DOCUMENTOS DE LICITACIÓN
DOCUMENTOS DE LICITACIÓN
Para: LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN N° 07/2012
Proyecto:DISEÑO FINAL Y CONSTRUCCIÓN DE LA TERMINAL DE INTEGRACIÓN DE SOYAPANGO PARA EL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE DEL AREA METROPOLITANA DE SAN XXXXXXXX.
Contratante: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTE Y DE VIVIENDA Y DESARROLLO XXXXXX
Xxxxxx de financiamiento: CONTRATO XX XXXXXXXX N° 2572/OC-ES
País: Xx Xxxxxxxx
Xxxxx 0000
Índice General
Sección I. Instrucciones a los Oferentes 1
Sección II. Datos de la Licitación 30
Sección III. Países Elegibles 39
Sección IV. Formularios de la Oferta 41
Sección V. Condiciones Generales del Contrato 64
Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato 95
Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 104
Sección VIII. Planos 153
Sección IX. Lista de Cantidades / Plan de Oferta 155
Sección X. Formularios de Garantía 156
Garantía de Mantenimiento de la Oferta 156
Garantía de Cumplimiento de Contrato 157
Garantía por Pago de Anticipo 158
Garantía de Buena Obra 159
Declaración Jurada de Buena Inversión de Anticipo 160
Formato del Registro de Entrega 162
Formato del Registro de Inspección 163
Llamado a Licitación 165
Sección I. Instrucciones a los Oferentes
En esta Sección de los documentos de licitación se proporciona la información que los Oferentes necesitan para preparar Ofertas que se ajusten a los requisitos exigidos por el Contratante. También se provee información sobre la presentación, apertura y evaluación de las Ofertas, y sobre la adjudicación del Contrato.
Las disposiciones que rigen el desempeño del Contratista, los pagos que se efectúen en virtud del Contrato, o lo relativo a los riesgos, derechos y obligaciones de las partes en virtud del Contrato no se incluyen normalmente en esta Sección, sino en la Sección V, Condiciones Generales del Contrato (CGC), y/o en la Sección VI, Condiciones Especiales del Contrato (CEC). En caso de que no pueda evitarse el tratamiento de un mismo tema en distintas secciones de los documentos, habrá que tener especial cuidado para evitar las contradicciones entre cláusulas que se refieran al mismo asunto.
Estas Instrucciones a los Oferentes no formarán parte del Contrato y dejarán de tener vigencia una vez que éste haya sido firmado.
Índice de Cláusulas
Sección I. Instrucciones a los Oferentes 1
5. Calificaciones del Oferente 12
8. Visita al Sitio de las obras 15
B. Documentos de Licitación 15
9. Contenido de los Documentos de Licitación 15
10. Aclaración de los Documentos de Licitación 15
11. Enmiendas a los Documentos de Licitación 16
C. Preparación de las Ofertas 16
13. Documentos que conforman la Oferta 16
15. Monedas de la Oferta y pago 17
17. Garantía de Mantenimiento de la Oferta y Declaración de Mantenimiento de la Oferta 18
18. Ofertas alternativas de los Oferentes 20
19. Formato y firma de la Oferta 20
D. Presentación de las Ofertas 21
20. Presentación, Sello e Identificación de las Ofertas 21
21. Plazo para la presentación de las Ofertas 22
23. Retiro, sustitución y modificación de las Ofertas 22
E. Apertura y Evaluación de las Ofertas 23
24. Apertura de las Ofertas 23
26. Aclaración de las Ofertas 24
27. Examen de las Ofertas para determinar su cumplimiento 24
29. Moneda para la evaluación de las Ofertas 26
30. Evaluación y comparación de las Ofertas 26
F. Adjudicación del Contrato 27
32. Criterios de Adjudicación 27
33. Derecho del Contratante a aceptar cualquier Oferta o a rechazar cualquier o todas las Ofertas 27
34. Notificación de Adjudicación y firma del Convenio 27
35. Garantía de Cumplimiento 28
36. Pago de anticipo y Garantía 29
Instrucciones a los Oferentes (IAO)
A. Disposiciones Generales
1.1 El Contratante, según la definición que consta en las “Condiciones Generales del Contrato” (CGC) e identificado en la Sección II, “Datos de la Licitación” (DDL) invita a presentar Ofertas para la construcción de las Obras que se describen en los DDL y en la Sección VI, “Condiciones Especiales del Contrato” (CEC). El nombre y el número de identificación del Contrato están especificados en los DDL y en las CEC. 1.2 El Oferente seleccionado deberá terminar las Obras en la Fecha Prevista de Terminación especificada en los DDL y en la subcláusula 1.1 (r) de las CEC. 1.3 En estos Documentos de Licitación: (a) el término “por escrito” significa comunicación en forma escrita (por ejemplo, por correo, por correo electrónico, facsímile, télex) con prueba de recibido; (b) si el contexto así lo requiere, el uso del “singular” corresponde igualmente al “plural” y viceversa; y (c) “día” significa día calendario. | |
2.1 El Prestatario identificado en los DDL, se propone destinar una parte de los fondos xxx xxxxxxxx del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) (en lo adelante denominado el “Banco”) identificado en los DDL, para sufragar parcialmente el costo del Proyecto identificado en los DDL, a fin de cubrir los gastos elegibles en virtud del Contrato para las Obras. El Banco efectuará pagos solamente a solicitud del Prestatario y una vez que el Banco los haya aprobado de conformidad con las estipulaciones del Contrato xx Xxxxxxxx. Dichos pagos se ajustarán en todos sus aspectos a las condiciones de dicho Contrato. Salvo que el Banco acuerde expresamente con otra cosa, nadie más que el Prestatario podrá tener derecho alguno en virtud del Contrato xx Xxxxxxxx ni tendrá derecho alguno sobre los fondos xxx xxxxxxxx. 2.2 El Banco Interamericano de Desarrollo efectuará pagos solamente a pedido del Prestatario y una vez que el Banco Interamericano de Desarrollo los haya aprobado de conformidad con las estipulaciones establecidas en el acuerdo financiero entre el Prestatario y el Banco (en adelante denominado “el Contrato xx Xxxxxxxx”). Dichos pagos se ajustarán en todos sus aspectos a las condiciones de dicho Contrato xx Xxxxxxxx. Salvo que el Banco Interamericano de Desarrollo acuerde expresamente lo contrario, |
nadie más que el Prestatario podrá tener derecho alguno en virtud del Contrato xx Xxxxxxxx ni tendrá ningún derecho a los fondos del financiamiento. | |
3.1 El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos oferentes por participar o participando en actividades financiadas por el Banco incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), observar los más altos niveles éticos y denuncien al Banco todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas comprenden actos de: (i) prácticas corruptivas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; y (iv) prácticas colusorias y (v) prácticas obstructivas. El Banco ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco también ha adoptado procedimientos de sanción para la resolución de casos y ha celebrado acuerdos con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) a fin de dar un reconocimiento recíproco a las sanciones impuestas por sus respectivos órganos sancionadores. (a) El Banco define, para efectos de esta disposición, los términos que figuran a continuación: (i) Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte; (ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente, engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra naturaleza o para evadir una obligación; (iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar |
daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte;
(iv)Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte; y
(v) Una práctica obstructiva consiste en:
a.a. destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente evidencia significativa para la investigación o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con el fin de impedir materialmente una investigación del Grupo del Banco sobre denuncias de una práctica corrupta, fraudulenta, coercitiva o colusoria; y/o amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para la investigación o que prosiga la investigación, o
b.b. todo acto dirigido a impedir materialmente el ejercicio de inspección del Banco y los derechos de auditoría previstos en el párrafo 3.1 (f) de abajo.
(b) Si se determina que, de conformidad con los Procedimientos de sanciones del Banco, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los Beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o organismos contratantes (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o ejecución de un contrato, el Banco podrá:
(i) no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de bienes o servicios, la contratación de obras, o servicios de consultoría;
(ii) suspender los desembolsos de la operación, si se determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo
Ejecutor o el Organismo Contratante ha cometido una Práctica Prohibida;
(iii) declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte xxx xxxxxxxx o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que incluye, entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable;
(iv) emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta formal de censura por su conducta;
(v) declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por determinado período de tiempo, para que (i) se le adjudiquen contratos o participe en actividades financiadas por el Banco, y (ii) sea designado subconsultor, subcontratista o proveedor de bienes o servicios por otra firma elegible a la que se adjudique un contrato para ejecutar actividades financiadas por el Banco;
(vi) remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes; y/o;
(vii) imponer otras sanciones que considere apropiadas bajo las circunstancias del caso, incluyendo la imposición de multas que representen para el Banco un reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones. Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de las sanciones arriba referidas.
(c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) del párrafo 3.1 (b) se aplicará también en casos en los que las partes hayan sido temporalmente declaradas inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, o cualquier otra resolución.
(d) La imposición de cualquier medida que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de carácter público.
(e) Asimismo, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco, incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) podrá verse sujeto a sanción de conformidad con lo dispuesto en convenios suscritos por el Banco con otra Institución Financiera Internacional (IFI) concernientes al reconocimiento recíproco de decisiones de inhabilitación. A efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una contravención del marco vigente de una Institución Financiera Internacional (IFI) aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas.
(f) El Banco exige que los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y sus representantes, y concesionarios permitan al Banco revisar cualesquiera cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Todo solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco también requiere que solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y (iii) aseguren que los
empleados o agentes de los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de las actividades financiadas por el Banco estén disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor apropiadamente designado. Si el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación por parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios, o concesionario.
(g) Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios distintos de servicios de consultoría, obras o servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, todas las disposiciones contempladas en el párrafo 3 relativas a sanciones y Prácticas Prohibidas se aplicarán íntegramente a los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en conexión con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión o la rescisión. Las agencias especializadas deberán consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles de forma temporal o permanente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible de forma temporal o permanente por el Banco, el Banco no financiará los gastos conexos y se acogerá a otras medidas que considere convenientes.
3.2 Los Oferentes, al presentar sus ofertas, declaran y garantizan:
(a) que han leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables a la comisión de las mismas que constan de este documento y se obligan a observar las normas pertinentes sobre las mismas;
(b) que no han incurrido en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento;
(c) que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de un contrato;
(d) que ni ellos ni sus agentes, personal, subcontratistas, subconsultores, directores, funcionarios o accionistas principales han sido declarados por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) con la cual el Banco haya suscrito un acuerdo para el reconocimiento recíproco de sanciones, inelegibles para que se les adjudiquen contratos financiados por el Banco o por dicha IFI, o culpables de delitos vinculados con la comisión de Prácticas Prohibidas;
(e) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que haya sido declarada inelegible por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones para que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco o ha sido declarado culpable de un delito vinculado con Prácticas Prohibidas;
(f) que han declarado todas las comisiones, honorarios de representantes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con actividades financiadas por el Banco;
(g) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías constituye el fundamento para la imposición por el Banco de una o más de las medidas que se describen en la Cláusula 3.1 (b).
4.1 Un Oferente, y todas las partes que constituyen el Oferente, deberán ser originarios de países miembros del Banco. Los Oferentes originarios de países no miembros del Banco serán descalificados de participar en contratos financiados en todo o en parte con fondos del Banco. En la Sección III de este documento se indican los países miembros del Banco al igual que los criterios para determinar la nacionalidad de los Oferentes y el origen de los bienes y servicios. Los oferentes de un país miembro del Banco, al igual que los bienes suministrados, no serán elegibles si: (a) las leyes o la reglamentación oficial del país del Prestatario prohíbe relaciones comerciales con ese país; o (b) por un acto de conformidad con una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada en virtud del Capítulo VII de la Carta de esa Organización, el país del Prestatario prohíba las importaciones de bienes de ese país o cualquier pago a personas o entidades en ese país. 4.2 Un Oferente no deberá tener conflicto de interés. Los Oferentes que sean considerados que tienen conflicto de interés serán descalificados. Se considerará que los Oferentes tienen conflicto de interés con una o más partes en este proceso de licitación si ellos: (a) están o han estado asociados, directa o indirectamente, con una firma o con cualquiera de sus afiliados, que ha sido contratada por el Contratante para la prestación de servicios de consultoría para la preparación del diseño, las especificaciones técnicas y otros documentos que se utilizarán en la licitación para la adquisición de los bienes objeto de estos Documentos de Licitación; o (b) presentan más de una oferta en este proceso licitatorio, excepto si se trata de ofertas alternativas permitidas bajo la cláusula 13 de las IAO. Sin embargo, esto no limita la participación de subcontratistas en más de una oferta 4.3 Toda firma, individuo, empresa matriz o filial, u organización anterior constituida o integrada por cualquiera de los individuos designados como partes contratantes que el Banco declare inelegible de conformidad con lo dispuesto en los Procedimientos de Sanciones o que otra Institución Financiera Internacional (IFI) declare inelegible y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones y se encuentre bajo dicha declaración de inelegibilidad durante el periodo de tiempo determinado por el |
Banco de acuerdo con lo indicado en la Cláusula 3 4.4 Las empresas estatales del país Prestatario serán elegibles solamente si pueden demostrar que (i) tienen autonomía legal y financiera; (ii) operan conforme a las leyes comerciales; y (iii) no dependen de ninguna agencia del Prestatario. 4.5 Los Oferentes deberán proporcionar al Contratante evidencia satisfactoria de su continua elegibilidad, cuando el Contratante razonablemente la solicite. | |
5.1 Todos los Oferentes deberán presentar en la Sección IV, “Formularios de la Oferta”, una descripción preliminar del método de trabajo y cronograma que proponen, incluyendo planos y gráficas, según sea necesario. 5.2 Si se realizó una precalificación de los posibles Oferentes, sólo se considerarán las Ofertas de los Oferentes precalificados para la adjudicación del Contrato. Estos Oferentes precalificados deberán confirmar en sus Ofertas que la información presentada originalmente para precalificar permanece correcta a la fecha de presentación de las Ofertas o, de no ser así, incluir con su Oferta cualquier información que actualice su información original de precalificación. La confirmación o actualización de la información deberá presentarse en los formularios pertinentes incluidos en la Sección IV. 5.3 Si el Contratante no realizó una precalificación de los posibles Oferentes, todos los Oferentes deberán incluir con sus Ofertas la siguiente información y documentos en la Sección IV, a menos que se establezca otra cosa en los DDL: (a) copias de los documentos originales que establezcan la constitución o incorporación y sede del Oferente, así como el poder otorgado a quien suscriba la Oferta autorizándole a comprometer al Oferente; (b) Monto total anual facturado por la construcción de las obras civiles realizadas en cada uno de los últimos cinco (5) años; (c) experiencia en obras de similar naturaleza y magnitud en cada uno de los últimos cinco (5) años, y detalles de los trabajos en marcha o bajo compromiso contractual, así como de los clientes que puedan ser contactados para obtener mayor información sobre dichos contratos; (d) principales equipos de construcción que el Oferente propone para cumplir con el contrato; |
(e) calificaciones y experiencia del personal clave tanto técnico como administrativo propuesto para desempeñarse en el Sitio de las Obras;
(f) informes sobre el estado financiero del Oferente, tales como informes de pérdidas y ganancias e informes de auditoría de los últimos cinco (5) años;
(g) evidencia que certifique la existencia de suficiente capital de trabajo para este Contrato (acceso a línea(s) de crédito y disponibilidad de otros recursos financieros);
(h) autorización para solicitar referencias a las instituciones bancarias del Oferente;
(i) información relativa a litigios presentes o habidos durante los últimos cinco (5) años, en los cuales el Oferente estuvo o está involucrado, las partes afectadas, los montos en controversia, y los resultados; y
(j) propuestas para subcontratar componentes de las Obras cuyo monto ascienda a más xxx xxxx (10) por ciento del Precio del Contrato. El límite máximo del porcentaje de participación de subcontratistas está establecido en los DDL.
5.4 Las Ofertas presentadas por una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) constituida por dos o más firmas deberán cumplir con los siguientes requisitos, a menos que se indique otra cosa en los DDL:
(a) la Oferta deberá contener toda la información enumerada en la antes mencionada Subcláusula 5.3 de las IAO para cada miembro de la APCA;
(b) la Oferta deberá ser firmada de manera que constituya una obligación legal para todos los socios;
(c) todos los socios serán responsables mancomunada y solidariamente por el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo;
(d) uno de los socios deberá ser designado como representante y autorizado para contraer responsabilidades y para recibir instrucciones por y en nombre de cualquier o todos los miembros de la APCA;
(e) la ejecución de la totalidad del Contrato, incluyendo los pagos, se harán exclusivamente con el socio designado;
(f) con la Oferta se deberá presentar una copia del Convenio
de la APCA firmado por todos los socios o una Carta de Intención para formalizar el convenio de constitución de una APCA en caso de resultar seleccionados, la cual deberá ser firmada por todos los socios y estar acompañada de una copia del Convenio propuesto.
5.5 Para la adjudicación del Contrato, los Oferentes deberán cumplir con los siguientes criterios mínimos de calificación:
(a) tener una facturación promedio anual por construcción de obras por el período indicado en los DDL de al menos el múltiplo indicado en los DDL.
(b) demostrar experiencia como Contratista principal en la construcción de por lo menos el número de obras indicado en los DDL, cuya naturaleza y complejidad sean equivalentes a las de las Obras licitadas, adquirida durante el período indicado en los DDL (para cumplir con este requisito, las obras citadas deberán estar terminadas en al menos un setenta (70) por ciento);
(c) demostrar que puede asegurar la disponibilidad oportuna del equipo esencial listado en los DDL (sea este propio, alquilado o disponible mediante arrendamiento financiero);
(d) contar con un Administrador de Obras con cinco años de experiencia en obras cuya naturaleza y volumen sean equivalentes a las de las Obras licitadas, de los cuales al menos tres años han de ser como Administrador de Obras; y
(e) contar con activos líquidos y/o disponibilidad de crédito libres de otros compromisos contractuales y excluyendo cualquier anticipo que pudiera recibir bajo el Contrato, por un monto superior a la suma indicada en los DDL.
Un historial consistente de litigios o laudos arbitrales en contra del Oferente o cualquiera de los integrantes de una APCA podría ser causal para su descalificación.
5.6 Las cifras correspondientes a cada uno de los integrantes de una APCA se sumarán a fin de determinar si el Oferente cumple con los requisitos mínimos de calificación de conformidad con las Subcláusulas 5.5 (a) y (e) de las IAO; sin embargo, para que pueda adjudicarse el Contrato a una APCA, cada uno de sus integrantes debe cumplir al menos con el veinte y cinco por ciento (25%) de los requisitos mínimos para Oferentes individuales que se establecen en las Subcláusulas 5.5 (a), (b) y (e); y el socio designado como representante debe cumplir al menos con el cuarenta porciento (40%) de ellos. De no
satisfacerse este requisito, la Oferta presentada por la APCA será rechazada. Para determinar la conformidad del Oferente con los criterios de calificación no se tomarán en cuenta la experiencia ni los recursos de los subcontratistas, salvo que se indique otra cosa en los DDL. | |
6.1 Cada Oferente presentará solamente una Oferta, ya sea individualmente o como miembro de una APCA. El Oferente que presente o participe en más de una Oferta (a menos que lo haga como subcontratista o en los casos cuando se permite presentar o se solicitan propuestas alternativas) ocasionará que todas las propuestas en las cuales participa sean rechazadas. | |
7.1 Los Oferentes serán responsables por todos los gastos asociados con la preparación y presentación de sus Ofertas y el Contratante en ningún momento será responsable por dichos gastos. | |
8.1 Se aconseja que el Oferente, bajo su propia responsabilidad y a su propio riesgo, visite e inspeccione el Sitio de las Obras y sus alrededores y obtenga por sí mismo toda la información que pueda ser necesaria para preparar la Oferta y celebrar el Contrato para la construcción de las Obras. Los gastos relacionados con dicha visita correrán por cuenta del Oferente. | |
9.1 El conjunto de los Documentos de Licitación comprende los documentos que se enumeran en la siguiente tabla y todas las enmiendas que hayan sido emitidas de conformidad con la cláusula 11 de las IAO: Sección I Instrucciones a los Oferentes (IAO) Sección II Datos de la Licitación (DDL) Sección III Países Elegibles Sección IV Formularios de la Oferta Sección V Condiciones Generales del Contrato (CGC) Sección VI Condiciones Especiales del Contrato (CEC) Sección VII Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento Sección VIII Planos Sección IX Lista de Cantidades Sección X Formularios de Garantías | |
los Documentos de Licitación | 10.1 Todos los posibles Oferentes que requieran aclaraciones sobre los Documentos de Licitación deberán solicitarlas al Contratante por escrito a la dirección indicada en los DDL. |
El Contratante deberá responder a cualquier solicitud de aclaración recibida por lo menos 21 días antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas. Se enviarán copias de la respuesta del Contratante a todos los que compraron los Documentos de Licitación, la cual incluirá una descripción de la consulta, pero sin identificar su origen. | |
11.1 Antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas, el Contratante podrá modificar los Documentos de Licitación mediante una enmienda. 11.2 Cualquier enmienda que se emita formará parte integral de los Documentos de Licitación y será comunicada por escrito a todos los que compraron los Documentos de Licitación. Los posibles Oferentes deberán acusar recibo de cada enmienda por escrito al Contratante. 11.3 Con el fin de otorgar a los posibles Oferentes tiempo suficiente para tener en cuenta una enmienda en la preparación de sus Ofertas, el Contratante deberá extender, si fuera necesario, el plazo para la presentación de las Ofertas, de conformidad con la Subcláusula 21.2 de las IAO. | |
12.1 Todos los documentos relacionados con las Ofertas deberán estar redactados en el idioma que se especifica en los DDL. | |
13.1 La Oferta que presente el Oferente deberá estar conformada por los siguientes documentos: (a) La Carta de Oferta (en el formulario indicado en la Sección IV); (b) La Garantía de Mantenimiento de la Oferta, o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si de conformidad con la Cláusula 17 de las IAO así se requiere; (c) La Lista de Cantidades valoradas (es decir, con indicación de precios); (d) El formulario y los documentos de Información para la Calificación; (e) Las Ofertas alternativas, de haberse solicitado; y (f) Cualquier otro material que se solicite a los Oferentes completar y presentar, según se especifique en los DDL. |
14.1 El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas presentada por el Oferente. 14.2 El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades. El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades. Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente. 14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente. 14.4 Los precios unitarios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato si así se dispone en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la Cláusula 47 de las CGC. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC. | |
15.1 Los precios unitarios deberán ser cotizadas por el Oferente enteramente en la moneda del país del Contratante según se especifica en los DDL. Los requisitos de pagos en moneda extranjera se deberán indicar como porcentajes del precio de la Oferta (excluyendo las sumas provisionales) y serán pagaderos hasta en tres monedas extranjeras a elección del Oferente. 15.2 Los tipos de cambio que utilizará el Oferente para determinar los montos equivalentes en la moneda nacional y establecer los porcentajes mencionados en la Subcláusula 15.1 anterior, será el tipo de cambio vendedor para transacciones similares establecido por la fuente estipulada en los DDL, vigente a la fecha correspondiente a 28 días antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas. El tipo de cambio aplicará para todos los pagos con el fin que el Oferente no corra ningún riesgo cambiario. Si el Oferente aplica otros tipos de cambio, las disposiciones de la Cláusula 29.1 de las IAO aplicarán, y en todo caso, los pagos se calcularán utilizando los tipos de cambio cotizadas en la Oferta. |
15.3 Los Oferentes indicarán en su Oferta los detalles de las necesidades previstas en monedas extranjeras. 15.4 Es posible que el Contratante requiera que los Oferentes aclaren sus necesidades en monedas extranjeras y que sustenten que las cantidades incluidas en los precios, si así se requiere en los DDL, sean razonables y se ajusten a los requisitos de la Subcláusula 15.1 de las IAO. | |
16.1 Las Ofertas permanecerán válidas por el período estipulado en los DDL. 16.2 En circunstancias excepcionales, el Contratante podrá solicitar a los Oferentes que extiendan el período de validez por un plazo adicional específico. La solicitud y las respuestas de los Oferentes deberán ser por escrito. Si se ha solicitado una Garantía de Mantenimiento de la Oferta de conformidad con la Cláusula 17 de las IAO, ésta deberá extenderse también por 28 días después de la fecha límite prorrogada para la presentación de las Ofertas. Los Oferentes podrán rechazar tal solicitud sin que se les haga efectiva la garantía o se ejecute la Declaración de Mantenimiento de la Oferta. Al Oferente que esté de acuerdo con la solicitud no se le requerirá ni se le permitirá que modifique su Oferta, excepto como se dispone en la Cláusula 17 de las IAO. 16.3 En el caso de los contratos con precio fijo (sin ajuste de precio), si el período de validez de las Ofertas se prorroga por más de 56 días, los montos pagaderos al Oferente seleccionado en moneda nacional y extranjera se ajustarán según lo que se estipule en la solicitud de extensión. La evaluación de las Ofertas se basará en el Precio de la Oferta sin tener en cuenta los ajustes antes señalados. | |
17. Garantía de Mantenimiento de la Oferta y Declaración de Mantenimiento de la Oferta | 17.1 Si se solicita en los DDL, el Oferente deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, en el formulario original especificado en los DDL. 17.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta será por la suma estipulada en los DDL y denominada en la moneda del país del Contratante, o en la moneda de la Oferta, o en cualquier otra moneda de libre convertibilidad, y deberá: (a) a elección del Oferente, consistir en una carta de crédito o en una garantía bancaria emitida por una institución bancaria, o una fianza o póliza de caución emitida por una aseguradora o afianzadora; (b) ser emitida por una institución de prestigio seleccionada |
por el Oferente en cualquier país. Si la institución que emite la garantía está localizada fuera del país del Contratante, ésta deberá tener una institución financiera corresponsal en el país del Contratante que permita hacer efectiva la garantía;
(c) estar sustancialmente de acuerdo con uno de los formularios de Garantía de Mantenimiento de Oferta incluidos en la Sección X, “Formularios de Garantía” u otro formulario aprobado por el Contratante con anterioridad a la presentación de la Oferta;
(d) ser pagadera a la vista con prontitud ante solicitud escrita del Contratante en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 17.5 de las IAO;
(e) ser presentada en original (no se aceptarán copias);
(f) permanecer válida por un período que expire 28 días después de la fecha límite de la validez de las Ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 16.2 de las IAO;
17.3 Si la Subcláusula 17.1 de las IAO exige una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, todas las Ofertas que no estén acompañadas por una Garantía de Mantenimiento de la oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta que sustancialmente respondan a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento.
17.4 La Garantía de Mantenimiento de Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de los Oferentes cuyas Ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas inmediatamente después de que el Oferente seleccionado suministre su Garantía de Cumplimiento.
17.5 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta se podrá ejecutar si:
(a) el Oferente retira su Oferta durante el período de validez de la Oferta especificado por el Oferente en la Oferta, salvo lo estipulado en la Subcláusula 16.2 de las IAO; o
(b) el Oferente seleccionado no acepta las correcciones al Precio de su Oferta, de conformidad con la Subcláusula 28 de las IAO;
(c) si el Oferente seleccionado no cumple dentro del plazo estipulado con: (i) firmar el Contrato; o (ii) suministrar la Garantía de Cumplimiento solicitada. 17.6 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de una APCA deberá ser emitida en nombre de la APCA que presenta la Oferta. Si dicha APCA no ha sido legalmente constituida en el momento de presentar la Oferta, la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta deberá ser emitida en nombre de todos y cada uno de los futuros socios de la APCA tal como se denominan en la carta de intención. | |
alternativas de los Oferentes | 18.1 No se considerarán Ofertas alternativas a menos que específicamente se estipule en los DDL. Si se permiten, las Subcláusulas 18.1 y 18.2 de las IAO regirán y en los DDL se especificará cuál de las siguientes opciones se permitirá: (a) Opción Uno: Un Oferente podrá presentar Ofertas alternativas conjuntamente con su Oferta básica. El Contratante considerará solamente las Ofertas alternativas presentadas por el Oferente cuya Oferta básica haya sido determinada como la Oferta evaluada de menor precio. (b) Opción Dos: Un Oferente podrá presentar una Oferta alternativa con o sin una Oferta para el caso básico. Todas las Ofertas recibidas para el caso básico, así como las Ofertas alternativas que cumplan con las Especificaciones y los requisitos de funcionamiento de la Sección VII, serán evaluadas sobre la base de sus propios méritos. 18.2 Todas las Ofertas alternativas deberán proporcionar toda la información necesaria para su completa evaluación por parte del Contratante, incluyendo los cálculos de diseño, las especificaciones técnicas, el desglose de los precios, los métodos de construcción propuestos y otros detalles pertinentes. |
19.1 El Oferente preparará un original de los documentos que comprenden la Oferta según se describe en la Cláusula 13 de las IAO, el cual deberá formar parte del volumen que contenga la Oferta, y lo marcará claramente como “ORIGINAL”. |
Además el Oferente deberá presentar el número de copias de la Oferta que se indica en los DDL y marcar claramente cada ejemplar como “COPIA”. En caso de discrepancia entre el original y las copias, el texto del original prevalecerá sobre el de las copias. 19.2 El original y todas las copias de la Oferta deberán ser mecanografiadas o escritas con tinta indeleble y deberán estar firmadas por la persona o personas debidamente autorizada(s) para firmar en nombre del Oferente, de conformidad con la Subcláusula 5.3 (a) de las IAO. Todas las páginas de la Oferta que contengan anotaciones o enmiendas deberán estar rubricadas por la persona o personas que firme(n) la Oferta. 19.3 La Oferta no podrá contener alteraciones ni adiciones, excepto aquellas que cumplan con las instrucciones emitidas por el Contratante o las que sean necesarias para corregir errores del Oferente, en cuyo caso dichas correcciones deberán ser rubricadas por la persona o personas que firme(n) la Oferta. 19.4 El Oferente proporcionará la información sobre comisiones o gratificaciones que se describe en el Formulario de la Oferta, si las hay, pagadas o por pagar a agentes en relación con esta Oferta, y con la ejecución del contrato si el Oferente resulta seleccionado. | |
20.1 Los Oferentes siempre podrán enviar sus Ofertas por correo o entregarlas personalmente. Los Oferentes podrán presentar sus Ofertas electrónicamente cuando así se indique en los DDL. Los Oferentes que presenten sus Ofertas electrónicamente seguirán los procedimientos indicados en los DDL para la presentación de dichas Ofertas. En el caso de Ofertas enviadas por correo o entregadas personalmente, el Oferente pondrá el original y todas las copias de la Oferta en dos sobres interiores, que sellará e identificará claramente como “ORIGINAL” y “COPIAS”, según corresponda, y que colocará dentro de un sobre exterior que también deberá sellar. 20.2 Los sobres interiores y el sobre exterior deberán: (a) estar dirigidos al Contratante a la dirección proporcionada en los DDL; (b) llevar el nombre y número de identificación del Contrato indicados en los DDL y CEC; y |
(c) llevar la nota de advertencia indicada en los DDL para evitar que la Oferta sea abierta antes de la hora y fecha de apertura de Ofertas indicadas en los DDL. 20.3 Además de la identificación requerida en la Subcláusula 20.2 de las IAO, los sobres interiores deberán llevar el nombre y la dirección del Oferente, con el fin de poderle devolver su Oferta sin abrir en caso de que la misma sea declarada Oferta tardía, de conformidad con la Cláusula 22 de las IAO. 20.4 Si el sobre exterior no está sellado e identificado como se ha indicado anteriormente, el Contratante no se responsabilizará en caso de que la Oferta se extravíe o sea abierta prematuramente. | |
21.1 Las Ofertas deberán ser entregadas al Contratante en la dirección especificada conforme a la Subcláusula 20.2 (a) de las IAO, a más tardar en la fecha y hora que se indican en los DDL. 21.2 El Contratante podrá extender el plazo para la presentación de Ofertas mediante una enmienda a los Documentos de Licitación, de conformidad con la Cláusula 11 de las IAO. En este caso todos los derechos y obligaciones del Contratante y de los Oferentes previamente sujetos a la fecha límite original para presentar las Ofertas quedarán sujetos a la nueva fecha límite. | |
22.1 Toda Oferta que reciba el Contratante después de la fecha y hora límite para la presentación de las Ofertas especificada de conformidad con la Cláusula 21 de las IAO será devuelta al Oferente remitente sin abrir. | |
sustitución y modificación de las Ofertas | 23.1 Los Oferentes podrán retirar, sustituir o modificar sus Ofertas mediante una notificación por escrito antes de la fecha límite indicada en la Cláusula 21 de las IAO. 23.2 Toda notificación de retiro, sustitución o modificación de la Oferta deberá ser preparada, sellada, identificada y entregada de acuerdo con las estipulaciones de las Cláusulas 19 y 20 de las IAO, y los sobres exteriores y los interiores debidamente marcados, “RETIRO”, “SUSTITUCIÓN”, o “MODIFICACIÓN”, según corresponda. 23.3 Las notificaciones de retiro, sustitución o modificación deberán ser entregadas al Contratante en la dirección especificada conforme a la Subcláusula 20.2 (a) de las IAO, a más tardar en la fecha y hora que se indican en la Clausula |
21.1 de los DDL. 23.4 El retiro de una Oferta en el intervalo entre la fecha de vencimiento del plazo para la presentación de Ofertas y la expiración del período de validez de las Ofertas indicado en los DDL de conformidad con la Subcláusula 16.1 o del período prorrogado de conformidad con la Subcláusula 16.2 de las IAO, puede dar lugar a que se haga efectiva la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o se ejecute la Garantía de la Oferta, según lo dispuesto en la cláusula 17 de las IAO. 23.5 Los Oferentes solamente podrán ofrecer descuentos o modificar los precios de sus Ofertas sometiendo modificaciones a la Oferta de conformidad con esta cláusula, o incluyéndolas en la Oferta original. | |
24.1 El Contratante abrirá las Ofertas, y las notificaciones de retiro, sustitución y modificación de Ofertas presentadas de conformidad con la Cláusula 23, en acto público con la presencia de los representantes de los Oferentes que decidan concurrir, a la hora, en la fecha y el lugar establecidos en los DDL. El procedimiento para la apertura de las Ofertas presentadas electrónicamente si las mismas son permitidas de conformidad con la Subcláusula 20.1 de las IAO, estarán indicados en los DDL. 24.2 Primero se abrirán y leerán los sobres marcados “RETIRO”. No se abrirán las Ofertas para las cuales se haya presentado una notificación aceptable de retiro, de conformidad con las disposiciones de la cláusula 23 de las IAO. 24.3 En el acto de apertura, el Contratante leerá en voz alta, y notificará por línea electrónica cuando corresponda, y registrará en un Acta los nombres de los Oferentes, los precios totales de las Ofertas y de cualquier Oferta alternativa (si se solicitaron o permitieron Ofertas alternativas), descuentos, notificaciones de retiro, sustitucion o modificacion de Ofertas, la existencia o falta de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si se solicitó, y cualquier otro detalle que el Contratante considere apropiado. Ninguna Oferta o notificación será rechazada en el acto de apertura, excepto por las Ofertas tardías de conformidad con la Cláusula 22 de las IAO. Las sustituciones y modificaciones a las Ofertas presentadas de acuerdo con las disposiciones de la Cláusula 23 de las IAO que no sean abiertas y leídas en voz |
alta durante el acto de apertura no podrán ser consideradas para evaluación sin importar las circunstancias y serán devueltas sin abrir a los Oferentes remitentes. 24.4 El Contratante preparará un acta de la apertura de las Ofertas que incluirá el registro de las ofertas leídas y toda la información dada a conocer a los asistentes de conformidad con la Subcláusula 24.3 de las IAO y enviará prontamente copia de dicha acta a todos los oferentes que presentaron ofertas puntualmente. | |
25.1 No se divulgará a los Oferentes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada con el proceso de la licitación, información relacionada con el examen, aclaración, evaluación, comparación de las Ofertas, ni la recomendación de adjudicación del contrato hasta que se haya publicado la adjudicación del Contrato al Oferente seleccionado de conformidad con la Subcláusula 34.4 de las IAO. Cualquier intento por parte de un Oferente para influenciar al Contratante en el procesamiento de las Ofertas o en la adjudicación del contrato podrá resultar en el rechazo de su Oferta. No obstante lo anterior, si durante el plazo transcurrido entre el acto de apertura y la fecha de adjudicación del contrato, un Oferente desea comunicarse con el Contratante sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de la licitación, deberá hacerlo por escrito. | |
26.1 Para facilitar el examen, la evaluación y la comparación de las Ofertas, el Contratante tendrá la facultad de solicitar a cualquier Oferente que aclare su Oferta, incluyendo el desglose de los precios unitarios. La solicitud de aclaración y la respuesta correspondiente deberán efectuarse por escrito pero no se solicitará, ofrecerá ni permitirá ninguna modificación de los precios o a la sustancia de la Oferta, salvo las que sean necesarias para confirmar la corrección de errores aritméticos que el Contratante haya descubierto durante la evaluación de las Ofertas, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 28 de las IAO. | |
27.1 Antes de proceder a la evaluación detallada de las Ofertas, el Contratante determinará si cada una de ellas: (a) cumple con los requisitos de elegibilidad establecidos en la cláusula 4 de las IAO; (b) ha sido debidamente firmada; (c) está acompañada de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta si se solicitaron; y |
(d) cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación. 27.2 Una Oferta que cumple sustancialmente es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones de los Documentos de Licitación sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. Una desviación, reserva u omisión significativa es aquella que: (a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de las Obras; (b) limita de una manera considerable, inconsistente con los Documentos de Licitación, los derechos del Contratante o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o (c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes cuyas Ofertas cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación. 27.3 Si una Oferta no cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación, será rechazada por el Contratante y el Oferente no podrá posteriormente transformarla en una oferta que cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación mediante la corrección o el retiro de las desviaciones o reservas. | |
28.1 El Contratante verificará si las Ofertas que cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación contienen errores aritméticos. Dichos errores serán corregidos por el Contratante de la siguiente manera: (a) cuando haya una discrepancia entre los montos indicados en cifras y en palabras, prevalecerán los indicados en palabras y (b) cuando haya una discrepancia entre el precio unitario y el total de un rubro que se haya obtenido multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario cotizado, a menos que a juicio del Contratante hubiera un error evidente en la expresión del decimal en el precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado para ese rubro y se corregirá el precio unitario. 28.2 El Contratante ajustará el monto indicado en la Oferta de |
acuerdo con el procedimiento antes señalado para la corrección de errores y, con la anuencia del Oferente, el nuevo monto se considerará de obligatorio cumplimiento para el Oferente. Si el Oferente no estuviera de acuerdo con el monto corregido, la Oferta será rechazada y podrá hacerse efectiva la Garantía de Mantenimiento de su Oferta o ejecutarse la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de conformidad con la Subcláusula 17.5 (b) de las IAO. | |
29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO. | |
30.1 El Contratante evaluará solamente las Ofertas que determine que cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación de conformidad con la Cláusula 27 de las IAO. 30.2 Al evaluar las Ofertas, el Contratante determinará el precio evaluado de cada Oferta, ajustándolo de la siguiente manera: (a) corrigiendo cualquier error, conforme a los estipulado en la Cláusula 28 de las IAO; (b) excluyendo las sumas provisionales y las reservas para imprevistos, si existieran, en la Lista de Cantidades, pero incluyendo los trabajos por día, siempre que sus precios sean cotizados de manera competitiva; (c) haciendo los ajustes correspondientes por otras variaciones, desviaciones u Ofertas alternativas aceptables presentadas de conformidad con la cláusula 18 de las IAO; y (d) haciendo los ajustes correspondientes para reflejar los descuentos u otras modificaciones de precios ofrecidas de conformidad con la Subcláusula 23.5 de las IAO. 30.3 El Contratante se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier variación, desviación u oferta alternativa. En la evaluación de las ofertas no se tendrán en cuenta las variaciones, desviaciones, ofertas alternativas y otros factores |
que excedan los requisitos de los documentos de licitación o que resulten en beneficios no solicitados para el Contratante. 30.4 En la evaluación de las Ofertas no se tendrá en cuenta el efecto estimado de ninguna de las condiciones para ajuste de precio estipuladas en virtud de la cláusula 47 de las CGC, durante el período de ejecución del Contrato. | |
31.1 No se aplicará un márgen de preferencia para comparar las ofertas de los contratistas nacionales con las de los contratistas extranjeros. | |
32.1 De conformidad con la Cláusula 33 de las IAO, el Contratante adjudicará el contrato al Oferente cuya Oferta el Contratante haya determinado que cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación y que representa el costo evaluado como más bajo, siempre y cuando el Contratante haya determinado que dicho Oferente (a) es elegible de conformidad con la Cláusula 4 de las IAO y (b) está calificado de conformidad con las disposiciones de la Cláusula 5 de las IAO. | |
33. Derecho del | 33.1 No obstante lo dispuesto en la cláusula 32, el Contratante se reserva el derecho a aceptar o rechazar cualquier Oferta, y a cancelar el proceso de licitación y rechazar todas las Ofertas, en cualquier momento antes de la adjudicación del contrato, sin que por ello incurra en ninguna responsabilidad con el (los) Oferente(s) afectado(s), o esté obligado a informar al (los) Oferente(s) afectado(s) los motivos de la decisión del Contratante. |
Contratante a | |
aceptar cualquier | |
Oferta o a | |
rechazar | |
cualquier o todas | |
las Ofertas | |
34.1 Antes de la expiración de la validez de la Oferta, el Contratante le notificará por escrito la decisión de adjudicación del contrato al Oferente cuya Oferta haya sido aceptada. Esta carta (en lo sucesivo y en las CGC denominada la “Carta de Aceptación”) deberá estipular el monto que el Contratante pagará al Contratista por la ejecución, cumplimiento y mantenimiento de las Obras por parte del Contratista, de conformidad con el Contrato (en lo sucesivo y en el Contrato denominado el “Precio del Contrato”). | |
34.2 La Carta de Aceptación dará por constituido el Contrato, supeditado a la presentación de la Garantía de Cumplimiento por el Oferente, de conformidad con las disposiciones de la Cláusula 35 de las IAO, y a la firma del Convenio, de conformidad con la Subcláusula 34.3 de las IAO. |
34.3 El Convenio incorporará todos los acuerdos entre el Contratante y el Oferente seleccionado. Dentro de los 28 días siguientes a la fecha de la Carta de Aceptación, el Contratante firmará y enviará el Convenio al Oferente seleccionado. Dentro de los 21 días siguientes después de haber recibido el Convenio, el Oferente seleccionado deberá firmarlo y enviarlo al Contratante. 34.4 El Contratante publicará en el portal en línea del “UNDB” (United Nations Development Business) y en el sitio de Internet del Banco los resultados de la licitación, identificando la Oferta y los números de los lotes y la siguiente información: (i) el nombre de cada Oferente que presentó una Oferta; (ii) los precios que se leyeron en voz alta en el acto de apertura de las Ofertas; (iii) el nombre y los precios evaluados de cada Oferta evaluada; (iv) los nombres de los Oferentes cuyas Ofertas fueron rechazadas y las razones de su rechazo; y (v) el nombre del Oferente seleccionado y el precio cotizado, así como la duración y un resumen del alcance del contrato adjudicado. Después de la publicación de la información relativa a la adjudicación del contrato, los Oferentes no seleccionados podrán solicitar por escrito al Contratante una reunión informativa a fin de obtener explicaciones de las razones por las cuales sus Ofertas no fueron seleccionadas. El Contratante responderá prontamente por escrito a cada Oferente no seleccionado que tras la publicación de los detalles de la adjudicación del contrato, solicite por escrito explicaciones de las razones por las cuales su Oferta no fue seleccionada. | |
35.1 Dentro de los 21 días siguientes después de haber recibido la Carta de Aceptación, el Oferente seleccionado deberá firmar el contrato y entregar al Contratante una Garantía de Cumplimiento por el monto estipulado en las CGC y en la forma (garantía bancaria o fianza) estipulada en los DDL, denominada en los tipos y proporciones de monedas indicados en la Carta de Aceptación y de conformidad con las CGC. 35.2 Si la Garantía de Cumplimiento suministrada por el Oferente seleccionado es una garantía bancaria, ésta deberá ser emitida, a elección del Oferente, por un banco en el país del Contratante, o por un banco extranjero aceptable al Contratante a través de un banco corresponsal con domicilio en el país del Contratante. 35.3 Si la Garantía de Cumplimiento suministrada por el Oferente seleccionado es una fianza, ésta deberá ser emitida por una compañía afianzadora que el Oferente seleccionado haya verificado que es aceptable para el Contratante. |
35.4 El incumplimiento del Oferente seleccionado con las disposiciones de las Subcláusulas 35.1 y 34.3 de las IAO constituirá base suficiente para anular la adjudicación del contrato y hacer efectiva la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o ejecutar la Declaración de Mantenimiento de la Oferta. Tan pronto como el Oferente seleccionado firme el Convenio y presente la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula 35.1 de las IAO, el Contratante comunicará el nombre del Oferente seleccionado a todos los Oferentes no seleccionados y les devolverá las Garantías de Mantenimiento de la Oferta de conformidad con la Cláusula 17.4 de las IAO. | |
36.1 El Contratante proveerá un anticipo sobre el Precio del Contrato, de acuerdo a lo estipulado en las CGC y supeditado al monto máximo establecido en los DDL. El pago del anticipo deberá ejecutarse contra la recepción de una garantía. En la Sección X “Formularios de Garantía” se proporciona un formulario de Garantía Bancaria para Pago de Anticipo. | |
37.1 El Contratante propone que se designe como Conciliador bajo el Contrato a la persona nombrada en los DDL, a quien se le pagarán los honorarios por hora estipulados en los DDL, más gastos reembolsables. Si el Oferente no estuviera de acuerdo con esta propuesta, deberá manifestarlo en su Oferta. Si en la Carta de Aceptación el Contratante no expresa estar de acuerdo con la designación del Conciliador, el Conciliador deberá ser nombrado por la autoridad designada en los DDL y las CEC, a solicitud de cualquiera de las partes. |
Sección II. Datos de la Licitación
A. Disposiciones Generales | |
IAO 1.1 | El Contratante es: Ministerio de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, a través del Viceministerio de Transporte El proyecto consiste en: Diseño Final y Construcción de la Terminal de Integración de Soyapango, desarrollando en primer lugar un Diseño Final con detalle de la Terminal de Integración de Soyapango para el Sistema Integrado de Transporte del Área Metropolitana de San Xxxxxxxx, en particular en todos los aspectos que requieran mayor precisión para su ejecución por parte del Contratista, el cual deberá ser ejecutado partiendo de los documentos del Anteproyecto de la Terminal de Integracion de Soyapango presentados en estas bases (Planos, Especificaciones Técnicas, Memoria Técnica y Volúmenes de obra) que recoja todos los aspectos constructivos que se precisen. Por lo que cualquier cambio al mismo deberá ser previamente justificado y aprobado por escrito por el Ministerio, sin que ello suponga una reducción de la calidad de los materiales o del resultado final, ni un encarecimiento del costo de las obras. El grado de detalle de los documentos técnicos entregados al Contratista corresponde con un Anteproyecto de la Terminal de Integración de Soyapango para el SITRAMSS. No obstante, estos fueron desarrollados con un grado de detalle superior a un Anteproyecto en muchos de los aspectos considerados con el fin de permitir al Propietario realizar una Licitación con el mayor grado de detalle en el menor espacio de tiempo. En segundo se deberá gestionar, solicitar y obtener ante las instituciones correspondientes: Las factibilidades de servicios de Agua Potable, Agua Lluvia, Aguas Negras, Energía Eléctrica, Telecomunicaciones y otros servicios necesarios. Aprobación de los planos resultantes del desarrollo del diseño final de la Terminal de Integracion de Soyapango para el SITRAMSS, Las factibilidades de Calificación del Lugar, Línea de Construcción, Revisión Vial, Zonificación, y Permiso de Construcción u otro tramite requerido que permita ejecutar la obra y su posterior funcionamiento, así como también solicitar la Recepción de Obra al finalizar la ejecución del proyecto. Y en tercer lugar la construcción de las obras que comprenden: Plataformas para descenso y ascenso de los pasajeros que utilizarán el BRT (Según siglas en inglés Bus Rapid Transit) y pasajeros que desembarcarán de las rutas alimentadoras, oficinas administrativas comercios, zona de desechos (basura), sub estación eléctrica, zona de parqueos administrativos, zona de taxis, área de sanitarios, área de boletaje, puesto xx xxxxxxx, puesto de información, garitones de entrada y seguridad interna de la Terminal, de acuerdo a los volumenes de obra presentados en el plan de oferta. |
El nombre e identificación del contrato son: Diseño Final y de la Terminal de Integración de Soyapango para el Sistema Integrado de Transporte del Área Metropolitana de San Xxxxxxxx. El número de identificación del Contrato es: PTAMSS-1-LPN-O | |
IAO 1.2 | La Fecha Prevista de Terminación de las Obras es: Diez meses a partir de la fecha de la Orden de Inicio para la ejecución del contrato. Para los cuales los tiempos contractuales son los siguientes: TRES MESES para diseño final, obtención de factibilidades y permisos; SIETE MESES para construcción de las obras. |
IAO 2.1 | El Prestatario es: La República de El Xxxxxxxx, en el Ramo de Obras Públicas Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano |
IAO 2.1 | La expresión “Banco” utilizada comprende al Banco Interamericano de Desarrollo (BID). El préstamo del Banco es: Programa de Transporte del Área Metropolitana de San Xxxxxxxx. Numero: N° 2572/OC-ES Fecha: 00 xx xxxxx xx 0000 |
XXX 0.0 | Xx xxxxxx xxx Xxxxxxxx xx: Diseño Final y Construcción de la Terminal de Integración de Soyapango para el Sistema Integrado de Transporte del Área Metropolitana de San Xxxxxxxx. |
IAO 5.3 | La información solicitada a los Oferentes en la Subclausula 5.3 de las IAO se modifican de la siguiente manera: 5.3 (a).1 Información General: (Según FT-01: Formulario para la Identificación del Contratista) 5.3 (a). 2 Las personas jurídicas o unión de personas deberán presentar fotocopia simple de los siguientes documentos: 1. Fotocopia simple de la Escritura de Constitución, de Fusión, escisión o de Transformación de la Sociedad; debiendo presentar las modificaciones al mismo, si las hubiere. Toda documentación al respecto deberá estar inscrita en el Registro de Comercio del Centro Nacional de Registros o Registro Público correspondiente del país de origen. 2. Fotocopia de la Credencial de Representante Legal u otro documento que lo acredite como tal, debidamente inscrita en el Registro de Comercio o en la institución correspondiente dependiendo de la legislación del país de origen, y Testimonio de la Escritura Pública del poder otorgado por el Representante legal, inscrita en el Registro de Comercio, en caso de comparecer por medio de apoderado. |
3. Nomina del Registro de Accionistas, la cual deberá reflejar el nombre del accionista, cantidad de acciones que posee y porcentaje de participación. 4. Fotocopia simple de DUI o Pasaporte y NIT del Representante Legal de la Sociedad y/o del Apoderado cuando aplique. 5. Fotocopia simple de NIT e IVA de la Sociedad. (Persona Jurídica nacional) 6. Declaración Jurada según FORMATO FT- 02 y FT-02a (Ver sección X) 7. Constancia de Matrícula de Empresa o equivalente en caso de Ofertante extranjero no domiciliado. 5.3 (b) Montos facturados por concepto de contratos cuyo objeto principal haya sido la construcción, rehabilitación y/o reconstrucción de obras entre el 1° de enero de 2007 y la fecha de presentación de la Oferta. 5.3 (f) Estados financieros del Oferente de los últimos cinco (5) años (2007, 2008, 2009, 2010 y 2011). Que incluyan informes de pérdidas, ganancias y balance general dictaminados por una firma auditora, a excepción del correspondiente al año 2011 que deberá ser certificado por un Contador Público debidamente autorizado. Previa suscripción del contrato el ofertante ganador deberá entregar documentos originales o en su autenticado por notorario. | |
IAO 5.3 (j) | El porcentaje máximo de participación de subcontratistas es: 20 % |
IAO 5.4 | Los requisitos para la calificación de las APCAs en la Subcláusula 5.4 de las IAO se modifican de la siguiente manera: Los literales a, b, c, d y e No se modifican. Y el para el literal f deberá incluir: Carta de Intencion de Constitución del Asocio o Consorcio, de acuerdo al FORMATO FT-03 ASOCIO TEMPORAL. Además de los literales (a) al (f) de las Subclausulas 5.4. deberá cumplir con el requisito que se adiciona en el siguiente literal (g): (g) El APCA durara como minimo, el tiempo necesario para la ejecución del Contrato, hasta su extinción y liquidación. Cualquier cambio en la conformación del APCA deberá contar con la autorización del Contratante, en todo caso se otorgará cuando la cesión de la participación sea una firma que cumpla con los requisitos de participación considerados para la evaluación y adjudicación del Contrato. |
IAO 5.5 | Los criterios para la calificación de los oferentes en la subclausula 5.5 de las IAO se modifican de la siguiente manera: NO APICA |
IAO 5.5(a) | El criterio contenido en el numeral 5.5(a) se modifica de la siguiente manera: a) El Oferente deberá acreditar entre el 1° de enero de 2007 y la fecha de presentación de la Oferta, una facturación de construcción, rehabilitación y/o reconstrucción de obras (Centros comerciales, edificios, vías y obras de similares características a las de la presente licitación) por un valor promedio anual mínimo de QUINIENTOS MIL DOLARES (US$500,000.00). |
IAO 5.5 (b) | El número de obras es: tres (3) obras similares como (Centros Comerciales, edificios, vías y obras cuya naturaleza y complejidad sean equivalentes a las de las Obras Licitadas), para cumplir con este requisito, las obras citadas en ejecución deberán tener un avance físico de al menos un setenta (70%) por ciento. El período es: los últimos 5 años. |
IAO 5.5 (c) | El equipo esencial que deberá tener disponible el Oferente seleccionado para ejecutar el Contrato es: El equipo listado es el mínimo disponible para la ejecución del Contrato, si el Oferente presenta más del listado deberá detallarlo de acuerdo al cuadro presentado. |
IAO 5.5 (d) | El numeral 5.5 (d) se modifica así: El Oferente deberá acreditar que cuenta con el siguiente personal clave: 1. Un Gerente de Proyecto que tenga al menos seis años de experiencia como Gerente de Proyecto en obras cuya naturaleza y volumen sean equivalentes a las de las Obras licitadas. De los cuales tres años han de ser de Gerente de Proyecto. 2. Ingeniero Estructural, con cinco años de experiencia en obras, de los cuales tres años han de ser como Residente de Obra. |
EQUIPO | CANT. | CANTIDAD PRESENTADA | CONDICIÓN O ESTADO DE FUNCIONAMIENTO | MODELO Y AÑO DE FABRICACIÓN |
Retroexcavadora | 1 | |||
Vibro Compactador | 2 | |||
Rodo Liso Vibrador | 2 | |||
Minicargador | 2 | |||
Cargador Frontal | 1 | |||
Camión de Volteo | 2 | |||
Camión Cisterna | 2 | |||
Camión xx Xxxxxxx | 2 |
3. Especialista Ambiental con al menos cinco años de experiencia en obras Para la calificación, el Proponente deberá presentar el formulario de la Sección IV Formularios de la Oferta, numeral 3. Información para la Calificación, subnumeral 1.5, con la información académica y profesional relativa al personal clave listado en este numeral diligenciada y suscrita por cada una de las personas indicadas como personal clave. | |
IAO 5.5 (e) | El monto mínimo de activos líquidos y/o de acceso a créditos libres de otros compromisos contractuales del Oferente seleccionado deberá ser de: USD $ 500,000.00, Quinientos mil dólares. |
IAO 5.6 | “No se tendrán” en cuenta la experiencia y los recursos de los subcontratista. |
B. Documentos de Licitación | |
IAO 10.1 | Si algún Oferente abrigase dudas en cuanto a la interpretación de los documentos que componen las Bases de Licitación o encontrara contradicciones, discrepancias u omisiones en ellos, deberá notificarlo por escrito mediante nota dirigida al Jefe de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional del Ministerio de Obras Públicas, Transporte, y de Vivienda y Desarrollo Urbano, (Módulo “E”); Plantel Xx Xxxxxxx, Xx 0x Carretera a Santa Tecla, frente al Estado Mayor de la Fuerza Armada, San Xxxxxxxx, El Xxxxxxxx, C.A. Tel. 0000-0000 o a través del Tele Fax Nº 0000-0000, a más tardar quince (15) días calendario antes de la fecha de recepción de Ofertas. Si no hiciere las consultas correspondientes, quedará entendido que el Ofertante, al formular su oferta, acepta que ésta sea evaluada, tal y como fue presentada, y que será tomada en cuenta la condición más favorable para el Ministerio, por lo que después de este plazo previsto, no habrán reclamaciones de ningún tipo por parte de ningún Ofertante a causa de la existencia de dudas en la interpretación de los documentos que componen las Bases de Licitación. El Ministerio podrá emitir en forma de Adenda o Aclaración, las explicaciones o instrucciones necesarias, hasta cinco (5) días calendario antes de la recepción de las ofertas, para aclarar o modificar aspectos de las Bases de Licitación, bien sea por iniciativa propia o como resultado de consultas realizadas por los Ofertantes. Dichas Adendas o Aclaraciones se harán por escrito, se numerarán correlativamente y formarán parte de las Bases de Licitación. Las consultas realizadas que modifiquen o aclaren las Bases de Licitación serán contestadas en Adenda o Aclaración, las cuales serán enviadas a cada participante que las hayan retirado, quienes acusarán de recibido, firmando el formato que la acompaña. Se considerará oficial la remisión de Adenda o Aclaración, con el respectivo acuse de recibido vía fax, debidamente confirmado vía telefónica. |
C. Preparación de las Ofertas | |
IAO 12.1 | El idioma en que deben estar redactadas las Ofertas es: Español |
IAO 13.1 | Los Oferentes deberán presentar los siguientes materiales adicionales con su Oferta: (f) El Programa de Trabajo en Project con indicación de la duración, fecha de inicio y fin de cada actividad, predecesoras, recursos y diagrama xx Xxxxx y ruta crítica. Para tal efecto se deberá asumir una fecha de inicio del proyecto, dicho programa deberá presentar en medio físico y magnético. (g) Plan de Organización de los Frentes de Trabajo para la ejecución de las obras. (h) Análisis de Precios Unitarios, Presupuestos de Materiales, Mano de Obra, Equipo. Los documentos descritos en el inciso h. deben ser elaborados conforme a los formatos incluidos en la Sección IV Formularios de Oferta. El Programa de Trabajo y las fichas técnicas de análisis de precios unitarios deberán elaborarse conforme lo indicado en el Apéndice A Sección VI de las CEC. El precio unitario que resulte del análisis de costos debe coincidir o ser aproximadamente igual al aplicado en la oferta, de no ser así deberá ser corregida la ficha de costos antes de que se haga la adjudicación del contrato y deberá constar en el Informe de la Comisión Evaluadora. El precio que prevalecerá es el aplicado en la oferta. |
IAO 14.4 | Los precios unitarios “no estarán” sujetos a ajustes de precio de conformidad con la cláusula 47 de las CGC. |
IAO 15.1 | La moneda del País del Contratante es: Dólar de los Estados Unidos de América (US$). |
IAO 15.2 | La fuente designada para establecer las tasas de cambio será: Banco Central de Reserva de El Xxxxxxxx (BCR). |
IAO 15.4 | Los Oferentes “tendrán” que demostrar que sus necesidades en moneda extranjera incluidas en los precios unitarios son razonables y se ajustan a los requisitos de la Subcláusula 15.1 de las IAO |
IAO 16.1 | El período de validez de las Ofertas será de 120 días calendario a partir de la fecha indicada en el numeral 21.1 de los DDL. |
IAO 17.1 | La Oferta deberá incluir una Garantía de Mantenimiento emitida por un banco o una aseguradora utilizando el formulario para Garantía de la Oferta (garantía bancaria o fianza) incluido en la Sección X “Formularios de Garantía”, que deberá ser otorgada a favor del Estado y Gobierno de El Xxxxxxxx, en el Ramo de Obras Públicas, Transporte, y de Vivienda y Desarrollo Urbano. |
IAO 17.2 | El monto de la Garantía de la Oferta es: US$ 165,000 Dólares de los Estados Unidos de América, con una validez 150 días calendario a partir de la fecha de presentación y apertura de ofertas. |
IAO 18.1 | “No se considerarán” Ofertas alternativas. |
IAO 19.1 | El Oferente deberá presentar un (1) documento original y dos (2) copias de la Oferta, además deberá ser presentada en formato digital en CD, DVD o USB en sobres cerrados y sellados, de acuerdo al siguiente detalle: SOBRE N° 1. OFERTA TECNICA (cerrado y sellado), deberá estar identificado con la siguiente etiqueta SOBRE N° 1: OFERTA TECNICA “ORIGINAL” o “COPIA N° 1” o “COPIA N° 2” o “COPIA FORMATO ELECTRONICO” Ministerio de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional Diseño Final y Construcción de la Terminal de Integración de Soyapango para el Sistema Integrado de Transporte del AMSS PRÉSTAMO BID N° 2572/OC-ES Atención: Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional Nombre del Consorcio, Asocio, etc. NO ABRIR ANTES DEL DIA 31 XX Xxxxxx _ DE 2012, A LAS 11:00_A.M. SOBRE N° 2. OFERTA ECONOMICA (cerrado y sellado), deberá estar identificado con la siguiente etiqueta SOBRE N° 2: OFERTA ECONOMICA “ORIGINAL” o “COPIA N° 1” o “COPIA N° 2” o “COPIA FORMATO ELECTRONICO” Ministerio de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional Diseño Final y Construcción de la Terminal de Integración de Soyapango para el Sistema Integrado de Transporte del AMSS PRÉSTAMO BID N° 2572/OC-ES Atención: Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional Nombre del Consorcio, Asocio, etc. NO ABRIR ANTES DEL DIA 31 XX Xxxxxx _ DE 2012, A LAS 11:00_A.M. |
SOBRE GENERAL (cerrado y sellado) El Oferente deberá presentar su Oferta en un “ SOBRE GENERAL”, este deberá contener en su interior el SOBRE N° 1 (Oferta Técnica) y el SOBRE N° 2 (Oferta Económica), este sobre deberá estar identificado con la siguiente etiqueta: Ministerio de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional LICITACION PUBLICA NACIONAL N° Diseño Final y Construcción de la Terminal de Integración de Soyapango para el Sistema Integrado de Transporte del AMSS PRÉSTAMO BID N° 2572/OC-ES PRESENTADA POR: (Nombre del Consorcio, Asocio, etc.) NO ABRIR ANTES DEL DIA 31 XX Xxxxxx _ DE 2012, A LAS 11:00_A.M. Firma, Sello (Representante Legal) Para propósitos de orden y transparencia, todas las páginas de la propuesta técnica y económica deben ser foliadas (enumeradas) y rubricada en cada hoja, indicando el número total de hojas (o folios). | |
D. Presentación de las Ofertas | |
IAO 20.1 | Los Oferentes “No” podrán presentar Ofertas electrónicamente. |
IAO 20.2 (a) | Para propósitos de la presentación de las Ofertas, la dirección del Contratante es: Ministerio de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano Kilometro 5½, carretera a Santa Tecla, Plantel La Lechuza, Módulo E. San Xxxxxxxx Atención: Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional Teléfono (000)0000-0000 o Tele Fax Nº 0000-0000 |
IAO 20.2 (b) | Nombre y número de identificación del contrato: Diseño Final y Construcción de la Terminal de Integración de Soyapango para el Sistema Integrado de Transporte del Área Metropolitana de San Xxxxxxxx. Número de identificación del contrato: PTAMSS-1-LPN-O |
IAO 20.2 (c) | La nota de advertencia deberá leer “NO ABRIR ANTES DE 31 xx Xxxxxx de 2012 hora Limite 11:00 a.m. (hora local de El Xxxxxxxx)”. |
IAO 21.1 | La fecha y la hora límite para la presentación de las Ofertas será: 31 xx Xxxxxx de 2012, hora Limite 10:00 a.m. (hora local de El Xxxxxxxx). Las ofertas serán recibidas en Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional. |
E. Apertura y Evaluación de las Ofertas | |
IAO 24.1 | La apertura de las Ofertas tendrá lugar en: La sala de reuniones Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional Ministerio de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano Kilometro 5½, carretera a Santa Tecla, Plantel La Lechuza, Módulo E. San Xxxxxxxx Atención: Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional Fecha: 31 xx Xxxxxx del 2012 a las 11:00 a.m. (hora local El Xxxxxxxx). |
F. Adjudicación del Contrato | |
IAO 35.1 | La forma estándar de Garantía de Cumplimiento aceptable al Contratante será “una Garantía Bancaria” por un 10% del monto total del contrato. |
IAO 36.1 | El pago de anticipo será por un monto máximo del 30% (treinta por ciento) del Precio del Contrato. |
IAO 37.1 | No aplica |
Sección III. Países Elegibles
Elegibilidad para el suministro de bienes, la construcción de obras y la prestación de servicios en adquisiciones financiadas por el Banco
1) Países Miembros cuando el financiamiento provenga del Banco Interamericano de Desarrollo.
a) Países Prestatarios:
(i) Argentina, Bahamas, Barbados, Belice, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Xxxxx Rica, Ecuador, El Xxxxxxxx, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Surinam, Trinidad y Tobago, Uruguay y Venezuela.
b) Países no Prestatarios:
(i) Alemania, Austria, Bélgica, Canadá, Croacia, Dinamarca, Eslovenia, España, Estados Unidos, Finlandia, Xxxxxxx, Xxxxxx, Italia, Japón, Noruega, Países Bajos, Portugal, Xxxxx Unido, República xx Xxxxx, República Popular de China, Suecia y Suiza.
2) Criterios para determinar Nacionalidad y el país de origen de los bienes y servicios
Para efectuar la determinación sobre: a) la nacionalidad de las firmas e individuos elegibles para participar en contratos financiados por el Banco y b) el país de origen de los bienes y servicios, se utilizarán los siguientes criterios:
A) Nacionalidad
a) Un individuo tiene la nacionalidad de un país miembro del Banco si él o ella satisface uno de los siguientes requisitos:
(i) es ciudadano de un país miembro; o
(ii) ha establecido su domicilio en un país miembro como residente “bona fide” y está legalmente autorizado para trabajar en dicho país.
b) Una firma tiene la nacionalidad de un país miembro si satisface los dos siguientes requisitos:
(i) esta legalmente constituida o incorporada conforme a las leyes de un país miembro del Banco; y
(ii) más del cincuenta por ciento (50%) del capital de la firma es de propiedad de individuos o firmas de países miembros del Banco.
Todos los socios de una asociación en participación, consorcio o asociación (APCA) con responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los requisitos arriba establecidos.
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B) Origen de los Bienes
Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un artículo comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son substancialmente diferentes de sus partes o componentes.
En el caso de un bien que consiste de varios componentes individuales que requieren interconectarse (lo que puede ser ejecutado por el suministrador, el comprador o un tercero) para lograr que el bien pueda operar, y sin importar la complejidad de la interconexión, el Banco considera que dicho bien es elegible para su financiación si el ensamblaje de los componentes individuales se hizo en un país miembro. Cuando el bien es una combinación de varios bienes individuales que normalmente se empacan y venden comercialmente como una sola unidad, el bien se considera que proviene del país en donde este fue empacado y embarcado con destino al comprador.
Para efectos de determinación del origen de los bienes identificados como “hecho en la Unión Europea”, estos serán elegibles sin necesidad de identificar el correspondiente país específico de la Unión Europea.
El origen de los materiales, partes o componentes de los bienes o la nacionalidad de la firma productora, ensambladora, distribuidora o vendedora de los bienes no determina el origen de los mismos.
C) Origen de los Servicios
El país de origen de los servicios es el mismo del individuo o firma que presta los servicios conforme a los criterios de nacionalidad arriba establecidos. Este criterio se aplica a los servicios conexos al suministro de bienes (tales como transporte, aseguramiento, montaje, ensamblaje, etc.), a los servicios de construcción y a los servicios de consultoría
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Sección IV. Formularios de la Oferta
1. Oferta
[fecha]
Número de Identificación y Título del Contrato: [indique el número de identificación y titulo del Contrato]
A: [nombre y dirección del Contratante]
Después de haber examinado los Documentos de Licitación, incluyendo la(s) enmienda(s), ofrecemos ejecutar el [nombre y número de identificación del Contrato] de conformidad con las CGC que acompañan a esta Oferta por el Precio del Contrato de [indique el monto en cifras], [indique el monto en palabras] [indique el nombre de la moneda].
El Contrato deberá ser pagado en las siguientes monedas:
Moneda | Porcentaje pagadero en la moneda | Tasa de cambio: [indique el número de unidades de moneda nacional que equivalen a una unidad de moneda extranjera] | Insumos para los que se requieren monedas extranjeras |
(a) (b) (c) (d) |
El pago de anticipo solicitado es:
Monto | Moneda |
(a) (b) (c) (d) |
Aceptamos la designación de [indicar el nombre propuesto en los Datos de la Licitación] como Conciliador.
[o]
No aceptamos la designación de [indicar el nombre propuesto en los Datos de la Licitación] como Conciliador, y en su lugar proponemos que se nombre como Conciliador a [indique el nombre], cuyos honorarios y datos personales se adjuntan a este formulario.
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Esta Oferta y su aceptación por escrito constituirán un Contrato de obligatorio cumplimiento entre ambas partes. Entendemos que ustedes no están obligados a aceptar la Oferta más baja ni ninguna otra Oferta que pudieran recibir.
Confirmamos por la presente que esta Oferta cumple con el período de validez de la Oferta y, de haber sido solicitado, con el suministro de Garantía de Mantenimiento de la Oferta o Declaración de Mantenimiento de la Oferta exigidos en los documentos de licitación y especificados en los DDL.
Los suscritos, incluyendo todos los subcontratistas requeridos para ejecutar cualquier parte del contrato, tenemos nacionalidad de países miembros del Banco de conformidad con la Subcláusula 4.1 de las IAO. En caso que el contrato de obras incluya el suministro de bienes y servicios conexos, nos comprometemos a que estos bienes y servicios conexos sean originarios de países miembros del Banco.
No presentamos ningún conflicto de interés de conformidad con la Subcláusula 4.2 de las IAO.
Nuestra empresa, su matriz, sus afiliados o subsidiarias, incluyendo todos los subcontratistas o proveedores para cualquier parte del contrato, no hemos sido declarados inelegibles por el Banco, bajo las leyes o normativas oficiales del País del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 4.3 de las IAO.
De haber comisiones o gratificaciones, pagadas o a ser pagadas por nosotros a agentes en relación con esta Oferta y la ejecución del Contrato si nos es adjudicado, las mismas están indicadas a continuación:
Nombre y dirección del Agente | Xxxxx y Moneda | Propósito de la Comisión o Gratificación | ||
(Si no hay comisiones o gratificaciones indicar “ninguna”) |
Firma Autorizada:
Nombre y Cargo del Firmante:
Nombre del Oferente:
Dirección:
3. Información para la Calificación
1.4 Los principales equipos de construcción que propone el Contratista son: [Proporcione toda la información solicitada a continuación, de acuerdo con la Subcláusula 5.3 (d) de las IAO.]
[La información que proporcionen los Oferentes en las siguientes páginas se utilizará para calificar o para verificar la precalificación como se indica en la Cláusula 5 de las IAO. Esta información no se incorpora en el Contrato. Adjunte páginas adicionales si es necesario. Las secciones pertinentes en los documentos adjuntos deberán ser traducidas al español. Si la información es para verificar la precalificación, el Oferente deberá completar solamente la información que debe ser actualizada.
1. Firmas o miembros de APCAs | 1.1 Incorporación, constitución o estatus jurídico del Oferente [adjunte copia de documento o carta de intención] Lugar de constitución o incorporación: [indique] Sede principal de actividades: [indique] Poder del firmante de la Oferta [adjunte] 1.2 Los montos anuales facturados son: [indicar montos equivalentes en moneda nacional y año a que corresponden de conformidad con la Subcláusula 5.3(b) de los DDL] 1.3 La experiencia en obras de similar naturaleza y magnitud es en [indique el número de obras e información que se especifica en la Subcláusula 5.3 (c) de las IAO] [En el cuadro siguiente, los montos deberán expresarse en la misma moneda utilizada para el rubro 1.2 anterior. También detalle las obras en construcción o con compromiso de ejecución, incluyendo las fechas estimadas de terminación. ] |
Nombre del Proyecto y País | Nombre del Contratante y Persona a quien contactar | Tipo de obras y año de terminación | Valor del Contrato (equivalente en moneda nacional) |
(a) (b) |
Equipo | Descripción, marca y antigüedad (años) | Condición, (nuevo, buen estado, mal estado) y cantidad de unidades disponibles | Propio, alquilado mediante arrendamiento financiero (nombre de la arrendadora), o por comprar (nombre del vendedor) |
(a) (b) | |||
1.5 Las calificaciones y experiencia del personal clave se adjuntan. [Adjunte información biográfica, de acuerdo con la Subcláusula 5.3 (e) de las IAO [Véase también la Clausula 9.1 de las CGC y en las CEC]. Incluya la lista de dicho personal en la tabla siguiente. |
Cargo | Nombre | Años de Experiencia (general) | Años de experiencia en el cargo propuesto |
(a) (b) |
Nombre de la(s) otra(s) Parte(s) | Causa de la Controversia | Monto en cuestión |
(a) (b) |
1.6 Los informes financieros de los últimos 5 años: balances, estados de pérdidas y ganancias, informes de auditoría, etc., que se adjuntan, en conformidad con la subcláusula IAO 5.3 (f) son: [lístelos a continuación y adjunte las copias.]
1.7 La evidencia de acceso a recursos financieros de acuerdo con las subclausula 5.3 (g) de las IAO es: el oferente debe listar y adjuntar las copias de los documentos que corroboren lo anterior.
1.8 Adjuntar autorización con Nombre, dirección, y números de teléfono, télex y facsímile para contactar bancos que puedan proporcionar referencias del Oferente en caso de que el Contratante se las solicite, se adjunta en conformidad con la Subclausula 5.3(h) de las IAO [Adjunte la autorización]
1.9 La información sobre litigios pendientes en que el Oferente esté involucrado se incluye, en conformidad con la subcláusula 5.3(i) de las IAO.[Incluya la información en la tabla siguiente]
1.10 Los Contratistas propuestos y firmas participantes, de conformidad con la subcláusula 5.3 (j) son [indique la información en la tabla siguiente. Véase la Cláusula 7 de las CGC y 7 de las CEC].
Secciones de las Obras | Valor del Subcontrato | Subcontratista (nombre y dirección) | Experiencia en obras similares |
(a) (b) |
1.11 Programa propuesto (metodología y programa de trabajo), y descripciones, planos y tablas, según sea necesario, para cumplir con los requisitos de los Documentos de Licitación. [Adjunte.] | |||||
2. Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) | 2.1 La información solicitada en los párrafos 1.1 a 1.10 anteriores debe ser proporcionada por cada socio de la APCA. 2.2 La información solicitada en el párrafo 1.11 anterior debe ser proporcionada por la APCA. [Proporcione la información]. | ||||
2.3 Deberá entregase el Poder otorgado al (a los) firmante(s) de la Oferta para firmar la Oferta en nombre de la APCA | |||||
2.4 Deberá entregarse el Convenio celebrado entre todos los integrantes de la APCA (legalmente compromete a todos los integrantes) en el que consta que: | |||||
(a) todos los integrantes serán responsables mancomunada y solidariamente por el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo; | |||||
(b) se designará como representante a uno de los integrantes, el que tendrá facultades para contraer obligaciones y recibir instrucciones para y en nombre de todos y cada uno de los integrantes de la APCA; y | |||||
(c) la ejecución de la totalidad del Contrato, incluida la relación de los pagos, se manejará exclusivamente con el integrante designado como representante. | |||||
3. Requisitos adicionales | 3.1 Los Oferentes deberán requerida en los DDL. | entregar | toda | información | adicional |
4. Carta de Aceptación
[En papel con membrete oficial del Contratante]
La Carta de Aceptación será la base para la constitución del Contrato de conformidad con las cláusulas 34 y 35 de las IAO. Este formulario estándar de la Carta de Aceptación debe ser completado y enviado al Oferente seleccionado, sólo después de que la evaluación de la Oferta haya sido completada, supeditada a cualquiera revisión del Banco que se requiera en virtud del Contrato xx Xxxxxxxx.]
[Indique la fecha]
Número de Identificación y Título del Contrato [indique el número de identificación y el título del Contrato]
A: [Indique el nombre y la dirección del Oferente seleccionado]
La presente tiene por objeto comunicarles que por este medio nuestra Entidad acepta su Oferta con fecha [indique la fecha] para la ejecución del [indique el nombre del Contrato y el número de identificación, tal como se emitió en las CEC] por el Precio del Contrato equivalente1 a [indique el monto en cifras y en palabras] [indique la denominación de la moneda], con las correcciones y modificaciones2 efectuadas de conformidad con las Instrucciones a los Oferentes.
[Seleccione una de las siguientes opciones (a) o (b) y suprima la otra]
(a) Aceptamos la designación de [indique el nombre del candidato propuesto por el Oferente] como Conciliador.3
(b) No aceptamos la designación de [indique el nombre del candidato propuesto por el Oferente] como Conciliador, y mediante el envío de una copia de esta Carta de Aceptación a [indique el nombre de la Autoridad para el nombramiento], estamos por lo tanto solicitando a [indique el nombre], la Autoridad Nominadora, que nombre al Conciliador de conformidad con la Subcláusula 37.1 de las IAO.4
Por este medio les instruimos para que (a) procedan con la construcción de las Obras mencionadas, de conformidad con los documentos del Contrato, (b) firmen y devuelvan los documentos del Contrato adjuntos, y (c) envíen la Garantía de Cumplimiento de conformidad
1 Suprimir "equivalente a" y agregar "de" si el precio del Contrato está expresado en una sola moneda.
2 Suprimir “correcciones y” o “y modificaciones”, si no corresponde. Remitirse a las Notas sobre el Formulario del Contrato (página siguiente).
3 Se utilizará únicamente si el Oferente seleccionado indica en su Oferta que no está de acuerdo con el Conciliador propuesto por el Contratante en las Instrucciones a los Oferentes, y consecuentemente propone otro candidato.
4 Se utilizará únicamente si el Oferente seleccionado indica en su Oferta que no está de acuerdo con el Conciliador propuesto por el Contratante en las IAO, y consecuentemente propone otro candidato, y el Contratante no acepta la contrapropuesta.
con la Subcláusula 35.1 de las IAO, es decir, dentro de los 21 días siguientes después de haber recibido esta Carta de Aceptación, y de conformidad con la Subcláusula 52.1 de las CGC.
Firma Autorizada Nombre y Cargo del Firmante: Nombre de la Entidad: _
Adjunto: Convenio
FORMULARIO FT-01: Identificación de la Sociedad
Nombre del Oferente:
( ) Sociedad
( ) Asocio o Consorcio Dirección de las Oficinas Centrales:
Dirección de la Oficina Local:
Fecha de establecimiento de la Sociedad
Años de Experiencia
Incorporado o Afiliado en (Cámara, Asociación de Profesionales): . Fecha:
Nombre del Representante Legal:
Dirección:
Teléfonos:
FAX:
E-mail.:
Página web:
NOTA: El Contratante al adjudicar el proyecto considerará que estos datos son los consignados en la Escritura Pública de Constitución de la Sociedad y en la Matrícula de Comercio según el caso.
FORMULARIO FT-02: Declaración Jurada
LICITACION No.
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTE, Y DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO PROYECTO:
SOCIEDAD OFERTANTE
Atentamente nos referimos a la Licitación No. de referencia en la cual, para poder participar en la misma, se nos han entregado en la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional, las respectivas Bases de Licitación.
Sobre ese particular, después de revisar la documentación recibida, por este medio manifiesto a ustedes que doy mi aceptación plena de tales documentos, comprometiéndome a darles estricto y fiel cumplimiento en caso de ser seleccionado como la Sociedad responsable de la Ejecución del Proyecto en referencia.
Así mismo, y para dar cumplimiento a los requisitos exigidos en dicha Licitación, declaramos haber recibido las Adenda Nos. de fechas respectivamente, aclarando o modificando aspectos de las Bases de Licitación.
En cumplimiento de dichos requisitos, el(los) suscrito(s) declara (declaramos) bajo juramento:
a) No ser funcionario(s) o empleado(s) público(s) ni el (los) declarante(s) ni su representante legal.
b) No estar impedido(s) de contratar con El Estado.
c) Que renuncio (renunciamos) al fuero de mi (nuestro) domicilio y me (nos) someto (sometemos) a la jurisdicción de los jueces de la ciudad de San Xxxxxxxx República de El Xxxxxxxx, para los efectos de la Licitación de que se trata y del Contrato respectivo en caso de obtener la adjudicación correspondiente.
d) Xxxxxx (señalamos) domicilio legal para los efectos de esta Licitación en la ciudad de Dirección .
e) Xxxxx visitado e inspeccionado el lugar de la obra y conocer las condiciones físico-ambientales, sociales y de servicios existentes en la zona, relacionados con las necesidades durante la ejecución de la obra.
f) Haber examinado el Diseño del Proyecto y conocer en profundidad el Alcance de las obras a realizar
g) Que toda la información presentada en nuestra Oferta es cierta y veraz.
San Xxxxxxxx, de del 2
Firma del Ofertante o de su Representante Legal y sello de la Sociedad.
Nombre y Apellidos Legibles
FORMULARIO FT-02a: Anexo a Declaracion Jurada
(SUBCLÁUSULA IAO 5.3)
LICITACION PUBLICA No.
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTE, Y DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO PROYECTO:
SOCIEDAD OFERTANTE
Atentamente nos referimos a la Licitación No. de referencia en la cual, para poder participar en la misma, se nos han entregado en la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional, las respectivas Bases de Licitación.
En cumplimiento de dichos requisitos, el(los) suscrito(s) declara (declaramos) bajo juramento:
i. Que hemos leído y entendido la prohibición sobre actos de fraude y corrupción dispuesta por el Banco y nos obligamos a observar las normas pertinentes;
ii. Que no hemos incurrido en ninguna infracción de las políticas sobre fraude y corrupción descritas en este documento;
iii. Que no hemos tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de adquisición o negociación del contrato o cumplimiento del contrato;
iv. Que no hemos sido declarados inelegibles para que se nos adjudiquen contratos financiados por el Banco, ni hemos sido declarados culpables de delitos vinculados con fraude o corrupción;
v. Que no hemos sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que haya sido declarada inelegible para que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco o ha sido declarado culpable de un delito vinculado con fraude o corrupción;
vi. Que hemos declarado todas las comisiones, honorarios de representantes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con el contrato o el contrato financiado por el Banco;
vii. Que reconocemos que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías constituye el fundamento para la imposición por el Banco de cualquiera o de un conjunto de medidas que se describen en la Cláusula 3.1 (b).
viii. Que no se encuentra incapacitado para contratar o impedido para Ofertar, por alguna de las causales establecidas en los Artículos VEINTICINCO y VEINTISÉIS de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP) o excluido para contratar por haber incurrido en las causales establecidas en en los Artículos CIENTO CINCUENTA Y OCHO y CIENTO CINCUENTA Y NUEVE de la misma Ley.
San Xxxxxxxx, de del 2
Firma del Ofertante o de su Representante Legal y sello de la Sociedad.
Nombre y Apellidos Legibles
FORMULARIO FT-03: MODELO DE ASOCIO TEMPORAL
NUMERO . En la ciudad de a las horas del día de dos mil . Ante mí,
. Notario y del domicilio de , comparecen por una parte, (establecer generales), quien actúa en nombre y representación de , que puede abreviarse , en su calidad de ; cuya personería DOY FE de ser legítima y suficiente por haber tenido a la vista: (relacionar personería de conformidad al inc. 1º del Art. 35 de la Ley de Notariado) y por otra parte, (establecer generales) quien actúa en nombre y representación de que puede abreviarse , organizada de acuerdo a las leyes de (en caso de ser extranjera) y del domicilio de en su calidad de , personería que DOY FE de ser legítima y suficiente por haber tenido a la vista los siguientes documentos: (relacionar Escritura de Constitución del Ofertante y cláusulas pertinentes, Credencial de Elección de Junta Directiva y cualquier instrumento que facilite la acreditación de la existencia legal del Ofertante en su país de origen y la personalidad jurídica del compareciente, consignando datos regístrales, así como las Auténticas correspondientes o Apostilla, si proceden) y en los conceptos en que comparecen, ME DICEN: I- Que el Estado y Gobierno de El Xxxxxxxx en el ramo de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, en adelante “El Ministerio” ha promovido con fecha , La Licitación Numero /201_, correspondiente al Proyecto denominado " ". II- Que los comparecientes han decidido participar asociadas para ejecutar el Proyecto requerido por el Ministerio, los cuales prestarán de conformidad a lo establecido en las condiciones generales y especiales de las Bases de Licitación, y demás documentos contractuales, por lo que por medio de este instrumento forman una Asocio Temporal entre los comparecientes, cuyo nombre a utilizar será UNIÓN DE PERSONAS ASOCIO , que podrá abreviarse
UDP , asumiendo en consecuencia, desde la presentación de la Oferta, la adjudicación del Proyecto, y en el contrato suscrito con dicho Ministerio; la obligación solidaria por todas las consecuencias de su participación y de la participación de la unión en los procedimientos de contratación o en la ejecución del respectivo contrato.
III. El plazo del asocio es por el tiempo en que este vigente el contrato con el Ministerio de Obras Públicas, Transporte, y de Vivienda y de Desarrollo Urbano, hasta la emisión del finiquito correspondiente. IV) Que la participación de los comparecientes en el asocio será en un porcentaje de ,por ciento . V) Los comparecientes convienen en nombrar representante común a (designar a uno de los comparecientes), de las generales expresadas, como representante de la Unión de Personas conformada por medio de este instrumento, a quien facultan para firmar el contrato que hubiere de otorgarse, gestionar y recibir instrucciones en nombre de los Ofertantes, en todo lo relacionado con la ejecución completa del contrato, incluyendo el trámite de los pagos, facultándolo especialmente para que pueda recibir los pagos y extender recibos y finiquitos, de manera que El Ministerio de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, tratará única y exclusivamente con la persona autorizada por la Unión de Personas; comprometiéndonos a mantener a dicho representante hasta que se otorgue el correspondiente Finiquito a la Unión de Personas que por medio de este instrumento se constituye; para lo cual le confieren las facultades generales del mandato y las especiales comprendidas en el artículo sesenta y nueve del Código Procesal Civil y Mercantil, inclusive la de conciliar y transigir, para recibir emplazamientos, así como para la renuncia la transacción, el desistimiento, el allanamiento y las actuaciones que comporten la finalización anticipada del proceso. Facultades que expliqué a los comparecientes, y me cercioré de que las conocen, comprenden y por ello las conceden. El Nombrado tendrá su domicilio en la República de El Xxxxxxxx, durante todo el plazo de la Unión de Personas, y toda correspondencia o notificación, se hará a la siguiente dirección (de la Sociedad, según designación de persona autorizada, debiendo ser dentro de la circunscripción territorial de San Xxxxxxxx). El representante de la Unión de Personas se compromete a comunicar inmediatamente al Ministerio, todo cambio en la dirección antes mencionada, así como en el cambio de representante.
IV. Los otorgantes declaramos que el presente instrumento forma parte los documentos contractuales de la mencionada Licitación, comprometiéndonos a darle fiel y estricto cumplimiento. VI. El representante común podrá otorgar poder general, administrativo y judicial con representación a favor de un tercero idóneo, previa autorización del supervisor del proyecto y visto bueno del Administrador del contrato por parte del Ministerio, con facultades para
, en todo caso las actuaciones del apoderado serán de responsabilidad del representante común del Asocio quien responderá ante el Ministerio. VII. El suscrito notario doy fe que hice la advertencia a los comparecientes de darle cumplimiento a lo establecido en el Artículo uno del Sistema de Registro y Obligaciones a Inscribirse, de la Reforma a la Ley de Registro y Control Especial de Contribuyentes al Fisco. Así se expresaron los comparecientes a quienes expliqué los efectos legales del presente instrumento,; y leído que les fue por mi íntegramente todo lo escrito en un solo acto, ratificaron su contenido por manifestar que está redactado conforme a la voluntad de sus representadas y firmamos. DOY FE.
NOTA: ESTABLECER EL PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN DE CADA UNA DE LAS SOCIEDADES DENTRO DE LA UNIÓN DE OFERTANTES.
5. Convenio/Contrato
CONTRATO No. /2012
LICITACION PÚBLICA NACIONAL N° LPN /2012 DISEÑO Y CONSTRUCCION:
“DISEÑO FINAL Y CONSTRUCCIÓN DE LA TERMINAL DE INTEGRACIÓN DE SOYAPANGO PARA EL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE DEL AREA METROPOLITANA DE SAN XXXXXXXX ”
NOSOTROS: (Generales del titular), actuando en nombre y representación del Estado y Gobierno de la República de El Xxxxxxxx, en el Ramo de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, en mi calidad de MINISTRO, con número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce-cero diez mil ciento once-cero cero ocho-uno; Institución que en lo sucesivo se denominará “EL MINISTERIO” o “EL CONTRATANTE”; y por otra parte (generales del contratista); actuando en mi calidad
de la Sociedad “ ” , del domicilio de
, con número de Identificación Tributaria , sociedad que en el transcurso del presente instrumento me denominaré “EL CONTRATISTA” y en los caracteres dichos; MANIFESTAMOS: Que hemos acordado otorgar el presente Contrato de DISEÑO FINAL MÁS CONSTRUCCIÓN, de conformidad a la Normativa del Banco Interamericano de Desarrollo; las Bases de Licitación; las adendas y aclaraciones si las hubiere; la Resolución de Adjudicación número /2012, de fecha de 2012, y en especial a las obligaciones, condiciones, pactos y renuncias de acuerdo con las cláusulas que a continuación se especifican:
CLAUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO. “EL CONTRATISTA”, se compromete a realizar a entera satisfacción de “EL MINISTERIO”, bajo la modalidad de DISEÑO FINAL más CONSTRUCCIÓN el proyecto denominado: “DISEÑO FINAL Y CONSTRUCCIÓN DE LA TERMINAL DE INTEGRACIÓN DE SOYAPANGO PARA EL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE DEL AREA METROPOLITANA DE
SAN XXXXXXXX ”, ubicado sobre Cantón Buena Vista, sobre Avenida Rosario Sur, contiguo a Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, xxxxxxxxxxxx xxx xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx x Xxxxxxxxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx; el diseño final y la construcción total del proyecto, con suministro de materiales, de las obras necesarias para la realización del mismo, debiendo hacer entrega el CONTRATISTA al MINISTERIO de la obra totalmente concluida con la entrega de planos como construido. El CONTRATISTA no podrá variar ninguna dimensión ni calidad especificada en el Proyecto Técnico, quedando obligado a realizar las obras con sujeción en todo momento a las órdenes e instrucciones dadas por el Ministerio a través de la supervisión y del administrador de contrato; de conformidad a las Bases de Licitación y a la Oferta presentada por el Contratista. Por lo anterior, EL CONTRATISTA será responsable de cualquier daño que cause a la propiedad nacional, privada o municipal, en la ejecución de los trabajos por los cuales se le ha contratado; responsabilidad que le podrá ser deducida penal, civil, ambiental o administrativamente.
CLAUSULA SEGUNDA: ALCANCE DEL PROYECTO: El contratista deberá ejecutar las obras de conformidad a lo establecido en las Bases de Licitación y la oferta técnica presentada por el contratista.
CLAUSULA TERCERA: MONTO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: El Contratante pagará al
CONTRATISTA el diseño final y construcción del proyecto, pactando a precio firme toda la obra, por la cantidad de DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($ ), incluido el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios. Los pagos se harán parciales, a medida que avance la obra, por períodos no menores de treinta días calendario, dichos pagos cubrirán todas las obras y trabajos realizados de acuerdo a lo establecido en las especificaciones técnicas y aceptados al período de acuerdo con los estimados certificados por la supervisión, no obstante lo anterior, el último pago podrá ser por un período inferior a treinta días calendario. Asimismo, podrán efectuarse pagos parciales al contratista por períodos menores de treinta días calendario, en casos justificados de fuerza mayor o caso fortuito, mediante resolución debidamente razonada por el titular del ministerio, por trabajos aceptados en el período correspondiente y de acuerdo con los estimados certificados por la supervisión. Todo pago de las obligaciones contraídas se hará efectivo dentro de los sesenta días calendario posteriores a la recepción a las respectivas facturas y documentación que ampare el cumplimiento por parte del contratista de las obligaciones contractuales debidamente firmadas por el Supervisor, el Contratista y el Ministerio a través de sus designados.
CLAUSULA CUARTA: PLAZO. El plazo del presente contrato será xx XXXX MESES contados a partir de la fecha de la Orden de Inicio para su ejecución, la cual será emitida por el Administrador del Contrato. Para lo cual, los tiempos contractuales son los siguientes: TRES MESES para diseño final, obtención de factibilidades y permisos; SIETE MESES para construcción de las obras. El CONTRATISTA después de haber recibido el contrato debidamente legalizado y la Orden de Inicio, deberá entregar al Contratante el Programa de Trabajo General presentado en su Oferta, debidamente actualizado de conformidad a la VII- A-29 PROGRESO DE LA OBRA Y PROGRAMA DE TRABAJO FISICO U FINANCIERO DEL PROYECTO
de la Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento
CLAUSULA QUINTA: ANTICIPO. Si el Contratista lo solicita y el Ministerio estima que es conveniente, éste último podrá concederle un Anticipo al inicio de sus labores, hasta por un máximo del TREINTA POR CIENTO (30%) del monto del Contrato. Para ello, el Contratista presentará al Ministerio una solicitud de Anticipo, que incluya un Plan de Buena Utilización del mismo, con la aprobación del Supervisor y con el Visto Bueno del Administrador del Contrato; el cual deberá contener el nombre de los rubros, montos y fechas de utilización, obligándose el Contratista a seguir dicho Plan; así como, declaración jurada asentada en acta notarial de buena inversión de anticipo y la presentación de la Garantía de Buena Inversión de Anticipo, el Plan de Buena Utilización del Anticipo puede ser modificado a solicitud por escrito del Contratista; esta modificación deberá ser aprobada por el Supervisor y contar con el Visto Bueno del Administrador del Contrato; la modificación deberá ser debidamente justificada. Previo a la entrega del Anticipo, si éste es aprobado, el Contratista deberá aperturar una cuenta corriente en una institución bancaria para el uso exclusivo de este fondo e informarlo por escrito al Ministerio; la cual será auditada por el personal que el Ministerio designe y cuando éste lo estime conveniente. Previo a la devolución de la Garantía de Buena Inversión del Anticipo; el Ministerio verificará si dicho Anticipo ha sido utilizado conforme al Plan de Buena Inversión del Anticipo. De comprobarse la mala utilización del Anticipo o cuando el Contratista se negare o impidiera que se efectúe la auditoría, que determine su buena utilización, se hará efectiva la Garantía de Buena Inversión del Anticipo. El Contratista deberá presentar al Ministerio, cada treinta (30) días, copias de los cheques y sus respectivos Comprobantes de la cuenta bancaria correspondiente al uso del Anticipo; con el objeto de verificar que los cargos a esa cuenta reflejan el buen uso del Anticipo, respecto al Plan aprobado. Para amortizar el Anticipo otorgado, de cada pago se retendrá un porcentaje igual al concedido en concepto de anticipo que le fue entregado, hasta que éste
quede amortizado en su totalidad previo al último pago (liquidación). Teniendo en cuenta que de la penúltima estimación dentro del plazo contractual, será descontado cualquier saldo de anticipo pendiente de amortizar, sin perjuicio de hacer efectiva la Garantía de Buena Inversión de Anticipo. El Ministerio podrá entregar este Anticipo, previa presentación de la factura correspondiente a la Unidad Financiera Institucional, toda vez que el Contratista haya cumplido con la presentación de la Garantía de Buena Inversión del Anticipo, previa verificación que la documentación antes citada, presentada por el Contratista, cumple con los requisitos exigidos en estos Términos de Referencia, Adendas, Aclaraciones, y la apertura de una cuenta bancaria específica para el manejo de estos fondos.
CLAUSULA SEXTA: RETENCIONES. A fin de garantizar cualquier responsabilidad derivada del incumplimiento total o parcial de las obligaciones contractuales, se retendrá el monto del último pago, (LIQUIDACIÓN), el cual no podrá ser inferior al cinco por ciento (5%) del monto vigente del contrato. Este pago se hará posterior a la recepción definitiva de la obra, sin que genere ningún tipo de interés. En cualquier caso para recibir el pago de la retención Contractual, EL CONTRATISTA deberá presentar a la Unidad Financiera Institucional, la declaración jurada asentada en Acta Notarial que indique que no tiene ningún reclamo económico derivado del contrato.
CLAUSULA SEPTIMA: CONDICIONES GENERALES Y ESPECIALES DE CONTRATACIÓN. El
contratista se obliga para con el Ministerio a cumplir con los requerimientos solicitados en las bases de Licitación.
CLAUSULA OCTAVA: CESION DEL CONTRATO. Queda expresamente prohibido a “EL CONTRATISTA” transferir, comprometer, traspasar, subcontratar, ceder su derecho a recibir pago o hacer cualquier otra transacción sobre el presente Contrato en todo o parte del mismo, sin la autorización expresa del Gerente de obra.
CLAUSULA NOVENA: SANCIONES. Si “EL CONTRATISTA” no cumpliere con las obligaciones establecidas en el presente contrato, El Contratante le aplicará las sanciones establecidas en el artículo 85 de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública y la Sección VII-A-13 Multas y Penalidades Contractuales, las cuales se descontaran de los pagos correspondientes, además de hacer efectiva la garantía de Cumplimiento del Contrato.
CLAUSULA DECIMA: FINANCIAMIENTO. “EL MINISTERIO” hace constar que el importe del presente contrato se hará con cargo a las fuentes de financiamiento de recursos del Contrato xx Xxxxxxxx 2572/OC-ES, suscrito entre el Gobierno de El Xxxxxxxx y el Banco Interamericano de Desarrollo. No obstante lo señalado y siempre que mediare la correspondiente Resolución Razonada de Modificación de este Contrato, podrá variarse el financiamiento señalado con cargo a cualquier otro Fondo autorizado. En los posteriores Ejercicios Fiscales se regirá según él articulo 34 de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado.
CLÁUSULA DECIMA PRIMERA: SOMETIMIENTO DE JURISDICCIÓN. “EL CONTRATISTA” se somete
a las Leyes de la República de El Xxxxxxxx y a la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Publica y su Reglamento, y en caso de acción Judicial, señala como domicilio especial la ciudad de San Xxxxxxxx a cuyos tribunales se somete, en caso de acción judicial, el contratista queda
entendido que el depositario de los bienes que se embarguen será nombrado por El Contratante, sin obligación de rendir fianza.
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: MODIFICACION DEL CONTRATO. El presente contrato no podrá ser modificado, mediante órdenes de cambio, o ajustes de precio, ni prorrogado en su plazo de ejecución, salvo en los casos de fuerza mayor o caso fortuito. En el caso de las causales antes indicadas, el Contratista deberá comprobar el imprevisto procediéndose de conformidad a lo establecido en el artículo 83-A de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública. En tales casos, “EL MINISTERIO” emitirá la correspondiente Resolución Modificativa, debiendo EL CONTRATISTA en lo que fuere pertinente ampliar el plazo de las garantías correspondientes.
CLAUSULA DECIMA TERCERA: INCUMPLIMIENTO. Cuando “EL CONTRATISTA” incurriese en xxxx
en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales por causas imputables al mismo, podrá declararse la caducidad del contrato o imponer el pago de una multa, todo de conformidad al Artículo 85 de la LACAP. “EL CONTRATISTA” autoriza, que se le descuente de los pagos correspondientes, el monto de las multas que le fueren impuestas. El incumplimiento o deficiencia total o parcial en la ejecución del proyecto, durante el plazo fijado en el presente contrato, dará lugar a que el Ministerio, caduque el presente contrato, en tal caso se hará efectiva la Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Buena Inversión de Anticipo en lo que faltaré por amortizar.
CLAUSULA DECIMA CUARTA: LEGISLACIÓN APLICABLE. El presente contrato estará regulado por la Normativa del Banco Interamericano de Desarrollo, por la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, su Reglamento y las demás Leyes de la República de El Xxxxxxxx.
CLAUSULA DÉCIMA QUINTA: ADMINISTRADOR DE CONTRATO. El Ministerio mediante Acuerdo número de fecha de 2012, nombró Administrador del presente Contrato a , actualmente con el cargo de , quien dentro de sus atribuciones tendrá las responsabilidades que establece el artículo 82 Bis y 110 de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública y 20 literal o de su Reglamento y las Bases de Licitación, asimismo, tendrá que remitir a la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional la documentación tales como la orden de inicio, acta de recepción final, constancia de procedencia de devolución de garantías e informes de incumplimiento, este último cuando proceda, en el término de tres días hábiles contados a partir del requerimiento o de la fecha de emisión de los enunciados documentos.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: GARANTÍAS: Para garantizar el cumplimiento del presente contrato, “EL CONTRATISTA”, deberá otorgar a favor del Estado y Gobierno de El Xxxxxxxx en el Ramo de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, y presentar en la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional, las Garantías siguientes: a) Garantía de Buena Inversión de Anticipo. Siempre que el contratista requiera el pago de un anticipo y para el caso que El Ministerio considere procedente otorgarlo, el Contratista deberá rendir una Garantía de Buena Inversión de Anticipo, antes de recibir el mismo, la cual será presentada dentro de los ocho días calendario posteriores a la fecha establecida en la Orden de Inicio; por un monto equivalente al cien por ciento (100%) del Anticipo concedido, la cual servirá para garantizar que El Contratista destinará efectivamente los recursos asignados en los rubros que deberá detallar en el Plan de Utilización del anticipo; su vigencia será a partir de la fecha establecida en la Orden de Inicio, hasta quedar totalmente pagado o amortizado en su totalidad el anticipo. La referida garantía será devuelta previa verificación que el anticipo ha sido amortizado en su totalidad, a través de la certificación emitida por la Unidad Financiera Institucional y certificación que el
anticipo no ha sido mal utilizado emitido por el Ministerio. b) Garantía de Cumplimiento de Contrato: La cual deberá ser presentada dentro de los quince días calendario, siguientes a la fecha establecida en la Orden de Inicio, por un monto equivalente al diez por ciento (10%) del monto total del contrato, y estará vigente a partir de la fecha de la Orden de Inicio hasta que El Ministerio haya recibido las Obras a entera satisfacción, mediante el Acta de Recepción Final y El Contratista haya presentado la Garantía de Buena Obra. La garantía podrá ser devuelta a requerimiento escrito del contratista después de la presentación de la Garantía de Buena Obra y que esta haya sido aprobada por el Ministerio. c) Garantía de Buena Obra. El Contratista se obliga para con el Ministerio a garantizar las obras encomendadas, durante el plazo de TRES (3) AÑOS, contados a partir de la fecha en que sean recibidas en forma definitiva las obras a satisfacción del Ministerio, mediante el Acta de Recepción Final; para responder cuando se detecten deficiencias o errores técnico-legales en las fallas, defectos o vicios ocultos en la ejecución y reparación de las obras y/o en los materiales incorporados al proyecto, dentro del período de vigencia de la Garantía de Buena Obra, durante el cual el Ministerio ordenará al Contratista la compensación por los daños causados y rectificaciones o correspondientes, reparaciones, sustituciones o modificaciones necesarias y el tiempo requerido para efectuarlas, quedando el Contratista obligado a realizar éstas, por su cuenta y costo. Para garantizar la Buena Obra, el Contratista rendirá una garantía equivalente al Diez por Ciento (10%) del Monto Final del Contrato. Esta garantía se presentará a la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional, dentro de los ocho (8) días calendario contados a partir de la fecha de la recepción final de las obras establecidas en el Acta de Recepción y antes del último pago, la cual remitirá a la unidad correspondiente para su custodia. La no presentación de esta garantía en el plazo estipulado faculta al Ministerio para hacer efectiva la Garantía de Cumplimiento de Contrato. Durante el período de vigencia de la Garantía de Buena Obra, el Contratista además se obliga a presentar al Ministerio por escrito y documentado mediante memoria fotográfica digital, un informe detallado acerca del estado de las obras ejecutadas. Tal Informe deberá ser presentado el último día hábil de los meses xx xxxxx y diciembre de cada uno de los años comprendidos dentro del período de la Garantía de Buena Obra. La no presentación o atraso en la presentación de cualquiera de los mencionados Informes faculta al Ministerio para hacer efectiva la Garantía de Buena Obra por dicho incumplimiento. Esta Garantía podrá ser devuelta a requerimiento por escrito del Contratista siempre y cuando no existan reclamos por parte del Ministerio y se halla extendido el respectivo finiquito. d) Seguro Contra Riesgo: El contratista deberá contratar una Póliza de Seguro para cubrir eventualidades en la obra en construcción durante el periodo comprendido entre la fecha de inicio hasta que el Ministerio reciba a total satisfacción la Garantía de Buena Obra, tal circunstancia deberá constar en la Póliza respectiva. La eventualidades y monto que deberán estar cubiertas por la Póliza de Seguro serán los siguientes: a) cobertura básica: Pérdidas materiales producidas por y durante la construcción propiamente dicha, tales como incendios, explosión, caída xx xxxxx, hurto, daños por trabajo defectuoso debido a impericia, negligencia, y otros accidentes que tengan relación directa con la construcción; en general cubre todo lo relacionado a la construcción de la obra civil; y b) cobertura adicionales: Terremotos, erupciones volcánicas, ciclón, huracán, hundimiento o deslizamiento del terreno, inundaciones, derrumbes, desprendimientos, responsabilidad civil, daños materiales y personales, remoción de descombros. La Póliza de Seguro será por un monto equivalente al cien por ciento (100%) del precio del contrato y deberá ser presentada en un plazo de quince días hábiles posteriores a la firma del contrato, en la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional, en copia certificada por notario junto con el original para efectos de verificación. La no presentación de esta garantía en el plazo estipulado faculta al “MINISTERIO” para hacer efectiva la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA SEPTIMA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y ARBITRAJE. Toda diferencia o
controversia que surgiere entre las partes durante la vigencia del plazo del presente contrato, se
someterán y resolverán de conformidad a las siguientes formas de solución: a) Arreglo Directo: Este se llevará a cabo con intervención de sus representantes y delegados especialmente acreditados, dejando constancia escrita en acta de los puntos controvertidos y de las soluciones en su caso; y b) Una vez agotado el arreglo directo sin hallar solución alguna a las diferencias, podrá recurrirse al arbitraje de Derecho, de conformidad a la Ley de Mediación, Conciliación y Arbitraje. En caso que el contrato sea objeto de arbitraje se regirá por las siguientes condiciones: 1) La clase de Arbitraje será institucional; 2) la sede del Arbitraje será en San Xxxxxxxx, El Xxxxxxxx; 3) Derecho sustantivo aplicable será la legislación nacional vigente en El Xxxxxxxx; y el procedimiento para resolver el conflicto sometido arbitraje será el establecido en la Ley de Mediación, Conciliación y Arbitraje y supletoriamente el Código Procesal Civil y Mercantil de El Xxxxxxxx en lo que no estuviese previsto; 4) La institución Arbitral será el Centro de Mediación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de El Xxxxxxxx; 5) Los árbitros serán tres, uno nombrado por cada una de las partes y un tercero nombrado por el Centro de Mediación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de El Xxxxxxxx. Los árbitros designados deberán poseer experiencia respecto del objeto del contrato; 6) El idioma para conducir el arbitraje será el castellano; 7) El Laudo Arbitral tendrá carácter definitivo y vinculante y no admitirá recurso alguno, excepto el de nulidad; 8) El arbitraje será pagado por partes iguales incluyendo cualquier otro gasto de conformidad a la tabla del Centro de Mediación; 9) Los puntos controvertidos serán planteados por cada parte en su demanda. En caso de improcedencia del arreglo directo, toda controversia deberá someterse a sede judicial.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA: EXTINCION. El presente contrato se extinguirá por las causales siguientes: i) Por caducidad declarada por este Ministerio; ii) por mutuo consentimiento de las partes contratantes y; iii) por revocación.
CLAUSULA DECIMA NOVENA: SUBCONTRATACIONES. Para el caso de los Subcontratos, la suma de éstos no podrá ser en todo caso, mayor al veinte por ciento (20%) del monto del Contrato. La transgresión de esta disposición dará lugar a la caducidad del Contrato, procediéndose además a hacer efectiva la Garantía de Cumplimiento de Contrato. El Contratista se obliga en caso que requiera efectuar subcontrataciones, presentar al Ministerio el currículum vitae del subcontratista y las partes del Contrato que se referirán la subcontratación, el Contratista deberá contar con la aprobación del Supervisor y el visto bueno del Gerente de obra, para proceder a la subcontratación.
XXXXXXXX XXXXXXXX: DOMICILIO CONTRACTUAL. Ambos contratantes, señalamos como domicilio especial el de esta ciudad, a la competencia de cuyos tribunales nos sometemos expresamente. “EL CONTRATISTA” en caso de acción judicial en su contra acepta que sea depositaria de los bienes que se le embargaren la persona que “EL MINISTERIO” designe, a quien releva de la obligación de rendir fianza y cuentas, comprometiéndose a pagar los gastos ocasionados, inclusive los personales, aunque no hubiere condenación en costas.
CLÁUSULA VIGESIMA PRIMERA: DOCUMENTOS CONTRACTUALES. Forman parte integral del presente Contrato y se interpretarán en forma conjunta los siguientes documentos: a) Programa de Trabajo o Programa de Ejecución del Proyecto; b) Plan de Organización de los Frentes de Trabajo para la ejecución de las obras; c) Ficha Técnica de Análisis de Precios Unitarios; d) Adendas y Aclaraciones; e) Resoluciones Modificativas del Contrato, si las hubieren; f) Convenio, g) Carta de Aceptación; h) Oferta; i) Condiciones Generales del Contrato; j) Condiciones Especiales del Contrato, k) Especificaciones; l) Planos y; m) Calendario de Actividades. Estos documentos forman parte integrante del contrato y lo plasmado en ellos es de estricto cumplimiento para las partes. En caso de discrepancia entre los documentos antes mencionados y el Contrato, prevalecerá éste.
XXXXXXXX XXXXXXXX SEGUNDA: INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO. De conformidad al Artículo
ochenta y cuatro, incisos primero y segundo de la LACAP, EL MINISTERIO tiene la facultad de interpretar el presente contrato, de conformidad a la Constitución de la República de El Xxxxxxxx, la LACAP, y demás legislación aplicable y a los principios generales del derecho administrativo y de la forma que más convenga al interés público que se pretende satisfacer de forma directa o indirecta con la ejecución del proyecto objeto de este Contrato, pudiendo en tal caso girar las instrucciones por escrito que al respecto considere convenientes. EL CONTRATISTA expresamente acepta tal disposición y se obliga a dar estricto cumplimiento a las instrucciones que al respecto dicte EL MINISTERIO, las cuales le serán comunicadas por medio de la Unidad Administradora del Contrato.
CLÁUSULA VIGESIMA TERCERA: FRAUDE Y CORRUPCION: El Banco exige a todos los prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o personas oferentes por participar o participando en proyectos financiados por el Banco incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, contratistas, consultores y concesionarios (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes), observar los más altos niveles éticos y denunciar al Banco todo acto sospechoso de fraude o corrupción del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Los actos de fraude y corrupción están prohibidos. Fraude y corrupción comprenden actos de: (a) práctica corruptiva; (b) práctica fraudulenta; (c) práctica coercitiva; y (d) práctica colusoria.
CLÁUSULA VIGESIMA CUARTA: NOTIFICACIONES Y CORRESPONDENCIA. Todas las notificaciones,
comunicaciones, avisos, solicitudes y aprobaciones, se enviarán a las direcciones indicadas en esta cláusula. La correspondencia llevará un número correlativo, exclusivo para uso del Proyecto. Será dirigida al Ministerio con atención al Administrador de Proyecto y enviado a la dirección correspondiente, remitiendo copia al supervisor. La comunicación en el sitio de la obra se hará entre los representantes del Contratante y El Contratista. Para todos los efectos de este proyecto y cualquier otra actividad relacionada con él se tratará directamente con ejecutivos y personal autorizado por El Contratista. Las direcciones indicadas podrán cambiarse mediante aviso escrito enviado a la otra Parte con un mínimo de cinco días hábiles de anticipación, a la fecha en que dicho cambio haya de hacerse efectivo. Las notificaciones entre las partes tendrán efecto a partir de su recepción en las direcciones que a continuación indicamos: Para el Contratante: EL MINISTERIO” Alameda Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Kilómetro Cinco y Medio, Xxxxxxxxx x Xxxxx Xxxxx, Xxxxxxx Xx Xxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, Xxx Xxxxxxxx. Para El Contratista:
. En fe de lo cual firmamos el presente contrato en la ciudad de San Xxxxxxxx, a los días del mes de de dos mil doce.-
XXXXXX XXXXXXXX MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTE Y DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO “EL MINISTERIO” | “EL CONTRATISTA” |
AUTENTICA NOTARIAL DE DOCUMENTO PRIVADO
ANEXOS SECCIÓN IV
FORMULARIO FE-01: ANALISIS DE PRECIOS UNITARIO
LOGOTIPO DE LA EMPRESA OFERENTE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS PROYECTO: ACTIVIDAD: UNIDAD: FECHA: | |||||||
DESCRIPCIÓN | UNID | REND | IMPUESTO | P.U. | TOTAL ($) | ||
A. MATERIALES | |||||||
Total Materiales | 0 | ||||||
B. MANO DE OBRA | |||||||
Beneficios Sociales | |||||||
Total Mano de Obra | 0 | ||||||
C. EQUIPO Y HERRAMIENTAS | |||||||
Total Equipo y Herramientas | 0 | ||||||
Total $ | 0 | ||||||
RESUMEN DE COSTOS DIRECTOS | |||||||
Materiales | % | 0 | |||||
Mano de Obra | % | 0 | |||||
Equipo y Herramientas | % | 0 | |||||
Total Costo Directo | 0 | ||||||
COSTOS INDIRECTOS | |||||||
Gastos Generales y Administrac | % | 0 | |||||
Utilidad | % | 0 | |||||
Total Costo Indirecto | 0 | ||||||
TOTAL PRECIO UNITARIO | |||||||
FORMULARIO FE-02: PORCENTAJES APLICABLES A LA DETERMINACION DEL COSTO
(COSTOS INDIRECTOS)
(Presentación Obligatoria)
1) Porcentaje por prestaciones sociales %
Descomposición del porcentaje por prestaciones sociales en todos sus componentes:
2) Porcentaje por Dirección Técnica: %
3) Porcentaje por Gastos Administrativos: %
4) Porcentaje por Utilidad: %
FORMULARIO FE-03: FORMULARIO DE PLAN DE TRABAJO.
El suscrito garantiza la veracidad y exactitud de todas las declaraciones y respuestas a las preguntas que en adelante se hacen.
1. Explique brevemente su plan general y distribución para la ejecución del trabajo propuesto.
2. Presentar adjunto, Programa de Trabajo Propuesto para los conceptos de obra (diagrama xx Xxxxx con ruta crítica) y Plan de Movilización e Inversión del Anticipo.
Fecha: Nombre de la Empresa o APCA
Nombre del Representante Firma del Representante
Observaciones:
Si necesitara más espacio, adjunte páginas adicionales. Escriba el número del proceso, Proyecto, fecha y nombre del Oferente en cada página.
FORMULARIO FE- 04 PROGRAMA DE AVANCE FINANCIERO
ITEM | RUBROS Y ACTIVIDADES | CANTIDAD | UNIDAD | MONTO TOTAL (US$) | MES 1 | MES 2 | MES N… |
TOTAL COSTO DIRECTO (US$) | |||||||
COSTO INDIRECTO (US$) | |||||||
IVA (US$) | |||||||
TOTAL (US$) |
Deberá expresarse por períodos mensuales el porcentaje de avance financiero.
Sección V. Condiciones Generales del Contrato
Las Condiciones Generales del Contrato (CGC) junto con las Condiciones Especiales del Contrato (CEC) y los otros documentos que aquí se enumeran, constituirán un documento integral que establece claramente los derechos y obligaciones de ambas partes.
El formato que se ha seguido para las CGC ha sido desarrollado con base en la experiencia internacional en la redacción y administración de contratos, teniendo en cuenta la tendencia en la industria de la construcción del uso de un idioma más simple y directo.
El formato puede ser utilizado directamente para contratos de obras menores a precio unitario y puede adaptarse, mediante la introducción de las modificaciones indicadas en las notas de pie de página, para contratos de suma alzada.
El uso de CGC estándar para construcciones y obras civiles fomentará en los países amplitud de cobertura, la aceptación general de sus disposiciones, el ahorro de recursos y tiempo en la preparación y revisión de las Ofertas, y el desarrollo de un sólido antecedente histórico de casos jurídicos.
Índice de Cláusulas
3. .........Idioma y Ley Aplicables 70
4. .........Decisiones del Gerente de Obras 70
5. .........Delegación de funciones 70
8. .........Otros Contratistas 70
10. .......Riesgos del Contratante y del Contratista 71
11. .......Riesgos del Contratante 71
12. .......Riesgos del Contratista 00
00. .......Informes de investigación del Sitio de las Obras 73
15. .......Consultas acerca de las Condiciones Especiales del Contrato 73
16. .......Construcción de las Obras por el Contratista 73
17. .......Terminación de las Obras en la fecha prevista 73
18. .......Aprobación por el Gerente de Obras 73
21. .......Toma de posesión del Sitio de las Obras 73
22. .......Acceso al Sitio de las Obras 74
23. .......Instrucciones, Inspecciones y Auditorías 74
25. .......Procedimientos para la solución de controversias 74
26. .......Reemplazo del Conciliador 75
28. .......Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación 75
29. .......Aceleración de las Obras 76
30. .......Xxxxxxx ordenadas por el Gerente de Obras 76
31. .......Reuniones administrativas 76
32. .......Advertencia Anticipada 76
33. .......Identificación de Defectos 77
35. .......Corrección de Defectos 77
36. .......Defectos no corregidos 77
37. .......Calendario de Actividades 78
38. .......Modificaciones en las Cantidades 78
40. .......Pagos de las Variaciones 78
41. .......Proyecciones de Flujo de Efectivos 79
42. .......Certificados de Pago 79
44. .......Eventos Compensables 80
47. .......Ajustes de Precios 82
49. .......Liquidación por daños y perjuicios 83
51. .......Pago de anticipo 83
53. .......Trabajos por día 84
54. .......Costo de reparaciones 85
E. Finalización del Contrato 85
55. .......Terminación de las Obras 85
56. .......Recepción de las Obras 85
57. .......Liquidación final 85
58. .......Manuales de Operación y de Mantenimiento 85
59. .......Terminación del Contrato 86
61. .......Pagos posteriores a la terminación del Contrato 93
62. .......Derechos de propiedad 93
63. .......Liberación de cumplimiento 93
64. .......Suspensión de Desembolsos xxx Xxxxxxxx del Banco 93
Condiciones Generales del Contrato
A. Disposiciones Generales
1.1 Las palabras y expresiones definidas aparecen en negrillas (a) El Conciliador es la persona nombrada en forma conjunta por el Contratante y el Contratista o en su defecto, por la Autoridad Nominadora de conformidad con la cláusula 26.1 de estas CGC, para resolver en primera instancia cualquier controversia, de conformidad con lo dispuesto en las cláusulas 24 y 25 de estas CGC, (b) La Lista de Cantidades es la lista debidamente preparada por el Oferente, con indicación de las cantidades y precios, que forma parte de la Oferta. (c) Eventos Compensables son los definidos en la cláusula 44 de estas CGC (d) La Fecha de Terminación es la fecha de terminación de las Obras, certificada por el Gerente de Obras de acuerdo con la Subcláusula 55.1 de estas CGC. (e) El Contrato es el Contrato entre el Contratante y el Contratista para ejecutar, terminar y mantener las Obras. Comprende los documentos enumerados en la Subcláusula 2.3 de estas CGC. (f) El Contratista es la persona natural o jurídica, cuya Oferta para la ejecución de las Obras ha sido aceptada por el Contratante. (g) La Oferta del Contratista es el documento de licitación que fue completado y entregado por el Contratista al Contratante. (h) El Precio del Contrato es el precio establecido en la Carta de Aceptación y subsecuentemente, según sea ajustado de conformidad con las disposiciones del Contrato. (i) Días significa días calendario; Meses significa meses calendario. (j) Trabajos por día significa una variedad de trabajos que se pagan en base al tiempo utilizado por los empleados y equipos del Contratista, en adición a los pagos por concepto de los materiales y planta conexos. (k) Defecto es cualquier parte de las Obras que no haya sido |
terminada conforme al Contrato.
(l) El Certificado de Responsabilidad por Defectos es el certificado emitido por el Gerente de Obras una vez que el Contratista ha corregido los defectos.
(m) El Período de Responsabilidad por Defectos es el período estipulado en la Subcláusula 35.1 de las CEC y calculado a partir de la fecha de terminación.
(n) Los Planos incluye los cálculos y otra información proporcionada o aprobada por el Gerente de Obras para la ejecución del Contrato.
(o) El Contratante es la parte que contrata con el Contratista para la ejecución de las Obras, según se estipula en las CEC.
(p) Equipos es la maquinaria y los vehículos del Contratista que han sido trasladados transitoriamente al Sitio de las Obras para la construcción de las Obras.
(q) El Precio Inicial del Contrato es el Precio del Contrato indicado en la Carta de Aceptación del Contratante.
(r) La Fecha Prevista de Terminación de las Obras es la fecha en que se prevé que el Contratista deba terminar las Obras y que se especifica en las CEC. Esta fecha podrá ser modificada únicamente por el Gerente de Obras mediante una prórroga del plazo o una orden de acelerar los trabajos.
(s) Materiales son todos los suministros, inclusive bienes fungibles, utilizados por el Contratista para ser incorporados en las Obras.
(t) Planta es cualquier parte integral de las Obras que tenga una función mecánica, eléctrica, química o biológica.
(u) El Gerente de Obras es la persona cuyo nombre se indica en las CEC (o cualquier otra persona competente nombrada por el Contratante con notificación al Contratista, para actuar en reemplazo del Gerente de Obras), responsable de supervisar la ejecución de las Obras y de administrar el Contrato.
(v) CEC significa las Condiciones Especiales del Contrato.
(w) El Sitio de las Obras es el sitio definido como tal en las CEC.
(x) Los Informes de Investigación del Sitio de las Obras,
incluidos en los documentos de licitación, son informes de
tipo interpretativo, basados en hechos, y que se refieren a las condiciones de la superficie y en el subsuelo del Sitio de las Obras. (y) Especificaciones significa las especificaciones de las Obras incluidas en el Contrato y cualquier modificación o adición hecha o aprobada por el Gerente de Obras. (z) La Fecha de Inicio es la fecha más tardía en la que el Contratista deberá empezar la ejecución de las Obras y que está estipulada en las CEC. No coincide necesariamente con ninguna de las fechas de toma de posesión del Sitio de las Obras. (aa) Subcontratista es una persona natural o jurídica, contratada por el Contratista para realizar una parte de los trabajos del Contrato, y que incluye trabajos en el Sitio de las Obras. (bb) Obras Provisionales son las obras que el Contratista debe diseñar, construir, instalar y retirar, y que son necesarias para la construcción o instalación de las Obras. (cc) Una Variación es una instrucción impartida por el Gerente de Obras que modifica las Obras. (dd) Las Obras es todo aquello que el Contrato exige al Contratista construir, instalar y entregar al Contratante como se define en las CEC. | |
2.1 Para la interpretación de estas CGC, si el contexto así lo requiere, el singular significa también el plural, y el masculino significa también el femenino y viceversa. Los encabezamientos de las cláusulas no tienen relevancia por sí mismos. Las palabras que se usan en el Contrato tienen su significado corriente a menos que se las defina específicamente. El Gerente de Obras proporcionará aclaraciones a las consultas sobre estas CGC. 2.2 Si las CEC estipulan la terminación de las Obras por secciones, las referencias que en las CGC se hacen a las Obras, a la Fecha de Terminación y a la Fecha Prevista de Terminación aplican a cada Sección de las Obras (excepto las referencias específicas a la Fecha de Terminación y de la Fecha Prevista de Terminación de la totalidad de las Obras). 2.3 Los documentos que constituyen el Contrato se interpretarán en el siguiente orden de prioridad: |
(a) Convenio, (b) Carta de Aceptación, (c) Oferta, (d) Condiciones Especiales del Contrato, (e) Condiciones Generales del Contrato, (f) Especificaciones, (g) Planos, (h) Calendario de Actividades y (i) Cualquier otro documento que en las CEC se especifique que forma parte integral del Contrato. | |
3.1 El idioma del Contrato y la ley que lo regirá se estipulan en las CEC. | |
4.1 Salvo cuando se especifique otra cosa, el Gerente de Obras, en representación del Contratante, decidirá sobre cuestiones contractuales que se presenten entre el Contratante y el Contratista. | |
5.1 El Gerente de Obras, después de notificar al Contratista, podrá delegar en otras personas, con excepción del Conciliador, cualquiera de sus deberes y responsabilidades y, asimismo, podrá cancelar cualquier delegación de funciones, después de notificar al Contratista. | |
6.1 Las comunicaciones cursadas entre las partes a las que se hace referencia en las Condiciones del Contrato sólo serán válidas cuando sean formalizadas por escrito. Las notificaciones entrarán en vigor una vez que sean entregadas. | |
7.1 El Contratista podrá subcontratar trabajos si cuenta con la aprobación del Gerente de Obras, pero no podrá ceder el Contrato sin la aprobación por escrito del Contratante. La subcontratación no altera las obligaciones del Contratista. | |
Contratistas | 8.1 El Contratista deberá cooperar y compartir el Sitio de las Obras con otros contratistas, autoridades públicas, empresas de servicios públicos y el Contratante en las fechas señaladas en la Lista de Otros Contratistas indicada en las CEC. El Contratista también deberá proporcionarles a éstos las instalaciones y servicios que se describen en dicha Lista. El Contratante podrá modificar la Lista de Otros Contratistas y deberá notificar al respecto al Contratista. |
9.1 El Contratista deberá emplear el personal clave enumerado en la |
Lista de Personal Clave, de conformidad con lo indicado en las CEC, para llevar a cabo las funciones especificadas en la Lista, u otro personal aprobado por el Gerente de Obras. El Gerente de Obras aprobará cualquier reemplazo de personal clave solo si las calificaciones, habilidades, preparación, capacidad y experiencia del personal propuesto son iguales o superiores a las del personal que figura en la Lista. 9.2 Si el Gerente de Obras solicita al Contratista la remoción de un integrante de la fuerza laboral del Contratista, indicando las causas que motivan el pedido, el Contratista se asegurará que dicha persona se retire del Sitio de las Obras dentro de los siete días siguientes y no tenga ninguna otra participación en los trabajos relacionados con el Contrato. | |
10.1 Son riesgos del Contratante los que en este Contrato se estipulen que corresponden al Contratante, y son riesgos del Contratista los que en este Contrato se estipulen que corresponden al Contratista. | |
11.1 Desde la Fecha de Inicio de las Obras hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, son riesgos del Contratante: (a) Los riesgos de lesiones personales, de muerte, o de pérdida o daños a la propiedad (sin incluir las Obras, Planta, Materiales y Equipos) como consecuencia de: (i) el uso u ocupación del Sitio de las Obras por las Obras, o con el objeto de realizar las Obras, como resultado inevitable de las Obras, o (ii) negligencia, violación de los deberes establecidos por la ley, o interferencia con los derechos legales por parte del Contratante o cualquier persona empleada por él o contratada por él, excepto el Contratista. (b) El riesgo de daño a las Obras, Planta, Materiales y Equipos, en la medida en que ello se xxxx x xxxxxx del Contratante o en el diseño hecho por el Contratante, o a una guerra o contaminación radioactiva que afecte directamente al país donde se han de realizar las Obras. 11.2 Desde la Fecha de Terminación hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, será riesgo del Contratante la pérdida o daño de las Obras, Planta y Materiales, excepto la pérdida o daños como consecuencia de: (a) un Defecto que existía en la Fecha de Terminación; (b) un evento que ocurrió antes de la Fecha de Terminación, y |
que no constituía un riesgo del Contratante; o (c) las actividades del Contratista en el Sitio de las Obras después de la Fecha de Terminación. | |
12.1 Desde la Fecha de Inicio de las Obras hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, cuando los riesgos de lesiones personales, de muerte y de pérdida o daño a la propiedad (incluyendo, sin limitación, las Obras, Planta, Materiales y Equipo)no sean riesgos del Contratante, serán riesgos del Contratista | |
13.1 El Contratista deberá contratar seguros emitidos en el nombre conjunto del Contratista y del Contratante, para cubrir el período comprendido entre la Fecha de Inicio y el vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos, por los montos totales y los montos deducibles estipulados en las CEC, los siguientes eventos constituyen riesgos del Contratista: (a) pérdida o daños a -- las Obras, Planta y Materiales; (b) pérdida o daños a -- los Equipos; (c) pérdida o daños a -- la propiedad (sin incluir las Obras, Planta, Materiales y Equipos) relacionada con el Contrato, y (d) lesiones personales o muerte. 13.2 El Contratista deberá entregar al Gerente de Obras, para su aprobación, las pólizas y los certificados de seguro antes de la Fecha de Inicio. Dichos seguros deberán contemplar indemnizaciones pagaderas en los tipos y proporciones de monedas requeridos para rectificar la pérdida o los daños o perjuicios ocasionados. 13.3 Si el Contratista no proporcionara las pólizas y los certificados exigidos, el Contratante podrá contratar los seguros cuyas pólizas y certificados debería haber suministrado el Contratista y podrá recuperar las primas pagadas por el Contratante de los pagos que se adeuden al Contratista, o bien, si no se le adeudara nada, considerarlas una deuda del Contratista. 13.4 Las condiciones del seguro no podrán modificarse sin la aprobación del Gerente de Obras. 13.5 Ambas partes deberán cumplir con todas las condiciones de las pólizas de seguro. |
14.1 El Contratista, al preparar su Oferta, se basará en los informes de investigación del Sitio de las Obras indicados en las CEC, además de cualquier otra información de que disponga el Oferente. | |
15. Consultas acerca de las Condiciones Especiales del Contrato | 15.1 El Gerente de Obras responderá a las consultas sobre las CEC. |
16.1 El Contratista deberá construir e instalar las Obras de conformidad con las Especificaciones y los Planos. | |
17.1 El Contratista podrá iniciar la construcción de las Obras en la Fecha de Inicio y deberá ejecutarlas de acuerdo con el Programa que hubiera presentado, con las actualizaciones que el Gerente de Obras hubiera aprobado, y terminarlas en la Fecha Prevista de Terminación. | |
18.1 El Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras las Especificaciones y los Planos que muestren las obras provisionales propuestas, quien deberá aprobarlas si dichas obras cumplen con las Especificaciones y los Planos. 18.2 El Contratista será responsable por el diseño de las obras provisionales. 18.3 La aprobación del Gerente de Obras no liberará al Contratista de responsabilidad en cuanto al diseño de las obras provisionales. 18.4 El Contratista deberá obtener las aprobaciones del diseño de las obras provisionales por parte de terceros cuando sean necesarias. 18.5 Todos los planos preparados por el Contratista para la ejecución de las obras provisionales o definitivas deberán ser aprobados previamente por el Gerente de Obras antes de su utilización. | |
19.1 El Contratista será responsable por la seguridad de todas las actividades en el Sitio de las Obras... | |
20.1 Cualquier elemento de interés histórico o de otra naturaleza o de gran valor que se descubra inesperadamente en la zona de las obras será de propiedad del Contratante. El Contratista deberá notificar al Gerente de Obras acerca del descubrimiento y seguir las instrucciones que éste imparta sobre la manera de proceder. | |
21.1 El Contratante traspasará al Contratista la posesión de la totalidad del Sitio de las Obras. Si no se traspasara la posesión de alguna parte en la fecha estipulada en las CEC, se considerará que el Contratante ha demorado el inicio de las actividades pertinentes y |
que ello constituye un evento compensable. | |
22.1 El Contratista deberá permitir al Gerente de Obras, y a cualquier persona autorizada por éste, el acceso al Sitio de las Obras y a cualquier lugar donde se estén realizando o se prevea realizar trabajos relacionados con el Contrato. | |
23.1 El Contratista deberá cumplir todas las instrucciones del Gerente de Obras que se ajusten a la ley aplicable en el Sitio de las Obras. 23.2 El Contratista permitirá que el Banco inspeccione las cuentas, registros contables y archivos del Contratista relacionados con la presentación de ofertas y la ejecución del contrato y realice auditorías por medio de auditores designados por el Banco, si así lo requiere el Banco. Para estos efectos, el Contratista deberá conservan todos los documentos y registros relacionados con el proyecto financiado por el Banco, por un período de cinco (5) años luego de terminado el trabajo. Igualmente, entregará al Banco todo documento necesario para la investigación pertinente sobre denuncias de prácticas prohibidas y ordenará a los individuos, empleados o agentes del Contratista que tengan conocimiento del proyecto financiado por el Banco a responder a las consultas provenientes de personal del Banco. | |
24.1 Si el Contratista considera que el Gerente de Obras ha tomado una decisión que está fuera de las facultades que le confiere el Contrato, o que no es acertada, la decisión se someterá a la consideración del Conciliador dentro de los 14 días siguientes a la notificación de la decisión del Gerente de Obras. | |
25.1 El Conciliador deberá comunicar su decisión por escrito dentro de los 28 días siguientes a la recepción de la notificación de una controversia. 25.2 El Conciliador será compensado por su trabajo, cualquiera que sea su decisión, por hora según los honorarios especificados en los DDL y en las CEC, además de cualquier otro gasto reembolsable indicado en las CEC y el costo será sufragado por partes iguales por el Contratante y el Contratista. Cualquiera de las partes podrá someter la decisión del Conciliador a arbitraje dentro de los 28 días siguientes a la decisión por escrito del Conciliador. Si ninguna de las partes sometiese la controversia a arbitraje dentro del plazo de 28 días mencionado, la decisión del Conciliador será definitiva y obligatoria. 25.3 El arbitraje deberá realizarse de acuerdo al procedimiento de arbitraje publicado por la institución denominada en las CEC y en el lugar establecido en las CEC. |
26.1 En caso de renuncia o muerte del Conciliador, o en caso de que el Contratante y el Contratista coincidieran en que el Conciliador no está cumpliendo sus funciones de conformidad con las disposiciones del Contrato, el Contratante y el Contratista nombrarán de común acuerdo un nuevo Conciliador. Si al cabo de 30 días el Contratante y el Contratista no han llegado a un acuerdo, a petición de cualquiera de las partes, el Conciliador será designado por la Autoridad Nominadora estipulada en las CEC dentro de los 14 días siguientes a la recepción de la petición. | |
27.1 Dentro del plazo establecido en las CEC y después de la fecha de la Carta de Aceptación, el Contratista presentará al Gerente de Obras, para su aprobación, un Programa en el que consten las metodologías generales, la organización, la secuencia y el calendario de ejecución de todas las actividades relativas a las Obras. 27.2 El Programa actualizado será aquel que refleje los avances reales logrados en cada actividad y los efectos de tales avances en el calendario de ejecución de las tareas restantes, incluyendo cualquier cambio en la secuencia de las actividades. 27.3 El Contratista deberá presentar al Gerente de Obras para su aprobación, un Programa con intervalos iguales que no excedan el período establecidos en las CEC. Si el Contratista no presenta dicho Programa actualizado dentro de este plazo, el Gerente de Obras podrá retener el monto especificado en las CEC del próximo certificado de pago y continuar reteniendo dicho monto hasta el pago que prosiga a la fecha en la cual el Contratista haya presentado el Programa atrasado. 27.4 La aprobación del Programa por el Gerente de Obras no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. El Contratista podrá modificar el Programa y presentarlo nuevamente al Gerente de Obras en cualquier momento. El Programa modificado deberá reflejar los efectos de las Variaciones y de los Eventos Compensables. | |
28.1 El Gerente de Obras deberá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación cuando se produzca un Evento Compensable o se ordene una Variación que haga imposible la terminación de las Obras en la Fecha Prevista de Terminación sin que el Contratista adopte medidas para acelerar el ritmo de ejecución de los trabajos pendientes y que le genere gastos adicionales. |
28.2 El Gerente de Obras determinará si debe prorrogarse la Fecha Prevista de Terminación y por cuánto tiempo, dentro de los 21 días siguientes a la fecha en que el Contratista solicite al Gerente de Obras una decisión sobre los efectos de una Variación o de un Evento Compensable y proporcione toda la información sustentadora. Si el Contratista no hubiere dado aviso oportuno acerca de una demora o no hubiere cooperado para resolverla, la demora debida a esa falla no será considerada para determinar la nueva Fecha Prevista de Terminación. | |
29.1 Cuando el Contratante quiera que el Contratista finalice las Obras antes de la Fecha Prevista de Terminación, el Gerente de Obras deberá solicitar al Contratista propuestas valoradas para conseguir la necesaria aceleración de la ejecución de los trabajos. Si el Contratante aceptara dichas propuestas, la Fecha Prevista de Terminación será modificada como corresponda y ratificada por el Contratante y el Contratista. 29.2 Si las propuestas con precios del Contratista para acelerar la ejecución de los trabajos son aceptadas por el Contratante, dichas propuestas se tratarán como Variaciones y los precios de las mismas se incorporarán al Precio del Contrato. | |
30.1 El Gerente de Obras podrá ordenar al Contratista que demore la iniciación o el avance de cualquier actividad comprendida en las Obras. | |
31.1 Tanto el Gerente de Obras como el Contratista podrán solicitar a la otra parte que asista a reuniones administrativas. El objetivo de dichas reuniones será la revisión de la programación de los trabajos pendientes y la resolución de asuntos planteados conforme con el procedimiento de Advertencia Anticipada descrito en la Cláusula 32. 31.2 El Gerente de Obras deberá llevar un registro de lo tratado en las reuniones administrativas y suministrar copias del mismo a los asistentes y al Contratante. Ya sea en la propia reunión o con posterioridad a ella, el Gerente de Obras deberá decidir y comunicar por escrito a todos los asistentes sus respectivas obligaciones en relación con las medidas que deban adoptarse. | |
32.1 El Contratista deberá advertir al Gerente de Obras lo antes posible sobre futuros posibles eventos o circunstancias específicas que puedan perjudicar la calidad de los trabajos, elevar el Precio del Contrato o demorar la ejecución de las Obras. El Gerente de Obras podrá solicitarle al Contratista que presente una estimación de los efectos esperados que el futuro evento o circunstancia podrían tener sobre el Precio del Contrato y la Fecha de Terminación. El Contratista deberá proporcionar dicha |
estimación tan pronto como le sea razonablemente posible.
32.2 El Contratista colaborará con el Gerente de Obras en la preparación y consideración de posibles maneras en que cualquier participante en los trabajos pueda evitar o reducir los efectos de dicho evento o circunstancia y para ejecutar las instrucciones que consecuentemente ordenare el Gerente de Obras.
C. Control de Calidad
33.1 El Gerente de Obras controlará el trabajo del Contratista y le notificará de cualquier defecto que encuentre. Dicho control no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. El Gerente de Obras podrá ordenar al Contratista que localice un defecto y que ponga al descubierto y someta a prueba cualquier trabajo que el Gerente de Obras considere que pudiera tener algún defecto. | |
34.1 Si el Gerente de Obras ordena al Contratista realizar alguna prueba que no esté contemplada en las Especificaciones a fin de verificar si algún trabajo tiene defectos y la prueba revela que los tiene, el Contratista pagará el costo de la prueba y de las muestras. Si no se encuentra ningún defecto, la prueba se considerará un Evento Compensable. | |
35.1 El Gerente de Obras notificará al Contratista todos los defectos de que tenga conocimiento antes de que finalice el Período de Responsabilidad por Defectos, que se inicia en la fecha de terminación y se define en las CEC. El Período de Responsabilidad por Defectos se prorrogará mientras queden defectos por corregir. 35.2 Cada vez que se notifique un defecto, el Contratista lo corregirá dentro del plazo especificado en la notificación del Gerente de Obras. | |
36.1 Si el Contratista no ha corregido un defecto dentro del plazo especificado en la notificación del Gerente de Obras, este último estimará el precio de la corrección del defecto, y el Contratista deberá pagar dicho monto. |
D. Control de Costos
37.1 El Contratista deberá presentar un Calendario de Actividades actualizado dentro de los 14 días siguientes a su solicitud por parte del Gerente de Obras. Dichas actividades deberán coordinarse con las del Programa. 37.2 En el Calendario de actividades el Contratista deberá indicar por separado la entrega de los materiales en el sitio de las Obras cuando el de los materiales en el sitio deba efectuarse por separado | |
38.1 El Calendario de actividades será modificado por el Contratista para incorporar las modificaciones en el Programa o método de trabajo que haya introducido el Contratista por su propia cuenta. Los precios del Calendario de actividades no sufrirán modificación alguna cuando el Contratista introduzca tales cambios. 38.2 El Gerente de Obras no ajustará los precios debido a diferencias en las cantidades si con ello se excede el Precio Inicial del Contrato en más del 15%, a menos que cuente con la aprobación previa del Contratante. 38.3 Si el Gerente de Obras lo solicita, el Contratista deberá proporcionarle un desglose de los costos correspondientes a cualquier precio que conste en la Lista de Cantidades. | |
39.1 Todas las Variaciones deberán incluirse en los Programas y Calendarios de actividades actualizados que presente el Contratista. | |
40.1 Cuando el Gerente de Obras la solicite, el Contratista deberá presentarle una cotización para la ejecución de una Variación. El Contratista deberá proporcionársela dentro de los siete (7) días siguientes a la solicitud, o dentro de un plazo mayor si el Gerente de Obras así lo hubiera determinado. El Gerente de Obras deberá analizar la cotización antes de ordenar la Variación. 40.2 Cuando los trabajos correspondientes a la Variación coincidan con un rubro descrito en la Lista de Cantidades y si, a juicio del Gerente de Obras, la cantidad de trabajo o su calendario de ejecución no produce cambios en el costo unitario por encima del límite establecido en la Subcláusula 38.1, para calcular el valor de la Variación se usará el precio indicado en la Lista de Cantidades. Si el costo unitario se modificara, o si la naturaleza o el calendario de ejecución de los trabajos correspondientes a la Variación no coincidiera con los rubros de la Lista de Cantidades, el Contratista deberá proporcionar una cotización con nuevos precios para los |
rubros pertinentes de los trabajos.5 40.3 Si el Gerente de Obras no considerase la cotización del Contratista razonable, el Gerente de Obras podrá ordenar la Variación y modificar el Precio del Contrato basado en su propia estimación de los efectos de la Variación sobre los costos del Contratista. 40.4 Si el Gerente de Obras decide que la urgencia de la Variación no permite obtener y analizar una cotización sin demorar los trabajos, no se solicitará cotización alguna y la Variación se considerará como un Evento Compensable. 40.5 El Contratista no tendrá derecho al pago de costos adicionales que podrían haberse evitado si hubiese hecho la Advertencia Anticipada pertinente. | |
41.1 Cuando se actualice el Programa o Calendario de actividades el Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras una proyección actualizada del flujo de efectivos. Dicha proyección podrá incluir diferentes monedas según se estipulen en el Contrato, convertidas según sea necesario utilizando las tasas de cambio del Contrato. | |
42.1 El Contratista presentará al Gerente de Obras cuentas mensuales por el valor estimado de los trabajos ejecutados menos las sumas acumuladas previamente certificadas por el Gerente de Obras de conformidad con la Subcláusula 42.2. 42.2 El Gerente de Obras verificará las cuentas mensuales del Contratista y certificará la suma que deberá pagársele. 42.3 El valor de los trabajos ejecutados será determinado por el Gerente de Obras. 42.4 El valor de los trabajos ejecutados comprenderá el valor de las actividades terminadas incluidas en el Calendario de actividades 42.5 El valor de los trabajos ejecutados incluirá la estimación de las Variaciones y de los Eventos Compensables. 42.6 El Gerente de Obras podrá excluir cualquier rubro incluido en un certificado anterior o reducir la proporción de cualquier rubro que se hubiera certificado anteriormente en consideración de información más reciente. |
5 Suprimir esta Subcláusula en los contratos a suma alzada.
43.1 Los pagos serán ajustados para deducir los pagos de anticipo y las retenciones. El Contratante pagará al Contratista los montos certificados por el Gerente de Obras dentro de los 28 días siguientes a la fecha de cada certificado. Si el Contratante emite un pago atrasado, en el pago siguiente se deberá pagarle al Contratista interés sobre el pago atrasado. El interés se calculará a partir de la fecha en que el pago atrasado debería haberse emitido hasta la fecha cuando el pago atrasado es emitido, a la tasa de interés vigente para préstamos comerciales para cada una de las monedas en las cuales se hace el pago. 43.2 Si el monto certificado es incrementado en un certificado posterior o como resultado de un veredicto por el Conciliador o un Árbitro, se le pagará interés al Contratista sobre el pago demorado como se establece en esta cláusula. El interés se calculará a partir de la fecha en que se debería haber certificado dicho incremento si no hubiera habido controversia. 43.3 Salvo que se establezca otra cosa, todos los pagos y deducciones se efectuarán en las proporciones de las monedas en que está expresado el Precio del Contrato. 43.4 El Contratante no pagará los rubros de las Obras para los cuales no se indicó precio y se entenderá que están cubiertos en otros precios en el Contrato. | |
Compensables | 44.1 Se considerarán eventos compensables los siguientes: (a) El Contratante no permite acceso a una parte del Sitio de las Obras en la Fecha de Posesión del Sitio de las Obras de acuerdo con la Subcláusula 21.1 de las CGC. (b) El Contratante modifica la Lista de Otros Contratistas de tal manera que afecta el trabajo del Contratista en virtud del Contrato. (c) El Gerente de Obras ordena una demora o no emite los Planos, las Especificaciones o las instrucciones necesarias para la ejecución oportuna de las Obras. (d) El Gerente de Obras ordena al Contratista que ponga al descubierto los trabajos o que realice pruebas adicionales a los trabajos y se comprueba posteriormente que los mismos no presentaban Defectos. (e) El Gerente de Obras sin justificación desaprueba una |
subcontratación.
(f) Las condiciones del terreno son más desfavorables que lo que razonablemente se podía inferir antes de la emisión de la Carta de Aceptación, a partir de la información emitida a los Oferentes (incluyendo el Informe de Investigación del Sitio de las Obras), la información disponible públicamente y la inspección visual del Sitio de las Obras.
(g) El Gerente de Obras imparte una instrucción para lidiar con una condición imprevista, causada por el Contratante, o de ejecutar trabajos adicionales que son necesarios por razones de seguridad u otros motivos.
(h) Otros contratistas, autoridades públicas, empresas de servicios públicos, o el Contratante no trabajan conforme a las fechas y otras limitaciones estipuladas en el Contrato, causando demoras o costos adicionales al Contratista.
(i) El anticipo se paga atrasado.
(j) Los efectos sobre el Contratista de cualquiera de los riesgos del Contratante.
(k) El Gerente de Obras demora sin justificación alguna la emisión del Certificado de Terminación.
44.2 Si un evento compensable ocasiona costos adicionales o impide que los trabajos se terminen con anterioridad a la Fecha Prevista de Terminación, se deberá aumentar el Precio del Contrato y/o se deberá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras decidirá si el Precio del Contrato deberá incrementarse y el monto del incremento, y si la Fecha Prevista de Terminación deberá prorrogarse y en qué medida.
44.3 Tan pronto como el Contratista proporcione información que demuestre los efectos de cada evento compensable en su proyección de costos, el Gerente de Obras la evaluará y ajustará el Precio del Contrato como corresponda. Si el Gerente de Obras no considerase la estimación del Contratista razonable, el Gerente de Obras preparará su propia estimación y ajustará el Precio del Contrato conforme a ésta. El Gerente de Obras supondrá que el Contratista reaccionará en forma competente y oportunamente frente al evento.
44.4 El Contratista no tendrá derecho al pago de ninguna compensación en la medida en que los intereses del Contratante se vieran perjudicados si el Contratista no hubiera dado aviso
oportuno o no hubiera cooperado con el Gerente de Obras. | |
45.1 El Gerente de Obras deberá ajustar el Precio del Contrato si los impuestos, derechos y otros gravámenes cambian en el período comprendido entre la fecha que sea 28 días anterior a la de presentación de las Ofertas para el Contrato y la fecha del último Certificado de Terminación. El ajuste se hará por el monto de los cambios en los impuestos pagaderos por el Contratista, siempre que dichos cambios no estuvieran ya reflejados en el Precio del Contrato, o sean resultado de la aplicación de la cláusula 47 de las CGC. | |
46.1 Cuando los pagos se deban hacer en monedas diferentes a la del país del Contratante estipulada en las CEC, los tasas de cambio que se utilizarán para calcular las sumas pagaderas serán las estipulados en la Oferta. | |
47.1 Los precios se ajustarán para tener en cuenta las fluctuaciones del costo de los insumos, únicamente si así se estipula en las CEC. En tal caso, los montos autorizados en cada certificado de pago, antes de las deducciones por concepto de anticipo, se deberán ajustar aplicando el respectivo factor de ajuste de precios a los montos que deban pagarse en cada moneda. Para cada moneda del Contrato se aplicará por separado una fórmula similar a la siguiente: Pc = Ac + Bc (Imc/Ioc) en la cual: Pc es el factor de ajuste correspondiente a la porción del Precio del Contrato que debe pagarse en una moneda específica, "c"; Ac y Bc son coeficientes6 estipulados en las CEC que representan, respectivamente, las porciones no ajustables y ajustables del Precio del Contrato que deben pagarse en esa moneda específica "c", e Imc es el índice vigente al final del mes que se factura, e Ioc es el índice correspondiente a los insumos pagaderos, vigente 28 días antes de la apertura de las Ofertas; ambos índices se refieren a la moneda “c”. 47.2 Si se modifica el valor del índice después de haberlo usado en un cálculo, dicho cálculo deberá corregirse y se deberá hacer un |
6 La suma de los dos coeficientes, Ac y Bc, debe ser igual a l (uno) en la fórmula correspondiente a cada moneda. Normalmente, los dos coeficientes serán los mismos en todas las fórmulas correspondientes a las diferentes monedas, puesto que el coeficiente A, relativo a la porción no ajustable de los pagos, por lo general representa una estimación aproximada (usualmente 0,15) que toma en cuenta los elementos fijos del costo u otros componentes no ajustables. La suma de los ajustes para cada moneda se agrega al Precio del Contrato.
ajuste en el certificado de pago siguiente. Se considerará que el valor del índice tiene en cuenta todos los cambios en el costo debido a fluctuaciones en los costos. | |
48.1 El Contratante retendrá de cada pago que se adeude al Contratista la proporción estipulada en las CEC hasta que las Obras estén terminadas totalmente. 48.2 Cuando las Obras estén totalmente terminadas y el Gerente de Obras haya emitido el Certificado de Terminación de las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC, se le pagará al Contratista la mitad del total retenido y la otra mitad cuando haya transcurrido el Período de Responsabilidad por Defectos y el Gerente de Obras haya certificado que todos los defectos notificados al Contratista antes del vencimiento de este período han sido corregidos. 48.3 Cuando las Obras estén totalmente terminadas, el Contratista podrá sustituir la retención con una garantía bancaria “a la vista”. | |
49.1 El Contratista deberá indemnizar al Contratante por daños y perjuicios conforme al precio por día establecido en las CEC, por cada día de retraso de la Fecha de Terminación con respecto a la Fecha Prevista de Terminación. El monto total de daños y perjuicios no deberá exceder del monto estipulado en las CEC. El Contratante podrá deducir dicha indemnización de los pagos que se adeudaren al Contratista. El pago por daños y perjuicios no afectará las obligaciones del Contratista. 49.2 Si después de hecha la liquidación por daños y perjuicios se prorrogara la Fecha Prevista de Terminación, el Gerente de Obras deberá corregir en el siguiente certificado de pago los pagos en exceso que hubiere efectuado el Contratista por concepto de liquidación de daños y perjuicios. Se deberán pagar intereses al Contratista sobre el monto pagado en exceso, calculados para el período entre la fecha de pago hasta la fecha de reembolso, a las tasas especificadas en la Subcláusula 43.1 de las CGC. | |
50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido. | |
51.1 El Contratante pagará al Contratista un anticipo por el monto estipulado en las CEC en la fecha también estipulada en las |
CEC, contra la presentación por el Contratista de una Garantía Bancaria Incondicional emitida en la forma y por un banco aceptable para el Contratante en los mismos montos y monedas del anticipo. La garantía deberá permanecer vigente hasta que el anticipo pagado haya sido reembolsado, pero el monto de la garantía será reducido progresivamente en los montos reembolsados por el Contratista. El anticipo no devengará intereses. 51.2 El Contratista deberá usar el anticipo únicamente para pagar equipos, planta, materiales y gastos de movilización que se requieran específicamente para la ejecución del Contrato. El Contratista deberá demostrar que ha utilizado el anticipo para tales fines mediante la presentación de copias de las facturas u otros documentos al Gerente de Obras. 51.3 El anticipo será reembolsado mediante la deducción de montos proporcionales de los pagos que se adeuden al Contratista, de conformidad con la valoración del porcentaje de las Obras que haya sido terminado. No se tomarán en cuenta el anticipo ni sus reembolsos para determinar la valoración de los trabajos realizados, Variaciones, ajuste de precios, eventos compensables, bonificaciones, o liquidación por daños y perjuicios. | |
52.1 El Contratista deberá proporcionar al Contratante la Garantía de Cumplimiento a más tardar en la fecha definida en la Carta de Aceptación y por el monto estipulado en las CEC, emitida por un banco o compañía afianzadora aceptables para el Contratante y expresada en los tipos y proporciones de monedas en que deba pagarse el Precio del Contrato. La validez de la Garantía de Cumplimiento excederá en 28 días la fecha de emisión del Certificado de Terminación de las Obras en el caso de una garantía bancaria, y excederá en un año dicha fecha en el caso de una Fianza de Cumplimiento. | |
53.1 Cuando corresponda, los precios para trabajos por día indicadas en la Oferta se aplicarán para pequeñas cantidades adicionales de trabajo sólo cuando el Gerente de Obras hubiera impartido instrucciones previamente y por escrito para la ejecución de trabajos adicionales que se han de pagar de esa manera. 53.2 El Contratista deberá dejar constancia en formularios aprobados por el Gerente de Obras de todo trabajo que deba pagarse como trabajos por día. El Gerente de Obras deberá verificar y firmar dentro de los dos días siguientes después de haberse realizado el trabajo todos los formularios que se llenen para este propósito. 53.3 Los pagos al Contratista por concepto de trabajos por día estarán |
supeditados a la presentación de los formularios mencionados en la Subcláusula 53.2 de las CGC. | |
54.1 El Contratista será responsable de reparar y pagar por cuenta propia las pérdidas o daños que sufran las Obras o los Materiales que hayan de incorporarse a ellas entre la Fecha de Inicio de las Obras y el vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos, cuando dichas pérdidas y daños sean ocasionados por sus propios actos u omisiones. |
E. Finalización del Contrato
55.1 El Contratista le pedirá al Gerente de Obras que emita un Certificado de Terminación de las Obras y el Gerente de Obras lo emitirá cuando decida que las Obras están terminadas. | |
56.1 El Contratante tomará posesión del Sitio de las Obras y de las Obras dentro de los siete (7) días siguientes a la fecha en que el Gerente de Obras emita el Certificado de Terminación de las Obras. | |
57.1 El Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras un estado de cuenta detallado del monto total que el Contratista considere que se le adeuda en virtud del Contrato antes del vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos. El Gerente de Obras emitirá un Certificado de Responsabilidad por Defectos y certificará cualquier pago final que se adeude al Contratista dentro de los 56 días siguientes a haber recibido del Contratista el estado de cuenta detallado y éste estuviera correcto y completo a juicio del Gerente de Obras. De no encontrarse el estado de cuenta correcto y completo, el Gerente de Obras deberá emitir dentro de 56 días una lista que establezca la naturaleza de las correcciones o adiciones que sean necesarias. Si después de que el Contratista volviese a presentar el estado de cuenta final aún no fuera satisfactorio a juicio del Gerente de Obras, éste decidirá el monto que deberá pagarse al Contratista, y emitirá el certificado de pago. | |
58.1 Si se solicitan planos finales actualizados y/o manuales de operación y mantenimiento actualizados, el Contratista los entregará en las fechas estipuladas en las CEC. 58.2 Si el Contratista no proporciona los planos finales actualizados y/o los manuales de operación y mantenimiento a más tardar en las fechas estipuladas en las CEC, o no son aprobados por el Gerente de Obras, éste retendrá la suma estipulada en las CEC de los pagos que se le adeuden al Contratista. |
59.1 El Contratante o el Contratista podrán terminar el Contrato si la otra parte incurriese en incumplimiento fundamental del Contrato. 59.2 Los incumplimientos fundamentales del Contrato incluirán, pero no estarán limitados a los siguientes: (a) el Contratista suspende los trabajos por 28 días cuando el Programa vigente no prevé tal suspensión y tampoco ha sido autorizada por el Gerente de Obras; (b) el Gerente de Obras ordena al Contratista detener el avance de las Obras, y no retira la orden dentro de los 28 días siguientes; (c) el Contratante o el Contratista se declaran en quiebra o entran en liquidación por causas distintas de una reorganización o fusión de sociedades; (d) el Contratante no efectúa al Contratista un pago certificado por el Gerente de Obras, dentro de los 84 días siguientes a la fecha de emisión del certificado por el Gerente de Obras; (e) el Gerente de Obras le notifica al Contratista que él no corregir un defecto determinado constituye un caso de incumplimiento fundamental del Contrato, y el Contratista no procede a corregirlo dentro de un plazo razonable establecido por el Gerente de Obras en la notificación; (f) el Contratista no mantiene una garantía que sea exigida en el Contrato; (g) el Contratista ha demorado la terminación de las Obras por el número de días para el cual se puede pagar el monto máximo por concepto de daños y perjuicios, según lo estipulado en las CEC. (h) si el Contratista, a juicio del Contratante, ha incurrido en fraude o corrupción al competir por el Contrato o en su ejecución, conforme a lo establecido en las políticas del Banco sobre Prácticas Prohibidas, que se indican en la Cláusula 60 de estas CGC. 59.3 Cuando cualquiera de las partes del Contrato notifique al Gerente de Obras de un incumplimiento del Contrato, por una causa diferente a las indicadas en la Subcláusula 59.2 de las CGC, el Gerente de Obras deberá decidir si el incumplimiento es o no fundamental. |
59.4 No obstante lo anterior, el Contratante podrá terminar el Contrato por conveniencia en cualquier momento. 59.5 Si el Contrato fuere terminado, el Contratista deberá suspender los trabajos inmediatamente, disponer las medidas de seguridad necesarias en el Sitio de las Obras y retirarse del lugar tan pronto como sea razonablemente posible. | |
60. Prácticas prohibidas | 60.1 El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos oferentes por participar o participando en actividades financiadas por el Banco incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), observar los más altos niveles éticos y denuncien al Banco7 todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas comprenden actos de: (i) prácticas corruptivas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; y (iv) prácticas colusorias y (v) prácticas obstructivas. El Banco ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco también ha adoptado procedimientos de sanción para la resolución de casos y ha celebrado acuerdos con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) a fin de dar un reconocimiento recíproco a las sanciones impuestas por sus respectivos órganos sancionadores. (a) El Banco define, para efectos de esta disposición, los términos que figuran a continuación: (i) Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte; |
7 En el sitio virtual del Banco (xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxx) se facilita información sobre cómo denunciar la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas, las normas aplicables al proceso de investigación y sanción y el convenio que rige el reconocimiento recíproco de sanciones entre instituciones financieras internacionales.
(ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente, engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra naturaleza o para evadir una obligación;
(iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte;
(iv)Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte; y
(v) Una práctica obstructiva consiste en:
a.a. destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente evidencia significativa para la investigación o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con el fin de impedir materialmente una investigación del Grupo del Banco sobre denuncias de una práctica corrupta, fraudulenta, coercitiva o colusoria; y/o amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para la investigación o que prosiga la investigación, o
b.b. todo acto dirigido a impedir materialmente el ejercicio de inspección del Banco y los derechos de auditoría previstos en el párrafo 60.1 (f) de abajo.
(b) Si se determina que, de conformidad con los Procedimientos de sanciones del Banco, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los Beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o organismos contratantes (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o
ejecución de un contrato, el Banco podrá:
(i) no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de bienes o servicios, la contratación de obras, o servicios de consultoría;
(ii) suspender los desembolsos de la operación, si se determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante ha cometido una Práctica Prohibida;
(iii) declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte xxx xxxxxxxx o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que incluye, entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable;
(iv) emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta formal de censura por su conducta;
(v) declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por determinado período de tiempo, para que (i) se le adjudiquen contratos o participe en actividades financiadas por el Banco, y (ii) sea designado subconsultor, subcontratista o proveedor de bienes o servicios por otra firma elegible a la que se adjudique un contrato para ejecutar actividades financiadas por el Banco;
(vi) remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes; y/o;
(vii) imponer otras sanciones que considere apropiadas bajo las circunstancias del caso, incluyendo la imposición de multas que representen para el Banco un reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones. Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de las sanciones arriba referidas.
(c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) del párrafo 60.1 (b) se aplicará también en casos en los que las partes hayan sido
temporalmente declaradas inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, o cualquier otra resolución.
(d) La imposición de cualquier medida que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de carácter público.
(e) Asimismo, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco, incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) podrá verse sujeto a sanción de conformidad con lo dispuesto en convenios suscritos por el Banco con otra Institución Financiera Internacional (IFI) concernientes al reconocimiento recíproco de decisiones de inhabilitación. A efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una contravención del marco vigente de una Institución Financiera Internacional (IFI) aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas.
(f) El Banco exige que los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y sus representantes, y concesionarios permitan al Banco revisar cualesquiera cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Todo solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco también requiere que solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus
representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y (iii) aseguren que los empleados o agentes de los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de las actividades financiadas por el Banco estén disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor apropiadamente designado. Si el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación por parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios, o concesionario.
(g) Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios distintos de servicios de consultoría, obras o servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, todas las disposiciones contempladas en el xxxxxxx 00 relativas a sanciones y Prácticas Prohibidas se aplicarán íntegramente a los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en conexión con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión o la rescisión. Las agencias especializadas deberán consultar
la lista de firmas e individuos declarados inelegibles de forma temporal o permanente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible de forma temporal o permanente por el Banco, el Banco no financiará los gastos conexos y se acogerá a otras medidas que considere convenientes.
60.2 Los Oferentes, al presentar sus ofertas, declaran y garantizan:
(a) que han leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables a la comisión de las mismas que constan de este documento y se obligan a observar las normas pertinentes sobre las mismas;
(b) que no han incurrido en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento;
(c) que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de un contrato;
(d) que ni ellos ni sus agentes, personal, subcontratistas, subconsultores, directores, funcionarios o accionistas principales han sido declarados por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) con la cual el Banco haya suscrito un acuerdo para el reconocimiento recíproco de sanciones, inelegibles para que se les adjudiquen contratos financiados por el Banco o por dicha IFI, o culpables de delitos vinculados con la comisión de Prácticas Prohibidas;
(e) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que haya sido declarada inelegible por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones para que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco o ha sido declarado culpable de un delito vinculado con Prácticas Prohibidas;
(f) que han declarado todas las comisiones, honorarios de representantes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con actividades financiadas por el Banco;
(g) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías constituye el fundamento para la imposición por el Banco de una o más de las medidas que se describen en la Cláusula 60.1 (b). | |
61.1 Si el Contrato se termina por incumplimiento fundamental del Contratista, el Gerente de Obras deberá emitir un certificado en el que conste el valor de los trabajos realizados y de los Materiales ordenados por el Contratista, menos los anticipos recibidos por él hasta la fecha de emisión de dicho certificado, y menos el porcentaje estipulado en las CEC que haya que aplicar al valor de los trabajos que no se hubieran terminado. No corresponderá pagar indemnizaciones adicionales por daños y perjuicios. Si el monto total que se adeuda al Contratante excediera el monto de cualquier pago que debiera efectuarse al Contratista, la diferencia constituirá una deuda a favor del Contratante. 61.2 Si el Contrato se rescinde por conveniencia del Contratante o por incumplimiento fundamental del Contrato por el Contratante, el Gerente de Obras deberá emitir un certificado por el valor de los trabajos realizados, los materiales ordenados, el costo razonable del retiro de los equipos y la repatriación del personal del Contratista ocupado exclusivamente en las Obras, y los costos en que el Contratista hubiera incurrido para el resguardo y seguridad de las Obras, menos los anticipos que hubiera recibido hasta la fecha de emisión de dicho certificado. | |
62.1 Si el Contrato se termina por incumplimiento del Contratista, todos los Materiales que se encuentren en el Sitio de las Obras, la Planta, los Equipos, las Obras provisionales y las Obras se considerarán de propiedad del Contratante. | |
63.1 Si el Contrato es frustrado por motivo de una guerra, o por cualquier otro evento que esté totalmente fuera de control del Contratante o del Contratista, el Gerente de Obras deberá certificar la frustración del Contrato. En tal caso, el Contratista deberá disponer las medidas de seguridad necesarias en el Sitio de las Obras y suspender los trabajos a la brevedad posible después de recibir este certificado. En caso de frustración, deberá pagarse al Contratista todos los trabajos realizados antes de la recepción del certificado, así como de cualesquier trabajos realizados posteriormente sobre los cuales se hubieran adquirido compromisos. | |
64. Suspensión de Desembolsos xxx Xxxxxxxx del Banco | 64.1 En caso de que el Banco suspendiera los desembolsos al Contratante bajo el Préstamo, parte del cual se destinaba a pagar al Contratista: |
(a) El Contratante está obligado a notificar al Contratista sobre dicha suspensión en un plazo no mayor a 7 días contados a partir de la fecha de la recepción por parte del Contratante de la notificación de suspensión del Banco (b) Si el Contratista no ha recibido algunas sumas que se le adeudan dentro del periodo de 28 días para efectuar los pagos, establecido en la Subcláusula 43.1, el Contratista podrá emitir inmediatamente una notificación para terminar el Contrato en el plazo de 14 días. | |
65.1 El Contratista y sus Subcontratistas deberán ser originarios de países miembros del Banco. Se considera que un Contratista o Subcontratista tiene la nacionalidad de un país elegible si cumple con los siguientes requisitos: (a) Un individuo tiene la nacionalidad de un país miembro del Banco si él o ella satisface uno de los siguientes requisitos: i. es ciudadano de un país miembro; o ii. ha establecido su domicilio en un país miembro como residente “bona fide” y está legalmente autorizado para trabajar en dicho país. (b) Una firma tiene la nacionalidad de un país miembro si satisface los dos siguientes requisitos: i. esta legalmente constituida o incorporada conforme a las leyes de un país miembro del Banco; y ii. más del cincuenta por ciento (50%) del capital de la firma es de propiedad de individuos o firmas de países miembros del Banco. 65.2 Todos los socios de una asociación en participación, consorcio o asociación (APCA) con responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los requisitos arriba establecidos. 65.3 En caso de Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco. Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un artículo comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son substancialmente diferentes de sus partes o componentes. |
Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato
A. Disposiciones Generales | |
CGC 1.1 (m) | El Período de Responsabilidad por Defectos es: de tres años |
CGC 1.1 (o) | El Contratante es: Ministerio de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano Representante Autorizado: Gerente del Proyecto Unidad Ejecutora del Programa de Transporte Viceministerio de Transporte Dirección: Km. 9 ½ Carretera al Puerto de La Libertad, Santa Tecla, La Libertad, El Xxxxxxxx, C.A. |
CGC 1.1 (r) | La Fecha Prevista de Terminación de la totalidad de las Obras es: Diez (10) meses a partir de la orden de inicio. Para los cuales los tiempos contractuales son los siguientes: TRES MESES para diseño final, obtención de factibilidades y permisos; SIETE MESES para construcción de las obras. |
CGC 1.1 (u) | El Gerente de Obras es: El Administrador del Contrato designado por el Contratante, responsable de dar seguimiento a la ejecución de la obra de acuerdo al contrato. |
CGC 1.1 (w) | El Sitio de las Obras está ubicada en: Cantón Buena Vista, sobre Avenida Rosario Sur, contiguo a Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx. |
CGC 1.1 (z) | La Fecha de Inicio es: La indicada en la Orden de Inicio. La cual es la notificación escrita mediante la cual el Ministerio establece la fecha en que el Contratista deberá comenzar y finalizar las obras objeto del contrato |
CGC 1.1 (dd) | El proyecto consiste en: Diseño Final y Construcción de la Terminal de Integración de Soyapango, desarrollando en primer lugar un Diseño Final con detalle de la Terminal de Integración de Soyapango para el Sistema Integrado de Transporte del Área Metropolitana de San Xxxxxxxx, en particular en todos los aspectos que requieran mayor precisión para su ejecución por parte del Contratista, el cual deberá ser ejecutado partiendo de los documentos del Anteproyecto de la Terminal de Integracion de Soyapango presentados en estas bases (Planos, Especificaciones Técnicas, Memoria Técnica y Volúmenes de obra) que recoja todos los aspectos constructivos que se precisen. Por lo que cualquier cambio al mismo deberá ser previamente justificado y aprobado por escrito por el Ministerio, sin que ello suponga una reducción de la calidad de los materiales o del resultado final, ni un encarecimiento del costo de las obras. |
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El grado de detalle de los documentos técnicos entregados al Contratista corresponde con un Anteproyecto de la Terminal de Integración de Soyapango para el SITRAMSS. No obstante, estos fueron desarrollados con un grado de detalle superior a un Anteproyecto en muchos de los aspectos considerados con el fin de permitir al Propietario realizar una Licitación con el mayor grado de detalle en el menor espacio de tiempo. En segundo se deberá gestionar, solicitar y obtener ante las instituciones correspondientes: Las factibilidades de servicios de Agua Potable, Agua Lluvia, Aguas Negras, Energía Eléctrica, Telecomunicaciones y otros servicios necesarios. Aprobación de los planos resultantes del desarrollo del diseño final de la Terminal de Integracion de Soyapango para el SITRAMSS, Las factibilidades de Calificación del Lugar, Línea de Construcción, Revisión Vial, Zonificación, y Permiso de Construcción u otro tramite requerido que permita ejecutar la obra y su posterior funcionamiento, así como también solicitar la Recepción de Obra al finalizar la ejecución del proyecto. Y en tercer lugar la construcción de las obras que comprenden: Plataformas para descenso y ascenso de los pasajeros que utilizarán el BRT (Según siglas en inglés Bus Rapid Transit) y pasajeros que desembarcarán de las rutas alimentadoras, oficinas administrativas comercios, zona de desechos (basura), sub estación eléctrica, zona de parqueos administrativos, zona de taxis, área de sanitarios, área de boletaje, puesto xx xxxxxxx, puesto de información, garitones de entrada y seguridad interna de la Terminal, de acuerdo a los volumenes de obra presentados en el plan de oferta. | |
CGC 2.2 | No aplica |
CGC 2.3 (i) | Los siguientes documentos también forman parte integral del Contrato: i.1 Programa de Trabajo o Programa de Ejecución del Proyecto. i.2 Plan de Organización de los Frentes de Trabajo para la ejecución de las obras. i.3 Ficha Técnica de Análisis de Precios Unitarios. i.4 Adendas y Aclaraciones i.5 Resoluciones Modificativas del Contrato, si las hubieren |
CGC 3.1 | El idioma en que deben redactarse los documentos del Contrato es: Español La ley que gobierna el Contrato es las Leyes de la República de El Xxxxxxxx. |
CGC 8.1 | No aplica |
CGC 9.1 | El personal Clave que deberá tener disponible el Oferente seleccionado para ejecutar el Contrato es: Cargo Calificación Gerente de Ingeniero Civil o Arquitecto que tenga al menos seis años de Proyecto por parte experiencia como Gerente de Proyecto en obras cuya naturaleza y del Contratista. volumen sean equivalentes a las de las Obras licitadas. De los cuales tres años han de ser de Gerente de Proyecto Ingeniero Ingeniero civil con cinco años de experiencia en obras, de los Estructural cuales tres años han de ser como Residente de Obra. Ingeniero civil con especialidad en Gestión Ambiental con al Especialista menos cinco años de experiencia en obras similares (cumplimiento Ambiental en las estipulaciones de permisos ambientales para proyectos de contrucción como edificios, centros comerciales., obras de paso, o infraestructuras viales). El personal listado es el mínimo disponible para la ejecución del Contrato, si el Oferente presenta más del listado deberá detallarlo de acuerdo al cuadro presentado. |
CGC 13.1 | El adjudicatario deberá contratar una póliza de seguro para cubrir eventualidades en la obra en contrucción durante el período comprendido entre la fecha de inicio hasta que el Ministerio reciba a total satisfacción la Garantía de Buena Obra, tal circunstancia debe constar en la póliza respectiva. Las eventualidades que deberán estar cubierntas por la póliza de seguro serán: a) Cobertura básica: pérdidas materiales producidas por y durante la construcción propiamente dicha, tales como incendios, explosión, caídas xx xxxxx, hurto, daños por trabajo defectuoso debido a impericia, negligencia y otros accidentes que tengan relación directa con la construcción; en general cubre todo lo relacionado a la construcción de la obra civil; y b) Cobertura adicionales: terremotos, erupciones volcánicas, ciclón, huracán, hundimiento o deslizamiento del terreno, inundaciones, derrumbes, desprendimientos, responsabilidad civil, daños materiales y personales como lesiones o muerte, remoción de escombros. La Póliza de Seguros será equivalente al cien por ciento (100%) del precio del contrato y deberá ser presentada en un plazo xx xxxx (10) días calendario posteriores a la firma del contrato, en la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional, en original y copia certtificada por notario. Por otra parte el Contratista será el único y exclusivo responsable por los daños y perjuicios, causados a terceras personas o bienes; como resultado de su propia negligencia en la ejecución de alguno o todos los trabajos realizados por él, o por sus Subcontratistas, así como por personal relacionado directa o indirectamente con la obra. El Contratista será responsable de pagar cualquier suma adicional no cubierta en los seguros detallados en esta subclausula. El contratante queda excento de toda responsabilidad en este sentido. |