RELACIONES CON LOS USUARIOS DEL SERVICIO. Las relaciones entre el concesionario y los usuarios se ajustarán al Reglamento inicialmente aprobado y a sus actualizaciones. Los usuarios podrán recurrir o reclamar ante el Ayuntamiento por el funcionamiento del servicio.
RELACIONES CON LOS USUARIOS DEL SERVICIO. Las relaciones entre el adjudicatario y los usuarios del servicio se ajustarán a lo establecido en estos Pliegos y en los de Condiciones Técnicas.
RELACIONES CON LOS USUARIOS DEL SERVICIO. Con respecto a los usuarios del servicio, el Concesionario se ocupará de: Las relaciones con los promotores o solicitantes que deseen un futuro suministro. La ejecución de las acometidas de agua y alcantarillados, con cargo al peticionario. El suministro e instalación de contadores, con cargo al peticionario. La contratación de suministro por los usuarios. La actualización y mantenimiento de un fichero de abonados informatizado, en el que se harán constar las características de los servicios prestados, que deberá estar siempre a disposición del Ayuntamiento. La lectura de contadores. La confección de los padrones y recibos, así como la gestión del cobro, por los conceptos y tarifas vigentes en cada momento. La conservación de las acometidas de agua y alcantarillado. La conservación de contadores. El corte de suministro una vez cumplidos los trámites legales, vigentes en cada momento. La búsqueda, localización y comunicación al Ayuntamiento de usos fraudulentos del agua y acometidas ilegales. Xxxxxxx los escritos o comunicaciones que formulen los interesados sin perjuicio de su traslado a la Administración en caso de corresponderle a ésta su resolución. Estas relaciones se fijarán mediante las normas que establezcan las Ordenanzas y el Reglamento del Servicio Municipal. Si estas normas se modificaran a lo largo del periodo concesional, el Ayuntamiento dará audiencia al Concesionario con la única finalidad de recibir del mismo las sugerencias que éste considerara pertinente formular.
RELACIONES CON LOS USUARIOS DEL SERVICIO. El concesionario y los usuarios de la Piscina Municipal y Bar anejo, ajustarán sus relaciones a las normas para Piscinas Públicas de la Junta xx Xxxxxxxx y León. La Administración contratante, una vez constituida la garantía definitiva, suscrito el correspondiente contrato y presentada la documentación pertinente por el contratista, pondrá a disposición de este los terrenos, instalaciones y todos los bienes ubicados en el recinto de la Piscina Municipal, libre de cargas, gravámenes y de libre disposición para el asentamiento de la explotación de la Piscina con todas sus instalaciones. El canon que el contratista satisfará anualmente al Ayuntamiento, será el ofrecido por el concesionario en la proposición, oferta presentada, que en ningún caso será inferior a 1.400,00 euros (más IVA) cada temporada de concesión, actualizándose anualmente según el Índice General de Precios al Consumo (I.P.C.). El pago del canon se efectuará en dinero efectivo o cheque conformado. Se deberá de abonar la mitad del canon antes del día 15 de julio de cada temporada y el resto antes del 15 xx xxxxxx, pudiéndose optar por un único pago anticipado. El Ayuntamiento ofrecerá la correspondiente factura al concesionario.
RELACIONES CON LOS USUARIOS DEL SERVICIO. Con respecto a los usuarios del servicio, el concesionario cuidará: De las relaciones con los promotores o solicitantes que deseen un futuro suministro. De la ejecución de las acometidas de agua, con cargo al peticionario. De la ejecución de las acometidas de alcantarillado, con cargo al peticionario. Del suministro e instalación de contadores, con cargo al peticionario. De la contratación de suministro por los usuarios. De la puesta al día y mantenimiento de un fichero de usuarios informatizado, en el que hará constar las características del suministro. De la lectura de contadores. De la confección y cobro de los recibos por los conceptos y tarifas aprobados. De la correspondencia con los usuarios. De la conservación de las acometidas de agua. Xxx xxxxx del suministro una vez cumplidos los trámites legales, vigentes en cada momento. Establecer las condiciones y características que han de reunir las instalaciones que realicen los promotores de viviendas, urbanizaciones o polígonos, de conformidad con cuanto se establece en los Reglamentos de aplicación, e inspeccionar su cumplimiento. El período de facturación tendrá frecuencia trimestral, como mínimo. TRABAJOS EN LAS REDES DE DISTRIBUCIÓN Y SANEAMIENTO El concesionario será el único competente para realizar la conexión de nuevas conducciones de agua y de alcantarillado con las redes de distribución y saneamiento existentes, respectivamente, siendo los gastos de dichas operaciones a cargo del peticionario. Si durante la realización de trabajos en la vía pública por parte de otras empresas se provocara la rotura de las conducciones de la red o elementos de la misma, el servicio realizará la reparación en el menor plazo de tiempo posible. El responsable de la rotura deberá abonar todos los gastos ocasionados por los trabajos de reparación, además del lucro cesante. La reparación de los pavimentos afectados correrá por cuenta del responsable de la rotura. En el caso de que el responsable de la rotura se negara a pagar las facturas correspondientes, el servicio lo comunicaría al Ayuntamiento, quien haría efectivo el aval depositado como fianza para la realización de las obras en la vía pública. Cuando otras empresas realicen trabajos de urbanización o renovación de conducciones, el servicio supervisará que la instalación de las redes de agua y alcantarillado se realice adecuadamente, y emitirá un informe al finalizar la instalación, previo a su puesta en servicio, que remitirá al Ayuntamiento. OBRAS DE AMPLIAC...
RELACIONES CON LOS USUARIOS DEL SERVICIO. El concesionario y los usuarios ajustarán sus relaciones al Reglamento del Servicio de la Escuela Infantil Municipal xx Xxxxxxx.
RELACIONES CON LOS USUARIOS DEL SERVICIO. El concesionario y los usuarios xxx Xxxxxxx Ferial se ajustarán sus relaciones a las prescripciones propias de cada uno de los servicios.
RELACIONES CON LOS USUARIOS DEL SERVICIO. El concesionario y los usuarios del servicio ajustarán sus relaciones al Reglamento regulador del Servicio aprobado por el Ayuntamiento. Sin perjuicio de lo anterior, el concesionario podrá completar las previsiones del Reglamento con aquellas reglas o normas de conducta, seguridad, higiene, etc. que considere imprescindibles para una mejor prestación del servicio, que no sean incompatibles con la normativa municipal y previa comunicación al Ayuntamiento.
RELACIONES CON LOS USUARIOS DEL SERVICIO. El concesionario y los usuarios del servicio ajustarán sus relaciones a las prescripciones del Reglamento que se apruebe.
RELACIONES CON LOS USUARIOS DEL SERVICIO. Con respecto a los usuarios del servicio, la empresa se ocupará de: Elaboración y actualización del fichero de abonados, en el que se harán constar las características de cada suministro y conexión al alcantarillado, que deberá estar siempre a disposición del Ayuntamiento. Ejecución del suministro y conexión de agua y alcantarillado a los usuarios y de las instalaciones de contadores. Lectura de contadores. Realización de padrones y recibos con arreglo a las tarifas vigentes en cada momento. Cobro de los recibos y correspondencia con los abonados. Conservación de contadores y acometidas y conexiones de servicio. Página25 Estas relaciones se fijarán mediante las normas que establezcan la Ordenanza Municipal y los Reglamentos Municipales de los servicios de agua potable y alcantarillado que en cada momento se encontrasen vigentes. Si estas normas se modificaran en el período en que la empresa presta el servicio, el Ayuntamiento dará audiencia a la empresa para su redacción, con la única finalidad de recibir de esta las sugerencias que ésta considere pertinente formular.