Órganos de contratación Cláusulas de Ejemplo

Órganos de contratación. 1. Los Ministros y los Secretarios de Estado son los órganos de contratación de la Administración General del Estado y, en consecuencia, están facultados para celebrar en su nombre los contratos en el ámbito de su compe- tencia. En los departamentos ministeriales en los que existan varios órganos de contratación, la competencia para cele- brar los contratos de suministro y de servicios que afec- ten al ámbito de más de uno de ellos corresponderá al Ministro, salvo en los casos en que la misma se atribuya a la Junta de Contratación.
Órganos de contratación. 1. La Junta Directiva y el Presidente son los órganos de contratación de la Asociación para el Desarrollo Rural Campoder y, en consecuencia, están facultados para celebrar en su nombre los contratos en el ámbito de su competencia conforme a lo establecido en sus Estatutos.
Órganos de contratación. 8.1. Será responsable del contrato el Responsable del Departamento de Comercio Exterior de la Cá- mara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación xx Xxxxxx.
Órganos de contratación. Artículo 323. Órganos de contratación estatales. Artículo 324.
Órganos de contratación. Artículo 291. Órganos de contratación. Artículo 292. Autorización para contratar. Artículo 293. Desconcentración.
Órganos de contratación. Artículo 291. Órganos de contratación
Órganos de contratación. Los órganos de contratación serán:
Órganos de contratación. El órgano competente para adjudicar el acuerdo marco es el presidente de la Diputación Provincial de Valencia, de conformidad con lo establecido por la normativa aplicable, en especial, en la Disposición adicional segunda del TRLCSP. Será órgano competente para adjudicar un contrato derivado de éste, el órgano de la entidad adherida que ostente las correspondientes atribuciones de contratación, conforme a la legislación aplicable. El acceso al perfil del contratante del órgano de contratación se efectuará a través de la plataforma de contratación de la Generalitat Valenciana, en el sitio web institucional: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
Órganos de contratación. ARTÍCULO 83.-Órganos de contratación.
Órganos de contratación. Son órganos de contratación de la Fundación aquellos que se establecen en sus estatutos o normas de creación y apoderamiento.