realizado a los mínimos en vigencia para propuesta de la actividadAlcaldía. Por su parte el nombramiento de maestro de toriles, entendiéndose que los mismos se liquidarán por jornada legal de trabajotorileros, y deberá mantener al día servicios de mulillas y mulilleros, será realizado por el adjudicatario, previa consulta a la Alcaldía. En ambos casos corresponde a la empresa concesionaria el pago de sueldos al los gastos de contratación y demás emolumentos.
9.- El nombramiento de Asesor de la Presidencia y del Médico Xxxxxxxx Jefe y resto del equipo médico, serán nombrados de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Xxxxxxx y demás disposiciones que lo complementen.
10.- El servicio de enfermería será de cuenta del Concesionario, que abonará todos los gastos de la misma, tanto del personal respetando como del material quirúrgico, farmacéutico y enseres que sean necesarios para el adecuado funcionamiento que se ajuste a las disposiciones sobre vigentes en la jornada legal de trabajo. La dotación deberá estar formada por materia.
11.- Entre el personal de residencia estable y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, para el caso de personal que cumpla con tareas de conducción de vehículos –si los tuviera-, además a disposición de la capacitación correspondiente ejecución del contrato y con cargo a fin la empresa adjudicataria figurará un ingeniero o ingeniero técnico o arquitecto o arquitecto técnico con experiencia en la construcción, diseño o mantenimiento de desempeñar sus funciones plazas de acuerdo a las normas que rigen la actividad aeroportuariatoros, es obligatorio que el personal involucrado cuente con los cursos dos taquilleros, al menos, responsables de las líneas aéreas taquillas que acrediten experiencia en la venta de entradas de plazas de toros de segunda o primera categoría y AVSEC a ser coordinado un relaciones públicas con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. título de Licenciado en Ciencias de la nómina Información, con experiencia en espectáculos taurinos en plazas de personal que preste servicio detallando nombre y apellido, número primera o segunda categoría de Documento Nacional la Comunidad Autónoma de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y a la seguridad socialAndalucía.
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Samples: Concession Agreement
Personal. La Empresa deberá proveer la mano de obra necesaria para cumplimentar todas las tareas detalladas en el ítem 1. El personal afectado a que integre la prestación del servicio no tendrá dotación que la empresa destine para el servicio, deberá estar física y técnicamente capacitado para la realización de las tareas requeridas, y para la operación de la Caldera deberá contar con matricula de foguista de 1º categoría expedida por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Empresa deberá contar dentro de su plantel, con un profesional que cumpla con las inscripciones exigidas en la Ordenanza No. 887/79 y Decreto Reglamentario, que será responsable de la coordinación de las observaciones efectuadas con el Profesional Certificante según lo detallado en el punto 1.9. Dicho profesional deberá encontrarse en relación de dependencia con INTERCARGO S.A.U. la firma, por no admitirse la Subcontratación, debiendo acreditarse dicha circunstancia previo al inicio de las actividades correspondientes. Deberá garantizar la presencia de por lo menos una persona, en el adjudicatario horario de 8:00 a 18:00 hs. todos los días hábiles que abarque la contratación, para la atención de eventuales fallas que se produzcan en las instalaciones indicadas y para la concreción de un programa de mantenimiento preventivo. En caso de emergencias o que las tareas de mantenimiento lo requiera la empresa deberá abonar a su proveer todo el personal salarios no inferiores necesario para garantizar la terminación de los trabajos en el tiempo que la Subsecretaria Técnica considere apropiado. Además deberá contar con un sistema de radiomensaje o telefonía móvil a los mínimos en vigencia para la actividad, entendiéndose que los mismos se liquidarán por jornada legal fines de trabajo, y deberá mantener al día el pago de sueldos poder ubicar al personal respetando las disposiciones sobre la jornada legal de trabajo. forma inmediata La dotación deberá estar formada Empresa adjudicataria se hará absolutamente responsable por personal todo hecho o acto de residencia estable y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, para el caso de personal que cumpla con tareas de conducción de vehículos –si los tuviera-, además su persona en perjuicio de la capacitación correspondiente Repartición y se compromete al reemplazo inmediato del personal cuyo desempeño que a fin de desempeñar sus funciones de acuerdo a las normas que rigen la actividad aeroportuaria, es obligatorio que el personal involucrado cuente con los cursos de las líneas aéreas y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. de la nómina de personal que preste servicio detallando nombre y apellido, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes juicio del segundo día hábil de cada mes), aun cuando Organismo no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y a la seguridad socialfuere satisfactorio.
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Samples: Contratación Directa 25/2022
Personal. El personal afectado a la prestación 10.1. Personal necesario.
1. Personal propio que con dedicación habitual se destinará al Congreso de los Diputados para que cubra el horario de actividad del servicio no tendrá relación Congreso.
2. Personal propio que de dependencia con INTERCARGO S.A.U. el adjudicatario deberá abonar a su personal salarios no inferiores a los mínimos forma discontinua podrá intervenir en vigencia para la actividad, entendiéndose que los mismos se liquidarán por jornada legal de trabajo, y deberá mantener al día el pago de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre la jornada legal de trabajo. La dotación deberá estar formada por personal de residencia estable y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, para el caso de que se presenten incidencias o tareas periódicas que así lo exijan.
3. El adjudicatario deberá asumir respecto del personal que cumpla con tareas actualmente está adscrito al servicio, cuya relación se adjunta como Anexo II, todas las obligaciones exigibles conforme a la legislación laboral general y sectorial vigente. Se facilitará a los licitadores que lo soliciten la relación de conducción de vehículos –si los tuviera-personal, además de la capacitación correspondiente a fin de desempeñar sus funciones de acuerdo a las normas que rigen la actividad aeroportuaria, es obligatorio que el personal involucrado cuente con los cursos de las líneas aéreas antigüedad y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. TC2. (Ver Anexo II del presente pliego) El adjudicatario mantendrá informado permanentemente en el Congreso de los Diputados a INTERCARGO S.A.U. las personas pertenecientes a su plantilla necesarias para dar la asistencia suficiente en los servicios de restauración. El Congreso de los Diputados se reserva el derecho de exigir la sustitución del personal por el deficiente desempeño de su labor profesional, deficiente atención al público, incapacidad u otras causas justificadas. El personal deberá prestar servicio adecuadamente uniformado y guardando siempre la máxima pulcritud, manteniendo con el público un trato correcto y amable. La uniformidad del personal deberá ser objeto de renovación periódica, con unos estándares de calidad de tejido y diseño acorde a la imagen del Congreso de los Diputados. Éste deberá aprobar previamente dicha uniformidad. En caso de ausencia por enfermedad, accidente, vacaciones u otras causas análogas, las plazas deberán ser cubiertas inmediatamente x xxxxx del adjudicatario, de forma que se mantenga permanentemente el servicio ofertado. La empresa adjudicataria deberá cumplir con las disposiciones de la nómina de personal que preste servicio detallando nombre normativa general y apellido, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y a la seguridad socialautonómica sobre riesgos laborales.
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Samples: Contrato De Servicios
Personal. Todo el Personal de LA CONTRATISTA debe certificar fluidez en el uso del idioma español. El régimen de relevos de personal afectado contratado estará sujeto a la prestación del servicio no tendrá relación legislación laboral vigente y normas internas de dependencia LA COMPAÑÍA. Todo el personal de LA CONTRATISTA cumplirá con INTERCARGO S.A.U. el adjudicatario deberá abonar Código de Conducta establecido por LA COMPAÑÍA.- Es responsabilidad de LA CONTRATISTA que todo el personal asignado al proyecto, sea altamente calificado y tenga conocimiento detallado de los objetivos y requerimientos exigidos por LA COMPAÑÍA. Así mismo, LA CONTRATISTA previa coordinación con el representante designado por LA COMPAÑÍA, realizará las capacitaciones e inducciones que fueren necesarias a su personal salarios y otros que defina LA COMPAÑÍA en materia de uso y manejo de explosivos. LA COMPAÑÍA, se reserva el derecho de solicitar el cambio de cualquier personal de LA CONTRATISTA que a su juicio no inferiores a cumpla con los mínimos en vigencia requerimientos necesarios para la actividad, entendiéndose que ejecución de los mismos se liquidarán por jornada legal de trabajotrabajos, y LA CONTRATISTA será responsable a su costo de cambiar y proporcionar el personal necesario para los trabajos del proyecto. LA CONTRATISTA es responsable y a su costo del cumplimiento de pagos y obligaciones sociales de su personal conforme normativa vigente. Así mismo, deberá mantener proveer de todos los seguros, vacunas, permisos, estudios médicos y otros exigidos por LA COMPAÑÍA previo ingreso al día el pago de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre la jornada legal de trabajoárea del proyecto. La dotación deberá estar formada por personal de residencia estable y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, para el En caso de personal extranjero, previo inicio de actividades deberá contar con su respectiva VISA de Objeto Determinado u otro documento que cumpla con tareas le permita trabajar en el Estado Plurinacional de conducción de vehículos –si los tuviera-, además de la capacitación correspondiente a fin de desempeñar sus funciones de acuerdo a las normas que rigen la actividad aeroportuaria, es obligatorio que el personal involucrado cuente con los cursos de las líneas aéreas y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. de la nómina de personal que preste servicio detallando nombre y apellido, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y a la seguridad socialBolivia.
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Personal. El adjudicatario deberá disponer, en todo momento, del personal necesario para satisfacer adecuadamente las exigencias del contrato y abonará sus retribuciones de acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente. El número mínimo de jardineros adscritos al presente contrato será de 5. La jornada será en los meses xx xxxxx a septiembre de lunes a viernes en jornada completa de 8 a 15 horas. Y en enero y febrero y octubre a diciembre lunes y miércoles de 8 a 15 horas . Al número de jardineros se sumará el encargado o cualquier otro trabajador necesario para la ejecución de los trabajos objeto del contrato El adjudicatario facilitará cuando lo solicite el Ayuntamiento, a efectos de control del personal adscrito al servicio, copia de los documentos “TC1” y “TC2” correspondientes o, los que en su caso, los sustituyan y de las nóminas, pago de las cotizaciones que procedan a la Seguridad Social, retenciones IRPF, etc. El adjudicatario estará obligado a poner en conocimiento del Ayuntamiento el nombre, apellidos y teléfono de una persona de contacto a quien pueda llamarse para resolver las necesidades del servicio. El personal afectado a al servicio del adjudicatario deberá estar dotado de un uniforme de trabajo y de los medios necesarios para la prevención de riesgos laborales. Será de cuenta del adjudicatario los gastos de vestuario del personal que realice el contrato. El adjudicatario se responsabiliza de la falta de aseo, decoro y deficiencias en la uniformidad o en los materiales de protección de riesgos laborales, de la descortesía o mal trato que el personal observe con relación al vecindario, así como de producir ruidos excesivos en la prestación del servicio. El Ayuntamiento podrá imponer al adjudicatario que separe del servicio no tendrá relación o imponga una sanción a cualquier empleado de dependencia con INTERCARGO S.A.U. la contrata adscrito al servicio que diera motivo para ello. Las incidencias que pudieren surgir en el adjudicatario deberá abonar a su personal salarios no inferiores a los mínimos en vigencia para seno de la actividadempresa derivadas de situaciones de conflicto, entendiéndose que los mismos se liquidarán por jornada legal de trabajobajas laborales, y deberá mantener al día el pago de sueldos vacaciones u otras circunstancias análogas relativas al personal respetando las disposiciones sobre la jornada legal de trabajo. La dotación deberá estar formada por personal de residencia estable y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, para el caso de personal que cumpla con tareas de conducción de vehículos –si los tuviera-, además puesto al servicio de la capacitación correspondiente ejecución de este contrato, serán de cuenta del adjudicatario sin que puedan afectar a fin la correcta ejecución de desempeñar sus funciones de acuerdo este contrato, debiendo, si ello fuere necesario, contratar ex profeso a las normas que rigen la actividad aeroportuaria, es obligatorio trabajadores especialistas para que el número y la calidad del personal involucrado cuente con los cursos adscrito a este contrato se mantenga a lo largo de las líneas aéreas y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. de la nómina de personal que preste servicio detallando nombre y apellido, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y a la seguridad socialtoda su duración.
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Samples: Service Contract
Personal. 6.1. FORMACIÓN, VESTUARIO, SUSTITUCIONES, ETC…
6.1.a) En la proposición se indicará la plantilla de personal de que se dispondrá en el servicio y su organización, bien entendido que dicho personal constará como puesto de trabajo de la empresa adjudicataria a todos los efectos.
6.1.b) Vestuario de trabajo e identificación de los trabajadores. Será aportado por la empresa adjudicataria. El personal afectado adscrito a los distintos servicios, estará obligado a vestir las prendas que se establezcan para el reconocimiento por parte de los usuarios y un sistema de identificación con los datos personales del trabajador así como él puesto que desempeña, tanto el vestuario como la identificación deberán contar con la conformidad de los técnicos de Logroño Deporte S.A., tanto en calidad, como tipología y cantidad, pudiendo exigir que sean diferentes en función del servicio a prestar. Las prendas proporcionadas deberán de incluir el logotipo de Logroño Deporte S.A. y del Ayuntamiento xx Xxxxxxx, ambos bordados en todas las prendas, y siempre bajo las directrices de los técnicos Logroño Deporte S.A., igualmente, si estos lo autorizan podrá incluirse el logotipo de la empresa adjudicataria, en el lugar y tamaño que se indique expresamente. La empresa adjudicataria deberá proporcionar inmediatamente todos los repuestos de vestuario necesarios a sus trabajadores en caso de que este se considere defectuoso por los técnicos de Logroño Deporte S.A. Con un mínimo de quince días de antelación al comienzo del servicio la empresa deberá presentar los modelos de vestuario y especificar las cantidades anuales, para su oportuna aprobación. Es obligatorio que la empresa adjudicataria, comience a prestará el servicio con la mencionada equipación aprobada para todos sus puestos, la falta de cumplimiento de este aspecto conllevara la sanción correspondiente a la empresa adjudicataria.
6.1.c) La empresa adjudicataria estará obligada a formar a todo su personal de forma previa al inicio del contrato. Quince días antes del comienzo de la prestación del servicio no tendrá relación de dependencia con INTERCARGO S.A.U. el adjudicatario deberá abonar a su personal salarios no inferiores impartir a los mínimos en vigencia para la actividad, entendiéndose que trabajadores una formación especifica de los mismos se liquidarán por jornada legal puestos de trabajo, y deberá mantener al día el pago así como de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre los protocolos específicos del centro. La formación, como mínimo constara de ochenta horas de duración, por trabajador, e incluirá practicas en la jornada legal propia instalación, según establezcan los técnicos de Logroño Deporte S.A., desarrollando la formación especifica de cada puesto de trabajo, así como un conocimiento exhaustivo de la instalación y de las tareas a desarrollar. Igualmente la empresa deberá obrar para cualquier contratación, modificación o sustitución de personal, ya sea temporal o parcial, durante toda la vigencia del contrato de adjudicación.
6.1.d) La dotación deberá estar formada por personal empresa adjudicataria estará obligada a sustituir de residencia estable forma inmediata aquellos trabajadores que incumplan con las funciones encomendadas, obligaciones y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigenterequisitos marcados en las presentes prescripciones técnicas, para el así como en caso de personal que cumpla con tareas trato incorrecto y/u ofensivo hacia los trabajadores de conducción de vehículos –si Logroño Deporte S.A o hacia los tuviera-, además de la capacitación correspondiente a fin de desempeñar sus funciones de acuerdo a las normas que rigen la actividad aeroportuaria, es obligatorio que el personal involucrado cuente con los cursos usuarios de las líneas aéreas y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. instalaciones. Para ello solo será necesario que medie informe de la nómina los técnicos de personal Logroño Deporte S.A. que preste servicio detallando nombre y apellido, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y a la seguridad socialasí lo aconseje.
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Samples: Management Contract
Personal. El personal afectado Las tareas de mantenimiento y limpieza de las zonas definidas en el Anexo 2 y que son objeto de este Pliego, se han visto disminuidas en la limpieza tal como se indica en los artículos 1 y 6 del presente Pliego. La innovación tecnológica en el sector está a la prestación orden del servicio no día, de forma que la productividad por trabajador se incrementa de año en año. Así es posible atender mayor superficie con menos personal o lo que sería lo mismo, es necesario un menor número de trabajadores por hectárea de superficie ajardinada. Por otro lado, es necesario tener en cuenta la época del año. Los requerimientos de la vegetación, así como la utilización de los jardines por los ciudadanos varían a lo largo del año. Distinguiremos dos temporadas, temporada baja (otoño e invierno) y temporada alta (primavera y verano), ambas tendrán una duración de seis meses. Las empresas licitadoras aportarán una propuesta detallada y justificada de las previsiones de la plantilla que considere necesaria para cada una de las operaciones a realizar y temporada. Desde el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx se estima que con el nivel tecnológico actual los ratios son para superficies con césped 0,36 U.T.H./ha, superficies sin césped 0,22 U.T.H./ha y alineaciones arbóreas 0,15 U.T.H./1.000 plantas. Las superficies en las que se realice limpieza se incrementará en 0,10 U.T.H./ha. Por tanto, conforme a las superficies incluidas en el Anexo 2, el número de trabajadores medio asciende a 15. La relación temporada alta/baja se considera del 60% para la temporada alta y el 40% para la temporada baja con respecto al total anual. El desglose del personal será el siguiente: -Personal directo necesario para la realización de los trabajos; tendrá la categoría profesional de: Oficiales Jardineros. Jardineros. También se reflejará el personal necesario de las citadas categorías para asegurar la ejecución de los trabajos cuando se produzcan bajas por vacaciones, absentismo laboral, enfermedad, accidente y otras causas debidamente justificadas. -Personal necesario para ejercer labores de vigilancia y control que aseguren la correcta ejecución de los servicios, en las categorías de: Encargados. Otros mandos intermedios. -Asimismo, deberán presentar relación detallada de dependencia con INTERCARGO S.A.U. todo el adjudicatario deberá abonar a su personal salarios no inferiores indirecto asignado a los mínimos en vigencia para la actividadservicios, entendiéndose que especificando su dedicación, con el fin de garantizar el buen funcionamiento de los mismos se liquidarán por jornada legal y dentro del siguiente desglose: Dirección y personal técnico de trabajo, y deberá mantener al día el pago de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre la jornada legal de trabajo. La dotación deberá estar formada por personal de residencia estable y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, para el caso de personal que cumpla con tareas de conducción de vehículos –si los tuviera-, además de la capacitación correspondiente a fin de desempeñar sus funciones de acuerdo a las normas que rigen la actividad aeroportuaria, es obligatorio que el personal involucrado cuente con los cursos de las líneas aéreas y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. de la nómina de personal que preste servicio detallando nombre y apellido, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y a la seguridad socialservicios.
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Samples: Pliego De Condiciones Técnicas
Personal. Para la realización de las prestaciones relacionadas, la entidad adjudicataria del contrato deberá destinar, al menos, el siguiente personal:
1. Un Coordinador: a jornada completa, trabajador social, sociólogo, psicólogo, educador u otra titulación del área de las ciencias sociales. Será el responsable del desarrollo del programa, de las actividades que se desarrollan y del equipo técnico.
2. Cuatro técnicos: a jornada completa, trabajadores sociales, educadores, pedagogos, psicólogos u otra titulación del área de las ciencias sociales. En los dos casos será imprescindible acreditar una experiencia previa en materia de voluntariado y servicios sociales. El referido personal afectado a la prestación adscrito al programa deberá desempeñar sus funciones en el mismo con carácter de exclusividad. La entidad adjudicataria del servicio no tendrá relación de dependencia con INTERCARGO S.A.U. el adjudicatario deberá abonar a su personal salarios no inferiores a los mínimos en vigencia contrato para la actividad, entendiéndose que los mismos realización de este programa se liquidarán regirá por jornada legal de trabajo, y deberá mantener al día el pago de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre la jornada legal de trabajo. La dotación deberá estar formada por personal de residencia estable y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, para el caso de personal que cumpla con tareas de conducción de vehículos –si los tuviera-, además instrucciones de la capacitación correspondiente Jefa del Departamento Municipal de Voluntariado, u otro funcionario/a municipal designado por la Dirección General de Familia, Infancia y Voluntariado con competencias en este ámbito, a fin de desempeñar sus funciones de acuerdo garantizar el óptimo desarrollo del servicio. De igual modo, la entidad adjudicataria se atendrá a las normas indicaciones que rigen a este respecto le sugiera el órgano de gestión competente, a fin de asegurar la actividad aeroportuaria, es obligatorio que mayor adecuidad entre los profesionales contratados y el personal involucrado cuente con los cursos de las líneas aéreas y AVSEC objetivo mismo del servicio. La entidad adjudicataria estará obligada a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. de la nómina de personal que preste servicio detallando nombre y apellido, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante comunicar cualquier cambio que se registre (altaspudiera producirse en materia de personal, bajascon indicación de la jornada laboral, promoción cualificación, currículum y funciones, debiendo contar con la autorización expresa del departamento municipal competente en materia de voluntariado del Ayuntamiento de Madrid. La totalidad del personal dependerá, exclusivamente, de las empresas o cambios entidades adjudicatarias de función)la ejecución del contrato, no existiendo ningún vínculo de carácter laboral ni de ningún otro tipo con el Ayuntamiento de Madrid, que será totalmente ajena a dichas relaciones laborales. Por otra parteDe esta forma, el personal dependerá del contratista adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias en todo el ámbito de organización (retribuciones, horarios, etc.) y legal establecido, siendo éste el único responsable y obligado al cumplimiento relativas de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al trabajo caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y a la seguridad socialtributaria.
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Personal. El personal afectado contratista designará un coordinador, debidamente cualificado y con conocimientos y habilidades suficientes del idioma castellano para poder desarrollar adecuadamente su función, cuyo nombramiento deberá ser aceptado por el órgano de contratación, que tenga capacidad suficiente para representar al adjudicatario en cuantos actos derivados del cumplimiento de las obligaciones contractuales sea preciso, con la función de dirigir y controlar los servicios a prestar, así como para disponer de información inmediata caso de requerimiento por parte del Ayuntamiento de Calahorra. A estos efectos, y para atender las incidencias que surjan en la prestación de estos servicios, se exigirá que durante el horario de apertura al público del Museo de la Verdura y del Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxxxx “Xxxx Xxxxx”, xxxx coordinador designado por el adjudicatario esté localizado a través de un sistema de “busca”, teléfono móvil o cualquier otro sistema de eficacia similar. La sustitución de dicho coordinador deberá ser autorizada por la Administración Municipal. El coordinador deberá remitir con la debida antelación (al menos con una semana de antelación) el planning mensual de los trabajadores que van a realizar el servicio, así como remitir la semana posterior a la prestación finalización de cada mes, el parte de los trabajos realizados. Los contratos de trabajo del personal que se adscriba al servicio no tendrá relación deberán estar a disposición del Ayuntamiento de dependencia con INTERCARGO S.A.U. Calahorra en el adjudicatario deberá abonar plazo de un mes siguiente a su personal salarios no inferiores a los mínimos en vigencia para la actividad, entendiéndose que los mismos se liquidarán por jornada legal fecha de trabajoinicio del servicio, y deberá mantener al día durante toda la vigencia del mismo. En ningún caso podrá prestarse este servicio sin el pago de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre la jornada legal oportuno contrato de trabajo. La dotación El adjudicatario deberá estar formada por personal mantener un stock de residencia estable y poseer: Documento Nacional productos de Identidad y Licencia limpieza necesarios para un mínimo de Conducir habilitante y vigente, quince días. El Ayuntamiento podrá rechazar a los operarios que no reúnan la aptitud necesaria para el caso de personal que cumpla con tareas de conducción de vehículos –si los tuviera-, además de la capacitación correspondiente a fin de desempeñar sus funciones de acuerdo a las normas que rigen la actividad aeroportuaria, es obligatorio que el personal involucrado cuente con los cursos de las líneas aéreas y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. de la nómina de personal que preste desempeño del servicio detallando nombre y apellido, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y a la seguridad socialcontratado.
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Samples: Contrato De Servicios Generales De Atención, Administración Y Limpieza
Personal. El oferente suministrará todo el personal afectado necesario para el cumplimiento de las guardias, de acuerdo a los perfiles que se detallan en Anexo 1, detallando una lista del personal a emplear (nombre, apellido, profesión, especialidad, nacionalidad, fecha de nacimiento, documento, teléfono de contacto y currículum vitae). Toda modificación que experimente la prestación lista Laboral de la CTM xx Xxxxx Grande. deberá ser comunicada por nota al Sector Medicina El equipo xx xxxxxxx estará conformado por un (1) médico y un (1) enfermero, para cubrir el horario indicado, con presencia ininterrumpida de los mismos. La CTM xx Xxxxx Grande se reserva el derecho de aceptar a cada uno de los integrantes del servicio no tendrá relación equipo xx xxxxxxx mediante el análisis de dependencia con INTERCARGO S.A.U. sus antecedentes y eventualmente por examen avalado por la Asociación Médica de Concordia o la Asociación Médica xx Xxxxx, conforme a las pautas de las Especificaciones Técnicas, o que el adjudicatario deberá abonar Sector Medicina Laboral xx Xxxxx Grande así lo disponga. La CTM xx Xxxxx Grande se reserva el derecho de prohibir, a su personal salarios no inferiores solo juicio, el ingreso a sus instalaciones de cualquier persona del plantel del contratista, sin que el contratista pueda manifestar oposición. Será responsabilidad del contratista el estricto cumplimiento de la legislación laboral, social y previsional y estándares propios de la función médica. La C.T.M. xx Xxxxx Grande podrá practicar las inspecciones y auditorías que estime conveniente a fin de verificarlo y podrá retener de los mínimos montos contractuales las sumas correspondientes en vigencia para la actividad, entendiéndose que los mismos se liquidarán por jornada legal caso de trabajo, y deberá mantener al día demora en el pago de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre la jornada legal de trabajo. La dotación deberá estar formada por personal de residencia estable y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, para el caso de personal que cumpla con tareas de conducción de vehículos –si salarios o cargas sociales a los tuviera-, además de la capacitación correspondiente a fin de desempeñar sus funciones de acuerdo a las normas que rigen la actividad aeroportuaria, es obligatorio que el personal involucrado cuente con los cursos de las líneas aéreas y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. de la nómina de personal que preste servicio detallando nombre y apellido, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y a la seguridad socialempleados u organismos recaudadores.
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Samples: Contract Sg 597
Personal. a.- Requisito general.- La empresa adjudicataria deberá disponer del personal adecuado, en número y cualificación profesional, para realizar los servicios que oferten, tanto con carácter obligatorio como opcional legalmente establecidos, sin que bajo ninguna circunstancia pueda suspenderse o interrumpirse el servicio por falta del mismo. En ningún caso se podrá computar como personal de atención directa, a efectos de cálculo de ratio asistencial, a personas voluntarias ni estudiantes. La tasa o "ratio" mínimo entre el personal de atención directa y las personas usuarias del centro de día deberá ser la que en cada momento marque la normativa de la Diputación Xxxxx de Bizkaia al respecto El cumplimiento de esta exigencia tiene la naturaleza de condición esencial del contrato, en los términos señalados en el artículo 223 f) del TRLCSP y se contempla como una causa de resolución del contrato.
b.- Titulación y capacitación.- La empresa adjudicataria deberá acreditar que el personal afectado que destine a la prestación del servicio cumple con las titulaciones académicas y profesionales requeridas por la legislación vigente. Este requisito deberá cumplirse durante toda la vigencia del contrato, adaptándose la empresa a las nuevas exigencias normativas que se aprueben.
c.- Relaciones entre el personal de la empresa adjudicataria y la Sociedad Urduñako Arkupea, S.L. La Sociedad Urduñako Arkupea, S.L. no tendrá ninguna relación jurídica, laboral o de dependencia cualquier índole con INTERCARGO S.A.U. el personal del adjudicatario, ni durante la vigencia del contrato ni al término del mismo, siendo de cuenta del adjudicatario deberá abonar todas las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades que surjan con ocasión del contrato y su finalización. Ello no obstante la empresa adjudicataria vendrá obligado a facilitar mensualmente a la Sociedad Urduñako Arkupea, S.L. los Tcs pagados del personal empleado. La empresa adjudicataria quedará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de seguridad e higiene en el trabajo y prevención de riesgos laborales, referidas tanto a él como al propio personal a su personal salarios no inferiores a los mínimos cargo. Las obligaciones laborales y sociales establecidas en vigencia para este apartado tienen el carácter de "esenciales", pudiendo su incumplimiento ser causa de resolución del contrato. El incumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales por parte de la actividad, entendiéndose que los mismos se liquidarán por jornada legal empresa adjudicataria o la infracción de trabajo, y deberá mantener al día el pago de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre prevención por parte del personal designado por ella, no implicará responsabilidad alguna para la jornada legal de trabajoadministración contratante. La dotación deberá estar formada por personal de residencia estable Ningún conflicto laboral que se plantee entre la empresa adjudicataria y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, para el sus trabajadores tendrá repercusión en las condiciones económicas del contrato. En caso de personal huelga u otra circunstancia, la empresa adjudicataria deberá garantizar los servicios mínimos conforme a la legislación reguladora que cumpla con tareas sea de conducción de vehículos –si los tuviera-aplicación.
d.- Altas, además bajas y sustituciones. Si en el transcurso de la capacitación correspondiente adjudicación la empresa adjudicataria se viera obligada a fin la sustitución del personal, deberá hacerlo salvaguardando las condiciones adecuadas, y lo notificará en tiempo y forma a la Sociedad Urduñako Arkupea, S.L.
e.- La gestión y organización del personal adscrito al Centro de desempeñar Día correrá por cuenta de la empresa adjudicataria, que presentara un informe comprensivo de los siguientes aspectos, a efectos meramente informativos:
a) Calendario Laboral.
b) Horario de trabajo de todos/as los/as profesionales.
c) Organización de la plantilla.
d) Previsión de incidencias
f.- Formación del personal.- La empresa adjudicataria deberá preparar y formar técnicamente a sus funciones trabajadores/as en las materias propias del servicio que deben prestar, tanto desde el punto de acuerdo vista técnico como legal. Asimismo presentará a la Sociedad Urduñako Arkupea, S.L. las normas certificaciones que rigen sean necesarias para acreditar las titulaciones y preparación del personal en materias afines a la actividad aeroportuaria, que es obligatorio que el personal involucrado cuente con los objeto de este pliego: cursos de las líneas aéreas y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. de la nómina de personal que preste servicio detallando nombre y apellidoformación, número de Documento Nacional de Identidadpostgrado, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vidaespecialización, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes)., aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y a la seguridad socialasí como los "curriculums vitae".
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Samples: Contract for Services
Personal. La empresa adjudicataria pondrá de manifiesto, una vez adjudicado el servicio, el personal que con dedicación completa en la jornada laboral vigente pondrá a disposición del servicio contratado. Al menos deberá ser el siguiente: 1 Encargado. 8 Operarios para actividades (de los cuales serán 2 oficiales electricistas, un fontanero y un oficial de albañilería, y el resto a decidir por la empresa adjudicataria. 1 Técnico para la realización de informes técnicos. 1 Administrativo. El Excmo. Ayuntamiento a través de su representante podrá solicitar al adjudicatario el cambio parcial o total de las personas que realizan las tareas en los centros. Serán de cuenta del adjudicatario las obligaciones que la legislación y los convenios colectivos aplicables establezcan en cuanto al personal que viniera prestando el servicio. La falta de pago de los salarios a los trabajadores y de las cuotas de la Seguridad Social, serán causa de resolución de contrato. El personal afectado a la prestación del servicio que aporte o utilice el adjudicatario no tendrá relación vinculación alguna con el Ayuntamiento de dependencia Badajoz y dependerá única y exclusivamente del contratista, el cual asumirá la condición de empresario con INTERCARGO S.A.U. todos los derechos y deberes con respecto a dicho personal, sin que en ningún caso resulte responsable el adjudicatario Ayuntamiento de Badajoz de las obligaciones del contratista y sus trabajadores, aún cuando los despidos y medidas que adopte sean como consecuencia, directa o indirecta, del cumplimiento, rescisión o interpretación del contrato. Las vacaciones y bajas médicas serán sustituidas por otro personal cualificado a cuenta del adjudicatario. Además, deberá abonar a su actualizar la información cada vez que se produzca una modificación, altas o bajas de personal salarios no inferiores a los mínimos en vigencia para la actividad, entendiéndose que los mismos se liquidarán por jornada legal de trabajo, y deberá mantener adscrito al día el pago de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre la jornada legal de trabajocontrato. La dotación deberá estar formada por personal de residencia estable y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, para el En caso de personal que cumpla con tareas incumplimiento de conducción de vehículos –si los tuviera-contrato el Ayuntamiento podrá retomar el servicio y sacarlo o no, además de la capacitación correspondiente a fin de desempeñar sus funciones de acuerdo a las normas que rigen la actividad aeroportuaria, es obligatorio que el personal involucrado cuente con los cursos de las líneas aéreas y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. de la nómina de personal que preste servicio detallando nombre y apellido, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y a la seguridad socialnueva contratación.
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Samples: Service Agreement
Personal. El personal afectado y empleados de la empresa adjudicataria del servicio, pertenecerán exclusivamente al concesionario, quien deberá formalizar debidamente su situación laboral, siendo preceptivo el cumplimiento de las obligaciones de seguridad social. Ninguno de ellos adquirirá ni ostentará relación jurídica de empleo o de función con el Xxxxxxxx xx Xxxxx de Rei, y tampoco podrá alegar como determinante de expectativas de derechos, ni siquiera el de preferencia para futuras contrataciones. El adjudicatario dispondrá del personal necesario para satisfacer adecuadamente las exigencias del contrato y abonará sus retribuciones, incentivos, pagas extraordinarios, seguros sociales y demás conceptos retributivos que correspondan conforme a la prestación legislación vigente y los convenios colectivos que le afecten. No pudiendo reclamar de la Administración la correspondiente indemnización o compensación económica, por el posible desequilibrio económico que pudiese producirle la revisión del servicio no tendrá relación correspondiente convenio colectivo o la negociación de dependencia uno nuevo. El licitador incluirá en su memoria un organigrama con INTERCARGO S.A.U. los puestos de trabajo asignados a cada servicio. Los puestos de trabajo serán constantes a lo largo del año, adaptándose la plantilla resultante a estas circunstancias. El adjudicatario se compromete a cubrir las bajas que se produzcan en el adjudicatario deberá abonar personal que ocupa los puestos de trabajo por causa de vacaciones, enfermedad, accidentes o cualquier otra circunstancia análoga. Será responsabilidad del concesionario ajustar las condiciones de trabajo del personal a lo dispuesto en la legislación y convenios colectivos vigentes. El Xxxxxxxx xx Xxxxx de Rei queda totalmente exento de cualquier tipo de responsabilidad cuando esta derive de las relaciones laborales entre el concesionario y su personal salarios no inferiores a los mínimos en vigencia para la actividad, entendiéndose que los mismos se liquidarán por jornada legal de trabajo, y deberá mantener al día el pago de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre la jornada legal de trabajopersonal. La dotación deberá estar formada por personal empresa adjudicataria comunicará al Concello toda variación que pretenda hacer en cuanto al número de residencia estable y poseer: Documento Nacional integrantes de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, para el caso la plantilla de personal que cumpla con tareas de conducción de vehículos –si los tuviera-asignada al servicio, además de siendo necesaria la capacitación correspondiente a fin de desempeñar sus funciones de acuerdo a las normas que rigen la actividad aeroportuaria, es obligatorio que el personal involucrado cuente con los cursos de las líneas aéreas y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. de la nómina de personal que preste servicio detallando nombre y apellido, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y a la seguridad socialprevia aprobación expresa xxx Xxxxxxxx.
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Samples: Concession Agreement
Personal. El Adjudicatario será responsable de la puntualidad y corrección en las entregas de las comidas, para lo cual deberá acreditar la existencia de suficientes medios personales y materiales que deberá concretar en su oferta El personal afectado adscrito a la prestación ejecución del contrato deberá contar con la acreditación de MANIPULADOR DE ALIMENTOS, en vigor, expedido por la autoridad sanitaria competente y será válido en todo el territorio nacional. Llevará inscrito, como mínimo, el nombre y los apellidos del manipulador, su número de documento nacional de identidad y la actividad a la que se dedique. Para ello, la Empresa Adjudicataria incluirá el programa de formación de los manipuladores de alimentos en el Plan de Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico. La Empresa Adjudicataria debe garantizar en todo momento que los manipuladores de alimentos dispongan de una formación adecuada en higiene de los alimentos de acuerdo con su actividad laboral. Estos programas de formación tendrán carácter permanente o periódico, dependiendo del tipo de formación impartida. La formación y supervisión de los manipuladores de alimentos estarán relacionadas con la tarea que realizan y con los riesgos que conllevan sus actividades para la seguridad alimentaria. La Empresa Adjudicataria creará un PLAN DE ANALISIS DE PELIGROS Y PUNTOS DE CONTROL CRITICO para el servicio no tendrá relación de dependencia con INTERCARGO S.A.U. recogida y transporte de comidas entre los diferentes centros del Hospital Universitario Central xx Xxxxxxxx (Oviedo) que lo presentará tras la Adjudicación del Contrato a la Sección de Residuos y Limpieza, y será aprobado por la Subdirección de Servicios Generales del H.U.C.A. El Adjudicatario del contrato deberá aportar el adjudicatario deberá abonar documento de evaluación de riesgos referido a su personal. Requisitos que debe reunir del personal salarios no inferiores adscrito a los mínimos en vigencia para la actividad, entendiéndose que los mismos se liquidarán por jornada legal de trabajo, y deberá mantener al día el pago de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre la jornada legal de trabajo. La dotación deberá estar formada por personal de residencia estable y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, ejecución del contrato para el caso servicio de personal que cumpla con tareas recogida y transporte de conducción de vehículos –si comidas entre los tuviera-, además de la capacitación correspondiente a fin de desempeñar sus funciones de acuerdo a las normas que rigen la actividad aeroportuaria, es obligatorio que el personal involucrado cuente con los cursos de las líneas aéreas y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. de la nómina de personal que preste servicio detallando nombre y apellido, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes diferentes centros del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y a la seguridad social.H.U.C.A.:
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Samples: Cleaning Contract
Personal. 10.1.- La Empresa Adjudicataria se compromete a tener debidamente dado de alta al personal en la Seguridad Social y a cumplir todas las obligaciones legales y contractuales respecto del mismo, debiendo acreditarse el pago de las cotizaciones de seguros sociales ante el Ayuntamiento de la Anteiglesia xx Xxxxxxx.
10.2.- El contratista dispondrá del personal afectado a necesario para satisfacer adecuadamente las exigencias del presente pliego y abonará sus retribuciones, incentivos y cargas sociales, cumpliendo con la legislación vigente y los convenios que le afecten, quedando el Ayuntamiento de la Anteiglesia xx Xxxxxxx totalmente exento de responsabilidad de toda índole sobre las relaciones entre el contratista y su personal, tanto durante la vigencia del contrato, como una vez finalizado éste.
10.3.- El licitador, en su oferta, deberá presentar un organigrama del servicio, en el que se especifique claramente la plantilla, su cualificación, los puestos de trabajo desempeñados con sus correspondientes horarios, plan de suplencias en vacaciones y cualquier otra circunstancia que permita la mejor definición del servicio ofertado. (Se adjunta como anexo IV( PPT) la relación del personal que actualmente presta el servicio). En cualquier caso, el personal que se considera mínimo para la prestación del servicio es el siguiente: nº trabajadores Categoría dedicación jornada Personal adscrito al servicio 1 Encargado General completa 1 Técnico Titulado completa 1 Encargado completa 1 Jardinero-Conductor completa 7 Jardinero completa Personal no tendrá relación de dependencia con INTERCARGO S.A.U. adscrito al servicio 2 Auxiliar Jardinero (refuerzos temporada) 1/2 jornada 1 Administrativo 2/3 jornada
10.4.- El contratista deberá facilitar, siempre que le sea solicitado por el adjudicatario deberá abonar a su personal salarios no inferiores Ayuntamiento, toda aquella información que permita comprobar la plantilla e identificar a los mínimos responsables de cada trabajo.
10.5.- El contratista estará obligado a presentar por escrito, al inicio del contrato una relación con el nombre, categoría y antigüedad de los trabajadores implicados en vigencia los trabajos relativos al servicio, y posteriormente presentará con periodicidad mensual una relación con cualquier variación que se produjese por bajas, vacaciones, ... indicando las personas que realizan las sustituciones, que deberán tener igual cualificación.
10.6.- Dado que el Adjudicatario viene obligado a satisfacer, en todo caso, las especificaciones del presente pliego, si con el personal y los medios previstos en su propuesta no realiza la prestación con la calidad contractual exigida, vendrá obligado a ampliar los mismos, sin que ello le permita variar los precios de su oferta.
10.7.- Dentro de la plantilla propuesta se dispondrá de un técnico superior o de grado medio, que representará al Adjudicatario ante el Ayuntamiento, que deberá asistir, sin excusa, a los requerimientos que éste le efectúe, y que tendrá conocimiento y poder suficiente para tomar las decisiones que se adopten sobre las prestaciones contratadas, sin que las mismas puedan verse afectadas por la actividadfalta de capacidad decisoria, entendiéndose que ya sea legal o formal. Será el interlocutor válido para todos los mismos se liquidarán por jornada legal asuntos relativos al contrato y deberá prestar servicio, fuera de su horario normal de trabajo, y deberá mantener al día el pago cuando le sea indicado por la Dirección Municipal del Servicio, por considerar necesario su concurso.
10.8.- El contratista será responsable de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre la jornada legal de trabajo. La dotación deberá estar formada por personal de residencia estable y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, para el caso de personal que cumpla con tareas de conducción de vehículos –si los tuviera-, además de la capacitación correspondiente a fin de desempeñar sus funciones de acuerdo a las normas que rigen la actividad aeroportuaria, es obligatorio que el personal involucrado que efectúe los trabajos en la vía pública vaya debidamente documentado, de que disponga de vestuario idóneo y perfectamente identificable por el color y emblema, que deberá ir bordado al mismo, según lo que al efecto disponga el Ayuntamiento y de que utilice y cuente con los cursos medios de protección personal y colectiva previstos en la normativa vigente para este tipo de actividad, por ello, y en cumplimiento de lo anteriormente expuesto, queda expresamente prohibido que se realicen en otras condiciones los trabajos que exige el servicio.
10.9.- Los responsables municipales que se designen tendrán autoridad sobre el personal del Adjudicatario, aunque procurarán dar las órdenes a través de su Técnico Director, y en todo caso, informarán a éste de las líneas aéreas instrucciones que den directamente.
11.1.- Todo el personal de los servicios deberá ir uniformado.
11.2.- La cantidad y AVSEC calidad del vestuario para el personal se regirá en todo momento según lo acordado por los convenios colectivos, no siendo en ningún caso inferior a ser coordinado dos uniformes anuales, uno xx xxxxxx y otro de invierno.
11.3.- Cada licitador deberá presentar una relación detallada de las prendas de vestuario, así como del material auxiliar que va a emplear cada operario, con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado expresión del costo anual de los mismos.
12.1.- Los licitadores deberán indicar en las ofertas los criterios de actuación para la contratación de personal. Propondrán la política de personal a INTERCARGO S.A.U. seguir y en particular todos los aspectos relacionados con la formación del citado personal, seguridad y salud laboral y servicios médicos necesarios.
12.2.- Todo el personal será sometido a las correspondientes revisiones médicas, cumpliéndose por la empresa adjudicataria las normas dictadas por las autoridades laborales competentes en esta materia.
12.3.- Si por causas justificadas, tales como aumento de los servicios, incremento de la nómina superficie, etc..., fuera necesario realizar aumentos de plantilla de personal que preste servicio detallando nombre y apellido, número para la correcta prestación de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra partelos servicios, el adjudicatario Ayuntamiento de la Anteiglesia xx Xxxxxxx, a la vista de las nuevas necesidades planteadas por la Empresa Adjudicataria, podrá aprobar dichas ampliaciones que implicarán en su caso, conforme a lo previsto en este pliego y en el de cláusulas administrativas, una compensación económica en favor del Adjudicatario, en base a los precios unitarios vigentes en el momento de la ampliación.
13.1.- El Adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias tener debidamente asegurado a todo el personal a su cargo, debiendo realizar los seguros de cumplimiento relativas al trabajo y responsabilidad civil que cubra posibles daños a terceros en la prestación de los trabajos contemplados, así como los que provoquen los elementos confiados a su conservación, siendo la cuantía mínima asegurada de 1.000.000 euros.
13.2.- Todo el personal deberá estar perfectamente identificado en orden a la seguridad socialde los servicios, proponiendo los licitadores el sistema de identificación más eficaz.
13.3.- El Adjudicatario, se responsabilizará de la falta de aseo, decoro, uniformidad en el vestuario o de la descortesía o mal trato que el personal observe con respecto al afecto al Ayuntamiento de la Anteiglesia xx Xxxxxxx.
Artículo 14 El Adjudicatario deberá presentar un Plan de Prevención de Riesgos Laborales específico de la empresa y en concreto de cada uno de los puestos de trabajo a desempeñar por sus operarios en la realización de las tareas contratadas con el Ayuntamiento de la Anteiglesia xx Xxxxxxx. El documento se presentará en el plazo de un mes desde la firma del contrato. Los EPIS del personal serán entregados se justificarán anualmente.
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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas
Personal. El personal afectado a la prestación del servicio no tendrá relación de dependencia con INTERCARGO S.A.U. el adjudicatario deberá abonar a su personal salarios no inferiores a los mínimos en vigencia para la actividad, entendiéndose que los mismos se liquidarán por jornada legal de trabajo, y deberá mantener al día el pago de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre la jornada legal de trabajo. La dotación deberá estar formada por personal de residencia estable y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, para el caso de personal que cumpla con tareas de conducción de vehículos –si los tuviera-, además de la capacitación correspondiente a fin de desempeñar sus funciones de acuerdo a las normas que rigen la actividad aeroportuaria, es obligatorio que el personal involucrado cuente con los cursos de las líneas aéreas y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. de la nómina de personal que preste servicio detallando nombre y apellido, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. LICITACIÓN Nº 25/2022 Servicio de limpieza de Aeronaves – Escala Rosario Página 74 de 117 Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y a la seguridad social.
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Samples: Contratación De Servicio De Limpieza
Personal. El En relación al personal se establece que: A) “EL CONTRATISTA” proveerá el personal para ejecutar las tareas objeto del cumplimiento íntegro del presente contrato. B) “EL CONTRATISTA” proveerá personal debidamente entrenado y calificado para los puestos indicados. C) “EL CONTRATISTA” deberá prever la capacitación, conducta, competencia, limpieza, apariencia e integridad del personal afectado a la prestación del servicio no tendrá relación de dependencia con INTERCARGO S.A.U. el adjudicatario deberá abonar este contrato. D) “LA CONTRATISTA” impartirá a su personal salarios no inferiores a los mínimos en vigencia para la actividad, entendiéndose que los mismos se liquidarán por jornada legal de trabajo, y deberá mantener al día el pago de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre la jornada legal de trabajo. La dotación deberá estar formada por personal de residencia estable y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, para el caso de personal que cumpla con tareas de conducción de vehículos –si los tuviera-, además de la capacitación correspondiente a fin de desempeñar sus funciones de acuerdo a las normas que rigen la actividad aeroportuaria, es obligatorio que el personal involucrado cuente con periódicamente los cursos de las líneas aéreas capacitación y AVSEC a ser coordinado actualización sobre procedimientos de seguridad y vigilancia; y cumplirá detalladamente con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. todos y cada uno de los ítems explicitados en el artículo 4° SERVICIO DE VIGILANCIA A PROVEER y los artículos 4.1., 4.2., 4.3. y 4.4. xxx Xxxxxx de Bases Condiciones Generales, Legales y Técnicas. E) “LA CONTRATISTA” pagará al personal la totalidad de los salarios, beneficios adicionales, Obras Sociales, Salarios familiares, vacaciones, horas extras, licencias por enfermedad y toda otra obligación que surja de la nómina naturaleza de “EL SERVICIO” y conforme al Convenio Colectivo de Trabajo y las Leyes Laborales en vigencia, los que deberán constar en su totalidad en el correspondiente Recibo de Haberes. En consecuencia, ninguna de estas obligaciones correrá por cuenta de “EL CONSORCIO”. F) “LA CONTRATISTA” deberá proveer al personal que preste servicio detallando nombre y apellido, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. los uniformes y/o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes todo lo necesario para el debido cumplimiento del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y a la seguridad socialobjeto del presente contrato.
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Personal. El personal afectado asignado a la prestación del servicio no tendrá relación de dependencia con INTERCARGO S.A.U. el adjudicatario deberá abonar a su personal salarios no inferiores a los mínimos en vigencia para la actividad, entendiéndose que los mismos se liquidarán por jornada legal de trabajo, y deberá mantener al día el pago de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre la jornada legal de trabajo. La dotación deberá estar formada por personal de residencia estable y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, esta instalación para el caso día a día estará en posesión del certificado de personal que cumpla con tareas haber superado el curso homologado de conducción de vehículos –si los tuviera-, además Prevención y Control de la capacitación correspondiente Legionellosis (Orden SCO/317/2003) e irá equipado con las medidas de seguridad que las operaciones requieran (ropa especial, gafas, caretas, etc.) a fin de desempeñar sus funciones que su actuación se desarrolle de acuerdo con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y sus desarrollos reglamentarios. Horarios: Los trabajos de limpieza y desinfección se deberán llevar a las normas que rigen cabo fuera de los horarios habituales de la actividad aeroportuariainstalación, es obligatorio que incluso en xxxxxxx, xxxxxxxx y días festivos, para no interferir en el personal involucrado cuente servicio y de acuerdo con los cursos responsables técnicos del IMD. Las operaciones a realizar están recogidas en los diferentes planes de las líneas aéreas autocontrol realizados por el IMD y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. como resumen son: Limpieza y desinfección de la nómina los circuitos de personal que preste servicio detallando nombre A.C.S. Mínimo una vez al año. Limpieza y apellidodesinfección de los depósitos acumuladores, número filtros, grifos y alcachofas de Documento Nacional duchas. Mínimo una vez al año. Limpieza y desinfección de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza los vasos del balneario. Mínimo dos veces al año. Limpieza y desinfección de seguro los jacuzzis. Mínimo una vez al año. Productos de vida, etctratamiento. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes Medición y registros de temperatura diario. Labores periódicas según el R.D. 865/2003. Comprobación del segundo día hábil estado de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y a la seguridad socialconservación.
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Personal. 8.1.- El adjudicatario recibirá la instalación sin medios personales, siendo de su cuenta todo el personal afectado que contrate para la adecuada prestación del servicio, sin que Excmo. Ayuntamiento de la Granada contraiga con respecto a dicho personal obligación alguna en cuanto al pago de sus salarios, seguridad social o cualquier otro concepto. A tal efecto, será obligación del adjudicatario la de asumir el personal y sus correspondientes liquidaciones, a la terminación del contrato, cualquiera que sea su causa, sin que con respecto al mismo, asuma deber de subrogación la Corporación local concedente.
8.2.- El adjudicatario destinará a la prestación del servicio no tendrá relación el personal que considere necesario y, como mínimo: 2 camareros, 1 planchista y 1 cajero, siendo de dependencia su cuenta todos los gastos que lleve consigo, de acuerdo con INTERCARGO S.A.U. el adjudicatario deberá abonar a su la legislación vigente en cada momento; así como emplear las medidas pertinentes que sobre personal salarios no inferiores a los mínimos en vigencia para la actividad, entendiéndose que los mismos se liquidarán por jornada legal de trabajo, y deberá mantener al día el pago de sueldos al personal respetando prescriban las disposiciones sobre legales actuales y las que en un futuro pudieran concernirles.
8.3.- En casos de ausencia por enfermedad, sanciones impuestas por la jornada legal empresa, baja del personal, vacaciones reglamentarias y otras causas análogas, las plazas deberán ser cubiertas inmediatamente x xxxxx del adjudicatario, de trabajo. La dotación deberá estar formada forma que se mantenga permanentemente el servicio ofertado, salvo en circunstancias especiales en que previa autorización por personal de residencia estable y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigenteel Ayuntamiento, para no sea necesaria el caso de personal que cumpla con tareas de conducción de vehículos –si los tuviera-, además cien por cien de la capacitación correspondiente a fin de desempeñar sus funciones de acuerdo a las normas que rigen la actividad aeroportuaria, es obligatorio que el personal involucrado cuente con los cursos plantilla.
8.4.- Como consecuencia de las líneas aéreas y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. de la nómina de personal que preste servicio detallando nombre y apellido, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parteestipulaciones anteriores, el adjudicatario deberá entregar mensualmente se obliga a llevar a cabo las constancias contrataciones que sean precisas, utilizando alguna de cumplimiento relativas las fórmulas previstas en la legislación vigente, que permita la resolución automática de aquellos contratos al trabajo y extinguirse el contrato por cualquier causa de las previstas en los presentes pliegos. Ante supuestos de incumplimiento de la presente estipulación, o suscripción de contratos indefinidos o irresolubles a la extinción del contrato, serán de cuenta del adjudicatario las indemnizaciones y demás obligaciones económicas resultantes de la aplicación de la legislación vigente en materia laboral y de seguridad socialsocial a que hubiere lugar por la extinción de los contratos laborales en vigor, respondiendo, incluso, de este incumplimiento a través de la incautación de la garantía definitiva, manteniéndose el Ayuntamiento al margen de las relaciones laborales que celebre el adjudicatario, no procediendo la sucesión empresarial en los contratos celebrados.
8.5.- El personal deberá vestir con la uniformidad de uso obligatorio en esta clase de prestaciones. Dicha uniformidad, que se propondrá al Ayuntamiento para su autorización previa, CONCEJALÍA DELEGADA DE CULTURA Y PATRIMONIO
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Samples: Contrato De Concesión
Personal. 1.- La Empresa concesionaria podrá contratar todo el personal que estime necesario para la explotación de la Plaza, el cual deberá, necesariamente, ser dado de alta en la Seguri- dad Social y retribuido, al menos, según el Convenio vigente en cada momento o en su defecto conforme a la legislación estatal, que asimismo deberá ser cumplida en todas sus partes, así como la legislación laboral general de aplicación. Igualmente queda obligada la Empresa concesionaria al cumplimiento de las disposiciones vigentes y de aplicación en materia de Seguridad y Salud y Prevención de Riesgos Laborales.
2.- Dicho personal será propio de la Empresa concesionaria sin que pueda imputarse en ningún caso a este Excmo. Ayuntamiento la “responsabilidad empresarial en materia de contratas o subcontratas de obra o servicios” prevista en el artículo 42 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1.995 de 24 xx Xxxxx), dado que no se trata de actividad propia de la Corporación demandante ni de obligada prestación conforme a lo regulado en los artículos 25.3 y 26 de la Ley 7/85 de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local, no teniendo en ningún momento relación alguna, ni dependencia de ninguna clase con el Excmo. Ayuntamiento que en cualquier caso queda eximido de cualquier tipo de responsabilidad que pudiera derivarse de las posibles subrogaciones contractuales previstas en el articulo 44 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, R.D. Legislativo 1/1.995 de 24 xx Xxxxx, puesto que el objeto del Concurso lo constituye un Contrato, de manera que no existe transmisión de infraestructura ni organización empresarial básica, ni se impone al adjudicatario que resulte del presente procedimiento la obligación de adquirir los medios materiales del Concesionario anterior. En consecuencia a la finalización de la presente contratación, dicho personal dejará de prestar servicio en la Plaza, debiendo ser la Empresa concesio- naria quien siga haciéndose cargo del mismo, o resolver su situación laboral.
3.- La Empresa concesionaria remitirá al Excmo. Ayuntamiento para su debida constancia, el número y relación de empleados para velar por una debida asistencia al público, conforme a lo previsto en el vigente Reglamento de Espectáculos Taurinos y demás normas reguladoras xxx xxxx del espectáculo.
4.- El personal afectado que utilice la Empresa para la prestación de los servicios y que tenga relación con el público, al que deberá atender con la máxima cortesía, deberá estar debidamente uniformado y lucirá obligatoriamente como distintivo gorra y brazalete, cuyos gastos correrán por cuenta de la Empresa que resulte adjudicataria.. Irán debida- mente uniformados los areneros, mulilleros, encargados de evacuatorios, monosabios y alguaciles a caballos, éstos en todos los espectáculos, sin excepción. La uniformidad del personal será a cargo de la empresa, excepto la de alguaciles, clarineros y maestro de toriles que serán de cuenta del Ayuntamiento. Habrá en la Plaza el número de mozos necesarios para el servicio de la xxxxx vestidos todos con pantalón blanco. Servidores de puyas, servidores de banderillas y servidores de puertas de acceso al ruedo, con blusa azul y gorra blanca. Monosabios, con blusa roja y gorra blanca. Areneros, con blusa verde y gorra blanca. Mulilleros, camisa, calzado y chaquetilla blancos y pañuelo xx xxxx y faja de color rojo, a la prestación cabeza. Maestro de toriles y torilero, traje campero andaluz y sombrero de ala ancha. Alguaciles, calzas, jubón con mangas acuchilladas y puños con encajes encañonados, ferreruelo, gola bicornio negro con escarapela y plumas xx xxxxxxxx con los colores nacionales y botas de montar negras con espuelas. Los alguaciles montarán caballos que por su porte, estado, arreos, silla, estribos etc, no desmerezcan el lucimiento y sean acordes con la vestimenta de los mismos.
5.- En los actos o espectáculos que organice o promocione el Excmo. Ayuntamiento, sufragará éste los gastos del personal utilizado, según las necesidades de cada acto o espectáculo.
6.- La Empresa concesionaria nombrará una persona encargada del manteni- miento y puesta en servicio no tendrá relación de dependencia del reloj, corriendo con INTERCARGO S.A.U. el adjudicatario deberá abonar los gastos inherentes a su personal salarios buen funcionamiento.
7.- La Empresa concesionaria se compromete y se obliga a contratar, para cada uno de los espectáculos taurinos que se celebren, una Banda de Música de la localidad que no inferiores desmerezca del prestigio de la Plaza.
8.- El nombramiento de clarineros y alguaciles será realizado a los mínimos en vigencia para propuesta de la actividadAlcaldía. Por su parte el nombramiento de maestro de toriles, entendiéndose que los mismos se liquidarán por jornada legal de trabajotorileros, y deberá mantener al día servicios de mulillas y mulilleros, será realizado por el adjudicatario, previa consulta a la Alcaldía. En ambos casos corresponde a la empresa concesionaria el pago de sueldos al los gastos de contratación y demás emolumentos.
9.- El nombramiento de Asesor de la Presidencia y del Médico Cirujano Jefe y resto del equipo médico, serán nombrados de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Taurino y demás disposiciones que lo complementen.
10.- El servicio de enfermería será de cuenta del Concesionario, que abonará todos los gastos de la misma, tanto del personal respetando como del material quirúrgico, farmacéutico y enseres que sean necesarios para el adecuado funcionamiento que se ajuste a las disposiciones sobre vigentes en la jornada legal de trabajo. La dotación deberá estar formada por materia.
11.- Entre el personal de residencia estable y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, para el caso de personal que cumpla con tareas de conducción de vehículos –si los tuviera-, además propio de la capacitación correspondiente a fin empresa adjudicataria figurará un ingeniero o ingeniero técnico o arquitecto o arquitecto técnico con experiencia en la construcción, diseño o mantenimiento de desempeñar sus funciones plazas de acuerdo a las normas que rigen la actividad aeroportuariatoros, es obligatorio que el personal involucrado cuente con los cursos dos taquilleros, al menos, responsables de las líneas aéreas taquillas que acrediten experiencia en la venta de entradas de plazas de toros de segunda o primera categoría y AVSEC a ser coordinado un relaciones públicas con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. título de Licenciado en Ciencias de la nómina Información, con experiencia en espectáculos taurinos en plazas de personal que preste servicio detallando nombre y apellido, número primera o segunda categoría de Documento Nacional las Comunidad Autónoma de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y a la seguridad socialAndalucía.
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Samples: Concession Agreement
Personal. La empresa adjudicataria deberá aportar el siguiente personal técnico para la ejecución del contrato: - 35 horas de dedicación mensuales; estas funciones se podrán realizar remotamente. 1 técnico de grado superior/licenciado en informática/telecomunicaciones. - 3 técnicos con 35 horas semanales, de forma presencial en las dependencias municipales. 1 técnico con titulación mínima Ciclo formativo de grado superior en informática o equivalente. Mínimo 4 años de experiencia en las aplicaciones de gestión municipal. Experiencia en el diseño de procedimientos y tramitación del expediente electrónico. Experiencia en el tratamiento de la factura electrónica FACE. Experiencia en la firma electrónica y diseño de circuitos y lógicas de firma. 1 técnico con titulación mínima Ciclo formativo de grado superior en informática o equivalente. Mínimo 4 años de experiencia en: Soporte a usuario en aplicaciones ofimáticas. Mínimo 3 años de experiencia en las aplicaciones de gestión municipal. Mantenimiento y configuración de servidores WINDOWS y LINUX. Configuración y mantenimiento de equipo firewall / VPN IPSEC / VPN SSL Instalación y configuración de equipo en red. Documentación de procedimientos. Experiencia en la firma electrónica Diseño de circuitos y lógicas de firma. 1 técnico con titulación mínima Ciclo formativo de grado medio en informática o equivalente. El personal afectado a la prestación del servicio no tendrá relación de dependencia con INTERCARGO S.A.U. el adjudicatario deberá abonar prestar el servicio de manera completa y, por lo tanto, le corresponde cubrir vacaciones y bajas, que deberá comunicar debidamente al Ayuntamiento. Las persones que formen parte del equipo de trabajo solo podrán ser substituidas a su personal salarios no inferiores a los mínimos instancias del Ayuntamiento de Pollença y por razones de conveniencia para el servicio, por baja en vigencia para la actividadempresa, entendiéndose que los mismos se liquidarán enfermedad, u otra causa de fuerza mayor, en este caso la empresa adjudicataria propondrá un nuevo técnico de perfil equivalente. En caso de substitución solicitada por jornada legal de trabajoel adjudicatario, y no comprendida en ninguno de los casos anteriores, deberán solaparse el entrante y el saliente al menos durante 15 jornadas efectivas para garantizar el intercambio de información y la continuidad del servicio. El contrato de los trabajadores deberá mantener al día el pago reflejar la categoría laboral real de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre tareas encomendadas a realizar. El adjudicatario asegurará la jornada legal confidencialidad e integridad de trabajo. La dotación deberá estar formada por personal de residencia estable los datos manejados y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, para el caso de personal que cumpla con tareas de conducción de vehículos –si los tuviera-, además de la capacitación correspondiente documentación facilitada, estando sujetos al cumplimiento estricto de la Ley de Protección de Datos. Así mismo, deberá designar en su oferta las persones que, sin perjuicio de la responsabilidad de la empresa, estarán autorizadas para las relaciones con el Ayuntamiento de Pollença a fin efectos del uso correcto del material y de desempeñar sus funciones de acuerdo la información a las normas que rigen la actividad aeroportuaria, es obligatorio que manejar. Todo el personal involucrado cuente con los cursos en este servicio deberá firmar un compromiso de las líneas aéreas y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. mantenimiento de la nómina confidencialidad de personal toda la información que preste maneje como consecuencia de su actividad en el Ayuntamiento de Pollença. La información específica adquirida a consecuencia de este servicio detallando nombre y apellido, número sólo podrá ser utilizada en el marco de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y a la seguridad socialeste contrato.
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Samples: Contract for It Services
Personal. La dotación de personal, titulación, dedicación al contrato y requisitos particulares con que deberá contar el Adjudicatario para la ejecución del Contrato, será como mínimo la que figura en el Anejo nº 3.- DOTACION DE PERSONAL, debiendo adecuar la presencia de su personal para atender a las demandas flexibles del trabajo. El personal afectado Adjudicatario presentará a la prestación Dirección del servicio no tendrá relación Contrato un organigrama del funcionamiento de dependencia la Dirección de Obra en los quince primeros días desde la firma de la orden de ejecución y posteriormente, siempre que sea preciso introducir algún cambio. Tendrá, así mismo, a disposición del Director del Contrato un Libro Registro de Personal, conformado por éste con INTERCARGO S.A.U. el adjudicatario deberá abonar a su personal salarios no inferiores a los mínimos en vigencia para la actividad, entendiéndose que los mismos se liquidarán por jornada legal indicación de trabajoaltas y bajas motivadas, y relación laboral con el Adjudicatario. Cualquier modificación de personal deberá mantener al día ser previamente aprobada por el pago de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre la jornada legal de trabajoDirector del Contrato. La dotación deberá estar formada por personal jornada de residencia estable y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, para el caso de trabajo del personal que cumpla con tareas realiza su función en la obra será la misma que la del Contratista, no teniendo derecho el Adjudicatario a reclamar aumentos de conducción presupuesto por necesidad de vehículos –si los tuviera-mayor dedicación, además de la capacitación correspondiente a fin de desempeñar sus funciones de acuerdo a las normas que rigen la actividad aeroportuariahoras extraordinarias, es obligatorio que el personal involucrado cuente con los cursos de las líneas aéreas y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. de la nómina de personal que preste servicio detallando nombre y apellido, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. festivas o C.U.I.T., póliza de seguro de vidanocturnas, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes La dedicación prevista inicialmente es la que figura en el Anejo Nº3.- DOTACION DE PERSONAL.. Las ausencias obligadas del segundo día hábil personal Técnico o de cada mes)Vigilancia por bajas laborales, aun cuando no hubiere novedades; y vacaciones u otros motivos justificados serán cubiertas por sustitutos de manera inmediatala misma cualificación técnica, ante cualquier cambio aceptados por el Director del Contrato, salvo que las obras se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y a la seguridad socialencuentren paralizadas por vacaciones del Contratista.
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Samples: Contract for Services
Personal. 1. El adjudicatario, previo consentimiento de los interesados, indicará los nombres de las personas adscritas a la empresa que tiene previsto designar y que cumplen los requisitos exigidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas. El adjudicatario estará obligado a asignar para la ejecución de los trabajos a que se refiere el presente Xxxxxx, al personal afectado cuyo nombre figure en su oferta, con la dedicación definida en la misma. Por consiguiente, durante la vigencia del contrato, el personal asignado al mismo con dedicación completa, no podrá intervenir en otro trabajo.
2. En cualquier momento de la ejecución del contrato Logroño Deporte, S.A podrá exigir la presentación de la documentación acreditativa de la relación contractual o de otra índole que vincule a los miembros del equipo de trabajo con la empresa adjudicataria.
3. La alteración de las personas físicas integrantes del equipo de trabajo o “Personal” requerirá la aceptación por el órgano de contratación. Si durante la vigencia del contrato, alguno de los integrantes del equipo de “Personal” no cumpliese debidamente con sus obligaciones o con las expectativas previstas por Logroño Deporte, S.A., la empresa contratista deberá sustituirlo por otro trabajador que reúna los requisitos exigidos, en el transcurso del menor tiempo posible tras la solicitud por parte de Logroño Deporte, S.A.
4. El adjudicatario deberá adscribir a la prestación del servicio no tendrá relación durante el tiempo de dependencia vigencia del contrato, a aquellos trabajadores que, prestando servicio con INTERCARGO S.A.U. el anterior adjudicatario, quedaran vinculados laboralmente a la finalización de contrato, en virtud de convenio colectivo. A tal efecto, en el las prescripciones técnicas se concretan los puestos de trabajo adscritos a este centro así como la jornada laboral.
5. La empresa adjudicataria, así como sus trabajadores, deberán colaborar en las tareas y mantenimiento del sistema de calidad, implantado en Logroño Deporte y en cuantas disposiciones puedan dictar los técnicos de Logroño Deporte, S.A.
6. El personal adscrito al servicio y que realice funciones operativas, deberá ir correcta y convenientemente uniformado, de conformidad con las previsiones xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
7. El personal adscrito al servicio deberá mantener un trato correcto tanto con los usuarios de la instalación como con los empleados.
8. La adjudicataria deberá garantizar y velar en todo momento porque el servicio se preste con la diligencia debida.
9. La empresa adjudicataria dotará al personal de todos los medios materiales y técnicos necesarios para la prestación del servicio.
10. En caso de conflicto laboral, la empresa adjudicataria se hará responsable de todos los perjuicios que se ocasionen x Xxxxxxx Deporte, S.A.
11. El adjudicatario deberá abonar a su personal salarios no inferiores a los mínimos cumplir con las disposiciones vigentes en vigencia para la actividadmateria laboral, entendiéndose que los mismos se liquidarán por jornada legal de trabajo, Seguridad Social y Seguridad y Salud y deberá mantener estar al día corriente de sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social. Los licitadores manifestarán en su solicitud si han tenido en cuenta en sus ofertas el pago cumplimiento de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre anteriores obligaciones.
12. Como viene manteniendo la jornada legal doctrina y la jurisprudencia, la obligación de trabajo. La dotación deberá estar formada por personal de residencia estable y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, para el caso de personal que cumpla con tareas de conducción de vehículos –si los tuviera-, además subrogarse en las relaciones laborales derivadas de la capacitación correspondiente ejecución de un contrato, cuando un contratista nuevo sucede a fin otro en ella, no deriva del contrato mismo sino de desempeñar sus funciones las normas laborales, normalmente los convenios colectivos que se encuentren vigentes en el sector de acuerdo actividad laboral de que se trate. Es por lo anterior que Logroño Deporte no impone con carácter genérico la subrogación y sí el respeto a las normas laborales de aplicación, para lo cual y teniendo en cuenta igualmente la pluralidad de sectores laborales que rigen pueden concurrir en la actividad aeroportuariaprestación/es compleja/s que se licita/n, es obligatorio unas con regulaciones expresas sobre la materia y otras que la omiten; siguiendo el mandato del art. 120 del R. D. Leg. 3/2011, cuando proceda se incluirá únicamente a efectos informativos, en ANEXO al Pliego de Prescripciones Técnicas, información de las condiciones de los contratos laborales adscritos al cumplimiento del contrato vigente, al efecto de permitir a los licitadores la correcta evaluación de los costes que implicará el nuevo contrato según el personal involucrado cuente con que, respetando los cursos mínimos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas y las normas laborales de aplicación, propongan para el cumplimiento de las líneas aéreas y AVSEC nuevas prestaciones.
13. Se establece como condición especial de ejecución el mantenimiento durante la vigencia del contrato, del compromiso asumido por el licitador en el Anexo VII de respetar las condiciones laborales de los trabajadores que hayan de ser subrogados así como la aplicación de idénticas condiciones a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. de la nómina de personal que preste servicio detallando nombre y apellido, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y a la seguridad sociallos nuevos trabajadores fuere preciso contratar.
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Samples: Service Agreement
Personal. El CONTRATISTA se obliga a ocupar, en la ejecución del contrato, personal idóneo, con experiencia en los trabajos que se le encomienden, con el fin de que éstos se ejecuten en forma técnica, eficiente. El personal afectado que destine el Contratista para el seguimiento de las actividades a ejecutar debe ser un ingeniero o tecnólogos en construcciones civiles, graduados, con una experiencia no menor de dos (2) años, contados desde la fecha de graduación en la adecuación o acondicionamiento de vías en asfalto. Todos los trabajadores vinculados al contrato serán de libre nombramiento y desvinculación por parte del CONTRATISTA y no adquieren vinculación laboral, ni de ninguna índole con AGUAS REGIONALES EPM S.A. E.S.P.; por lo tanto, corre a cargo del CONTRATISTA el pago de salarios, seguridad social y parafiscales, trabajos extras o suplementarios, incapacidades, indemnizaciones, bonificaciones, el pago por los reemplazos de aquellos oficios que tengan una asignación salarial diferente a la estipulada en el oficio inicial y además prestaciones sociales a que tengan derecho, de conformidad con las leyes laborales colombianas. El CONTRATISTA pagará las prestaciones consagradas en el Código Sustantivo del Trabajo, o las compensaciones tanto semestrales como de fin de año y aportes sociales correspondientes, según la naturaleza jurídica que tenga EL CONTRATISTA. En los casos donde las actividades desempeñadas por el personal del contratista afecten la prestación del servicio no tendrá relación conminará al contratista que tome las medidas correctivas, so pena de dependencia con INTERCARGO S.A.U. imposición de medidas de apremio establecidas en el adjudicatario deberá abonar a su personal salarios no inferiores a los mínimos en vigencia para la actividad, entendiéndose que los mismos se liquidarán por jornada legal de trabajo, y deberá mantener al día el pago de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre la jornada legal de trabajo. La dotación deberá estar formada por personal de residencia estable y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, para el caso de personal que cumpla con tareas de conducción de vehículos –si los tuviera-, además de la capacitación correspondiente a fin de desempeñar sus funciones de acuerdo a las normas que rigen la actividad aeroportuaria, es obligatorio que el personal involucrado cuente con los cursos de las líneas aéreas y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. de la nómina de personal que preste servicio detallando nombre y apellido, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. pliego o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y a la seguridad socialgarantías contractuales.
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Samples: Construction Contract
Personal. 1. La empresa adjudicataria dispondrá del personal necesario para satisfacer adecuadamente las exigencias de la prestación del contrato y abonará sus re- tribuciones, incentivos, pagas extraordinarias, seguros sociales, etc., los cuales satisfarán en todo caso a tenor de lo dispuesto en la legislación vigente y en los convenios colectivos que les afecten.
2. Los socorristas deberán poseer como mínimo la titulación de Técnico en primeros Auxilios y en Salvamento y Socorrismo, especialidad de salvamento acuático, expedido y actualizado por una entidad reconocida (Federaciones de Salvamento y Socorrismo x Xxxx Xxxx) y licencia federativa actualizada. En cualquier caso deberán poseer la titulación que exija la legislación vigente en este tipo de instalaciones.
3. Para la zona de salud (Spa y cabinas) deberá existir el personal necesario debidamente cualificado.
4. Los monitores para la enseñanza de la natación, a su vez, deberán poseer la titulación mínima de monitor expedida por una federación de natación o en su caso formación académicas oficial que acredite sus conocimientos.
5. Los monitores de musculación deberán poseer titulación mínima de monitor, expedida por el órgano correspondiente.
6. El adjudicatario facilitará, siempre que le sea solicitado por el Ayuntamiento de Borox, los documentos o justificantes oficiales correspondientes a cotizaciones sociales, nóminas, seguros de accidentes, mutuas, etc., del personal adscrito al servicio, la afiliación de la persona que desempeñe un determinado cometido, el organigrama con el nombre y categoría laboral del personal que ocupe los diversos puestos de trabajo y en general toda aquella información que permita comprobar la plantilla e identificar a los responsables de las distintas tareas de los servicios prestados.
7. El Ayuntamiento podrá exigir al contratista que aparte del servicio o sancione a cualquier empleado de la contrata que diere motivo para ello. Igualmente el Ayuntamiento de Borox podrá exigir del adjudicatario el cambio de personal que esté utilizando para los trabajos contratados siempre que haya incorrección por parte del mismo.
8. Será responsabilidad del adjudicatario el ajustar las condiciones del trabajo del personal a lo dispuesto en la legislación social, de salud laboral, y conve- nios colectivos vigentes, por lo que el Ayuntamiento de Borox queda totalmente exento de responsabilidad sobre la relaciones entre el contratista y su personal.
9. El personal afectado que emplee el contratista deberá actuar, en todo momento con corrección y consideración frente a los empleados municipales, usuarios y abo- nados, así como estar correctamente uniformado e identificado. Las caracterís- ticas de las prendas y elementos de identificación serán sometidos con anterioridad a la aprobación del Comité de Seguimiento. De las faltas de aseo, decoro o uniformidad en el vestir, así como de la descortesía, faltas de infor- mación, atención o debida consideración, maltrato que el personal adscrito ob- serve con respecto a los empleados municipales o usuarios, será responsable el contratista adjudicatario.
10. En el plazo de 10 días desde la adjudicación del contrato deberá notificarse al Ayuntamiento de Borox el nombre de la persona que ostentará la represen- tación de la empresa gestora. Dicha persona será responsable del correcto funcionamiento de las instalaciones y servicios, y procurará la observancia de las disposiciones legales y de las normas de funcionamiento interno, así como atender las posibles reclamaciones de los usuarios. Este representante deberá asistir a las reuniones del Comité de Seguimiento a las que se le indique para tratar asuntos relativos al servicio objeto del contrato. Serán funciones específicas de esta persona apoderada: La dirección de los servicios que se encomiendan, de acuerdo a las condiciones contenidas en el pliego y las directrices que la empresa adjudicataria reciba del Ayuntamiento de Borox; El cuidado por el orden, disciplina, distribución, y asignación del trabajo y supervisión del comportamiento de los empleados de la empresa para su gra- tificación, promoción o sanción en el ámbito laboral; Con relación a la última función del adjudicatario, establecerá medidas de control y vigilancia de asistencia a sus trabajadores, que deberán ser las normalmente exigibles en cualquier empresa, y que ser- virán no sólo para ese control de asistencia, sino para la verificación por parte del Ayunta- miento de Borox a través de la Comisión de Seguimiento.
11. El adjudicatario contará con el personal capacitado necesario para cumplir con las exigencias de la normativa vigente en este tipo de instalaciones y para el desempeño de los trabajos objeto de la contrata y asume la responsabilidad de las decisiones que deban ser tomadas en la prestación del servicio, que no afectarán a las Administraciones contratantes fuera del marco estricto de lo pactado en la contrata. Si por razón de las normas de seguridad e higiene en el trabajo se precisare alguna intervención técnica, será de su cargo y por su cuenta el proporcionar al personal la debida asistencia para el desempeño de las actividades concertadas.
12. El Ayuntamiento no tendrá relación jurídica, ni laboral, de tipo alguno con el personal perteneciente a la empresa adjudicataria durante la vigencia del con- trato ni a su terminación.
13. La empresa adjudicataria garantizará la adecuada formación del personal según la legislación laboral vigente.
14. En ningún momento el Ayuntamiento de Borox se subrogará en las relacio- nes contractuales entre el contratista y el personal de la entidad adjudicataria, ya sea por extinción de la sociedad, o de su personalidad jurídica, quiebra, suspensión de pagos, rescate o cualquier otra causa similar.
15. El contratista quedará obligado al cumplimiento de la normativa establecida en la Ley 31/95, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales y demás legislación reguladora de dicha materia.
16. En el momento de inicio de la prestación de los servicios, el adjudicatario comunicará al Ayuntamiento de Borox la relación de personal adscrito al servi- cio, así como la relación nominal del mismo.
17. El adjudicatario está obligado a presentar, anualmente, o cuando lo solicite el Ayuntamiento de Borox, la actualización de la plantilla de personal, con de- terminación de la situación y condiciones de cada empleado y la relación de altas y bajas que se produzcan en la plantilla.
18. La empresa adjudicataria organizará bajo su responsabilidad los sistemas de gestión del personal y de organización del trabajo, de forma que se obtenga la mayor eficacia en el servicio.
19. La empresa adjudicataria se sujetará, estrictamente, a la legislación social y laboral vigente en cada momento. A este fin, se confeccionarán las relaciones nominales TC2, solamente con el personal adscrito al servicio, no pudiendo incluirse en estas relaciones a otro personal que la empresa adjudicatario tenga contra- tado para actividades que no son objeto de este contrato.
20. El Ayuntamiento de Borox podrá exigir a la empresa la acreditación de estar al corriente en sus obligaciones tanto tributarias como con la Seguridad Social.
21. La empresa adjudicataria estará obligada a implantar en materia de forma- ción las medidas necesarias para incrementar la eficacia en la prestación del servicio no tendrá relación y la profesionalidad de dependencia con INTERCARGO S.A.U. el adjudicatario deberá abonar los trabajadores a su personal salarios no inferiores a cargo.
22. En los mínimos procesos de selección de personal, la empresa adjudicataria contará con la opinión del Comité de Seguimiento
23. Los licitadores incluirán en vigencia para la actividad, entendiéndose que los mismos se liquidarán por jornada legal su Proyecto de trabajo, y deberá mantener gestión su propuesta en relación al día el pago de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre la jornada legal de trabajo. La dotación deberá estar formada por personal de residencia estable y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, para el caso de personal que cumpla con tareas de conducción de vehículos –si los tuviera-, además de la capacitación correspondiente a fin de desempeñar sus funciones de acuerdo a las normas que rigen la actividad aeroportuaria, es obligatorio que el personal involucrado cuente con los cursos de las líneas aéreas y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. de la nómina de personal que preste servicio detallando nombre y apellido, número de Documento Nacional empleados convenientemente justificada. En todo caso, los licitadores dispondrán del personal suficiente en cada mo- mento de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio forma que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y a toda la normativa existente para este tipo de instalaciones en lo relativo a la seguridad socialtanto de los usuarios como del propio personal de la empresa.
24. En cumplimiento de lo que dispone la ley de integración social de minusvá- lidos, los adjudicatarios que acrediten un número de trabajadores fijos que ex- ceda de 50 personas, deberán de acreditar que, como mínimo, el 3% de su plantilla esta integrada por personas con algún tipo de minusvalía.
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Personal. 1. El adjudicatario, previo consentimiento de los interesados, indicará los nombres de las personas adscritas a la empresa que tiene previsto designar y que cumplen los requisitos exigidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas. El adjudicatario estará obligado a asignar para la ejecución de los trabajos a que se refiere el presente Xxxxxx, al personal afectado cuyo nombre figure en su oferta, con la dedicación definida en la misma. Por consiguiente, durante la vigencia del contrato, el personal asignado al mismo con dedicación completa, no podrá intervenir en otro trabajo.
2. En cualquier momento de la ejecución del contrato Logroño Deporte, S.A podrá exigir la presentación de la documentación acreditativa de la relación contractual o de otra índole que vincule a los miembros del equipo de trabajo con la empresa adjudicataria.
3. La alteración de las personas físicas integrantes del equipo de trabajo o “Personal” requerirá la aceptación por el órgano de contratación. El incumplimiento de esta obligación será causa de Resolución del contrato. No obstante lo cual, si durante la vigencia del contrato, alguno de los integrantes del equipo de “Personal” no cumpliese debidamente con sus obligaciones o con las expectativas previstas por Logroño Deporte, S.A., la empresa contratista deberá sustituirlo por otro trabajador que reúna los requisitos exigidos, en el transcurso del menor tiempo posible tras la solicitud por parte de Logroño Deporte, S.A.
4. El adjudicatario deberá adscribir a la prestación del servicio no tendrá relación durante el tiempo de dependencia vigencia del contrato, a aquellos trabajadores que, prestando servicio con INTERCARGO S.A.U. el anterior adjudicatario, quedaran vinculados laboralmente a la finalización de contrato, en virtud de convenio colectivo. A tal efecto, en las Prescripciones Técnicas se concretan los puestos de trabajo adscritos a este centro así como la jornada laboral.
5. La empresa adjudicataria, así como sus trabajadores, deberán colaborar en las tareas y mantenimiento del sistema de calidad, implantado en Logroño Deporte y en cuantas disposiciones puedan dictar los técnicos de Logroño Deporte, S.A.
6. El personal adscrito al servicio y que realice funciones operativas, deberá ir correcta y convenientemente uniformado, de conformidad con las previsiones xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
7. El personal adscrito al servicio deberá mantener un trato correcto tanto con los usuarios de la instalación como con los empleados.
8. La adjudicataria deberá garantizar y velar en todo momento porque el servicio se preste con la diligencia debida.
9. La empresa adjudicataria dotará al personal de todos los medios materiales y técnicos necesarios para la prestación del servicio.
10. En caso de conflicto laboral, la empresa adjudicataria se hará responsable de todos los perjuicios que se ocasionen x Xxxxxxx Deporte, S.A.
11. El adjudicatario deberá abonar a su personal salarios no inferiores a los mínimos cumplir con las disposiciones vigentes en vigencia para la actividadmateria laboral, entendiéndose que los mismos se liquidarán por jornada legal de trabajo, Seguridad Social y Seguridad y Salud y deberá mantener estar al día corriente de sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social. Los licitadores manifestarán en su solicitud si han tenido en cuenta en sus ofertas el pago de sueldos al personal respetando las disposiciones sobre la jornada legal de trabajo. La dotación deberá estar formada por personal de residencia estable y poseer: Documento Nacional de Identidad y Licencia de Conducir habilitante y vigente, para el caso de personal que cumpla con tareas de conducción de vehículos –si los tuviera-, además de la capacitación correspondiente a fin de desempeñar sus funciones de acuerdo a las normas que rigen la actividad aeroportuaria, es obligatorio que el personal involucrado cuente con los cursos cumplimiento de las líneas aéreas y AVSEC a ser coordinado con INTERCARGO S.A.U. El adjudicatario mantendrá informado a INTERCARGO S.A.U. de la nómina de personal que preste servicio detallando nombre y apellido, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio, C.U.I.L. o C.U.I.T., póliza de seguro de vida, etc. Este listado deberá ser enviado mensualmente (antes del segundo día hábil de cada mes), aun cuando no hubiere novedades; y de manera inmediata, ante cualquier cambio que se registre (altas, bajas, promoción de personal o cambios de función). Por otra parte, el adjudicatario deberá entregar mensualmente las constancias de cumplimiento relativas al trabajo y a la seguridad socialanteriores obligaciones.
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