Ámbitos de cooperación Cláusulas de Ejemplo

Ámbitos de cooperación. Las Partes podrán cooperar en todos los aspectos de la propiedad intelectual, entre otras cosas, mediante: 1. la creación de programas destinados a los sectores público y privado, por medio de los cuales se dará asistencia a los nacionales de la Comunidad del Caribe para generar las actitudes y adquirir las competencias necesarias para gestionar con eficacia la propiedad intelectual; 2. la creación y el fortalecimiento de programas educativos y de formación en propiedad intelectual, impartidos de manera formal e informal, o valiéndose de la alternativa de la enseñanza a distancia; 3. la elaboración de políticas, estrategias y medidas nacionales y regionales destinadas a alentar la innovación y la difusión de tecnologías, así como la explotación de las industrias del ámbito del derecho de autor; 4. la prestación de asistencia técnica en la redacción xx xxxxx, reglamentos, guías y manuales sobre propiedad intelectual de alcance nacional y regional para dar asistencia a la Comunidad del Caribe en la armonización de esas normas y procedimientos de trabajo; 5. los debates que lleven a la creación de sistemas nacionales y regionales para la conservación, mediante protección jurídica, de las expresiones del folclore, otros conocimientos tradicionales y el patrimonio nacional, en particular, de las poblaciones indígenas de la Comunidad del Caribe; 6. la participación por la Comunidad del Caribe en reuniones internacionales para la protección de los derechos de propiedad intelectual; 7. la promoción de las últimas tendencias relativas a la evolución de la propiedad intelectual, lo que incluye las leyes y los tratados relativos a la propiedad intelectual; 8. el intercambio de información sobre actividades relacionadas con la propiedad intelectual llevadas a cabo por cualquiera de las Partes con cualquier Miembro de la CARICOM, así como el apoyo a la representación de ambas Partes en dichas actividades; y 9. cualquier otra esfera de cooperación decidida conjuntamente por la CARICOM y la OMPI en las reuniones de ministros encargados de la propiedad intelectual de la CARICOM.
Ámbitos de cooperación. Las Partes, reconociendo la importancia de la PI en la región de la OECO, podrán cooperar en todos los ámbitos de la PI, entre otros, en los siguientes: 1. la elaboración de políticas y estrategias para la subregión de la OECO; 2. el suministro de asistencia técnica para la formulación y actualización xx xxxxx y reglamentos de PI, mediante el intercambio recíproco de datos; 3. el desarrollo de un sistema subregional, o más de uno, destinado a armonizar la administración de la PI, mejorando su eficiencia, entre otras cosas, mediante el establecimiento de un sistema subregional de patentes; 4. la organización de actividades para respaldar el fortalecimiento de capacidades en la protección y la gestión de la PI, entre otras cosas, dando asistencia a los países de la OECO mediante el suministro de las soluciones de tecnologías de la información de la OMPI para la administración de los derechos de PI; 5. el trabajo conjunto para organizar simposios, talleres, seminarios y demás programas de formación destinados a respaldar el fortalecimiento de capacidades en el uso de la PI en la subregión; 6. el suministro de apoyo para el uso de los servicios mundiales de la OMPI; y 7. el suministro de asistencia técnica para el fortalecimiento del sistema de PI en la OECO.
Ámbitos de cooperación. Para desarrollar las actividades de investigación, reconocimiento y formación, las Partes, en el marco de este convenio, continuarán promoviendo: - el desarrollo de colaboraciones científicas en el ámbito de las ciencias sociales y humanidades, - el intercambio de información y documentación científica y técnica, - la prestación de recursos documentales y archivos, - la organización de coloquios, conferencias y seminarios que contribuyan a la difusión e intercambio de conocimientos en el ámbito de las ciencias sociales y humanidades, - la organización de proyectos de formación en el ámbito de las ciencias sociales y humanidades, - la producción de publicaciones conjuntas o de cualquier otra acción de reconocimiento, - la acogida de profesores-investigadores, de personal científico, de investigadores, de doctorandos o de estudiantes, - o cualquier otra actividad acordada por las Partes. Las Partes subscriben un acuerdo para impulsar la búsqueda común de financiación nacional o internacional para llevar a cabo las actividades de colaboración. La gestión de dicha financiación complementaria podrá ser objeto de modalidades particulares. Las Partes se encargarán de emprender actividades de colaboración con los socios mediterráneos que estén interesados.
Ámbitos de cooperación. En la siguiente lista no exhaustiva se incluyen los ámbitos que engloba la cooperación, en el contexto que se establece en el Artículo I, y que completarán ulteriormente las Secretarías de la OMPI y la CESPAP: Fortalecimiento de capacidades en el uso estratégico de la propiedad intelectual como herramienta para el desarrollo económico, social, cultural y tecnológico; Elaboración y consolidación de estrategias nacionales de P.I. e innovación para satisfacer los objetivos nacionales de política y económicos; Elaboración xx xxxxxx regulatorios apropiados y creación de la infraestructura necesaria para aprovechar el potencial de la P.I. en aras del crecimiento y el desarrollo económicos; Fomento del acceso a la información tecnológica y científica así como su utilización, incluida la información contenida en los documentos de patente, haciendo especial hincapié en favorecer a los países en desarrollo a fin de propiciar y promover la obtención de resultados en la esfera del desarrollo.
Ámbitos de cooperación. 3.1. Los ámbitos de cooperación en el marco del presente acuerdo son los necesarios para la aplicación del Cielo Único Europeo, lo que incluye SESaR y otras políticas conexas de la UE, en particular el medio ambiente, in- cluido el cambio climático, y las políticas de investigación y desarrollo en relación con la gestión del tránsito aéreo. 3.2. La cooperación abordará los temas siguientes: a) los bloques funcionales de espacio aéreo; b) las autoridades nacionales de supervisión; c) el apoyo en el ámbito de la seguridad operacional de la gestión del tránsito aéreo y los servicios de navega- ción aérea, lo que incluye la aESa, tal como se esta- blece en el artículo 2;
Ámbitos de cooperación. La cooperación y asistencia podrán abarcar cualquier ámbito identificado conjuntamente por las Partes que pudiese servir para fomentar la capacidad de Túnez de beneficiarse con el aumento del comercio y la inversión internacionales incluyendo, en particular: a) la promoción y facilitación del comercio y el fomento de las oportunidades xx xxxxxxx; b) los asuntos aduaneros y de origen, incluyendo la formación profesional en la esfera de aduanas; c) la modernización de los sectores económicos, tales como la pesca y la acuicultura, la actividad manufacturera, la industria alimentaria, los servicios financieros y el turismo; d) los reglamentos técnicos y las medidas sanitarias y fitosanitarias, incluyendo la normalización y la certificación; y e) la asistencia en materia de reglamentación y la aplicación de normas en áreas tales como la propiedad intelectual y la contratación pública
Ámbitos de cooperación. La cooperación en virtud del presente Acuerdo podrá llevarse a cabo en áreas como: 1. La exploración del espacio ultraterrestre, incluida la astrofísica y el estudio de los planetas; 2. la teledetección de la Tierra desde el espacio ultraterrestre; 3. ciencias de los materiales espaciales; 4. medicina y biología espaciales; 5. comunicaciones espaciales, emisiones de TV y radio por satélite y tecnologías y servicios conexos relativos a la información; 6. navegación por satélite y tecnologías y servicios conexos; 7. actividades relativas a la investigación, diseño experimental, producción, explotación y de otro tipo que se refieran a lanzadores, naves espaciales, instrumentos y sistemas, así como la infraestructura en tierra asociada; 8. vuelos espaciales tripulados y no tripulados; 9. prestación y utilización de servicios de lanzamiento; 10. aplicación de los resultados de las actividades conjuntas en el desarrollo de nuevos equipamientos y tecnologías espaciales; 11. protección del medio ambiente espacial, incluido el seguimiento, la prevención y la reducción de desechos espaciales. Podrán determinarse otras áreas de cooperación de mutuo acuerdo y por escrito entre las Partes o sus entidades competentes, según proceda.
Ámbitos de cooperación. Los Participantes podrán explorar la posibilidad de cooperar en las siguientes áreas de actividad: 2.1 Estructuración de un Fondo para financiar programas y proyectos del Plan de Desarrollo de la Zona de Integración Fronteriza Colombia – Ecuador, con el propósito de consolidar los procesos de integración y desarrollo humano sostenible y mejorar la calidad de vida de las poblaciones fronterizas. 2.2 Por medio del presente Memorando, Colombia y Ecuador declaran su intención de adherirse y efectuar contribuciones al Fondo, las cuales corresponderán a los aportes acordados por los Estados mediante el “Xxxxxxx xxxxx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx x xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx relativo al Fondo de Desarrollo Fronterizo y de Reparación Social”, a saber: • U.S.$10,000,000.00 (diez millones de dólares de los Estados Unidos de América), por Colombia, a razón de U.S.$2,000,000.00 (dos millones de dólares de los Estados Unidos de América) por año; y • U.S.$10,000,000.00 (diez millones de dólares de los Estados Unidos de América), por Ecuador, a razón de U.S.$2,000,000.00 (dos millones de dólares de los Estados Unidos de América) por año. Los recursos de las contribuciones, tal y como se acordó entre los Estados, se utilizarían para financiar a futuro actividades que podrán incluir algunas de las dispuestas abajo: (a) Promoción de la igualdad de oportunidades en el acceso a sectores como educación, salud, protección social y prestación de servicios públicos domiciliarios; (b) Promoción de políticas de seguridad, soberanía y migración; (c) Mejoramiento de la competitividad de las principales ramas de actividad económica en la frontera colombo – ecuatoriana; (d) Mejoramiento de la conectividad e infraestructura; y/o (e) Consolidación de los procesos de gestión integral en los ecosistemas transfronterizos y el fomento de la apropiación científica y el uso sostenible de los recursos naturales.

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  • Enmienda a los Documentos de Licitación 8.1 El Comprador podrá, en cualquier momento antes del vencimiento del plazo para presentación de ofertas, enmendar los Documentos de Licitación mediante la emisión de una enmienda. 8.2 Toda enmienda emitida formará parte integral de los Documentos de Licitación y deberá ser comunicada por escrito a todos los que hayan obtenido los documentos de Licitación directamente del Comprador. 8.3 El Comprador podrá, a su discreción, prorrogar el plazo de presentación de ofertas a fin de dar a los posibles Oferentes un plazo razonable para que puedan tomar en cuenta las enmiendas en la preparación de sus ofertas, de conformidad con la Subcláusula 24.2 de las IAO.

  • Formato y documentos de ofertas Declaraciones del Concursante

  • Aclaración de los Documentos de Licitación 7.1 Todo Oferente potencial que requiera alguna aclaración sobre los Documentos de Licitación deberá comunicarse con el Comprador por escrito a la dirección del Comprador que se suministra en los DDL. El Comprador responderá por escrito a todas las solicitudes de aclaración, siempre que dichas solicitudes sean recibidas al menos veintiún (21) días antes de la fecha límite para la presentación de ofertas. El Comprador enviará copia de las respuestas, incluyendo una descripción de las consultas realizadas, sin identificar su fuente, a todos los que hubiesen adquirido los Documentos de Licitación directamente del Comprador. Si como resultado de las aclaraciones, el Comprador considera necesario enmendar los Documentos de Licitación, deberá hacerlo siguiendo el procedimiento indicado en la Cláusula 8 y Subcláusula 24.2, de las IAO.

  • Gastos de anuncios Por cuenta del adjudicatario.

  • Secciones de los Documentos de Licitación 6.1 Los Documentos de Licitación están compuestos por las Partes 1, 2, y 3 incluidas sus respectivas secciones que a continuación se indican y cualquier enmienda emitida en virtud de la Cláusula 8 de las IAO.

  • MEDIOS DE COMUNICACIÓN Se entiende en forma enunciativa: el estado de cuenta, la Carátula, cartas, carteles, listas, folletos, tableros, pizarrones visibles de forma ostensibles en las Sucursales, los Medios Electrónicos como el teléfono, SMS, los cajeros automáticos, el Internet o el correo electrónico del Cliente, Banca por Internet, Banca Móvil o cualquier otro que en lo futuro sea adicionado e informado previamente por el Banco al Cliente para este fin.

  • Enmiendas a los Documentos de Licitación 11.1 Antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas, el Contratante podrá modificar los Documentos de Licitación mediante una enmienda. 11.2 Cualquier enmienda que se emita formará parte integral de los Documentos de Licitación y será comunicada por escrito a todos los que compraron los Documentos de Licitación. Los posibles Oferentes deberán acusar recibo de cada enmienda por escrito al Contratante.

  • Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros X. Xxxxxxx Xxxxxx Serrano, Alcalde, que actuará como Presidente de la Mesa. — Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Vocal (Secretaria de la Corporación). — Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Vocal (Interventora de la Corporación). — X. Xxxxxx Xxxxxx Valle, Vocal. — Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, que actuará como Secretaria de la Mesa.

  • PATENTES, MARCAS Y DERECHOS DE AUTOR EL PROVEEDOR asumirá la

  • PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES: LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN, FORMALIDADES Y DOCUMENTACIÓN 11.1.- Lugar.- Las proposiciones se presentarán en el Registro General de Entrada de este Ayuntamiento en horario de 9:00 a 14:00 horas. Cuando las proposiciones se presenten por correo o en cualquier otro lugar de los previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la Código seguro verificación (CSV) 11.2.- Plazo de presentación.- El órgano de contratación solicitará ofertas, al menos, a tres empresas capacitadas para la realización del objeto del contrato. El plazo de presentación de las proposiciones será de QUINCE DÍAS NATURALES a contar desde el siguiente al de la recepción por aquéllas de la invitación del órgano de contratación. En el caso de interesados que no hayan recibido invitación, el inicio del plazo de presentación de solicitudes contaría a partir del día siguiente al de publicación del correspondiente anuncio de licitación en el Perfil de Contratante. 11.3.- La presentación de proposiciones presume por parte de los licitadores la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Pliego y Pliego de Prescripciones Técnicas y la declaración responsable de que reúnen todas y cada una de las condiciones para contratar con el Sector Público.