Pruebas decretadas y practicadas. En la primera audiencia de trámite el tribunal decretó las pruebas a instancia de las partes. El tribunal considera útil, para el sustento de la decisión que adoptará en esta providencia, relacionar los medios de prueba allegados al proceso y que se incorporaron al expediente, los cuales fueron todos analizados para definir el asunto sometido a su consideración, así :
1. Declaraciones de parte Rindió declaración de parte ante el tribunal Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, representante legal de Fiduciaria La Previsora S.A., en audiencia de octubre 25 de 2000 (acta 6, cdno. ppal., fl. 154). Igualmente rindió declaración de parte el doctor Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx, quien por autorización de los artículos 197 y 198 del Código de Procedimiento Civil, compareció en representación de Cooperadores IPS S.A., en audiencia que se llevó a cabo el día 1º de noviembre de 0000 (xxxx 0, xxxx. xxxx., xx. 172). Las transcripciones de las declaraciones se agregaron al expediente.
Pruebas decretadas y practicadas. Las pruebas decretadas por el Tribunal se practicaron de la siguiente manera:
1. Documentales
Pruebas decretadas y practicadas. La prueba documental.
Pruebas decretadas y practicadas. En la primera audiencia de trámite el Tribunal decretó las pruebas solicitadas por las partes en la demanda, su contestación, en las demandas de reconvención y en las respuesta a las mismas. Los medios de prueba allegados al proceso e incorporados en debida forma al expediente fueron los siguientes:
6.1. Interrogatorios de parte:
Pruebas decretadas y practicadas. 2.1. La prueba documental
2.2. Testimonios.
2.3. Dictamen pericial
2.4. Inspección judicial con exhibición de documentos
Pruebas decretadas y practicadas. En la primera audiencia de trámite (ago. 31/2000) el tribunal decretó las pruebas, y en esta oportunidad considera útil, para el sustento de la decisión que adoptará en esta providencia, relacionar las pruebas allegadas al proceso y que se incorporaron al expediente, así como las practicadas, todas las cuales fueron analizadas para definir el asunto sometido a su consideración:
1. Declaraciones de parte. Rindieron declaración de parte ante el tribunal Xxxx Xxxxxx Xxxxxx, demandante, y Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxx, representante legal de EMI Colombia S.A., el 5 de septiembre de 2000 (acta 6); la versión escrita de estas declaraciones aparece a folios 81 a 109 del cuaderno de pruebas 1.
2. Declaraciones de terceros. Se practicaron por el tribunal los testimonios de Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxx Xxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxx xx Xxxxxxx Xx. Xxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx Xxxx, Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx y Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx. Los apoderados desistieron de los testimonios de Xxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx y Xxxxxx Xxxxxxxxx (acta 8 de sep. 8/2000), y Xxxxxxxx Xxxxx (acta 10 de oct. 4/2000), desistimientos que fueron admitidos por el tribunal.
3. Inspección judicial con exhibición de documentos. El tribunal practicó inspección judicial en la sede de EMI Colombia S.A. el 5 de septiembre de 2000 (acta 7).
Pruebas decretadas y practicadas. Como prueba de los hechos que sirven de fundamento a sus posiciones, las partes aportaron varios documentos. Otros fueron incorporados como consecuencia de la inspección judicial con exhibición que se practicó en las oficinas de la ANI. Igualmente, el Tribunal decretó como prueba de oficio el informe que solicitó a la Secretaría Técnica del Comité de Estabilidad Jurídica del Ministerio de Comercio Industria y Turismo en relación con la solicitud de contrato de estabilidad jurídica elevado por COVIANDES, así como las pruebas documentales consistentes en la respuesta que le dio dicha Secretaría Técnica a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado en ejercicio de un derecho de petición y la totalidad del expediente administrativo cuya actuación culminó con la celebración del mencionado contrato, que habían sido aportados por la mencionada Agencia, y la copia de los contratos a que se refiere dicha respuesta que fueron allegados por la parte demandante. Por petición de las partes se recibieron los testimonios de Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx y Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. Otros tantos solicitados fueron desistidos por las partes. La parte demandante aportó dos dictámenes periciales de parte realizados por la firma Structure S.A.S. Banca de Inversión (en adelante STRUCTURE), cuyo representante legal concurrió a rendir interrogatorio a solicitud de la parte demandada. Igualmente, a petición de la parte demandada se recibió el interrogatorio de parte al representante legal de COVIANDES. En esta forma se concluyó la instrucción del proceso durante la cual las partes tuvieron la oportunidad de controvertir las pruebas en los términos establecidos en la ley.
Pruebas decretadas y practicadas. En la primera audiencia de trámite el tribunal decretó las pruebas a instancia de las partes. El tribunal considera útil, para el sustento de la decisión que adoptará en esta providencia, relacionar los medios de prueba allegados al proceso y se incorporaron al expediente así: Documentos, oficios y exhibiciones: Se aportaron por Inurbe los documentos entregados con la demanda y con su reforma, y que se relacionan en la reforma de la demanda a folios 219 a 223 del cuaderno principal 1. La convocada Fiducolombia S.A. acompañó los documentos presentados en la contestación de la demanda relacionados a folios 59 a 62 del cuaderno principal 1. Se libraron oficios al Departamento Administrativo Nacional de Economía Solidaria, Dansocial, a la (*) Superintendencia Bancaria, al Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, a la Contraloría General de la República, a la Procuraduría General de la Nación, a la fiscalía 186, a la unidad de fiscalía delegada ante los Tribunales Superiores de Santafé de Bogotá, D.C. y Cundinamarca y al centro de arbitraje y conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá. Se agregaron al expediente los demás documentos entregados con estos y en las declaraciones de terceros y en las inspecciones judiciales.
Pruebas decretadas y practicadas. Por auto 7, acta 5, el tribunal de arbitramento, en audiencia realizada el 15 de septiembre de 2003, decretó las pruebas del proceso, las cuales se practicaron de la siguiente manera:
Pruebas decretadas y practicadas. Como prueba de los hechos que sirven de fundamento a sus pretensiones, las partes aportaron varios documentos y solicitaron la incorporación de otros. Por su parte el tribunal, de oficio, decretó algunas pruebas documentales. Todas ellas obran en el expediente y fueron aportadas en los términos de las solicitudes de las partes y en cumplimiento de la disposición oficiosa del tribunal. Según consta en el acta 3, en audiencia que tuvo lugar el 29 de noviembre de 2002, el tribunal decretó las pruebas del proceso, las cuales se practicaron de la siguiente manera: